3. LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS: los cuales
serán responsables de :
• Nombrar al Presidente, al Gerente General, al
Comisario Principal y al Suplente.
• Conocer y resolver todos los informes que presenta el
Gerente General.
• Resolver sobre el aumento y/o disminución del
capital.
• Fijar las remuneraciones que presidirán el Presidente,
Gerente General y el Comisario.
• Resolver acerca de la disolución de la disolución y
liquidación de la compañía.
• Autorizar al Gerente General el otorgamiento de
poderes generales.
• Interpretar obligatoriamente el presente Estatuto.
• Aprobar el presupuesto anual de la compañía.
4. PRESIDENTE: tendrá la obligación de :
• Convocar y prescindir las sesiones de junta general.
• Autorizar con su firma y la del Gerente General los
certificados provisionales y los títulos de acciones, así
como las actas de las Juntas Generales.
• Vigilar la marcha general de la compañía.
• Velar por el cumplimiento del objeto social de la
compañía.
• Firmar el nombramiento del Gerente General y
conferir copias del mismo debidamente certificadas.
5. GERENTE GENERAL: entre sus funciones el deberá:
Ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial de
la compañía.
Administrar la compañía, sus bienes y pertenencias.
Convocar a Junta General de Accionistas, y actuar en ellas
como secretario.
Organizar y dirigir las dependencias de la compañía.
Responsabilizarse por la presentación de informes y el
cumplimiento de las obligaciones ante los organismos de
control.
Firmar conjuntamente con el Presidente, los certificados
provisionales y títulos de acciones.
Solicitar créditos, aceptar letras de cambio.
Actuar por medio de apoderados.
6. ESTATUTO DE LA COMPAÑÌA
En el estatuto de la compañía el (Articulo 6) del
CAPITULO SEGUNDO nos habla sobre EL
AUMENTO DEL CAPITAL:
El capital de la Compañía podrá ser aumentado en
cualquier momento, por resolución de la Junta General
de Accionistas, por los medios y en la forma establecida
por la Ley de Compañías. Los accionistas tendrán
derecho preferente para la suscripción de las nuevas
acciones que se emitan, siempre y cuando no se
encuentren en mora en el pago de la suscripción
anterior: éste derecho lo ejercerán en proporción a sus
acciones.
7. DESCRIPCIÓN
Después de haber obtenido una utilidad de $52.673.91 en todo el
ejercicio económico del año 2011, la Junta General de
Accionistas mediante su junta anual decreto que para el año
2012 se debía realizar un aumento en el capital de la Compañía,
con el objeto de que la empresa pudiera competir de una forma
mas eficaz a nivel nacional y en el cual también se reflejaba el
propósito inicial y fundamental de la empresa que es darse a
conocer en un ámbito internacional, para lo cual cada accionista
acordó invertir $18.699.40 de los Estados Unidos de América lo
que en total representaba un capital de $74797.62 de los Estados
Unidos de América, el cual fue dividido en 7479.76 acciones
ordinarias y nominativas de diez dólares de los Estados Unidos
De América cada una; numerada del uno al siete mil
cuatrocientos ochenta, las que podrán estar representadas por
títulos que serán firmados por el Presidente y el Gerente
General de la Compañía
8. Este acto se lo realizo debidamente por lo cual fue
correctamente aprobado por la Superintendencia de
Compañías, notariado y registrado en el Registro Mercantil.
El aumento de capital realizado en la compañía fue de
forma numeraria, la cual fue depositada en el Banco del
Pichincha perteneciente a la ciudad de Ambato.
La distribución del aumento de capital se la demostrara
mediante el siguiente cuadro que fue redactado y aprobado
en la junta ordinaria del 25 de Abril del 2012, la cual fue
tomada junto al Acta de Aumento de Capital aprobada por
la Junta General como uno de los requisitos indispensables
para poder elevar el acta a escritura publica.
9. 1. Tres copias certificadas de la escritura pública
que contenga el respectivo acto jurídico.
2. El Acta de la Junta (dos ejemplares del cuadro
de integración de capital).
3. El nombramiento del representante legal
(documentos habilitantes).
4. Presentación de los documentos con un oficio
suscrito por un abogado y el certificado de
votación actualizado.