1. <,/
)
./' .
REPÚBLICA DEL ECUADOR
ASANtrBLEA F{ACIONAL.
, r.ámrb 16a56
AF6DFQHUYs
Fsd'.r.6pdón 22-dtÉ2ooe !3r.s
DM-San Francisco de Quito, 22 de diciembre de 2009
OFICIO No. 0090-MVC-AN-2009
¿.t fo lc'lá
{
Señor
César Rodríguez
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN OCASIONALDE EDUCACIÓN
Presente.-
Señor Presidente:
De conformidad con lo dispuesto en la Ley orgiinica de la Función Legislativa y una vez que se
ha cumplido con lo señalado en la referida normativa, respecto de la iniciativa establecida en el
Artículo 54, así como los Artículos 57, 58 y 60, presento las siguientes observaciones al Informe
del Proyecto de Ley orgiinica de Educación conocido en primer debate en el pleno de la
Asamblea Nacional el día miércoles 16 de diciembre de 2009.
Atentamente,
APORLAPROVINCIA
affi*
DOMINGO DE LOS TSACHILAS
/ cc. Archivo
/ t, }t.f¿n¡nrco tbrrn,o
2. REPUBLICA DEL ECUADOR
AS A1trBI.EA NACIOIIAI.
OBSERVACIONES AL PROYECTO DE LEY ORGANICA DE EDUCACION
La educación, es un derecho fundamental de las personas, que nos permite construimos como
seres humanos, como ciudadanos libres, con pensamiento lateral y crítico, con sentido de
pertenencia respecto de nuestras identidades individual y colectiva, de nuestra identidades local,
subnacional y nacional, de allí que reviste hascendental importancia para los países del mundo,
contar con una normativa apegada a los instrumentos intemacionales, a la realidad de las
naciones y estados y en nuestro caso, una normativa que nos permita cambios sustanciales en la
educación actual y nos conduzca a lograr una educación al servicio de las grandes
transformaciones: social, cultural, económica, productiva que tenga como centro de acción al ser
humano y el interés superior de los educandos.
La educación como derecho constitucional, incorpora un conjunto de aspectos como la
participación de los distintos actores del proceso educativo en el diseño curricular, en la gestión y
ejecución de las políticas públicas, pero también principios sustanciales como: la libertad que no
es otra cosa que el derecho de los actores del proceso educativo a construir conocimientos y a
construir su personalidad e identidad de manera libre; el interés superior del niño, niña y
adolescente; el aprendizaje permanente de todas y todas, sin importar la edad, la condición
social, origen étr:ico-cultural, sexo, lo que permitirá que se elimine el analfabetismo funcional,
porque con el avance de la ciencia y la tecnología, todos estamos obligados y tenemos derecho a
aprender para poder estar a tono con los avances tecnológicos y científicos.
Dentro de estos principios contenidos en el artículo 2 del Informe del Proyecto de Ley es
fundamental destacar entre otros a: la educación en valores, educación para la democracia, a la
construcción de una cultura de paz vinculada a los procesos educativos para eliminar la violencia
escolar, mediante el ejercicio permanente de solución de conflictos de manera altemativa. Si bien
todos los principios recogidos en el Proyecto son susta¡ciales, voy a referirme de manera
especial a dos principios que desde mi punto de vista deberían ser incorporados, me refiero al
principio de:
Literal. . .. Construcción colectiva del conocimiento, que significa dar un viraje fundamental a la
concepción tradicional de enseñanza aptendizaje, que parte del supuesto que unos enseñan y por
tanto son los propietarios del conocimiento y otros aprenden, visión que parte del modelo
conductista diseñado desde el tiempo de Watson, quien creía que el niño es un papel en blanco en
donde el maestro, la escuela, la sociedad podía escribir lo que se le antojara.
Partir del principio de construcción colectiva del conocimiento, es reconocer que en el proceso
de aprendizaje todos enseñamos, todos aprendemos, es un proceso en donde existe
pemeabilidad, intercambio, es un proceso de ida y vuelta, en donde el maestro se constituye en
un guía, en un institutor y el conjunto de estudiantes de un aula asume la responsabilidad de
investigar, de compartir, de socializar. Entonces el estudiante no es una hoja en blanco sino un¿
persona con memoria cognitiva, es decir tiene idea de las cosas, de los fenómenos sociales y
naturales y ese conocimiento debe constituir la base para edificar el nuevo conocimiento.
3. REPÚBLICA DEL ECUADOR
ASANtrBLEA NACIONIAI.
Si se entiende el principio de construcción colectiva del conocimiento, será f;ícil lograr una
comunidad educativa donde exista interaprendizaje y multiaprendizaje.
Por tanto sugiero que dentro del artículo 2, se incorpore el siguiente contenido:
Literal.... construcción colectiva del conocimiento.- Que parte de la premisa que todos los
actores del proceso educativo y en especial maestros y estudiantes, poseen un conjunto de
conocimientos y saberes sobre el cual se edifica el nuevo conocimiento, por tanto el proceso
educativo reconoce la existencia de una memoria cognitiva individual que interactúa, genera
equipotencia y sinergias en el interaprendizaje y multiaprendizaje.
El otro principio es el de la investigación permanente. El principal problema de la educación
actual, es que no enseñamos a nuestros estudiantes a investigar. Tenemos estudiantes que no
saben leer, que no saben escribir, la razón: o la metodología es deficiente o la eliminación de
materias como lectura y escritura estan resultando nefastas para la formación de los nuevos
bachilleres y profesionales de la patria.
Tenemos bachilleres que no tienen el hábito de la lectura, que no saben dónde encontrar la
información para elaborar un trabajo. Estudiantes y egresados que no saben elaborar una ficha
mnemotécnica, una ficha bibliográfica, esto demuestra que la educación tiene un déficit en las
iireas de la investigación. Entonces suge una pregunta de fondo: ¿Para qué nos sirve el
bachillerato en el momento actual? Y la respuesta obvia, para ir a la universidad, en el mejor de
los casos. Pero ocune que si bien... el bachillerato constituye requisito para poder accesar a una
carrear universita¡ia, los bachilleres van a la universidad con vacíos profundos, por lo que sería
bueno preguntarse en serio y responsablemente si el cambio estií en elaborar una ley que
mantiene o aumenta los años de estudio, o se requiere revolucionar el sistema educativo
diseñando un sistema en donde en los primeros años de educación básica principalmente se
enseñe a los niños a pensar, a pensax lateralmente, creativamente; se enseñe a los niños a leer, a
leer críticamente; se enseñe a los niños autoestima para que en adela¡te no tengan una carga de
complejos que no les permite desarrolla¡ todos sus talentos; un sistema educativo que no se
centre en el número de años de estudio que debe cumplir una persona para ser bachilleq sino en
enseñarles técnicas de estudio, técnicas de recopilación de información, métodos científicos, en
definitiva, que les enseñe a investigar porque quien no sabe investigar está condenado a asumir
una actitud memorística y la memoria no hace otra cosa que impedir la capacidad de creatividad,
la capacidad de pensar por cuenta propia, la capacidad de construir j uicios y raciocinios propios.
Por tanto sugiero se incorpore en el artículo 2 los siguientes literales:
Literal.... Pensamiento lateral.- El sistema educativo nacional, propenderá el desarrollo del
pensamiento lateral, que significa que el estudiante aprende a pensar de manera creativa
desechando la repetición memorística de contenidos, sino construyendo juicios y raciocinios
sobre los temas, problemas y fenómenos que se analizan en el aula.
4. REPÚBLICA DEL ECUADOR
ASAItrBLEA NIACIONAI-
El maestro o institutor, por su parte, entiende que sus visiones y percepciones sobre los aspectos
que se analiza, son sólo una forma de entender la nalntraleza,la sociedad y el desanollo deL
pensamiento, admitiendo por tanto, que existen otras formas de percibir y entender esas
realidades, el conjunto de las visiones y/o percepciones dan como resultado una verdad
intersubjetiva que puede asumirse de manera consensuada en el colectivo del aula.
Literal.... Investigación permanente.- Corresponde a estudiantes y maestros o institutores, asumir
una actitud de indagación permanente que haga uso de técnicas y métodos de recopilación
análisis y sistematización de información, para a partir de ese proceso construir verdades
intersubj etivas
En el artículo 6, es necesario ubicar letras en cada una de los incisos que establece obligaciones
para el Estado y agregar: la educación para la vida, educación para la democracia, educación
financiera y educación en valores, como responsabilidad del estado y el sistema educativo
nacional
En el inciso (que debe ser literal) conespondiente a asegurar que se incluya en los currículos de
estudio, de manera progtesiva la enseñanza de, al menos, una lengua ancestral, agréguese: y de
una materia que desanolle y construya conocimiento sobre la realidad local. De esta manera se
garantiza que los actores del proceso educativo desanollen sentido de pertenencia e identidad
con el lugar natal o realidad local.
En el a¡tículo 7.- Derechos de los estudiantes, agréguese:
Literal.. .. A participar en los procesos de construcción de conocimientos y elaboración de
contenidos programáticos;
Literal. . .. A recibir wra educación dual, teórica-práctica de calidad
Literal.... A accesar a infiaesüuctura fisica educativa funcional y ¿ las tecnologías de
información y comunicación TIC.
Literal.... Recibir facilidades para la práctica de las culturas, las artes y las letras
Literal.... A criticar constructivamente el sistema y procesos educativos
EÍSTA-PORIÁPROVINCIA
SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS