1. ¿QUÉ ES MALA PRÁCTICA MÉDICA? Dr. Lincoln Maylle Antaurco
2. Dr. Lincoln Maylle Antaurco Celular: 93029658 Telf. Casa: 2655279 Correo: [email_address] web: http :// lincolnmaylleantaurco.blogspot.com Trabajo: Hospital Dos de Mayo- Servicio de Urología
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4. EL ACTO MÉDICO JURÍDICO Es una acción jurídica y responsable. Jurídica, porque está de acuerdo al derecho o la ley. Responsable, porque tenemos la obligación de sufrir las consecuencias de las fallas cometidas en el ejercicio de nuestro arte.
5. ¿QUIÉNES REALIZAN ACTOS PROFESIONALES MÉDICOS? LEY GENERAL DE SALUD N° 26842 Contempla los profesionales, auxiliares y técnicos tienen funciones y responsablidades delimitadas: incluye médicos, odontólogos, enfermeras, técnicos, auxiliares de enfermería, tecnólogos médicos, químicos farmacéuticos, administrativos,directivos,etc. Son responsables por los daños y perjuicios que ocasionen al paciente por el ejercicio negligente, imprudente e imperito de sus actividades
6. ACTO MÉDICO DOCUMENTAL TIENEN VALOR LEGAL PROBATORIO EN LOS PROCESOS DE RECLAMO DOCUMENTOS PÚBLICOS DOCUMENTOS PRIVADOS DECLARACIÓN TESTIMONIAL PERICIA CINTAS DE AUDIO VIDEOS FOTOS
7. ACTO MÉDICO DOCUMENTAL CERTIFICADO MÉDICO INFORMES Y CONSTANCIAS MÉDICAS RESULTADOS DE ANÁLISIS RESULTADOS DE PROCEDIMIENTOS RECETAS, BOLETAS, FACTURAS HISTORIA CLÍNICA OTROS QUE ESTIMEN NECESARIO
8. ACTO MÉDICO DOCUMENTAL LA HISTORIA CLÍNICA Art. 29° Ley General de Salud “ El acto médico debe estar sustentado en una historia clínica veraz y suficiente que contenga las prácticas y procedimientos aplicados al paciente para resolver el problema de salud diagnosticado...”
9. ¿QUÉ ES MALA PRÁCTICA MÉDICA? Es la práctica deficiente de la medicina, incluye los actos por comisión u omisión del profesional de salud. Los actos por comisión implican una práctica profesional incorrecta. Los actos por omisión son los actos que de haberse realizado huiera evitado las consecuencias.
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11. RESPONSABLIDADES DEL EJERCICIO MÉDICO Responsabilidad: Capacidad para aceptar las consecuencias de un acto consciente y voluntario. Obligación de reparar y satisfacer la pérdida causada, el mal inferido o el daño originado