2. FUNCIONARIO PÚBLICO “ Se denomina funcionario o funcionaria público que toda persona natural que, en virtud de nombramiento expedido por la autoridad competente , se desempeñe en el ejercicio de una función pública remunerada , con carácter permanente ”. REQUISITOS 1. Ser venezolano o venezolana. 2. Ser mayor de dieciocho años de edad. 3. Tener título de educación media diversificada. 4. No estar sujeto o sujeta a interdicción civil o inhabilitación política. 5. No gozar de jubilación o pensión otorgada por algún organismo del Estado, 6. Reunir los requisitos correspondientes al cargo. 7. Presentar declaración jurada de bienes. 8. Los demás requisitos establecidos en las leyes. OBLIGACIONES 1. Entrevista con el jefe inmediato del cargo a optar. 2. Participar en un concurso público y de equidad para todos los participantes 3. Período de prueba.
3.
4. Los Funcionarios o Funcionarias Públicos de Libre Nombramiento y Remoción podrán ocupar cargos de Alto Nivel o de Confianza. Los Cargos de Alto Nivel son los siguientes: 1. El Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutivo. 2. Los Ministros o Ministras. 3. Los Jefes o Jefas de las Oficinas Nacionales o sus equivalentes. 4. Los Comisionados o Comisionadas Presidenciales. 5. Los Viceministros o Viceministras. 6. Los Directores y demás funcionarios de similar jerarquía al servicio de la Presidencia de la República, Vicepresidencia Ejecutiva y Ministerios. 7. Los miembros de las Juntas Directivas de los Institutos Autónomos Nacionales. 8. Los Directores Generales y demás funcionarios de similar jerarquía en los Institutos Autónomos. 9. Los Registradores o Registradoras y Notarios o Notarias Públicos. 10. El Secretario o Secretaria General de Gobierno de los Estados. 11. Los Directores Generales Sectoriales de las Gobernaciones, los Directores de las Alcaldías y otros cargos de la misma jerarquía. 12. Las máximas autoridades de los Institutos Autónomos Estadales y Municipales, así como sus Directores o Directoras y Funcionarios o Funcionarias de similar jerarquía. DE CONFIANZA