SlideShare uma empresa Scribd logo
1 de 6
Baixar para ler offline
T
REPUBLICA BOLM DE VENEZUEI-A
VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
SUPER¡NTENDENCN NACIONAL PARA tA DEFENSA DE LOS DERECHOS
SOCIOECONÓiTrcOS
Caracas, a los 01 días del mes de abril de 2015
2040, 155',15'
PROVIDENGIA ADMINISTRATIVA N" O5O'2OI 5
El Superintendente Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómi@s, designado
mediante Decreto No L174, publicado en la Gaceta Oficial de la República Botivariana de
Venezuela No 40.473 de fecha 12 de agosto de 2014, en cumplimiento del artículo 1 del
Decreto con Rango, Valor y Fueza de Ley Orgánica de Precios Justos, publicado en Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N" 6.156, de fecha 19 de
noviembre de 2014, en concordancia con las atribuciones conferidas en los numerales 1,2,3
y 6 delartículo 13, numerales 18 y lg delartículo 23 ejusdem.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos tlene por objeto
asegurar el desarrollo armónico, justo, equitativo, productivo y soberano de la economia
nacional, a través de la determinación de precios justos de bienes y servicios, la fijación del
porcentaje máximo de ganancia y la fiscalización efectiva de Ia actividad económica y
/..*§qtercial, a fin de proteger los ingresos de todas las ciudadanas y ciudadanos,
lffi¿i"'&hialmente el salario de las trabajadoras y trabajadores. Y conesponde al Estado
/-§§ deft,foer, proteger y salvaguardar los derechos e intereses individuales, colectivos y difusos,1,3.:t' deft@er, proteger y salvaguardar los derechos e intereses individuales, colectivos y difusos,j/,. o¡ /-'- ,.. ¿' 
;ri§ [ :,é,$$cceso de las personas a los bienes y servicios satisfaciendo sus necesidades, y
,iÉ ,*-,,.'bdrbát¡enOo la usura y ta especulación, a los fines de garantizar Ia estabilidad de los'¡rf ¡ I ! - ! (j.
llñ
lt , " , - .:
F'unu
soliÉc
los fines de garantizar Ia estabilidad de los
i?,.
'.
,-r-ir,écit$; velando por el desanollo humano integral de la población y contribuir a elevar su
A1
,()'
lá
l,= i
lq
1;'
ll z ',
?h
v"=
Y
'r-,1>s
'.. 'r
^
'V3^
vida.
Dicta la presente;
PROVIDENCIA MEDIANTE LA CUAL SE FIJA EL PRECTO MAX¡MO DE VENTA DEL
PRODUCTOR YrO DEL TMPORTADOR (PMVPD, EL pRECtO MÁXMO DE VENTA DEL
D|§TRIBUIDOR MAYORISTA (PMVDMA) Y PRECIO DE VENTA JUSTO (PVJusto) DE
LOS PRODUCTOS QUE SE INDICAN
Objeto
Artfculo 1. La presente Providencia Administrativa tiene por objeto fijar en todo el tenitorio
de la República Bolivariana de Venezuela, el Precio Máximo de Venta del Productor y/o del
lmportador (PMVPI), el Precio Máximo de Venta del Distribuidor Mayorista (PMVDMA) y el
Precio de Venta Justo (PVJusto) de los alimentos que se indican.
Definiciones
Artlculo 2. A los efectos de la aplicación e interpretación de la presente Providencia
Administrativa, se adoptan las siguientes definiciones:
Sujeto de Aplicación: Son los establecidos en el artículo 2 del Decreto con Rango,
Valor y Fuerza de Ley de Precios Justos, que produzcan, importen, distribuyan y/o
comercialicen los productos contenidos en esta Providencia Administrativa,
debidamente autorizados.
Precio Máximo de Venta del Productor y/o del lmportador (PMVPI): Es el máximo
valor del producto, expresado en bolívares, al que todo productor y/o importador
puede venderlo.
Precio Máximo de Venta del Distribuidor Mayorista (PMVDMA): Es el máximo
valor del producto, expresado en bolívares, al que todo distribuidor mayorista puede
venderlo.
Precio de Venta Justo (PVJusto): Es aqueltijado para el usuario o usuaria final en
función de lo establecido en el artículo 2 de la Providencia Administrativa N'
05712014, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N'
40.547, de fecha 24 de noviembre de 2014.
a)
b)
c)
d)
}a'
-t
sJ
t/"¡l:
,if
lg
te
V*,;S ,Arflculo
3. Se fija el Precio Máximo de Venta a nivel del Productor ylo lmportador (PMVPI),
t§'ik,,,r:'0.'r.,f/
* l,V
Fijación de Precios de Venta y Precio de Venta Justo
el Prec¡o Máximo de Venta a nivel del Distribuidor/Mayorista (PMVDMA) y el Precio de
Venta Justo (PVJusto), de los productos que se señalan a continuación:
lfo R,UBRO Cá¡TTII}ff} HEBIDA
P|ryPT püu»{* Ftfjrsüo
(Bel (Be') (B*)
I Aceite de Mafz I I u3.57 25"¡*6 28.0p
2 Ac€ite de Giraol 1 I 21.9{ u.72 25-ü0
3
Aceite de i{ezda
2S ml 6.78 7-32 8.05
4 500 ml 11.55 12.47 13-72
5 I I 17.73 19,15 21.07
6 2 29.33 31.67 34.&{
Artículo 4. Todo sujeto de aplicación que produzca, importe, distribuya y/o comercialice
bienes distintos a los regulados en esta Providencia, en cuanto a la cantidad de la unidad de
medida, deberá cumplir e,on las previsiones de la Ley de Metrología y demás normas
aplicables, y lo notificaráala Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos
Socioeconómicos (SUNDDE), denko de un lapso no mayor a treinta (30) días continuos,
contados a partir de Ia fecha de publicación de este acto administrativo; a los etectos que la
Superintendencia fije el Precio Máximo de Venta a nivel del Productor ylo lmportador
(PMVPI), Distribuidor/Mayorista (PMVDMA) y el Precio de Venta Justo (PVJusto)
conespondiente.
lncorporación de Bienes y Servicios
Artículo 5. Los sujetos de aplicación que produzcan y/o que importen bienes distintos a los
señalados en el artículo 3 de la presente Providencia Administrativa en cuanto a la cantidad
de la unidad de medida, cuyo proceso productivo o de importación se realice con
posterioridad a la entrada en vigencia de esta norma, deberá informar a la SUNDDE, quien
fijará los Precios Máximos de Venta a nivel del Productor y/o lmportador (PMVPI),
DiqtrÍbuidor/Mayorista (PMVDMA) y el Precio de Venta Justo (PVJusto) respectivos, a los
Úi"§" hacer efectiva su incomoración en los diferentes eslabones de ta cadena dencorporación
7.!i-i¡-
ls".,l comery,iqlización en el tenitorio nacional.
{..4 ! cl r
ta proporcionalidad de los márgenes de ganancia en los diferentes eslabones
i , - 'i.'  Proporcionalidad de Márgenes
lt!,i / i 
l/§S { nrtrculó4i Los sujetos de aplicación podrán vender los bienes señalados en el artículo 3 a
:16 ,.- . ! i.
tÉ piecios lifferiores o iguales a los establecidos, pero en ningún caso a precios superiores,
a de comercialización.
Duplicidad de Unidades de Medida
Artículo 7. Cuando se trate de productos cuya presentación se exprese simultáneamente en
dos o más unidades de medidas distintas, el precio de venta será el conespondiente a la
cantidad de la unidad de medida señalada en elartículo 3 de este instrumento.
Artículo 8. El Precio de Venta Justo (PVJusto) fijado en el artículo 3 de esta Providencia,
así como, el precio fijado de conformidad a las previsiones del artículo 4, deberá cumplir con
las normas mediante las cuales se regulan las condiciones para la obligatoriedad del
establecimiento y marcaje, dictadas por la Superintendencia Nacional para la Defensa de los
Derechos Socioeconómi@s, en la Providencia Administrativa No Aí7AOM, publicada en
Gaceta Oficial de la Répública Bolivariana de Venezuela N" 40.547, de fecha 24 de
noviembre de 2014.
PARÁGRAFO PRIMERO: A los fines que los productores e importadores cumplan con el
marcaje del Precio de Venta Justo (PVJusto) de los productos señalados en elartículo 3, se
concederá un plazo de treinta (30) días continuos contados a partir de la publicación de esta
Providencia Administrativa.
Artículo 9. Hasta tanto el productor y/o importador cumpla con la obligación del marcaje de
precios al cual se refiere el articulo anterior, los establecimientos deberán garantizar a partir
de la entrada en vigencia de esta Providencia Administrativa, que el Precio Venta Justo
(PVJusto), esté marcado, indicado o adherido, de manera visible, ylo estar publicados en
listas o carteles de precios expuestos en lugares accesibles y visibles para el público.
Artículo 10. Aquellos productos regulados en la presente Providencia Administrativa
marcados con precios inferiores a bs aquí indicados, cuyo marcaje se haya realizado antes
de la entrada en vigencia de este acto administrativo, deberán venderse al menor precio.
Productores o lmportadores no pueden implementar prácticas de
impongan desventajas a Io largo de la cadena de distribución de los
práduAos señalados en la presente Providencia Administrativa.
Garantla de Existencia y Expendio
así como todo establecimiento mayorista y12. El productor y/o importador,
vendedor al detal del producto regulado en esta Providencia Administrativa, deberá
garantizar en los eslabones de la cadena de comercialización nacional, según conesponda,
su existencia y expendio.
Los productores o importadores, distribuidores mayoristas y detallistas de los alimentos
regulados en el artículo 3 de la presente Providencia Administrativa, deben garantizar en la
comercialización un mínimo de setenta por cada cien (70%) del rubro regulado, y un máximo
de treinta por cada cien (30o/o) de aquellas presentaciones con ingredientes adicionales
(otras presentaciones), en cada eslabón de la cadena de comercialización.
Artículo 13. El productor ylo importador y los propietarios o responsables de los
establecimientos mayoristas y vendedores al detal deberán cumplir con las normativas
vigentes en materia de fabricación, composición y calidad, de los productos comprendidos
en esta Providencia Administrativa, de conformidad con lo establecido en la Ley que regula
la materia.
Exhibición lgualitaria
Artículo 14. Los propietarios o responsables de los establecimientos comerciales al detal,
deben exhibir en igualdad de condiciones los alimentos regulados en la presente
Providencia Administrativa, respecto a otras presentaciones o productos similares.
Deber de lnformación
Artlculo 15. Los sujetos de aplicación que reciban de sus respectivos proveedores
productos con precios superiores a los establecidos en esta Providencia Administrativa,
deberán notificar a la Superintendencia Nacional para Ia Defensa de los Derechos
Socioeconómicos esta situación, señalando la Razón Socialy Registro de lnformación Fiscal
del respectivo proveedor, así como los bienes y precios, a fin que este órgano aplique los
conectivos conespondientes; todo ello de contormidad con el principio de
coresponsabilidad.
Artfculo 16. Los sujetos de aplicación que infrinjan la presente Providencia Administrativa,
ffi,,,:rrrán sancionados conforme a lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de
,/1sF-".-tLU
Y':j'' J.
6n,ro' l-Fy Oe Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Preclos
düstos.
,Attícu¡o 17. Quedan sin efectos los actos administrativos que hayan frjado con anterioridad
t
precios de venta a los productos previstos en el artículo 3 de esta Providencia
Administrativa.
,,#%*
ffi
Artfculo 18. E¡ contenido de la presente Providencia Administrativa entra¡á en v(¡encia a
partir de su publlcación.
Comuníquese y Publíquese,
A'ÚDRES EONZALHZ
$uperintendonte para la Defen¡a do los
Repúblirx Bolivariana de Venezuela N" 40.473 de fucha 12 de agosto & 20f 4.
ffi

Mais conteúdo relacionado

Mais procurados

Fast cake
Fast  cakeFast  cake
Fast cakefpna98
 
Pliego cláusulas administrativas contratación actuaciones musicales fiestas V...
Pliego cláusulas administrativas contratación actuaciones musicales fiestas V...Pliego cláusulas administrativas contratación actuaciones musicales fiestas V...
Pliego cláusulas administrativas contratación actuaciones musicales fiestas V...Ayuntamiento del Valle de Mena
 
A53fee6c2dae7b3d6fba3e9222e2625d
A53fee6c2dae7b3d6fba3e9222e2625dA53fee6c2dae7b3d6fba3e9222e2625d
A53fee6c2dae7b3d6fba3e9222e2625dEX ARTHUR MEXICO
 
Decreto 3733 2005
Decreto 3733 2005Decreto 3733 2005
Decreto 3733 2005David Diosa
 
Normas sobre el Registro de Productores Nacionales Independientes (PNI)
Normas sobre el Registro de Productores Nacionales Independientes (PNI)Normas sobre el Registro de Productores Nacionales Independientes (PNI)
Normas sobre el Registro de Productores Nacionales Independientes (PNI)SistemadeEstudiosMed
 
Procedimiento administrativo de consumo en la CABA (Ley 757) por Carlos Tambussi
Procedimiento administrativo de consumo en la CABA (Ley 757) por Carlos TambussiProcedimiento administrativo de consumo en la CABA (Ley 757) por Carlos Tambussi
Procedimiento administrativo de consumo en la CABA (Ley 757) por Carlos TambussiCentro de Formación Judicial
 
tratamientos arancelarios especiales
 tratamientos arancelarios especiales tratamientos arancelarios especiales
tratamientos arancelarios especialesAgencia Exportadora®
 
Fedegan_Animal_Ganadero_Normatividad_Bovino_Ley_1133
Fedegan_Animal_Ganadero_Normatividad_Bovino_Ley_1133Fedegan_Animal_Ganadero_Normatividad_Bovino_Ley_1133
Fedegan_Animal_Ganadero_Normatividad_Bovino_Ley_1133Fedegan
 
Ley de promocion de la industria audiovisual argentina - Diputada Liliana Mazure
Ley de promocion de la industria audiovisual argentina - Diputada Liliana MazureLey de promocion de la industria audiovisual argentina - Diputada Liliana Mazure
Ley de promocion de la industria audiovisual argentina - Diputada Liliana MazureLiliana Mazure
 
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato Jose Luis R. Cerezo ⚡
 
Ley defensa al consumidor republica argentina
Ley defensa al consumidor republica argentinaLey defensa al consumidor republica argentina
Ley defensa al consumidor republica argentinaMarcelo Marinangeli
 
Decretohidrocarburos cff 12012016
Decretohidrocarburos cff 12012016Decretohidrocarburos cff 12012016
Decretohidrocarburos cff 12012016EX ARTHUR MEXICO
 
Alerta Electoral #2: Un candidato compite contra el Estado (17 julio 2012)
Alerta Electoral #2: Un candidato compite contra el Estado (17 julio 2012)Alerta Electoral #2: Un candidato compite contra el Estado (17 julio 2012)
Alerta Electoral #2: Un candidato compite contra el Estado (17 julio 2012)Monitoreo Ciudadano (@yomonitoreo)
 
Impuesto del cigarrillo
Impuesto del cigarrilloImpuesto del cigarrillo
Impuesto del cigarrillogenenebrus1106
 
Dictamen con modificaciones al proyecto sobre sistema de reclamos en las Rela...
Dictamen con modificaciones al proyecto sobre sistema de reclamos en las Rela...Dictamen con modificaciones al proyecto sobre sistema de reclamos en las Rela...
Dictamen con modificaciones al proyecto sobre sistema de reclamos en las Rela...Pablo Javkin
 
Reglamento de ancestralidad
Reglamento de ancestralidadReglamento de ancestralidad
Reglamento de ancestralidadKeiko Chisaka
 

Mais procurados (20)

Fast cake
Fast  cakeFast  cake
Fast cake
 
Pliego cláusulas administrativas contratación actuaciones musicales fiestas V...
Pliego cláusulas administrativas contratación actuaciones musicales fiestas V...Pliego cláusulas administrativas contratación actuaciones musicales fiestas V...
Pliego cláusulas administrativas contratación actuaciones musicales fiestas V...
 
A53fee6c2dae7b3d6fba3e9222e2625d
A53fee6c2dae7b3d6fba3e9222e2625dA53fee6c2dae7b3d6fba3e9222e2625d
A53fee6c2dae7b3d6fba3e9222e2625d
 
Legislacion publicitaria
Legislacion publicitariaLegislacion publicitaria
Legislacion publicitaria
 
Decreto 3733 2005
Decreto 3733 2005Decreto 3733 2005
Decreto 3733 2005
 
Normas sobre el Registro de Productores Nacionales Independientes (PNI)
Normas sobre el Registro de Productores Nacionales Independientes (PNI)Normas sobre el Registro de Productores Nacionales Independientes (PNI)
Normas sobre el Registro de Productores Nacionales Independientes (PNI)
 
Ley pirateria
Ley pirateriaLey pirateria
Ley pirateria
 
Procedimiento administrativo de consumo en la CABA (Ley 757) por Carlos Tambussi
Procedimiento administrativo de consumo en la CABA (Ley 757) por Carlos TambussiProcedimiento administrativo de consumo en la CABA (Ley 757) por Carlos Tambussi
Procedimiento administrativo de consumo en la CABA (Ley 757) por Carlos Tambussi
 
tratamientos arancelarios especiales
 tratamientos arancelarios especiales tratamientos arancelarios especiales
tratamientos arancelarios especiales
 
Fedegan_Animal_Ganadero_Normatividad_Bovino_Ley_1133
Fedegan_Animal_Ganadero_Normatividad_Bovino_Ley_1133Fedegan_Animal_Ganadero_Normatividad_Bovino_Ley_1133
Fedegan_Animal_Ganadero_Normatividad_Bovino_Ley_1133
 
Ley de promocion de la industria audiovisual argentina - Diputada Liliana Mazure
Ley de promocion de la industria audiovisual argentina - Diputada Liliana MazureLey de promocion de la industria audiovisual argentina - Diputada Liliana Mazure
Ley de promocion de la industria audiovisual argentina - Diputada Liliana Mazure
 
DECRETO 256
DECRETO 256DECRETO 256
DECRETO 256
 
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato
 
Ley defensa al consumidor republica argentina
Ley defensa al consumidor republica argentinaLey defensa al consumidor republica argentina
Ley defensa al consumidor republica argentina
 
Decreto n° 296
Decreto n° 296Decreto n° 296
Decreto n° 296
 
Decretohidrocarburos cff 12012016
Decretohidrocarburos cff 12012016Decretohidrocarburos cff 12012016
Decretohidrocarburos cff 12012016
 
Alerta Electoral #2: Un candidato compite contra el Estado (17 julio 2012)
Alerta Electoral #2: Un candidato compite contra el Estado (17 julio 2012)Alerta Electoral #2: Un candidato compite contra el Estado (17 julio 2012)
Alerta Electoral #2: Un candidato compite contra el Estado (17 julio 2012)
 
Impuesto del cigarrillo
Impuesto del cigarrilloImpuesto del cigarrillo
Impuesto del cigarrillo
 
Dictamen con modificaciones al proyecto sobre sistema de reclamos en las Rela...
Dictamen con modificaciones al proyecto sobre sistema de reclamos en las Rela...Dictamen con modificaciones al proyecto sobre sistema de reclamos en las Rela...
Dictamen con modificaciones al proyecto sobre sistema de reclamos en las Rela...
 
Reglamento de ancestralidad
Reglamento de ancestralidadReglamento de ancestralidad
Reglamento de ancestralidad
 

Semelhante a Providencia para el aumento del precio de la Pasta y Aceite #06A

Lista de-precios-de-la-leche
Lista de-precios-de-la-lecheLista de-precios-de-la-leche
Lista de-precios-de-la-lecheNoticiero Capital
 
Conse news avance No 262
Conse news avance No 262Conse news avance No 262
Conse news avance No 262laurymart4475
 
Ley de defensa del consumidor Uruguay
Ley de defensa del consumidor UruguayLey de defensa del consumidor Uruguay
Ley de defensa del consumidor Uruguayconsumidorbo
 
Ley de góndolas
Ley de góndolasLey de góndolas
Ley de góndolasMara Resio
 
Ley costos-y-ganancias
Ley costos-y-gananciasLey costos-y-ganancias
Ley costos-y-gananciasjuanpachopo
 
Ley de-costos-y-precios
Ley de-costos-y-preciosLey de-costos-y-precios
Ley de-costos-y-preciosomarrperez
 
Ley de-costos-y-precios-justos
Ley de-costos-y-precios-justosLey de-costos-y-precios-justos
Ley de-costos-y-precios-justosIsmael Garcia
 
Ley de-costos-y-precios-justos
Ley de-costos-y-precios-justosLey de-costos-y-precios-justos
Ley de-costos-y-precios-justosCarlos Jaén
 
Normas internacionales de contabilidad
Normas internacionales de contabilidadNormas internacionales de contabilidad
Normas internacionales de contabilidadAlexander Almonte
 
Reglamento de establecimientos farmaceuticos
Reglamento de establecimientos farmaceuticosReglamento de establecimientos farmaceuticos
Reglamento de establecimientos farmaceuticosYaremi Medina Mena
 
Ley organica de precios justos
Ley organica de precios justosLey organica de precios justos
Ley organica de precios justosTulio Virguez
 
Ley organica-de-precios-justos
Ley organica-de-precios-justosLey organica-de-precios-justos
Ley organica-de-precios-justosBarby Del Pópolo
 
443-HCD-2016 Proyecto de Ordenanza Derechos del Consumidor en San Isidro
443-HCD-2016 Proyecto de Ordenanza Derechos del Consumidor en San Isidro443-HCD-2016 Proyecto de Ordenanza Derechos del Consumidor en San Isidro
443-HCD-2016 Proyecto de Ordenanza Derechos del Consumidor en San IsidroBrest Fabian Dario
 
Antecedentes legales
Antecedentes legalesAntecedentes legales
Antecedentes legalesNicolas Paez
 

Semelhante a Providencia para el aumento del precio de la Pasta y Aceite #06A (20)

Lista de-precios-de-la-leche
Lista de-precios-de-la-lecheLista de-precios-de-la-leche
Lista de-precios-de-la-leche
 
Providencia Administrativa Nº 004/2014 SUNDDE
Providencia Administrativa Nº 004/2014 SUNDDEProvidencia Administrativa Nº 004/2014 SUNDDE
Providencia Administrativa Nº 004/2014 SUNDDE
 
ajc.pptx
ajc.pptxajc.pptx
ajc.pptx
 
Reglamento ley Orgánica de defensa al consumidor
Reglamento ley Orgánica de defensa al consumidorReglamento ley Orgánica de defensa al consumidor
Reglamento ley Orgánica de defensa al consumidor
 
Ley de costos y precios justos
Ley de costos y precios justos Ley de costos y precios justos
Ley de costos y precios justos
 
Conse news avance No 262
Conse news avance No 262Conse news avance No 262
Conse news avance No 262
 
Ley de defensa del consumidor Uruguay
Ley de defensa del consumidor UruguayLey de defensa del consumidor Uruguay
Ley de defensa del consumidor Uruguay
 
Ley de góndolas
Ley de góndolasLey de góndolas
Ley de góndolas
 
Ley costos-y-ganancias
Ley costos-y-gananciasLey costos-y-ganancias
Ley costos-y-ganancias
 
Ley de-costos-y-precios
Ley de-costos-y-preciosLey de-costos-y-precios
Ley de-costos-y-precios
 
Ley de-costos-y-precios-justos
Ley de-costos-y-precios-justosLey de-costos-y-precios-justos
Ley de-costos-y-precios-justos
 
Ley de-costos-y-precios-justos
Ley de-costos-y-precios-justosLey de-costos-y-precios-justos
Ley de-costos-y-precios-justos
 
Normas internacionales de contabilidad
Normas internacionales de contabilidadNormas internacionales de contabilidad
Normas internacionales de contabilidad
 
Reglamento de establecimientos farmaceuticos
Reglamento de establecimientos farmaceuticosReglamento de establecimientos farmaceuticos
Reglamento de establecimientos farmaceuticos
 
Ley organica de precios justos
Ley organica de precios justosLey organica de precios justos
Ley organica de precios justos
 
Ley organica-de-precios-justos
Ley organica-de-precios-justosLey organica-de-precios-justos
Ley organica-de-precios-justos
 
LEY ORGANICA DE PRECIOS JUSTOS
LEY ORGANICA DE PRECIOS JUSTOSLEY ORGANICA DE PRECIOS JUSTOS
LEY ORGANICA DE PRECIOS JUSTOS
 
443-HCD-2016 Proyecto de Ordenanza Derechos del Consumidor en San Isidro
443-HCD-2016 Proyecto de Ordenanza Derechos del Consumidor en San Isidro443-HCD-2016 Proyecto de Ordenanza Derechos del Consumidor en San Isidro
443-HCD-2016 Proyecto de Ordenanza Derechos del Consumidor en San Isidro
 
Antecedentes legales
Antecedentes legalesAntecedentes legales
Antecedentes legales
 
Ley pj
Ley pjLey pj
Ley pj
 

Mais de Brian Vidal

Comunicado Iglesia Salvador Franco
Comunicado Iglesia Salvador FrancoComunicado Iglesia Salvador Franco
Comunicado Iglesia Salvador FrancoBrian Vidal
 
Gaceta Oficial N° 41.891
Gaceta Oficial N° 41.891Gaceta Oficial N° 41.891
Gaceta Oficial N° 41.891Brian Vidal
 
Foro Penal Venezolano: Aumentaron las detenciones arbitrarias con estado de a...
Foro Penal Venezolano: Aumentaron las detenciones arbitrarias con estado de a...Foro Penal Venezolano: Aumentaron las detenciones arbitrarias con estado de a...
Foro Penal Venezolano: Aumentaron las detenciones arbitrarias con estado de a...Brian Vidal
 
Conferencia Episcopal Venezolana emitió recomendaciones ante casos de coronav...
Conferencia Episcopal Venezolana emitió recomendaciones ante casos de coronav...Conferencia Episcopal Venezolana emitió recomendaciones ante casos de coronav...
Conferencia Episcopal Venezolana emitió recomendaciones ante casos de coronav...Brian Vidal
 
Este es el Pliego Nacional de Conflicto aprobado por la Asamblea Nacional est...
Este es el Pliego Nacional de Conflicto aprobado por la Asamblea Nacional est...Este es el Pliego Nacional de Conflicto aprobado por la Asamblea Nacional est...
Este es el Pliego Nacional de Conflicto aprobado por la Asamblea Nacional est...Brian Vidal
 
USAID asegura que ayuda humanitaria para Venezuela no la administra gobierno ...
USAID asegura que ayuda humanitaria para Venezuela no la administra gobierno ...USAID asegura que ayuda humanitaria para Venezuela no la administra gobierno ...
USAID asegura que ayuda humanitaria para Venezuela no la administra gobierno ...Brian Vidal
 
DECLARACIÓN DE CONDENA DE LA FARSA ELECTORAL EN VENEZUELA
DECLARACIÓN DE CONDENA DE LA FARSA ELECTORAL EN VENEZUELADECLARACIÓN DE CONDENA DE LA FARSA ELECTORAL EN VENEZUELA
DECLARACIÓN DE CONDENA DE LA FARSA ELECTORAL EN VENEZUELABrian Vidal
 
Cardenal Urosa aclaratoria sobre las elecciones del 20M
Cardenal Urosa aclaratoria sobre las elecciones del 20MCardenal Urosa aclaratoria sobre las elecciones del 20M
Cardenal Urosa aclaratoria sobre las elecciones del 20MBrian Vidal
 
Comité de Rescate de la Democracia 2017
Comité de Rescate de la Democracia 2017Comité de Rescate de la Democracia 2017
Comité de Rescate de la Democracia 2017Brian Vidal
 
Planilla para adherirse al recurso de nulidad
Planilla para adherirse al recurso de nulidad Planilla para adherirse al recurso de nulidad
Planilla para adherirse al recurso de nulidad Brian Vidal
 
Planilla para adherirse al recurso de nulidad
Planilla para adherirse al recurso de nulidad Planilla para adherirse al recurso de nulidad
Planilla para adherirse al recurso de nulidad Brian Vidal
 
documento para adherirse al recurso de nulidad
documento para adherirse al recurso de nulidaddocumento para adherirse al recurso de nulidad
documento para adherirse al recurso de nulidadBrian Vidal
 
Acuerdo entre Gobierno y CAVECECO sobre horario de Centros Comerciales
Acuerdo entre Gobierno y CAVECECO sobre horario de Centros ComercialesAcuerdo entre Gobierno y CAVECECO sobre horario de Centros Comerciales
Acuerdo entre Gobierno y CAVECECO sobre horario de Centros ComercialesBrian Vidal
 
Grupo IDEA escribe carta a Nicolas Maduro pidiendo “libres, justa e imparciales”
Grupo IDEA escribe carta a Nicolas Maduro pidiendo “libres, justa e imparciales”Grupo IDEA escribe carta a Nicolas Maduro pidiendo “libres, justa e imparciales”
Grupo IDEA escribe carta a Nicolas Maduro pidiendo “libres, justa e imparciales”Brian Vidal
 
Resultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson por Categorias
Resultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson por Categorias Resultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson por Categorias
Resultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson por Categorias Brian Vidal
 
Resultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson #20J
Resultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson #20JResultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson #20J
Resultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson #20JBrian Vidal
 
Esta es es la lista de personas condenadas por uso irregular de divisas
Esta es es la lista de personas condenadas por uso irregular de divisasEsta es es la lista de personas condenadas por uso irregular de divisas
Esta es es la lista de personas condenadas por uso irregular de divisasBrian Vidal
 
Gaceta Oficial 40.636 publicada el 09-04-2015
Gaceta Oficial 40.636 publicada el 09-04-2015Gaceta Oficial 40.636 publicada el 09-04-2015
Gaceta Oficial 40.636 publicada el 09-04-2015Brian Vidal
 
Propaganda yeniree melendez- saia
Propaganda   yeniree melendez- saiaPropaganda   yeniree melendez- saia
Propaganda yeniree melendez- saiaBrian Vidal
 
Gaceta oficial número 40.623 fletes de bienes básicos y estratégicos
Gaceta oficial número 40.623 fletes de bienes básicos y estratégicosGaceta oficial número 40.623 fletes de bienes básicos y estratégicos
Gaceta oficial número 40.623 fletes de bienes básicos y estratégicosBrian Vidal
 

Mais de Brian Vidal (20)

Comunicado Iglesia Salvador Franco
Comunicado Iglesia Salvador FrancoComunicado Iglesia Salvador Franco
Comunicado Iglesia Salvador Franco
 
Gaceta Oficial N° 41.891
Gaceta Oficial N° 41.891Gaceta Oficial N° 41.891
Gaceta Oficial N° 41.891
 
Foro Penal Venezolano: Aumentaron las detenciones arbitrarias con estado de a...
Foro Penal Venezolano: Aumentaron las detenciones arbitrarias con estado de a...Foro Penal Venezolano: Aumentaron las detenciones arbitrarias con estado de a...
Foro Penal Venezolano: Aumentaron las detenciones arbitrarias con estado de a...
 
Conferencia Episcopal Venezolana emitió recomendaciones ante casos de coronav...
Conferencia Episcopal Venezolana emitió recomendaciones ante casos de coronav...Conferencia Episcopal Venezolana emitió recomendaciones ante casos de coronav...
Conferencia Episcopal Venezolana emitió recomendaciones ante casos de coronav...
 
Este es el Pliego Nacional de Conflicto aprobado por la Asamblea Nacional est...
Este es el Pliego Nacional de Conflicto aprobado por la Asamblea Nacional est...Este es el Pliego Nacional de Conflicto aprobado por la Asamblea Nacional est...
Este es el Pliego Nacional de Conflicto aprobado por la Asamblea Nacional est...
 
USAID asegura que ayuda humanitaria para Venezuela no la administra gobierno ...
USAID asegura que ayuda humanitaria para Venezuela no la administra gobierno ...USAID asegura que ayuda humanitaria para Venezuela no la administra gobierno ...
USAID asegura que ayuda humanitaria para Venezuela no la administra gobierno ...
 
DECLARACIÓN DE CONDENA DE LA FARSA ELECTORAL EN VENEZUELA
DECLARACIÓN DE CONDENA DE LA FARSA ELECTORAL EN VENEZUELADECLARACIÓN DE CONDENA DE LA FARSA ELECTORAL EN VENEZUELA
DECLARACIÓN DE CONDENA DE LA FARSA ELECTORAL EN VENEZUELA
 
Cardenal Urosa aclaratoria sobre las elecciones del 20M
Cardenal Urosa aclaratoria sobre las elecciones del 20MCardenal Urosa aclaratoria sobre las elecciones del 20M
Cardenal Urosa aclaratoria sobre las elecciones del 20M
 
Comité de Rescate de la Democracia 2017
Comité de Rescate de la Democracia 2017Comité de Rescate de la Democracia 2017
Comité de Rescate de la Democracia 2017
 
Planilla para adherirse al recurso de nulidad
Planilla para adherirse al recurso de nulidad Planilla para adherirse al recurso de nulidad
Planilla para adherirse al recurso de nulidad
 
Planilla para adherirse al recurso de nulidad
Planilla para adherirse al recurso de nulidad Planilla para adherirse al recurso de nulidad
Planilla para adherirse al recurso de nulidad
 
documento para adherirse al recurso de nulidad
documento para adherirse al recurso de nulidaddocumento para adherirse al recurso de nulidad
documento para adherirse al recurso de nulidad
 
Acuerdo entre Gobierno y CAVECECO sobre horario de Centros Comerciales
Acuerdo entre Gobierno y CAVECECO sobre horario de Centros ComercialesAcuerdo entre Gobierno y CAVECECO sobre horario de Centros Comerciales
Acuerdo entre Gobierno y CAVECECO sobre horario de Centros Comerciales
 
Grupo IDEA escribe carta a Nicolas Maduro pidiendo “libres, justa e imparciales”
Grupo IDEA escribe carta a Nicolas Maduro pidiendo “libres, justa e imparciales”Grupo IDEA escribe carta a Nicolas Maduro pidiendo “libres, justa e imparciales”
Grupo IDEA escribe carta a Nicolas Maduro pidiendo “libres, justa e imparciales”
 
Resultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson por Categorias
Resultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson por Categorias Resultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson por Categorias
Resultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson por Categorias
 
Resultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson #20J
Resultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson #20JResultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson #20J
Resultados 1° Carrera-Caminata Fundaparkinson #20J
 
Esta es es la lista de personas condenadas por uso irregular de divisas
Esta es es la lista de personas condenadas por uso irregular de divisasEsta es es la lista de personas condenadas por uso irregular de divisas
Esta es es la lista de personas condenadas por uso irregular de divisas
 
Gaceta Oficial 40.636 publicada el 09-04-2015
Gaceta Oficial 40.636 publicada el 09-04-2015Gaceta Oficial 40.636 publicada el 09-04-2015
Gaceta Oficial 40.636 publicada el 09-04-2015
 
Propaganda yeniree melendez- saia
Propaganda   yeniree melendez- saiaPropaganda   yeniree melendez- saia
Propaganda yeniree melendez- saia
 
Gaceta oficial número 40.623 fletes de bienes básicos y estratégicos
Gaceta oficial número 40.623 fletes de bienes básicos y estratégicosGaceta oficial número 40.623 fletes de bienes básicos y estratégicos
Gaceta oficial número 40.623 fletes de bienes básicos y estratégicos
 

Último

mercado de capitales universidad simon rodriguez - guanare (unidad I).pdf
mercado de capitales universidad simon rodriguez - guanare (unidad I).pdfmercado de capitales universidad simon rodriguez - guanare (unidad I).pdf
mercado de capitales universidad simon rodriguez - guanare (unidad I).pdfGegdielJose1
 
44 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL (1).pdf
44 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL (1).pdf44 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL (1).pdf
44 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL (1).pdflupismdo
 
ejemplo de tesis para contabilidad- capitulos
ejemplo de tesis para contabilidad- capitulosejemplo de tesis para contabilidad- capitulos
ejemplo de tesis para contabilidad- capitulosguillencuevaadrianal
 
puntos-clave-de-la-reforma-pensional-2023.pdf
puntos-clave-de-la-reforma-pensional-2023.pdfpuntos-clave-de-la-reforma-pensional-2023.pdf
puntos-clave-de-la-reforma-pensional-2023.pdfosoriojuanpablo114
 
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdf
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdfPrincipios de economia Mankiw 6 edicion.pdf
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdfauxcompras5
 
41 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL EN MÉXICO
41 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL EN MÉXICO41 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL EN MÉXICO
41 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL EN MÉXICOlupismdo
 
Análisis de la Temporada Turística 2024 en Uruguay
Análisis de la Temporada Turística 2024 en UruguayAnálisis de la Temporada Turística 2024 en Uruguay
Análisis de la Temporada Turística 2024 en UruguayEXANTE
 
PRUEBA PRE ICFES ECONOMIA. (4) - copia.doc
PRUEBA PRE ICFES ECONOMIA. (4) - copia.docPRUEBA PRE ICFES ECONOMIA. (4) - copia.doc
PRUEBA PRE ICFES ECONOMIA. (4) - copia.docmilumenko
 
Venezuela Entorno Social y Económico.pptx
Venezuela Entorno Social y Económico.pptxVenezuela Entorno Social y Económico.pptx
Venezuela Entorno Social y Económico.pptxJulioFernandez261824
 
Politicas publicas para el sector agropecuario en México.pptx
Politicas publicas para el sector agropecuario en México.pptxPoliticas publicas para el sector agropecuario en México.pptx
Politicas publicas para el sector agropecuario en México.pptxvladisse
 
METODOS ESCALA SALARIAL EN ESTRUCTURAS.PPT
METODOS ESCALA SALARIAL EN ESTRUCTURAS.PPTMETODOS ESCALA SALARIAL EN ESTRUCTURAS.PPT
METODOS ESCALA SALARIAL EN ESTRUCTURAS.PPTrodrigolozanoortiz
 
Compañías aseguradoras presentacion power point
Compañías aseguradoras presentacion power pointCompañías aseguradoras presentacion power point
Compañías aseguradoras presentacion power pointAbiReyes18
 
TEMA 3 DECISIONES DE INVERSION Y FINANCIACION UNIVERISDAD REY JUAN CARLOS
TEMA 3 DECISIONES DE INVERSION Y FINANCIACION UNIVERISDAD REY JUAN CARLOSTEMA 3 DECISIONES DE INVERSION Y FINANCIACION UNIVERISDAD REY JUAN CARLOS
TEMA 3 DECISIONES DE INVERSION Y FINANCIACION UNIVERISDAD REY JUAN CARLOSreyjuancarlosjose
 
LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING REPORT.
LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING  REPORT.LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING  REPORT.
LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING REPORT.ManfredNolte
 
Sistema de Control Interno aplicaciones en nuestra legislacion
Sistema de Control Interno aplicaciones en nuestra legislacionSistema de Control Interno aplicaciones en nuestra legislacion
Sistema de Control Interno aplicaciones en nuestra legislacionPedroSalasSantiago
 
El cheque 1 y sus tipos de cheque.pptx
El cheque  1 y sus tipos de  cheque.pptxEl cheque  1 y sus tipos de  cheque.pptx
El cheque 1 y sus tipos de cheque.pptxNathaliTAndradeS
 

Último (17)

mercado de capitales universidad simon rodriguez - guanare (unidad I).pdf
mercado de capitales universidad simon rodriguez - guanare (unidad I).pdfmercado de capitales universidad simon rodriguez - guanare (unidad I).pdf
mercado de capitales universidad simon rodriguez - guanare (unidad I).pdf
 
44 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL (1).pdf
44 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL (1).pdf44 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL (1).pdf
44 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL (1).pdf
 
ejemplo de tesis para contabilidad- capitulos
ejemplo de tesis para contabilidad- capitulosejemplo de tesis para contabilidad- capitulos
ejemplo de tesis para contabilidad- capitulos
 
puntos-clave-de-la-reforma-pensional-2023.pdf
puntos-clave-de-la-reforma-pensional-2023.pdfpuntos-clave-de-la-reforma-pensional-2023.pdf
puntos-clave-de-la-reforma-pensional-2023.pdf
 
Mercado Eléctrico de Ecuador y España.pdf
Mercado Eléctrico de Ecuador y España.pdfMercado Eléctrico de Ecuador y España.pdf
Mercado Eléctrico de Ecuador y España.pdf
 
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdf
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdfPrincipios de economia Mankiw 6 edicion.pdf
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdf
 
41 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL EN MÉXICO
41 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL EN MÉXICO41 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL EN MÉXICO
41 RAZONES DE PORQUE SI ESTAMOS MAL EN MÉXICO
 
Análisis de la Temporada Turística 2024 en Uruguay
Análisis de la Temporada Turística 2024 en UruguayAnálisis de la Temporada Turística 2024 en Uruguay
Análisis de la Temporada Turística 2024 en Uruguay
 
PRUEBA PRE ICFES ECONOMIA. (4) - copia.doc
PRUEBA PRE ICFES ECONOMIA. (4) - copia.docPRUEBA PRE ICFES ECONOMIA. (4) - copia.doc
PRUEBA PRE ICFES ECONOMIA. (4) - copia.doc
 
Venezuela Entorno Social y Económico.pptx
Venezuela Entorno Social y Económico.pptxVenezuela Entorno Social y Económico.pptx
Venezuela Entorno Social y Económico.pptx
 
Politicas publicas para el sector agropecuario en México.pptx
Politicas publicas para el sector agropecuario en México.pptxPoliticas publicas para el sector agropecuario en México.pptx
Politicas publicas para el sector agropecuario en México.pptx
 
METODOS ESCALA SALARIAL EN ESTRUCTURAS.PPT
METODOS ESCALA SALARIAL EN ESTRUCTURAS.PPTMETODOS ESCALA SALARIAL EN ESTRUCTURAS.PPT
METODOS ESCALA SALARIAL EN ESTRUCTURAS.PPT
 
Compañías aseguradoras presentacion power point
Compañías aseguradoras presentacion power pointCompañías aseguradoras presentacion power point
Compañías aseguradoras presentacion power point
 
TEMA 3 DECISIONES DE INVERSION Y FINANCIACION UNIVERISDAD REY JUAN CARLOS
TEMA 3 DECISIONES DE INVERSION Y FINANCIACION UNIVERISDAD REY JUAN CARLOSTEMA 3 DECISIONES DE INVERSION Y FINANCIACION UNIVERISDAD REY JUAN CARLOS
TEMA 3 DECISIONES DE INVERSION Y FINANCIACION UNIVERISDAD REY JUAN CARLOS
 
LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING REPORT.
LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING  REPORT.LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING  REPORT.
LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING REPORT.
 
Sistema de Control Interno aplicaciones en nuestra legislacion
Sistema de Control Interno aplicaciones en nuestra legislacionSistema de Control Interno aplicaciones en nuestra legislacion
Sistema de Control Interno aplicaciones en nuestra legislacion
 
El cheque 1 y sus tipos de cheque.pptx
El cheque  1 y sus tipos de  cheque.pptxEl cheque  1 y sus tipos de  cheque.pptx
El cheque 1 y sus tipos de cheque.pptx
 

Providencia para el aumento del precio de la Pasta y Aceite #06A

  • 1. T REPUBLICA BOLM DE VENEZUEI-A VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA SUPER¡NTENDENCN NACIONAL PARA tA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIOECONÓiTrcOS Caracas, a los 01 días del mes de abril de 2015 2040, 155',15' PROVIDENGIA ADMINISTRATIVA N" O5O'2OI 5 El Superintendente Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómi@s, designado mediante Decreto No L174, publicado en la Gaceta Oficial de la República Botivariana de Venezuela No 40.473 de fecha 12 de agosto de 2014, en cumplimiento del artículo 1 del Decreto con Rango, Valor y Fueza de Ley Orgánica de Precios Justos, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria N" 6.156, de fecha 19 de noviembre de 2014, en concordancia con las atribuciones conferidas en los numerales 1,2,3 y 6 delartículo 13, numerales 18 y lg delartículo 23 ejusdem. CONSIDERANDO Que el Decreto Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos tlene por objeto asegurar el desarrollo armónico, justo, equitativo, productivo y soberano de la economia nacional, a través de la determinación de precios justos de bienes y servicios, la fijación del porcentaje máximo de ganancia y la fiscalización efectiva de Ia actividad económica y /..*§qtercial, a fin de proteger los ingresos de todas las ciudadanas y ciudadanos, lffi¿i"'&hialmente el salario de las trabajadoras y trabajadores. Y conesponde al Estado /-§§ deft,foer, proteger y salvaguardar los derechos e intereses individuales, colectivos y difusos,1,3.:t' deft@er, proteger y salvaguardar los derechos e intereses individuales, colectivos y difusos,j/,. o¡ /-'- ,.. ¿' ;ri§ [ :,é,$$cceso de las personas a los bienes y servicios satisfaciendo sus necesidades, y ,iÉ ,*-,,.'bdrbát¡enOo la usura y ta especulación, a los fines de garantizar Ia estabilidad de los'¡rf ¡ I ! - ! (j. llñ lt , " , - .: F'unu soliÉc los fines de garantizar Ia estabilidad de los i?,. '. ,-r-ir,écit$; velando por el desanollo humano integral de la población y contribuir a elevar su A1 ,()' lá l,= i lq 1;' ll z ', ?h v"= Y 'r-,1>s '.. 'r ^ 'V3^ vida.
  • 2. Dicta la presente; PROVIDENCIA MEDIANTE LA CUAL SE FIJA EL PRECTO MAX¡MO DE VENTA DEL PRODUCTOR YrO DEL TMPORTADOR (PMVPD, EL pRECtO MÁXMO DE VENTA DEL D|§TRIBUIDOR MAYORISTA (PMVDMA) Y PRECIO DE VENTA JUSTO (PVJusto) DE LOS PRODUCTOS QUE SE INDICAN Objeto Artfculo 1. La presente Providencia Administrativa tiene por objeto fijar en todo el tenitorio de la República Bolivariana de Venezuela, el Precio Máximo de Venta del Productor y/o del lmportador (PMVPI), el Precio Máximo de Venta del Distribuidor Mayorista (PMVDMA) y el Precio de Venta Justo (PVJusto) de los alimentos que se indican. Definiciones Artlculo 2. A los efectos de la aplicación e interpretación de la presente Providencia Administrativa, se adoptan las siguientes definiciones: Sujeto de Aplicación: Son los establecidos en el artículo 2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Precios Justos, que produzcan, importen, distribuyan y/o comercialicen los productos contenidos en esta Providencia Administrativa, debidamente autorizados. Precio Máximo de Venta del Productor y/o del lmportador (PMVPI): Es el máximo valor del producto, expresado en bolívares, al que todo productor y/o importador puede venderlo. Precio Máximo de Venta del Distribuidor Mayorista (PMVDMA): Es el máximo valor del producto, expresado en bolívares, al que todo distribuidor mayorista puede venderlo. Precio de Venta Justo (PVJusto): Es aqueltijado para el usuario o usuaria final en función de lo establecido en el artículo 2 de la Providencia Administrativa N' 05712014, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N' 40.547, de fecha 24 de noviembre de 2014. a) b) c) d) }a' -t sJ t/"¡l: ,if lg te V*,;S ,Arflculo 3. Se fija el Precio Máximo de Venta a nivel del Productor ylo lmportador (PMVPI), t§'ik,,,r:'0.'r.,f/ * l,V Fijación de Precios de Venta y Precio de Venta Justo
  • 3. el Prec¡o Máximo de Venta a nivel del Distribuidor/Mayorista (PMVDMA) y el Precio de Venta Justo (PVJusto), de los productos que se señalan a continuación: lfo R,UBRO Cá¡TTII}ff} HEBIDA P|ryPT püu»{* Ftfjrsüo (Bel (Be') (B*) I Aceite de Mafz I I u3.57 25"¡*6 28.0p 2 Ac€ite de Giraol 1 I 21.9{ u.72 25-ü0 3 Aceite de i{ezda 2S ml 6.78 7-32 8.05 4 500 ml 11.55 12.47 13-72 5 I I 17.73 19,15 21.07 6 2 29.33 31.67 34.&{ Artículo 4. Todo sujeto de aplicación que produzca, importe, distribuya y/o comercialice bienes distintos a los regulados en esta Providencia, en cuanto a la cantidad de la unidad de medida, deberá cumplir e,on las previsiones de la Ley de Metrología y demás normas aplicables, y lo notificaráala Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE), denko de un lapso no mayor a treinta (30) días continuos, contados a partir de Ia fecha de publicación de este acto administrativo; a los etectos que la Superintendencia fije el Precio Máximo de Venta a nivel del Productor ylo lmportador (PMVPI), Distribuidor/Mayorista (PMVDMA) y el Precio de Venta Justo (PVJusto) conespondiente. lncorporación de Bienes y Servicios Artículo 5. Los sujetos de aplicación que produzcan y/o que importen bienes distintos a los señalados en el artículo 3 de la presente Providencia Administrativa en cuanto a la cantidad de la unidad de medida, cuyo proceso productivo o de importación se realice con posterioridad a la entrada en vigencia de esta norma, deberá informar a la SUNDDE, quien fijará los Precios Máximos de Venta a nivel del Productor y/o lmportador (PMVPI), DiqtrÍbuidor/Mayorista (PMVDMA) y el Precio de Venta Justo (PVJusto) respectivos, a los Úi"§" hacer efectiva su incomoración en los diferentes eslabones de ta cadena dencorporación 7.!i-i¡- ls".,l comery,iqlización en el tenitorio nacional. {..4 ! cl r ta proporcionalidad de los márgenes de ganancia en los diferentes eslabones i , - 'i.' Proporcionalidad de Márgenes lt!,i / i l/§S { nrtrculó4i Los sujetos de aplicación podrán vender los bienes señalados en el artículo 3 a :16 ,.- . ! i. tÉ piecios lifferiores o iguales a los establecidos, pero en ningún caso a precios superiores, a de comercialización.
  • 4. Duplicidad de Unidades de Medida Artículo 7. Cuando se trate de productos cuya presentación se exprese simultáneamente en dos o más unidades de medidas distintas, el precio de venta será el conespondiente a la cantidad de la unidad de medida señalada en elartículo 3 de este instrumento. Artículo 8. El Precio de Venta Justo (PVJusto) fijado en el artículo 3 de esta Providencia, así como, el precio fijado de conformidad a las previsiones del artículo 4, deberá cumplir con las normas mediante las cuales se regulan las condiciones para la obligatoriedad del establecimiento y marcaje, dictadas por la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómi@s, en la Providencia Administrativa No Aí7AOM, publicada en Gaceta Oficial de la Répública Bolivariana de Venezuela N" 40.547, de fecha 24 de noviembre de 2014. PARÁGRAFO PRIMERO: A los fines que los productores e importadores cumplan con el marcaje del Precio de Venta Justo (PVJusto) de los productos señalados en elartículo 3, se concederá un plazo de treinta (30) días continuos contados a partir de la publicación de esta Providencia Administrativa. Artículo 9. Hasta tanto el productor y/o importador cumpla con la obligación del marcaje de precios al cual se refiere el articulo anterior, los establecimientos deberán garantizar a partir de la entrada en vigencia de esta Providencia Administrativa, que el Precio Venta Justo (PVJusto), esté marcado, indicado o adherido, de manera visible, ylo estar publicados en listas o carteles de precios expuestos en lugares accesibles y visibles para el público. Artículo 10. Aquellos productos regulados en la presente Providencia Administrativa marcados con precios inferiores a bs aquí indicados, cuyo marcaje se haya realizado antes de la entrada en vigencia de este acto administrativo, deberán venderse al menor precio. Productores o lmportadores no pueden implementar prácticas de impongan desventajas a Io largo de la cadena de distribución de los práduAos señalados en la presente Providencia Administrativa. Garantla de Existencia y Expendio así como todo establecimiento mayorista y12. El productor y/o importador,
  • 5. vendedor al detal del producto regulado en esta Providencia Administrativa, deberá garantizar en los eslabones de la cadena de comercialización nacional, según conesponda, su existencia y expendio. Los productores o importadores, distribuidores mayoristas y detallistas de los alimentos regulados en el artículo 3 de la presente Providencia Administrativa, deben garantizar en la comercialización un mínimo de setenta por cada cien (70%) del rubro regulado, y un máximo de treinta por cada cien (30o/o) de aquellas presentaciones con ingredientes adicionales (otras presentaciones), en cada eslabón de la cadena de comercialización. Artículo 13. El productor ylo importador y los propietarios o responsables de los establecimientos mayoristas y vendedores al detal deberán cumplir con las normativas vigentes en materia de fabricación, composición y calidad, de los productos comprendidos en esta Providencia Administrativa, de conformidad con lo establecido en la Ley que regula la materia. Exhibición lgualitaria Artículo 14. Los propietarios o responsables de los establecimientos comerciales al detal, deben exhibir en igualdad de condiciones los alimentos regulados en la presente Providencia Administrativa, respecto a otras presentaciones o productos similares. Deber de lnformación Artlculo 15. Los sujetos de aplicación que reciban de sus respectivos proveedores productos con precios superiores a los establecidos en esta Providencia Administrativa, deberán notificar a la Superintendencia Nacional para Ia Defensa de los Derechos Socioeconómicos esta situación, señalando la Razón Socialy Registro de lnformación Fiscal del respectivo proveedor, así como los bienes y precios, a fin que este órgano aplique los conectivos conespondientes; todo ello de contormidad con el principio de coresponsabilidad. Artfculo 16. Los sujetos de aplicación que infrinjan la presente Providencia Administrativa, ffi,,,:rrrán sancionados conforme a lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de ,/1sF-".-tLU Y':j'' J. 6n,ro' l-Fy Oe Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Preclos düstos. ,Attícu¡o 17. Quedan sin efectos los actos administrativos que hayan frjado con anterioridad t precios de venta a los productos previstos en el artículo 3 de esta Providencia Administrativa.
  • 6. ,,#%* ffi Artfculo 18. E¡ contenido de la presente Providencia Administrativa entra¡á en v(¡encia a partir de su publlcación. Comuníquese y Publíquese, A'ÚDRES EONZALHZ $uperintendonte para la Defen¡a do los Repúblirx Bolivariana de Venezuela N" 40.473 de fucha 12 de agosto & 20f 4. ffi