Esta política pública de infancia y adolescencia tiene como objetivo garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes a través de acciones del Estado, la sociedad y la familia. Propone aumentar las acciones para prevenir la vulneración de derechos, fomentar la participación infantil, y mejorar indicadores de salud y nutrición. La nueva ley de infancia y adolescencia de 2006 reconoce a los niños como sujetos de derechos para garantizar su pleno desarrollo.
1. POLITICA PÚBLICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA
Esta política se encuentra en la línea estratégica # 2 que es la de desarrollo social
que aborda las diferentes intervenciones a favor de la infancia y la adolescencia
desde lo institucional, sectorial, territorial, y poblacional, uniendo esfuerzos con
perspectiva de integridad.
Propone: aumentar y articular las acciones encaminadas a prevenir la vulneración.
• Fomentar la participación.
• Reducir la tasa de mortalidad por nutrición.
• Aumentar la duración media de la lactancia.
• Reducir los hogares con inseguridad alimentaria.
¿Qué es políta pública? Es un Conjunto de acciones que adelanta el estado, con
la participación de la sociedad y la familia, para garantizar la protección integral de
los niños, las niñas y los adolescentes.
Objeto: los niños, niñas de 0 a 12 años, así como los adolescentes entre 12 y los
18 años de edad. El código de infancia y adolescencia establece que ellos son
sujetos de derechos.
Finalidad: garantizar a los niños, las niñas y los adolescentes su pleno desarrollo
armonioso para crecer en el seno de la familia y su comunidad en ambientes de
amor, felicidad y comprensión y de esta manera garantizar la igualdad humana sin
discriminación alguna
Objetivos: orientar la acción y los recursos del Estado hacia el logro de
condiciones sociales, económicas, políticas, culturales y ambientales, que hagan
posible el desarrollo de las capacidades y las oportunidades de los niños, las niñas
y los adolescentes, como sujetos en ejercicio responsable de sus derechos.
• mantener actualizados los sistemas y las estrategias de información que
permitan fundamentar la toma de decisiones adecuadas y oportunas sobre
la materia.
• diseñar y poner en marcha acciones para lograr la inclusión de la población
infantil más vulnerable a la vida social en condiciones de igualdad
• y fortalecer la articulación interinstitucional e intersectorial.
La nueva ley de Infancia y Adolescencia 1098 de 2006.
HISTORIA.
Anteriormente esta era conocida como el código del menor, pero gracias a los
cambios se dio La nueva ley de infancia y adolescencia fue creada gracias a que
los niños niñas y adolescentes fueron vistos como sujetos de derechos ya que sus
los mismos estaban siendo vulnerados.
2. FINALIDAD.
Este Código tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los
adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la
familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.
Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin
discriminación alguna.
OBJETO.
El presente Código tiene por objeto establecer normas sustantivas y procesales
para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el
ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos
internacionales de derechos humanos, en la Constitución Política y en las leyes,
Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado.
Principios rectores: el interés superior del niño, niña y adolescentes.
• La prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
• La protección integral.
• La equidad.
• La integralidad.
• Articulación de las políticas.
• La solidaridad.
• La participación social.
• La prioridad de las políticas públicas sobre la niñez y la adolescencia.
• La complementariedad.
• La prioridad en la inversión social.
• La financiación y la eficiencia del gasto.
Proyecto bandera: es: “entorno al juego contra la violencia intrafamiliar y el abuso
infantil”. En semanas pasadas se reunieron representantes del área social de
diferentes municipios de Antioquia con el fin de montar un proyecto referido a la
celebración del día del niño, y esta celebración está consagrada en la ley 724 de
2001 y su finalidad es que se desarrollen actividades a través del juego, y que
busquen con ellas un mensaje a la sociedad sobre el buen trato del niño, niña y
adolescente y el cumplimiento de sus derechos.
3. ORDENANZA 25
DICIEMBRE DE 2009
“Hacia la configuración de Entornos Protectores, practicas de cuidado y acción de
prevención de la vulneración de los derechos de niñas, niños y adolescentes”.
“POR MEDIO DE LA CUAL SE DEROGA LA ORDENANZA 27 DEL 2003 Y SE
FIJAN POLÍTICAS PUBLICAS PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA
INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA EN EL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA”.
LA SAMBLEA DEPARTAMENTAL DE ANTIOQUIA, en uso de las facultades que
le otorga el artículo 300 de la Constitución Política de Colombia
ORDENA
ARTÍCULO 1: Proclamar la Política Publica de Protección Integral para la infancia
y adolescencia en el Departamento de Antioquia.
ARTÍCULO 2: Garantizar el ejercicio de los derechos y libertades de niños, niñas
y adolescentes de los derechos humanos, en la Constitución Política y en la leyes
nacionales.
• Promover y divulgar los derechos de los niños, niñas y adolescentes para
su reconocimiento como sujetos de derechos.
• Asegurar la garantía y cumplimiento de los derechos reconocidos para
todos los niños, las niñas y los adolescentes del departamento, en especial
para los niños, niñas y que se encuentren en situación de mayor
vulnerabilidad o desventaja.
• Diseñar mecanismos y estrategias para generar la prevención de la
amenaza o vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
• Implementar estrategias para generar condiciones de bienestar para el
restablecimiento de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
4. • Destinar, impulsar y gestionar recursos por parte de las autoridades
departamentales, de las autoridades del orden nacional y municipal y de los
actores del sector privado para que los derechos de los niños, niñas y
adolescentes sean restablecidos cuando han sido vulnerados.
• Diseñar estrategias de movilización y comunicación pública para la
garantía, protección, prevención de la vulneración y restablecimiento de los
derechos de los niños, niñas y adolescentes.
• Institucionalizar y promover la cultura de la protección integral de niños,
niñas y adolescentes dando cumplimiento a las obligaciones de la familia, la
sociedad y el Estado
• Articular y actualizar los sistemas de información y vigilancia para la
garantía de los derechos de la infancia y adolescencia.
• Fortalecer los instrumentos y mecanismos de seguimiento, monitoreo,
evaluación y control de la política pública de protección integral de infancia
y adolescencia en el departamento y los municipios a través de los
Consejos de Política Social y los observatorios municipales y
departamentales.
ARTÍCULO 3: Conceptos Básicos:
Primera infancia: va desde la gestación hasta los 5 años.
Infancia: va desde los 6 hasta 12 años
Adolescencia: va desde los 13 hasta los 17 años.
ARTÍCULO 4: PRINCIPIOS: protección integral, interés superior, prevalencia de
los derechos, corresponsabilidad, exigibilidad de los derechos, perspectiva de
género, responsabilidad parental.
ARTÍCULO 5: LINEAMIENTO ESTRATEGICOS: la promoción y divulgación. La
garantía y el cumplimiento. La prevención de la amenaza o vulneración. El
restablecimiento. El impulso y gestión de las políticas públicas.
ARTÍCULO 6: La incorporación al Plan de Desarrollo.
ARTÍCULO 7: De los actores de corresponsabilidad. Sistema Nacional de
Bienestar Familiar.
5. ARTÍCULO 8: Destinación de recursos.
ARTÍCULO 9: Sistema de seguimiento y evaluación.
ARTÍCULO 10: La Asamblea Departamental, en representación de la sociedad,
solicitará al Departamento, que en sus informes de evaluación del Plan de
desarrollo, presente la situación de infancia y adolescencia, registrando los logros,
avances, resultados y dificultades en los temas pertinentes.
ARTÍCULO 11: Una vez aprobada la política pública para la Protección integral,
de la infancia y la adolescencia en el Departamento de Antioquia, se procederá a
la formulación del Plan Departamental de Protección Integral para la infancia y la
adolescencia.
BIBLIOGRAFIA
• Gobernación de Antioquia, Gerencia de Infancia y Adolescencia.
Ordenanza 25. 22 de diciembre de 2009.
• El Congreso de Colombia. Código de infancia y adolescencia, ley 1098 de
2006. (En Línea).
http://www.presidencia.gov.co/prensa_new/leyes/2006/noviembre/ley10980
81106.pdf. Colombia. 12 de marzo de 2010. Pág. 1-48.
• de la Fuente de Llera, Cecilia. Instituto Colombiano De Bienestar Familiar.
(En Línea).
http://www.icbf.gov.co/icbf/directorio/portel/libreria/php/decide.php?
patron=03. Marzo 12 de 2010.
• Secretaría Distrital de Integración Social. Carrera 7 # 32-16. Tel: 327-9797.
www.integracionsocial.gov.co/.../default.asp?...536.
Claudia Marcela Villa