2. Deudas comprendidas
Obligaciones impositivas.
Obligaciones de los recursos de la seguridad
social.
Multas aplicadas o cargos suplementarios
formulados por el servicio aduanero.
Sus intereses, actualizaciones y multas.
REQUISITO:
Con vencimiento hasta el día 31/03/2014
3. Deudas comprendidas
El impuesto que recae sobre las erogaciones no
documentadas.
Los intereses y accesorios adeudados por retenciones,
percepciones, anticipos e IVA por prestaciones en el exterior.
Las deudas en discusión administrativa, contencioso-
administrativa o judicial, así como en ejecución judicial.
Los ajustes resultantes de la actividad fiscalizadora de la
AFIP
Las cuotas del MONOTRIBUTO. (Salvo el aporte a la Obra
Social)
Obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago
caducos al 31/03/2014.
4. Deudas excluídas
Los planes de facilidades de pago que se encuentren vigentes.
Los planes caducos con posterioridad al 31 de marzo de 2014.
Las retenciones y percepciones impositivas o previsionales.
Los anticipos y/o pagos a cuenta.
El impuesto al valor agregado que se debe ingresar por las prestaciones de
servicios realizadas en el exterior cuya utilización o explotación efectiva se lleve a
cabo en el país.
Los aportes y contribuciones destinados al las Obras Sociales.
Las cuotas destinadas a las ART
Los aportes y contribuciones del Régimen Especial para empleados del Servicio
Doméstico.
Las cotizaciones fijas correspondientes a los trabajadores en relación de
dependencia de sujetos adheridos al MONOTRIBUTO devengadas hasta el mes de
junio de 2004.
Las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes.
El impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos.
Sus intereses, multas y demás accesorios.
5. Condiciones Generales
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas.
El cálculo de cada cuota se realizará conforme se indica en
el Anexo II.
El monto de cada cuota deberá ser igual o superior a $ 150.-
La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de 24.-
La tasa de interés de financiamiento será de1,90% mensual.
Presentar las declaraciones juradas a la fecha de adhesión.
Presentar y pagar las obligaciones posteriores al 01/04/2014.
Mantener la cantidad de empleados a marzo de 2014.
Mantener la cantidad de empleados durante todo el plan.
6. Adhesión
Formalizar la adhesión del 25 al 29/08/2014.-
El sistema estará operativo desde el 16/06/2014.-
Remitir la información mediante la opción “PLAN DE
FACILIDADES DE PAGO RG 3630” del sistema
informático “MIS FACILIDADES”,
Generar el formulario de declaración jurada Nº 1.003.
(Previo a su remisión, será requerido un código de
verificación).
Imprimir el acuse de recibo de la presentación
realizada
7. Ingreso de las cuotas
Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes o el día 26
(segundo intento), a partir del mes posterior a aquel en que
se formalice la adhesión.
Se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo.
Las cuotas que no hubieran sido debitadas se debitarán el
día 12 del mes inmediato siguiente al mes en el que el
contribuyente hubiera solicitado la rehabilitación.
Los sujetos podrán solicitar la cancelación anticipada de la
deuda a partir del mes en que se produce el vencimiento de
la segunda cuota
8. Causales de Caducidad
La disminución de la cantidad de empleados
durante el período de cumplimiento del plan.
La falta de presentación de las declaraciones
juradas.
Se registre la falta de cancelación de:
DOS (2) cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60
días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de
la segunda de ellas,
UNA (1) cuota, a los 60 días corridos contados desde la
fecha de vencimiento de la última cuota del plan.