SlideShare uma empresa Scribd logo
1 de 9
Personas Jurídicas Mercantiles
con fines de Lucro:
La sociedad de responsabilidad limitada nació como:
                            Sociedad
                               en
                             nombre
                            Colectivo


                                               Sociedad de
                              Punto
                              medio          Responsabilidad
                                                 Limitada


                            Sociedad
                            Anónima


Lo que se buscaba en dicho punto medio era una sociedad en la que tuviera importancia la
calidad de las personas que la integran, como en la sociedad en nombre colectivo, por un
lado, y por otro lado el lograr una sociedad que admitiera la aportación de grandes
capitales y que ofreciera seguridad para los socios y continuidad en la sociedad, sin
cambiar según los acontecimientos de las vidas personales de los socios.
Este tipo de sociedad nació en Inglaterra y en Alemania, en donde se estableció como una
sociedad parecida a la sociedad anónima pero con un número máximo de socios.
La compañía de responsabilidad limitada es la que se contrae entre tres o más
personas, que solamente responden por las obligaciones sociales hasta el
monto de sus aportaciones individuales y hacen el comercio bajo una razón
social o denominación objetiva, a la que se añadirán, en todo caso, las
palabras "Compañía Limitada" o su correspondiente abreviatura.




Puede ser una denominación objetiva o de fantasía. Deberá ser aprobado por la
Secretaría General de la Oficina Matriz de la Superintendencia de Compañías, o
por la Secretaría General de la Intendencia de Compañías de Guayaquil, o por
el funcionario que para el efecto fuere designado en las intendencias de
compañías.
El capital mínimo con que ha de constituirse la compañía
de Responsabilidad Limitada, es de cuatrocientos
dólares. El capital deberá suscribirse íntegramente y
pagarse al menos en el 50% del valor nominal de cada
participación y su saldo deberá cancelarse en un plazo
no mayor a doce meses. Las aportaciones pueden
consistir en numerario (dinero) o en especies (bienes)
muebles o inmuebles e intangibles, o incluso, en dinero y
especies a la vez.




                        La compañía se constituirá con dos socios, como
                        mínimo y con un máximo de quince, y si durante
                        su existencia jurídica llegare a exceder este
                        número deberá transformarse en otra clase de
                        compañía o deberá disolverse. Cabe señalar
                        que ésta especie de compañías no puede
                        subsistir con un solo socio.
Son atribuciones de la junta general:
a) Designar y remover administradores y gerentes;
b) Designar el consejo de vigilancia, en el caso de que el contrato social hubiere previsto
la existencia de este organismo;
c) Aprobar las cuentas y los balances que presenten los administradores y gerentes;
d) Resolver acerca de la forma de reparto de utilidades;
e) Resolver acerca de la amortización de las partes sociales;
f) Consentir en la cesión de las partes sociales y en la admisión de nuevos socios;
g) Decidir acerca del aumento o disminución del capital y la prórroga del contrato social;
h) Resolver, si en el contrato social no se establece otra cosa, el gravamen o la
enajenación de inmuebles propios de la compañía;
i) Resolver acerca de la disolución anticipada de la compañía;
j) Acordar la exclusión del socio por las causales previstas en el Art. 82 de esta Ley;
k) Disponer que se entablen las acciones correspondientes en contra de los
administradores o gerentes.
Aplausos

Mais conteúdo relacionado

Mais procurados

Fusiones de Sociedades Mercantiles
Fusiones de Sociedades MercantilesFusiones de Sociedades Mercantiles
Fusiones de Sociedades MercantilesGlynis_1708
 
Sociedad Anónima en el Perú
Sociedad Anónima en el PerúSociedad Anónima en el Perú
Sociedad Anónima en el PerúTeach for All
 
Fusion y escision de empresas
Fusion y escision de   empresasFusion y escision de   empresas
Fusion y escision de empresasALISSA SAC
 
Fusion y escision niff 3 y nic 31 6
Fusion y escision niff 3 y nic 31 6Fusion y escision niff 3 y nic 31 6
Fusion y escision niff 3 y nic 31 6dianagomez123
 
Mentefacto conceptual de sociedades
Mentefacto conceptual de sociedadesMentefacto conceptual de sociedades
Mentefacto conceptual de sociedadesKatherin Romero
 
Fusion escision sociedades[1]-1
Fusion escision sociedades[1]-1Fusion escision sociedades[1]-1
Fusion escision sociedades[1]-1mgochitl
 
Concepto la compañía anónima es una sociedad cuyo capital
Concepto la compañía anónima es una sociedad cuyo capitalConcepto la compañía anónima es una sociedad cuyo capital
Concepto la compañía anónima es una sociedad cuyo capitalMikel Cedeño
 
Las finanzas y el director financiero
Las finanzas y el director financieroLas finanzas y el director financiero
Las finanzas y el director financieroMelissa Haro
 
Contrato de sociedad mercantil dalila
Contrato  de sociedad mercantil dalilaContrato  de sociedad mercantil dalila
Contrato de sociedad mercantil daliladalila gaspari
 
Transformacion sociedad
Transformacion sociedadTransformacion sociedad
Transformacion sociedadeli305
 
Escision fusion y transformacion
Escision fusion y transformacionEscision fusion y transformacion
Escision fusion y transformacionjrvv
 
Facultad de ciencias económicas
Facultad de ciencias económicasFacultad de ciencias económicas
Facultad de ciencias económicasgabiiicita
 
Sociedades mercantiles
Sociedades mercantilesSociedades mercantiles
Sociedades mercantilesLilibeth Sira
 

Mais procurados (19)

Fusiones de Sociedades Mercantiles
Fusiones de Sociedades MercantilesFusiones de Sociedades Mercantiles
Fusiones de Sociedades Mercantiles
 
Sociedad anónima-abierta
Sociedad anónima-abiertaSociedad anónima-abierta
Sociedad anónima-abierta
 
Sociedad anónima
Sociedad anónimaSociedad anónima
Sociedad anónima
 
Administracion de soc ult sesion
Administracion de soc ult sesionAdministracion de soc ult sesion
Administracion de soc ult sesion
 
Sociedad Anónima en el Perú
Sociedad Anónima en el PerúSociedad Anónima en el Perú
Sociedad Anónima en el Perú
 
Hola 2
Hola 2Hola 2
Hola 2
 
Compañias anonimas
Compañias anonimasCompañias anonimas
Compañias anonimas
 
Fusion y escision de empresas
Fusion y escision de   empresasFusion y escision de   empresas
Fusion y escision de empresas
 
Fusion y escision niff 3 y nic 31 6
Fusion y escision niff 3 y nic 31 6Fusion y escision niff 3 y nic 31 6
Fusion y escision niff 3 y nic 31 6
 
Mentefacto conceptual de sociedades
Mentefacto conceptual de sociedadesMentefacto conceptual de sociedades
Mentefacto conceptual de sociedades
 
Fusion escision sociedades[1]-1
Fusion escision sociedades[1]-1Fusion escision sociedades[1]-1
Fusion escision sociedades[1]-1
 
Concepto la compañía anónima es una sociedad cuyo capital
Concepto la compañía anónima es una sociedad cuyo capitalConcepto la compañía anónima es una sociedad cuyo capital
Concepto la compañía anónima es una sociedad cuyo capital
 
Las finanzas y el director financiero
Las finanzas y el director financieroLas finanzas y el director financiero
Las finanzas y el director financiero
 
Contrato de sociedad mercantil dalila
Contrato  de sociedad mercantil dalilaContrato  de sociedad mercantil dalila
Contrato de sociedad mercantil dalila
 
Transformacion sociedad
Transformacion sociedadTransformacion sociedad
Transformacion sociedad
 
Escision fusion y transformacion
Escision fusion y transformacionEscision fusion y transformacion
Escision fusion y transformacion
 
Facultad de ciencias económicas
Facultad de ciencias económicasFacultad de ciencias económicas
Facultad de ciencias económicas
 
Fusion incorporacion
Fusion incorporacionFusion incorporacion
Fusion incorporacion
 
Sociedades mercantiles
Sociedades mercantilesSociedades mercantiles
Sociedades mercantiles
 

Semelhante a La compañia de responsabilidad limitada

Semelhante a La compañia de responsabilidad limitada (20)

Sociedades comerciales25222
Sociedades comerciales25222Sociedades comerciales25222
Sociedades comerciales25222
 
Empresa y sociedades unidad 1
Empresa y sociedades unidad 1Empresa y sociedades unidad 1
Empresa y sociedades unidad 1
 
para retro.ppt
para retro.pptpara retro.ppt
para retro.ppt
 
Sociedades en Colombia
Sociedades en ColombiaSociedades en Colombia
Sociedades en Colombia
 
Sociedades por acciones simplificadas
Sociedades por acciones simplificadasSociedades por acciones simplificadas
Sociedades por acciones simplificadas
 
Concepto de empresa
Concepto de empresaConcepto de empresa
Concepto de empresa
 
PN
PNPN
PN
 
Societario
SocietarioSocietario
Societario
 
Legislacion Societaria
Legislacion SocietariaLegislacion Societaria
Legislacion Societaria
 
Societario
SocietarioSocietario
Societario
 
Societario
SocietarioSocietario
Societario
 
Societario
SocietarioSocietario
Societario
 
Variables Macroeconomicas
Variables MacroeconomicasVariables Macroeconomicas
Variables Macroeconomicas
 
Societario
SocietarioSocietario
Societario
 
Societario
SocietarioSocietario
Societario
 
legislacion-societario
legislacion-societariolegislacion-societario
legislacion-societario
 
Mercantil y Societario
Mercantil y SocietarioMercantil y Societario
Mercantil y Societario
 
Societario
SocietarioSocietario
Societario
 
Clase 4 Plan De Negocio
Clase 4 Plan De NegocioClase 4 Plan De Negocio
Clase 4 Plan De Negocio
 
Sociedades..
Sociedades..Sociedades..
Sociedades..
 

La compañia de responsabilidad limitada

  • 2.
  • 3. La sociedad de responsabilidad limitada nació como: Sociedad en nombre Colectivo Sociedad de Punto medio Responsabilidad Limitada Sociedad Anónima Lo que se buscaba en dicho punto medio era una sociedad en la que tuviera importancia la calidad de las personas que la integran, como en la sociedad en nombre colectivo, por un lado, y por otro lado el lograr una sociedad que admitiera la aportación de grandes capitales y que ofreciera seguridad para los socios y continuidad en la sociedad, sin cambiar según los acontecimientos de las vidas personales de los socios. Este tipo de sociedad nació en Inglaterra y en Alemania, en donde se estableció como una sociedad parecida a la sociedad anónima pero con un número máximo de socios.
  • 4. La compañía de responsabilidad limitada es la que se contrae entre tres o más personas, que solamente responden por las obligaciones sociales hasta el monto de sus aportaciones individuales y hacen el comercio bajo una razón social o denominación objetiva, a la que se añadirán, en todo caso, las palabras "Compañía Limitada" o su correspondiente abreviatura. Puede ser una denominación objetiva o de fantasía. Deberá ser aprobado por la Secretaría General de la Oficina Matriz de la Superintendencia de Compañías, o por la Secretaría General de la Intendencia de Compañías de Guayaquil, o por el funcionario que para el efecto fuere designado en las intendencias de compañías.
  • 5. El capital mínimo con que ha de constituirse la compañía de Responsabilidad Limitada, es de cuatrocientos dólares. El capital deberá suscribirse íntegramente y pagarse al menos en el 50% del valor nominal de cada participación y su saldo deberá cancelarse en un plazo no mayor a doce meses. Las aportaciones pueden consistir en numerario (dinero) o en especies (bienes) muebles o inmuebles e intangibles, o incluso, en dinero y especies a la vez. La compañía se constituirá con dos socios, como mínimo y con un máximo de quince, y si durante su existencia jurídica llegare a exceder este número deberá transformarse en otra clase de compañía o deberá disolverse. Cabe señalar que ésta especie de compañías no puede subsistir con un solo socio.
  • 6. Son atribuciones de la junta general: a) Designar y remover administradores y gerentes; b) Designar el consejo de vigilancia, en el caso de que el contrato social hubiere previsto la existencia de este organismo; c) Aprobar las cuentas y los balances que presenten los administradores y gerentes; d) Resolver acerca de la forma de reparto de utilidades; e) Resolver acerca de la amortización de las partes sociales; f) Consentir en la cesión de las partes sociales y en la admisión de nuevos socios; g) Decidir acerca del aumento o disminución del capital y la prórroga del contrato social; h) Resolver, si en el contrato social no se establece otra cosa, el gravamen o la enajenación de inmuebles propios de la compañía; i) Resolver acerca de la disolución anticipada de la compañía; j) Acordar la exclusión del socio por las causales previstas en el Art. 82 de esta Ley; k) Disponer que se entablen las acciones correspondientes en contra de los administradores o gerentes.
  • 7.
  • 8.