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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
              SENA


 CENTRO NACIONAL DE HOTELERÍA,
     TURISMO Y ALIMENTOS
        INDUSTRIAS ALIMENTARIAS


            Bogotá D.C., 2012
REGLAMENTO DEL APRENDIZ SENA
                             Acuerdo 007 de 2012




DISTRIBUCIÓN POR CAPÍTULOS



TABLA DE CONTENIDO
 Capítulo I: Principios Generales
 Capítulo II: Derechos del Aprendiz SENA
 Capítulo III: Deberes del Aprendiz SENA
 Capítulo IV: Prohibiciones
 Capítulo V: Desarrollo de la etapa productiva
 Capítulo VI: Gestión académico administrativa
 Capítulo VII: Proceso de Formación, Incumplimiento y
Deserción
 Capítulo VIII: Faltas académicas y disciplinarias
 Capítulo IX: Medidas formativas y sanciones
 Capítulo X: Procedimiento para la aplicación de sanciones
 Capítulo XI: De la Representación de los aprendices
 Capítulo XII: De la Representatividad de los voceros de
programa
PRINCIPIOS GENERALES
 Formación Profesional Integral: Desarrollo de
conocimientos técnicos, tecnológicos, actitudes y
valores para el Mundo de la Vida.

 Participación de la comunidad educativa:
Aprendices, Instructores, padres de familia o
acudientes, egresados, personal administrativo,
directivos, gremios de la producción, representantes
de los trabajadores, de los sectores económicos y
sociales y comunidad científica0
 Aprendiz SENA: Todo/a matriculada       en cualquier
programa y tipo de formación

 Aprendiz SENA como protagonista de su formación
profesional integral.
    Buen ser humano, Buen ciudadano
     Líder, emprendedor, creativo
     Libre pensador, crítico
Internados con disposiciones específicas
Cada centro de formación genera su “acuerdo de
convivencia” que no puede estar por fuera del reglamento
DERECHOS DEL APRENDIZ SENA
Artículo 7

El derecho es la potestad que tiene el aprendiz de
gozar de libertades y oportunidades sin exclusión
por razones de género, raza, origen familiar,
discapacidad, nacionalidad, lengua, religión,
opinión política o filosófica. Todas las personas
tienen derecho a la educación y al desarrollo de su
personalidad, garantizando su desarrollo armónico
e integral
SON DERECHOS DEL APRENDIZ SENA…
 Recibir formación profesional integral acorde con el
programa a desarrollar.

 Recibir, a través de inducción información sobre:
   – Naturaleza de la formación
   – Estructura, organización y funcionamiento SENA,
     Regional, Centro
   – Proyección socio-económica de la ocupación
   – Concertación de la ruta de aprendizaje
   – Conocer el reglamento de aprendices SENA
 Disponer en el centro de
formación de los recursos
físicos, didácticos, técnicos,
tecnológicos y bibliográficos
requeridos para su proceso de
formación.

 Recibir al momento de la
legalización de su matricula, el
carné que lo acredita como
aprendiz SENA
 Disfrutar de los beneficios de bienestar del aprendiz
 Recibir por parte de la comunidad educativa
orientación académica y actitudinal
 Respetar el derecho al debido proceso
 Ser escuchado y atendido en sus peticiones
respetuosas
 Exigir alto nivel académico, estrategias y
metodologías basadas en la construcción interactiva
del conocimiento y participar del mejoramiento
continuo
 Recibir la certificación que le corresponda al
programa de formación
 Ser evaluado objetiva e integralmente
 Solicitar, de manera respetuosa, revisión de
evaluaciones si no las considera objetivas
 Recibir información sobre la opciones para
desarrollar su etapa productiva
 Recibir, por parte del Centro de Formación,
asesoría académica e integral durante el proceso
 Recibir trato   digno   y
respetuoso

 Expresar con libertad su
pensamiento, conocimiento e
ideas

 Recibir oportunamente los
elementos    de    seguridad
propios de su ocupación en
los ambientes de formación.
ESTÍMULOS E INCENTIVOS
 Recibir mención de honor por innovación o
investigación.
 Ser postulado a pasantía o intercambio nacional e
internacional
 Ser designado como monitor de un tema específico
donde demuestre competencia.
 Después de su proceso formativo, hacer parte del
semillero de instructores
 Reconocimiento por desempeño académico y
actitudinal con copia a hoja de vida.
DEBERES DEL APRENDIZ SENA
Artículo 9

Se entiende por deber, la obligación legal, social
y moral que compromete a la persona a cumplir
con determinada actuación, asumiendo con
responsabilidad todos sus actos, para propiciar
la armonía, el respeto, la integración, el
bienestar común, la sana convivencia, el
servicio a los demás, la seguridad de las
personas y los bienes de la institución
SON DEBERES DEL APRENDIZ SENA…
•Cumplir con todas las actividades de su proceso de
aprendizaje o plan de mejoramiento.
•Respetar los derechos ajenos y no abusar de los
propios.
•Verificar en el sistema sus datos básicos.
•Participar en las actividades complementarias o de
profundización, relacionadas con su proceso de
formación.
 Informar y hacer solicitud por escrito ante la
coordinación académica y registrar en el sistema de
gestión de la formación de:

   Traslados
   Aplazamiento, retiro voluntarios
   Reingreso

 Informar el trámite de consecución de contrato de
  aprendizaje, inmediatamente esto ocurra, y cuando
  lo gestiona el mismo aprendiz.
 Proteger los recursos culturales y naturales del país
 Acatar las decisiones contempladas en el Manual de
Convivencia.
 Asumir con responsabilidad su participación en las
actividades programadas
 Hacer uso apropiado de los ambientes de
aprendizaje disponibles
 Asistir a las reuniones que programe el Centro de
Formación durante la etapa productiva. Inasistencia
solamente con excusa comprobable.
Respetar los derechos de autor en los materiales,
trabajos, proyectos y demás documentos generados
en el proceso de formación.

Conocer y asumir las políticas institucionales así como
el reglamento del aprendiz SENA
Portar permanentemente y en lugar visible el carné
que lo identifica como aprendiz SENA
Utilizar la dotación y los elementos de protección
requeridos y hacerlo exclusivamente en el ambiente
de aprendizaje requerido.

Portar el uniforme de manera decorosa.

Conservar y mantener en buen estado, orden y aseo,
las instalaciones físicas, material didáctico, equipos y
utensilios. Se debe responder por daños ocasionados
•Actuar siempre teniendo como base los principios y
valores para la convivencia.

•Hacer uso apropiado de los espacios de
comunicación y respetar a los integrantes de la
comunidad educativa.

•Informar al instructor, coordinador, directivo o
personal de apoyo, cualquier irregularidad que
comprometa el buen nombre o la correcta marcha del
centro de formación.
•Respetar la dignidad, intimidad e integridad de los
miembros de la comunidad educativa.
•Respetar los bienes y elementos de propiedad de los
integrantes de la comunidad educativa.
•Obrar conforme al principio de respeto de los derechos de
los demás
•Presentar las mejores condiciones de aseo y pulcritud
personal.

•Enaltecer y respetar los símbolos patrios e institucionales.
 No usar expresiones grotescas.
 Cumplir a cabalidad la normatividad vigente en
cuanto a delitos informáticos.
 Denunciar tratos, propuestas o actos inmorales de
parte de cualquier miembro de la comunidad
educativa.
 Suscribir acta de compromiso como aprendiz
 Verificar que el contrato de aprendizaje sea acorde
entre el virtual y el físico firmado.
PROHIBICIONES
 Plagiar materiales, trabajos y demás documentos del
proceso de formación, así cómo las fuentes
bibliográficas.

 Terminar unilateralmente el contrato de aprendizaje.

 Incumplir con las actividades de aprendizaje y los
compromisos adquiridos, sin justa causa.

 Realizar fraude en evaluaciones, concursos, juegos
o competencias.

 Falsedad en documentos
 Fumar. Ingresar, comercializar, promocionar, ingerir
o suministrar SPA o Alcohol.

 Ingresar o portar armas.

 Utilizar el nombre del SENA o sus instalaciones para
actividades particulares o con ánimo de lucro. Excepto
proyectos productivos aprobados por Subdirector(a)
centro.
 Hurtar, estafar o abusar de la confianza de cualquier
integrante de la comunidad educativa.

 Contribuir al desorden y/o desaseo

 Destruir, sustraer, dañar total o parcialmente las
instalaciones, equipos, materiales, elementos y
dotación del SENA o instructores.

 Obstaculizar el ingreso a las instalaciones del Centro
de Formación y/o perturbar el desarrollo de las
actividades de formación.
 Practicar o propiciar juegos de azar, rifas u otros al
interior de las instalaciones

 Realizar acciones de proselitismo político o religioso
dentro de las instalaciones. Así como actos
indecorosos, de acoso, maltrato físico o mental.

 Permanecer con le uniforme en situaciones o
lugares ajenos al proceso de aprendizaje que
deterioren la imagen institucional
 Generar, transmitir, publicar o enviar información
confidencial, restringida, inadecuada, malintencionada,
violenta, pornográfica, insultos o agresiones por los medios
de comunicación físicos o electrónicos disponibles para el
proceso de aprendizaje.

 Todo acto que sabotee, perturbe o impida las actividades
de formación, administrativas o de bienestar.

 Realizar comportamientos contrarios a la normativa del
SENA que atenten contra la imagen del país.
 Incumplir con la fecha límite de reintegro después de
participar en una programa de movilidad estudiantil.

 Incumplir con las normas de convivencia del centro de
formación.
 Suplantar identidad durante el proceso de formación.

 Alterar, adulterar,   falsificar   o   sustraer   documentos
oficiales del SENA

 Elaborar escritos, mensajes satíricos, dibujar y/o escribir
sobre cualquier objeto o mueble de las instalaciones del
SENA
•Propiciar conductas, propuestas o actos inmorales que
atenten contra la integridad de cualquier miembro de la
comunidad educativa.

•Incumplir con las entrevistas o procesos de selección de
las empresas patrocinadoras.

•Cometer faltas   en   el   desarrollo   del   contrato   de
aprendizaje.

•Firmar contratos de aprendizaje sin la gestión            y
documentación virtual correspondiente.
DESARROLLO DE LA ETAPA PRODUCTIVA
ALTERNATIVAS
•Desempeño en una empresa a través del Contrato de Aprendizaje.

•Desempeño a través de vinculación laboral o contractual.

•Participación en un proyecto productivo, o en SENA-Empresa o en
SENA proveedor o en Producción de Centros.

•De apoyo a una unidad productiva familiar.

•De apoyo a una institución estatal nacional, territorial, o a una ONG
o una entidad sin ánimo de lucro.

•Monitorias
GESTIÓN ACADÉMICO ADMINISTRATIVA
Los centros de Formación Profesional responderán y
liderarán los siguientes trámites solicitados por los
aprendices:

      Registro Académico
      Certificación
      Expedición de certificados y constancias académicas
      Expedición de duplicados
      Legalización de documentos académicos SENA para
       apostille.

   Para la realización de estos trámites el aprendiz debe hacer solicitud por escrito y
   se responderá en los diez (10) días hábiles siguientes.
El Aprendiz podrá solicitar cualquiera de los siguientes trámites
que se describen a continuación:

1. TRASLADO. Es la solicitud escrita presentada por el
Aprendiz, para el cambio de jornada o de Centro de Formación,
en el mismo programa en el que está matriculado, o en otro
programa afín tecnológicamente, en el que se haya aplicado la
misma prueba de selección en el proceso de ingreso.

Cuando el Aprendiz          se encuentre sancionado con
condicionamiento de matrícula, no se podrá trasladar, ni aplazar
el proceso de formación.
2. APLAZAMIENTO. Es la solicitud que el Aprendiz puede realizar por escrito
para retirarse temporalmente del programa de formación en el que se
encuentra matriculado, por un tiempo máximo de seis (6) meses calendario
continuos o discontinuos, por alguno de los siguiente motivos debidamente
comprobados: enfermedad, maternidad, servicio militar,      problemas de
seguridad o calamidad doméstica.

3. REINGRESO. La fecha límite para que el Aprendiz reingrese al SENA debe
quedar consignada en el acto académico que concede la suspensión, pero el
Aprendiz podrá solicitar su reingreso antes de esa fecha por escrito.

4. RETIRO VOLUNTARIO. Es la solicitud que el Aprendiz puede realizar por
escrito para retirarse definitivamente del programa de formación; esta solicitud
implica que el aprendiz no puede participar en procesos de ingreso a la
institución durante los seis (6) meses siguientes, contados a partir del registro
de la novedad en el sistema de gestión de la formación.
FALTAS ACADÉMICAS Y DISCIPLINARIAS
Faltas Académicas: Están relacionadas directamente
con el compromiso del Aprendiz de apropiación y
transferencia del conocimiento, así como el desarrollo de
habilidades y competencias que le permitan su
desempeño, y gestionar procesos de aprendizaje
autónomo. Se configura la falta académica cuando el
Aprendiz incurre con su actuación u omisión en una de
las prohibiciones de carácter académico, incumple un
deber de carácter académico, o se extralimita en el
ejercicio de un derecho de carácter académico, señalado
en este reglamento.
Faltas       Disciplinarias:   Están       relacionadas
directamente con factores comportamentales del
Aprendiz. Se configura la falta disciplinaria cuando el
Aprendiz incurre con su actuación u omisión en una
de las prohibiciones de carácter disciplinario, incumple
un deber de carácter disciplinario, o se extralimita en
el ejercicio de un derecho de carácter comportamental
señalado en este reglamento.
CALIFICACIÓN



 Leves
 Graves, o
 Gravísimas
CRITERIOS PARA CALIFICAR LA FALTA:
a.   Reincide en la comisión de las faltas.
b.   Comete la falta para ocultar otra.
c.   La falta recae sobre el bien común.
d.   Ejecuta la falta por motivo de una recompensa o promesa.
e.   Conducta contraria: intolerancia y discriminación.
f.   Ejecución de la falta por medio que resulte de peligro común.
g.   Comete la falta mediante ocultamiento, aprovechamiento de las circunstancia
     de tiempo –lugar en detrimento del afectado.
h.   Terminación unilateral del contrato de aprendizaje.
i.   Hace más nocivas las consecuencias del acto.
j.   Falta con quebrantamiento de los deberes sociales.
OTRO CRITERIOS…
1.   Daño(s) causado(s) y sus efectos

2.   Grado de participación del Aprendiz

3.   Antecedentes del Aprendiz

4.   Rendimiento del aprendiz en su proceso de formación

5.   Confesión de la(s) falta(s)

6.   Haber procurado, por iniciativa propia, resarcir el daño causado o
     compensar el perjuicio causado

7.   Haber devuelto, restituido o reparado, el bien afectado con la conducta

8.   Los parámetros de calificación señalados en este reglamento
MEDIDAS FORMATIVAS
1. Llamado de atención verbal: Cuando se trate de hechos que contraríen
   en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes,
   derechos y prohibiciones, o cuando sea necesario para prevenir la
   ocurrencia de hechos que vulneren esos deberes, derechos y
   prohibiciones.

2. Plan de Mejoramiento académico: Es una medida adoptada para definir
   acciones de formación, concertadas entre el Aprendiz y el Instructor o el
   Coordinador Académico. Tendrá una duración máxima de tres (3) meses.

3. Plan de mejoramiento disciplinario: Es una medida adoptada para definir
   acciones de carácter comportamental, actitudinal o social, para propiciar en
   el Aprendiz cambios en su conducta, cuando se le ha impuesto sanción
   disciplinaria consistente en llamado de atención escrito o condicionamiento
   de matricula; las evidencias de cambio en el comportamiento se esperan en
   un período máximo de tres (3) meses.
SANCIONES


   Llamado de atención escrito.

   Condicionamiento            de
  matricula.

   Cancelación de matrícula.
PRINCIPIOS RECTORES PARA LA
          APLICACIÓN DE SANCIONES:
a)   Publicidad

b)   Contradicción

c)   Presunción de inocencia

d)   Valoración integral de las pruebas y descargos

e)   Motivación de la decisión

f)   Proporcionalidad

g)   Impugnación

h)   Oportunidad

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Reglamento SENA 2012

  • 1. SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA CENTRO NACIONAL DE HOTELERÍA, TURISMO Y ALIMENTOS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS Bogotá D.C., 2012
  • 2. REGLAMENTO DEL APRENDIZ SENA Acuerdo 007 de 2012 DISTRIBUCIÓN POR CAPÍTULOS TABLA DE CONTENIDO
  • 3.  Capítulo I: Principios Generales  Capítulo II: Derechos del Aprendiz SENA  Capítulo III: Deberes del Aprendiz SENA  Capítulo IV: Prohibiciones  Capítulo V: Desarrollo de la etapa productiva  Capítulo VI: Gestión académico administrativa
  • 4.  Capítulo VII: Proceso de Formación, Incumplimiento y Deserción  Capítulo VIII: Faltas académicas y disciplinarias  Capítulo IX: Medidas formativas y sanciones  Capítulo X: Procedimiento para la aplicación de sanciones  Capítulo XI: De la Representación de los aprendices  Capítulo XII: De la Representatividad de los voceros de programa
  • 6.  Formación Profesional Integral: Desarrollo de conocimientos técnicos, tecnológicos, actitudes y valores para el Mundo de la Vida.  Participación de la comunidad educativa: Aprendices, Instructores, padres de familia o acudientes, egresados, personal administrativo, directivos, gremios de la producción, representantes de los trabajadores, de los sectores económicos y sociales y comunidad científica0
  • 7.  Aprendiz SENA: Todo/a matriculada en cualquier programa y tipo de formación  Aprendiz SENA como protagonista de su formación profesional integral. Buen ser humano, Buen ciudadano  Líder, emprendedor, creativo  Libre pensador, crítico Internados con disposiciones específicas Cada centro de formación genera su “acuerdo de convivencia” que no puede estar por fuera del reglamento
  • 9. Artículo 7 El derecho es la potestad que tiene el aprendiz de gozar de libertades y oportunidades sin exclusión por razones de género, raza, origen familiar, discapacidad, nacionalidad, lengua, religión, opinión política o filosófica. Todas las personas tienen derecho a la educación y al desarrollo de su personalidad, garantizando su desarrollo armónico e integral
  • 10. SON DERECHOS DEL APRENDIZ SENA…  Recibir formación profesional integral acorde con el programa a desarrollar.  Recibir, a través de inducción información sobre: – Naturaleza de la formación – Estructura, organización y funcionamiento SENA, Regional, Centro – Proyección socio-económica de la ocupación – Concertación de la ruta de aprendizaje – Conocer el reglamento de aprendices SENA
  • 11.  Disponer en el centro de formación de los recursos físicos, didácticos, técnicos, tecnológicos y bibliográficos requeridos para su proceso de formación.  Recibir al momento de la legalización de su matricula, el carné que lo acredita como aprendiz SENA
  • 12.  Disfrutar de los beneficios de bienestar del aprendiz  Recibir por parte de la comunidad educativa orientación académica y actitudinal  Respetar el derecho al debido proceso  Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas  Exigir alto nivel académico, estrategias y metodologías basadas en la construcción interactiva del conocimiento y participar del mejoramiento continuo
  • 13.  Recibir la certificación que le corresponda al programa de formación  Ser evaluado objetiva e integralmente  Solicitar, de manera respetuosa, revisión de evaluaciones si no las considera objetivas  Recibir información sobre la opciones para desarrollar su etapa productiva  Recibir, por parte del Centro de Formación, asesoría académica e integral durante el proceso
  • 14.  Recibir trato digno y respetuoso  Expresar con libertad su pensamiento, conocimiento e ideas  Recibir oportunamente los elementos de seguridad propios de su ocupación en los ambientes de formación.
  • 15. ESTÍMULOS E INCENTIVOS  Recibir mención de honor por innovación o investigación.  Ser postulado a pasantía o intercambio nacional e internacional  Ser designado como monitor de un tema específico donde demuestre competencia.  Después de su proceso formativo, hacer parte del semillero de instructores  Reconocimiento por desempeño académico y actitudinal con copia a hoja de vida.
  • 17. Artículo 9 Se entiende por deber, la obligación legal, social y moral que compromete a la persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos, para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común, la sana convivencia, el servicio a los demás, la seguridad de las personas y los bienes de la institución
  • 18. SON DEBERES DEL APRENDIZ SENA… •Cumplir con todas las actividades de su proceso de aprendizaje o plan de mejoramiento. •Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios. •Verificar en el sistema sus datos básicos. •Participar en las actividades complementarias o de profundización, relacionadas con su proceso de formación.
  • 19.  Informar y hacer solicitud por escrito ante la coordinación académica y registrar en el sistema de gestión de la formación de:  Traslados  Aplazamiento, retiro voluntarios  Reingreso  Informar el trámite de consecución de contrato de aprendizaje, inmediatamente esto ocurra, y cuando lo gestiona el mismo aprendiz.
  • 20.  Proteger los recursos culturales y naturales del país  Acatar las decisiones contempladas en el Manual de Convivencia.  Asumir con responsabilidad su participación en las actividades programadas  Hacer uso apropiado de los ambientes de aprendizaje disponibles  Asistir a las reuniones que programe el Centro de Formación durante la etapa productiva. Inasistencia solamente con excusa comprobable.
  • 21. Respetar los derechos de autor en los materiales, trabajos, proyectos y demás documentos generados en el proceso de formación. Conocer y asumir las políticas institucionales así como el reglamento del aprendiz SENA Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como aprendiz SENA
  • 22. Utilizar la dotación y los elementos de protección requeridos y hacerlo exclusivamente en el ambiente de aprendizaje requerido. Portar el uniforme de manera decorosa. Conservar y mantener en buen estado, orden y aseo, las instalaciones físicas, material didáctico, equipos y utensilios. Se debe responder por daños ocasionados
  • 23. •Actuar siempre teniendo como base los principios y valores para la convivencia. •Hacer uso apropiado de los espacios de comunicación y respetar a los integrantes de la comunidad educativa. •Informar al instructor, coordinador, directivo o personal de apoyo, cualquier irregularidad que comprometa el buen nombre o la correcta marcha del centro de formación.
  • 24. •Respetar la dignidad, intimidad e integridad de los miembros de la comunidad educativa. •Respetar los bienes y elementos de propiedad de los integrantes de la comunidad educativa. •Obrar conforme al principio de respeto de los derechos de los demás •Presentar las mejores condiciones de aseo y pulcritud personal. •Enaltecer y respetar los símbolos patrios e institucionales.
  • 25.  No usar expresiones grotescas.  Cumplir a cabalidad la normatividad vigente en cuanto a delitos informáticos.  Denunciar tratos, propuestas o actos inmorales de parte de cualquier miembro de la comunidad educativa.  Suscribir acta de compromiso como aprendiz  Verificar que el contrato de aprendizaje sea acorde entre el virtual y el físico firmado.
  • 27.  Plagiar materiales, trabajos y demás documentos del proceso de formación, así cómo las fuentes bibliográficas.  Terminar unilateralmente el contrato de aprendizaje.  Incumplir con las actividades de aprendizaje y los compromisos adquiridos, sin justa causa.  Realizar fraude en evaluaciones, concursos, juegos o competencias.  Falsedad en documentos
  • 28.  Fumar. Ingresar, comercializar, promocionar, ingerir o suministrar SPA o Alcohol.  Ingresar o portar armas.  Utilizar el nombre del SENA o sus instalaciones para actividades particulares o con ánimo de lucro. Excepto proyectos productivos aprobados por Subdirector(a) centro.
  • 29.  Hurtar, estafar o abusar de la confianza de cualquier integrante de la comunidad educativa.  Contribuir al desorden y/o desaseo  Destruir, sustraer, dañar total o parcialmente las instalaciones, equipos, materiales, elementos y dotación del SENA o instructores.  Obstaculizar el ingreso a las instalaciones del Centro de Formación y/o perturbar el desarrollo de las actividades de formación.
  • 30.  Practicar o propiciar juegos de azar, rifas u otros al interior de las instalaciones  Realizar acciones de proselitismo político o religioso dentro de las instalaciones. Así como actos indecorosos, de acoso, maltrato físico o mental.  Permanecer con le uniforme en situaciones o lugares ajenos al proceso de aprendizaje que deterioren la imagen institucional
  • 31.  Generar, transmitir, publicar o enviar información confidencial, restringida, inadecuada, malintencionada, violenta, pornográfica, insultos o agresiones por los medios de comunicación físicos o electrónicos disponibles para el proceso de aprendizaje.  Todo acto que sabotee, perturbe o impida las actividades de formación, administrativas o de bienestar.  Realizar comportamientos contrarios a la normativa del SENA que atenten contra la imagen del país.
  • 32.  Incumplir con la fecha límite de reintegro después de participar en una programa de movilidad estudiantil.  Incumplir con las normas de convivencia del centro de formación.  Suplantar identidad durante el proceso de formación.  Alterar, adulterar, falsificar o sustraer documentos oficiales del SENA  Elaborar escritos, mensajes satíricos, dibujar y/o escribir sobre cualquier objeto o mueble de las instalaciones del SENA
  • 33. •Propiciar conductas, propuestas o actos inmorales que atenten contra la integridad de cualquier miembro de la comunidad educativa. •Incumplir con las entrevistas o procesos de selección de las empresas patrocinadoras. •Cometer faltas en el desarrollo del contrato de aprendizaje. •Firmar contratos de aprendizaje sin la gestión y documentación virtual correspondiente.
  • 34. DESARROLLO DE LA ETAPA PRODUCTIVA
  • 35. ALTERNATIVAS •Desempeño en una empresa a través del Contrato de Aprendizaje. •Desempeño a través de vinculación laboral o contractual. •Participación en un proyecto productivo, o en SENA-Empresa o en SENA proveedor o en Producción de Centros. •De apoyo a una unidad productiva familiar. •De apoyo a una institución estatal nacional, territorial, o a una ONG o una entidad sin ánimo de lucro. •Monitorias
  • 37. Los centros de Formación Profesional responderán y liderarán los siguientes trámites solicitados por los aprendices:  Registro Académico  Certificación  Expedición de certificados y constancias académicas  Expedición de duplicados  Legalización de documentos académicos SENA para apostille. Para la realización de estos trámites el aprendiz debe hacer solicitud por escrito y se responderá en los diez (10) días hábiles siguientes.
  • 38. El Aprendiz podrá solicitar cualquiera de los siguientes trámites que se describen a continuación: 1. TRASLADO. Es la solicitud escrita presentada por el Aprendiz, para el cambio de jornada o de Centro de Formación, en el mismo programa en el que está matriculado, o en otro programa afín tecnológicamente, en el que se haya aplicado la misma prueba de selección en el proceso de ingreso. Cuando el Aprendiz se encuentre sancionado con condicionamiento de matrícula, no se podrá trasladar, ni aplazar el proceso de formación.
  • 39. 2. APLAZAMIENTO. Es la solicitud que el Aprendiz puede realizar por escrito para retirarse temporalmente del programa de formación en el que se encuentra matriculado, por un tiempo máximo de seis (6) meses calendario continuos o discontinuos, por alguno de los siguiente motivos debidamente comprobados: enfermedad, maternidad, servicio militar, problemas de seguridad o calamidad doméstica. 3. REINGRESO. La fecha límite para que el Aprendiz reingrese al SENA debe quedar consignada en el acto académico que concede la suspensión, pero el Aprendiz podrá solicitar su reingreso antes de esa fecha por escrito. 4. RETIRO VOLUNTARIO. Es la solicitud que el Aprendiz puede realizar por escrito para retirarse definitivamente del programa de formación; esta solicitud implica que el aprendiz no puede participar en procesos de ingreso a la institución durante los seis (6) meses siguientes, contados a partir del registro de la novedad en el sistema de gestión de la formación.
  • 40. FALTAS ACADÉMICAS Y DISCIPLINARIAS
  • 41. Faltas Académicas: Están relacionadas directamente con el compromiso del Aprendiz de apropiación y transferencia del conocimiento, así como el desarrollo de habilidades y competencias que le permitan su desempeño, y gestionar procesos de aprendizaje autónomo. Se configura la falta académica cuando el Aprendiz incurre con su actuación u omisión en una de las prohibiciones de carácter académico, incumple un deber de carácter académico, o se extralimita en el ejercicio de un derecho de carácter académico, señalado en este reglamento.
  • 42. Faltas Disciplinarias: Están relacionadas directamente con factores comportamentales del Aprendiz. Se configura la falta disciplinaria cuando el Aprendiz incurre con su actuación u omisión en una de las prohibiciones de carácter disciplinario, incumple un deber de carácter disciplinario, o se extralimita en el ejercicio de un derecho de carácter comportamental señalado en este reglamento.
  • 44. CRITERIOS PARA CALIFICAR LA FALTA: a. Reincide en la comisión de las faltas. b. Comete la falta para ocultar otra. c. La falta recae sobre el bien común. d. Ejecuta la falta por motivo de una recompensa o promesa. e. Conducta contraria: intolerancia y discriminación. f. Ejecución de la falta por medio que resulte de peligro común. g. Comete la falta mediante ocultamiento, aprovechamiento de las circunstancia de tiempo –lugar en detrimento del afectado. h. Terminación unilateral del contrato de aprendizaje. i. Hace más nocivas las consecuencias del acto. j. Falta con quebrantamiento de los deberes sociales.
  • 45. OTRO CRITERIOS… 1. Daño(s) causado(s) y sus efectos 2. Grado de participación del Aprendiz 3. Antecedentes del Aprendiz 4. Rendimiento del aprendiz en su proceso de formación 5. Confesión de la(s) falta(s) 6. Haber procurado, por iniciativa propia, resarcir el daño causado o compensar el perjuicio causado 7. Haber devuelto, restituido o reparado, el bien afectado con la conducta 8. Los parámetros de calificación señalados en este reglamento
  • 46. MEDIDAS FORMATIVAS 1. Llamado de atención verbal: Cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o cuando sea necesario para prevenir la ocurrencia de hechos que vulneren esos deberes, derechos y prohibiciones. 2. Plan de Mejoramiento académico: Es una medida adoptada para definir acciones de formación, concertadas entre el Aprendiz y el Instructor o el Coordinador Académico. Tendrá una duración máxima de tres (3) meses. 3. Plan de mejoramiento disciplinario: Es una medida adoptada para definir acciones de carácter comportamental, actitudinal o social, para propiciar en el Aprendiz cambios en su conducta, cuando se le ha impuesto sanción disciplinaria consistente en llamado de atención escrito o condicionamiento de matricula; las evidencias de cambio en el comportamiento se esperan en un período máximo de tres (3) meses.
  • 47. SANCIONES  Llamado de atención escrito.  Condicionamiento de matricula.  Cancelación de matrícula.
  • 48. PRINCIPIOS RECTORES PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES: a) Publicidad b) Contradicción c) Presunción de inocencia d) Valoración integral de las pruebas y descargos e) Motivación de la decisión f) Proporcionalidad g) Impugnación h) Oportunidad