1. EL CHEQUE
Un cheque es un documento contable de valor en el que la persona que es
autorizada para extraer dinero de una cuenta (por ejemplo, el titular), extiende a
otra persona una autorización para retirar una determinada cantidad de dinero de
su cuenta la cual se expresa en el documento, prescindiendo de la presencia del
titular de la cuenta bancaria.
El cheque es un título de valor a la orden o al portador y abstracto en virtud del
cual una persona, llamada librador, ordena incondicionalmente a una institución de
crédito el pago a la vista de una suma de dinero determinada a favor de una
tercera persona llamada beneficiario.
2. TIPOS DE CHEQUE
Cheque cruzado. Si un cheque está cruzado diagonalmente en el anverso
por dos líneas paralelas, el dinero no se podrá retirar en efectivo, sino que
tendrá que ser ingresado en una cuenta bancaria. Esto se hace a veces
para seguir la pista al dinero pagado.
Cheque para abono en cuenta. Insertando la cláusula “para abono en
cuenta” produce la consecuencia de que no puede ser cobrado en efectivo,
sino que deberá ser abonado en la cuenta del portador.
Cheque certificado / conformado. El librado exige al librador que lo
certifique haciendo constar que tiene en su poder fondos suficientes para
cubrir el cheque. Se realiza con palabras como “acepto” “visto” o “bueno”
escritas por el librador.
Cheque de caja o Cheque de Gerencia. Es un cheque expedido por una
institución de crédito a sus propias dependencias. Representa una garantía
y no suele tener fecha de caducidad. En la práctica funciona como dinero
líquido, ya que el valor se retira de la cuenta del pagador en la fecha de
expedición en lugar de la de cobro y el librador es el director de la oficina
bancaria. En España y otros países se le denomina cheque bancario,
impropiamente ya que todos los cheques son de algún modo bancarios y
suele provocar ambigüedades y errores.
Cheques de viajero. Son los expedidos por instituciones de crédito a su
propio cargo y son pagaderos por otro de sus establecimientos dentro del
país o en el extranjero. Se suelen llamar "traveller's check", conforme su
forma en inglés.
Cheque cancelatorio. Según la ley de Anti evasión fiscal de la República
Argentina, todos los pagos superiores a $1000 se debían realizar por
3. cualquier otro medio que no sea directamente en efectivo. Ante esta
situación, se crea la figura jurídica del cheque cancelatorio para que todas
las personas que no posean cuentas corrientes y no dispongan del pacto de
cheques para emitirlos, puedan realizar sus pagos por este medio bancario,
recurriendo a una entidad financiera o un banco ahí adquiriendo este medio
de pago. A diferencia del cheque de pago diferido, este tipo de cheques
tiene efecto pro-soluvo (no como los otros que son pro solvente -al
momento de presentarlo al cobro-), sino que con el solo hecho de recibir el
cheque es suficiente.
Cheque de pago diferido. Es una orden de pago que se libra contra un
banco en el cual el librador, a la fecha de presentación estipulada en el
cheque, debe tener fondos suficientes depositados a su orden en la cuenta
corriente bancaria.