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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTALPOLITECNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONALDECANATO DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADOMAESTRIA EN GERENCIA DE RECURSOS HUMANOSCATEDRA: SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN VENEZUELA<br />CAPITULO III<br />BIENESTAR SOCIAL LABORAL<br />FUNCION SOCIAL DE LA EMPRESA, OBJETIVOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, FUNDAMENTOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN VENEZUELA, AUDITORIA Y BALANCE SOCIAL, PLANES Y BENEFICIOS SOCIECONOMICOS.<br />GRUPO II: Mariela Velásquez Rísquez<br />Olivia Bastardo<br />Sergio González<br />William Omar Jiménez.<br />Yanetsi Espinosa<br />PROFESOR: MSc.  Alexander Blandin<br />Caracas,  18 de Junio de 2.011<br />ESQUEMA DEL TRABAJO.<br />Bienestar Social Laboral:<br />La seguridad social. Inicio del estado de bienestar<br />Bienestar social laboral o calidad de vida laboral. Definición de varios autores: Suttle, Sun, Mateu, <br />CRBV. Artículos relacionados con bienestar laboral y calidad de vida: 83, 87, 88, 90, <br />LOT Artículos relacionados con el derecho al trabajo<br />Bienestar social laboral realidad de las empresas publicas y privadas en Venezuela<br />Factores que afectan a la calidad de vida laboral. Modelo de calidad de vida laboral de Walton.<br />Programas de bienestar laboral en Panamá y Colombia.<br />La función social de la empresa:<br />Concepto <br />Basamento y fundamento Constitucional<br />Basamento y fundamento legal<br />Declaración de los derechos humanos en relación con la seguridad social en Venezuela<br />Participación de la seguridad en el marco del bienestar social<br />Relaciones de la empresa con el Estado-gobierno en el marco de la seguridad social<br />El rol de las ONG y demás asociaciones en la función social de la empresa<br />La justicia social enmarcada dentro de la seguridad social<br />El ambiente interno y externo en el desarrollo de la función social de la empresa<br />Leyes aplicables en el ámbito interno y externo de la seguridad social<br />Responsabilidades de la empresa en el marco de la aplicabilidad de la función social.<br />Objetivos  de la Seguridad Social:<br />Argumentos sociales<br />Fundamentos constitucionales y legales<br />Presencia estatal en los objetivos de la seguridad social<br />Presencia de la empresa privada en los objetivos de la seguridad social<br />Órgano rector del sistema de seguridad social en Venezuela<br />Relación entre el derechos de la seguridad social y el derecho laboral<br />Algunas misiones para el cumplimiento de los programas de la seguridad social<br />Sistemas prestacionales (salud, Previsión social, de vivienda y hábitat)<br />Análisis de la Ley de Protección a la Familia, la Maternidad y la Paternidad, Gaceta Oficial Nº 38773 de fecha 07 de septiembre de 2007<br />Criterios de la seguridad social<br />Esquema de la equidad, la sustentabilidad y la seguridad humana,<br />Referencia a la instrumentación de los programas sociales se hacen en base a cinco puntos estratégicos y uno de emergencia: familia, hábitat y vivienda, ingreso, emergencia naturales sociales inclusión social y el Plan de Desarrollo Económico Social de la Nación (2001-2007 y 2007-2013)<br />Principios de la Seguridad Social: <br />Universal.<br />Integral.<br />Eficiente.<br />De financiamiento Solidario.<br />Unitario.<br />Participativo.<br />Contribuciones Directas e Indirectas.<br />Autofinanciamiento.<br />Fundamentos de la Seguridad Social en Venezuela.<br />Basamento y fundamento constitucional.<br />Basamento y fundamento legal.<br />Características relevantes que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela le atribuye a la Seguridad Social.<br />Aplicación del tema en estudio, en el Banco de Desarrollo de la Mujer. (BANMUJER. CA.)<br />Auditoria y Balance Social:<br />Antecedentes Históricos del Balance Social.<br />Auditoria Social.<br />Funciones de la Auditoria Social.<br />Balance Social.<br />Objetivos del Balance Social.<br />Requerimientos básicos para la implantación del Balance Social.<br />Metodología para la implantación del Balance Social.<br />              Normativa Internacional y, <br />              Normativa Nacional Nacional.<br />Responsabilidad Social Empresarial y Balance Social.<br />              ¿Que es la Responsabilidad Social.?<br />              Antecedentes.<br />              Teoría sobre Responsabilidad Social Empresarial.<br />              Alcance actual de la Responsabilidad Social.<br />              La Responsabilidad Social y el consumidor.<br />              Principales responsabilidades ética de la empresa con los trabajadores                       y la comunidad.<br />               ¿Por qué hablamos de RSE y RSC?<br />                Beneficio de aplicación de l RSE en las empresas.<br />                La responsabilidad social empresarial y las PYME.<br />                La responsabilidad social en la actualidad.<br />                Normativa Internacional.<br />                Normativa Nacional.<br />                Experiencia en Venezuela.       <br />        <br />Planes y Beneficios Socioeconómicos:<br />Definiciones.<br />Prestaciones que son beneficios socioeconómicos.<br />Beneficios sociales y económicos.<br />Origen de los beneficios socioeconómicos.<br />Clasificación de planes de servicios y beneficios socioeconómicos.<br />Fundamentos de los programas de beneficios a los empleados.<br />Problemas de un programa de beneficios.<br />Tipos de programas de beneficios.<br />Criterios para la plantación de Servicios y Beneficios.<br /> Objetivos de un Plan de beneficios sociales.<br />Consideraciones  Legales.<br />INTRODUCCION<br />En el siglo XIX algunos empresarios industriales en Europa y en los EE.UU. se preocuparon por la vivienda, el bienestar y la caridad de sus empleados. Junto con la aparición de movimientos contrarios a grupos que consideraban poco éticos al lucrarse con productos perjudiciales para la sociedad, como venta de tabaco, alcohol, etc. Con el siglo XX y con el desarrollo del Estado de Bienestar, el sentimiento filantrópico se volcó en relaciones formales integrales dentro de las instituciones; cuando hasta entonces el único objetivo empresarial había sido aumentar la productividad y los beneficios económicos. Aunque la expresión surge entre los 50-60 en EE.UU., no llega a desarrollarse en Europa hasta los 90, cuando la Comisión Europea para implicar a los empresarios en una estrategia de empleo que generase mayor cohesión social, utilizó el concepto. Pues en la sociedad europea había cada vez más problemas en torno al desempleo de larga duración y la exclusión social que eso suponía. Más tarde en 1999 el secretario general de la ONU durante el Foro Económico y Mundial de Davos pidió que se adoptasen valores con rostro humano al mercado mundial. Lo cierto es que desde los años noventa este concepto ha ido cobrando fuerza y evolucionado constantemente, tras el advenimiento de la globalización, el aceleramiento de la actividad económica, la conciencia ecológica y el desarrollo de nuevas tecnologías.<br />De lo anterior podemos decir, que se gesto hacia la fuerza laboral un nuevo paradigma que toma conciencia sobre las necesidades básicas de todo trabajador y su familia. Por lo que hemos visto como varios autores han estudiado las necesidades, entre los cuales se cuenta Galtun y Wirack citado por Diez (1994), el concepto de necesidad se aplica a un estado imprescindible, tanto para la existencia humana como para la continuidad de la sociedad, y puede ser clasificado en una de las siguientes cuatros categorías jerárquicas: seguridad, bienestar, libertad e identidad. Cada sociedad definirá su política de desarrollo y las condiciones más adecuadas para acceder a niveles cada vez mayores de satisfacción de necesidades. Sin embargo, la máxima satisfacción de necesidades puede ser frenada por las limitaciones de la naturaleza, esto es, por la obligación de respetar el equilibrio ecológico local, nacional o mundial, lo cual puede emplazar a la sociedad a cuestionarse acerca del umbral máximo de desarrollo.<br />La crisis del Estado de Bienestar, que comienza a producirse en las sociedades desarrolladas como consecuencia de la globalización y el sometimiento de las políticas económicas, monetarias, laborales y sociales de cada país a las exigencias de los grandes bloques políticos-económicos, ha supuesto el fin de la autonomía del Estado para diseñar su propia política económica y sus sistemas de protección social.<br />Habermas (1991), mediante la sociología crítica explica la crisis del estado de bienestar desde una triple dimensión: <br /> Económica. Los constantes ajustes económicos que se están produciendo en los últimos años en las sociedades capitalistas avanzadas constituyen un claro ejemplo de que la forma de intervención del estado, en lugar de reactivar el sistema productivo y corregir sus desajustes, responde a las leyes económicas que operan en el mercado, y por tanto, se encuentra sometida a la propia lógica de la crisis. <br /> Política. La crisis política es analizada por Habermas a través de los conceptos de racionalidad y legitimidad, que interactúan entre sí. Se debe considerar una actuación racional por parte del estado cuando su política económica y social responde a los intereses generales y colectivos. El origen de la crisis de racionalidad es, por tanto, un problema de primacía de intereses. La racionalidad se puede medir por la capacidad del poder para que sus decisiones sean universales y no particulares y, por tanto, el consenso constituye el principio formal de la racionalidad. Cuando se reprimen los intereses generales y prevalecen los de los grupos de presión más poderosos, es cuando el poder debe buscar nuevas formas pseudolegitimadoras, y se produce una crisis de racionalidad. <br /> Sociocultural. La crisis sociocultural es también una crisis de motivación. Las aspiraciones de libertad y de igualdad, son compartidas por la mayoría de los ciudadanos del mundo desarrollado. Pero en la medida en que esta moral es aceptada universalmente, las estructuras económicas, políticas, sociales... del sistema capitalista entran en contradicción con ella.<br />En Venezuela, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Bolivariana de Venezuela, cuya característica social se puede considerar de novedosa que se manifiesta en la serie de artículos que proclaman y protegen los derechos sociales de toda la sociedad, tales como el derecho a la seguridad social expresado en el artículo n° 86 que reza lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a la Seguridad Social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas. La ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de su protección. Los recursos financieros de la seguridad social no podrán ser destinados a otros fines. Las cotizaciones obligatorias que realicen los trabajadores y las trabajadoras para cubrir los servicios médicos asistenciales y demás beneficios de la seguridad social podrán ser administradas sólo con fines sociales bajo la rectoría del estado. Los remanentes netos del capital destinado a la salud, la educación y la seguridad social se acumularán a los fines de su distribución y contribución en esos servicios. El sistema de seguridad social será regulado por una Ley Orgánica Especial” , y la presencia de la acción social que es la forma institucionalizada del Estado, el cual mediante una serie de actividades trata de satisfacer necesidades de carácter prioritarias.<br />El Bienestar Social Laboral se utiliza para designar “los programas de servicio y/o beneficios al interior de las organizaciones, tendiente a satisfacer necesidades sociales, económicas y culturales de los trabajadores y empleadores, así como fomentar las relaciones intra y extra institucionales.” (Gaitán, 1999:2)<br />En la mayoría de los casos está orientado a crear un ambiente positivo de trabajo, en el cual las relaciones obrero – patronales pueden desarrollarse armoniosamente, cuyos objetivos expresan claramente una concepción humanista que presenta el medio laboral, como el espacio que ofrece condiciones que proporcionan no sólo un adecuado desempeño, sino las posibilidades de autorrealización del empleado:<br />A través del presente trabajo y su presentación trataremos de explicar y hacernos entender a cerca de estos planteamientos a fin de poder dejar claro cuales son los objetivos, criterios y principios de la seguridad social en Venezuela, y que desencadenan al Bienestar Social Laboral, dejando claro la función social de la empresa, su balance social y los planes y beneficios socioeconómicos que estas deben brindar, tanto interna como externamente. <br />BIENESTAR SOCIAL LABORAL<br />Inicio del Estado de Bienestar<br />     La Seguridad Social fue determinante para la aparición del Estado de Bienestar o Estado Social de Derecho: Este derecho humano se encuentra dentro de los derechos económicos, sociales y culturales y está consagrado en normas de rango constitucional. Se puede observar que el artículo 86 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela le atribuye una obligación inmediata al Estado, al consagrar que el Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas…<br />     Por tal motivo, el Estado es el garante de la satisfacción de las necesidades básicas para una vida digna (necesidades vitales) de todos los ciudadanos, independientemente de las formas y condiciones de  su relación con la economía, incluyendo también la privatización de las empresas industriales y de servicios, es decir, invariablemente es imprescindible defender el rol del Estado como última instancia de garantía de la ejecución de la gestión existencial, gracias a la protección y fomento de los derechos sociales y económicos.<br />Bienestar social laboral o calidad de vida laboral<br />    Marco Jurídico <br />     En Venezuela el bienestar social laboral, o la satisfacción de los empleados en sus respectivos trabajos, tiene rango constitucional, ya que está consagrado como una de las garantías que establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), específicamente en su artículo 87, el cual refiere que toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar, por lo que el Estado es responsable de que todos puedan obtener una “Ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa”, es decir, un trabajo que no degrade al empleado de su estatus de ser humano y que además de que le genere el sustento propio y de su familia, también le proporcione la mayor suma de felicidad posible.<br />      Asimismo el artículo  89 refiere que: “El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras”. Este artículo fundamentalmente establece que el trabajo forma parte de las actividades cotidianas de las personas como miembros de una sociedad, que genera no solo el incremento de la calidad de vida individual, sino también de los miembros del entorno y asimismo refiere la norma que el Estado es garante de la protección del derecho al trabajo en condiciones dignas.<br />      En artículos subsiguientes de la Carta Magna venezolana, se establece que el bienestar social laboral de todo empleado debe ir en consonancia con el respeto a la jornada diaria de trabajo que no debe exceder a la establecida por la Ley; con el respeto al salario necesario y prestaciones sociales que el empleado debe obtener por su trabajo y que debe ser suficiente para sufragar sus necesidades y la de los suyos, con miras a mejorar su calidad de vida, y de la misma forma también se establece la obligatoriedad que tienen los empleadores de proveer la estabilidad laborar y no incurrir en los llamados despidos injustificados, los cuales serán severamente sancionados de conformidad con la Ley.<br />     Así mismo, existen una serie de artículos relaciones con el bienestar social laboral, expresados en la L.O.T, L.O.S.S, OIT  de acuerdo a las condiciones y beneficios de los que debe gozar todo trabajador dentro de la organización y que se encuentran ampliados más adelante. <br />Definiciones <br />     El bienestar social es un concepto que ha sido definido de muchas formas, debido a la dificultad que tiene comprender en términos breves y precisos los sentimientos de satisfacción material e inmaterial que producen en los individuos y sociedades una serie de condiciones materiales, como el nivel de ingresos, equipamiento de la vivienda, acceso a la educación, salud entre otros. En  consecuencia, el bienestar social en términos sencillos puede ser definido como “un estado o situación de la sociedad en que sus miembros o integrantes logran satisfacer plena e integralmente sus necesidades biológicas y sociales, materiales y no materiales.” (Méndez, 1995).<br />     Ahora bien, ese estado de bienestar que abarca una serie de aspectos que hacen que el individuo se sienta realizado, genera expectativas para el mismo no solo en el entorno de social,  sino también en el ámbito laboral, ya que la persona en el pleno cumplimiento de sus funciones espera lograr ese mismo nivel de satisfacción producto de un ambiente laboral agradable y del reconocimiento de su trabajo, lo cual repercute en un bienestar familiar y social. En consecuencia, algunos autores han definido el bienestar social laboral de la siguiente manera:<br />     Suttle (1977),  consideró el bienestar laboral como “el grado en que los miembros de la organización satisfacen necesidades personales importantes a través de sus expectativas en la organización”.<br />     Sun (1988),  lo define como un proceso dinámico y continuo para incrementar la libertad de los empleados en el puesto de trabajo, mejorando la eficacia organizacional y el bienestar de los trabajadores a través de intervenciones de cambio organizacional planificadas, que incrementan la productividad y la satisfacción.<br />     Mateu (1984),  ve al bienestar laboral como “una oportunidad para todos los empleados, a todos los niveles de la organización de influir eficazmente sobre su propio ambiente de trabajo, a través de la participación en las decisiones que afecta al mismo, logrando así una mayor autoestima, realización personal y satisfacción en su trabajo”.<br />     Así mismo,  el bienestar social laboral se define como el estado deseado por el grupo de personas que laboran en una organización, este se logra por medio de planes, programas y proyectos, que a partir de la gestión involucra elementos dinámicos que buscan mejorar la cotidianidad laboral a su vez la condición personal, familiar y social.<br />     Está orientado hacia la protección de los derechos o intereses sociales de los empleados, la función es complementar y apoyar las políticas generales de la organización hacia las cuales deben dirigirse los esfuerzos y directrices de la misma.<br />     Por otra parte, es considerado como un proceso de construcción estable y participativo, que demanda la creación, el mantenimiento y el mejoramiento de las condiciones que favorezcan el desarrollo del trabajador, el mejoramiento de su nivel de vida y el de su familia, y que así mismo, acreciente los niveles de satisfacción, eficiencia e identificación con su trabajo y con el logro de la finalidad social de las entidades.<br />     También se conoce como el conjunto de factores que participan en la calidad de la vida de la persona y que hacen que su existencia posea todos aquellos elementos que dé lugar a la tranquilidad y satisfacción humana. <br />     El bienestar social es una condición no observable directamente, sino que es a partir de formulaciones como se comprende y se puede comparar de un tiempo o espacio a otro. Es una de las áreas más importantes de toda organización, ya que es allí donde el ser humano pasa gran parte de su tiempo, buscando satisfacer necesidades económicas, sociales y personales, que le permiten mejorar sus condiciones de vida.<br />Calidad de vida dentro de las organizaciones<br />     La Calidad de Vida en el Trabajo abarca no sólo los aspectos intrínsecos del cargo, sino también los aspectos extrínsecos; afecta actitudes personales y comportamientos importantes para la productividad individual, como motivación para el trabajo, adaptabilidad a los cambios en el ambiente de trabajo, creatividad y voluntad de innovar o aceptar los cambios (Chiavenato; 2000) .<br />     El concepto de calidad de vida laboral o bienestar laboral abarca todas las condiciones relacionadas con el trabajo, esto incluye:<br />•Horarios de trabajo.<br />•Sueldo o remuneración.<br />•Medio ambiente laboral.<br />•Beneficios y servicios para el personal.<br />•Posibilidades de ascender y hacer carrera.<br />•Relaciones interpersonales.<br />Desarrollo de bienestar<br />Lo que se busca en el bienestar social laboral es:<br />    - Que el medio laboral respete al trabajador como persona y promocione los medios adecuados para su realización.<br />    - La realización personal mediante el ejercicio del derecho al trabajo en condiciones de seguridad económica y personal.<br />    - Adecuado funcionamiento del trabajador dentro del medio laboral.<br />     Estos objetivos manifiestan una inclinación humanista que relaciona el entorno laboral como el espacio que brinda condiciones y oportunidades que facilitan un apropiado desempeño y las posibilidades de autorrealización del trabajador.<br />     La materialización o medio para lograr dicho Bienestar Social Laboral de los empleados es entonces los beneficios que recibe el trabajador de parte de la empresa y otras entidades pero que no constituyen salario. Dichos beneficios pueden ser de origen legal, es decir los establecidos por la Ley, y los extralegales o formulados voluntariamente por la organización.<br />     Por otra parte, existen los programas de bienestar laboral dentro de las organizaciones que buscan crear un sistema de recompensas equitativas para la organización y los trabajadores.<br />     Los aspectos que pretende cubrir este programa en una empresa pública o privada pueden ser de tipo económico y no económico, los primeros tienen que ver directamente con aspectos cubiertos con dinero o su equivalente, los segundos con otros tipos de prestaciones, como los aspectos sociales que buscan brindar seguridad y comodidad al trabajador y su grupo familiar, como medio de que dedique todo su esfuerzo y atención a sus tareas y responsabilidades laborales, y se corresponden con los beneficios no económicos que contemplan los planes de incentivos. <br />     Así mismo, el impacto social dentro de la organización busca brindar seguridad y comodidad al trabajador y su grupo familiar, como medio de que dedique todo su esfuerzo y atención a sus tareas y responsabilidades laborales, y se corresponden con los beneficios no económicos que contemplan los planes de incentivos. Estos beneficios a su vez pueden ser: <br />· Asistenciales <br />      Buscan brindar al empleado y su grupo familiar cierto grado de seguridad en casos de necesidades imprevistas, tales como. Asistencia médica - hospitalaria, asistencia odontológica, seguro de accidentes. <br />· Recreativos <br />     Buscar brindar condiciones de descanso, diversión, recreación e higiene mental, al trabajador, y en muchos casos a su grupo familiar. <br />· Supletorios <br />     Pretenden brindar al trabajador facilidades, comodidades y utilidades para mejorar su calidad de vida, como por ejemplo: transporte, comedor en el trabajo, estacionamiento, horarios móviles, cooperativas de consumos, agencias bancarias en el lugar de trabajo. <br />· Adiestramiento <br />     El adiestramiento puede constituir también un incentivo importante para el trabajador ya que de esta forma la propia organización le brinda la oportunidad de prepararse más adecuadamente para las funciones que desempeña. <br />       En este sentido se puede decir que las políticas de desarrollo de recursos humanos deben comprender: La Creación y desarrollo de condiciones capaces de garantizar la buena marcha y la excelencia organizacional, mediante el cambio de comportamiento de los miembros. Es así, que el adiestramiento en toda organización es importante ya que el mismo garantiza el mejor desempeño de los trabajadores. <br />           En una empresa pública o privada, el bienestar social laboral que los empleadores les dan a los empleados debe enmarcarse, en la certeza que tengan los segundos de que son tan importantes para la compañía como los clientes o usuarios.   El bienestar social laboral de los empleados debe partir de sus propias necesidades y no de lo que opinen terceros que no conocen la realidad laborar en específico, por supuesto no toda empresa es capaz de satisfacer absolutamente todas las necesidades de su personal, pero debe existir un orden de prioridades que parta del mismo empleado.<br />     Por consiguiente, Lograr los planes o programas en una institución pública o privada es el reto que día a día enfrentan la gerencia de recursos humanos, que trabajan en un sistema donde todo está regulado por leyes y normativas, contratos colectivos, convenios, cuyo cumplimiento escapa de sus manos. <br />     El primer paso es dar a conocer a todos los trabajadores, además de sus responsabilidades, los derechos que le corresponden como efecto de las condiciones contractuales, legales y provisiones establecidas por la misma institución. <br />     Sin embargo, el cumplimiento del plan de incentivos va a depender de una serie de criterios, como son: <br />- Costo del programa <br />- Capacidad de pago <br />- Necesidades reales <br />- Poder del sindicato <br />- Relaciones públicas de la institución <br />- Nivel de responsabilidad social <br />- Reacción de la fuerza laboral. <br />     Principios que deben cumplirse para hacer factible un plan de incentivos:   · Principio del retorno de la inversión: No se puede ofrecer ningún incentivo si el mismo no traerá a cambio incrementos en el rendimiento y eficiencia de la institución.   · Principio de la responsabilidad mutua: El éxito del plan de incentivos dependerá de la inversión de la institución en beneficio de la fuerza laboral y los beneficios que ésta dará a la institución reflejada en rendimiento y productividad. <br />· El costo calculado del plan de incentivos debe tener una base financiera sólida que garantice su permanencia en el tiempo y evite conflictos laborales y políticos.        Otros principios que deben cumplirse es satisfacer las necesidades reales de la fuerza laboral así como beneficiar al mayor número posible de individuos.<br />     Tipo de Incentivos que pueden otorgarse en las organizaciones Públicas o Privadas: Los reconocimientos en el campo laboral son incentivos que premian el esfuerzo del trabajador, su antigüedad y dedicación entre otros factores. De manera que éstos consisten en incentivos para estimular ciertos tipos de comportamiento. <br />     De este modo, los sistemas de reconocimientos y recompensas que se otorgan al personal de una empresa pública o privada permiten que se premie las conductas positivas en los miembros de una organización. <br />Bienestar social y la realidad de las empresas públicas en Venezuela<br />          En la actualidad,  se evidencia que en las organizaciones públicas la fuerza laboral es considerada como un objeto desechable, decir puede ser contratada o despedida de acuerdo a los requerimientos del mercado, situación que ha perfilado un nuevo tipo de trabajador caracterizado por ser un sujeto aislado, desagradado y desarticulado de los derechos sociales y proclive a una mayor explotación al exigírsele una alta productividad en un menor tiempo. El único derecho que posee es depender de un mercado laboral flexible que se resiste a acuerdos laborales que garanticen las condiciones necesarias para el avance económico y social de la clase trabajadora.   <br />     Así mismo, se ha resquebrajado el bienestar social de los trabajadores aun cuando existan planes y programas de incentivos y mejoras en la calidad de vida laboral, ya que, los contrato colectivos que estipulaban la seguridad social fueron sustituidos por contratos individuales, desapareciendo  los beneficios conquistados por las organizaciones sindicales, a saber el derecho a la salud, educación, prestaciones sociales, salarios justos, estabilidad laboral, entre otros.<br />     En definitiva, la individualización del contrato de trabajo que conduce al subempleo, a salarios bajos, a la desprotección social, a la exclusión del mercado y precarización de la fuerza laboral, así como la nueva concepción de lo social basada en la privatización acentúan en el mercado laboral las características de pobreza extrema. <br />     Sin embargo, ante el deterioro de los derechos laborales y del bienestar social de los trabajadores, es necesario darle paso a un modelo que funcione sin interferencia de intereses de algún sector o clase en particular. Dicho modelo para el logro de la efectividad social, estaría sustentado en un marco regulatorio amplio, que reconozca a cualquier individuo de la sociedad como el punto focal de todos los servicios, y como poder máximo de decisiones en cuanto al tipo y calidad de atención que reciban.<br />   Las demandas que la sociedad reclama como eficiencia, mercado productividad entre otros, tienen que estar acompañados por la equidad, el desarrollo social el bienestar colectivo y la justicia, es decir, debe existir una vinculación entre el desarrollo económico y el desarrollo social. Además de esto no puede olvidarse el papel que el sindicato y la negociación colectiva juegan en el bienestar de la clase trabajadora; estos son aspectos que hay que rescatar por estar inmersos en los derechos humanos básicos. <br />     El estado por su parte, debe jugar un papel importante, ya no puede comportarse como el simple regulador y prestador de asistencia a los sectores más vulnerables de la sociedad, ni como el vigilante que interviene cuando se ve amenazado el funcionamiento del mercado; por el contrario, su acción estaría dirigida a ser el ente garante de que todo ser humano independientemente de su condición social y necesidades, está por encima de intereses individuales.      <br />     Programas de bienestar laboral en Panamá y Colombia <br />     Algunas instituciones en países como Colombia y Panamá han diseñado y accionado un programa de bienestar social laboral en sus organizaciones, buscando soluciones creativas para asegurar un mejor desempeño de sus empleados y a la vez un mayor equilibrio entre sus trabajos y su vida personal. De esta manera se presentan brevemente en qué consisten dichos programas y cuáles han sido los resultados tras la puesta en práctica del mismo. <br />Autoridad del Canal de Panamá: Propósito del programa<br />     Documentar todos los componentes que conforman en la actualidad el Programa de Bienestar Laboral de la empresa, y también para que apoye en el proceso de orientación a los nuevos colaboradores de la división, en los reglamentos sobre el uso de las instalaciones, los recursos disponibles, disponibilidad y beneficios de los programas y servicios que se ofrecen, y costos de los servicios comerciales.<br />II. MARCO JURÍDICO<br />     El acuerdo No. 12 (del 3 de junio de 1999) es el estatuto por el cual se aprueba el Reglamento de Control de Riesgos y Salud Ocupacional de la Autoridad del Canal de Panamá, y el que establece que la Administración instituirá programas de control de riesgos y salud ocupacional que procuren mantener a los empleados en condiciones óptimas para el desempeño de sus labores, proteger su vida, salud y seguridad, y controlar y disminuir los riesgos e accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.<br />- Medidas de Control de Riesgos y Salud Ocupacional, Sección Segunda: Salud Ocupacional, Artículo 12, el cual establece que los programas de salud ocupacional dispondrán, en otras, de las siguientes actividades:<br />Promoción de la salud, el bienestar, la seguridad, la moral, educación preventiva y otras actividades similares.<br />Acondicionamiento físico conducente a garantizar la preparación adecuada de los empleados para las diferentes funciones y condiciones de trabajo, y el mantenimiento de un estilo de vida saludable.<br /> Otras conducentes a mantener y mejorar el bienestar y las buenas condiciones físicas de los empleados de la Autoridad.<br />II. VISIÓN<br />     Ser un modelo ejemplar para alcanzar la salud óptima de toda la fuerza laboral de la ACP bajo la premisa de “un cuerpo sano es sinónimo de una mente sana”. Concienciar al empleado a reunir los requisitos necesarios para tener una óptima condición física.<br />III. MISIÓN<br />     Desarrollar programas de bienestar y acondicionamiento físico que le brinden al empleado las herramientas necesarias para incrementar su bienestar, calidad de vida y productividad.<br />IV. OBJETIVOS<br /> Mejorar la calidad de vida de los empleados y su capacidad corporal laboral. o colaborar en el incremento de la productividad de los empleados en sus respectivas áreas de trabajo.<br /> Proveer al empleado las técnicas y herramientas necesarias para la prevención de lesiones en su lugar de trabajo.<br /> Capacitar y actualizar al empleado en el área de acondicionamiento físico.<br />Contribuir en la disminución del absentismo manteniendo un individuo sano que conoce su entorno laboral y participa en auto-cuidado, cumpliendo con las expectativas de la empresa y del país.<br />Ayudar a disminuir los niveles de estrés de los colaboradores y disminuir el riesgo de violencia en el ámbito laboral.<br />Contribuir en la generación de ingresos colaterales para la ACP a través de los servicios que el Programa ofrece y el alquiler por el uso de las instalaciones recreativas.<br />V. ALCANCE<br />     Este programa está a disposición de todos los funcionarios, empleados, dependientes de empleados, jubilados de la PCC y ACP, y miembros de la ACP.<br />VI. RESPONSABILIDADES<br />     La División de Salud Ocupacional (HRH). Es la responsable de planificar, dirigir y controlar los programas de Salud Ocupacional y Bienestar Laboral de la ACP. También dirige los programas diseñados para ayudar a los empleados a regresar a sus labores rápidamente después de sufrir una lesión y actividades de acondicionamiento físico del empleado.<br />     La Unidad de Bienestar Laboral (HRHF). Planifica y administra el programa de bienestar y acondicionamiento físico; provee adiestramiento acuático y administra los programas de acondicionamiento durante las horas de trabajo; actividades de acondicionamiento físico, recreativas y deportivas después de horas de trabajo, y asesora a otras divisiones y unidades sobre el diseño de sus programas de acondicionamiento y adiestramiento físico. <br />     A continuación se presente un recuadro de los beneficios con los que cuentan los trabajadores de dicha organización y el propósito sociolaboral de los mismos. <br />PROGRAMAPROPOSITOBENEFICIARIOSSalud y Bienestar IntegralPromover el bienestar de su recurso humano.El mismo provee las herramientas necesarias para adquirir, practicar y promover un estilo de vida físico y mental saludable, que contribuya al equilibrio individual y social dentro y fuera de la empresa.Personal de la ACP activos y jubiladosAcondicionamiento Físico Personalizado (P.A.F.P.)Este programa se realiza de manera voluntaria o por referencia de parte del personal médico, enfermeras y fisioterapistas de la división de Salud Ocupacional.Acondicionamiento Físico en el Trabajo(P.A.F.E.T.)Servir como medio directo y preventivo para reducir las incidencias de lesiones en las áreas de trabajo.Acondicionamiento para Grupos Especialesfacilitar una alternativa de acondicionamiento físico muscular y cardiovascular al cliente con una agenda detrabajo muy ocupada, en el que tan solo requiera de la inversión de 30 minutos tres veces por semana para mantener una buena salud.Pruebas de NataciónReducir el nivel de riesgo de los empleados que laboran en equipo flotante o que desempeñan sus funciones en áreas cercanas al agua mediante el establecimiento del requisito físico de nadar para empleados que ocupan puestos específicos.Verano Felizofrecer una variada gama de actividades y deportes en los Centros de Bienestar Integraldependientes de los empleados de la ACP entrelas edades de 4 y 17 años<br />Programa de Bienestar Social Alcaldía Municipal de Génova Quindío<br />     Propósito: lo que se busca con la implementación de estas políticas es la integración y participación de los funcionarios de la Administración en las distintas actividades deportivas, culturales y lúdicas.<br />Cuadro esquemático del Programa de Bienestar Social<br />OBJETIVOS INSTITUCIONALESRESPONSABLE:DESCRIPCION DEL PROGRAMABENEFICIARIOSObjetivo general: Velar por un ambiente laboral adecuado donde todos susfuncionarios gocen de una apropiada armonía con sus compañeros y su familia,reflejándose en sus actividades diarias y permitiendo incrementar el sentido depertenencia con cada área de trabajo.Es competente de ejecutar y coordinar todoslos procesos de Bienestar Social Laboral la Secretaria de Gobierno y DesarrolloSocial, por cuanto es la encargada de desarrollar el proceso de Talento Humano enla Administración.Área deportiva: Entre las distintas dependencias y programas se realizaráncompetencias deportivas con el propósito de permitir el sano esparcimiento,aplicando las diferentes disciplinas.Área cultural: Realizar distintas actividades culturales en las cuales participenlos funcionarios para desarrollar diferentes aptitudes artísticas.Serán beneficiarios del Plan de Bienestar Social Laboral todos los funcionarios de laAdministración incluidas sus familias dando cumplimiento al Decreto Ley 1567 de1998.Objetivos específicos:· Ofrecer a los funcionarios de la Administración un adecuado clima laboral· Desarrollar actividades que permitan la integración y el aprovechamiento deltiempo libre de los funcionarios de la Administración· Permitir el mejoramiento de los procesos desarrollados en la Administración<br />     Finalmente, una política de bienestar social laboral debe responder a la satisfacción de las necesidades tanto organizacionales como individuales del trabajador dentro del contexto laboral, asumiendo los nuevos retos de los cambios organizacionales, políticos, culturales y haciendo partícipes a los miembros de la organización en la implementación de los planes, programas y proyectos, de tal manera que se combinen los fines de desarrollo de la entidad y los del Estado, con sus fines de desarrollo como persona. <br />     Y esto en el espacio laboral del sector público puede tener contenido al lograr identidad del funcionario con los fines del Estado como fines nobles que deben hacer parte de la cultura corporativa y principio de su desempeño laboral. <br />FUNCION SOCIAL DE LA EMPRESA<br />El Estado Social de derecho, lo podemos entender como un concepto sencillo, es la   demanda de una serie de actos que deben ser cumplidos por actores gubernamentales y por todos aquellos miembros que conformamos la sociedad, en el cual se impetra actos concretos o hechos sociales con medidas y contenidos valorativos en la praxis social, al asignarle obligaciones de hecho al Estado, en el ámbito legislativo y administrativo, y a la sociedad en general, para que mediante el desarrollo de las acciones prácticas, estrategias y sistemas de gestión humana como individuos, como colectivo, y como empresas, estrechemos  un nuevo equilibrio entre las dimensiones económica, social, cultural y ambiental, que nos impone el nuevo orden social, basado muchas veces en la globalización.<br />La definición de Estado Social de Derecho también se denomina “Prestacional”, su nota determinante es lo social y sus objetivos están encaminados hacia la consecución del bien común y la participación justa de la riqueza social. Los patrones interpretativos del Estado Social de Derecho y de justicia en Venezuela en tiempos de la modernidad revelan que debe ser un imperativo-categórico materializar la equidad, la solidaridad, el bien común, la responsabilidad social, la convivencia social y la justicia social<br />El Estado Social coincide con el Estado de Derecho, ya que sus funciones fundamentales  radican en los pactos, tratados y convenios internacionales suscritos por el Estado Venezolano, lo que podemos ubicar en lo preceptuado por los Artículos 19 y 23 Constitucional de 1999, debido a que la finalidad del Estado Social de Derecho, reside en crear las condiciones mínimas necesarias para conservar y comprometerse a materializar esos derechos,  a fin de satisfacer las demandas y necesidades de sus habitantes para lograr el bienestar colectivo, la justicia, la educación, la salud, la seguridad social el propender un desarrollo integral de la sociedad del individuo, el establecimiento y la protección de los derechos humanos, lo que se constituyen en funciones indelegables del Estado, pero que para llevarlas a cabo debe contar con el concurso de la sociedad <br />.<br />Es la Constitución Política la base de todo ordenamiento jurídico de una nación y es en ella donde descansa la norma jurídica, por lo tanto es el instrumento jurídico preeminente al que se remite como principio de base y razón de ser, en otras palabras es el complejo normativo del Estado. De manera que toda empresa debe desarrollar sus actividades de responsabilidad social dando cumplimiento a la legislación establecida en el área en la que se desenvuelve <br />Por otra parte hay que considerar la DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS, como ideal común para que todos los pueblos y naciones puedan desarrollarse bajo un clima de respeto, paz y seguridad social, de los cuales se hacen eco las autoridades venezolanas, desde la época de su proclamación. Basando la influencia de esos Derechos Humanos en la seguridad social en los preceptos morales siguientes:<br />Artículo 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad<br />Artículo 23. 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.<br />Artículo25. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su seguridad social.<br />La Responsabilidad social de la empresa pretende buscar la excelencia social en el seno de la misma empresa, para poder cumplirla debe prestar principal atención no solo a las personas que trabajan en ella y sus condiciones de trabajo, sino también deben prestar atención a la comunidad a la que se deben y en la que se desarrollan, así como en la calidad de sus procesos productivos.<br />La Organización Internacional del Trabajo (O.I.T) establece “La responsabilidad social de la empresa es el conjunto de acciones que toman en consideración las empresas para que sus actividades tengan repercusiones positivas sobre la sociedad y que afirman los principios y valores por los que se rigen, tanto en sus propios métodos y procesos internos como en su relación con los demás actores”<br />La función Social de la empresa la podemos definir como la participación y contribución de manera activa y voluntaria- aun cuando es una obligación legal, que se manifiesta de ciertas formas y que son impuestas por el Estado- al mejoramiento en el ámbito social, económico y ambiental por parte de la empresa, en la que generalmente busca mejorar su situación competitiva  y calificativa, así como un valor añadido para el beneficio de la empresa, La función social de la empresa se remonta al siglo XIX en el marco del cooperativismo y del asociacionismo, que buscaban conciliar eficacia empresarial con principios sociales de democracia, autoayuda, apoyo a la comunidad y la justicia distributiva, es así como las empresas de la economía social tienen como objetivo conciliar esa eficacia empresarial con los postulados democráticos de participación.<br />El beneficio de la empresa es el mayor código de utilidad social, pues llena una necesidad por la que la población paga, es así como leemos en la prensa diariamente de la responsabilidad de la empresa, situación que se materializa y que tiene ineludible aplicación en un gobierno como el que tenemos actualmente, que se ha planteado por objeto hacer cumplir la Constitución y las Leyes, especialmente aquellas que van en beneficio de la población trabajadora y de los desposeídos de bienes, en las que se busca pronunciamientos a favor de las exigencias éticas, sociales y la transparencia que debe presidir una buena gestión gubernamental y empresarial, en donde igualmente se reafirma la función social que le corresponde como entes coadyuvantes de la economía nacional.<br /> análoga a la función social de la propiedad, que vincula ésta, ya que la misma no solo afecta o se identifica con el  interés y la utilidad de los titulares de la misma, sino que también hay que verla en lo tocante  al entorno en el cual actúa y a las personas con las que dicha empresa se relaciona ( trabajadores, proveedores, comunidad vecina, sociedad regional o nacional, usuarios, y el entorno ambiental…), de manera que se debe analizar la necesidad de llevar a cabo, un quot;
balance socialquot;
 que refleje esas otras dimensiones de una organización económica que ha sobrepasado los límites del puro utilitarismo privado y ha tenido que encargarse de tareas y responsabilidades de naturaleza social, ambiental, educativa y cultural en el ámbito de su desarrollo. <br />En su afán o necesidad de la empresa de cumplir con lo pautado por la vía contractual como miembro de una sociedad o por lo que le corresponda por el imperio de la Ley,  la misma no puede dejar de atender a la dignidad de los hombre y  mujeres que trabajan dentro de sus instalaciones, o de los hombres, mujeres y niños o adolescentes ( que no son maquinas, no son cosas, sino personas) que conforman el entorno social de la misma, cumpliendo dentro de sus responsabilidades sociales que les impone la Constitución de la  República Bolivariana de Venezuela en su Artículo 2, 3, 19 y 86 de atender a la dignidad de la sociedad; lo que debe cumplir sin convertirse en una especie de organismo social e institucional, quintándole competencia al Estado, ya que este regulara la acción de la empresa a través de los diferentes instrumentos jurídicos.<br />Las empresas de capital privado, o aquellas de capital mixto, tienen funciones diferentes  al gobierno, y a la final una finalidad que difieren en sus resultados, ya que no es misión de la empresa solucionar problemas sociales, aun cuando de forma continua así lo hacen, caso que observamos a diario, es el caso de Petróleos de Venezuela, S.A (PDVSA) que interviene en todas las funciones de índole social que corresponden al Estado, sabemos que la principal fuente de financiamiento que tiene el Estado Venezolano, para las misiones, son los recursos petroleros, suministrados y administrado por PDVSA, pero el objeto de esta empresa es otro, no financiar directamente esos programas sociales, ni ejecutar programas del gobierno.<br />De la misma manera, pero de forma indirecta e independiente de los programas del Estado en materia de seguridad social integral lo hacen las empresas privada como POLAR <br />La empresa a través de la  responsabilidad social, la que conocemos también como FUNCION SOCIAL, de la empresa, cumple un mandato social de manera voluntaria, pero esto es una ficción, ya que en la realidad se trata sencillamente de cumplir con la  Ley, respetar los contratos con terceros, pagar los impuestos, respetar las reglas del mercado, cumplir las regulaciones administrativas, legales y laborales que les impone el Estado a través de lo imperioso de la Ley  y garantizar la defensa de los intereses públicos  (seguridad, salubridad, medio ambiente, resguardo de derecho de los trabajadores y de sus alcances socioeconómicos) pero sin perder el norte de su función como sociedad mercantil o asociativa, o como agrupación de personas que se unen para la consecución de un fin común.<br /> La función social de la empresa siempre estará orientada hacia el medio ambiente donde la misma se desenvuelve, encuadrando su funcionamiento en el marco del bienestar social, la moral y las buenas costumbres. Por lo que queda claro que el cumplimiento de estas normativas básicas no se corresponde con la responsabilidad social, sino con las obligaciones de cualquier empresa de cumplir con la Ley por el hecho de realizar una actividad. <br />De manera que el rol social o la función social de la empresa siempre estará encuadrada en el marco Constitucional de cada país que tenga una sociedad organizada. Desde el punto de vista político y democrático en el caso venezolano, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el artículo 86 establece <br />“Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencia de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad. Necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar, y cualquier otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas. La ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de su protección. Los recursos financieros de la seguridad social no podrán ser destinados a otros fines. Las cotizaciones obligatorias que realicen los trabajadores y las trabajadoras para cubrir los servicios médicos y asistenciales y demás beneficios de la seguridad social podrán ser administrados sólo con fines sociales bajo la rectoría del Estado. Los remanentes netos del capital destinado a la salud, la educación y la seguridad social se acumularán a los fines de su distribución y contribución en esos servicios. El sistema de seguridad social será regulado por una ley orgánica especial” <br />Pero no solamente debemos ver la participación de la empresa como la asociación de carácter mercantil, es necesario que analicemos la empresa como una comunidad, refiriéndose al papel que las asociaciones cumplen en la vida social, Durkheim ha destacado muy acertadamente el hecho que tienen los que él llama grupos secundarios. <br />“Una sociedad compuesta por una polvareda infinita de individuos inorganizados, que un Estado hipertrofiado se esfuerza en encerrar y retener, constituye una verdadera monstruosidad sociológica. La actividad colectiva es siempre muy compleja para que pueda expresarse por el solo y único órgano del Estado; además, el Estado está muy lejos de los individuos... Una nación no puede mantenerse como no se intercalen, entre el Estado y los particulares, toda una serie de grupos secundarios, que se encuentren bastante próximos a los individuos para atraerlos fuertemente a su esfera de acción y conducirlos así en el torrente general de la vida social” <br />En cuanto al rol específico de las ONG., Barreiro, ha expresado que “...interpretan como funciones propias las de asumir, reelaborar y globalizar una multiforme variedad de demandas sociales específicas o genéricas, articulando esta dimensión reivindicatoria con la acción del Estado y sus políticas sociales... A la vez sustentan una cultura de la cooperación, la solidaridad y la participación de los sujetos sociales involucrados en las tareas de desarrollo, para las cuales emprenden e impulsan” actividades de organización, educación, y capacitación... operando como escuelas de ciudadanía” <br />Peter Drucker se ha preguntado si estas organizaciones llamadas “no” gubernamentales o “sin” fines de lucro, podían definirse positivamente por algún rasgo común que las agrupara, concluyendo: “La institución sin fines de lucro no provee bienes o servicios ni controla”. Su “producto” no es un par de zapatos, ni una reglamentación efectiva sino un ser humano cambiado. Estas organizaciones son agentes de cambio humano. Su «producto» es un paciente curado, un niño que aprende…” <br />El rol social que tiene toda empresa que se encuentra domiciliada en territorio de la República de Venezuela y que por ende se rige por los principios sociales establecidos en la nuestra carta magna debe estar relacionada con el objetivo del Estado que tal como lo establece el Preámbulo constitucional, no es más que “establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y puericultura en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad” <br />El Estado como ente organizador de la seguridad social debe concretar la seguridad social para así mantener una justicia social con hechos inexorables como de obligatorios cumplimiento por mandato constitucional tal como lo establecen los Artículos 26 y 156.31 constitucional. <br />Artículo 26 “Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos; a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente. El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles” y el 156.31 “Es de la competencia del Poder Público Nacional… La organización y administración nacional de la justicia, del Ministerio Público y de la Defensoría del Pueblo.” <br />Es bueno aclarar que la empresa desarrolla su función social desde dos ámbito, el interno y el externo.<br />En el ámbito interno, la empresa como ente que debe velar por la seguridad de sus empleados, bien como una responsabilidad contractual, la que puede adquirirse por efectos de un contrato colectivo de trabajo o a través de los contratos individuales de trabajo, o simplemente porque así se lo ordene el Estado a través de: <br />La Ley Orgánica del Trabajo, el Reglamento de la misma, Decreto N° 8.166, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Alimentación para los Trabajadores y trabajadoras, Ley Orgánica del seguro Social,  Ley Orgánica de Prevención, condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, Decreto Ley que regula el subsistema de pensiones, Ley Orgánica del estatuto de la función Pública, Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Ley del Régimen Prestacional de Empleo; Ley Orgánica Procesal Laboral, convenio 156 y recomendaciones 165 de la OIT, convenio 138 de la OIT (edad mínima de admisión al empleo) Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social  o cualquier otra Ley que tenga aplicabilidad en la materia que se trata<br />También debe entenderse que en el ámbito interno la empresa, elabora, aplica y desarrolla, programas de seguridad personal y social, cuyo objetivo es beneficiar a sus trabajadores con las políticas implementadas, para que estos desarrollen calidad de vida acorde con los planes socio-económicos establecidos y de las familias como núcleo fundamental de la sociedad, los que se efectuaran durante el ejercicio anual de actividades de la empresa y cuya función corresponde ejércela a los departamentos de Recurso Humano y de Administración de la empresa <br />En el Ámbito externo, la empresa en su carácter de miembro activo de una economía, y que por lo general está ligada a la sociedad, con el apoyo que por orden legal debe prestarle de cualquier forma a la comunidad donde se encuentra o se desarrolla, debe cumplir una función acorde con su desarrollo y el campo donde actúa.<br />Aunque es en principio el Estado el encargado de cumplir con una serie de derechos sociales, aquellos que entendemos como derechos sociales fundamentales, de alguna manera la empresa tanto privada, como la de capital mixto en el cumplimiento de la Ley coadyuva con el Estado en la consecución de esos   derechos sociales fundamentales. <br />Tomando en cuenta que Venezuela a finales del Siglo XX, se instituye desde la práctica jurídica como un Estado social de Derecho y de Justicia además de tener una tradición democrática es a través de los programas llamados misiones que ha puesto en práctica la presente administración, que se busca  reducir la situación de gravedad social en la parte de seguridad, economía, vivienda, empleo, salud, cultura, los que en un momento determinado se han convertido en programas coyunturales que buscan solventar la gran deuda social del Estado y de la sociedad venezolana, a favor de los que están enmarcado en la pobreza estructural. <br />Sin embargo, la complejidad del tema social requiere de un esfuerzo mayor que va más allá de la definición y construcción de una nueva institucionalidad social,  lo que constituye un nuevo avance social sostenido en nuevos principios, el cual constituye el principio constitucional  un avance importante dirigido hacia la construcción de una concepción de política social integral, donde se rechaza abiertamente el asistencialismo  y la focalización, y se rescata la visión universal y pública de una política social para todos los ciudadanos y no solamente para los pobres <br />.<br />Cuando se formaliza el reconocimiento de los tratados y convenios para hacer realidad esos derechos, se advierte una suerte de esperanza para aquellos que antes eran excluidos y que ahora son incorporados en proyectos y programas sociales que abarcan desde el Art. 75 hasta el 111 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.<br />Así, el Estado venezolano muestra fortalezas, representadas en la Constitución de la República y estabilidad democrática, en una legitimidad institucional reforzada en estos tiempos de dificultades, un aparato económico que ha resistido el embate de la corrupción, el despilfarro en las cuales se encuentran involucrados altos personeros del gobierno del presidente Hugo Chávez y lo más serio que antes de 1999 el Estado no había cumplido con los derechos sociales fundamentales en cuanto a la seguridad social integral, como a la alimentación, salud, empleo, recreación…<br />La seguridad social, integra en todo su ámbito al seguro social, la asistencia social, las prestaciones que se financian con los ingresos generales del Estado, las asignaciones familiares y las cajas de prevención.<br />Por otro lado existen considerables criterios para dominar las categorías sociales esenciales, en las que de manera bien directa está involucrada la empresa al no cumplir con la función que le tiene asignada la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como miembro de la sociedad venezolana, y las leyes que regulan el marco de la seguridad social integral, es por ello que debemos poner en práctica la llamada justicia social, que es comparada con lo que llamamos justicia distributiva y la que algunos iuspositivista la han comparado con la justicia divina, termino con el cual nosotros integrantes de este equipo de trabajo no estamos de acuerdo, todo ello se debe a la carga impositiva de quienes tienen la capacidad de soportarla, es donde entra en juego la función de la empresa como ente corresponsable de esa seguridad social. <br />De tal manera que la justicia social la podemos equiparar a la inclusión social, en la que debe tener una alta participación la empresa, ya que la llamada inclusión social significa que todos los venezolanos y venezolanas puedan desarrollarse integralmente, cumpliendo con sus deberes , y sobre todo ejerciendo sus derechos, lo que se puede materializar a través de una política de pleno empleo, sana alimentación, planes de vivienda, programas de salud totalmente gratis, todo esto contando con el concurrencia de la empresa.<br />La empresa en el desempeño de su función social debe cumplir con unas responsabilidades, con los trabajadores y con la comunidad para así dar cumplimiento a las imposiciones legales en la materia tanto en el ámbito interno como externo, entre las que podemos encontrar o señalar las siguientes: <br />Servir a la sociedad con productos útiles y en condiciones justas, lo que se va a traducir en una cooperación para una mejor calidad de vida de la sociedad<br />Crear riqueza de la manera más eficaz posible, permitiendo a la población una equidad en cuanto a las condiciones de vida y en el justo reparto de la riqueza, que es uno de los postulados de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela<br />Respetar los derechos humanos, con unas condiciones de trabajo dignas, que favorezcan la seguridad y la salud laboral y el desarrollo humano y profesional de los trabajadores, cumpliendo así con los postulado constitucionales establecido en los artículos 87y 88, para lo cual debe aplicar los preceptos legales de la LOPCYMAT y dar pleno cumplimiento a los principios constitucionales en materia de derecho laboral como lo establece el artículo 89 “El trabajo…dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras. Para el cumplimiento de esta obligación del Estado se establecen los siguientes principios: <br />-.Ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales. En las relaciones laborales prevalece la realidad sobre las formas o apariencia<br />-.Toda medida o acto del patrono o patrona contraria a esta constitución es nulo y no genera efecto alguno.<br />-Se prohíbe todo tipo de discriminación por razones de política, edad, raza, sexo o credo o por cualquier otra condición<br />-Se prohíbe el trabajo de adolescentes en labores que puedan afectar su desarrollo integral…”<br />Pareciera que está en pleno desarrollo una nueva cultura cívica, dirigida a la creación de planes y estrategias que permita colaborar con la calidad de vida de otras personas, sean estas o no trabajadoras de una determinada empresa, responde a una nueva manera de desarrollar negocios y de asumirlos como parte de la ética empresarial, comprometidas con la sociedad y obligadas como son por el Estado en su rol de corresponsables en el desarrollo de la sociedad. El nacimiento y aplicación de la Responsabilidad Social Empresarial traducida entre las funciones de la empresa  o en las instituciones de todo tipo, busca promover una nueva cultura de tipo cívico en la que los individuos y sociedad a las que ellos pertenecen no son extraños, sino que son personas con necesidades reales que pueden ser cubiertas por la empresa.. <br />En palabras de Díaz C. quot;
Debe haber una simbiosis entre la empresa y la sociedad. El ciudadano debe sentir que la empresa le dice: 'Vivo de ti, pero también me ocupo de hacer un retorno en tu beneficio”. <br />Armas, J añade que quot;
la Responsabilidad Social de la Empresa, termina siendo una manera en la que la marca le dice a la persona que se interesa por ella, más allá de venderle cosasquot;
. <br />En la afirmación de ambos expertos está presente la correspondencia entre lo que se hace y lo que se dice, acciones que terminan trascendiendo en la imagen que ofrece la institución. <br />Existe un interés en la función social ya que a decir de María Eugenia Díaz quot;
Siempre hay un objetivo que va más allá de la labor social y es que la empresa sea percibida por el gobierno como que está actuando bienquot;
, Esta práctica también se ha convertido en un tema de competencia entre marcas, porque la Responsabilidad Social Empresarial, entre otras características, crea identidad, permite que su público meta reconozca valores en los productos o en el mismo nombre de la institución. <br />Existen teóricos especialistas que nos señalan que es la función social de la empresa, justamente nos encontramos con que Adam Smith nos establece que una empresa es la organización que permite la quot;
internacionalizaciónquot;
 de las formas de producción: por un lado permite que los factores de producción (capital, trabajo, recursos) se encuentren y por el otro permite la división del trabajo. Aun cuando para Smith la forma quot;
naturalquot;
 y eficiente de la organización era aquella ocasionada por el interés privado donde el interés social tiene poca importancia por ejemplo: “Es así que el interés privado y las pasiones de los individuos los dispone naturalmente a volver sus posesiones (stock en el original) hacia el empleo que en el caso ordinario son más ventajosos  para la comunidad” <br />Smith plantea que hay también una insuficiencia o área que demanda acción pública: quot;
De acuerdo al sistema de Libertad Natural, el pueblo  sólo tiene tres deberes que atender... tercero, la necesidad de ejecutar y conservar determinadas  obras realizadas por el gobierno que se consideran obras públicas y algunas entes gubernamentales cuya realización y mantenimiento no pueden ser nunca de interés para un individuo particular o para un pequeño número de individuos, porque el  bien o bienestar que produce la misma no podría nunca reembolsar de su gasto a ningún individuo particular o a ningún pequeño grupo de individuos, <br />La consideración de Smith es que es el caso que hay ciertos bienes y servicios cuya presencia o abastecimiento implica beneficios que se extienden a la comunidad entera, incluso a quienes no pagan por ellos lo que da origen -en la percepción de Smith-. al problema que los individuos de esa sociedad están en la posición de beneficiarse contribuyan o no a los costos. Consecuentemente Smith propone que la manera apropiada y justa de proveer y financiar esos bienes y servicios es por medio de los impuestos <br />Para Joseph E. Stiglitz, el verdadero debate se plantea en torno a encontrar el balance correcto entre la empresa privada y el gobierno, ambos son necesarios cada uno puede completar al <br />Para Max Weber la importancia radica en los aspectos organizacionales de la empresa, Weber sugiere una similitud entre las empresas modernas y los sistemas burocráticos: en ambos el ideal es la racionalización de actividades en aras del resultado con atención en la eficiencia y la productividad. En ambas los “productores” no poseen los medios de producción, medios cuya propiedad ha sido incrementalmente concentrada en las manos de una élite directora.<br />OBJETIVO DE LA SEGURIDAD SOCIAL<br />A raíz de los acontecimientos de la décadas de los años 80, específicamente en la etapa del fenómeno o revuelta social conocida como el Caracazo, la economía se encontraba en pleno ciclo de ajustes , determinando una sensible reducción en el poder adquisitivo de la población, mientras que el malestar que se producía en el seno de la sociedad quedo evidenciado en el estallido social antes mencionado el día 27 de febrero de 1989, por lo tanto los temas de la pobreza crítica, la seguridad social y la estabilidad del sistema se resquebrajaba, produciendo en el ambiente una problemática social, que se ha puesto de manifiesto en los últimos años de evolución democrática, así que los principales indicadores económicos venían mostrando un curso decreciente  revelando el fracaso del modelo de desarrollo seguido.<br />En consecuencia, la pobreza y las desigualdades sociales  hicieron indispensable  un cambio de rumbo, una reorientación profunda de la gestión de gobierno; con el transcurrir de los años y en víspera de una necesaria modificación de las estructura socio-económicas nos encontramos con una ideología impregnada de resabios socialistas y populistas lo que hizo que se conciba el mercado venezolano como un mecanismo eficiente  pero a la vez generador de políticas contenidas dentro de las llamadas justicia social, que para algunos miembros de la sociedad son injusticia sociales, pero que al final tienen como objetivo el fin único constitucional que es proveer condiciones de seguridad social.<br />Hay que insistir que existe una fuerte presencial estatal, lo que puede influir en la participación negativa de la empresa privada en el desarrollo general de la nación y de la seguridad social, contraviniendo los principios constitucionales en que se afianza dicha seguridad social, es por lo que se  elabora una de las constituciones más justa y bonitas del planeta, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que abarca una serie de prerrogativas, como quizás no la tenga ningún otra constitución en el mundo, en los aspectos relacionados con la seguridad social integral. <br />Hay que hacer notar que el Estado Venezolano a raíz de los acontecimientos y panorama antes narrado produce una nueva constitución, dando inicio a una serie de cambios políticos, en el ámbito social, político y económico institucional, con la única finalidad de asegurar a toda la población un nivel de satisfacción de las necesidades básicas fundamentando la misma en la equidad.<br />Se observa que el artículo 86 constitucional, establece o recoge todos aquellos elementos que un sistema de previsión social debe contener, además de garantizar la efectividad de la misma como servicio público y obligación del Estado. El sistema de seguridad social integral no sólo debe ser entendido como un conjunto de elementos previsivos sino como un sistema que debe abarcar a todos los habitantes de una nación en nuestro caso se refiere no solo a los venezolanos y extranjeros que tienen residencia en estas tierras, sino a todas aquellas personas que se encuentran de tránsito en la misma. <br />En los artículos 59 de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social y el articulo3 de  la Ley de Servicio Social, se establece el ámbito de aplicación de las mismas  referencias al amparo de: 1) todos los venezolanos de sesenta años o más, y extranjeros que residan legalmente en el país; 2) venezolanos y extranjeros menores de sesenta (60) años en estado de necesidad no amparados por otros regímenes y extranjeros en tránsito que se encuentren en estado de necesidad y que tengan menos de sesenta (60) años <br />Este sistema que abarca todos los ámbitos de protección social, debe ser financiado por todos los que tengamos la obligación moral y legal de hacerlo, aunque se debe tomar en cuenta que la no contribución no implica la exclusión de los beneficios de la misma, de manera que todos los venezolanos tenemos la garantía de salud, vivienda, vejez, empleo y desempleo, viudedad, maternidad y paternidad, tal como lo consagra el ya mencionado artículo 86 Constitucional y entre otras leyes la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, Ley Orgánica del Seguro Social, la ley de Protección a la Familia, Maternidad y Paternidad, Ley Orgánica para la Protección de Niñas, Niños y Adolescente, Ley de Seguridad Social, Ley Orgánica del Trabajo, Ley del Notariado y del Registro Público, entre otras.<br />Debemos tener claro que el órgano  rector del sistema de seguridad Social integral es el Ministerio del Trabajo, teniendo como marco legal la Ley Orgánica del sistema de Seguridad Social y la Leyes especiales que rigen diferentes subsistemas, sin menoscabo de las competencias concurrentes de otro Ministerios y Organismos estadales de supervisión y control  y empresas privadas <br />Ahora bien, toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo que garantice la salud y la protección ante las contingencias presentadas, entendiendo por contingencia la posibilidad que un evento suceda o no, y el objetivo “Es el fin, al que se dirige una acción u operación”, es por eso que podemos establecer que el objetivo de la Seguridad Social Integral, en el caso que nos ocupa es proteger a los habitantes de la República de Venezuela, de las contingencias de enfermedades y accidentes, sean estos o no producto de la elaboración de una actividad laboral, cesantía, desempleo, maternidad o paternidad, incapacidad parcial, invalidez, vejez, muerte, sobrevivencia y hasta la convivencia bien sea esta matrimonial o concubinario.<br />Es bueno aclarar que la  Constitución, en el artículo 76,  reconoce a la concubina o concubino derechos equivalentes al matrimonio, siempre y cuando estén que esa unión de hecho cumpla con los presupuestos legales, de convivencia, estabilidad, singularidad, entre otros; también de tomarse en cuenta cualquier otro riesgo que pueda ser objeto de previsión social. <br />De la misma manera deben evaluarse las cargas derivadas de la vida familiar (reconocimientos de hijos, paternidad y maternidad, pensiones de manutención a niños, adolescentes y ancianos, vivienda, recreación, que tiene toda persona humana) <br />De cualquier forma, debemos analizar que la seguridad social viene de la mano con la legislación laboral, cuyo objetivo principal es la justicia social, en fin la Ley Orgánica del Trabajo que establece como objetivo, en el artículo 1 regir las relaciones jurídicas derivadas de la relación laboral y en el articulo 2 la protección que da el Estado al trabajo como un hecho social, amparando la dignidad de la persona humana del trabajador, dictando normas para el mejor cumplimiento de su función como factor de desarrollo, bajo la inspiración de justicia social y de la equidad, principio consagrado en todo sistema de seguridad Social.<br />La Seguridad Social, tiene también como objetivo velar porque las personas que se encuentra en situación de imposibilidad sea esta temporal o permanente de obtener un ingreso, o que deban asumir responsabilidades  financieras excepcionales, puedan seguir satisfaciendo su necesidades, proporcionándoles a tal efecto, recurso financieros o determinados servicios, en el caso venezolano, existe la Ley que regula el Sistema de Paro Forzoso y la Capacitación Laboral, según Gaceta Oficial Nº 5.392 del 22-10-1999 política de paro forzoso, esta realidad que vivimos los venezolanos en cuanto al desempleo y las consecuencias de este, el estado la ha orientado hacia el principio de la universalidad en el sentido de dar acceso y disfrute de derechos que se enmarcan dentro de los principios constitucionales, implementando procedimientos y mecanismos que permitan garantizar la participación protagónica.<br /> Existe en el desarrollo de la seguridad social  la corresponsabilidad en las relaciones Estado Sociedad, y para esto el Estado ha implementado los programas sociales que conocemos como las misiones, es así como el caso in comento podemos hablar de la misión Madres del Barrio la cual tiene como finalidad  apoyar a las amas de casa que se encuentran en estado de necesidad, afín de que logren, junto con su familia, superar la situación de pobreza crítica y prepararlas para salir de la pobreza de su comunidad y no solo como un paliativo económico, esta misión tiene como objeto primario reconocer  el trabajo de las amas de casa el cual carece de remuneración por parte de los integrantes de la familia.<br />En este mismo orden de ideas tenemos la Misión Cristo, cuyo objetivo es lograr la pobreza cero al 2021 elevando la calidad de vida, y para lograr el objetivo se pondrá en ejecución todas las misiones en conjunto, a fin de darle al pueblo venezolano la igualdad y la justicia asumida en el marco de la constitución de 1999.<br />Hay que tomar en cuenta que uno de los principios en que se basa la Seguridad Social en Venezuela es el de la universalidad, el cual será explicado más adelante, hacia donde se han conducido las políticas sociales del Estado Venezolano, donde el gobierno de turno con gran precisión dará acceso y disfrute  de derechos que se encuadran dentro de los principios Constitucionales, implementando mecanismos que permitan garantizar la participación social protagónica y una cooperación y corresponsabilidad entre el Estado, como ente rector de las mencionadas políticas y la sociedad.<br />Así el Estado está obligado por mandato constitucional, a facilitar a las comunidades, los medios indispensables para una calidad de vida y para el desarrollo pleno del hombre, lo que se materializa a través de los sistemas que nos señala la Ley de Seguridad Social, la que determina su estructura solo a los fines organizativos de la Seguridad Social, indicando la misma que este sistema estará integrado por los siguientes sistemas:<br />Sistema Prestacional de salud: el cual tendrá a su cargo el Régimen Prestacional de Salud mediante el desarrollo del Sistema Público Nacional<br />Sistema Prestacional de Previsión Social: que tendrá a sus cargo los Regímenes Prestacionales: siguientes Servicios Sociales de Adulto o Adulta mayor y otra categoría de personas; Empleos, Pensiones y otra Asignaciones Económicas y Seguridad y salud en el Trabajo.<br />Sistema Prestacional de Vivienda y Hábitat: que tiene a su cargo el Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.<br />Según estos planteamientos, la Seguridad Social integral como política social del Estado, debe tener como finalidad u objetivo capacitar, preparar y garantizar la salud, el trabajo, la educación, la seguridad social, la vivienda, en fin construir a una ciudadanía con un contenido social bien arraigado y fundamentado en la universalidad de los derechos sociales, esenciales para elevar la calidad de  vida  y el reconocimientos de los sujetos de estos derechos sin ningún tipo de discriminación tal como lo señala la carta magna venezolana. <br />Para esto el gobierno deberá tomar en cuenta la inclusión social basada en el plan Bolívar 2000, desarrollando cada una de las agendas antes propuestas.<br />Este Plan Bolívar 2000 comprendía un conjunto de actividades definidas como de asistencia pública, que incluyeron entre otra cosas mejoramientos, recuperación y construcciones como parte de las políticas para mejorar el déficit habitacional lo que hoy en día se ha agravado con el problema de los damnificados se preveía la construcción de infraestructuras educativas, de atención de ambulatorios de salud en el marco de las llamadas Misión Barrio Adentro I y II, reorganización del sistema de salud pública con énfasis en la atención primaria, apoyado en la organización comunitaria de la población, y un programa de empleo rápido y programas de suministros gratuito de alimentos, la que se verifico con los llamados comedores populares. <br />CRITERIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL<br />Entendemos que un Sistema de Seguridad Social Integral, no se trata de tomar uno u otro modelo de sistema, de capitalización individual, contributiva o mixta, sino más bien se debe intentar plantear criterios que permitan propuestas o delineaciones de sistemas de seguridad social acordes con las características particulares de nuestra realidad social. Por lo que se hace necesaria la aplicación de políticas que tiendan a disminuir los índices de pobrezas, ya que una población que tiende a tener índices de pobrezas bien elevados como es el caso de Haití, se queda inmersa en un estado de deterioro, y ningún sistema que se diseñe podrá cubrir los costos que ello implique. <br />Entendemos, que el empleo juega un papel preponderante en el proceso de reversión de la pobreza, pues el empleo provee de ingresos a la persona o grupo familiar para su sustento y satisfacción de las necesidades materiales de existencias.<br />Está claro que el Estado venezolano a través de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha realizados grandes avances para la población que se considera que ha sido excluida del sistema, tales como trabajadores informales, vale decir entre ellos los buhoneros, los profesionales, en el libre ejercicio de su profesión, caso de ingenieros agrónomos, por ejemplo que no consiguen trabajo y que los mismos están excluidos de la Seguridad Social, las amas de casa que no participan en la misión madres del barrio, por cualesquiera de las razones que nos imaginemos, estando ellos en todo el derecho de ejercer sus derechos como partes de una sociedad y del deber del Estado y la empresa privada de coadyuvar en la consecución de estos derechos.<br />Es así como  el Estado venezolano hace énfasis en el aspecto social y es quizás lo que reviste mayor novedad en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, la que nace el presente gobierno, ya que son muchos los artículos que proclaman y exponen en forma detallada los derechos de carácter social, entre ellos, los de corte familiar, individual, laborales, educacionales, recreacionales, los de los ciudadanos, hacen hincapiés en la debida existencia de un salario digno, el desarrollo de la conciencia social, los derechos de los niños y adolescentes como futuros responsables del desarrollo del país.<br />Entonces se debe tomar en cuenta para efectos de la seguridad social a todas las persona que habitan el país sin importar si las mismas aportan al sistema  o no lo hacen, se toma en cuenta todos los criterios posibles para insertar a las personas inclusive las que tienen discapacidades para el ejercicio de factibilidades laborales productoras de bienes y servicios.<br />La Seguridad Social integral en nuestro país abarca, o se plantea una participación de manera directa de los integrantes de las diferentes comunidades, inclusive la de indígenas, de hecho en el artículo 70 constitucional se habla del protagonismo del pueblo en el ejercicio de su soberanía.<br />Es obvio que el Estado busca la construcción de una política social integral acorde con las necesidades de crear una nueva institucionalidad social sostenida en los principios de solidaridad y universalidad, en donde se rechaza asistencialismo y la focalización a ciertos segmentos de la población y se rescata precisamente la visión universal y publica de una política social para todos los ciudadanos y no solamente para los pobres o desposeídos. Para lo cual debe basarse en criterios que le permita ofrecer respuestas a las diferentes demandas sociales de grandes sectores de la población.<br />De manera, que entre los criterios en los que se basa el Estado para la formulación de políticas y programas que vayan acorde con un buen programa de bienestar social, se encuentran aquellos que se inspiran en el  total apego a la creencia de la igualdad del hombre, inspirada en la noción de Derechos Humanos, de hecho la Constitución establece una serie de derechos sociales e individuales basados en la Declaración de los Derechos Humanos, la que tiene como finalidad que cada individuo busque en la comunidad donde vive y donde trabaja, los medios necesarios para su pleno desarrollo, amparado estos en preceptos legales y constitucionales.<br />En esta forma podemos observar también que la Seguridad Social maneja criterios basados en las características de la sociedad, la economía, la cultura y la tecnología de un mundo globalizado, lo que se traduce en implementar políticas que sirvan de paliativo a veces para dar una calidad de vida a la sociedad y así proteger adecuadamente los derechos de las personas.<br />Igualmente en la Seguridad Social se maneja el esquema de la equidad, la sustentabilidad y la seguridad humana, para lo cual se opera bajo inclusión social, esto mediante los diferentes programas arriba mencionados como las misiones.<br />El gobierno plantea su agenda social en el marco del Sistema de Seguridad Social Integral, manejando los criterios en torno a cinco líneas de acción: Atención materno infantil, hábitat, desplazados, empleo productivo y participación social;  los cuales han incluido la salud, pensiones y educación, cuyo objetivo se basa en la instrumentación de los programas sociales, los que se hacen en base a cinco puntos estratégicos y uno de emergencia: familia, hábitat y vivienda, ingreso, emergencia naturales sociales inclusión social y el plan de Desarrollo económico social de la nación (2001-2007 y 2007-2013), dirigido a mejorar las condiciones de vida, promover el acceso a empleos bien remunerados y la promoción del progreso social.<br />CRITERIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL<br />En un Sistema de Seguridad Social Integral, no se trata de tomar uno u otro modelo de sistema, de capitalización individual, contributiva o mixta, sino más bien se debe intentar plantear criterios que permitan propuestas o delineaciones de sistemas de seguridad social acordes con las características particulares de nuestra realidad social. Por lo que se hace necesaria la aplicación de políticas que tiendan a disminuir los índices de pobrezas, ya que una población que tiende a tener índices de pobrezas bien elevados como es el caso de Haiti, se queda inmersa en un estado de deterioro, y ningún sistema que se diseñe podrá cubrir los costos que ello implique. Es por ello que el empleo juega un papel preponderante en el proceso de reversión de la pobreza, pues el empleo provee de ingresos a la persona o grupo familiar para su sustento y satisfacción de las necesidades materiales de existencias.<br />El Estado venezolano a través de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha realizados grandes avances para la población que se considera que ha sido excluida del sistema, tales como trabajadores informales, vale decir entre ellos los buhoneros, los profesionales en el libre ejercicio de su profesión, caso de ingenieros agrónomos por ejemplo que no consiguen trabajo y que los mismos están incluidos de la Seguridad Social, las amas de casa que no participan en la misión madres del barrio por cualesquiera de las razones que nos imaginemos, estando ellos en todo el derecho de ejercer sus Derechos como partes de una sociedad y del deber del Estado y la empresa privada de coadyuvar en la consecución de estos derechos.<br />Es así como  El Estado venezolano hace énfasis en el aspecto social y es quizás lo que reviste mayor novedad en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, la cual nace precisamente durante el presente gobierno, ya que son muchos los artículos que proclaman y exponen en forma detallada los Derechos de carácter social, entre los cuales están los de corte familiar, individual, laborales, educacionales, recreacionales, los  de los ciudadanos, hacen hincapiés en la debida existencia de un salario digno, el desarrollo de la conciencia social, los derechos de los niños y adolescentes como futuros responsables del desarrollo del país, tomando en cuenta para efectos de la seguridad social a todas las persona que habitan el país sin importar si las mismas aportan al sistema  o no lo hacen, se toma en cuenta todos los criterios posibles para insertar a las personas inclusive las que tienen discapacidades para el ejercicio de factibilidades laborales productoras de bienes y servicios.<br />La Seguridad Social integral en nuestro país abarca o se plantea una participación de manera directa de los integrantes de las diferentes comunidades inclusive la de indígenas, de hecho en el artículo 70 constitucional se habla del protagonismo del pueblo en el ejercicio de su soberanía.<br />Es obvio que el Estado busca la construcción de una política social integral acorde con las necesidades de crear una nueva institucionalidad social sostenida en los principios de solidaridad y universalidad, en donde se rechaza asistencialismo y la focalización a ciertos segmentos de la población y se rescata precisamente la visión universal y publica de una política social para todos los ciudadanos y no solamente para los pobres o desposeídos. Para lo cual debe basarse en criterios que le permita ofrecer respuestas a las diferentes demandas sociales de grandes sectores de la población.<br />De manera, que entre los criterios en los que se basa el estado para la formulación de políticas y programas que vayan acorde con un buen programa de bienestar social con total apego a la creencia de la igualdad del hombre inspirada en la noción de Derechos Humanos, de hecho la Constitución establece una serie de Derechos sociales e individuales basados en la Declaración de los Derechos Humanos, la que tiene como finalidad que cada individuo busque en la comunidad donde vive y donde trabaja, los medios necesarios para su pleno desarrollo, amparado estos en preceptos legales y constitucionales.<br />En esta forma podemos observar también que la Seguridad Social maneja criterios basados en las características de la sociedad, la economía, la cultura y la tecnología de un mundo globalizado, lo que se traduce en implementar políticas que sirvan de paliativo a veces para dar una calidad de vida a la sociedad y así proteger adecuadamente los derechos de las personas.<br />Igualmente en la Seguridad Social se maneja el esquema de la equidad, la sustentabilidad y la seguridad humana, para lo cual se opera bajo inclusión social, esto mediante los diferentes programas arriba mencionados como las misiones.<br />El gobierno plantea su agenda social en el marco del Sistema de Seguridad Social Integral, manejando los criterios en torno a cinco líneas de acción: Atención materno infantil, hábitat, desplazados, empleo productivo y participación social.  los cuales han incluido la salud, pensiones y educación, cuyo objetivo va La instrumentación de los programas sociales se hacen en base a cinco puntos estratégicos y uno de emergencia: familia, hábitat y vivienda, ingreso, emergencia naturales sociales inclusión social y el plan de Desarrollo económico social de la nación (2001-2007 y 2007-2013), dirigido a mejorar las condiciones de vida, promover el acceso a empleos bien remunerados y la promoción del progreso social.<br /> <br /> PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN VENEZUELA <br />Principios de la Seguridad Social.<br />La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, a diferencia de la Constitución Nacional de 1961, fijó los principios que rigen la Seguridad Social en su artículo 86: <br />“….El Estado tiene la obligación de garantizar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas e indirectas….”<br />Estos principios, igualmente son recogidos en total acatamiento en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social en su artículo 8, destacándose: universal, integral, eficiente, de financiamiento solidario, unitario y participativo, de contribuciones directas e indirectas, gestión eficaz, oportuna y en equilibrio financiero y actuarial.<br />La seguridad social está doctrinalmente fundamentada en principios jurídicos y filosóficos que la definen y le sirven de sustento conceptual. <br />La Seguridad Social Integral se basa en los siguientes principios:<br />Universal: Etimológicamente la palabra universal proviene del latín universales, y entre sus significados adjetivos podemos decir que significa “Que comprende o es común a todos en su especie, sin excepción de ninguno” (Diccionario de la Lengua Española. Vigésima Segunda Edición).<br /> Es la garantía de protección para todas las personas amparadas por la Ley, sin ninguna discriminación y en todas las etapas de la vida.La seguridad social es un instrumento de protección para toda la sociedad, todos los miembros de la sociedad tienen deberes y derechos frente a la seguridad social, sin distinción de sexo, edad, nacionalidad, calidad laboral y otros factores.<br />El carácter universal asumido como principio, también expresa que todos tienen derechos a acceder y recibir los servicios para la salud, sin discriminación de ninguna naturaleza. El acatamiento a este principio va a depender de la capacidad financiera de todo el sistema, el cual a su vez, depende de la solidez de la totalidad de la economía de la nación, por lo contrario, no existirán recursos suficientes en la sociedad para financiar el sistema. También va a depender de los mecanismos escogidos por la sociedad para garantizar que todos los individuos se afilien.<br />Todos los hombres son iguales y tienen el derecho de ser protegidos ante las necesidades generadas por contingencias sociales.<br />Integral: Es la garantía de cobertura de todas las necesidades de previsión amparadas dentro del Sistema. <br />Es el amparo de todas las contingencias que afectan la salud, la capacidad económica y en general las condiciones de vida de toda la población. La integralidad se expresa en el amparo de todas las contingencias que acechan al hombre, desde su nacimiento hasta su muerte. El fin de la seguridad social es procurar las condiciones para la consecución del bienestar bajo la noción del cumplimiento de un derecho social, para este efecto, cada cual contribuirá según su capacidad y recibirá lo necesario para atender sus contingencias. Este principio se vincula con las prestaciones y beneficios de la seguridad social.<br />Eficiente: Es la mejor utilización de los recursos disponibles, para que los beneficios que la Ley asegura sean prestados en forma oportuna, adecuada y suficiente.<br />Este principio está vinculado con la gerencia efectiva del proceso administrativo de la estructura y funcionamiento del sistema de seguridad social como un todo. <br />De financiamiento Solidario: Históricamente, en seguridad social la palabra solidaridad proviene del sustantivo latín soliditas, que expresa la realidad homogénea de algo físicamente entero, unido, compacto, cuyas partes integrantes son de igual naturaleza.<br />Por otro lado tenemos que la teología cristiana adoptó por primera vez el termino solidaritas, aplicado a la comunidad de todos los hombres, iguales todos por ser hijos de Dios, y vinculados estrechamente en sociedad.<br />Por tanto, el concepto de solidaridad, para la teología, está estrechamente vinculado con el de fraternidad de todos los hombres; una fraternidad que les impulsa buscar el bien de todas las personas, por el hecho mismo de que todos son iguales en dignidad gracias a la realidad de la filiación divina.<br />La Solidaridad constituye la garantía de protección a los menos favorecidos en base a la participación de todos los contribuyentes al sistema. El Financiamiento Solidario no es más que la contribución de los recursos deben ser distribuidos de acuerdo a la capacidad económica de los que cotizan.<br />Los hombres no viven aislados sino en sociedad, unidos por la condición humana y la convivencia social. <br />Unitario: Se concibe este principio como una tendencia hacia la unidad del sistema de seguridad social, la coherencia y coordinación armoniosa de los organismos encargados de prestar el servicio, la articulación de las políticas, instituciones, regímenes, procedimientos y prestaciones para alcanzar los fines de la seguridad social.<br />Participativo: Es la intervención de la comunidad a través de los beneficiarios en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en su conjunto. Es el fortalecimiento del rol protagónico de todos los actores sociales, públicos y privados, involucrados en el Sistema de Seguridad Social Integral. <br />La seguridad social es un deber y un derecho de todos los ciudadanos, los miembros de la sociedad están obligados a contribuir a su financiamiento de acuerdo a su capacidad económica y a velar por su correcto y adecuado desarrollo, como actores participantes en la gestión de la seguridad social, para el logro de su perfeccionamiento y consolidación.<br />Contribuciones Directas e Indirectas: Las contribuciones a los sistemas pueden provenir de las cotizaciones de los afiliados, de los aportes fiscales del Estado, los intereses, rentas, derechos y cualquier otro producto proveniente de su patrimonio e inversiones; las contribuciones indirectas que se establezcan; cualquier otro ingreso o fuente de financiamiento.<br />Autofinanciamiento: Es el funcionamiento del sistema en equilibrio financiero y actuarialmente sostenible.<br /> Fundamentos de la Seguridad Social  en Venezuela.<br />La Seguridad Social ha jugado un papel trascendental a lo largo de la historia, convirtiéndose en una política pública destinada a proteger integralmente a los habitantes de un país a través de prestaciones de dinero, atención médica y otros beneficios, pero al mismo tiempo como mecanismo social, institucionalizado desde distintos organismos, ha adquirido distintas expresiones a través de la historia contemporánea reciente.<br />Es importante destacar, el contenido de los artículos 19 y 23 de nuestra Carta Magna, en los cuales se establece que los tratados internaciona
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  • 1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTALPOLITECNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONALDECANATO DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADOMAESTRIA EN GERENCIA DE RECURSOS HUMANOSCATEDRA: SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN VENEZUELA<br />CAPITULO III<br />BIENESTAR SOCIAL LABORAL<br />FUNCION SOCIAL DE LA EMPRESA, OBJETIVOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, FUNDAMENTOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN VENEZUELA, AUDITORIA Y BALANCE SOCIAL, PLANES Y BENEFICIOS SOCIECONOMICOS.<br />GRUPO II: Mariela Velásquez Rísquez<br />Olivia Bastardo<br />Sergio González<br />William Omar Jiménez.<br />Yanetsi Espinosa<br />PROFESOR: MSc. Alexander Blandin<br />Caracas, 18 de Junio de 2.011<br />ESQUEMA DEL TRABAJO.<br />Bienestar Social Laboral:<br />La seguridad social. Inicio del estado de bienestar<br />Bienestar social laboral o calidad de vida laboral. Definición de varios autores: Suttle, Sun, Mateu, <br />CRBV. Artículos relacionados con bienestar laboral y calidad de vida: 83, 87, 88, 90, <br />LOT Artículos relacionados con el derecho al trabajo<br />Bienestar social laboral realidad de las empresas publicas y privadas en Venezuela<br />Factores que afectan a la calidad de vida laboral. Modelo de calidad de vida laboral de Walton.<br />Programas de bienestar laboral en Panamá y Colombia.<br />La función social de la empresa:<br />Concepto <br />Basamento y fundamento Constitucional<br />Basamento y fundamento legal<br />Declaración de los derechos humanos en relación con la seguridad social en Venezuela<br />Participación de la seguridad en el marco del bienestar social<br />Relaciones de la empresa con el Estado-gobierno en el marco de la seguridad social<br />El rol de las ONG y demás asociaciones en la función social de la empresa<br />La justicia social enmarcada dentro de la seguridad social<br />El ambiente interno y externo en el desarrollo de la función social de la empresa<br />Leyes aplicables en el ámbito interno y externo de la seguridad social<br />Responsabilidades de la empresa en el marco de la aplicabilidad de la función social.<br />Objetivos de la Seguridad Social:<br />Argumentos sociales<br />Fundamentos constitucionales y legales<br />Presencia estatal en los objetivos de la seguridad social<br />Presencia de la empresa privada en los objetivos de la seguridad social<br />Órgano rector del sistema de seguridad social en Venezuela<br />Relación entre el derechos de la seguridad social y el derecho laboral<br />Algunas misiones para el cumplimiento de los programas de la seguridad social<br />Sistemas prestacionales (salud, Previsión social, de vivienda y hábitat)<br />Análisis de la Ley de Protección a la Familia, la Maternidad y la Paternidad, Gaceta Oficial Nº 38773 de fecha 07 de septiembre de 2007<br />Criterios de la seguridad social<br />Esquema de la equidad, la sustentabilidad y la seguridad humana,<br />Referencia a la instrumentación de los programas sociales se hacen en base a cinco puntos estratégicos y uno de emergencia: familia, hábitat y vivienda, ingreso, emergencia naturales sociales inclusión social y el Plan de Desarrollo Económico Social de la Nación (2001-2007 y 2007-2013)<br />Principios de la Seguridad Social: <br />Universal.<br />Integral.<br />Eficiente.<br />De financiamiento Solidario.<br />Unitario.<br />Participativo.<br />Contribuciones Directas e Indirectas.<br />Autofinanciamiento.<br />Fundamentos de la Seguridad Social en Venezuela.<br />Basamento y fundamento constitucional.<br />Basamento y fundamento legal.<br />Características relevantes que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela le atribuye a la Seguridad Social.<br />Aplicación del tema en estudio, en el Banco de Desarrollo de la Mujer. (BANMUJER. CA.)<br />Auditoria y Balance Social:<br />Antecedentes Históricos del Balance Social.<br />Auditoria Social.<br />Funciones de la Auditoria Social.<br />Balance Social.<br />Objetivos del Balance Social.<br />Requerimientos básicos para la implantación del Balance Social.<br />Metodología para la implantación del Balance Social.<br /> Normativa Internacional y, <br /> Normativa Nacional Nacional.<br />Responsabilidad Social Empresarial y Balance Social.<br /> ¿Que es la Responsabilidad Social.?<br /> Antecedentes.<br /> Teoría sobre Responsabilidad Social Empresarial.<br /> Alcance actual de la Responsabilidad Social.<br /> La Responsabilidad Social y el consumidor.<br /> Principales responsabilidades ética de la empresa con los trabajadores y la comunidad.<br /> ¿Por qué hablamos de RSE y RSC?<br /> Beneficio de aplicación de l RSE en las empresas.<br /> La responsabilidad social empresarial y las PYME.<br /> La responsabilidad social en la actualidad.<br /> Normativa Internacional.<br /> Normativa Nacional.<br /> Experiencia en Venezuela. <br /> <br />Planes y Beneficios Socioeconómicos:<br />Definiciones.<br />Prestaciones que son beneficios socioeconómicos.<br />Beneficios sociales y económicos.<br />Origen de los beneficios socioeconómicos.<br />Clasificación de planes de servicios y beneficios socioeconómicos.<br />Fundamentos de los programas de beneficios a los empleados.<br />Problemas de un programa de beneficios.<br />Tipos de programas de beneficios.<br />Criterios para la plantación de Servicios y Beneficios.<br /> Objetivos de un Plan de beneficios sociales.<br />Consideraciones Legales.<br />INTRODUCCION<br />En el siglo XIX algunos empresarios industriales en Europa y en los EE.UU. se preocuparon por la vivienda, el bienestar y la caridad de sus empleados. Junto con la aparición de movimientos contrarios a grupos que consideraban poco éticos al lucrarse con productos perjudiciales para la sociedad, como venta de tabaco, alcohol, etc. Con el siglo XX y con el desarrollo del Estado de Bienestar, el sentimiento filantrópico se volcó en relaciones formales integrales dentro de las instituciones; cuando hasta entonces el único objetivo empresarial había sido aumentar la productividad y los beneficios económicos. Aunque la expresión surge entre los 50-60 en EE.UU., no llega a desarrollarse en Europa hasta los 90, cuando la Comisión Europea para implicar a los empresarios en una estrategia de empleo que generase mayor cohesión social, utilizó el concepto. Pues en la sociedad europea había cada vez más problemas en torno al desempleo de larga duración y la exclusión social que eso suponía. Más tarde en 1999 el secretario general de la ONU durante el Foro Económico y Mundial de Davos pidió que se adoptasen valores con rostro humano al mercado mundial. Lo cierto es que desde los años noventa este concepto ha ido cobrando fuerza y evolucionado constantemente, tras el advenimiento de la globalización, el aceleramiento de la actividad económica, la conciencia ecológica y el desarrollo de nuevas tecnologías.<br />De lo anterior podemos decir, que se gesto hacia la fuerza laboral un nuevo paradigma que toma conciencia sobre las necesidades básicas de todo trabajador y su familia. Por lo que hemos visto como varios autores han estudiado las necesidades, entre los cuales se cuenta Galtun y Wirack citado por Diez (1994), el concepto de necesidad se aplica a un estado imprescindible, tanto para la existencia humana como para la continuidad de la sociedad, y puede ser clasificado en una de las siguientes cuatros categorías jerárquicas: seguridad, bienestar, libertad e identidad. Cada sociedad definirá su política de desarrollo y las condiciones más adecuadas para acceder a niveles cada vez mayores de satisfacción de necesidades. Sin embargo, la máxima satisfacción de necesidades puede ser frenada por las limitaciones de la naturaleza, esto es, por la obligación de respetar el equilibrio ecológico local, nacional o mundial, lo cual puede emplazar a la sociedad a cuestionarse acerca del umbral máximo de desarrollo.<br />La crisis del Estado de Bienestar, que comienza a producirse en las sociedades desarrolladas como consecuencia de la globalización y el sometimiento de las políticas económicas, monetarias, laborales y sociales de cada país a las exigencias de los grandes bloques políticos-económicos, ha supuesto el fin de la autonomía del Estado para diseñar su propia política económica y sus sistemas de protección social.<br />Habermas (1991), mediante la sociología crítica explica la crisis del estado de bienestar desde una triple dimensión: <br /> Económica. Los constantes ajustes económicos que se están produciendo en los últimos años en las sociedades capitalistas avanzadas constituyen un claro ejemplo de que la forma de intervención del estado, en lugar de reactivar el sistema productivo y corregir sus desajustes, responde a las leyes económicas que operan en el mercado, y por tanto, se encuentra sometida a la propia lógica de la crisis. <br /> Política. La crisis política es analizada por Habermas a través de los conceptos de racionalidad y legitimidad, que interactúan entre sí. Se debe considerar una actuación racional por parte del estado cuando su política económica y social responde a los intereses generales y colectivos. El origen de la crisis de racionalidad es, por tanto, un problema de primacía de intereses. La racionalidad se puede medir por la capacidad del poder para que sus decisiones sean universales y no particulares y, por tanto, el consenso constituye el principio formal de la racionalidad. Cuando se reprimen los intereses generales y prevalecen los de los grupos de presión más poderosos, es cuando el poder debe buscar nuevas formas pseudolegitimadoras, y se produce una crisis de racionalidad. <br /> Sociocultural. La crisis sociocultural es también una crisis de motivación. Las aspiraciones de libertad y de igualdad, son compartidas por la mayoría de los ciudadanos del mundo desarrollado. Pero en la medida en que esta moral es aceptada universalmente, las estructuras económicas, políticas, sociales... del sistema capitalista entran en contradicción con ella.<br />En Venezuela, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Bolivariana de Venezuela, cuya característica social se puede considerar de novedosa que se manifiesta en la serie de artículos que proclaman y protegen los derechos sociales de toda la sociedad, tales como el derecho a la seguridad social expresado en el artículo n° 86 que reza lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a la Seguridad Social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas. La ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de su protección. Los recursos financieros de la seguridad social no podrán ser destinados a otros fines. Las cotizaciones obligatorias que realicen los trabajadores y las trabajadoras para cubrir los servicios médicos asistenciales y demás beneficios de la seguridad social podrán ser administradas sólo con fines sociales bajo la rectoría del estado. Los remanentes netos del capital destinado a la salud, la educación y la seguridad social se acumularán a los fines de su distribución y contribución en esos servicios. El sistema de seguridad social será regulado por una Ley Orgánica Especial” , y la presencia de la acción social que es la forma institucionalizada del Estado, el cual mediante una serie de actividades trata de satisfacer necesidades de carácter prioritarias.<br />El Bienestar Social Laboral se utiliza para designar “los programas de servicio y/o beneficios al interior de las organizaciones, tendiente a satisfacer necesidades sociales, económicas y culturales de los trabajadores y empleadores, así como fomentar las relaciones intra y extra institucionales.” (Gaitán, 1999:2)<br />En la mayoría de los casos está orientado a crear un ambiente positivo de trabajo, en el cual las relaciones obrero – patronales pueden desarrollarse armoniosamente, cuyos objetivos expresan claramente una concepción humanista que presenta el medio laboral, como el espacio que ofrece condiciones que proporcionan no sólo un adecuado desempeño, sino las posibilidades de autorrealización del empleado:<br />A través del presente trabajo y su presentación trataremos de explicar y hacernos entender a cerca de estos planteamientos a fin de poder dejar claro cuales son los objetivos, criterios y principios de la seguridad social en Venezuela, y que desencadenan al Bienestar Social Laboral, dejando claro la función social de la empresa, su balance social y los planes y beneficios socioeconómicos que estas deben brindar, tanto interna como externamente. <br />BIENESTAR SOCIAL LABORAL<br />Inicio del Estado de Bienestar<br /> La Seguridad Social fue determinante para la aparición del Estado de Bienestar o Estado Social de Derecho: Este derecho humano se encuentra dentro de los derechos económicos, sociales y culturales y está consagrado en normas de rango constitucional. Se puede observar que el artículo 86 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela le atribuye una obligación inmediata al Estado, al consagrar que el Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas…<br /> Por tal motivo, el Estado es el garante de la satisfacción de las necesidades básicas para una vida digna (necesidades vitales) de todos los ciudadanos, independientemente de las formas y condiciones de  su relación con la economía, incluyendo también la privatización de las empresas industriales y de servicios, es decir, invariablemente es imprescindible defender el rol del Estado como última instancia de garantía de la ejecución de la gestión existencial, gracias a la protección y fomento de los derechos sociales y económicos.<br />Bienestar social laboral o calidad de vida laboral<br /> Marco Jurídico <br /> En Venezuela el bienestar social laboral, o la satisfacción de los empleados en sus respectivos trabajos, tiene rango constitucional, ya que está consagrado como una de las garantías que establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), específicamente en su artículo 87, el cual refiere que toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar, por lo que el Estado es responsable de que todos puedan obtener una “Ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa”, es decir, un trabajo que no degrade al empleado de su estatus de ser humano y que además de que le genere el sustento propio y de su familia, también le proporcione la mayor suma de felicidad posible.<br /> Asimismo el artículo 89 refiere que: “El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras”. Este artículo fundamentalmente establece que el trabajo forma parte de las actividades cotidianas de las personas como miembros de una sociedad, que genera no solo el incremento de la calidad de vida individual, sino también de los miembros del entorno y asimismo refiere la norma que el Estado es garante de la protección del derecho al trabajo en condiciones dignas.<br /> En artículos subsiguientes de la Carta Magna venezolana, se establece que el bienestar social laboral de todo empleado debe ir en consonancia con el respeto a la jornada diaria de trabajo que no debe exceder a la establecida por la Ley; con el respeto al salario necesario y prestaciones sociales que el empleado debe obtener por su trabajo y que debe ser suficiente para sufragar sus necesidades y la de los suyos, con miras a mejorar su calidad de vida, y de la misma forma también se establece la obligatoriedad que tienen los empleadores de proveer la estabilidad laborar y no incurrir en los llamados despidos injustificados, los cuales serán severamente sancionados de conformidad con la Ley.<br /> Así mismo, existen una serie de artículos relaciones con el bienestar social laboral, expresados en la L.O.T, L.O.S.S, OIT de acuerdo a las condiciones y beneficios de los que debe gozar todo trabajador dentro de la organización y que se encuentran ampliados más adelante. <br />Definiciones <br /> El bienestar social es un concepto que ha sido definido de muchas formas, debido a la dificultad que tiene comprender en términos breves y precisos los sentimientos de satisfacción material e inmaterial que producen en los individuos y sociedades una serie de condiciones materiales, como el nivel de ingresos, equipamiento de la vivienda, acceso a la educación, salud entre otros. En consecuencia, el bienestar social en términos sencillos puede ser definido como “un estado o situación de la sociedad en que sus miembros o integrantes logran satisfacer plena e integralmente sus necesidades biológicas y sociales, materiales y no materiales.” (Méndez, 1995).<br /> Ahora bien, ese estado de bienestar que abarca una serie de aspectos que hacen que el individuo se sienta realizado, genera expectativas para el mismo no solo en el entorno de social, sino también en el ámbito laboral, ya que la persona en el pleno cumplimiento de sus funciones espera lograr ese mismo nivel de satisfacción producto de un ambiente laboral agradable y del reconocimiento de su trabajo, lo cual repercute en un bienestar familiar y social. En consecuencia, algunos autores han definido el bienestar social laboral de la siguiente manera:<br /> Suttle (1977), consideró el bienestar laboral como “el grado en que los miembros de la organización satisfacen necesidades personales importantes a través de sus expectativas en la organización”.<br /> Sun (1988), lo define como un proceso dinámico y continuo para incrementar la libertad de los empleados en el puesto de trabajo, mejorando la eficacia organizacional y el bienestar de los trabajadores a través de intervenciones de cambio organizacional planificadas, que incrementan la productividad y la satisfacción.<br /> Mateu (1984), ve al bienestar laboral como “una oportunidad para todos los empleados, a todos los niveles de la organización de influir eficazmente sobre su propio ambiente de trabajo, a través de la participación en las decisiones que afecta al mismo, logrando así una mayor autoestima, realización personal y satisfacción en su trabajo”.<br /> Así mismo, el bienestar social laboral se define como el estado deseado por el grupo de personas que laboran en una organización, este se logra por medio de planes, programas y proyectos, que a partir de la gestión involucra elementos dinámicos que buscan mejorar la cotidianidad laboral a su vez la condición personal, familiar y social.<br /> Está orientado hacia la protección de los derechos o intereses sociales de los empleados, la función es complementar y apoyar las políticas generales de la organización hacia las cuales deben dirigirse los esfuerzos y directrices de la misma.<br /> Por otra parte, es considerado como un proceso de construcción estable y participativo, que demanda la creación, el mantenimiento y el mejoramiento de las condiciones que favorezcan el desarrollo del trabajador, el mejoramiento de su nivel de vida y el de su familia, y que así mismo, acreciente los niveles de satisfacción, eficiencia e identificación con su trabajo y con el logro de la finalidad social de las entidades.<br /> También se conoce como el conjunto de factores que participan en la calidad de la vida de la persona y que hacen que su existencia posea todos aquellos elementos que dé lugar a la tranquilidad y satisfacción humana. <br /> El bienestar social es una condición no observable directamente, sino que es a partir de formulaciones como se comprende y se puede comparar de un tiempo o espacio a otro. Es una de las áreas más importantes de toda organización, ya que es allí donde el ser humano pasa gran parte de su tiempo, buscando satisfacer necesidades económicas, sociales y personales, que le permiten mejorar sus condiciones de vida.<br />Calidad de vida dentro de las organizaciones<br /> La Calidad de Vida en el Trabajo abarca no sólo los aspectos intrínsecos del cargo, sino también los aspectos extrínsecos; afecta actitudes personales y comportamientos importantes para la productividad individual, como motivación para el trabajo, adaptabilidad a los cambios en el ambiente de trabajo, creatividad y voluntad de innovar o aceptar los cambios (Chiavenato; 2000) .<br /> El concepto de calidad de vida laboral o bienestar laboral abarca todas las condiciones relacionadas con el trabajo, esto incluye:<br />•Horarios de trabajo.<br />•Sueldo o remuneración.<br />•Medio ambiente laboral.<br />•Beneficios y servicios para el personal.<br />•Posibilidades de ascender y hacer carrera.<br />•Relaciones interpersonales.<br />Desarrollo de bienestar<br />Lo que se busca en el bienestar social laboral es:<br /> - Que el medio laboral respete al trabajador como persona y promocione los medios adecuados para su realización.<br /> - La realización personal mediante el ejercicio del derecho al trabajo en condiciones de seguridad económica y personal.<br /> - Adecuado funcionamiento del trabajador dentro del medio laboral.<br /> Estos objetivos manifiestan una inclinación humanista que relaciona el entorno laboral como el espacio que brinda condiciones y oportunidades que facilitan un apropiado desempeño y las posibilidades de autorrealización del trabajador.<br /> La materialización o medio para lograr dicho Bienestar Social Laboral de los empleados es entonces los beneficios que recibe el trabajador de parte de la empresa y otras entidades pero que no constituyen salario. Dichos beneficios pueden ser de origen legal, es decir los establecidos por la Ley, y los extralegales o formulados voluntariamente por la organización.<br /> Por otra parte, existen los programas de bienestar laboral dentro de las organizaciones que buscan crear un sistema de recompensas equitativas para la organización y los trabajadores.<br /> Los aspectos que pretende cubrir este programa en una empresa pública o privada pueden ser de tipo económico y no económico, los primeros tienen que ver directamente con aspectos cubiertos con dinero o su equivalente, los segundos con otros tipos de prestaciones, como los aspectos sociales que buscan brindar seguridad y comodidad al trabajador y su grupo familiar, como medio de que dedique todo su esfuerzo y atención a sus tareas y responsabilidades laborales, y se corresponden con los beneficios no económicos que contemplan los planes de incentivos. <br /> Así mismo, el impacto social dentro de la organización busca brindar seguridad y comodidad al trabajador y su grupo familiar, como medio de que dedique todo su esfuerzo y atención a sus tareas y responsabilidades laborales, y se corresponden con los beneficios no económicos que contemplan los planes de incentivos. Estos beneficios a su vez pueden ser: <br />· Asistenciales <br /> Buscan brindar al empleado y su grupo familiar cierto grado de seguridad en casos de necesidades imprevistas, tales como. Asistencia médica - hospitalaria, asistencia odontológica, seguro de accidentes. <br />· Recreativos <br /> Buscar brindar condiciones de descanso, diversión, recreación e higiene mental, al trabajador, y en muchos casos a su grupo familiar. <br />· Supletorios <br /> Pretenden brindar al trabajador facilidades, comodidades y utilidades para mejorar su calidad de vida, como por ejemplo: transporte, comedor en el trabajo, estacionamiento, horarios móviles, cooperativas de consumos, agencias bancarias en el lugar de trabajo. <br />· Adiestramiento <br /> El adiestramiento puede constituir también un incentivo importante para el trabajador ya que de esta forma la propia organización le brinda la oportunidad de prepararse más adecuadamente para las funciones que desempeña. <br />  En este sentido se puede decir que las políticas de desarrollo de recursos humanos deben comprender: La Creación y desarrollo de condiciones capaces de garantizar la buena marcha y la excelencia organizacional, mediante el cambio de comportamiento de los miembros. Es así, que el adiestramiento en toda organización es importante ya que el mismo garantiza el mejor desempeño de los trabajadores. <br />       En una empresa pública o privada, el bienestar social laboral que los empleadores les dan a los empleados debe enmarcarse, en la certeza que tengan los segundos de que son tan importantes para la compañía como los clientes o usuarios.   El bienestar social laboral de los empleados debe partir de sus propias necesidades y no de lo que opinen terceros que no conocen la realidad laborar en específico, por supuesto no toda empresa es capaz de satisfacer absolutamente todas las necesidades de su personal, pero debe existir un orden de prioridades que parta del mismo empleado.<br /> Por consiguiente, Lograr los planes o programas en una institución pública o privada es el reto que día a día enfrentan la gerencia de recursos humanos, que trabajan en un sistema donde todo está regulado por leyes y normativas, contratos colectivos, convenios, cuyo cumplimiento escapa de sus manos. <br /> El primer paso es dar a conocer a todos los trabajadores, además de sus responsabilidades, los derechos que le corresponden como efecto de las condiciones contractuales, legales y provisiones establecidas por la misma institución. <br /> Sin embargo, el cumplimiento del plan de incentivos va a depender de una serie de criterios, como son: <br />- Costo del programa <br />- Capacidad de pago <br />- Necesidades reales <br />- Poder del sindicato <br />- Relaciones públicas de la institución <br />- Nivel de responsabilidad social <br />- Reacción de la fuerza laboral. <br /> Principios que deben cumplirse para hacer factible un plan de incentivos:   · Principio del retorno de la inversión: No se puede ofrecer ningún incentivo si el mismo no traerá a cambio incrementos en el rendimiento y eficiencia de la institución.   · Principio de la responsabilidad mutua: El éxito del plan de incentivos dependerá de la inversión de la institución en beneficio de la fuerza laboral y los beneficios que ésta dará a la institución reflejada en rendimiento y productividad. <br />· El costo calculado del plan de incentivos debe tener una base financiera sólida que garantice su permanencia en el tiempo y evite conflictos laborales y políticos.   Otros principios que deben cumplirse es satisfacer las necesidades reales de la fuerza laboral así como beneficiar al mayor número posible de individuos.<br /> Tipo de Incentivos que pueden otorgarse en las organizaciones Públicas o Privadas: Los reconocimientos en el campo laboral son incentivos que premian el esfuerzo del trabajador, su antigüedad y dedicación entre otros factores. De manera que éstos consisten en incentivos para estimular ciertos tipos de comportamiento. <br /> De este modo, los sistemas de reconocimientos y recompensas que se otorgan al personal de una empresa pública o privada permiten que se premie las conductas positivas en los miembros de una organización. <br />Bienestar social y la realidad de las empresas públicas en Venezuela<br /> En la actualidad, se evidencia que en las organizaciones públicas la fuerza laboral es considerada como un objeto desechable, decir puede ser contratada o despedida de acuerdo a los requerimientos del mercado, situación que ha perfilado un nuevo tipo de trabajador caracterizado por ser un sujeto aislado, desagradado y desarticulado de los derechos sociales y proclive a una mayor explotación al exigírsele una alta productividad en un menor tiempo. El único derecho que posee es depender de un mercado laboral flexible que se resiste a acuerdos laborales que garanticen las condiciones necesarias para el avance económico y social de la clase trabajadora. <br /> Así mismo, se ha resquebrajado el bienestar social de los trabajadores aun cuando existan planes y programas de incentivos y mejoras en la calidad de vida laboral, ya que, los contrato colectivos que estipulaban la seguridad social fueron sustituidos por contratos individuales, desapareciendo los beneficios conquistados por las organizaciones sindicales, a saber el derecho a la salud, educación, prestaciones sociales, salarios justos, estabilidad laboral, entre otros.<br /> En definitiva, la individualización del contrato de trabajo que conduce al subempleo, a salarios bajos, a la desprotección social, a la exclusión del mercado y precarización de la fuerza laboral, así como la nueva concepción de lo social basada en la privatización acentúan en el mercado laboral las características de pobreza extrema. <br /> Sin embargo, ante el deterioro de los derechos laborales y del bienestar social de los trabajadores, es necesario darle paso a un modelo que funcione sin interferencia de intereses de algún sector o clase en particular. Dicho modelo para el logro de la efectividad social, estaría sustentado en un marco regulatorio amplio, que reconozca a cualquier individuo de la sociedad como el punto focal de todos los servicios, y como poder máximo de decisiones en cuanto al tipo y calidad de atención que reciban.<br /> Las demandas que la sociedad reclama como eficiencia, mercado productividad entre otros, tienen que estar acompañados por la equidad, el desarrollo social el bienestar colectivo y la justicia, es decir, debe existir una vinculación entre el desarrollo económico y el desarrollo social. Además de esto no puede olvidarse el papel que el sindicato y la negociación colectiva juegan en el bienestar de la clase trabajadora; estos son aspectos que hay que rescatar por estar inmersos en los derechos humanos básicos. <br /> El estado por su parte, debe jugar un papel importante, ya no puede comportarse como el simple regulador y prestador de asistencia a los sectores más vulnerables de la sociedad, ni como el vigilante que interviene cuando se ve amenazado el funcionamiento del mercado; por el contrario, su acción estaría dirigida a ser el ente garante de que todo ser humano independientemente de su condición social y necesidades, está por encima de intereses individuales. <br /> Programas de bienestar laboral en Panamá y Colombia <br /> Algunas instituciones en países como Colombia y Panamá han diseñado y accionado un programa de bienestar social laboral en sus organizaciones, buscando soluciones creativas para asegurar un mejor desempeño de sus empleados y a la vez un mayor equilibrio entre sus trabajos y su vida personal. De esta manera se presentan brevemente en qué consisten dichos programas y cuáles han sido los resultados tras la puesta en práctica del mismo. <br />Autoridad del Canal de Panamá: Propósito del programa<br /> Documentar todos los componentes que conforman en la actualidad el Programa de Bienestar Laboral de la empresa, y también para que apoye en el proceso de orientación a los nuevos colaboradores de la división, en los reglamentos sobre el uso de las instalaciones, los recursos disponibles, disponibilidad y beneficios de los programas y servicios que se ofrecen, y costos de los servicios comerciales.<br />II. MARCO JURÍDICO<br /> El acuerdo No. 12 (del 3 de junio de 1999) es el estatuto por el cual se aprueba el Reglamento de Control de Riesgos y Salud Ocupacional de la Autoridad del Canal de Panamá, y el que establece que la Administración instituirá programas de control de riesgos y salud ocupacional que procuren mantener a los empleados en condiciones óptimas para el desempeño de sus labores, proteger su vida, salud y seguridad, y controlar y disminuir los riesgos e accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.<br />- Medidas de Control de Riesgos y Salud Ocupacional, Sección Segunda: Salud Ocupacional, Artículo 12, el cual establece que los programas de salud ocupacional dispondrán, en otras, de las siguientes actividades:<br />Promoción de la salud, el bienestar, la seguridad, la moral, educación preventiva y otras actividades similares.<br />Acondicionamiento físico conducente a garantizar la preparación adecuada de los empleados para las diferentes funciones y condiciones de trabajo, y el mantenimiento de un estilo de vida saludable.<br /> Otras conducentes a mantener y mejorar el bienestar y las buenas condiciones físicas de los empleados de la Autoridad.<br />II. VISIÓN<br /> Ser un modelo ejemplar para alcanzar la salud óptima de toda la fuerza laboral de la ACP bajo la premisa de “un cuerpo sano es sinónimo de una mente sana”. Concienciar al empleado a reunir los requisitos necesarios para tener una óptima condición física.<br />III. MISIÓN<br /> Desarrollar programas de bienestar y acondicionamiento físico que le brinden al empleado las herramientas necesarias para incrementar su bienestar, calidad de vida y productividad.<br />IV. OBJETIVOS<br /> Mejorar la calidad de vida de los empleados y su capacidad corporal laboral. o colaborar en el incremento de la productividad de los empleados en sus respectivas áreas de trabajo.<br /> Proveer al empleado las técnicas y herramientas necesarias para la prevención de lesiones en su lugar de trabajo.<br /> Capacitar y actualizar al empleado en el área de acondicionamiento físico.<br />Contribuir en la disminución del absentismo manteniendo un individuo sano que conoce su entorno laboral y participa en auto-cuidado, cumpliendo con las expectativas de la empresa y del país.<br />Ayudar a disminuir los niveles de estrés de los colaboradores y disminuir el riesgo de violencia en el ámbito laboral.<br />Contribuir en la generación de ingresos colaterales para la ACP a través de los servicios que el Programa ofrece y el alquiler por el uso de las instalaciones recreativas.<br />V. ALCANCE<br /> Este programa está a disposición de todos los funcionarios, empleados, dependientes de empleados, jubilados de la PCC y ACP, y miembros de la ACP.<br />VI. RESPONSABILIDADES<br /> La División de Salud Ocupacional (HRH). Es la responsable de planificar, dirigir y controlar los programas de Salud Ocupacional y Bienestar Laboral de la ACP. También dirige los programas diseñados para ayudar a los empleados a regresar a sus labores rápidamente después de sufrir una lesión y actividades de acondicionamiento físico del empleado.<br /> La Unidad de Bienestar Laboral (HRHF). Planifica y administra el programa de bienestar y acondicionamiento físico; provee adiestramiento acuático y administra los programas de acondicionamiento durante las horas de trabajo; actividades de acondicionamiento físico, recreativas y deportivas después de horas de trabajo, y asesora a otras divisiones y unidades sobre el diseño de sus programas de acondicionamiento y adiestramiento físico. <br /> A continuación se presente un recuadro de los beneficios con los que cuentan los trabajadores de dicha organización y el propósito sociolaboral de los mismos. <br />PROGRAMAPROPOSITOBENEFICIARIOSSalud y Bienestar IntegralPromover el bienestar de su recurso humano.El mismo provee las herramientas necesarias para adquirir, practicar y promover un estilo de vida físico y mental saludable, que contribuya al equilibrio individual y social dentro y fuera de la empresa.Personal de la ACP activos y jubiladosAcondicionamiento Físico Personalizado (P.A.F.P.)Este programa se realiza de manera voluntaria o por referencia de parte del personal médico, enfermeras y fisioterapistas de la división de Salud Ocupacional.Acondicionamiento Físico en el Trabajo(P.A.F.E.T.)Servir como medio directo y preventivo para reducir las incidencias de lesiones en las áreas de trabajo.Acondicionamiento para Grupos Especialesfacilitar una alternativa de acondicionamiento físico muscular y cardiovascular al cliente con una agenda detrabajo muy ocupada, en el que tan solo requiera de la inversión de 30 minutos tres veces por semana para mantener una buena salud.Pruebas de NataciónReducir el nivel de riesgo de los empleados que laboran en equipo flotante o que desempeñan sus funciones en áreas cercanas al agua mediante el establecimiento del requisito físico de nadar para empleados que ocupan puestos específicos.Verano Felizofrecer una variada gama de actividades y deportes en los Centros de Bienestar Integraldependientes de los empleados de la ACP entrelas edades de 4 y 17 años<br />Programa de Bienestar Social Alcaldía Municipal de Génova Quindío<br /> Propósito: lo que se busca con la implementación de estas políticas es la integración y participación de los funcionarios de la Administración en las distintas actividades deportivas, culturales y lúdicas.<br />Cuadro esquemático del Programa de Bienestar Social<br />OBJETIVOS INSTITUCIONALESRESPONSABLE:DESCRIPCION DEL PROGRAMABENEFICIARIOSObjetivo general: Velar por un ambiente laboral adecuado donde todos susfuncionarios gocen de una apropiada armonía con sus compañeros y su familia,reflejándose en sus actividades diarias y permitiendo incrementar el sentido depertenencia con cada área de trabajo.Es competente de ejecutar y coordinar todoslos procesos de Bienestar Social Laboral la Secretaria de Gobierno y DesarrolloSocial, por cuanto es la encargada de desarrollar el proceso de Talento Humano enla Administración.Área deportiva: Entre las distintas dependencias y programas se realizaráncompetencias deportivas con el propósito de permitir el sano esparcimiento,aplicando las diferentes disciplinas.Área cultural: Realizar distintas actividades culturales en las cuales participenlos funcionarios para desarrollar diferentes aptitudes artísticas.Serán beneficiarios del Plan de Bienestar Social Laboral todos los funcionarios de laAdministración incluidas sus familias dando cumplimiento al Decreto Ley 1567 de1998.Objetivos específicos:· Ofrecer a los funcionarios de la Administración un adecuado clima laboral· Desarrollar actividades que permitan la integración y el aprovechamiento deltiempo libre de los funcionarios de la Administración· Permitir el mejoramiento de los procesos desarrollados en la Administración<br /> Finalmente, una política de bienestar social laboral debe responder a la satisfacción de las necesidades tanto organizacionales como individuales del trabajador dentro del contexto laboral, asumiendo los nuevos retos de los cambios organizacionales, políticos, culturales y haciendo partícipes a los miembros de la organización en la implementación de los planes, programas y proyectos, de tal manera que se combinen los fines de desarrollo de la entidad y los del Estado, con sus fines de desarrollo como persona. <br /> Y esto en el espacio laboral del sector público puede tener contenido al lograr identidad del funcionario con los fines del Estado como fines nobles que deben hacer parte de la cultura corporativa y principio de su desempeño laboral. <br />FUNCION SOCIAL DE LA EMPRESA<br />El Estado Social de derecho, lo podemos entender como un concepto sencillo, es la demanda de una serie de actos que deben ser cumplidos por actores gubernamentales y por todos aquellos miembros que conformamos la sociedad, en el cual se impetra actos concretos o hechos sociales con medidas y contenidos valorativos en la praxis social, al asignarle obligaciones de hecho al Estado, en el ámbito legislativo y administrativo, y a la sociedad en general, para que mediante el desarrollo de las acciones prácticas, estrategias y sistemas de gestión humana como individuos, como colectivo, y como empresas, estrechemos un nuevo equilibrio entre las dimensiones económica, social, cultural y ambiental, que nos impone el nuevo orden social, basado muchas veces en la globalización.<br />La definición de Estado Social de Derecho también se denomina “Prestacional”, su nota determinante es lo social y sus objetivos están encaminados hacia la consecución del bien común y la participación justa de la riqueza social. Los patrones interpretativos del Estado Social de Derecho y de justicia en Venezuela en tiempos de la modernidad revelan que debe ser un imperativo-categórico materializar la equidad, la solidaridad, el bien común, la responsabilidad social, la convivencia social y la justicia social<br />El Estado Social coincide con el Estado de Derecho, ya que sus funciones fundamentales radican en los pactos, tratados y convenios internacionales suscritos por el Estado Venezolano, lo que podemos ubicar en lo preceptuado por los Artículos 19 y 23 Constitucional de 1999, debido a que la finalidad del Estado Social de Derecho, reside en crear las condiciones mínimas necesarias para conservar y comprometerse a materializar esos derechos, a fin de satisfacer las demandas y necesidades de sus habitantes para lograr el bienestar colectivo, la justicia, la educación, la salud, la seguridad social el propender un desarrollo integral de la sociedad del individuo, el establecimiento y la protección de los derechos humanos, lo que se constituyen en funciones indelegables del Estado, pero que para llevarlas a cabo debe contar con el concurso de la sociedad <br />.<br />Es la Constitución Política la base de todo ordenamiento jurídico de una nación y es en ella donde descansa la norma jurídica, por lo tanto es el instrumento jurídico preeminente al que se remite como principio de base y razón de ser, en otras palabras es el complejo normativo del Estado. De manera que toda empresa debe desarrollar sus actividades de responsabilidad social dando cumplimiento a la legislación establecida en el área en la que se desenvuelve <br />Por otra parte hay que considerar la DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS, como ideal común para que todos los pueblos y naciones puedan desarrollarse bajo un clima de respeto, paz y seguridad social, de los cuales se hacen eco las autoridades venezolanas, desde la época de su proclamación. Basando la influencia de esos Derechos Humanos en la seguridad social en los preceptos morales siguientes:<br />Artículo 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad<br />Artículo 23. 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.<br />Artículo25. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su seguridad social.<br />La Responsabilidad social de la empresa pretende buscar la excelencia social en el seno de la misma empresa, para poder cumplirla debe prestar principal atención no solo a las personas que trabajan en ella y sus condiciones de trabajo, sino también deben prestar atención a la comunidad a la que se deben y en la que se desarrollan, así como en la calidad de sus procesos productivos.<br />La Organización Internacional del Trabajo (O.I.T) establece “La responsabilidad social de la empresa es el conjunto de acciones que toman en consideración las empresas para que sus actividades tengan repercusiones positivas sobre la sociedad y que afirman los principios y valores por los que se rigen, tanto en sus propios métodos y procesos internos como en su relación con los demás actores”<br />La función Social de la empresa la podemos definir como la participación y contribución de manera activa y voluntaria- aun cuando es una obligación legal, que se manifiesta de ciertas formas y que son impuestas por el Estado- al mejoramiento en el ámbito social, económico y ambiental por parte de la empresa, en la que generalmente busca mejorar su situación competitiva y calificativa, así como un valor añadido para el beneficio de la empresa, La función social de la empresa se remonta al siglo XIX en el marco del cooperativismo y del asociacionismo, que buscaban conciliar eficacia empresarial con principios sociales de democracia, autoayuda, apoyo a la comunidad y la justicia distributiva, es así como las empresas de la economía social tienen como objetivo conciliar esa eficacia empresarial con los postulados democráticos de participación.<br />El beneficio de la empresa es el mayor código de utilidad social, pues llena una necesidad por la que la población paga, es así como leemos en la prensa diariamente de la responsabilidad de la empresa, situación que se materializa y que tiene ineludible aplicación en un gobierno como el que tenemos actualmente, que se ha planteado por objeto hacer cumplir la Constitución y las Leyes, especialmente aquellas que van en beneficio de la población trabajadora y de los desposeídos de bienes, en las que se busca pronunciamientos a favor de las exigencias éticas, sociales y la transparencia que debe presidir una buena gestión gubernamental y empresarial, en donde igualmente se reafirma la función social que le corresponde como entes coadyuvantes de la economía nacional.<br /> análoga a la función social de la propiedad, que vincula ésta, ya que la misma no solo afecta o se identifica con el interés y la utilidad de los titulares de la misma, sino que también hay que verla en lo tocante al entorno en el cual actúa y a las personas con las que dicha empresa se relaciona ( trabajadores, proveedores, comunidad vecina, sociedad regional o nacional, usuarios, y el entorno ambiental…), de manera que se debe analizar la necesidad de llevar a cabo, un quot; balance socialquot; que refleje esas otras dimensiones de una organización económica que ha sobrepasado los límites del puro utilitarismo privado y ha tenido que encargarse de tareas y responsabilidades de naturaleza social, ambiental, educativa y cultural en el ámbito de su desarrollo. <br />En su afán o necesidad de la empresa de cumplir con lo pautado por la vía contractual como miembro de una sociedad o por lo que le corresponda por el imperio de la Ley, la misma no puede dejar de atender a la dignidad de los hombre y mujeres que trabajan dentro de sus instalaciones, o de los hombres, mujeres y niños o adolescentes ( que no son maquinas, no son cosas, sino personas) que conforman el entorno social de la misma, cumpliendo dentro de sus responsabilidades sociales que les impone la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Artículo 2, 3, 19 y 86 de atender a la dignidad de la sociedad; lo que debe cumplir sin convertirse en una especie de organismo social e institucional, quintándole competencia al Estado, ya que este regulara la acción de la empresa a través de los diferentes instrumentos jurídicos.<br />Las empresas de capital privado, o aquellas de capital mixto, tienen funciones diferentes al gobierno, y a la final una finalidad que difieren en sus resultados, ya que no es misión de la empresa solucionar problemas sociales, aun cuando de forma continua así lo hacen, caso que observamos a diario, es el caso de Petróleos de Venezuela, S.A (PDVSA) que interviene en todas las funciones de índole social que corresponden al Estado, sabemos que la principal fuente de financiamiento que tiene el Estado Venezolano, para las misiones, son los recursos petroleros, suministrados y administrado por PDVSA, pero el objeto de esta empresa es otro, no financiar directamente esos programas sociales, ni ejecutar programas del gobierno.<br />De la misma manera, pero de forma indirecta e independiente de los programas del Estado en materia de seguridad social integral lo hacen las empresas privada como POLAR <br />La empresa a través de la responsabilidad social, la que conocemos también como FUNCION SOCIAL, de la empresa, cumple un mandato social de manera voluntaria, pero esto es una ficción, ya que en la realidad se trata sencillamente de cumplir con la Ley, respetar los contratos con terceros, pagar los impuestos, respetar las reglas del mercado, cumplir las regulaciones administrativas, legales y laborales que les impone el Estado a través de lo imperioso de la Ley y garantizar la defensa de los intereses públicos (seguridad, salubridad, medio ambiente, resguardo de derecho de los trabajadores y de sus alcances socioeconómicos) pero sin perder el norte de su función como sociedad mercantil o asociativa, o como agrupación de personas que se unen para la consecución de un fin común.<br /> La función social de la empresa siempre estará orientada hacia el medio ambiente donde la misma se desenvuelve, encuadrando su funcionamiento en el marco del bienestar social, la moral y las buenas costumbres. Por lo que queda claro que el cumplimiento de estas normativas básicas no se corresponde con la responsabilidad social, sino con las obligaciones de cualquier empresa de cumplir con la Ley por el hecho de realizar una actividad. <br />De manera que el rol social o la función social de la empresa siempre estará encuadrada en el marco Constitucional de cada país que tenga una sociedad organizada. Desde el punto de vista político y democrático en el caso venezolano, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el artículo 86 establece <br />“Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencia de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad. Necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar, y cualquier otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas. La ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de su protección. Los recursos financieros de la seguridad social no podrán ser destinados a otros fines. Las cotizaciones obligatorias que realicen los trabajadores y las trabajadoras para cubrir los servicios médicos y asistenciales y demás beneficios de la seguridad social podrán ser administrados sólo con fines sociales bajo la rectoría del Estado. Los remanentes netos del capital destinado a la salud, la educación y la seguridad social se acumularán a los fines de su distribución y contribución en esos servicios. El sistema de seguridad social será regulado por una ley orgánica especial” <br />Pero no solamente debemos ver la participación de la empresa como la asociación de carácter mercantil, es necesario que analicemos la empresa como una comunidad, refiriéndose al papel que las asociaciones cumplen en la vida social, Durkheim ha destacado muy acertadamente el hecho que tienen los que él llama grupos secundarios. <br />“Una sociedad compuesta por una polvareda infinita de individuos inorganizados, que un Estado hipertrofiado se esfuerza en encerrar y retener, constituye una verdadera monstruosidad sociológica. La actividad colectiva es siempre muy compleja para que pueda expresarse por el solo y único órgano del Estado; además, el Estado está muy lejos de los individuos... Una nación no puede mantenerse como no se intercalen, entre el Estado y los particulares, toda una serie de grupos secundarios, que se encuentren bastante próximos a los individuos para atraerlos fuertemente a su esfera de acción y conducirlos así en el torrente general de la vida social” <br />En cuanto al rol específico de las ONG., Barreiro, ha expresado que “...interpretan como funciones propias las de asumir, reelaborar y globalizar una multiforme variedad de demandas sociales específicas o genéricas, articulando esta dimensión reivindicatoria con la acción del Estado y sus políticas sociales... A la vez sustentan una cultura de la cooperación, la solidaridad y la participación de los sujetos sociales involucrados en las tareas de desarrollo, para las cuales emprenden e impulsan” actividades de organización, educación, y capacitación... operando como escuelas de ciudadanía” <br />Peter Drucker se ha preguntado si estas organizaciones llamadas “no” gubernamentales o “sin” fines de lucro, podían definirse positivamente por algún rasgo común que las agrupara, concluyendo: “La institución sin fines de lucro no provee bienes o servicios ni controla”. Su “producto” no es un par de zapatos, ni una reglamentación efectiva sino un ser humano cambiado. Estas organizaciones son agentes de cambio humano. Su «producto» es un paciente curado, un niño que aprende…” <br />El rol social que tiene toda empresa que se encuentra domiciliada en territorio de la República de Venezuela y que por ende se rige por los principios sociales establecidos en la nuestra carta magna debe estar relacionada con el objetivo del Estado que tal como lo establece el Preámbulo constitucional, no es más que “establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y puericultura en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad” <br />El Estado como ente organizador de la seguridad social debe concretar la seguridad social para así mantener una justicia social con hechos inexorables como de obligatorios cumplimiento por mandato constitucional tal como lo establecen los Artículos 26 y 156.31 constitucional. <br />Artículo 26 “Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos; a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente. El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles” y el 156.31 “Es de la competencia del Poder Público Nacional… La organización y administración nacional de la justicia, del Ministerio Público y de la Defensoría del Pueblo.” <br />Es bueno aclarar que la empresa desarrolla su función social desde dos ámbito, el interno y el externo.<br />En el ámbito interno, la empresa como ente que debe velar por la seguridad de sus empleados, bien como una responsabilidad contractual, la que puede adquirirse por efectos de un contrato colectivo de trabajo o a través de los contratos individuales de trabajo, o simplemente porque así se lo ordene el Estado a través de: <br />La Ley Orgánica del Trabajo, el Reglamento de la misma, Decreto N° 8.166, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Alimentación para los Trabajadores y trabajadoras, Ley Orgánica del seguro Social, Ley Orgánica de Prevención, condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, Decreto Ley que regula el subsistema de pensiones, Ley Orgánica del estatuto de la función Pública, Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Ley del Régimen Prestacional de Empleo; Ley Orgánica Procesal Laboral, convenio 156 y recomendaciones 165 de la OIT, convenio 138 de la OIT (edad mínima de admisión al empleo) Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social o cualquier otra Ley que tenga aplicabilidad en la materia que se trata<br />También debe entenderse que en el ámbito interno la empresa, elabora, aplica y desarrolla, programas de seguridad personal y social, cuyo objetivo es beneficiar a sus trabajadores con las políticas implementadas, para que estos desarrollen calidad de vida acorde con los planes socio-económicos establecidos y de las familias como núcleo fundamental de la sociedad, los que se efectuaran durante el ejercicio anual de actividades de la empresa y cuya función corresponde ejércela a los departamentos de Recurso Humano y de Administración de la empresa <br />En el Ámbito externo, la empresa en su carácter de miembro activo de una economía, y que por lo general está ligada a la sociedad, con el apoyo que por orden legal debe prestarle de cualquier forma a la comunidad donde se encuentra o se desarrolla, debe cumplir una función acorde con su desarrollo y el campo donde actúa.<br />Aunque es en principio el Estado el encargado de cumplir con una serie de derechos sociales, aquellos que entendemos como derechos sociales fundamentales, de alguna manera la empresa tanto privada, como la de capital mixto en el cumplimiento de la Ley coadyuva con el Estado en la consecución de esos derechos sociales fundamentales. <br />Tomando en cuenta que Venezuela a finales del Siglo XX, se instituye desde la práctica jurídica como un Estado social de Derecho y de Justicia además de tener una tradición democrática es a través de los programas llamados misiones que ha puesto en práctica la presente administración, que se busca reducir la situación de gravedad social en la parte de seguridad, economía, vivienda, empleo, salud, cultura, los que en un momento determinado se han convertido en programas coyunturales que buscan solventar la gran deuda social del Estado y de la sociedad venezolana, a favor de los que están enmarcado en la pobreza estructural. <br />Sin embargo, la complejidad del tema social requiere de un esfuerzo mayor que va más allá de la definición y construcción de una nueva institucionalidad social, lo que constituye un nuevo avance social sostenido en nuevos principios, el cual constituye el principio constitucional un avance importante dirigido hacia la construcción de una concepción de política social integral, donde se rechaza abiertamente el asistencialismo y la focalización, y se rescata la visión universal y pública de una política social para todos los ciudadanos y no solamente para los pobres <br />.<br />Cuando se formaliza el reconocimiento de los tratados y convenios para hacer realidad esos derechos, se advierte una suerte de esperanza para aquellos que antes eran excluidos y que ahora son incorporados en proyectos y programas sociales que abarcan desde el Art. 75 hasta el 111 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.<br />Así, el Estado venezolano muestra fortalezas, representadas en la Constitución de la República y estabilidad democrática, en una legitimidad institucional reforzada en estos tiempos de dificultades, un aparato económico que ha resistido el embate de la corrupción, el despilfarro en las cuales se encuentran involucrados altos personeros del gobierno del presidente Hugo Chávez y lo más serio que antes de 1999 el Estado no había cumplido con los derechos sociales fundamentales en cuanto a la seguridad social integral, como a la alimentación, salud, empleo, recreación…<br />La seguridad social, integra en todo su ámbito al seguro social, la asistencia social, las prestaciones que se financian con los ingresos generales del Estado, las asignaciones familiares y las cajas de prevención.<br />Por otro lado existen considerables criterios para dominar las categorías sociales esenciales, en las que de manera bien directa está involucrada la empresa al no cumplir con la función que le tiene asignada la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como miembro de la sociedad venezolana, y las leyes que regulan el marco de la seguridad social integral, es por ello que debemos poner en práctica la llamada justicia social, que es comparada con lo que llamamos justicia distributiva y la que algunos iuspositivista la han comparado con la justicia divina, termino con el cual nosotros integrantes de este equipo de trabajo no estamos de acuerdo, todo ello se debe a la carga impositiva de quienes tienen la capacidad de soportarla, es donde entra en juego la función de la empresa como ente corresponsable de esa seguridad social. <br />De tal manera que la justicia social la podemos equiparar a la inclusión social, en la que debe tener una alta participación la empresa, ya que la llamada inclusión social significa que todos los venezolanos y venezolanas puedan desarrollarse integralmente, cumpliendo con sus deberes , y sobre todo ejerciendo sus derechos, lo que se puede materializar a través de una política de pleno empleo, sana alimentación, planes de vivienda, programas de salud totalmente gratis, todo esto contando con el concurrencia de la empresa.<br />La empresa en el desempeño de su función social debe cumplir con unas responsabilidades, con los trabajadores y con la comunidad para así dar cumplimiento a las imposiciones legales en la materia tanto en el ámbito interno como externo, entre las que podemos encontrar o señalar las siguientes: <br />Servir a la sociedad con productos útiles y en condiciones justas, lo que se va a traducir en una cooperación para una mejor calidad de vida de la sociedad<br />Crear riqueza de la manera más eficaz posible, permitiendo a la población una equidad en cuanto a las condiciones de vida y en el justo reparto de la riqueza, que es uno de los postulados de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela<br />Respetar los derechos humanos, con unas condiciones de trabajo dignas, que favorezcan la seguridad y la salud laboral y el desarrollo humano y profesional de los trabajadores, cumpliendo así con los postulado constitucionales establecido en los artículos 87y 88, para lo cual debe aplicar los preceptos legales de la LOPCYMAT y dar pleno cumplimiento a los principios constitucionales en materia de derecho laboral como lo establece el artículo 89 “El trabajo…dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras. Para el cumplimiento de esta obligación del Estado se establecen los siguientes principios: <br />-.Ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales. En las relaciones laborales prevalece la realidad sobre las formas o apariencia<br />-.Toda medida o acto del patrono o patrona contraria a esta constitución es nulo y no genera efecto alguno.<br />-Se prohíbe todo tipo de discriminación por razones de política, edad, raza, sexo o credo o por cualquier otra condición<br />-Se prohíbe el trabajo de adolescentes en labores que puedan afectar su desarrollo integral…”<br />Pareciera que está en pleno desarrollo una nueva cultura cívica, dirigida a la creación de planes y estrategias que permita colaborar con la calidad de vida de otras personas, sean estas o no trabajadoras de una determinada empresa, responde a una nueva manera de desarrollar negocios y de asumirlos como parte de la ética empresarial, comprometidas con la sociedad y obligadas como son por el Estado en su rol de corresponsables en el desarrollo de la sociedad. El nacimiento y aplicación de la Responsabilidad Social Empresarial traducida entre las funciones de la empresa o en las instituciones de todo tipo, busca promover una nueva cultura de tipo cívico en la que los individuos y sociedad a las que ellos pertenecen no son extraños, sino que son personas con necesidades reales que pueden ser cubiertas por la empresa.. <br />En palabras de Díaz C. quot; Debe haber una simbiosis entre la empresa y la sociedad. El ciudadano debe sentir que la empresa le dice: 'Vivo de ti, pero también me ocupo de hacer un retorno en tu beneficio”. <br />Armas, J añade que quot; la Responsabilidad Social de la Empresa, termina siendo una manera en la que la marca le dice a la persona que se interesa por ella, más allá de venderle cosasquot; . <br />En la afirmación de ambos expertos está presente la correspondencia entre lo que se hace y lo que se dice, acciones que terminan trascendiendo en la imagen que ofrece la institución. <br />Existe un interés en la función social ya que a decir de María Eugenia Díaz quot; Siempre hay un objetivo que va más allá de la labor social y es que la empresa sea percibida por el gobierno como que está actuando bienquot; , Esta práctica también se ha convertido en un tema de competencia entre marcas, porque la Responsabilidad Social Empresarial, entre otras características, crea identidad, permite que su público meta reconozca valores en los productos o en el mismo nombre de la institución. <br />Existen teóricos especialistas que nos señalan que es la función social de la empresa, justamente nos encontramos con que Adam Smith nos establece que una empresa es la organización que permite la quot; internacionalizaciónquot; de las formas de producción: por un lado permite que los factores de producción (capital, trabajo, recursos) se encuentren y por el otro permite la división del trabajo. Aun cuando para Smith la forma quot; naturalquot; y eficiente de la organización era aquella ocasionada por el interés privado donde el interés social tiene poca importancia por ejemplo: “Es así que el interés privado y las pasiones de los individuos los dispone naturalmente a volver sus posesiones (stock en el original) hacia el empleo que en el caso ordinario son más ventajosos para la comunidad” <br />Smith plantea que hay también una insuficiencia o área que demanda acción pública: quot; De acuerdo al sistema de Libertad Natural, el pueblo sólo tiene tres deberes que atender... tercero, la necesidad de ejecutar y conservar determinadas obras realizadas por el gobierno que se consideran obras públicas y algunas entes gubernamentales cuya realización y mantenimiento no pueden ser nunca de interés para un individuo particular o para un pequeño número de individuos, porque el bien o bienestar que produce la misma no podría nunca reembolsar de su gasto a ningún individuo particular o a ningún pequeño grupo de individuos, <br />La consideración de Smith es que es el caso que hay ciertos bienes y servicios cuya presencia o abastecimiento implica beneficios que se extienden a la comunidad entera, incluso a quienes no pagan por ellos lo que da origen -en la percepción de Smith-. al problema que los individuos de esa sociedad están en la posición de beneficiarse contribuyan o no a los costos. Consecuentemente Smith propone que la manera apropiada y justa de proveer y financiar esos bienes y servicios es por medio de los impuestos <br />Para Joseph E. Stiglitz, el verdadero debate se plantea en torno a encontrar el balance correcto entre la empresa privada y el gobierno, ambos son necesarios cada uno puede completar al <br />Para Max Weber la importancia radica en los aspectos organizacionales de la empresa, Weber sugiere una similitud entre las empresas modernas y los sistemas burocráticos: en ambos el ideal es la racionalización de actividades en aras del resultado con atención en la eficiencia y la productividad. En ambas los “productores” no poseen los medios de producción, medios cuya propiedad ha sido incrementalmente concentrada en las manos de una élite directora.<br />OBJETIVO DE LA SEGURIDAD SOCIAL<br />A raíz de los acontecimientos de la décadas de los años 80, específicamente en la etapa del fenómeno o revuelta social conocida como el Caracazo, la economía se encontraba en pleno ciclo de ajustes , determinando una sensible reducción en el poder adquisitivo de la población, mientras que el malestar que se producía en el seno de la sociedad quedo evidenciado en el estallido social antes mencionado el día 27 de febrero de 1989, por lo tanto los temas de la pobreza crítica, la seguridad social y la estabilidad del sistema se resquebrajaba, produciendo en el ambiente una problemática social, que se ha puesto de manifiesto en los últimos años de evolución democrática, así que los principales indicadores económicos venían mostrando un curso decreciente revelando el fracaso del modelo de desarrollo seguido.<br />En consecuencia, la pobreza y las desigualdades sociales hicieron indispensable un cambio de rumbo, una reorientación profunda de la gestión de gobierno; con el transcurrir de los años y en víspera de una necesaria modificación de las estructura socio-económicas nos encontramos con una ideología impregnada de resabios socialistas y populistas lo que hizo que se conciba el mercado venezolano como un mecanismo eficiente pero a la vez generador de políticas contenidas dentro de las llamadas justicia social, que para algunos miembros de la sociedad son injusticia sociales, pero que al final tienen como objetivo el fin único constitucional que es proveer condiciones de seguridad social.<br />Hay que insistir que existe una fuerte presencial estatal, lo que puede influir en la participación negativa de la empresa privada en el desarrollo general de la nación y de la seguridad social, contraviniendo los principios constitucionales en que se afianza dicha seguridad social, es por lo que se elabora una de las constituciones más justa y bonitas del planeta, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que abarca una serie de prerrogativas, como quizás no la tenga ningún otra constitución en el mundo, en los aspectos relacionados con la seguridad social integral. <br />Hay que hacer notar que el Estado Venezolano a raíz de los acontecimientos y panorama antes narrado produce una nueva constitución, dando inicio a una serie de cambios políticos, en el ámbito social, político y económico institucional, con la única finalidad de asegurar a toda la población un nivel de satisfacción de las necesidades básicas fundamentando la misma en la equidad.<br />Se observa que el artículo 86 constitucional, establece o recoge todos aquellos elementos que un sistema de previsión social debe contener, además de garantizar la efectividad de la misma como servicio público y obligación del Estado. El sistema de seguridad social integral no sólo debe ser entendido como un conjunto de elementos previsivos sino como un sistema que debe abarcar a todos los habitantes de una nación en nuestro caso se refiere no solo a los venezolanos y extranjeros que tienen residencia en estas tierras, sino a todas aquellas personas que se encuentran de tránsito en la misma. <br />En los artículos 59 de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social y el articulo3 de la Ley de Servicio Social, se establece el ámbito de aplicación de las mismas referencias al amparo de: 1) todos los venezolanos de sesenta años o más, y extranjeros que residan legalmente en el país; 2) venezolanos y extranjeros menores de sesenta (60) años en estado de necesidad no amparados por otros regímenes y extranjeros en tránsito que se encuentren en estado de necesidad y que tengan menos de sesenta (60) años <br />Este sistema que abarca todos los ámbitos de protección social, debe ser financiado por todos los que tengamos la obligación moral y legal de hacerlo, aunque se debe tomar en cuenta que la no contribución no implica la exclusión de los beneficios de la misma, de manera que todos los venezolanos tenemos la garantía de salud, vivienda, vejez, empleo y desempleo, viudedad, maternidad y paternidad, tal como lo consagra el ya mencionado artículo 86 Constitucional y entre otras leyes la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, Ley Orgánica del Seguro Social, la ley de Protección a la Familia, Maternidad y Paternidad, Ley Orgánica para la Protección de Niñas, Niños y Adolescente, Ley de Seguridad Social, Ley Orgánica del Trabajo, Ley del Notariado y del Registro Público, entre otras.<br />Debemos tener claro que el órgano rector del sistema de seguridad Social integral es el Ministerio del Trabajo, teniendo como marco legal la Ley Orgánica del sistema de Seguridad Social y la Leyes especiales que rigen diferentes subsistemas, sin menoscabo de las competencias concurrentes de otro Ministerios y Organismos estadales de supervisión y control y empresas privadas <br />Ahora bien, toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo que garantice la salud y la protección ante las contingencias presentadas, entendiendo por contingencia la posibilidad que un evento suceda o no, y el objetivo “Es el fin, al que se dirige una acción u operación”, es por eso que podemos establecer que el objetivo de la Seguridad Social Integral, en el caso que nos ocupa es proteger a los habitantes de la República de Venezuela, de las contingencias de enfermedades y accidentes, sean estos o no producto de la elaboración de una actividad laboral, cesantía, desempleo, maternidad o paternidad, incapacidad parcial, invalidez, vejez, muerte, sobrevivencia y hasta la convivencia bien sea esta matrimonial o concubinario.<br />Es bueno aclarar que la Constitución, en el artículo 76, reconoce a la concubina o concubino derechos equivalentes al matrimonio, siempre y cuando estén que esa unión de hecho cumpla con los presupuestos legales, de convivencia, estabilidad, singularidad, entre otros; también de tomarse en cuenta cualquier otro riesgo que pueda ser objeto de previsión social. <br />De la misma manera deben evaluarse las cargas derivadas de la vida familiar (reconocimientos de hijos, paternidad y maternidad, pensiones de manutención a niños, adolescentes y ancianos, vivienda, recreación, que tiene toda persona humana) <br />De cualquier forma, debemos analizar que la seguridad social viene de la mano con la legislación laboral, cuyo objetivo principal es la justicia social, en fin la Ley Orgánica del Trabajo que establece como objetivo, en el artículo 1 regir las relaciones jurídicas derivadas de la relación laboral y en el articulo 2 la protección que da el Estado al trabajo como un hecho social, amparando la dignidad de la persona humana del trabajador, dictando normas para el mejor cumplimiento de su función como factor de desarrollo, bajo la inspiración de justicia social y de la equidad, principio consagrado en todo sistema de seguridad Social.<br />La Seguridad Social, tiene también como objetivo velar porque las personas que se encuentra en situación de imposibilidad sea esta temporal o permanente de obtener un ingreso, o que deban asumir responsabilidades financieras excepcionales, puedan seguir satisfaciendo su necesidades, proporcionándoles a tal efecto, recurso financieros o determinados servicios, en el caso venezolano, existe la Ley que regula el Sistema de Paro Forzoso y la Capacitación Laboral, según Gaceta Oficial Nº 5.392 del 22-10-1999 política de paro forzoso, esta realidad que vivimos los venezolanos en cuanto al desempleo y las consecuencias de este, el estado la ha orientado hacia el principio de la universalidad en el sentido de dar acceso y disfrute de derechos que se enmarcan dentro de los principios constitucionales, implementando procedimientos y mecanismos que permitan garantizar la participación protagónica.<br /> Existe en el desarrollo de la seguridad social la corresponsabilidad en las relaciones Estado Sociedad, y para esto el Estado ha implementado los programas sociales que conocemos como las misiones, es así como el caso in comento podemos hablar de la misión Madres del Barrio la cual tiene como finalidad apoyar a las amas de casa que se encuentran en estado de necesidad, afín de que logren, junto con su familia, superar la situación de pobreza crítica y prepararlas para salir de la pobreza de su comunidad y no solo como un paliativo económico, esta misión tiene como objeto primario reconocer el trabajo de las amas de casa el cual carece de remuneración por parte de los integrantes de la familia.<br />En este mismo orden de ideas tenemos la Misión Cristo, cuyo objetivo es lograr la pobreza cero al 2021 elevando la calidad de vida, y para lograr el objetivo se pondrá en ejecución todas las misiones en conjunto, a fin de darle al pueblo venezolano la igualdad y la justicia asumida en el marco de la constitución de 1999.<br />Hay que tomar en cuenta que uno de los principios en que se basa la Seguridad Social en Venezuela es el de la universalidad, el cual será explicado más adelante, hacia donde se han conducido las políticas sociales del Estado Venezolano, donde el gobierno de turno con gran precisión dará acceso y disfrute de derechos que se encuadran dentro de los principios Constitucionales, implementando mecanismos que permitan garantizar la participación social protagónica y una cooperación y corresponsabilidad entre el Estado, como ente rector de las mencionadas políticas y la sociedad.<br />Así el Estado está obligado por mandato constitucional, a facilitar a las comunidades, los medios indispensables para una calidad de vida y para el desarrollo pleno del hombre, lo que se materializa a través de los sistemas que nos señala la Ley de Seguridad Social, la que determina su estructura solo a los fines organizativos de la Seguridad Social, indicando la misma que este sistema estará integrado por los siguientes sistemas:<br />Sistema Prestacional de salud: el cual tendrá a su cargo el Régimen Prestacional de Salud mediante el desarrollo del Sistema Público Nacional<br />Sistema Prestacional de Previsión Social: que tendrá a sus cargo los Regímenes Prestacionales: siguientes Servicios Sociales de Adulto o Adulta mayor y otra categoría de personas; Empleos, Pensiones y otra Asignaciones Económicas y Seguridad y salud en el Trabajo.<br />Sistema Prestacional de Vivienda y Hábitat: que tiene a su cargo el Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.<br />Según estos planteamientos, la Seguridad Social integral como política social del Estado, debe tener como finalidad u objetivo capacitar, preparar y garantizar la salud, el trabajo, la educación, la seguridad social, la vivienda, en fin construir a una ciudadanía con un contenido social bien arraigado y fundamentado en la universalidad de los derechos sociales, esenciales para elevar la calidad de vida y el reconocimientos de los sujetos de estos derechos sin ningún tipo de discriminación tal como lo señala la carta magna venezolana. <br />Para esto el gobierno deberá tomar en cuenta la inclusión social basada en el plan Bolívar 2000, desarrollando cada una de las agendas antes propuestas.<br />Este Plan Bolívar 2000 comprendía un conjunto de actividades definidas como de asistencia pública, que incluyeron entre otra cosas mejoramientos, recuperación y construcciones como parte de las políticas para mejorar el déficit habitacional lo que hoy en día se ha agravado con el problema de los damnificados se preveía la construcción de infraestructuras educativas, de atención de ambulatorios de salud en el marco de las llamadas Misión Barrio Adentro I y II, reorganización del sistema de salud pública con énfasis en la atención primaria, apoyado en la organización comunitaria de la población, y un programa de empleo rápido y programas de suministros gratuito de alimentos, la que se verifico con los llamados comedores populares. <br />CRITERIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL<br />Entendemos que un Sistema de Seguridad Social Integral, no se trata de tomar uno u otro modelo de sistema, de capitalización individual, contributiva o mixta, sino más bien se debe intentar plantear criterios que permitan propuestas o delineaciones de sistemas de seguridad social acordes con las características particulares de nuestra realidad social. Por lo que se hace necesaria la aplicación de políticas que tiendan a disminuir los índices de pobrezas, ya que una población que tiende a tener índices de pobrezas bien elevados como es el caso de Haití, se queda inmersa en un estado de deterioro, y ningún sistema que se diseñe podrá cubrir los costos que ello implique. <br />Entendemos, que el empleo juega un papel preponderante en el proceso de reversión de la pobreza, pues el empleo provee de ingresos a la persona o grupo familiar para su sustento y satisfacción de las necesidades materiales de existencias.<br />Está claro que el Estado venezolano a través de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha realizados grandes avances para la población que se considera que ha sido excluida del sistema, tales como trabajadores informales, vale decir entre ellos los buhoneros, los profesionales, en el libre ejercicio de su profesión, caso de ingenieros agrónomos, por ejemplo que no consiguen trabajo y que los mismos están excluidos de la Seguridad Social, las amas de casa que no participan en la misión madres del barrio, por cualesquiera de las razones que nos imaginemos, estando ellos en todo el derecho de ejercer sus derechos como partes de una sociedad y del deber del Estado y la empresa privada de coadyuvar en la consecución de estos derechos.<br />Es así como el Estado venezolano hace énfasis en el aspecto social y es quizás lo que reviste mayor novedad en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, la que nace el presente gobierno, ya que son muchos los artículos que proclaman y exponen en forma detallada los derechos de carácter social, entre ellos, los de corte familiar, individual, laborales, educacionales, recreacionales, los de los ciudadanos, hacen hincapiés en la debida existencia de un salario digno, el desarrollo de la conciencia social, los derechos de los niños y adolescentes como futuros responsables del desarrollo del país.<br />Entonces se debe tomar en cuenta para efectos de la seguridad social a todas las persona que habitan el país sin importar si las mismas aportan al sistema o no lo hacen, se toma en cuenta todos los criterios posibles para insertar a las personas inclusive las que tienen discapacidades para el ejercicio de factibilidades laborales productoras de bienes y servicios.<br />La Seguridad Social integral en nuestro país abarca, o se plantea una participación de manera directa de los integrantes de las diferentes comunidades, inclusive la de indígenas, de hecho en el artículo 70 constitucional se habla del protagonismo del pueblo en el ejercicio de su soberanía.<br />Es obvio que el Estado busca la construcción de una política social integral acorde con las necesidades de crear una nueva institucionalidad social sostenida en los principios de solidaridad y universalidad, en donde se rechaza asistencialismo y la focalización a ciertos segmentos de la población y se rescata precisamente la visión universal y publica de una política social para todos los ciudadanos y no solamente para los pobres o desposeídos. Para lo cual debe basarse en criterios que le permita ofrecer respuestas a las diferentes demandas sociales de grandes sectores de la población.<br />De manera, que entre los criterios en los que se basa el Estado para la formulación de políticas y programas que vayan acorde con un buen programa de bienestar social, se encuentran aquellos que se inspiran en el total apego a la creencia de la igualdad del hombre, inspirada en la noción de Derechos Humanos, de hecho la Constitución establece una serie de derechos sociales e individuales basados en la Declaración de los Derechos Humanos, la que tiene como finalidad que cada individuo busque en la comunidad donde vive y donde trabaja, los medios necesarios para su pleno desarrollo, amparado estos en preceptos legales y constitucionales.<br />En esta forma podemos observar también que la Seguridad Social maneja criterios basados en las características de la sociedad, la economía, la cultura y la tecnología de un mundo globalizado, lo que se traduce en implementar políticas que sirvan de paliativo a veces para dar una calidad de vida a la sociedad y así proteger adecuadamente los derechos de las personas.<br />Igualmente en la Seguridad Social se maneja el esquema de la equidad, la sustentabilidad y la seguridad humana, para lo cual se opera bajo inclusión social, esto mediante los diferentes programas arriba mencionados como las misiones.<br />El gobierno plantea su agenda social en el marco del Sistema de Seguridad Social Integral, manejando los criterios en torno a cinco líneas de acción: Atención materno infantil, hábitat, desplazados, empleo productivo y participación social; los cuales han incluido la salud, pensiones y educación, cuyo objetivo se basa en la instrumentación de los programas sociales, los que se hacen en base a cinco puntos estratégicos y uno de emergencia: familia, hábitat y vivienda, ingreso, emergencia naturales sociales inclusión social y el plan de Desarrollo económico social de la nación (2001-2007 y 2007-2013), dirigido a mejorar las condiciones de vida, promover el acceso a empleos bien remunerados y la promoción del progreso social.<br />CRITERIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL<br />En un Sistema de Seguridad Social Integral, no se trata de tomar uno u otro modelo de sistema, de capitalización individual, contributiva o mixta, sino más bien se debe intentar plantear criterios que permitan propuestas o delineaciones de sistemas de seguridad social acordes con las características particulares de nuestra realidad social. Por lo que se hace necesaria la aplicación de políticas que tiendan a disminuir los índices de pobrezas, ya que una población que tiende a tener índices de pobrezas bien elevados como es el caso de Haiti, se queda inmersa en un estado de deterioro, y ningún sistema que se diseñe podrá cubrir los costos que ello implique. Es por ello que el empleo juega un papel preponderante en el proceso de reversión de la pobreza, pues el empleo provee de ingresos a la persona o grupo familiar para su sustento y satisfacción de las necesidades materiales de existencias.<br />El Estado venezolano a través de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha realizados grandes avances para la población que se considera que ha sido excluida del sistema, tales como trabajadores informales, vale decir entre ellos los buhoneros, los profesionales en el libre ejercicio de su profesión, caso de ingenieros agrónomos por ejemplo que no consiguen trabajo y que los mismos están incluidos de la Seguridad Social, las amas de casa que no participan en la misión madres del barrio por cualesquiera de las razones que nos imaginemos, estando ellos en todo el derecho de ejercer sus Derechos como partes de una sociedad y del deber del Estado y la empresa privada de coadyuvar en la consecución de estos derechos.<br />Es así como El Estado venezolano hace énfasis en el aspecto social y es quizás lo que reviste mayor novedad en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, la cual nace precisamente durante el presente gobierno, ya que son muchos los artículos que proclaman y exponen en forma detallada los Derechos de carácter social, entre los cuales están los de corte familiar, individual, laborales, educacionales, recreacionales, los de los ciudadanos, hacen hincapiés en la debida existencia de un salario digno, el desarrollo de la conciencia social, los derechos de los niños y adolescentes como futuros responsables del desarrollo del país, tomando en cuenta para efectos de la seguridad social a todas las persona que habitan el país sin importar si las mismas aportan al sistema o no lo hacen, se toma en cuenta todos los criterios posibles para insertar a las personas inclusive las que tienen discapacidades para el ejercicio de factibilidades laborales productoras de bienes y servicios.<br />La Seguridad Social integral en nuestro país abarca o se plantea una participación de manera directa de los integrantes de las diferentes comunidades inclusive la de indígenas, de hecho en el artículo 70 constitucional se habla del protagonismo del pueblo en el ejercicio de su soberanía.<br />Es obvio que el Estado busca la construcción de una política social integral acorde con las necesidades de crear una nueva institucionalidad social sostenida en los principios de solidaridad y universalidad, en donde se rechaza asistencialismo y la focalización a ciertos segmentos de la población y se rescata precisamente la visión universal y publica de una política social para todos los ciudadanos y no solamente para los pobres o desposeídos. Para lo cual debe basarse en criterios que le permita ofrecer respuestas a las diferentes demandas sociales de grandes sectores de la población.<br />De manera, que entre los criterios en los que se basa el estado para la formulación de políticas y programas que vayan acorde con un buen programa de bienestar social con total apego a la creencia de la igualdad del hombre inspirada en la noción de Derechos Humanos, de hecho la Constitución establece una serie de Derechos sociales e individuales basados en la Declaración de los Derechos Humanos, la que tiene como finalidad que cada individuo busque en la comunidad donde vive y donde trabaja, los medios necesarios para su pleno desarrollo, amparado estos en preceptos legales y constitucionales.<br />En esta forma podemos observar también que la Seguridad Social maneja criterios basados en las características de la sociedad, la economía, la cultura y la tecnología de un mundo globalizado, lo que se traduce en implementar políticas que sirvan de paliativo a veces para dar una calidad de vida a la sociedad y así proteger adecuadamente los derechos de las personas.<br />Igualmente en la Seguridad Social se maneja el esquema de la equidad, la sustentabilidad y la seguridad humana, para lo cual se opera bajo inclusión social, esto mediante los diferentes programas arriba mencionados como las misiones.<br />El gobierno plantea su agenda social en el marco del Sistema de Seguridad Social Integral, manejando los criterios en torno a cinco líneas de acción: Atención materno infantil, hábitat, desplazados, empleo productivo y participación social. los cuales han incluido la salud, pensiones y educación, cuyo objetivo va La instrumentación de los programas sociales se hacen en base a cinco puntos estratégicos y uno de emergencia: familia, hábitat y vivienda, ingreso, emergencia naturales sociales inclusión social y el plan de Desarrollo económico social de la nación (2001-2007 y 2007-2013), dirigido a mejorar las condiciones de vida, promover el acceso a empleos bien remunerados y la promoción del progreso social.<br /> <br /> PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN VENEZUELA <br />Principios de la Seguridad Social.<br />La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, a diferencia de la Constitución Nacional de 1961, fijó los principios que rigen la Seguridad Social en su artículo 86: <br />“….El Estado tiene la obligación de garantizar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas e indirectas….”<br />Estos principios, igualmente son recogidos en total acatamiento en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social en su artículo 8, destacándose: universal, integral, eficiente, de financiamiento solidario, unitario y participativo, de contribuciones directas e indirectas, gestión eficaz, oportuna y en equilibrio financiero y actuarial.<br />La seguridad social está doctrinalmente fundamentada en principios jurídicos y filosóficos que la definen y le sirven de sustento conceptual. <br />La Seguridad Social Integral se basa en los siguientes principios:<br />Universal: Etimológicamente la palabra universal proviene del latín universales, y entre sus significados adjetivos podemos decir que significa “Que comprende o es común a todos en su especie, sin excepción de ninguno” (Diccionario de la Lengua Española. Vigésima Segunda Edición).<br /> Es la garantía de protección para todas las personas amparadas por la Ley, sin ninguna discriminación y en todas las etapas de la vida.La seguridad social es un instrumento de protección para toda la sociedad, todos los miembros de la sociedad tienen deberes y derechos frente a la seguridad social, sin distinción de sexo, edad, nacionalidad, calidad laboral y otros factores.<br />El carácter universal asumido como principio, también expresa que todos tienen derechos a acceder y recibir los servicios para la salud, sin discriminación de ninguna naturaleza. El acatamiento a este principio va a depender de la capacidad financiera de todo el sistema, el cual a su vez, depende de la solidez de la totalidad de la economía de la nación, por lo contrario, no existirán recursos suficientes en la sociedad para financiar el sistema. También va a depender de los mecanismos escogidos por la sociedad para garantizar que todos los individuos se afilien.<br />Todos los hombres son iguales y tienen el derecho de ser protegidos ante las necesidades generadas por contingencias sociales.<br />Integral: Es la garantía de cobertura de todas las necesidades de previsión amparadas dentro del Sistema. <br />Es el amparo de todas las contingencias que afectan la salud, la capacidad económica y en general las condiciones de vida de toda la población. La integralidad se expresa en el amparo de todas las contingencias que acechan al hombre, desde su nacimiento hasta su muerte. El fin de la seguridad social es procurar las condiciones para la consecución del bienestar bajo la noción del cumplimiento de un derecho social, para este efecto, cada cual contribuirá según su capacidad y recibirá lo necesario para atender sus contingencias. Este principio se vincula con las prestaciones y beneficios de la seguridad social.<br />Eficiente: Es la mejor utilización de los recursos disponibles, para que los beneficios que la Ley asegura sean prestados en forma oportuna, adecuada y suficiente.<br />Este principio está vinculado con la gerencia efectiva del proceso administrativo de la estructura y funcionamiento del sistema de seguridad social como un todo. <br />De financiamiento Solidario: Históricamente, en seguridad social la palabra solidaridad proviene del sustantivo latín soliditas, que expresa la realidad homogénea de algo físicamente entero, unido, compacto, cuyas partes integrantes son de igual naturaleza.<br />Por otro lado tenemos que la teología cristiana adoptó por primera vez el termino solidaritas, aplicado a la comunidad de todos los hombres, iguales todos por ser hijos de Dios, y vinculados estrechamente en sociedad.<br />Por tanto, el concepto de solidaridad, para la teología, está estrechamente vinculado con el de fraternidad de todos los hombres; una fraternidad que les impulsa buscar el bien de todas las personas, por el hecho mismo de que todos son iguales en dignidad gracias a la realidad de la filiación divina.<br />La Solidaridad constituye la garantía de protección a los menos favorecidos en base a la participación de todos los contribuyentes al sistema. El Financiamiento Solidario no es más que la contribución de los recursos deben ser distribuidos de acuerdo a la capacidad económica de los que cotizan.<br />Los hombres no viven aislados sino en sociedad, unidos por la condición humana y la convivencia social. <br />Unitario: Se concibe este principio como una tendencia hacia la unidad del sistema de seguridad social, la coherencia y coordinación armoniosa de los organismos encargados de prestar el servicio, la articulación de las políticas, instituciones, regímenes, procedimientos y prestaciones para alcanzar los fines de la seguridad social.<br />Participativo: Es la intervención de la comunidad a través de los beneficiarios en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en su conjunto. Es el fortalecimiento del rol protagónico de todos los actores sociales, públicos y privados, involucrados en el Sistema de Seguridad Social Integral. <br />La seguridad social es un deber y un derecho de todos los ciudadanos, los miembros de la sociedad están obligados a contribuir a su financiamiento de acuerdo a su capacidad económica y a velar por su correcto y adecuado desarrollo, como actores participantes en la gestión de la seguridad social, para el logro de su perfeccionamiento y consolidación.<br />Contribuciones Directas e Indirectas: Las contribuciones a los sistemas pueden provenir de las cotizaciones de los afiliados, de los aportes fiscales del Estado, los intereses, rentas, derechos y cualquier otro producto proveniente de su patrimonio e inversiones; las contribuciones indirectas que se establezcan; cualquier otro ingreso o fuente de financiamiento.<br />Autofinanciamiento: Es el funcionamiento del sistema en equilibrio financiero y actuarialmente sostenible.<br /> Fundamentos de la Seguridad Social en Venezuela.<br />La Seguridad Social ha jugado un papel trascendental a lo largo de la historia, convirtiéndose en una política pública destinada a proteger integralmente a los habitantes de un país a través de prestaciones de dinero, atención médica y otros beneficios, pero al mismo tiempo como mecanismo social, institucionalizado desde distintos organismos, ha adquirido distintas expresiones a través de la historia contemporánea reciente.<br />Es importante destacar, el contenido de los artículos 19 y 23 de nuestra Carta Magna, en los cuales se establece que los tratados internaciona