1. UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
«UNIANDES»
DERECHO INFORMÁTICO
ALUMNO
Joseph Rodríguez
INGENIERO
JHON TOAZA
NIVEL
4TO “B” SEMI PRESENCIAL
2015-2016
2. Ecuador no fue la excepción con respecto a los países latinoamericanos, al
tener un monopolio absoluto en el sector de las telecomunicaciones, a
través de una empresa operadora de servicios, que a su vez tenía a su
cargo la administración, regulación y control del sector.
Los esfuerzos realizados por la empresa, a través de las últimas décadas,
con el primordial objetivo de proveer los servicios básicos de telefonía,
fueron infructuosos ya que los resultados no fueron de ninguna manera
satisfactorios.
La gran dependencia política de la empresa de telecomunicaciones con el
Gobierno y la dependencia tecnológico - económica impidieron el
desarrollo del sector y con él, la oportuna creación y fortalecimiento de los
organismos regulatorios.
3. 1972 Se crea el IETEL: Instituto Ecuatoriano de Telecomunicaciones, acogiendo a las
empresas locales y de larga distancia.
1992 Mediante la promulgación de la Ley Especial de Telecomunicaciones, se
transforma el IETEL en Empresa Estatal de Telecomunicaciones: EMETEL, y se crea
la Superintendencia de Telecomunicaciones como ente de regulación y control.
1995 Se promulgan reformas a la ley de 1992 y se crea el Consejo Nacional de
Telecomunicaciones, CONATEL, como ente de administración y regulación de
las telecomunicaciones en el país y se le otorga la representación del Estado para
ejercer a su nombre esas funciones. Se le reconoce la calidad de
Administración del Ecuador ante la U.I.T. Con las mismas reformas a la
mencionada ley se crea la SNT, Secretaría Nacional de Telecomunicaciones,
como ente encargado de la ejecución de la política de telecomunicaciones en
el país. La SUPTEL, Superintendencia de Telecomunicaciones pasa a
desempeñar funciones de control y monitoreo del espectro
radioeléctrico, así como supervisión y control de operadores y
concesionarios.
2000 En los primeros días de marzo, se realizaron nuevas reformas a la Ley
Especial de Telecomunicaciones, enfatizando el régimen de libre
competencia en todos los servicios, la protección de los derechos de los
usuarios y la necesidad de que el CONATEL promulgue, en el plazo
máximo de seis meses, un reglamento para ese objeto.
4. El comercio electrónico es definido por los estudios de la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económicos (OCDE) como el proceso de compra, venta o
intercambio de bienes, servicios e información a través de
las redes de comunicación. Representa una gran variedad
de posibilidades para adquirir bienes o servicios ofrecidos
por proveedores en diversas partes del mundo. Las
compras de artículos y servicios por internet o en línea
pueden resultar atractivas por la facilidad para realizarlas,
sin embargo, es importante que los ciberconsumidores
tomen precauciones para evitar ser víctimas de prácticas
comerciales fraudulentas.
5. AUTORIDADES DEL SECTOR
Los organismos encargados de la administración,
regulación y control del Sector de
Telecomunicaciones en Ecuador son:
• Consejo Nacional de Telecomunicaciones
• CONATEL
• Secretaría Nacional de Telecomunicaciones
• SNT
• Superintendencia de Telecomunicaciones
• SUPTEL.
6. EL PROYECTO DE LEY DE COMERCIO
ELECTRONICO Y SU RELACION CON EL
CONSEJO NACIONAL DE
TELECOMUNICACIONES
El objetivo de la ley radica en impulsar el comercio tradicional y no
tradicional mediante la aplicación de nuevas tecnologías que permiten
interrelacionar a comerciantes nacionales e internacionales.
El uso de herramientas jurídicas que validen las transacciones realizadas
por medios electrónicos son fundamentales al momento de buscar
seguridad para los negocios, es por esto, que esta ley no solo favorecerá a
los grandes comerciantes, sino también y de manera especial a los
pequeños comerciantes que necesitan de intermediarios para colocar sus
productos en mercados internacionales. Hasta la fecha se han beneficiado
de este tipo de comercio los artesanos, los productores y demás
importadores y exportadores, que sin un marco legal que los ampare, han
negociado bajo un riesgo inminente de que su contraparte desconozca los
instrumentos legales acordados vía Internet.
7. El Artículo I
establece que el objeto de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y
Mensajes de Datos es: regular los mensajes de datos, la firma electrónica, los
servicios de certificación, la contratación electrónica y telemática, la prestación de
servicios electrónicos, a través de redes de información, incluido el comercio
electrónico y la protección a los usuarios de estos sistemas.”
Para disposiciones concernientes a la Propiedad Intelectual, véase:
Título II
De las firmas electrónicas, certificados de firma electrónica, entidades de certificación
de información, organismos de promoción de los servicios electrónicos, y de
regulación y control de las entidades de certificación acreditadas.
Título III
De los servicios electrónicos, la contratación electrónica telemática, los derechos de
los usuarios, e instrumentos públicos, Capitulo III De los derechos de los usuarios o
consumidores de servicios electrónicos.
Titulo V
De las infracciones informáticas, Capítulo I De las infracciones informáticas;
8. Medidas de precaución
Al realizar operaciones comerciales en línea, es importante tener en cuenta los siguientes
aspectos:
• El proveedor debe informar claramente su identidad, denominación legal y datos de
ubicación física (dirección, teléfono y fax), para que el ciber consumidor pueda hacer
alguna reclamación en caso de que se presente un problema.
• El proveedor por internet está obligado a brindar una descripción veraz de las
características de los productos, para que el consumidor pueda tomar una decisión de
compra bien informada.
• En el caso de los proveedores mexicanos en línea, los precios deben estar expresados
en moneda nacional y, en caso de existir cargos adicionales por envío de los productos,
se deben señalar claramente, junto con las condiciones y formas de pago.
• El portal debe declarar sus políticas de privacidad. Esto es importante porque es
probable que se requiera al ciber consumidor que revele datos de carácter privado,
como el número de la tarjeta de crédito.
• También deben estipularse con claridad las políticas de devolución de mercancías, así
como las garantías, las condiciones generales de la transacción, restricciones para la
compra de bienes y servicios (como es el caso de ubicación geográfica, de tiempo, por
tipo de producto o cantidad a adquirir).
9. EL COMERCIO ELECTRÓNICO EN EL
ECUADOR ACTUAL
Los Proveedores de servicios de Internet (PSI) han tenido una fuerte
penetración en el país, en razón de que la Institución encargada del control
ha disminuido la excesiva carga de requisitos exigidos anteriormente. Con
esto la cantidad de PSI´s en el país se ha triplicado, beneficiando a los
usuarios de los servicios de Internet.
En el último año las empresas empezaron a desarrollar negocios por
INTERNET, siendo la primera actividad, el establecer contactos
comerciales entre empresas ecuatorianas y empresas extranjeras de
diferentes áreas. Dentro de esta etapa se orientó el comercio electrónico
hacia los artesanos y la pequeña industria, mejorando notablemente las
oportunidades de los productores para vender y exportar de manera más
ágil sus productos.
10. HACIA DÓNDE QUEREMOS LLEGAR
Vamos a establecer un marco legal, que conjugue una
adecuada permanencia en el tiempo, con una adaptación a
la cambiante realidad tecnológica de nuestro sector.
La transición será flexible y gradual, con transparencia, no
discriminatoria y propendiendo una competencia justa para
todos los agentes existentes o entrantes.
Pretendemos una regulación sobre los servicios.
Se promoverán procesos de apertura a la inversión
nacional y/o extranjera a fin de mejorar y desarrollar la
infraestructura existente e implementar nuevas
infraestructuras y servicios.
11. El Ecuador se ha despojado de su historia reciente de
devaneos políticos intrascendentes, y está entrando a
una nueva y definitiva etapa de modernización. El
Ecuador y el pueblo ecuatoriano se merecen esa
oportunidad.
Es un compromiso nacional consolidar la confianza
que el país está generando y es un compromiso del
Presidente del Gobierno Nacional estar a la
vanguardia de esa confianza y liderar los cambios que
el sector requiere.