2. Metodología
de Auditoría Social
a Políticas Públicas
Metodología aceptada por el Consejo Consultivo
de la Estrategia para la Reducción de la Pobreza (CCERP),
con recomendación de aprobación para el Gabinete Social,
en sesión ordinaria del 12 de julio de 2007.
Redacción:
Evelyn Hernández (SNV)
Marlin Óscar Ávila (CNA)
María Poli / Jorge Irías (Banco Mundial)
Primera edición: septiembre de 2007
Impresión: AZER Impresos
Tiraje: 2,000 ejemplares
Impreso y hecho en Honduras
Este documento puede ser reproducido por cualquier medio, sólo se necesita
citar las fuentes.
1
3. Organizaciones que participaron en el proceso de consulta para la elaboración de este
documento:
Agencias de Cooperación Internacional (ACI)
Asociación de Organismos No Gubernamentales (ASONOG)
Banco Mundial (BM)
Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos (CIPRODEH)
Comisión de Acción Social Menonita (CASM)
Comisionado Presidencial de la Estrategia para la Reducción de la Pobreza
Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH)
Comisiones Ciudadanas de Transparencia (CCT)
Consejo Hondureño del Sector Social de la Economía (COHDESSE)
Consejo Nacional Anticorrupción (CNA)
Escuela de Auditoría Social de Occidente
Espacio de Concertación Regional de Intibucá
Federación de Organizaciones Privadas de Desarrollo de Honduras (FOPRIDEH)
Foro Social de Deuda Externa y Desarrollo de Honduras (FOSDEH)
Fundación Popol Nah Tun
Grupo de Sociedad Civil del Consejo Consultivo de la Estrategia para la Reducción
de la Pobreza (GSC-CCERP)
INTERFOROS Centro
Pastoral Social Caritas de Honduras
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)
Proyecto Norte de Copán
Secretaría de Gobernación y Justicia (SGJ)
Servicio Holandés de Cooperación al Desarrollo (SNV)
Servicio Alemán de Cooperación Social-Técnica (DED)
Tribunal Superior de Cuentas (TSC)
Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), Carrera de Desarrollo Local
2
4. ÍNDICE
INTRODUCCIÓN 5
Capítulo I
Marco Conceptual de la Auditoría Social
1. ¿Qué entendemos por auditoría social? ....................................................................................................................... 7
1.1 La auditoría social como modalidad de participación ciudadana ............................................. 11
1.2 La auditoría social como ejercicio propio y autónomo de la ciudadanía ........................... 14
1.3 La auditoría social como derecho y como deber ...................................................................................... 18
1.4 La auditoría social como proceso de vigilancia, monitoreo y evaluación:
El ámbito de la auditoría social .................................................................................................................................. 18
1.5 La auditoría social como ejercicio que busca efectos sobre lo público:
Los objetivos de la auditoría social ........................................................................................................................ 21
1.6 La importancia de la auditoría social .................................................................................................................... 5
2
1.7 La auditoría social como práctica consecuente con los principios que defiende ................ 6
2
2. Conceptos relacionados con la auditoría social ................................................................................................... 27
2.1 Rendición de cuentas ......................................................................................................................................................... 27
• Objetivos de la rendición de cuentas ............................................................................................................. 28
• Tipos de rendición de cuentas .............................................................................................................................. 28
• ¿Ante quién se rinde cuentas? ............................................................................................................................. 30
• Alcance de la rendición de cuentas ................................................................................................................. 31
• Relación entre rendición de cuentas y auditoría social ................................................................ 31
2.2 Transparencia organizativa ............................................................................................................................................. 3
3
Capítulo II
Recursos Disponibles y Retos para la Auditoría Social en Honduras
1. Los recursos disponibles ............................................................................................................................................................ 35
1.1 Los auditores sociales ........................................................................................................................................................ 35
1.2 Las instancias de coordinación ................................................................................................................................. 37
1.3 Las instancias nacionales de apoyo .................................................................................................................... 38
• Organismos de Sociedad Civil ............................................................................................................................. 38
• Organismos del Estado ............................................................................................................................................... 39
1.4 Órganos contralores o Monitoreo ........................................................................................................................... 40
1.5 Las instancias internacionales de apoyo ......................................................................................................... 43
1.6 Los recursos en el marco legal ................................................................................................................................. 44
• Poder delegado .................................................................................................................................................................... 44
3
5. • Derechos reconocidos .................................................................................................................................................. 44
• Los deberes de los funcionarios públicos para el cumplimiento
de los derechos ................................................................................................................................................................... 47
• La adecuación de la estructura del Estado y la creación de condiciones
culturales para el cumplimiento de los derechos ............................................................................... 48
2. Los retos de la auditoría social ............................................................................................................................................. 49
Capítulo III
Propuesta de Metodología de Auditoría Social de la ERP
1. Objetivos de la Metodología ................................................................................................................................................... 53
2. Ámbitos de aplicación ................................................................................................................................................................... 54
• Niveles de la ERP en los que se puede aplicar la metodología .............................................. 54
• Ámbito geográfico y temporal en el marco de la metodología ................................................... 56
• Dimensiones de la metodología ................................................................................................................................ 58
3. Los destinatarios ................................................................................................................................................................................. 59
4. El papel de los actores ................................................................................................................................................................. 60
5. Momentos .................................................................................................................................................................................................. 64
6. Supuestos o condiciones mínimas que se requieren para implementar
la metodología ....................................................................................................................................................................................... 8
6
7. Medios de los que dispone la metodología .............................................................................................................. 0
7
8. Evaluación del proceso de implementación de la estrategia ................................................................. 72
9. ¿Qué sigue?: Las tareas pendientes ............................................................................................................................. 72
Capítulo IV
Caja de Herramientas: Guía del Usuario
1. Guía de uso de las herramientas para cada momento de la auditoría social ....................... 75
2. Tabla de contenidos del CD: Herramientas de Auditoría Social ......................................................... 91
Páginas Amarillas 97
Biblioteca 105
Glosario 107
Bibliografía Básica 111
Anexos
4
6. Introducción
Es indudable que existe una preocupación generalizada sobre el destino de los recursos para
reducir la pobreza en Honduras, que se ejecutan en el marco de las políticas nacionales e
internacionales vinculadas con la Estrategia para la Reducción de la Pobreza (ERP).
Un grupo de instituciones nacionales y organismos internacionales, al observar que uno de
los vacíos más notorios es la falta de concretización y unificación de conceptos y parámetros
sobre qué es y cómo desarrollar la auditoría social, tomó la iniciativa de buscar soluciones al
problema.
De ahí que se diera a la tarea de elaborar una propuesta de metodología de auditoría social,
con el objetivo de poner a disposición de la sociedad hondureña una propuesta metodológica
de auditoría social a la gestión de lo público, especialmente a la ERP, y así contribuir a la
generación de consensos conceptuales y metodológicos, y a un mayor impacto de las políticas,
programas y proyectos monitoreados por la ciudadanía.
Este documento ha sido preparado a partir de una serie de consultas realizadas con diversos
actores de sociedad civil, cooperación internacional y gobierno. El proceso de consulta se
orientó hacia el concepto de auditoría social y temas relacionados; características que debía
ofrecer la metodología de auditoría social a la ERP; puntos de partida y de llegada; y, condiciones
mínimas necesarias para su implantación exitosa, con la identificación de obstáculos y desafíos
a superar en el corto y mediano plazo.
Luego se integraron dos equipos de trabajo. Uno para elaborar el marco conceptual y la
metodología, y otro para recopilar y ordenar los medios, recursos y herramientas que deben
aplicarse en el trabajo de campo de la auditoría social.
La estructura de este documento se corresponde con los temas de la consulta. Es así como, en
el primer capítulo, se desarrolla el marco conceptual de la auditoría social; y, en el segundo,
se presentan los recursos legales, institucionales y sociales con los que se cuenta en Honduras
para llevarla a cabo. Dentro de estos recursos, destacan los auditores y las auditoras sociales
que impulsan esta práctica en el espacio local, regional y nacional.
El tercer capítulo incluye la propuesta de auditoría social, que ya fue aprobada por el Consejo
Consultivo de la ERP y, el cuarto, ofrece una guía para el uso de la Caja de Herramientas.
En la parte final se incluye información adicional de mucha utilidad para las instancias de control
social y, como complemento obligado, se adjunta un CD que contiene la Caja de Herramientas
que se puede aplicar a los distintos ámbitos de la auditoría social y otra documentación de
utilidad.
Finalmente, es preciso decir que esta es una metodología flexible y abierta que, sin duda, podrá
modificarse y enriquecerse con la práctica de los auditores sociales y el diálogo constante.
5
8. CAPÍTULO I
Marco conceptual de la Auditoría Social
En este capítulo se plantea una reflexión sobre lo que se entiende por auditoría social en
Honduras, los conceptos relacionados y algunos problemas relevantes para su aplicación
práctica.
1. ¿Qué entendemos por
auditoría social?
En Honduras, auditoría social es el término utilizado para referirse a una serie de prácticas
ciudadanas de monitoreo de lo público. Veamos qué términos se usan en otros países
para prácticas similares, y cómo las conceptualizan.
• Control social: Constituye una forma de participación
ciudadana que se expresa como crítica y vigilancia
sobre lo público, cuyo primer atributo es la autonomía.
Este atributo condiciona la autenticidad del control Es un ejercicio
social. Un segundo atributo es el ejercicio de poderes autónomo de la
para que, efectivamente, pueda traducirse en ciudadanía, que busca
consecuencias sobre los actores públicos. Este atributo consecuencias en los
condiciona su eficacia… Los contenidos del control actores públicos.
social hacen referencia a actividades ciudadanas
de vigilancia, fiscalización, seguimiento, evaluación,
crítica y sanción (Nuria Cunill, Colombia, 2002, 2007).
• Contraloría Social: Conjunto de acciones de control,
vigilancia y evaluación que realizan las personas, de
manera organizada o independiente, en un modelo Se realiza en un
de derechos y compromisos ciudadanos, con el modelo de derechos
propósito de contribuir a la gestión gubernamental y compromisos
para que el manejo de los recursos públicos se realice ciudadanos.
en términos de transparencia, eficacia y honradez
(México).
7
9. • Control social: Proceso a través del cual los
ciudadanos (organizados o individualmente) realizan
acciones de monitoreo, verificación y evaluación Tiene como objeto
cualitativa y cuantitativa de la gestión pública, con el garantizar servicios
objeto de realizar recomendaciones y propuestas que públicos eficientes y
garanticen la provisión de servicios públicos eficientes satisfactorios.
y satisfactorios de acuerdo a sus demandas sociales y
planes de desarrollo (González de Asís y Acuña, 2003).
• Auditoría social: Participación de la sociedad civil
organizada para verificar, monitorear y controlar la Vigila que los fondos
implementación de los proyectos financiados con sean ejecutados
recursos públicos, vigilando que éstos sean ejecutados con transparencia y
con transparencia y eficiencia, con el objetivo de que eficiencia, y que los
destinatarios reciban
los destinatarios reciban los beneficios en tiempo y
los beneficios en
forma (Manual Auditoría Social, Nicaragua, 2005). tiempo y forma.
• Auditoría social: Es el control que ejercen los
ciudadanos sobre la administración estatal, sus
gobernantes y sobre cualquier otra institución que
maneja recursos públicos, es decir, que provienen del
Estado. El control se hace de varias maneras: pidiendo
información, estudiándola, detectando problemas y Es una forma de
generando propuestas para solucionarlos; verificando participar de lo
que se cumplen leyes y normas en la realidad; público; es decir, de
lo que es de todos.
verificando que las “políticas públicas” (traducidas
en programas, proyectos, planes, obras públicas)
realmente se concretan y benefician a la gente;
garantizando el acceso a servicios públicos de calidad
y protegiendo sus derechos. La auditoría social es una
forma de participar de lo público, es decir, de lo que
es de todos (Argentina, 2005).
En Honduras, los actores vinculados a esta práctica han retomado aspectos de la experiencia
internacional para desarrollar sus propias visiones y conceptos de auditoría social. Se trata de
una serie de iniciativas ciudadanas, locales y nacionales, con mucha vida propia, bastante
extendidas geográfica y temáticamente, y con una buena dosis de compromiso social que,
según sus actores, se fundamenta en dos motivaciones principales: 1) el cansancio ante el
poco impacto de la gestión pública y los altos niveles de corrupción que muestra el país; 2)
una apuesta por cambiar esta situación. Vista así —como cansancio ante la situación actual
y como apuesta ciudadana para intentar un cambio—, es que se ha venido realizando la
práctica denominada auditoría social que, poco a poco ha desarrollado, sus contenidos
conceptuales y metodológicos. Veamos cómo se ha conceptualizado en Honduras.
8
10. • Auditoría social: Proceso mediante el cual la población
se involucra de manera directa en los asuntos públicos
y toma de decisiones, ejerciendo el derecho de pedir
cuentas a las autoridades de lo que están haciendo
La auditoría social
en su nombre, entendiendo que éstas tienen la mejora la eficacia
obligación de darle pronta respuesta, perfeccionando en los resultados
de esta manera la administración pública, mejorando obtenidos.
su eficiencia en el manejo de los recursos y la eficacia
en los resultados obtenidos (CONADEH, Proyecto PAS,
20021).
• Contraloría social: Consiste en la participación
sistemática, objetiva y voluntaria de la población
organizada para velar que los procesos de
planificación y ejecución de proyectos beneficien Propicia acciones
correctivas por parte de
a sus comunidades y se realicen en condiciones de
las autoridades.
calidad, tiempo y costos convenidos; caso contrario,
propiciar la aplicación de acciones correctivas por
parte las autoridades (Contraloría General de la
República, 1995). 1
• Auditoría social: Nivel de participación ciudadana,
entendida como derecho y como deber que supone
un proceso cuyo objetivo es evaluar, monitorear o
dar seguimiento a un proyecto, programa, política,
proceso o institución pública o privada que recibe Incluye a instituciones
fondos públicos, para ofrecer recomendaciones desde privadas que reciben
fondos públicos.
la ciudadanía, organizada o no, que tiendan a la
mejora en términos de eficiencia, eficacia, calidad
y transparencia, en un marco de gobernabilidad
democrática e interés por el bien común (Evelyn
Hernández, en Foro Auditoría Social, ACI- ERP, RDS).
1 Después del huracán Mitch, dos instancias del Estado y una de sociedad civil generaron conceptos y propuestas de
trabajo sobre auditoría social. El CONADEH creó el Programa de Auditoría Social (PAS), y estimuló esta práctica a nivel
local mediante la figura de las Instancias de Autogestión en Derechos Humanos; facilitó iniciativas de auditoría social a
fondos de reconstrucción que ejecutaba el gobierno central, y contribuyó a la popularización del término. La Contraloría
General de la República creó un Programa de Contraloría Social que promovió la creación de los Contralores Sociales, que
llegaron a funcionar como tales en relación con varias iniciativas de la gestión pública local y nacional. Por parte de sociedad
civil, Interforos presentó un mecanismo de auditoría social al Plan Maestro de Reconstrucción y Transformación Nacional,
a partir del cual se hicieron algunos ejercicios puntuales.
9
11. • Auditoría social: Proceso de participación ciudadana,
realizado por personas de la población que realizan
acciones de seguimiento a políticas públicas,
programas o proyectos, instituciones públicas u
Tiene la finalidad explícita
organizaciones de la población; proceso de sumo de mejorar lo que audita
interés para la ciudadanía, con la finalidad explícita y contribuir a la lucha
de mejorar y democratizar los procesos a los cuales contra la corrupción.
da seguimiento y/o contribuir a la lucha contra la
corrupción (Situación Actual y Perspectivas de la
Auditoría Social en Honduras, SNV, FOSDEH, AMHON,
2004, p. 13).
• Auditoría social: Procesos a través de los cuales
los ciudadanos y ciudadanas, organizados o
individualmente, establecen mecanismos por medio Mecanismos para exigir
servicios eficientes, de
de los cuales exigen a la administración pública
calidad, humanizados
provisión de servicios de manera eficiente, de calidad, y acordes con las
humanizada y satisfactoria a sus demandas y acorde demandas de la
con los compromisos asumidos en políticas o planes de población.
desarrollo (CIPRODEH, 2003).
• Auditoría social: Es la concreción de un proceso
evaluativo ejercido por la ciudadanía, organizada o Puede aplicarse a ente
no, a la acción y el ejercicio administrativo de un ente privado que preste un
privado o público, destinado a producir un servicio de servicio de interés social o
interés social o colectivo, con recursos del Estado y/o colectivo.
de la comunidad internacional (Oscar Ávila, 2003).
• Auditoría social: Proceso de control y vigilancia por Busca garantizar
parte de la población organizada del uso de los que los recursos sean
recursos de las municipalidades para garantizar que administrados con
los mismos sean administrados con transparencia y transparencia y que
que produzcan los resultados que se esperan de ellos produzcan los resultados
esperados.
(Comisión de Transparencia de Sabanagrande).
A partir de las definiciones anteriores, de la experiencia del país en el tema, y de ejercicios
similares en el ámbito internacional, proponemos el siguiente concepto de auditoría
Social:
Auditoría social: Modalidad de participación ciudadana basada en el ejercicio
de derechos humanos, que consiste en la vigilancia, el monitoreo y la evaluación
de la gestión de lo público, sea esta estatal o privada, con la finalidad de lograr
cambios en términos de eficiencia, eficacia y transparencia, y de contribuir a la
prevención, identificación y sanción de la corrupción. Todo lo anterior, desde una
perspectiva ciudadana autónoma e independiente.
10
12. De este concepto, destacamos los siguientes aspectos:
1.1 La auditoría social como modalidad
de participación ciudadana
La participación ciudadana se define, comúnmente, como la intervención de actores
sociales en el proceso de información, consulta, adopción y control de decisiones de los
organismos públicos o de la actividad gubernamental (Groisman, 2001).
La participación ciudadana está, además, concebida como un proceso mediante el
cual el ciudadano/a ejerce su derecho a participar, en forma individual o colectiva, en el
manejo de la información, la toma de decisiones, la fiscalización, control y coejecución
de las acciones en los asuntos públicos que lo afectan directa o indirectamente,
para permitirle su pleno desarrollo como ser humano y el de la comunidad en que se
desenvuelve (González Ballar, 2000).
Vista así, la participación ciudadana pone al ciudadano frente al Estado, y supone
relaciones de diferente tipo entre ambos en todo el proceso de la gestión pública. En el
marco de este proceso, podemos identificar cinco modalidades de participación, que se
presentan en el gráfico siguiente:
Control
o vigilancia
Co-gestión
Decisión
Consulta
Gobernabilidad democrática,
Información transparencia, rendición de
cuentas.
Fuente: Hernández, E. 2005.
A continuación se desarrollan estas cinco modalidades de participación.
11
13. a. Información
Es la acción de exigir de los gobernantes la información que generan o poseen sobre sus
decisiones y actuaciones en el manejo de lo público. Esta modalidad de participación se
materializa a través de muchas formas: desde la simple solicitud verbal de información que
está en poder de una instancia pública, hasta procesos más complejos y permanentes,
como el diálogo e incidencia hacia los entes públicos sobre la cantidad y calidad de
información que debería estar accesible a la ciudadanía, aún sin ser solicitada2; el
monitoreo de la respuesta a demandas de información; la presión para que se sancione
a los funcionarios que no cumplen sus deberes relacionados con la transparencia y
facilitación de información pública; y el reconocimiento a los entes y funcionarios públicos
que sí la facilitan y practican una relación más democrática con los y las ciudadanas.
La información es la condición para cualquier otra forma de participación ciudadana, a
fin de que los agentes públicos instrumentalicen lo menos posible dicha participación, y
contribuya a procesos de construcción y crecimiento del ciudadano como actor en la vida
pública (participación informada). Su fundamento es el derecho ciudadano de acceso a
la información pública.
Desde las instituciones públicas, esta forma de participación ciudadana se facilita a
través de mecanismos como cabildos abiertos, audiencias públicas, oficinas de acceso a
información en cada dependencia, gacetas informativas y tecnologías de la información
y comunicación.
b. Consulta
Consiste en la presentación de inquietudes, opiniones y propuestas de los ciudadanos en
los espacios de consulta abiertos por el gobierno para tal fin. El ente público que hace la
consulta recopila las inquietudes ciudadanas y decide al respecto. Para que la consulta
tenga sentido, debe incorporarse una parte importante de las opiniones de los ciudadanos
y las ciudadanas en la decisión final; se debe informar a la población sobre cuál fue la
decisión final, y explicar por qué no se tomaron en cuenta algunas opiniones, si es el caso.
También se debería informar a la población, lo mejor posible, sobre los alcances de lo que
se está consultando y sobre los derechos ciudadanos que afecta la decisión final. Así se
puede reducir la brecha informativa entre la institución pública y los consultados, y lograr
que la participación tenga un mínimo de calidad.
En la práctica, esta forma de participación sólo influye en la decisión final si hay voluntad
política de la institución que hace la consulta para incluir la opinión de la ciudadanía, y si
esta última tiene algún poder para lograr que sus opiniones sean tomadas en cuenta.
2 Como se plantea en el capítulo I, sección 2.1 (Alcance de la Rendición de Cuentas) y capítulo II, sección 1.6, cada vez
existe más consenso y normativa nacional e internacional sobre buenas prácticas con relación al mínimo y la calidad de
información que debe estar disponible para la ciudadanía, en términos de pertinencia, claridad y actualidad. Esto supone
la obligatoriedad de los funcionarios y administradores de información pública de ofrecerla, y sanciones ante la falta de
cumplimiento de la normativa.
12
14. c. Decisión
En esta modalidad, los entes públicos y la ciudadanía deciden conjuntamente sobre uno o
varios aspectos de la gestión pública; por ejemplo, la priorización de proyectos, la distribución
de la inversión presupuestaria o la prestación de servicios públicos, responsabilizándose
ambos por las debilidades y virtudes de tales decisiones. Supone un proceso muy activo de
las ciudadanas y ciudadanos para hacer peticiones, proponer iniciativas, dialogar con los
miembros de las organizaciones involucradas y generar debate público.
d. Cogestión autoridad-comunidad
Es la participación de la comunidad en la gestión y ejecución de proyectos de obras y
servicios, y en la supervisión del uso de bienes y servicios públicos. Implica un alto grado
de corresponsabilidad entre las autoridades y la ciudadanía, ya que no sólo se comparte
la decisión, sino que también la ejecución.
e. Control
Consiste en el ejercicio del derecho y el deber que asiste a la ciudadanía de monitorear,
fiscalizar, vigilar y evaluar a sus servidores públicos a través del seguimiento y verificación
de la ejecución de proyectos, programas, políticas, procesos, presupuestos y, en general,
de la acción gubernamental.
La auditoría social se ubica en esta modalidad, y supone que los ciudadanos y las
ciudadanas que participan en los procesos de control y vigilancia no deberían participar
en los demás niveles —excepto el de información y consulta—, pues no se podría actuar
con objetividad si se es parte de la toma de decisiones o de la coejecución.
Existe un consenso generalizado sobre la pertinencia de que las personas que participan
en la toma de decisiones, o en la ejecución de un servicio público, se abstengan de
participar en la auditoría social que se le aplica a ese servicio o a la institución responsable
del mismo; esto, para evitar conflicto de intereses. Por ejemplo, si una asociación de
pobladores administra la prestación de un servicio de agua potable, lo recomendable es
que la auditoría social la haga un grupo distinto al de los coejecutores (M. Oscar Ávila). “La
cogestión es irreconciliable con el control”3.
Esto sugiere que las organizaciones ciudadanas que participan en la cogestión debieran
permitir y facilitar —al igual que las instituciones del Estado—, que otras organizaciones
(o personas individuales) puedan hacer auditoría social de sus actuaciones, y asumirla
como una contribución a su desempeño.
En resumen, la auditoría social es una modalidad de participación ciudadana, referida
al monitoreo o vigilancia de la gestión de lo público, que excluye la toma de decisiones
y la cogestión. Es decir, que los actores sociales involucrados en estas dos formas de
participación no deberían participar en el control social y viceversa.
3 Nuria Cunnill, Responsabilización por el Control Social, 2003, p. 21.
13
15. 1.2 La auditoría social como ejercicio
propio y autónomo de la ciudadanía
La auditoría social es un ejercicio exclusivo de la ciudadanía y sus
organizaciones
Lo distintivo de la auditoría social, en relación con otras formas de monitoreo y control, es
que la realizan ciudadanos y ciudadanas, en tanto que sujetos portadores de derechos.
Ante la pregunta, ¿quién realiza la auditoría social?, la respuesta es única y definitiva: La
población, la ciudadanía. Esta respuesta excluye al Estado y a cualquiera de sus agentes
como autores de procesos de auditoría social. El Estado cuenta con una institucionalidad
para hacer el control, auditoría y monitoreo de sí mismo, pero esto es diferente a lo
que estamos entendiendo por auditoría social. Ampliamos este punto, retomando la
experiencia internacional, en el capítulo I, sección 2.1.
Ahora que ya tenemos claro que, por definición, el ciudadano es el único que puede
hacer la auditoría social, es necesario hacer algunas precisiones.
A. Los ciudadanos y organizaciones que hacen auditoría social
La primera es que la auditoría social la puede hacer un ciudadano común en forma
personal, o la puede realizar a través de un grupo u organización social. Una persona
que, sin más metodología ni herramientas que una pregunta a una institución pública
sobre cómo ha actuado en una determinada situación, con la intención de reaccionar
frente a esa información; o un grupo de ciudadanos organizados en una Comisión de
Transparencia, aplicando una herramienta como la libreta de calificaciones a un servicio
público, son igualmente casos de auditoría social. En ambas situaciones estamos frente a
una modalidad de participación ciudadana que busca controlar lo público.
En cuanto a las organizaciones, cualquier tipo de agrupación social puede hacer
control social: una organización de vecinos agrupada espontáneamente y sin personería
jurídica, un grupo de jóvenes en una comunidad, una organización permanente como
un patronato, una cooperativa, una comisión de transparencia o una ONG, cualquiera
que sea su área de trabajo. El principio es doble: mediante la auditoría social se ejercen
derechos humanos que no se pueden restringir a nadie; y la administración pública es
de interés general; en consecuencia, todos pueden revisarla, monitorearla, auditarla
socialmente.
Sea que la auditoría se haga en forma personal o colectiva, que se haga a través de una
u otra organización, el doble principio debe mantenerse: no se debe poner ningún límite
o impedimento para que cualquier ciudadano o cualquier organización pueda practicar
la auditoría social.
14
16. Esto quiere decir que ninguna organización puede otorgarse el derecho de ser la única
con legitimidad para realizar la auditoría social4. Hay organizaciones que sólo se dedican
a esto, como las comisiones de transparencia o las ONG especializadas en temas de
monitoreo de lo público o anticorrupción. Estas tienen la ventaja de contar con mucha
experiencia por lo que, además de hacer auditoría social, les corresponde ayudar al resto
de organizaciones y personas a realizar este trabajo.
No existe el ciudadano ni la organización con capacidad para monitorear o dar
seguimiento a toda la gestión pública. Por tal motivo, el monitoreo de lo público debería
de distribuirse entre la mayor cantidad posible de ciudadanos y organizaciones que
deseen sumarse a esta vigilancia cívica. Por las mismas razones prácticas, es más fácil
que las organizaciones monitoreen las políticas, proyectos o manejo de recursos que
hace el Estado en las áreas que ya conocen o les afectan directamente. Por ejemplo,
es más fácil que la sociedad de padres de familia y un comité de estudiantes hagan
auditoría social del cumplimiento de las Metas del Milenio relacionadas con educación
en su comunidad. O, como ha sucedido en Honduras, que los campesinos organizados
monitoreen los proyectos productivos de la ERP. Lo mismo cabe para cada tipo de
organización: de microempresarios, cooperativas, empresas sociales, de mujeres, de
niños y niñas, de la tercera edad, de discapacitados, etc. Con esto se puede lograr que
sus recomendaciones sean más atinadas y oportunas para el ámbito de la gestión de lo
público que auditan.
En otras palabras, lo que se está proponiendo es que todas las organizaciones sociales
incorporen a su trabajo cotidiano, de manera permanente, la auditoría social a los
aspectos relacionados con su quehacer; y, por otro lado, que las organizaciones que se
dedican a temas de transparencia —sin abandonar su trabajo específico de auditoría
social—, puedan compartir su experiencia y acompañar a las demás. Esto permitiría
dar mayor cobertura a la gestión estatal desde la perspectiva ciudadana, alcanzar
mayores impactos en términos de contribuir a la eficiencia estatal y a la prevención de la
corrupción, y aportaría a la democratización del mismo trabajo de control social.
Vale precisar que es sólo para fines prácticos que se plantea que las organizaciones podrían
hacer auditoría social sobre los temas que conocen o que las afectan directamente,
pues se mantiene la amplitud de la respuesta inicial: cualquier ciudadano y cualquier
organización social tiene el derecho de hacer auditoría social de cualquier aspecto o
ámbito de la gestión de lo público incluidos, por supuesto, los destinatarios de los proyectos
o los directamente involucrados: “El control social, pareciera que no puede circunscribirse
a los públicos directamente concernidos… incumbiría a las organizaciones sociales, a los
ciudadanos, como actores directamente interesados o no”5.
4 La experiencia internacional sugiere que la institucionalización de procesos de auditoría social no debe llevar a la
nominación de determinadas organizaciones como las responsables de esta tarea, en detrimento del derecho de toda la
ciudadanía, y cualquiera de sus organizaciones, para hacer directamente procesos de auditoría social. Este tema se aborda
en el capítulo I, sección 1.5
5 Nuria Cunill, op. cit., 2003, pp. 18 y 20. Esta autora también incluye a los medios de comunicación como actores directos que
deberían sumarse al trabajo de la auditoría o control social en el mismo nivel que los ciudadanos y las organizaciones sociales.
15
17. B. Los usuarios de los servicios
Las usuarias y usuarios de un servicio público están, por supuesto, en una posición
privilegiada para hacer auditoría social, pues su experiencia cotidiana les permite
pronunciarse con más propiedad sobre el mismo. Sin embargo, no hay que olvidar que
la categoría más importante que legitima el ejercicio de la auditoría social es la de
ciudadana o ciudadano portador de derechos.
Los usuarios son ciudadanos que tienen una condición que les facilita el trabajo de
auditoría social, pero no son los únicos que pueden participar, ni su condición de usuarios
es la más importante para realizarla. “Concebir a los ciudadanos como usuarios debilita
el potencial simbólico y político de la auditoría social. En efecto, la auditoría social sólo
puede ser entendida en el marco de derechos, como parte integral de la formación de
la ciudadanía en su sentido más amplio”6.
C. La autonomía de la auditoría social frente el Estado y los partidos políticos
La auditoría social, además de ser una tarea exclusiva de la ciudadanía —que excluye
por definición al Estado—, debe ser independiente de éste. Por autonomía de la auditoría
social frente al Estado se entiende que ésta no forma parte de ninguna estructura estatal,
que todo el proceso es liderado por los ciudadanos que se asumen como los autores
de la misma, sin depender de ninguna instancia del Estado, y que en todo momento
mantienen la voz sobre los resultados obtenidos. Una de las características de la auditoría
social es que confiere voz a los ciudadanos comunes sobre la gestión pública.
Por tanto, el liderazgo ciudadano implica que ellos y ellas son los que toman las decisiones
en todos los momentos del proceso: la modalidad organizativa que lo impulsará, el aspecto
de la gestión pública que se someterá a la auditoría, las herramientas que utilizarán, el
tipo de diálogo que establecerán con el Estado y el resto de la población, el análisis de los
datos recabados, el uso final de los resultados, los mecanismos para hacer el seguimiento
de las recomendaciones, etc.
La autonomía es otro de los rasgos distintivos de la auditoría social, que se debe asegurar
y fortalecer en el proceso mismo. En la literatura sobre el tema se reconoce que, un grado
mayor de autonomía, implica una mayor autenticidad y legitimidad de las instancias de
auditoría social7. “La dependencia política de los organismos civiles anularía la legitimidad
de los esfuerzos de auditoría social”8.
6 Alberto Olvera, Lecciones Preliminares Derivadas de los Estudios de Caso, en: Voz, Ojos y Oídos Auditoría Social en
América Latina, 2003, p. 15.
7 “La eficiencia del control social es directamente dependiente de la independencia y autonomía que mantengan los
sujetos sociales con respecto a los actores estatales. Por ende, el control social requiere ser externo a la Administración
Pública… La autonomía es un atributo que condiciona la autenticidad del control social” (Nuria Cunill, op. cit., 2003, p. 21 y,
La Rendición de Cuentas y el Control Social. Una aproximación conceptual, 2007, p. 6).
8 Alberto Olvera, op. cit., p. 13.
16
18. Por otro lado, se destaca que esta autonomía también debe darse con respecto a los
partidos políticos, como un factor esencial para el éxito: “Un prerrequisito para la existencia
misma de las formas civiles de la auditoría social es la autonomía de los grupos que la
promueven”9.
La independencia se refiere al Estado en su conjunto; tanto de los organismos a los que
se practica la auditoría social, como de los encargados del control y otras instituciones
públicas. Sabemos que, en la práctica, ambos tipos de organismos, y sobre todo los
últimos, han generado programas para apoyar o trabajar con las instancias de auditoría
social. La experiencia internacional al respecto señala la necesidad de una agenda de
trabajo conjunto y de la coordinación respetuosa entre las instancias de auditoría social
y los organismos del Estado encargadas del control y la sanción de los responsables de
casos de corrupción.
La línea divisoria entre la necesaria independencia de los organismos de auditoría social
con respecto a los órganos oficiales de control y la también necesaria coordinación
entre ambos, es difícil de establecer en la práctica, dado que éstos últimos disponen
de más recursos, personal técnico e información y, en algunas ocasiones, financian las
actividades de control social realizadas por la ciudadanía. Por eso se ha planteado que el
tema de la independencia no se resolverá completamente, sino que es una tensión que
los actores deberán enfrentar de manera permanente. “Hay que esperar que la tensión
entre dependencia e independencia no se resuelva jamás, ya que en última instancia,
hace parte de las tensiones de la relación entre el Estado y la Sociedad”10.
No obstante, debe mantenerse el principio de la autonomía como rasgo distintivo de la
auditoría social y como condición básica de su autenticidad y legitimidad. Lo anterior
llama a la necesidad de un esfuerzo constante de las instancias de control social para
conservar y fortalecer cada vez más su independencia frente al Estado; asimismo, es
necesaria la autovigilancia de los órganos del Estado para establecer relaciones de
respeto y horizontalidad con las instancias de auditoría social, estimulando explícitamente
su autonomía; el diseño cuidadoso de recursos institucionales de tipo legal que fortalezcan
los procesos y que, al mismo tiempo, promuevan su independencia y la evaluación
objetiva de avances o retrocesos y la discusión amplia de los resultados.
9 Alberto Olvera, op. cit., p. 13.
10 Nuria Cunnil, op. cit., 2003, p. 21.
17
19. 1.3 La auditoría social como derecho
y como deber
La auditoría social supone, necesariamente, el ejercicio de derechos humanos
jurídicamente reconocidos. Este es el fundamento legal de la auditoría social. Los
principales derechos que se ejercen en los procesos de control social, son:
• Derecho de petición
• Derecho a la libertad de expresión y pensamiento
• Derecho de acceso a la información pública.
En el capítulo II, sección 1.6 se explica cómo están consignados estos derechos en
la legislación nacional. Estos derechos, además de tener importancia en sí mismos,
contribuyen a garantizar el ejercicio de otros derechos humanos, dependiendo de las
prácticas de auditoría social. El control social de un proyecto de educación, por ejemplo,
contribuirá a garantizar el derecho a la educación de las personas vinculadas con el
proyecto. Así, los tres derechos anotados son una especie de “derechos puerta” al
cumplimiento de otros derechos.
La auditoría social, como deber, se refiere a la responsabilidad ciudadana de ejercerla,
dado que ésta contribuye al fortalecimiento de la democracia y al desarrollo social (ver
importancia de la auditoría social en capítulo I, sección 1.6).
Si garantizar el bienestar social es un deber fundamental del servidor público, exigir su
cumplimiento es, igualmente, un deber primordial de la ciudadanía. Hacer funcionar la
democracia con equidad y justicia, sin impunidad, es una responsabilidad política del
votante como del contribuyente, del trabajador como del empresario, del poblador como
del estudiante, del profesional y del religioso. Igual es la responsabilidad de combatir la
corrupción y vigilar el buen funcionamiento del Estado (M. Oscar Ávila).
1.4 La auditoría social como proceso
de vigilancia, monitoreo y evaluación:
El ámbito de la auditoría social
Ámbito temático, geográfico y temporal de la auditoría social
La auditoría social implica un proceso de vigilancia, monitoreo y evaluación cualitativo
y cuantitativo que realiza la ciudadanía sobre la gestión pública y sobre las acciones
hacia la colectividad de entes privados que utilizan recursos públicos. Esta gestión
pública adopta distintas formas: políticas, programas, proyectos, planes, legislaciones,
instituciones o procesos.
18
20. Por otro lado, cada uno de estos segmentos se orienta a determinados temas: educación,
salud, producción, medio ambiente, infraestructura, emigración, comercio y otros. A
estos segmentos, asociados a los temas que abordan, es lo que denominamos ámbito
temático de la auditoría social.
Existen procesos generales de planificación pública que abarcan una serie de políticas,
programas, proyectos e instituciones. Por ejemplo, las estrategias para la reducción de
la pobreza, los planes nacionales o regionales de desarrollo y los planes sectoriales. La
auditoría social de estos grandes segmentos es más compleja, por lo que requiere de la
contribución y acuerdos entre amplios sectores de la ciudadanía y del Estado mismo.
Desde el punto de vista geográfico, la auditoría social puede referirse al ámbito local,
municipal, regional, nacional o internacional, como cuando se auditan tratados de libre
comercio o proyectos que se ejecutan en varios países.
Desde una perspectiva temporal, la auditoría social puede aplicarse a procesos que se
encuentran en la etapa de planificación, que están en marcha o ejecución, o que ya
terminaron. Así, la auditoría social es flexible en tiempo, en cobertura y en el número de
personas que la aplican. Cada factor varía, dependiendo del objeto a evaluar y de los
criterios que definan los auditores sociales.
La auditoría de cualquiera de estos ámbitos necesita de herramientas particulares,
en función de sus características. Por eso, este documento incluye una Caja de
Herramientas ordenadas por segmentos: políticas, programas, proyectos, planes,
legislaciones, instituciones y procesos. El capítulo IV contiene una guía para el uso de
estas herramientas.
Por otro lado, la auditoría social de ciertos aspectos requiere de capacidades técnicas
particulares. Para ello, el grupo auditor puede contratar los servicios privados de una firma
consultora o de una persona. El resultado de ese estudio técnico se une a la información de
los demás aspectos que ha recabado el grupo auditor, con lo que se logra un diagnóstico
integral del objeto auditado.
En Honduras, algunas Comisiones Ciudadanas de Transparencia contratan a un asistente
técnico o a un consultor por un determinado tiempo para hacer una tarea precisa.
Muchas veces, esto no sólo obedece a la necesidad de apoyo técnico, sino que a
la poca disponibilidad de tiempo de los integrantes del grupo auditor. No obstante,
es recomendable hacer este tipo de contrataciones sólo para casos especiales. Si se
mantiene personal técnico de manera permanente, se corre el riesgo de que, en el
trabajo de auditoría social, predomine lo técnico sobre lo político y social... (M. Oscar
Ávila).
La auditoría social aplicada a entes privados
Fuera de la gestión pública, la auditoría social también puede aplicarse a programas,
proyectos y procesos que ejecutan entes privados con fondos públicos, nacionales o
19
21. extranjeros. Esto incluye el trabajo social y de desarrollo que realizan ONG, iglesias y
fundaciones11, y la prestación de servicios públicos en educación, salud, agua, etc.,
que antes ofrecía el Estado, pero que ahora se han trasladado a la empresa privada, a
empresas mixtas (de capital público y privado) y a agentes comunitarios.
El fundamento para aplicar la auditoría social a este tipo de organismos es que administran
fondos o bienes públicos para brindar servicios destinados a satisfacer derechos de los
que el Estado no puede desentenderse, y la ciudadanía no puede dejar de exigir. Por
tal razón, el Estado ha creado instancias para regular y monitorear la prestación de estos
servicios. De ahí la pertinencia de la auditoría social tanto para los organismos del Estado
que regulan los servicios, como a los servicios mismos. “Surge la demanda de control
social asociada a las nuevas agencias reguladoras de los servicios privatizados… El control
social requiere también ser desplegado sobre los servicios públicos privatizados“12.
En resumen, el ámbito de la auditoría social se refiere, en principio, a toda la gestión
pública, la cual se expresa en políticas, programas, proyectos, planes, legislaciones,
instituciones y procesos. Estos segmentos, más los temas que abordan, constituyen el
ámbito temático de la auditoría social.
Desde el punto de vista geográfico, el ámbito de la auditoría social puede ser local,
regional, nacional o internacional. Desde el punto de vista temporal, puede aplicarse a
procesos que están por iniciar, que están en marcha, o que han concluido. La auditoría
social también puede aplicarse a las intervenciones sociales de entes privados que
ejecutan recursos públicos, sin importar su origen, o que prestan servicios públicos.
La decisión sobre la cobertura de una auditoría social específica dependerá de los actores
involucrados, de sus intereses y capacidades. ¿Qué interesa vigilar y modificar? ¿Qué
ámbito de lo público tendrá más impacto sobre el grupo auditor y sobre la ciudadanía en
general? ¿Con qué capacidades técnicas, políticas y logísticas cuenta o puede contar el
grupo que realizará la auditoría social? Estas son algunas de las preguntas que se hace un
grupo auditor en la etapa de planificación, para decidir el ámbito temático, geográfico
y temporal de su proceso de auditoría social.
11 En Honduras, varias comisiones de transparencia han realizado acciones de auditoría social a ONG, iglesias y
organizaciones comunitarias que manejan fondos de la población, como los patronatos.
12 Nuria Cunill, op. cit., 2003, pp. 23-24.
20
22. 1.5 La auditoría social como ejercicio
que busca efectos sobre lo público:
Los objetivos de la auditoría social
Como ya se dijo, la auditoría social coloca a los ciudadanos y ciudadanas frente al Estado
para ejercer control sobre la gestión pública, con la finalidad de modificarla, incidir sobre
ella y mejorarla, desde una perspectiva ciudadana.
¿Qué aspectos de la gestión pública busca mejorar la auditoría social?
Veamos a continuación al menos ocho dimensiones sobre las cuales busca influir la
auditoría social:
1) El logro de los objetivos propuestos por cualquiera de las formas que adopta la
gestión de lo público: políticas, programas, proyectos, instituciones, procesos,
presupuestos. Es decir, la eficacia.
2) La correspondencia adecuada entre los costos de la gestión pública y los
resultados que genera, especialmente en la amplitud del beneficio social. Es decir,
la eficiencia.
3) La calidad, oportunidad y mínimo costo posible con que se prestan los servicios
públicos; o sea, la austeridad con calidad en el servicio: la economía.
4) La participación de la población en todo el proceso de gestión de lo público, y
las respuestas a las demandas planteadas por la población. En otras palabras, la
participación ciudadana.
5) La aplicación del principio de máxima publicidad de todos los actos de las
instituciones públicas. O sea, la transparencia.
6) El cumplimiento del marco legal establecido para la gestión pública evaluada. Es
decir, la legalidad.
7) La identificación de recursos públicos utilizados con propósitos proselitistas.
8) El uso adecuado, no ilícito, de recursos públicos O sea, la prevención, identificación
y sanción de la corrupción.
Con respecto a la última dimensión, vale aclarar que la auditoría social no es una práctica
que busca identificar prácticas corruptas a toda costa y en todas las situaciones. Las
dimensiones sobre las cuales busca influir incluyen, pero no se agotan con el combate
a la corrupción. Identificar y sancionar la corrupción, es uno de sus objetivos y, en caso
de detectar prácticas corruptas, la auditoría social asume posiciones firmes para que se
tomen medidas dirigidas a sanear la gestión y para que se establezcan las sanciones del
caso.
Una de las características de la auditoría social —además de observar y pronunciarse
sobre la gestión de lo público—, es que también busca modificarla. Y en esto radica uno
de sus principales retos, ya que, en buena medida, deja de tener sentido si no logra este
cometido. La definición que hemos planteado propone, precisamente, el cambio de la
gestión pública como el objetivo final de la auditoría social.
21
23. La superación de este reto tiene que ver con los poderes de que dispone la auditoría
social para hacer obligatorias sus recomendaciones, y para conseguir que se sancionen
las conductas fraudulentas e ineficientes. Los estudiosos de este tema han identificado los
siguientes poderes:
• El poder del número: Es decir, la cantidad de personas que se van sumando al
proceso de la auditoría social, en especial durante la etapa del diálogo para que
las instituciones auditadas y otros actores vinculados a las mismas, pongan en
práctica las recomendaciones .
• El poder del símbolo: Los actores de la auditoría social son ciudadanos que,
por el trabajo que realizan, ocupan un lugar central en la vida social y política;
frecuentemente, manejan temas claves para la sociedad, con un alto poder
simbólico: medioambiente, equidad económica y social, género, derechos
humanos y justicia, entre otros. Incluso los nombres que adopta la tarea asumida
tienen, en sí mismos, un alto poder simbólico: auditoría social, control social,
veeduría ciudadana, vigilancia social.
• El poder comunicativo: Consiste en la capacidad de movilizar la opinión pública,
a fin de persuadir a los poderes públicos para que tomen en cuenta las opiniones
de quienes realizan la auditoría social. Este poder depende, en gran parte, de
la medida en que las instancias auditoras, usando los poderes del número y el
símbolo, logren atraer a los medios de comunicación para poner en la mesa de
discusión los temas levantados por los procesos de control social.
• Poderes contemplados en la legislación: Son los recursos establecidos en la
legislación que la ciudadanía puede redescubrir y utilizar; a diferencia de los
otros poderes, tienen un carácter mandatario. Es decir, que son de cumplimiento
obligatorio. Por ejemplo, el derecho de petición, de acceso a la información
pública, y las mismas instituciones contraloras y judiciales que están obligada por
ley a atender las denuncias de los auditores sociales. El capítulo II, secciones 1.3 y
1.6 presenta estos recursos legales e institucionales para el caso de Honduras.
• Nuevos poderes de sanción a disposición del control social: Se trata de nuevos
recursos institucionales que se están ensayando en América Latina y otros países;
están formalmente reconocidos en el marco jurídico y pueden ser utilizados
directamente por los ciudadanos, sin depender de la burocracia estatal. Por
ejemplo, el poder formalmente atribuido a la ciudadanía para revocar o remover
autoridades, para dotar o suspender recursos financieros o materiales a las
autoridades, o para dar el visto bueno a un proyecto o presupuesto antes de
su aprobación. Estos poderes convierten en mandato, para la gestión pública,
las disposiciones que adoptan las y los ciudadanos, lo que representa un recurso
muy importante para el control social. Aunque los poderes tradicionalmente
disponibles en la legislación están siendo mejorados, “cobra especial importancia
la necesidad de complementarlos con recursos de poder directo... La eficacia
del control social no sólo puede depender de las sanciones que se impongan
22
24. desde el Estado, sino de la medida en que la sociedad disponga de recursos
directos para imponer sanciones a la administración pública o para influenciar sus
decisiones, además, que está dada la posibilidad real del escrutinio público”14.
Utilizando los tres primeros poderes (número, símbolo y comunicación), los ciudadanos
tienen capacidad de imponer sanciones simbólicas a los funcionarios corruptos, ineficientes,
opacos o cerrados a la participación ciudadana. Estas pueden influir en la gestión de lo
público y en la cultura política en general, por lo que no son nada despreciables.
Recurriendo a los últimos dos (legales y constitucionales, y los nuevos poderes directos)
se pueden lograr sanciones administrativas o jurídicas, de carácter obligatorio, sobre
funcionarios públicos corruptos, ineficientes o poco transparentes.
En vista de la debilidad institucional de nuestros países, estos poderes, para ser efectivos,
tienen que complementarse. La institucionalidad no se mueve por sí sola para actuar
con la independencia y prontitud que le manda su propio marco jurídico, y requiere de
presión social para actuar en ese sentido.
Para que realmente se hagan efectivos los recursos legales e institucionales, como los
nuevos recursos que se vienen otorgando a los ciudadanos, es necesario que éstos
utilicen sus poderes comunicativos, simbólicos y de número. De lo anterior se deriva que
el funcionamiento mínimo de la democracia y la posibilidad de cambios reales continúa
reposando, en buena medida, en la ciudadanía.
Existe una valoración positiva hacia estos nuevos poderes, pero también hay prevenciones
y lecciones importantes a tomar en cuenta: Es necesario que sean cuidadosamente
diseñados para minimizar sus efectos. Por ejemplo, el poder para suspender recursos
públicos mal administrados ha llevado a congelar, en ocasiones por largos periodos,
servicios que son importantes para la población, y esto ha tenido más efectos adversos
sobre la población que sobre los responsables de las infracciones15.
Otro problema es que estos poderes tienen que establecerse formalmente, provienen de
la institucionalidad y se corre el riesgo de la pérdida de autonomía. Así, se puede ganar
en reconocimiento formal, institucionalización y otorgamiento de poderes, pero perder
autonomía. Estos son problemas nuevos, abiertos a la discusión y que exigen respuestas
creativas para adecuadas a cada contexto.
14 Es muy importante considerar cómo aumentar este poder durante todo el proceso de planificación y ejecución de la
auditoría social. Esto tiene que ver con la forma en que la instancia auditora se relaciona con el resto de la población a lo
largo del proceso para sumarla al mismo, comenzando por la decisión de los aspectos a auditar o monitorear, la comunicación
sobre el trabajo de auditoría social, la amplia difusión de los resultados y el logro de compromisos tanto de los funcionarios
como de los ciudadanos en relación con las recomendaciones. Es decir, remite a un trabajo público, abierto a la ciudadanía
y con una amplia capacidad de diálogo y convocatoria por parte de las instancias de auditoría social.
15 Nuria Cunill, op. cit., 2003, p. 46.
23
25. A partir del estudio de casos a nivel internacional, es recomendable que el reconocimiento
legal e institucionalización de los procesos de auditoría social se refieran lo menos posible
a las figuras organizativas desde las cuales se hace el control social y pongan su atención
en ampliar o reafirmar los derechos ciudadanos para realizar dicho control. La idea es
dejar lo más abiertas posible estas áreas, y que el enfoque se oriente hacia la dotación de
recursos institucionales, legales y logísticos para que la ciudadanía emprenda su trabajo
de control social16.
Contribuir a mejorar la gestión de lo público también implica identificar buenas prácticas
en cada una de las dimensiones anotadas; lograr el reconocimiento de las instituciones y
funcionarios públicos vinculados a las mismas; la formulación de recomendaciones para
profundizar estas prácticas, y su seguimiento.
En resumen, para que la auditoría social logre su cometido de impactar la gestión de lo
público, se requiere fortalecer la institucionalidad de control y sanción del Estado para
que sea independiente y eficiente, así como los procesos de auditoría social, dotándolos
de los poderes necesarios.
Si en su momento, el control social surgió en parte como reacción a las deficiencias del
control estatal, éstas deficiencias no deben profundizarse en el tiempo. El control social
no se fortalece a partir de las debilidades del sistema oficial; por el contrario, también
se debilita, debido a que una parte de la información que produce la auditoría social
termina en la institucionalidad contralora y el sistema de justicia, de los que se necesitan
respuestas ágiles.
Los recursos legales e institucionales a disposición de la auditoría social son recursos a su
favor, sólo si funcionan bien, con la independencia y la agilidad requerida. El fortalecimiento
de la democracia, en los términos planteados, requiere procesos de fortalecimiento del
control que realizan las instituciones del Estado, como del que realizan los ciudadanos a
través de la auditoría social. Ambos deben fortalecerse y funcionar bien.
Al respecto, las tareas abiertas para la ciudadanía son: ejercer presión social para el
funcionamiento independiente y eficiente de las instituciones de control y sanción, incluido
el Poder Judicial; utilizar los recursos legales disponibles para aplicar la auditoría social
(derecho de acceso a información pública, Ley de Transparencia, cabildos abiertos,
etc.); exigir nuevos poderes que no dependan de la burocracia estatal, cuidadosamente
diseñados y adecuados a cada contexto.
16 Ibíd., p. 41.
24
26. 1.6 La importancia de la auditoría social
La importancia de la auditoría social radica en su potencial para contribuir al fortalecimiento
de la democracia y el desarrollo social y económico:
1. La auditoría social tiene la particularidad de dar voz a los ciudadanos y ciudada-
nas sobre la gestión de lo público; esto la convierte en un instrumento importante
para la construcción de ciudadanía y el fortalecimiento de la democracia. En
opinión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, “…es esencial que el
Estado garantice el acceso a la información de interés público, ya que al permitir
el ejercicio de ese control democrático, se fomenta una mayor participación de
las personas en los intereses de la sociedad”17.
2. Contribuye a mejorar la gestión de lo público. Al permitir que los ciudadanos hagan
recomendaciones sobre la gestión de lo público, existe la posibilidad de mejorar
su calidad. El supuesto aquí es que la ciudadanía, al indagar sobre la gestión,
monitorearla y pronunciarse sobre ésta, no la estropea, sino que contribuye a
mejorarla.
3. Ayuda a garantizar derechos económicos y sociales y al desarrollo económico y
social. Al ser la gestión pública un vehículo para garantizar los derechos económicos,
sociales y culturales de la población, y la auditoría social una forma de mejorarla,
ésta contribuye a la vigencia de derechos humanos básicos, ayudando así al
desarrollo económico y social.
4. Activa el marco legal, ayuda a ponerlo en práctica. Al ser la auditoría social una
práctica que implica el ejercicio de los derechos humanos de petición, libertad
de expresión y acceso a información pública, y al plantearse como objetivo
modificar prácticas ineficientes, opacas o corruptas, contribuye a activar el
cumplimiento del marco legal y el funcionamiento de la institucionalidad pública
de manera independiente, eficiente y a favor del bien común. Por tanto, significa
una contribución importante al funcionamiento del Estado de Derecho.
5. Contribuye a modificar la cultura política. La auditoría social coloca a la población
frente a la gestión pública en calidad de ciudadanos y ciudadanas con derechos y
deberes, y a los agentes del Estado en calidad de servidores públicos. Esto cambia
la relación tradicional de autoridad a subordinado, y promueve la cultura de
participación, el ejercicio de derechos, la transparencia y rendición de cuentas.
Todo lo anterior hace del control social una práctica con enormes potencialidades para
la democracia, el desarrollo social y el fomento de una nueva cultura política.
17 El CNA ha estudiado este tema para el caso de Honduras, y someterá a discusión una propuesta sobre la institucionalización
de las prácticas de auditoría social que enfrente los riesgos señalados.
25
27. No obstante, todos los aportes mencionados están en calidad de contribuciones y
posibilidades, lo que indica que no se debe exagerar su capacidad para logar, por sí
sola, los avances anotados.
La auditoría social contribuye, pero no logra por sí sola el desarrollo político. Esta tiene que
acompañarse de políticas y actuaciones que, explícitamente, se propongan esos avances;
y, en reconocimiento de su potencial, se le debería fortalecer, estimular su ampliación a
todo el tejido social, reforzar su independencia, y dotarla de los recursos y poderes para
que logre su objetivo: mejorar la gestión de lo público desde la ciudadanía.
1.7 La auditoría social es una práctica
consecuente con los principios
que defiende
Cerramos este apartado conceptual con algunas características que la auditoría social
debe estimular en sí misma. Aquí, como en buena parte de los temas ya planteados, los
aportes vienen de los mismos actores, que los han manifestado en varias discusiones al
respecto.
Según éstos, la auditoría social debe tener por lo menos cinco características, y desarrollar
mecanismos para autoevaluar el fortalecimiento de las mismas en el trabajo cotidiano:
• Debe ser objetiva. No debe basarse en rumores, sino en información lo más objetiva
posible sobre la gestión de lo público.
• En la búsqueda de la objetividad, no debe tener compromisos con la actividad
política partidaria ni con grupos de interés económico.
• Debe ser consecuente con el discurso que predica: transparencia, probidad,
rendición de cuentas. Debe buscar formas explicitas para practicar estos
principios.
• Debe ser democrática. Si busca contribuir con la democracia a nivel general, ella
misma debe ser democrática en la forma que se toman las decisiones, y en ceder
y promover la voz de la mayor cantidad de actores de la ciudadanía.
• Debe ser respetuosa de todos los actores con los que se relaciona: ciudadanos y
ciudadanas, instituciones públicas, funcionarios, medios de comunicación.
26
28. 2. Conceptos relacionados
con la auditoría social
La auditoría social forma parte de una familia de conceptos a los que siempre se alude
cuando se habla del tema, y que es importante tener claros. Nos referimos a la rendición de
cuentas y la transparencia.
2.1 Rendición de cuentas
¿Qué implica el proceso de rendición de cuentas?
La rendición de cuentas se define como la obligación del funcionario público, o
cualquier persona con poder, que actúa por delegación de terceros, de responder por la
responsabilidad que le fue conferida.
Incluye varios elementos:
a) La obligación de tomar la iniciativa para informar sobre sus decisiones y actuaciones
por iniciativa propia, sin que nadie se lo solicite;
b) La obligación de responder al derecho de pregunta que tiene el propietario de la
responsabilidad conferida (ciudadanía);
c) La obligación de explicar y fundamentar las decisiones tomadas;
d) Responder personalmente por lo actuado, incluso con su patrimonio personal por las
acciones realizadas o las decisiones tomadas. Esto supone la posibilidad real de ser
sancionado en caso de infracciones o incumplimientos. “Ejercicios de rendición de
cuentas que nada más exponen una conducta inapropiada sin imponer los castigos
correspondientes… se quedan a mitad del camino”18.
Los tres elementos constitutivos del concepto de rendición de cuentas son: información,
justificación y sanción, aunque no en todos los casos se presentan los tres con la misma
fuerza. En cada caso concreto, tienen intensidades y énfasis diferentes.
Por ejemplo, la pura presentación de información, con el suficiente nivel de detalle y
claridad, constituye un caso legítimo de rendición de cuentas. En este caso, tienen menos
perfil, los otros dos elementos, pero deben estar presentes: La justificación a través de
la apertura real y explícita, con mecanismos mínimos para que los ciudadanos puedan
18 Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Claude Reyes versus el Estado de Chile. Párrafo 86, 87.
27
29. seguir indagando sobre la información presentada; y la sanción debe estar presente como
posibilidad: si se detectan irregularidades en los hechos investigados, habrá sanciones
establecidas y mecanismos para imponerlas.
Cuando la rendición de cuentas sigue un procedimiento adecuado, crea certidumbre
tanto para el que la brinda como para el que la recibe. Además, permite ir construyendo
una percepción de credibilidad y confianza hacia la gestión pública y las acciones de las
autoridades, lo que a su vez posibilita un mayor grado de colaboración entre servidores
públicos y ciudadanía.
Objetivos de la rendición de cuentas
En este sentido, la rendición de cuentas tiene por objetivos:
3. Permitir un análisis más
1. Transparentar 2. Generar objetivo desde la sociedad
la administración confianza hacia civil para hacer propuestas
(gestión) el gobierno de políticas públicas
de la cosa y sus más apegadas al interés
pública. autoridades. colectivo, bajo principios de
equidad y subsidiariedad.
En resumen, la rendición de cuentas, además de referirse al manejo correcto de los fondos
públicos, implica que los funcionarios también deben responder por el cumplimiento de
las metas de políticas previamente definidas, así como dar respuestas, por medio de las
políticas públicas, a las necesidades específicas de la población, especialmente las de
aquellos que, con más urgencia, requieren de los servicios públicos.
Tipos de rendición de cuentas
La rendición de cuentas puede dividirse en tres categorías:
1. Rendición de cuentas sobre las finanzas: centrada en la contabilidad financiera;
es decir, la forma en que se llevan los libros y se gasta el dinero, o se hace la
ejecución presupuestaria.
2. Rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las normas éticas, políticas y
administrativas que garantizan el Estado de Derecho y un trato justo y equitativo a
todos los ciudadanos; y,
3. Rendición de cuentas sobre los resultados: centrada en la consecución de los
resultados planificados con base en políticas, programas, presupuestos y proyectos
del gobierno (R. Behn, 2001).
28
30. Existe la rendición de cuentas hacia adentro del sistema administrativo gubernamental,
o endógena, y la rendición de cuentas hacia fuera del sistema institucional del Estado,
o exógena, que está dirigida a la ciudadanía. La tendencia internacional es generar
más mecanismos legales para otorgar carácter obligatorio a ambos tipos de rendición
de cuentas, reconociendo las particularidades y contribuciones de cada una para el
mejoramiento de la gestión pública.
La rendición de cuentas de organismos internacionales, bilaterales y multilaterales, debe
funcionar igualmente. Una rendición de cuentas interna hacia las instancias que los
integran, y otra hacia afuera, dirigida a la población.
Otra clasificación que desarrolla la anterior, separa la rendición de cuentas horizontal,
que es la que realiza una institución estatal a otra instancia del Estado, de la rendición
de cuentas vertical, que es la que hacen las instituciones del Estado hacia la ciudadanía
(O’Donnell, 1999; Ackerman, 2003). Estas dos categorías pueden subdividirse como a
continuación se explica:
1. Rendición de cuentas vertical electoral: se refiere específicamente a las elecciones
directas, formales y periódicas de funcionarios públicos; es decir, al ejercicio del
sufragio con todas sus cualidades legales.
El sufragio es un ejercicio de rendición de cuentas en el sentido que la administración
saliente informa sobre lo actuado; debe hacer sus mejores esfuerzos para justificar
sus actuaciones y resultados, y recibir una sanción o premiación de la ciudadanía
a través del voto. Se ha hablado mucho sobre la imperfección de este mecanismo
de rendición de cuentas y la necesidad de complementarlo con otros mecanismos
de rendición de cuentas hacia la ciudadanía, durante todo el ejercicio de la
gestión pública.
2. Rendición de cuentas vertical directa: es la que realizan las instituciones del Estado
ante la ciudadanía y sus organizaciones. Con el avance de la legislación nacional
e internacional sobre el acceso a la información pública, se regula mejor este
tipo de rendición de cuentas. Cada institución del Estado y cada organización
de desarrollo o empresa privada que maneja recursos públicos, está obligada a
rendir cuentas a la ciudadanía.
3. Rendición de cuentas horizontal, impulsada por el Estado: Es la que realizan las
instituciones públicas hacia otras instituciones estatales debidamente autorizadas y
facultadas para ejercer este control y aplicar sanciones. Entre ellas se encuentran los
organismos anticorrupción; las comisiones de investigación del órgano legislativo;
los tribunales de cuentas o contralorías; los tribunales administrativos, y otros que
los poderes del Estado consideren convenientes. Por ejemplo, las municipalidades
rinden cuentas a las secretarías de Gobernación y Justicia, de Finanzas y ante el
Tribunal Superior de Cuentas.
29
31. 4. Rendición de cuentas horizontal, impulsada por la sociedad civil: También la
realizan las instituciones públicas hacia otras instituciones del Estado que tienen
el mandato de actuar a favor o representación de los ciudadanos; para el caso,
el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos. Mediante estas instancias,
el mismo Estado crea canales para que los ciudadanos ejerzan presión sobre las
instituciones públicas para que informen sobre su gestión, dependiendo del interés
general o específico que manifieste la ciudadanía en su solicitud.
¿Ante quién se rinde cuentas?
Las últimas dos clasificaciones responden la pregunta sobre a quién deben rendir cuentas
los funcionarios públicos o terceros que ejecutan proyectos con recursos públicos:
1) A las instituciones del Estado que tienen competencia para este fin y,
2) A los ciudadanos y ciudadanas19.
Ambas, la rendición de cuentas a las instituciones del Estado (horizontal) y la rendición de
cuentas a los ciudadanos (vertical), son obligatorias; son parte de las responsabilidades
de los funcionarios públicos y terceros que reciben fondos públicos o ejecutan proyectos
de bienestar colectivo.
Existe más apertura y tradición en las instituciones y funcionarios públicos para el primer
tipo de rendición de cuentas (la horizontal) y menos apertura y hasta resistencia ante
la que deben hacer a la ciudadanía (vertical). Esto tiene que ver con lo novedoso de
los procesos de rendición de cuentas y auditoría social, tanto como demandas sociales
de la población para controlar lo público, como desarrollo reciente del marco jurídico
para garantizar derechos humanos, y los deberes de los funcionarios públicos asociados
a esos derechos. También tiene que ver con el pasado de relaciones autoritarias entre
funcionarios públicos y ciudadanos.
Lo anterior plantea el doble reto de hacer efectivos los recursos legales que tornan
obligatoria la rendición de cuentas hacia los ciudadanos, como lo hace la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP) aprobada recientemente, y hacer
cambios en la cultura política, tanto de los funcionarios públicos como de la ciudadanía,
ambos acostumbrados a estas formas no democráticas del ejercicio del poder.
Finalmente, para cada proceso de rendición de cuentas de una institución estatal o un
servidor público, hay otro actor que la recibe y ejerce el control, monitoreo o auditoría
correspondiente. Aquí entra en juego la doble cara de la moneda de estos procesos, que
ampliaremos más adelante: por un lado, la rendición de cuentas de la institución que
19 El capítulo II, sección 1.4, presenta los organismos del Estado de Honduras con competencia para recibir la rendición
de cuentas y hacer el control respectivo.
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32. informa, justifica su accionar y está sujeta a sanciones; y, por otro, el control, monitoreo o
auditoría por parte del actor que recibe esta información y que tiene la responsabilidad
de procesarla y pronunciarse sobre ella.
La rendición de cuentas horizontal ya tiene identificadas, en el marco legal de cada
país, las instituciones que cumplen esta función contralora y de monitoreo de la gestión
pública. La rendición de cuentas hacia la ciudadanía es más amplia; no existe uno o
varios organismos que, en principio, deban ser los únicos con legitimidad para recibir la
rendición de cuentas y hacer el control, monitoreo o auditoría social. Se han presentado
problemas de exclusión cuando se ha querido “normar” o legitimar a algunos ciudadanos
u organizaciones para esta tarea. Por esta razón, la rendición de cuentas hacia la
ciudadanía debe ser lo más amplia y abierta posible, en sus destinatarios y contenido,
garantizando el derecho de acceso a la información para toda la población. La amplitud
con la que debe hacerse la rendición de cuentas a la ciudadanía es lo que aborda el
siguiente apartado.
Alcance de la rendición de cuentas
¿Hasta qué grado debe rendir cuentas un funcionario o una institución sobre sus decisiones
y actuaciones?
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su primera sentencia sobre el derecho
de acceso a información, ha respondido a esta pregunta de la siguiente manera:
Tratándose de información pública, debe informarse hasta el grado máximo. La máxima
divulgación es la regla y la reserva de información es la excepción: “La Corte observa
que en una sociedad democrática es indispensable que las autoridades estatales se
rijan por el principio de máxima divulgación, el cual establece la presunción que toda
información es accesible, sujeto a un sistema restringido de excepciones”20.
Una rendición de cuentas planteada con este amplio alcance de máxima divulgación,
es la que se requiere para desarrollar los procesos de auditoría social que, como ya se
señaló, tienen un ámbito igualmente amplio: toda la gestión pública, incluyendo las
políticas, planes sectoriales, programas, proyectos, instituciones públicas de todo el
aparato estatal, incluidos los tres poderes e instituciones independientes, o procesos de
gran interés para la ciudadanía, como las elecciones.
Relación entre rendición de cuentas y auditoría social
El objetivo 3 de la rendición de cuentas presentado arriba, plantea la relación entre
rendición de cuentas y auditoría social. Es una relación de doble vía; por un lado, la
auditoría social requiere, como condición, la rendición de cuentas de los responsables de
20 Sentencia CIDH. Caso Claude Reyes contra el Estado de Chile, 2009, párrafo 92.
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33. la gestión pública. Es muy difícil hacer control social si los funcionarios no rinden cuentas,
al inicio y durante todo el proceso de la auditoría social. Por otro lado, se espera que los
procesos de rendición de cuentas realizados por las instituciones y funcionarios públicos,
se acompañen de procesos de auditoría social para verificar la eficiencia, eficacia,
calidad, transparencia y legalidad en la gestión pública que está rindiendo cuentas.
Rendición de cuentas y auditoría social son dos caras de la misma moneda, pero
deben diferenciarse, ya que cada una tiene su propia dinámica y actores. La primera
corresponde, como obligación, a los funcionarios públicos (y terceros que reciben fondos
públicos); la segunda corresponde a los ciudadanos y ciudadanas en su calidad de sujetos
portadores de derechos, que se hacen efectivos consustancialmente en los procesos de
auditoría social21. Así, “las obligaciones de unos son los derechos de otros” (Schedler, 2007,
p. 11). A los derechos de petición, de libertad de expresión y pensamiento, y de acceso
a la información pública, ejercidos por las y los ciudadanos, como parte del proceso de
auditoría social, corresponde el deber de los servidores públicos de informar sobre sus
decisiones y actuaciones, y de justificarlas.
La fórmula empleada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos para estas dos
caras de la moneda, es la siguiente:
“Toda persona tiene derecho a solicitar información bajo control del Estado y este
tiene la obligación positiva de suministrarla”22.
Una veedora social expresa esta misma relación de la siguiente manera:
“La Rendición de Cuentas a la ciudadanía, por parte de la Administración, es uno de
los eventos más genuinamente democráticos, pues es a partir del examen público
de la gestión que los ciudadanos pueden, no solamente evaluar los resultados de un
período de gobierno, sino, sobretodo, someter a la crítica los avances con relación
a la gestión pública, para determinar si se hace cierta la participación ciudadana
como una forma más avanzada, más moderna y más incluyente de democracia.
Permite, igualmente, someter a examen en términos de la transparencia, los diversos
procesos contractuales que se adelantan con los dineros de la comunidad” (María
Consuelo Del Río Mantilla, Veedora Distrital, Colombia).
21 En inglés hay un término que reúne los conceptos de rendición de cuentas y auditoría social: Accountability. Este se
ha traducido al español como responsabilidad, pero no ha tenido mayor aceptación. Esto plantea la necesidad de mantener
separados los dos conceptos, rendición de cuentas y auditoría social, estableciendo las diferencias y la necesaria relación
entre ambos.
22 Sentencia del 19 septiembre, párrafo 77. Y la Corte agrega: “en caso de denegarla, el Estado debe garantizar un
recurso judicial sencillo, rápido y efectivo para determinar si hubo vulneración de este derecho y la restitución del mismo
si este es el caso” (Párrafo 137).
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34. 2.2 Transparencia organizativa
Contrario a las características de ocultamiento, omisión, discreción y secreto, la
transparencia implica visibilidad, apertura y acceso a la información.
En principio, la palabra transparencia se refiere a la cualidad física de un objeto a través
del cual se puede ver lo que existe al otro lado del mismo. En ciencia de la política pública
se refiere a la ética pública. Se le asocia, o está íntimamente relacionada con el derecho
a la información, el cual es un requisito para la participación. Se refiere a la apertura de
las instituciones públicas hacia la ciudadanía para que ésta conozca y vea la gestión que
los funcionarios deciden y realizan para el bienestar común.
No obstante, delimitada desde el ámbito público, conceptualizamos la transparencia
como el ambiente de confianza y garantías de sinceridad entre los distintos agentes que
administran los bienes y la comunidad para la cual laboran o que los eligió y que es
de incumbencia de todos sus habitantes, donde las responsabilidades, procedimientos
y normas están establecidas de antemano. Estas se cumplen, se informa de manera
sencilla, directa y clara, y los ciudadanos son parte del proceso mediante mecanismos
que les permiten el acompañamiento, la auditoría social y el derecho a demandar de sus
autoridades el cumplimiento de sus obligaciones, buscando entre todos elevar la calidad
de vida, fortalecer las instituciones democráticas y mejorar la gobernabilidad.
De igual forma, cuando el concepto transparencia se refiere a una organización
pública, se intenta calificar un diseño administrativo que, siguiendo diversas estructuras y
procedimientos, se encuentra abierto, espontánea y permanentemente, a la sociedad a
la cual se debe (Morón Urbina, 2000).
La transparencia administrativa significa, pues, que las responsabilidades, procedimientos
y reglas que regulan el desempeño de las diferentes entidades que administran lo público
se establecen, realizan e informan de manera clara y abierta a la participación y al
escrutinio ciudadano.
Una administración transparente supone, entonces, un conjunto de políticas, programas,
actitudes y acciones de autoridades y funcionarios destinado a orientar una gestión
pública con ciertas características como:
1. Gobernar sin tener nada que ocultar.
2. Responsabilizarse públicamente por acciones y omisiones en el ejercicio del
cargo.
3. Informar a las autoridades, a la sociedad civil organizada y a los ciudadanos sobre
sus gestiones.
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35. 4. Esforzarse por buscar la calidad en los servicios para responder positivamente a las
demandas ciudadanas.
5. Estar dispuesto a someterse a control en cualquier momento.
6. Rendir cuentas, incluso sin que nadie lo solicite.
7. Capacitar al ciudadano en el uso de la información pública.
8. Respetar las decisiones tomadas con la ciudadanía (Manual GAP, 2004).
La transparencia de la gestión pública es, al igual que la rendición de cuentas, una
condición indispensable para la auditoría social.
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36. CAPÍTULO II
Recursos disponibles y retos
para la auditoría social en Honduras
En este capítulo anotamos los principales recursos sociales, institucionales y culturales que
tiene el país para hacer la auditoría social, así como los retos que enfrenta esta práctica
en Honduras. Ambos elementos: recursos y retos, son el punto de partida para presentar la
propuesta de metodología que se incluye en los capítulos III y IV.
1. Los recursos disponibles
1.1 Los auditores sociales
El principal recurso que tiene el país para plantearse acciones de auditoría social es la
sociedad misma, que ha mostrado una gran vitalidad para realizar esta tarea en el ámbito
local, regional y nacional. Hoy podemos hablar de auditoría social en Honduras y de la
posibilidad de avanzar en este tema, gracias a un significativo y variado conglomerado
de ciudadanos y organizaciones que se han comprometido con el tema y lo han llevado
adelante.
Se trata de 230 comisiones de transparencia organizados en igual número de municipios,
de diversas organizaciones comunitarias (UNICORAS en la zona del Aguán y comités de
contraloría social vinculados a proyectos FHIS, entre otros), de cinco redes de Comisiones
de Transparencia, cinco foros regionales vinculados a la ERP que se plantean acciones
de control social en el ámbito regional, cerca de veinte ONG, y coaliciones de sociedad
civil que realizan auditoría social a diferentes ámbitos de la gestión pública a escala
nacional.
Este es el tejido social en Honduras que ha crecido de manera espontánea, no
necesariamente articulado entre sí, y que constituye un movimiento cívico cuyo común
denominador es la lucha contra la corrupción y por mejores niveles de desarrollo en sus
comunidades y en el país.
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