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Una agenda pendiente*

* Ideas de una entrevista al Dr. Rodrigo Guerra López * en Zenit
 Son tres los artículos que influyen en la
  Libertad Religiosa: 1, 24, y 130
 El articulo 1 reconoce los derechos humanos
  de todos los mexicanos, también prohíbe
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 El articulo 24 reconoce la Libertad Religiosa
  y su participación en el culto
 El articulo 130 reglamenta y reconoce a las
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  1992, cuando se restablecen las relaciones entre
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 Sin embargo, México, el país con el segundo
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  una serie de ambigüedades en sus leyes.
 Con el cambio constitucional de 1992 vivimos un
  paso nuevo, y que es indiscutiblemente mucho
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  fecha, sin embargo aun falta camino por recorrer
 Al no haber quedado totalmente
  puntualizadas las reformas en materia de
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  aún conserva algunas ambigüedades que es
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 Tal vez la más importante, y más que
  ambigüedad, es un defecto en la concepción
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 Las reformas constitucionales de 1992 realmente
  no están orientadas al avance en materia de
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 Lo primario es reconocer que toda persona
  humana, por el mero hecho de ser persona, debe
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  religiosa.
 Y luego concebir la manera en la que el Estado y
  las iglesias deben relacionarse.
A nivel constitucional, el artículo 24 sólo
 reconoce el derecho a la libertad de culto y
 de creencia, estos dos elementos son
 necesarios pero no suficientes para
 reconocer plenamente el derecho a la
 Libertad Religiosa.
 Elque en nuestro artículo 24 aún no se
 reconozca explícita y plenamente el derecho
 a la Libertad Religiosa, es aún signo de que
 seguimos viviendo bajo un esquema de
 laicismo antirreligioso que tiene temor a
 reconocer el derecho de los creyentes y de
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 acuerdo a sus propias convicciones.
 los Obispos mexicanos, en la Carta Pastoral
  «Del Encuentro con Jesucristo a la
  Solidaridad con Todos», ofrece una definición
  muy sencilla y muy profunda;
 Se afirma que el derecho a la Libertad
  Religiosa consiste en el pleno respeto a la
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  persona, para que viva de acuerdo a esta
  tanto en lo público, como en lo privado.
 Enuna catequesis de preparación a la visita
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 Mexicana citaba unas palabras del mismo
 papa sobre la Libertad religiosa decía:
 “Un Estado democrático laico es aquel que
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Y  agregaba: “En un Estado laico son los
  ciudadanos quienes, en el ejercicio de su
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 “Un Estado moderno ha de servir y proteger
  la libertad de los ciudadanos y también la
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 “No se trata de un derecho de la Iglesia
 como institución, se trata de un derecho
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 “Ante el creciente laicismo, que pretende
 reducir la vida religiosa de los ciudadanos a
 la esfera privada, sin ninguna manifestación
 social y pública, la Iglesia sabe muy bien que
 el mensaje cristiano refuerza e ilumina los
 principios básicos de toda convivencia”
 Entre  los principios básicos de convivencia
  citaba los siguientes:
 “El don sagrado de la vida, la dignidad de la
  persona junto con la igualdad e inviolabilidad
  de sus derechos, el valor irrenunciable del
  matrimonio y de la familia que no se puede
  equiparar ni confundir con otras formas de
  uniones humanas.”
 Concluía: “La institución familiar necesita un
  apoyo especial, porque en México, como en
  otros Países, va mermando progresivamente
  su vitalidad y su papel fundamental.”
El derecho a la Libertad Religiosa protege el
  derecho tanto de los creyentes como de los
  no creyentes, curiosamente, para vivir en lo
  público y en lo privado de acuerdo a su
  conciencia en materia religiosa
 Elsecretario de Estado Vaticano, Tarcisio
 Bertone, el pasado 25 de marzo 2012, en
 León, Guanajuato, pidió afianzar la
 libertad religiosa en México y sostuvo que
 “ese derecho fundamental del ser
 humano va mucho más allá del mero libre
 culto”.
En su mensaje, el cardenal aseguró que tanto
  la Iglesia como el Estado tienen una tarea
  común: “cada uno, desde su misión
  específica, debe salvaguardar y tutelar los
  derechos fundamentales de las personas”.

 “Entre ellos destaca la libertad del hombre
 para buscar la verdad y profesar las propias
 convicciones religiosas, tanto en privado
 como en público, lo cual ha de ser
 reconocido y garantizado por el
 ordenamiento jurídico”
 Los ministros de culto, como miembros de
  cualquier denominación religiosa, no podrían
  hablar con toda libertad sobre cualquier tipo
  de temas en el espacio público.
 Esto muestra que existen dos tipos de
  ciudadanos en México: unos con plenitud de
  derechos y otros ciudadanos que tienen
  derechos políticos restringidos.
A  las iglesias se les denomina asociaciones
  religiosas.
 La definición de asociaciones religiosas,
  ciertamente, es sumamente vaga
 Porque en vez de que nuestras leyes
  reconozcan que las distintas iglesias son
  instituciones «sui iuris», es decir, de derecho
  propio, y a las cuales el gobierno solo
  reconoce su existencia
 Se crea una paradoja rarísima: que
 la Iglesia Católica ó la Comunidad
 Judía, por ejemplo, existen porque
 la Secretaría de Gobernación les da
 la autorización, no por un ejercicio
 de reconocimiento de su existencia
 previa al reconocimiento legal por
 parte del estado.
 Tal vez que si el artículo 24 constitucional
  tuviera una formulación más plena, más
  acorde a la nueva legislación internacional
  en materia de libertad religiosa.
 Ese nuevo artículo 24 podría, eventualmente,
  destrabar las incoherencias que tiene el
  artículo 130, ser más acorde con las
  exigencias de nuestro artículo primero.
 En sesión ordinaria del 15 de diciembre de 2011,
  la Cámara de Diputados, aprobó el dictamen de
  la Comisión de Puntos Constitucionales con
  proyecto de decreto por el que se reforma el
  artículo 24 de la Constitución Política de los
  Estados Unidos Mexicanos.
 El proceso legislativo de dicha modificación
  inicio el 18 de marzo 2010
 En fecha 14 de diciembre de 2011, la Comisión
  de Puntos Constitucionales remitió a la Mesa
  Directiva de la Cámara de Diputados, el
  dictamen a dicha iniciativa.
 El dictamen fue incorporado en el orden del
  día de la sesión del 15 de diciembre de 2011,
  para efectos de Declaratoria de Publicidad.
 Supero una moción suspensiva promovida por
  el GPPRD
 El resultado de dicha votación fue de 199
  votos a favor, 58 en contra y 3 abstenciones.
  Por lo que siendo aprobado por mayoría
  calificada, fue remitido el proyecto al
  Senado de la República.
 Establece que “nadie podrá utilizar los actos
  públicos de expresión de esta libertad con fines
  políticos, de proselitismo o de propaganda
  política”.
 Aunque el proyecto impulsado por las bancadas
  del PRI y del PAN preveía suprimir el párrafo
  referente a las condicionantes para celebrar
  actos religiosos de culto fuera de los templos,
  finalmente se restituyó en el dictamen:
 “Los actos religiosos de culto público se
  celebrarán ordinariamente en los templos. Los
  que extraordinariamente se celebren fuera de
  éstos se sujetarán a la ley reglamentaria”.
 El 27 de marzo del 2012 fue aprobada en la
  Cámara de Senadores el dictamen de reforma al
  art.24
 Con 72 votos a favor y 35 en contra, el Senado
  aprobó las reformas al artículo 24 en materia de
  libertad religiosa, al afirmar las comisiones
  dictaminadoras que de ninguna manera se
  pretende modificar la educación laica o la
  relación Iglesia-Estado, ni privilegia religión
  alguna.
 El artículo 24 aprobado, y que fue enviado a los
  congresos estatales para su discusión y votación.
 Como   se sabe luego tiene que ser aprobada
  por la mayoría de los congresos de los
  Estados Federativos ósea por lo menos 17.
  (cfr. Art. 135)
 Así las cosas la reforma del art. 24 esta en la
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Libertad religiosa en méxico

  • 1. Una agenda pendiente* * Ideas de una entrevista al Dr. Rodrigo Guerra López * en Zenit
  • 2.
  • 3.  Son tres los artículos que influyen en la Libertad Religiosa: 1, 24, y 130  El articulo 1 reconoce los derechos humanos de todos los mexicanos, también prohíbe cualquier discriminación, incluyendo la del credo religioso.  El articulo 24 reconoce la Libertad Religiosa y su participación en el culto  El articulo 130 reglamenta y reconoce a las diferentes iglesias
  • 4.
  • 5.  Un parte aguas de estas relaciones fue el año 1992, cuando se restablecen las relaciones entre la Iglesia y el Estado  Sin embargo, México, el país con el segundo mayor número de católicos del mundo, presenta una serie de ambigüedades en sus leyes.  Con el cambio constitucional de 1992 vivimos un paso nuevo, y que es indiscutiblemente mucho más favorable que el que se vivía antes de esta fecha, sin embargo aun falta camino por recorrer
  • 6.
  • 7.  Al no haber quedado totalmente puntualizadas las reformas en materia de libertad religiosa, la relación Iglesia-Estado aún conserva algunas ambigüedades que es necesario corregir y, eventualmente, perfeccionar.  Tal vez la más importante, y más que ambigüedad, es un defecto en la concepción filosófica detrás sobre todo del artículo 130
  • 8.
  • 9.  Las reformas constitucionales de 1992 realmente no están orientadas al avance en materia de libertad religiosa, sino al restablecimiento de las relaciones Iglesia-Estado.  Lo primario es reconocer que toda persona humana, por el mero hecho de ser persona, debe de ser respetado su derecho a la libertad religiosa.  Y luego concebir la manera en la que el Estado y las iglesias deben relacionarse.
  • 10.
  • 11. A nivel constitucional, el artículo 24 sólo reconoce el derecho a la libertad de culto y de creencia, estos dos elementos son necesarios pero no suficientes para reconocer plenamente el derecho a la Libertad Religiosa.
  • 12.
  • 13.  Elque en nuestro artículo 24 aún no se reconozca explícita y plenamente el derecho a la Libertad Religiosa, es aún signo de que seguimos viviendo bajo un esquema de laicismo antirreligioso que tiene temor a reconocer el derecho de los creyentes y de los no creyentes a vivir con libertad de acuerdo a sus propias convicciones.
  • 14.
  • 15.  los Obispos mexicanos, en la Carta Pastoral «Del Encuentro con Jesucristo a la Solidaridad con Todos», ofrece una definición muy sencilla y muy profunda;  Se afirma que el derecho a la Libertad Religiosa consiste en el pleno respeto a la conciencia en materia religiosa de toda persona, para que viva de acuerdo a esta tanto en lo público, como en lo privado.
  • 16.  Enuna catequesis de preparación a la visita de Benedicto XVI la Conferencia Episcopal Mexicana citaba unas palabras del mismo papa sobre la Libertad religiosa decía:  “Un Estado democrático laico es aquel que protege la práctica religiosa de sus ciudadanos, sin preferencias ni rechazos. Por otra parte, la Iglesia considera que en las sociedades modernas y democráticas puede y debe haber plena libertad religiosa”.
  • 17. Y agregaba: “En un Estado laico son los ciudadanos quienes, en el ejercicio de su libertad, dan un determinado sentido religioso a la vida social.”  “Un Estado moderno ha de servir y proteger la libertad de los ciudadanos y también la práctica religiosa que ellos elijan, sin ningún tipo de restricción o coacción.”
  • 18.  “No se trata de un derecho de la Iglesia como institución, se trata de un derecho humano de cada persona, de cada pueblo y de cada nación.”  “Ante el creciente laicismo, que pretende reducir la vida religiosa de los ciudadanos a la esfera privada, sin ninguna manifestación social y pública, la Iglesia sabe muy bien que el mensaje cristiano refuerza e ilumina los principios básicos de toda convivencia”
  • 19.
  • 20.  Entre los principios básicos de convivencia citaba los siguientes:  “El don sagrado de la vida, la dignidad de la persona junto con la igualdad e inviolabilidad de sus derechos, el valor irrenunciable del matrimonio y de la familia que no se puede equiparar ni confundir con otras formas de uniones humanas.”  Concluía: “La institución familiar necesita un apoyo especial, porque en México, como en otros Países, va mermando progresivamente su vitalidad y su papel fundamental.”
  • 21.
  • 22. El derecho a la Libertad Religiosa protege el derecho tanto de los creyentes como de los no creyentes, curiosamente, para vivir en lo público y en lo privado de acuerdo a su conciencia en materia religiosa
  • 23.  Elsecretario de Estado Vaticano, Tarcisio Bertone, el pasado 25 de marzo 2012, en León, Guanajuato, pidió afianzar la libertad religiosa en México y sostuvo que “ese derecho fundamental del ser humano va mucho más allá del mero libre culto”.
  • 24.
  • 25. En su mensaje, el cardenal aseguró que tanto la Iglesia como el Estado tienen una tarea común: “cada uno, desde su misión específica, debe salvaguardar y tutelar los derechos fundamentales de las personas”. “Entre ellos destaca la libertad del hombre para buscar la verdad y profesar las propias convicciones religiosas, tanto en privado como en público, lo cual ha de ser reconocido y garantizado por el ordenamiento jurídico”
  • 26.  Los ministros de culto, como miembros de cualquier denominación religiosa, no podrían hablar con toda libertad sobre cualquier tipo de temas en el espacio público.  Esto muestra que existen dos tipos de ciudadanos en México: unos con plenitud de derechos y otros ciudadanos que tienen derechos políticos restringidos.
  • 27.
  • 28. A las iglesias se les denomina asociaciones religiosas.  La definición de asociaciones religiosas, ciertamente, es sumamente vaga  Porque en vez de que nuestras leyes reconozcan que las distintas iglesias son instituciones «sui iuris», es decir, de derecho propio, y a las cuales el gobierno solo reconoce su existencia
  • 29.
  • 30.  Se crea una paradoja rarísima: que la Iglesia Católica ó la Comunidad Judía, por ejemplo, existen porque la Secretaría de Gobernación les da la autorización, no por un ejercicio de reconocimiento de su existencia previa al reconocimiento legal por parte del estado.
  • 31.
  • 32.  Tal vez que si el artículo 24 constitucional tuviera una formulación más plena, más acorde a la nueva legislación internacional en materia de libertad religiosa.  Ese nuevo artículo 24 podría, eventualmente, destrabar las incoherencias que tiene el artículo 130, ser más acorde con las exigencias de nuestro artículo primero.
  • 33.
  • 34.  En sesión ordinaria del 15 de diciembre de 2011, la Cámara de Diputados, aprobó el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.  El proceso legislativo de dicha modificación inicio el 18 de marzo 2010  En fecha 14 de diciembre de 2011, la Comisión de Puntos Constitucionales remitió a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, el dictamen a dicha iniciativa.
  • 35.  El dictamen fue incorporado en el orden del día de la sesión del 15 de diciembre de 2011, para efectos de Declaratoria de Publicidad.  Supero una moción suspensiva promovida por el GPPRD  El resultado de dicha votación fue de 199 votos a favor, 58 en contra y 3 abstenciones. Por lo que siendo aprobado por mayoría calificada, fue remitido el proyecto al Senado de la República.
  • 36.
  • 37.  Establece que “nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política”.  Aunque el proyecto impulsado por las bancadas del PRI y del PAN preveía suprimir el párrafo referente a las condicionantes para celebrar actos religiosos de culto fuera de los templos, finalmente se restituyó en el dictamen:  “Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la ley reglamentaria”.
  • 38.  El 27 de marzo del 2012 fue aprobada en la Cámara de Senadores el dictamen de reforma al art.24  Con 72 votos a favor y 35 en contra, el Senado aprobó las reformas al artículo 24 en materia de libertad religiosa, al afirmar las comisiones dictaminadoras que de ninguna manera se pretende modificar la educación laica o la relación Iglesia-Estado, ni privilegia religión alguna.  El artículo 24 aprobado, y que fue enviado a los congresos estatales para su discusión y votación.
  • 39.  Como se sabe luego tiene que ser aprobada por la mayoría de los congresos de los Estados Federativos ósea por lo menos 17. (cfr. Art. 135)  Así las cosas la reforma del art. 24 esta en la ultima fase del proceso
  • 40.
  • 41. Para más presentaciones visitar: http://www.slideshare.net/pguillermov