1. Normas Legales de la Educación
Argentina
Ley Nacional de Educación, Ley Provincial de Educación, Reglamento general
de Instituciones Educativas de la Pcia de Bs As
3. • La Educación es una institución, y como tal posee
un marco legal que la respalda. Conocerlo es
deber de todos los actores institucionales y
especialmente del personal directivo, ya que son
ustedes los encargados de hacer cumplir y
respetar las bases en la que se construyó y se
construye la Educación Argentina.
• En primer lugar hay que saber que las leyes que
regulan la Educación de la Provincia de Buenos
Aires son Ley Nacional de Educación, Ley
Provincial de Educación, Reglamento general de
Instituciones Educativas de la Pcia. de Bs As
4. ¿Qué es la Educación?¿Quienes son
los responsables?
• La educación es una prioridad tanto Nacional
como provincial. Es un bien público y un derecho
personal y social.(L.N.E Art 2-3, L.P.E Art 3)
• Los responsables son el Estado Nacional, las
provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
a través de la Dirección General de Cultura y
Educación(L.N.E Art 4-6, L.P.E Art 5)
• ¿sabían esto? A veces las preguntas mas simples
son las mas difíciles de responder.
5. ¿Cuál es el fin de la educación?
• Construir una sociedad mas justa
• Reafirmar la soberanía nacional
• Respetar los derechos humanos
• Fortalecer el desarrollo económico-social
• Garantizar la inclusión educativa
• Asegurar condiciones de igualdad
• Brindar una formación ciudadana
(L.N.E Art 3-8-11, L.P.E Art 3-16)
• ¿Cuáles creen que se omiten y cuales se
priorizan?
6. Sobre la gratuidad y obligatoriedad de
la escuela…
• Se garantiza el acceso a la información y el
conocimiento a todos los habitantes, como
instrumentos de participación. La provincia no
aceptará ningún acuerdo o tratado que implique
concebir a la educación como un bien lucrativo,
transable o mercalizable.(L.N.E Art 11 inc. h ,
L.P.E Art 8-12)
• Se asegura la obligatoriedad escolar desde la sala
de 4 (cuatro) años hasta la finalización del Nivel
secundario (L.N.E Art 16, L.P.E Art 16 inc. b)
• Si es gratuito y obligatorio ¿Por qué hay
deserción escolar?
7. ¿Cuáles son las bases de la estructura
del sistema educativo?
• Integrado por los servicios educativos de gestión
estatal y privada, gestión cooperativa y gestión
social.
• Estructura unificada en todo el país.
• Comprende 4 (cuatro) niveles: Educación Inicial,
Educación Primaria, Educación Secundaria y
Educación Superior, y 8 (ocho) modalidades
(L.N.E Art 14-15-17, L.P.E Art 18-21-23)
• ¿Podrían pensar otro tipo de organización?
8. Características del Nivel secundario…
• El Nivel secundario es obligatorio, de 6 años
de duración, dividido en dos ciclos (3 años de
Ciclo Básico, común para todas las
orientaciones y 3 años de un Ciclo Orientado
según el área). Es una unidad pedagógica y
organizativa destinado a adolescentes y
jóvenes y correlativo al Nivel de Educación
Primario (L.N.E Art 29-31, L.P.E Art 28-29)
9. Los objetivos del Nivel Secundario…
• Habilitar para el ejercicio pleno de la ciudadanía, para
el trabajo y para la continuación de estudios
• Brindar una formación ética
• Formar sujetos responsables
• Promover el acceso al conocimiento como saber
integrado
• Desarrollar procesos de orientación vocacional
• Crear espacios extracurriculares de educación física y
educación artística donde los jóvenes desarrollen las
distintas manifestaciones de la ciencia y la cultura
(L.N.E Art 30, L.P.E Art 28)
• ¿Modificarían algo de las características del Nivel
secundario?¿Estos objetivos, reflejan las actualidad de
las escuelas Argentinas?
10. ¿Cuáles son los derechos y
obligaciones de los actores
Institucionales?
• Dentro de la Ley Nacional de Educación en los artículos
67-68-125-126-127-128-129 y en la Ley Provincial de
Educación en los artículos 88 al 96 y en el Decreto
2299-11 Titulo I-cap. 2, Titulo III-cap. 1. Se especifican
los derechos y las obligaciones de los distintos actores
institucionales (alumnos; tutores; personal técnico y
administrativo, profesional y auxiliar de servicio;
docentes), es importante que estos actores conozcan
sus derechos para evitar abusos y por otro lado
conozcan sus obligaciones para desempeñar su deber
correctamente.
• ¿Conocen ustedes sus derechos y obligaciones?
11. ¿Cuales son las tareas de los
docentes?
• Los docentes deben:
• Evitar discriminación
• Cuidar la integridad de los alumnos
• Desarrollar practicas democráticas
• Integrar a la comunidad educativa
• Facilitar la generación de experiencias de
aprendizaje dentro y fuera del espacio escolar
• Evaluar sistemáticamente los resultados de la
tarea educativa
• Ejecutar el diseño curricular vigente
• Capacitarse y actualizarse
12. • Planificar y desarrollar las clases con coordinación del
equipo docente
• Participar en actos y actividades según el Calendario
Escolar
• Ser puntual conforme a su cargo y carga horaria
• Cumplir en tiempo y forma estados administrativos
• Mantener reserva en la información correspondiente a su
tarea
• Facilitar la información a la comunidad educativa
• Comunicar periódicamente la evolución de los alumnos
• Vestirse conforme a su nivel y modalidad
• Participar en el Plan de Preservación de Riesgo
• Hacer cumplir las normas institucionales
• Ejecutar acciones para resolver conflictos y atender a la
inclusión
(L.N.E Art. 67, L.P.E Art 93-94-95-96, R.G Titulo II-Cap. 2)
• ¿se les ocurre otra tarea?
13. • Los docentes NO deben:
• Promover la discriminación
• Usar en beneficio particular las instalaciones de la institución
• Vender o promocionar determinados insumos escolares
• Recibir beneficios personales indebidos que condicionen sus actos
• Facilitar sin fundamento el ingreso de personas ajenas a la
institución
• Usar mecanismos de incentivo y sanciones diferentes a los
prescriptos
• Mostrar consumir o permitir el consumo de tabaco drogas y alcohol
• Cobrar por lecciones particulares a alumnos de la institución
• Exponer información privada del alumno y/o su familia
• Permitir la salida de los alumnos sin autorización
• Encomendar sin un fin pedagógico tareas a los alumnos que
correspondan al personal de la institución
• Agredir física y/o psicológicamente a alumnos o miembros de la
institución
(R.G Titulo II-Cap. 2)
• ¿agregarían o quitarían alguna tarea que los docente no deban
hacer?
14. ¿Qué es una institución educativa?
• Es una unidad pedagógica del sistema
responsable de los procesos de enseñanza-
aprendizaje destinados al logro de los
objetivos establecidos por la ley
(L.N.E Art. 122, L.P.E Art 63-64)
15. La comunidad educativa
• La Institución Educativa garantizará la participación
democrática de:
• directivos, integrantes del equipo de conducción, docentes,
padres, madres y/o tutores, niños, adolescentes, jóvenes y
adultos, ex alumnos, personal administrativo y/o auxiliar de
la educación, profesionales de los equipos de apoyo,
miembros integrantes de las cooperadoras escolares,
sindicatos y de otras organizaciones vinculadas a la
institución, conforme el proyecto institucional y el propio
ideario en las Instituciones de gestión privada.
• La Dirección General de Cultura y Educación asegurará el
ejercicio de los derechos a participar de los integrantes de
la comunidad educativa
• (L.N.E Art. 11 inc. i-68-123 inc. m, R.G Titulo I-Cap. 2)
16. Los equipos de trabajo
institucional
• Están constituidos por el equipo docente, equipo
administrativo y/o auxiliar de educación.
• El equipo de conducción institucional en los
establecimientos de gestión estatal, esta
compuesto por los siguientes cargos: Director,
Vicedirector, regente (Técnico y de Estudio) y
Secretario.
• El marco general de trabajo comprende la acción
conjunta, la coordinación, la competencia, sin
prejuicio de las tareas propias de cada cargo y de
sus jerarquías escalonarías
17. • Estos deben:
• Compartir las responsabilidades en la planificación, construcción
participativa y ejecución del Proyecto Institucional
• Conducir el proceso de desarrollo curricular atendiendo a los diseños
vigentes, a las particularidades de los sujetos y los contextos
• Atender y garantizar co-responsablemente con el resto del equipo
institucional el proceso formativo de los alumnos
• Promover diversas instancias de evaluación del Proyecto Institucional por
parte del equipo docente, realizando ajustes y reformulaciones periódicas
• Supervisar en proceso y evaluar el desarrollo del Proyecto Institucional.
• Conocer, comunicar, cumplir y requerir el cumplimiento al personal de la
Institución de las prescripciones normativas aplicables al sistema
educativo.
• Responder a las necesidades de los alumnos, en especial de niños y
adolescentes, asegurando el respeto permanente de sus derechos y
poniendo en funcionamiento los mecanismos internos y externos de
protección de los mismos.
• Establecer y/o profundizar los vínculos con el entorno socio-comunitario
(R.G Titulo III-Cap. 1)
• ¿creen que siempre existe comunicación en el equipo de trabajo y en el
de conducción?
18. El proyecto institucional
• Plan de continuidad pedagógica: es la herramienta de
intervención institucional para asegurar los actos
educativos necesarios para el proceso de aprendizaje
de los alumnos y dar cumplimiento efectivo a la
jornada escolar
( R.G Titulo III-Cap. 2)
• Acuerdo de convivencia: El Proyecto Institucional
conlleva la definición de los Acuerdos de Convivencia
propios de la institución con la participación activa de
todos los miembros de la comunidad educativa
(L.N.E Art. 123 inc. i-127 inc. d, R.G Titulo III-Cap. 2)
19. •Obligatoriedad Escolar : Todas las instituciones educativas
aseguran el cumplimiento de la obligatoriedad prescripta por la
Ley Provincial de Educación N° 13.688 arbitrando los medios
necesarios a tal fin. La obligatoriedad comprenderá el acceso y la
trayectoria de los alumnos, como tal debe incluir instancias y
condiciones institucionales, materiales, pedagógicas y de
promoción de derechos, en todos los ámbitos educativos,
mediante acciones que aseguren educación de igual calidad, en
todas las situaciones sociales
(L.N.E Art. 80 R.G Titulo III-Cap. 2)
•Jornada Escolar: Se entiende por jornada escolar de la institución
el horario de funcionamiento de sus turnos conforme la carga
horaria correspondiente al diseño curricular vigente del nivel,
modalidad y modelo organizacional. La misma puede adoptar la
forma de jornada simple, jornada completa o jornada extendida.
(L.N.E Art. 32 inc. c, R.G Titulo III-Cap. 2)
20. • Los Aspectos Administrativos: Cada Institución Educativa
contará con una Planta Orgánico Funcional y una Planta
Orgánico Funcional Analítica de acuerdo a las
prescripciones normativas aprobadas por la Dirección
General de Cultura y Educación para cada
nivel/modalidad/modelo organizacional. Las mismas se
confeccionarán anualmente.
(R.G Titulo III-Cap. 2)
• Protección de derechos de niños y adolescentes: Es
responsabilidad indelegable del Estado la defensa del
interés superior del niño y adolescente de acuerdo a lo
establecido en la Convención por los Derechos del Niño y
el Adolescente y las normas legales de promoción y
protección de derechos de los mismos.
(L.N.E Art. 11 inc. g-67 inc.e- 92 inc. d, R.G Titulo III-Cap. 2)
• ¿Agregarían algo al proyecto Institucional actual ?
21. Esto es todo…
• Hasta aquí hemos mencionado las partes mas
destacables en la Ley Nacional, la Ley
Provincial y el Reglamento General. Los invito
a reflexionar sobre las preguntas a pie de
pagina y a profundizar sobre dichas leyes, a
veces los ideales planificados no condicen con
la realidad, pero es nuestro deber como
profesionales usar todas las herramientas que
estén a nuestra disposición para hacer que
estas diferencias sean cada vez mas estrechas