1. La constitución de 1991
es la actual carta magna
de la República de
Colombia. Deroga a la
constitución de 1886.
También se ha
empezado a conocer
con el nombre de
Constitución de los
Derechos.
2. 1886 1991
Creada el 4 de agosto de Creada el 4 de julio de 1991
1886. con énfasis en derechos y
libertades fundamentales.
Diputados y concejales
Diputados y concejales para
para periodos de dos periodos de tres años. Se
años. No hay un amplio establece un régimen de
régimen de inhabilidades inhabilidades e
e incompatibilidades para incompatibilidades para los
los congresistas. congresistas.
3. La administración de Se crean la Corte
justicia corresponde a la Constitucional, el Concejo
Corte Suprema de Justicia, Superior de la Judicatura y la
los tribunales superiores y Fiscalía General de la
los juzgados . Nación, como complemento
de la administración judicial
Los ciudadanos eligen
directamente: presidente de Los ciudadanos eligen
la República, senadores, directamente: presidente,
representantes, diputados, senadores, representantes,
concejeros intendenciales y diputados, alcaldes y
comisariales, alcaldes y concejales; así como:
concejales municipales del vicepresidente, gobernadores
Distrito Especial. concejales distritales, y
miembros de Juntas
Administrativas Locales .
4. De carácter centralista y La conforman trece títulos y
presidencialista, autoritaria 380 artículos. La
y confesional . complementan 59 artículos
transitorios.
Todos los cargos en
corporaciones públicas Los gobernadores y alcaldes
tienen suplente. son de elección popular, para
periodos de tres años. Se
eliminan los suplentes.
5. Nace como una forma de evitar la corrupción
administrativa, dando lugar a un movimiento
estudiantil y político que propuso la convocatoria
a una Asamblea Constituyente para las elecciones
de 1990. El movimiento promocionó la así llamada
séptima papeleta, propuesta surgida de
estudiantes colombianos para las elecciones
legislativas de 1990. En diciembre de 1990 se
convocaron a comicios para elegir los
representantes a una Asamblea Nacional
Constituyente, la cual promulgó la nueva
constitución en 1991.
6. Se instituye, además la acción de tutela como un
mecanismo efectivo para que los ciudadanos
puedan hacer valer sus derechos fundamentales a
partir del artículo 8 de la Declaración Universal de
Derechos Humanos de 1948. De la misma manera
en aras de desarrollar, el nuevo estatus de estado
social, se incluyó en la Constitución Política, un
listado de derechos económicos sociales y
culturales, que aunque de carácter programático,
pueden llegar a ser de aplicación inmediata ya sea
a través de la igualmente constitucional Acción
Popular o por conexidad con derechos de rango
fundamental.
7. Se prohíbe la reelección presidencial inmediata
(la reelección presidencial inmediata ya estaba
prohibida en la Constitución de 1886 y
constituciones anteriores). Esta norma fue
derogada por acto legislativo de reforma
constitucional aprobada en 2004 y declarada
exequible por la Corte Constitucional el 19 de
octubre de 2005
8. Señalaba que la nación colombiana se
reconstituía como una república unitaria, y que
la religión católica era un elemento esencial del
orden social, de suerte que sólo eran aceptados
los cultos y prácticas que no fueran contrarios a
la moral cristiana.
9. la Constitución de 1991 proclama que nuestro país es
una república pluralista, que reconoce la autonomía de
las entidades territoriales y protege la diversidad étnica
y cultural como bases de la nación colombiana.
Estas pocas normas marcan uno de los cambios más
importantes que introdujo el proceso constituyente de
1991: el paso de la idea de que la construcción del
orden nacional sólo podía hacerse por la imposición de
valores homogéneos, como la religión católica, desde
un centro de poder (la capital), a la tentativa de
elaborar colectivamente una identidad nacional, a
partir del reconocimiento de nuestra enorme
diversidad cultural, étnica y regional.
10. La Carta de 1991 es entonces la constitución de la
diversidad, pues no sólo reconoce y ampara las
diferencias sino que constituye e instituye mecanismos
jurídicos y políticos para potenciarlas, como la
jurisdicción indígena, las acciones en favor de grupos
discriminados, o las circunscripciones electorales para
minorías.
La Corte Constitucional tiene entonces razón cuando
señala que la apuesta de la Constitución de 1991 es la
de "construir una sociedad en donde la diversidad de
formas de vida no sea un factor de violencia y de
exclusión sino una fuente insustituible de riqueza
social. La diferencia y la igualdad encuentran sus
lugares respectivos en esta Constitución que pretende
así ofrecer las más amplias oportunidades vitales a
todas las personas.