Cuadro comparativo del proyecto de constitución política del estado aprobada en oruro, con el texto concertado en el congreso el 21 de octubre de 2008 diputado oscar antonio franco
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Cuadro comparativo del proyecto de constitución política del estado aprobada en oruro, con el texto concertado en el congreso el 21 de octubre de 2008 diputado oscar antonio franco
1. LA TRAMPA
Modificaciones y Peligros en el Proyecto de Constitución
CUADRO COMPARATIVO DEL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO APROBADA EN ORURO, CON EL TEXTO
CONCERTADO EN EL CONGRESO EL 21 DE OCTUBRE DE 2008
Autores:
- Mathias Otto Wolfgang Kutsch Salazar
Auspiciante:
- Wendy Verónica Crovo Salvatierra
Dip. DAEN Oscar Antonio Franco Vaca
- Luis Carlos Asport Patzi.
- Alvaro Michael Munguía Farfán
MODIFICACIONES y
MODIFICACIONES
OBSERVACIONES
Art Proyecto de Constitución Proyecto de Constitución ASPECTOS ASPECTOS
s. de Oruro de Concertación POSITIVOS NEGATIVOS
PRIMERA PARTE PRIMERA PARTE
BASES FUNDAMENTALES DEL ESTADO BASES FUNDAMENTALES DEL ESTADO Sin observaciones
DERECHOS, DEBERES Y GARANTÍAS DERECHOS, DEBERES Y GARANTÍAS relevantes
TÍTULO I TÍTULO I
BASES FUNDAMENTALES DEL ESTADO BASES FUNDAMENTALES DEL ESTADO
CAPÍTULO PRIMERO CAPÍTULO PRIMERO
MODELO DE ESTADO MODELO DE ESTADO
1 Artículo 1. Artículo 1. Siguen manteniendo lo
Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Sin modificaciones “social comunitario”; así
Derecho Plurinacional Comunitario, libre, Derecho Plurinacional Comunitario, libre, como también siguen
independiente, soberano, democrático, independiente, soberano, democrático, manteniendo el tema del
intercultural, descentralizado y con autonomías. intercultural, descentralizado y con autonomías. “pluralismo jurídico”. El
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2. MODIFICACIONES y
MODIFICACIONES
OBSERVACIONES
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Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo primero; viola el
político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, concepto de Estado –
dentro del proceso integrador del país. dentro del proceso integrador del país. Nación, pues en el fondo
la propuesta de
constitución busca una
confederación de
naciones indígenas
originarias campesinas, y
es éste el concepto que
se maneja de lo “social
comunitario”; mientras
que el pluralismo jurídico,
atenta contra la
institucionalidad del
Poder u Órgano Judicial
planteado, pues las
autoridades indígenas
originarias campesinas,
no se atienen a ninguna
norma constitucional o
legal vigente en el país, y
no se establece la
coordinación,
fiscalización o control que
existe de éste tipo de
justicia; haciendo inviable
el “pluralismo jurídico”.13
2 Artículo 2 Artículo 2.
Dada la existencia precolonial de las naciones y Dada la existencia precolonial de las naciones y Sin modificaciones Se establece la libre
pueblos indígena originario campesinos y su pueblos indígena originario campesinos y su determinación de las
dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza naciones y pueblos
su libre determinación en el marco de la unidad su libre determinación en el marco de la unidad indígena originario
del Estado, que consiste en su derecho a la del Estado, que consiste en su derecho a la campesinos, y el dominio
autonomía, al autogobierno, a su cultura, al autonomía, al autogobierno, a su cultura, al ancestral sobre sus
reconocimiento de sus instituciones y a la reconocimiento de sus instituciones y a la territorios. Estas y las
consolidación de sus entidades territoriales, consolidación de sus entidades territoriales, demás disposiciones de
conforme a esta Constitución y la ley. conforme a esta Constitución y la ley. éste 2do. Artículo del
Proyecto de Constitución,
como lo expresa el
Tribunal Constitucional
“IMPREGNA” toda la
Constitución.
3 Artículo 3. Artículo 3. Este artículo modificado Si bien se determina que
El pueblo boliviano está conformado por la La nación boliviana está conformada por la determina la unificación todas estas
LA TRAMPA – Modificaciones y Peligros en el Proyecto de Constitución Página 2
3. MODIFICACIONES y
MODIFICACIONES
OBSERVACIONES
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s. de Oruro de Concertación POSITIVOS NEGATIVOS
totalidad de las bolivianas y los bolivianos totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las de identidad denominaciones o
pertenecientes a las áreas urbanas de diferentes naciones y pueblos indígena originario campesinos, multicultural, pueblos conforman el
clases sociales, a las naciones y pueblos indígena y las comunidades interculturales y afrobolivianas reconociendo PUEBLO BOLIVIANO, de
originario campesinos, y a las comunidades que en conjunto constituyen el pueblo boliviano. identidades no todas formas, se denota
interculturales y afrobolivianas. mencionadas en el una tendencia a la
anterior texto diferenciación entre cada
constitucional. Se uno de ellos, que lo único
vuelve a considerar a que hace es buscar una
Bolivia como una distinción que luego
NACIÓN. genera una DIVISIÓN y
CLASIFICACIÓN de éstos
pueblos entre los que son
considerados por este
proyecto como de 1ra.
(indígenas originarios
campesinos) y de 2da.
(interculturales y
afrobolivianos).
4 Artículo 4 Artículo 4. No tomaron en cuenta las
El Estado respeta y garantiza la libertad de religión El Estado respeta y garantiza la libertad de religión Sin modificaciones observaciones hechas por
y de creencias espirituales, de acuerdo con sus y de creencias espirituales, de acuerdo con sus la iglesia, ni la propuesta
cosmovisiones. El Estado es independiente de la cosmovisiones. El Estado es independiente de la realizada por la oposición
religión. religión. por la cual se debe
establecer ciertos grados
de coordinación para el
desarrollo de algunas
actividades (educación,
cultura, etc.) con todas
las religiones en nuestro
país, considerando la
larga data de las
actividades realizadas por
la iglesia católica,
evangélica y otras en
Bolivia.
5 Artículo 5 Artículo 5. No se establece al
I. Son idiomas oficiales del Estado el castellano y I. Son idiomas oficiales del Estado el castellano y Sin modificaciones castellano como el
todos los idiomas de las naciones y pueblos todos los idiomas de las naciones y pueblos idioma oficial de
indígena originario campesinos, que son el aymara, indígena originario campesinos, que son el aymara, integración intercultural; y
araona, baure, bésiro, canichana, cavineño, araona, baure, bésiro, canichana, cavineño, por otra parte, dentro de
cayubaba, chácobo, chimán, ese ejja, guaraní, cayubaba, chácobo, chimán, ese ejja, guaraní, las observaciones
guarasu’we, guarayu, itonama, leco, guarasu’we, guarayu, itonama, leco, machajuyai- realizadas se puntualizó
machajuyaikallawaya, machineri, maropa, kallawaya, machineri, maropa, mojeño-trinitario, que los demás idiomas de
mojeño-trinitario, mojeño-ignaciano, moré, mojeño-ignaciano, moré, mosetén, movima, los pueblos indígenas
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4. MODIFICACIONES y
MODIFICACIONES
OBSERVACIONES
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mosetén, movima, pacawara, puquina, quechua, pacawara, puquina, quechua, sirionó, tacana, originarios campesinos,
sirionó, tacana, tapiete, toromona, uru-chipaya, tapiete, toromona, uru-chipaya, weenhayek, deberían considerarse
weenhayek, yaminawa, yuki, yuracaré y zamuco. yaminawa, yuki, yuracaré y zamuco. idiomas oficiales solo
II. El Gobierno plurinacional y los gobiernos II. El Gobierno plurinacional y los gobiernos dentro de la comunidad,
departamentales deben utilizar al menos dos departamentales deben utilizar al menos dos municipio o
idiomas oficiales. Uno de ellos debe ser el idiomas oficiales. Uno de ellos debe ser el departamento donde
castellano, y el otro se decidirá tomando en castellano, y el otro se decidirá tomando en éstos tengan un uso
cuenta el uso, la conveniencia, las circunstancias, cuenta el uso, la conveniencia, las circunstancias, mayoritario
las necesidades y preferencias de la población en las necesidades y preferencias de la población en
su totalidad o del territorio en cuestión. Los demás su totalidad o del territorio en cuestión. Los demás
gobiernos autónomos deben utilizar los idiomas gobiernos autónomos deben utilizar los idiomas
propios de su territorio, y uno de ellos debe ser el propios de su territorio, y uno de ellos debe ser el
castellano. castellano.
6 Artículo 6 Artículo 6. La declaración de que
I. Sucre es la Capital de Bolivia. I. Sucre es la Capital de Bolivia. Sin modificaciones Sucre es la Capital de
II. Los símbolos del Estado son la bandera tricolor II. Los símbolos del Estado son la bandera tricolor Bolivia a secas, es el
rojo, amarillo y verde; el himno boliviano; el escudo rojo, amarillo y verde; el himno boliviano; el escudo resultado de la
de armas; la wiphala; la escarapela; la flor de la de armas; la wiphala; la escarapela; la flor de la inobservancia a la
kantuta y la flor del patujú. kantuta y la flor del patujú. demanda del
Departamento de
Chuquisaca y otros 4
Departamentos del país,
para que éste tema vaya
a Referéndum de acuerdo
a los procedimientos
establecidos en la Ley de
Convocatoria y el
Reglamento de la
Asamblea Constituyente.
Se introduce por otra
parte a la wiphala como
símbolo del Estado,
cuando ésta bandera solo
representa a ciertos
sectores de los pueblos y/
o departamentos del
Occidente del país.
CAPÍTULO SEGUNDO CAPÍTULO SEGUNDO
PRINCIPIOS, VALORES Y FINES DEL ESTADO PRINCIPIOS, VALORES Y FINES DEL ESTADO
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5. MODIFICACIONES y
MODIFICACIONES
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7
La modificación señala Sin observaciones
Artículo 7 Artículo 7. la delegación de relevantes
La soberanía reside en el pueblo boliviano y se La soberanía reside en el pueblo boliviano, se funciones y atribuciones
ejerce de forma directa; es inalienable, ejerce de forma directa y delegada. De ella de los poderes. Para el
inembargable, indivisible, imprescriptible e emanan, por delegación, las funciones y correcto ejercicio de la
indelegable, y de ella emanan las funciones y atribuciones de los órganos del poder público; es administración
atribuciones del poder público. inalienable e imprescriptible. conferida al pueblo
boliviano.
Antes de esta
modificación, se
establecía la
indelegabilidad.
8 Artículo 8 Artículo 8.
I. El Estado asume y promueve como principios I. El Estado asume y promueve como principios Sin modificaciones Se usan otros idiomas
ético-morales de la sociedad plural: ama qhilla, ético-morales de la sociedad plural: ama qhilla, diferentes al castellano
ama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seas ama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seas para la redacción de éste
mentiroso ni seas ladrón), suma qamaña (vivir mentiroso ni seas ladrón), suma qamaña (vivir artículo; cuando lo
bien), ñandereko (vida armoniosa), teko kavi (vida bien), ñandereko (vida armoniosa), teko kavi (vida correcto, en caso de
buena), ivi maraei (tierra sin mal) y qhapaj ñan buena), ivi maraei (tierra sin mal) y qhapaj ñan querer un proyecto en
(camino o vida noble). (camino o vida noble). otro idioma originario,
II. El Estado se sustenta en los valores de unidad, II. El Estado se sustenta en los valores de unidad, sería traducirlo en su
igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, totalidad, pero no
reciprocidad, respeto, complementariedad, reciprocidad, respeto, complementariedad, introducir textos en otros
armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de idiomas al texto original
oportunidades, equidad social y de género en la oportunidades, equidad social y de género en la redactado en españo.
participación, bienestar común, responsabilidad, participación, bienestar común, responsabilidad,
justicia social, distribución y redistribución de los justicia social, distribución y redistribución de los Por otra parte, se
productos y bienes sociales, para vivir bien. productos y bienes sociales, para vivir bien. establece como un valor
supremo del estado la
DISTRIBUCIÓN Y
REDISTRIBUCIÓN DE LOS
PRODUCTOS Y BIENES
SOCIALES para vivir bien;
existiendo una gran
susceptibilidad sobre
cuáles productos y bienes
se distribuirán… solo los
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6. MODIFICACIONES y
MODIFICACIONES
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públicos y estatales; o
también los
privados………
9 Artículo 9 Artículo 9. En el punto 1, se mantiene
Son fines y funciones esenciales del Estado, Son fines y funciones esenciales del Estado, Sin modificaciones el concepto de
además de los que establece la Constitución y la además de los que establece la Constitución y la DESCOLONIZACIÓN,
ley: ley: además de la intención
1. Constituir una sociedad justa y armoniosa, 1. Constituir una sociedad justa y armoniosa, de “consolidar las
cimentada en la descolonización, sin cimentada en la descolonización, sin identidades
discriminación ni explotación, con plena justicia discriminación ni explotación, con plena justicia plurinacionales”; siendo
social, para consolidar las identidades social, para consolidar las identidades ésta una intención
plurinacionales. plurinacionales. expresa de DIVISIÓN DEL
2. Garantizar el bienestar, el desarrollo, la seguridad 2. Garantizar el bienestar, el desarrollo, la PAÍS, pues el Estado se
y la protección e igual dignidad de las personas, seguridad y la protección e igual dignidad de las concentraría en asentar
las naciones, los pueblos y las comunidades, y personas, las naciones, los pueblos y las las diferencias de cada
fomentar el respeto mutuo y el diálogo comunidades, y fomentar el respeto mutuo y el comunidad plurinacional,
intracultural, intercultural y plurilingüe. diálogo intracultural, intercultural y plurilingüe. en lugar de buscar la
3. Reafirmar y consolidar la unidad del país, y 3. Reafirmar y consolidar la unidad del país, y unidad de nuestro país,
preservar como patrimonio histórico y humano la preservar como patrimonio histórico y humano la con la promoción de las
diversidad plurinacional. diversidad plurinacional. igualdades y los aspectos
4. Garantizar el cumplimiento de los principios, 4. Garantizar el cumplimiento de los principios, que nos unen como
valores, derechos y deberes reconocidos y valores, derechos y deberes reconocidos y bolivianos
consagrados en esta Constitución. consagrados en esta Constitución.
5. Garantizar el acceso de las personas a la 5. Garantizar el acceso de las personas a la
educación, a la salud y al trabajo. educación, a la salud y al trabajo.
6. Promover y garantizar el aprovechamiento 6. Promover y garantizar el aprovechamiento
responsable y planificado de los recursos naturales, responsable y planificado de los recursos naturales,
e impulsar su industrialización, a través del e impulsar su industrialización, a través del
desarrollo y del fortalecimiento de la base desarrollo y del fortalecimiento de la base
productiva en sus diferentes dimensiones y niveles, productiva en sus diferentes dimensiones y niveles,
así como la conservación del medio ambiente, así como la conservación del medio ambiente,
para el bienestar de las generaciones actuales y para el bienestar de las generaciones actuales y
futuras. futuras.
10 Artículo 10 Artículo 10.
I. Bolivia es un Estado pacifista, que promueve la I. Bolivia es un Estado pacifista, que promueve la Sin modificaciones Sin observaciones
cultura de la paz y el derecho a la paz, así como la cultura de la paz y el derecho a la paz, así como la relevantes
cooperación entre los pueblos de la región y del cooperación entre los pueblos de la región y del
mundo, a fin de contribuir al conocimiento mutuo, mundo, a fin de contribuir al conocimiento mutuo,
al desarrollo equitativo y a la promoción de la al desarrollo equitativo y a la promoción de la
interculturalidad, con pleno respeto a la soberanía interculturalidad, con pleno respeto a la soberanía
de los estados. de los estados.
II. Bolivia rechaza toda guerra de agresión como II. Bolivia rechaza toda guerra de agresión como
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7. MODIFICACIONES y
MODIFICACIONES
OBSERVACIONES
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instrumento de solución a los diferendos y conflictos instrumento de solución a los diferendos y conflictos
entre estados y se reserva el derecho a la legítima entre estados y se reserva el derecho a la legítima
defensa en caso de agresión que comprometa la defensa en caso de agresión que comprometa la
independencia y la integridad del Estado. independencia y la integridad del Estado.
III. Se prohíbe la instalación de bases militares III. Se prohíbe la instalación de bases militares
extranjeras en territorio boliviano. extranjeras en territorio boliviano.
CAPÍTULO TERCERO CAPÍTULO TERCERO
SISTEMA DE GOBIERNO SISTEMA DE GOBIERNO
11 Artículo 11 Artículo 11 Dentro de las No modificaron como
I. El Estado adopta para su gobierno la forma 1.. La República de Bolivia adopta para su modificaciones se forma de Gobierno la
democrática participativa, representativa y gobierno la forma democrática participativa, establece como COMUNITARIA, siendo
comunitaria, con equivalencia de condiciones representativa y comunitaria, con equivalencia de Republica de Bolivia al este el tema de fondo de
entre hombres y mujeres. condiciones entre hombres y mujeres. marco jurídico y político las observaciones; un
II. La democracia se ejerce de las siguientes que designado por la estado no puede
II. La democracia se ejerce de las siguientes formas, que serán desarrolladas por la ley: comunidad gobernarse
formas, que serán desarrolladas por la ley: 1.Directa y participativa, por medio del referendo, representativa de los comunitariamente, sino
1. Directa y participativa, por medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria poderes ciudadanos INSTITUCIONALMENTE. Se
la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta democráticos. podría considerar la
de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa.. Las asambleas y cabildos tendrán carácter Estableciendo como presencia comunitaria en
previa, entre otros. Las asambleas y cabildos deliberativo conforme a Ley. modificación la el Estado, sin embargo no
tendrán carácter deliberativo. inclusión del marco puede ser gobernado por
2. Representativa, por medio de la elección de 2.Representativa, por medio de la elección de jurídico normativo para un sistema comunitario.
representantes por voto universal, directo y secreto, representantes por voto universal, directo y secreto, el desempeño de la En el punto 1 se debería
entre otros. conforme a Ley. voluntad democrática. determinar sobre la
3. Comunitaria, por medio de la elección, 3.Comunitaria, por medio de la elección, consulta previa, que éstas
designación o nominación de autoridades y designación o nominación de autoridades y Se considera estarán sujetas a
representantes por normas y procedimientos representantes por normas y procedimientos nuevamente a Bolivia condiciones y
propios de las naciones y pueblos indígena propios de las naciones y pueblos indígena como un REPÚBLICA, y características de
originario campesinos, entre otros. originario campesinos, entre otros, conforme a Ley . no se usa solo el término acuerdo a Ley.
de Estado o pueblo, La democracia
como en la anterior COMUNITARIA, debería
redacción. estar dentro de la
REPRESENTATIVA, y no ser
otra clasificación
12 Artículo 12 Artículo 12. De acuerdo a la
I. El Estado se organiza y estructura su poder I. El Estado se organiza y estructura su poder modificación se Sin observaciones
público a través de los órganos Legislativo, público a través de los órganos Legislativo, establece la relevantes
Ejecutivo, Judicial y Electoral. La organización del Ejecutivo, Judicial y Electoral. La organización del incorporación del
Estado está fundamentada en la separación, Estado está fundamentada en la independencia, principio de
coordinación y cooperación de estos órganos. separación, coordinación y cooperación de estos Independencia
II. Son funciones estatales la de Control, la de órganos. determinando como el
Defensa de la Sociedad y la de Defensa del II. Son funciones estatales la de Control, la de patrón fundamental de
LA TRAMPA – Modificaciones y Peligros en el Proyecto de Constitución Página 7
8. MODIFICACIONES y
MODIFICACIONES
OBSERVACIONES
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Estado. Defensa de la Sociedad y la de Defensa del las constituciones
Estado. latinoamericanas,
III. Las funciones de los órganos públicos no pueden concentrada en la
ser reunidas en un solo órgano ni son delegables delegación y
entre si. atribuciones de los
órganos de control del
estado.
TÍTULO II TÍTULO II
DERECHOS FUNDAMENTALÍSIMOS, DERECHOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y GARANTÍAS
FUNDAMENTALES Y GARANTÍAS CAPÍTULO PRIMERO
CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
DISPOSICIONES GENERALES
13 Artículo 13 Artículo 13. Con las reformas a la
I. Los derechos reconocidos por esta Constitución I. Los derechos reconocidos por esta Constitución constitución, se Sin observaciones
son inviolables, universales, interdependientes, son inviolables, universales, interdependientes, determina la primacía y relevantes
indivisibles y progresivos. El Estado tiene el deber de indivisibles y progresivos. El Estado tiene el deber de respeto de los derechos
promoverlos, protegerlos y respetarlos. promoverlos, protegerlos y respetarlos. humanos establecidos
II. Los derechos que proclama esta Constitución no II. Los derechos que proclama esta Constitución no por los tratados
serán entendidos como negación de otros serán entendidos como negación de otros internacionales,
derechos no enunciados. derechos no enunciados. constituyéndose en las
III. La clasificación de los derechos establecida en III. La clasificación de los derechos establecida en más moderna y
esta Constitución no determina jerarquía alguna ni esta Constitución no determina jerarquía alguna ni actualizada en la
superioridad de unos derechos sobre otros. superioridad de unos derechos sobre otros. preservación y
IV Los tratados y convenios internacionales enunciación de los
ratificados por la Asamblea Legislativa derechos protegidos. A
Plurinacional, que reconocen los derechos diferencia de la actual
humanos y que prohíben su limitación en los constitución que
Estados de Excepción prevalecen en el orden establece un marco de
interno. Los derechos y deberes consagrados en proteccionismo a los
esta Constitución se interpretarán de conformidad órganos estatales y de
con los Tratados internacionales de derechos defensa antes que los
humanos ratificados por Bolivia. derechos humanos.
14 Artículo 14 Artículo 14.
I. Todo ser humano tiene personalidad y I. Todo ser humano tiene personalidad y Sin modificaciones Sin observaciones
capacidad jurídica con arreglo a las leyes y goza capacidad jurídica con arreglo a las leyes y goza relevantes
de los derechos reconocidos por esta Constitución, de los derechos reconocidos por esta Constitución, Este Artículo a pesar de
sin distinción alguna. sin distinción alguna. contener demasiadas
II. El Estado prohíbe y sanciona toda forma de II. El Estado prohíbe y sanciona toda forma de disposiciones con
discriminación fundada en razón de sexo, color, discriminación fundada en razón de sexo, color, respecto a Derechos y
edad, orientación sexual, identidad de género, edad, orientación sexual, identidad de género, Garantía para estar
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9. MODIFICACIONES y
MODIFICACIONES
OBSERVACIONES
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origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, redactados en uno solo,
credo religioso, ideología, filiación política o credo religioso, ideología, filiación política o es uno de los aspectos
filosófica, estado civil, condición económica o filosófica, estado civil, condición económica o positivos en este
social, tipo de ocupación, grado de instrucción, social, tipo de ocupación, grado de instrucción, Proyecto de
discapacidad, embarazo, u otras que tengan por discapacidad, embarazo, u otras que tengan por Constitución.
objetivo o resultado anular o menoscabar el objetivo o resultado anular o menoscabar el
reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones
de igualdad, de los derechos de toda persona. de igualdad, de los derechos de toda persona.
III. El Estado garantiza a todas las personas y III. El Estado garantiza a todas las personas y
colectividades, sin discriminación alguna, el libre y colectividades, sin discriminación alguna, el libre y
eficaz ejercicio de los derechos establecidos en eficaz ejercicio de los derechos establecidos en
esta Constitución, las leyes y los tratados esta Constitución, las leyes y los tratados
internacionales de derechos humanos. internacionales de derechos humanos.
IV. En el ejercicio de los derechos, nadie será IV. En el ejercicio de los derechos, nadie será
obligado a hacer lo que la Constitución y las leyes obligado a hacer lo que la Constitución y las leyes
no manden, ni a privarse de lo que éstas no no manden, ni a privarse de lo que éstas no
prohíban. prohíban.
V. Las leyes bolivianas se aplican a todas las V. Las leyes bolivianas se aplican a todas las
personas, naturales o jurídicas, bolivianas o personas, naturales o jurídicas, bolivianas o
extranjeras, en el territorio boliviano. extranjeras, en el territorio boliviano.
VI. Las extranjeras y los extranjeros en el territorio VI. Las extranjeras y los extranjeros en el territorio
boliviano tienen los derechos y deben cumplir los boliviano tienen los derechos y deben cumplir los
deberes establecidos en la Constitución, salvo las deberes establecidos en la Constitución, salvo las
restricciones que ésta contenga. restricciones que ésta contenga.
CAPÍTULO SEGUNDO CAPÍTULO SEGUNDO
DERECHOS FUNDAMENTALÍSIMOS DERECHOS FUNDAMENTALES
15 Artículo 15 Artículo 15. No se incluye el pedido
I. Toda persona tiene derecho a la vida y a la I. Toda persona tiene derecho a la vida y a la Sin modificaciones. del RESPETO A LA VIDA
integridad física, psicológica y sexual. Nadie será integridad física, psicológica y sexual. Nadie será desde la CONCEPCIÓN
torturado, ni sufrirá tratos crueles, inhumanos, torturado, ni sufrirá tratos crueles, inhumanos, Artículo positivo en su emitida por numerosos
degradantes o humillantes. No existe la pena de degradantes o humillantes. No existe la pena de gran parte. sectores sociales, cultos e
muerte. muerte. iglesias; así como de un
II. Todas las personas, en particular las mujeres, II. Todas las personas, en particular las mujeres, sin fin de instituciones
tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o vinculadas al respeto de
psicológica, tanto en la familia como en la psicológica, tanto en la familia como en la los Derechos Humanos en
sociedad. sociedad. el país. Esto evidencia
III. El Estado adoptará las medidas necesarias para III. El Estado adoptará las medidas necesarias para que solo se hace caso a
prevenir, eliminar y sancionar la violencia de prevenir, eliminar y sancionar la violencia de los que los Sectores
género y generacional, así como toda acción u género y generacional, así como toda acción u sociales exigen, pero las
omisión que tenga por objeto degradar la omisión que tenga por objeto degradar la propuestas coherentes no
condición humana, causar muerte, dolor y condición humana, causar muerte, dolor y son escuchadas.
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10. MODIFICACIONES y
MODIFICACIONES
OBSERVACIONES
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sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el
ámbito público como privado. ámbito público como privado.
IV. Ninguna persona podrá ser sometida a IV. Ninguna persona podrá ser sometida a
desaparición forzada por causa o circunstancia desaparición forzada por causa o circunstancia
alguna. alguna.
V. Ninguna persona podrá ser sometida a V. Ninguna persona podrá ser sometida a
servidumbre ni esclavitud. Se prohíbe la trata y servidumbre ni esclavitud. Se prohíbe la trata y
tráfico de personas. tráfico de personas.
16 Artículo 16 Artículo 16.
I. Toda persona tiene derecho al agua y a la I. Toda persona tiene derecho al agua y a la Sin modificaciones Sin observaciones
alimentación. alimentación. relevantes
II. El Estado tiene la obligación de garantizar la II. El Estado tiene la obligación de garantizar la
seguridad alimentaria, a través de una seguridad alimentaria, a través de una
alimentación sana, adecuada y suficiente para alimentación sana, adecuada y suficiente para
toda la población. toda la población.
17 Artículo 17 Artículo 17.
Toda persona tiene derecho a recibir educación Toda persona tiene derecho a recibir educación Sin modificaciones Se debió establecer el
en todos los niveles de manera universal, en todos los niveles de manera universal, respeto al derecho a la
productiva, gratuita, integral e intercultural, sin productiva, gratuita, integral e intercultural, sin educación privada en
discriminación. discriminación. todos los niveles.
18 Artículo 18 Artículo 18. La modificación de
I. Todas las personas tienen derecho a la salud. I. Todas las personas tienen derecho a la salud. este artículo establece Se debió establecer el
II. El Estado garantiza la inclusión y el acceso a la II. El Estado garantiza la inclusión y el acceso a la como eje fundamental respeto al derecho de las
salud de todas las personas, sin exclusión ni salud de todas las personas, sin exclusión ni los principios Bioéticos personas de ser atendidas
discriminación alguna. discriminación alguna. universales para la en centros de salud
III. El sistema único de salud será universal, gratuito, preservación y privados; y al derecho
equitativo, intracultural, intercultural, participativo, conservación de la que éstos tienen por el
con calidad, calidez y control social. El sistema se salud de todos los cobro de sus servicios; ya
basa en los principios de solidaridad, eficiencia y bolivianos sin distinción que establecer la
corresponsabilidad y se desarrolla mediante a diferencia de la gratuidad como
políticas públicas en todos los niveles de gobierno. actual constitución que característica del sistema
hace que estos único de salud, genera
principios sean cierta duda sobre la
inviables. permisibilidad que se
tendrá para el desarrollo
de la actividad privada
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11. MODIFICACIONES y
MODIFICACIONES
OBSERVACIONES
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en el área de salud.
19 Artículo 19 Artículo 19.
I. Toda persona tiene derecho a un hábitat y I. Toda persona tiene derecho a un hábitat y Sin modificaciones Sin observaciones
vivienda adecuada, que dignifiquen la vida vivienda adecuada, que dignifiquen la vida relevantes
familiar y comunitaria. familiar y comunitaria.
II. El Estado, en todos sus niveles de gobierno, II. El Estado, en todos sus niveles de gobierno,
promoverá planes de vivienda de interés social, promoverá planes de vivienda de interés social,
mediante sistemas adecuados de financiamiento, mediante sistemas adecuados de financiamiento,
basándose en los principios de solidaridad y basándose en los principios de solidaridad y
equidad. Estos planes se destinarán equidad. Estos planes se destinarán
preferentemente a familias de escasos recursos, a preferentemente a familias de escasos recursos, a
grupos menos favorecidos y al área rural. grupos menos favorecidos y al área rural.
20 Artículo 20 Artículo 20. Los derechos No se incluye al sector
I. Toda persona tiene derecho al acceso universal y I. Toda persona tiene derecho al acceso universal expresados por estos privado, que en la
equitativo a los servicios básicos de agua potable, y equitativo a los servicios básicos de agua artículos determinan la actualidad es el que
alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal potable, alcantarillado, electricidad, gas aplicación realiza buena parte de la
y telecomunicaciones. domiciliario, postal y telecomunicaciones. constitucional e provisión de los servicios
II. Es responsabilidad del Estado, en todos sus II. Es responsabilidad del Estado, en todos sus incorporación de básicos. En la redacción
niveles de gobierno, la provisión de los servicios niveles de gobierno, la provisión de los servicios beneficios se lo limita al gas
básicos a través de entidades públicas, mixtas, básicos a través de entidades públicas, mixtas, consagrados y domiciliario y a las
cooperativas o comunitarias. En los casos de cooperativas o comunitarias. En los casos de constituidos como telecomunicaciones;
electricidad, gas domiciliario y telecomunicaciones electricidad, gas domiciliario y telecomunicaciones derechos siendo esta una evidente
se podrá prestar el servicio mediante contratos con se podrá prestar el servicio mediante contratos con fundamentales de discriminación. Debiendo
la empresa privada. La provisión de servicios debe la empresa privada. La provisión de servicios debe carácter universal, que aclararse o modificarse la
responder a los criterios de universalidad, responder a los criterios de universalidad, sin duda mejoraran la redacción sobre control
responsabilidad, accesibilidad, continuidad, responsabilidad, accesibilidad, continuidad, calidad de vida. social. Por otro lado, se
calidad, eficiencia, eficacia, tarifas equitativas y calidad, eficiencia, eficacia, tarifas equitativas y Asemejándose a la limita el poder dar
cobertura necesaria; con participación y control cobertura necesaria; con participación y control normativa de otros concesiones para los
social. social. países con alto servicios de agua y
III. El acceso al agua y alcantarillado desarrollo en un marco alcantarillado; obligando
III. El agua y alcantarillado constituyen derechos constituyen derechos humanos, no son objeto de equitativo y moderno. a todas las cooperativas,
humanos y no son objeto de concesión ni concesión ni privatización y están sujetos a régimen La aplicación de la comunidades o
privatización. de licencias y registros, conforme a ley. constitución vigente empresas, a firmar
queda restringida y obligatoriamente
debilitada respecto a contratos con el Estado;
estos a estas reformas haciendo que la
ya que demanda una redacción de que la
modificación profunda. provisión de los servicios
básicos se realizarán a
Se abre la posibilidad través de “entidades…
de licencias y registros cooperativas o
en éstos rubros; comunitarias”;
abriendo la posibilidad convirtiendo a todas éstas
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12. MODIFICACIONES y
MODIFICACIONES
OBSERVACIONES
Art Proyecto de Constitución Proyecto de Constitución ASPECTOS ASPECTOS
s. de Oruro de Concertación POSITIVOS NEGATIVOS
de otro tipo de relación en públicas o mixtas al no
contractual o de otra permitir las concesiones
índole para la
ejecución y provisión
de éstos servicios.
CAPÍTULO TERCERO CAPÍTULO TERCERO
DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
SECCIÓN I SECCIÓN I
DERECHOS CIVILES DERECHOS CIVILES
21 Artículo 21 Artículo 21.
Las bolivianas y los bolivianos tienen los siguientes Las bolivianas y los bolivianos tienen los siguientes Sin modificaciones Sin observaciones
derechos: derechos: relevantes
1. A la autoidentificación cultural. 1. A la autoidentificación cultural. Artículo positivo al ser
2. A la privacidad, intimidad, honra, honor, propia 2. A la privacidad, intimidad, honra, honor, propia uno de los que amplía
imagen y dignidad. imagen y dignidad. la constitucionalización
3. A la libertad de pensamiento, espiritualidad, 3. A la libertad de pensamiento, espiritualidad, de los Derechos Civiles
religión y culto, expresados en forma individual o religión y culto, expresados en forma individual o y Políticos en el país.
colectiva, tanto en público como en privado, con colectiva, tanto en público como en privado, con
fines lícitos. fines lícitos.
4. A la libertad de reunión y asociación, en forma 4. A la libertad de reunión y asociación, en forma
pública y privada, con fines lícitos. pública y privada, con fines lícitos.
5. A expresar y difundir libremente pensamientos u 5. A expresar y difundir libremente pensamientos u
opiniones por cualquier medio de comunicación, opiniones por cualquier medio de comunicación,
de forma oral, escrita o visual, individual o de forma oral, escrita o visual, individual o
colectiva. colectiva.
6. A acceder a la información, interpretarla, 6. A acceder a la información, interpretarla,
analizarla y comunicarla libremente, de manera analizarla y comunicarla libremente, de manera
individual o colectiva. individual o colectiva.
7. A la libertad de residencia, permanencia y 7. A la libertad de residencia, permanencia y
circulación en todo el territorio boliviano, que circulación en todo el territorio boliviano, que
incluye la salida e ingreso del país. incluye la salida e ingreso del país.
22 Artículo 22 Artículo 22.
La dignidad y la libertad de la persona son La dignidad y la libertad de la persona son Sin modificaciones Sin observaciones
inviolables. Respetarlas y protegerlas es deber inviolables. Respetarlas y protegerlas es deber relevantes
primordial del Estado. primordial del Estado.
23 Artículo 23 Artículo 23. Se observa el num. I; ya
I. Toda persona tiene derecho a la libertad y I. Toda persona tiene derecho a la libertad y Sin modificaciones que la LIBERTAD PERSONAL
seguridad personal. La libertad personal sólo podrá seguridad personal. La libertad personal sólo podrá no puede estar
ser restringida en los límites señalados por la ley, ser restringida en los límites señalados por la ley, supeditada o ser
para asegurar el descubrimiento de la verdad para asegurar el descubrimiento de la verdad restringida para asegurar
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MODIFICACIONES
OBSERVACIONES
Art Proyecto de Constitución Proyecto de Constitución ASPECTOS ASPECTOS
s. de Oruro de Concertación POSITIVOS NEGATIVOS
histórica en la actuación de las instancias histórica en la actuación de las instancias y descubrir la VERDAD
jurisdiccionales. jurisdiccionales. HISTÓRICA en las
II. Se evitará la imposición a los adolescentes de II. Se evitará la imposición a los adolescentes de actuaciones y
medidas privativas de libertad. Todo adolescente medidas privativas de libertad. Todo adolescente procedimientos realizados
que se encuentre privado de libertad recibirá que se encuentre privado de libertad recibirá por las instancias
atención preferente por parte de las autoridades atención preferente por parte de las autoridades jurisdiccionales. Ya que
judiciales, administrativas y policiales. Éstas judiciales, administrativas y policiales. Éstas esto atenta contra
deberán asegurar en todo momento el respeto a deberán asegurar en todo momento el respeto a derechos fundamentales
su dignidad y la reserva de su identidad. La su dignidad y la reserva de su identidad. La establecidos incluso en la
detención deberá cumplirse en recintos distintos de detención deberá cumplirse en recintos distintos de Declaración Universal de
los asignados para los adultos, teniendo en cuenta los asignados para los adultos, teniendo en cuenta los Derechos Humanos
las necesidades propias de su edad. las necesidades propias de su edad. que debe ser respetada
III. Nadie podrá ser detenido, aprehendido o III. Nadie podrá ser detenido, aprehendido o por nuestro país. En todo
privado de su libertad, salvo en los casos y según privado de su libertad, salvo en los casos y según caso, cualquier autoridad
las formas establecidas por la ley. La ejecución del las formas establecidas por la ley. La ejecución del judicial y/u originaria,
mandamiento requerirá que éste emane de mandamiento requerirá que éste emane de podrá privar de libertad a
autoridad competente y que sea emitido por autoridad competente y que sea emitido por cualquier persona con el
escrito. escrito. justificativo de estar
IV. Toda persona que sea encontrada en delito IV. Toda persona que sea encontrada en delito buscando la VERDAD
flagrante podrá ser aprehendida por cualquier otra flagrante podrá ser aprehendida por cualquier otra HISTÓRICA, violando el
persona, aun sin mandamiento. El único objeto de persona, aun sin mandamiento. El único objeto de debido proceso y los
la aprehensión será su conducción ante autoridad la aprehensión será su conducción ante autoridad procedimientos de las
judicial competente, quien deberá resolver su judicial competente, quien deberá resolver su Leyes que están por
situación jurídica en el plazo máximo de situación jurídica en el plazo máximo de debajo en jerarquía con
veinticuatro horas. veinticuatro horas. respecto a lo que dispone
V. En el momento en que una persona sea privada V. En el momento en que una persona sea privada este artículo de la
de su libertad, será informada de los motivos por los de su libertad, será informada de los motivos por los Constitución.
que se procede a su detención, así como de la que se procede a su detención, así como de la
denuncia o querella formulada en su contra. denuncia o querella formulada en su contra.
VI. Los responsables de los centros de reclusión VI. Los responsables de los centros de reclusión
deberán llevar el registro de personas privadas de deberán llevar el registro de personas privadas de
libertad. No recibirán a ninguna persona sin copiar libertad. No recibirán a ninguna persona sin copiar
en su registro el mandamiento correspondiente. Su en su registro el mandamiento correspondiente. Su
incumplimiento dará lugar al procesamiento y incumplimiento dará lugar al procesamiento y
sanciones que señale la ley. sanciones que señale la ley.
24 Artículo 24 Artículo 24.
Toda persona tiene derecho a la petición de Toda persona tiene derecho a la petición de Sin modificaciones Sin observaciones
manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y relevantes
a la obtención de respuesta formal y pronta. Para a la obtención de respuesta formal y pronta. Para
el ejercicio de este derecho no se exigirá más el ejercicio de este derecho no se exigirá más
requisito que la identificación del peticionario. requisito que la identificación del peticionario.
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14. MODIFICACIONES y
MODIFICACIONES
OBSERVACIONES
Art Proyecto de Constitución Proyecto de Constitución ASPECTOS ASPECTOS
s. de Oruro de Concertación POSITIVOS NEGATIVOS
25 Artículo 25 Artículo 25.
I. Toda persona tiene derecho a la inviolabilidad de I. Toda persona tiene derecho a la inviolabilidad de Sin modificaciones Sin observaciones
su domicilio y al secreto de las comunicaciones su domicilio y al secreto de las comunicaciones relevantes
privadas en todas sus formas, salvo autorización privadas en todas sus formas, salvo autorización Especificaciones
judicial. judicial. positivas con respecto a
II. Son inviolables la correspondencia, los papeles II. Son inviolables la correspondencia, los papeles la inviolabilidad
privados y las manifestaciones privadas contenidas privados y las manifestaciones privadas contenidas personal y al secreto de
en cualquier soporte, éstos no podrán ser en cualquier soporte, éstos no podrán ser las comunicaciones.
incautados salvo en los casos determinados por la incautados salvo en los casos determinados por la
ley para la investigación penal, en virtud de orden ley para la investigación penal, en virtud de orden
escrita y motivada de autoridad judicial escrita y motivada de autoridad judicial
competente. competente.
III. Ni la autoridad pública, ni persona u organismo III. Ni la autoridad pública, ni persona u organismo
alguno podrán interceptar conversaciones o alguno podrán interceptar conversaciones o
comunicaciones privadas mediante instalación comunicaciones privadas mediante instalación
que las controle o centralice. que las controle o centralice.
IV. La información y prueba obtenidas con IV. La información y prueba obtenidas con
violación de correspondencia y comunicaciones violación de correspondencia y comunicaciones
en cualquiera de sus formas no producirán efecto en cualquiera de sus formas no producirán efecto
legal. legal.
SECCIÓN II SECCIÓN II
DERECHOS POLÍTICOS DERECHOS POLÍTICOS
26 Artículo 26 Artículo 26. La incorporación amplia En el punto 3 debió
I. Todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen I. Todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen a la vigente constitución eliminarse el término de
derecho a participar libremente en la formación, derecho a participar libremente en la formación, a reformar y respetar la democracia comunitaria,
ejercicio y control del poder político, directamente ejercicio y control del poder político, directamente democracia por usos y costumbres
o por medio de sus representantes, y de manera o por medio de sus representantes, y de manera comunitaria propia, en comunitarias. Además en
individual o colectiva. La participación será individual o colectiva. La participación será el marco del control el punto 4, debería
equitativa y en igualdad de condiciones entre equitativa y en igualdad de condiciones entre electoral sujeto a la eliminarse el término
hombres y mujeres. hombres y mujeres. igualad de derechos elección; porque en las
II. El derecho a la participación comprende: II. El derecho a la participación comprende: conferidos, así como comunidades solo
1. La organización con fines de participación 1. La organización con fines de participación también la elección de debería permitirse la
política, conforme a la Constitución y a la ley. política, conforme a la Constitución y a la ley. autoridades indígenas y designación y
2. El sufragio, mediante voto igual, universal, 2. El sufragio, mediante voto igual, universal, facultad de establecer nominación y elegirse
directo, individual, secreto, libre y obligatorio, directo, individual, secreto, libre y obligatorio, la fiscalización de actos mediante sufragio
escrutado públicamente. El sufragio se ejercerá a escrutado públicamente. El sufragio se ejercerá a en la función publica. universal
partir de los dieciocho años cumplidos. partir de los dieciocho años cumplidos.
3. La fiscalización de los actos de la función 3. Donde se practique la democracia comunitaria, Se establece la
pública. los procesos electorales se ejercerán según normas supervisión o
y procedimientos propios, supervisados por el fiscalización de éste
Órgano Electoral, siempre y cuando el acto tipo de procesos
electorales comunitarios
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