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CUESTIONARIO WEBQUEST

“Derechos Humanos”

                            INTEGRANTES:
                Katya A. Alfaro Guadarrama

                  Habacu Calderón Osorno

                    Gabriela Pérez Álvarez

                     Kareen Salas Vázquez

                  Ana Belén Valdez Álvarez
¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS?

          Son aquellas
libertades, facultades, inst    Desde un punto de vista
           ituciones o             más relacional, los
reivindicaciones relativas     derechos humanos se han
    a bienes primarios o           definido como las
   básicos que incluyen a      condiciones que permiten
     toda persona, por el          crear una relación
      simple hecho de su           integrada entre la
  condición humana, para              persona y la
   la garantía de una vida      sociedad, que permita a
           digna. Son              los individuos ser
      independientes de                 personas
        factores como el       jurídicas, identificándose
 estatus, sexo, orientación    consigo mismos y con los
         sexual, etnia o                  otros.
          nacionalidad.
ANTECEDENTES DE LOS DERECHOS HUMANOS
           Generalmente se considera que tienen su
          raíz en la cultura occidental moderna, pero
           existen al menos dos posturas principales
          más. Algunos afirman que todas las culturas
              poseen visiones de dignidad que se
          plasman en forma de derechos humanos, y
              hacen referencia a proclamaciones

           Los derechos humanos, herederos de la
          noción de derechos naturales, son una idea
            de gran fuerza moral. Legalmente, se
             reconocen en el Derecho interno de
               numerosos Estados y en tratados
                       internacionales.
LA       CARTA         DE       NEUCHÄTEL,              SUIZA(1214),               OTORGABA
      LIBERTADES EXPRESAS A LOS HABITANTES DE LA CIUDAD AL
      ESTABLECER:


                        • Concedía múltiples garantías: seguridad jurídica, igualdad, libertad de culto y
                          comercial; prohibición de incautación de tierras por deudas si existían bienes
                          muebles que pudieran garantizarlas; respeto a las costumbres y libertades de los
 La Carta Magna del       pueblos y ciudades.
Rey Juan "Sin Tierra"
de Inglaterra (1215).




                        • Disponía que ningún hombre libre podría ser apresado sin expresar el motivo de la
                          detención, que sería juzgado según las leyes y procedimientos del país y que no se
 La Carta Magna de        impondrían tributos sin el consentimiento del Parlamento. De esos principios derivó
      Juan "Sin           la concepción moderna de la libertad civil y la limitación del poder monárquico.
 Tierra", The Bill of
  Petition (1628).
• Valoró la importancia de la libertad del hombre sujeto a proceso, (libertad provisional); prohibió
                la detención sin mandato judicial; estableció la obligación de presentar al detenido ante el juez en
 El Habeas      un plazo máximo de 20 días e instauró un precepto jurídico todavía vigente: "Nadie puede ser
Corpus, Ingla juzgado dos veces por el mismo delito".
terra (1629).



                 • Establecía la libertad de expresión y de culto; precisaba la libertad de elección de los miembros
Bill of Righst     del Parlamento; el derecho del procesado a ser asistido por un abogado; definía las condiciones
o Petición de      de ejercicio del poder real y también la estabilidad e independencia de los magistrados.
  Derechos
   (1689).


 Declaración
    de los     • En este documento, por primera vez se abordaban con claridad los derechos humanos. Su texto
 Derechos de estipulaba "que todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes y tienen
 los Estados ciertos derechos innatos, de los que no pueden privar o por ningún pacto.
 del Norte de
Virginia, (177
      6).

 Declaración
   de los    • Reconocía los derechos del ser humano por el simple hecho de serlo, concediéndoles además el
               carácter de universales.
Derechos del
Hombre y del
Ciudadano, (
   1789).
EL SIGLO XIX ABRIÓ LA BRECHA HACIA LAS LIBERTADES HUMANAS, PUES
AL CONSEGUIRSE LA ABOLICIÓN DE LA ESCLAVITUD, SE RECONOCIERON LOS
DERECHOS FUNDAMENTALES DE CORTE LIBERAL EN LA MAYORÍA DE LOS
ESTADOS DEMOCRÁTICOS.


                        • Las dos guerras mundiales del siglo XX unieron a las naciones en una corriente de
                          repudio y condena total a cualquier acto que atentara contra la dignidad humana. Esa
    Declaración           convicción propició el consenso internacional sobre los derechos humanos.
    Universal de
 Derechos Humanos
      (1948).




 Pacto Internacional • Su contenido se vuelve obligatorio para los países que ratifican, con lo que quedan
 de Derechos Civiles comprometidos no sólo a promover y respetar los derechos humanos, sino a incluir, en
   y Políticos y el    sus respectivas legislaciones, mecanismos jurídicos que garanticen su vigencia y eficaz
 Pacto Internacional realización.
    de Derechos
 Económicos, Social
         es y
 Culturales, (1966).
CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS



                                           Irreversibles y
        Universales.                                                         Indivisibles.
                                            progresivos.
• Se aplican a todos los seres        • La consagración de nuevos     • No puede hablarse de división
  humanos sin importar                  Derechos no excluye ni          de los Derechos
  edad, género, raza, religión, ide     desestima la vigencia de        Humanos, todos deben ser
  as, nacionalidad. Nadie puede         Derechos antes consagrados      respetados y garantizados por
  estar excluido o discrimado del       y la existencia de viejos       autoridades y gobernantes.
  disfrute de sus derechos.             Derechos no impide que las
                                        nuevas condiciones sociales
                                        vividas por los pueblos
                                        determinen la vigencia de
                                        otros Derechos.
No negociables.                     Inviolables.                      Obligatorios.
• Los Derechos Humanos son       • Nadie puede atentar, lesionar    • Imponen una obligación
  bienes pertenecientes, de        o destruir los Derechos            concreta a las personas y al
  manera absoluta, a cada ser      Humanos. Las personas y los        Estado de respetarlos
  humano, por ello ninguna         gobiernos deben regirse por el     aunque no haya una ley que
  autoridad puede negociarlos.     respeto a los Derechos             así lo diga. Es obligatorio
                                   Humanos; las leyes dictadas        respetar todos los Derechos
                                   no pueden ser contrarias a         Humanos que existan en las
                                   éstos y las políticas              leyes nacionales y también
                                   económicas y sociales que se       aquellos que no lo están aún.
                                   implementan tampoco.
Trascienden las fronteras      Indivisibles, interdependientes, complementarios y
                                                                                               Innatos.
       nacionales.                               no jerarquizables.



• La comunidad internacional   • Los Derechos Humanos están                         • Los estados deben reconocer
  puede y debe intervenir        relacionados entre sí; no se                         estos derechos pues el
  cuando considere que un        debe hacer ninguna separación                        individuo los trae consigo por
  Estado está violando los       ni pensar que unos son más                           su nacimiento como ser
  Derechos Humanos de su         importantes que otros.                               humano, no por concesión
  población.                                                                          estatal, sino como don de la
                                                                                      naturaleza.
Irrenunciables.           Inalienables.           Imprescriptibles.              Progresivos.

• Ningún individuo de   • Su propio carácter de    • El ejercicio de ciertas   • Ya que derechos que
  la especie humana       irrenunciables, los        acciones no pueden          en tiempos pasados
  puede renunciar a       hace también               realizarse luego de         no se reconocían
  poseerlos.              intransmisibles a otra     cierto tiempo.              pasaron a integrarlos
                          persona por venta, ni                                  ante las situaciones
                          susceptibles de                                        cambiantes de la
                          apropiación por parte                                  humanidad. Es
                          del estado.                                            probable que otros
                                                                                 derechos que hoy no
                                                                                 son tenidos en
                                                                                 consideración, pasen a
                                                                                 serlo en el futuro.
CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
•   Los Derechos Humanos han
    sido clasificados de diversas
    maneras, de acuerdo con su
    naturaleza, origen, contenido
    y por la materia que refiere.



•   Las denominadas Tres
    Generaciones es de carácter
    histórico y considera
    cronológicamente su
    aparición o reconocimiento
    por parte del orden jurídico
    normativo de cada país.
PRIMERA GENERACIÓN   Se refiere a los derechos civiles y políticos, también denominados
                     "libertades clásicas".


                     •   Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin
                         distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.
                     •   Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la
                         seguridad jurídica.
                     •   Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.
                     •   Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre.
                     •   Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos
                         crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño
                         físico, psíquico o moral.
                     •   Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida
                         privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a
                         su honra o reputación.
                     •   Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su
                         residencia.
                     •   Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
                     •   En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a
                         buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.
                     •   Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el
                         número de hijos que desean.
                     •   Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de
                         religión.
                     •   Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión
                         de ideas.
                     •   Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de
                         asociación pacífica.
SEGUNDA GENERACIÓN
Se constituyen los derechos económicos, sociales y
culturales, debidos a los cuales, el Estado de Derecho pasa a una
etapa superior, es decir, a un Estado Social de Derecho. De ahí el
surgimiento del constitucionalismo social que enfrenta la exigencia
de que los derechos sociales y económicos, descritos en las normas
constitucionales, sean realmente accesibles y disfrutables.


•   Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la
    satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales.
•   Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones
    equitativas y satisfactorias.
•   Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa
    de sus intereses.
•   Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le
    asegure a ella y a su familia la
    salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los
    servicios sociales necesarios.
•   Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.
•   Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho
    a cuidados y asistencia especiales.
•   Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas
    modalidades.
•   La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.
TERCERA GENERACIÓN
                     Este grupo fue promovido a partir de la década de los
                     setenta para incentivar el progreso social y elevar el nivel
                     de vida de todos los pueblos, en un marco de respeto y
                     colaboración mutua entre las distintas naciones de la
                     comunidad internacional. Entre otros, destacan los
                     relacionados con:


                     •   La autodeterminación.
                     •   La independencia económica y política.
                     •   La identidad nacional y cultural.
                     •   La paz.
                     •   La coexistencia pacífica.
                     •   El entendimiento y confianza.
                     •   La cooperación internacional y regional.
                     •   La justicia internacional.
                     •   El uso de los avances de las ciencias y la tecnología.
                     •   La solución de los problemas
                         alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos.
                     •   El medio ambiente.
                     •   El patrimonio común de la humanidad.
                     •   El desarrollo que permita una vida digna.
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS HUMANOS?
•   Igualdad.
•   Igualdad ante la ley.
•   Libertad personal.
•   Libertad de trabajo profesión, industria o
    comercio.
•   Libertad de expresión.
•   Libertad de imprenta.
•   Libertad de asociación y reunión.
•   Libertad de tránsito y residencia.
•   Libertad religiosa.
•   Derechos a poseer armas.
•   Derecho a la información.
•   Irretroactividad de las leyes.
•   Garantía de audiencia.
•   Garantía de legalidad.
•   Seguridad Jurídica en materia penal
    internacional.
•   Inviolabilidad de las comunicaciones
    privadas.
•   Inviolabilidad del domicilio.
•   Seguridad Jurídica en materia de órdenes
    de aprehensión o detención.
•   Seguridad Jurídica para los procesados
    en materia penal.
•   Derecho a la jurisdicción.
•   Seguridad Jurídica en las detenciones
    ante autoridad judicial.
•   Garantías del procesado en materia
    penal.
•   Derechos de la víctima o del ofendido.
•   Seguridad Jurídica respecto a la
    imposición de penas y multas.
•   Seguridad jurídica en los juicios penales.
•   Protección de la integridad física y moral
    de las personas a las que se imponga una
    pena.
•   Derecho a la nacionalidad.
•   Derecho de petición.
•   Protección jurídica al derecho a la vida.
•   Derechos de los Pueblos Indígenas.
•   Derecho a la educación.
•   Derecho a la paternidad.
•   Derecho a la protección de la salud.
•   Derecho a un medio ambiente adecuado.
•   Derecho a la vivienda.
•   Derechos sociales a favor de los
    trabajadores.
•   Derechos de los niños.
•   Derecho a la propiedad.
•   Derecho a la propiedad comunal y ejidal
    de tierras.
•   Derecho a la ciudadanía.
•   Derecho al ciudadano
DERECHOS FUNDAMENTALES

             Es muy importantes para el hombre ya
              que el reconocimiento de estos
              derechos a permitido establecer la
              igualdad del ser humano la cual se
              había olvidado ya que por la distinción
              de clases, razas, culturas y entre
              otras, se fue tomando un grupo de
              personas una supremacía hacia los
              demás, oprimiéndolos hasta hacerlos
              explotar; trayendo la declaración de los
              derechos humanos.
             Actualmente se ha olvidado por que
              nacieron estos derechos
              fundamentales y es primordial crear
              conciencia de que estos no solo están
              escritos en un papel sino para que se
              cumplan para el bien de todo ser
              humano y no para unos pocos, ya que
              son las disposiciones básicas de la
              convivencia ideal del ser humano.
ALTO COMISIONADO PARA LOS
                           DERECHOS HUMANOS



                                                            El mandato incluye
    Es el principal     OACDH tiene el mandato de
                                                             prevenir casos de
  funcionario de las      promover y proteger el
                                                        violaciones de derechos
   Naciones Unidas             goce y la plena
                                                          humanos, asegurar el
 responsable de los      realización, para todas las
                                                           respeto de todos los
       derechos            personas, de todos los
                                                                  derechos
   humanos, rinde       derechos contemplados en
                                                         humanos, promover la
cuentas al Secretario     la Carta de las Naciones
                                                       cooperación internacional
General y fue creado       Unidas y en las leyes y
                                                       para proteger los derechos
el 20 de diciembre de   tratados internacionales en
                                                          humanos, coordinar
1993. Su Sede está en       materia de derechos
                                                         actividades conexas en
    Ginebra, Suiza.              humanos.
                                                                toda la ONU
PROGRAMAS Y FONDOS DE LA ONU QUE TRABAJAN
A FAVOR DE LOS DERECHOS HUMANOS
                                  Estos son algunos programas que
                                              destacan:
  Programa de las Naciones               Fondo de Desarrollo de las
                                                                          Programa Alimentario Mundial
Unidas para los Asentamientos           Naciones Unidas para la Mujer
                                                                                     (PAM)
     Humanos (CNUAH)                              (FDNUM)

• El CNUAH se dedica a ayudar a        • El Fondo de Desarrollo de las    • El Programa Alimentario
  las personas que viven en              Naciones Unidas para la Mujer      Mundial es la organización
  condiciones de vivienda                promueve la autonomía de la        internacional de asistencia
  insalubres y promueve el               mujer y la igualdad de género.     alimentaria más grande del
  desarrollo de asentamientos                                               mundo, tanto para asistencia en
  humanos sostenibles.                                                      emergencias como para el
                                                                            desarrollo. El hambre aflige a
                                                                            una de cada siete personas en el
                                                                            mundo.

                                       Programa Alimentario Mundial
                                                  (PAM)
                                       • El Programa Alimentario
                                         Mundial es la organización
                                         internacional de asistencia
                                         alimentaria más grande del
                                         mundo, tanto para asistencia
                                         en emergencias como para el
                                         desarrollo. El hambre aflige a
                                         una de cada siete personas en
                                         el mundo.
Consejo de Derechos Humanos
El Consejo de Derechos Humanos es un
órgano intergubernamental que forma
   parte del sistema de las Naciones
 Unidas y que está compuesto por 47
  Estados Miembros responsables del
 fortalecimiento de la promoción y la
protección de los derechos humanos en
                el mundo.
                                          Fue creado por la Asamblea General
                                          de las Naciones Unidas el 15 de
                                          marzo de 2006, con el objetivo
                                          principal de considerar las situaciones
                                          de violaciones de los derechos
                                          humanos y hacer recomendaciones al
                                          respecto.


El Consejo de Derechos Humanos
también continuará trabajando de cerca
con los procedimientos especiales de
las Naciones Unidas establecidos por la
extinta comisión y admitidos por el
Consejo.
COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS
   HUMANOS, ANTECEDENTES Y FUNCIONES


Es un organismo autónomo , perteneciente al
Estado Mexicano.
Su principal objetivo es la protección de los
derechos humanos consagrados en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Función: La protección y defensa de los Derechos
Humanos en México.
ANTECEDENTES

Se encuentran en el siglo XIX        con la
promulgación de la ley de Procuraduría de
pobres de 1847, que promovió don Ponciano
Arriaga en el estado de San Luis Potosí, pero
es hasta la segunda mitad del siglo XX, y
como consecuencia de una enfática demanda
social en el ámbito nacional y de las
transformaciones en la esfera internacional
que comienza a surgir diversos órganos
públicos que tiene como finalidad proteger
los derechos de los gobernados frente al
poder público.
PROGRAMAS ESPECIALES DE ATENCIÓN
DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS EN MÉXICO
                    Programa sobre asuntos de la niñez
                     y la familia.
                      Tiene como objetivo
                     fundamental, divulgar el conocimiento
                     de los derechos humanos de las
                     mujeres, la niñez y la familia desde una
                     perspectiva de género y del interés
                     superior que representa la
                     infancia, realizando programas de
                     formación y capacitación que
                     conformen una cultura de respeto a
                     sus derechos que posibilite su práctica
                     cotidiana en la familia y la sociedad en
                     general.
Programa sobre asuntos de la
   mujer y de igualdad entre
     mujeres y hombres                Programa de atención a
                                        victimas del delito.
Este Programa tiene la
facultad de construir               La Comisión Nacional de los
un Sistema de                       Derechos Humanos está
Información para dar a              comprometida a ofrecer una
conocer al público en               atención especial a las víctimas
general, la situación               del delito, básicamente entre
que guarda la igualdad              otros aspectos, el de
entre mujeres y                     redimensionar su papel y
hombres y el efecto de              señalar las directrices que el
                                    Estado Mexicano está obligado
la aplicación de las                a observar no sólo para
políticas públicas de               reconocer sus derechos, tal y
este tema en la                     como actualmente lo establece
población                           la Constitución Política de los
                                    Estados Unidos Mexicanos, sino
                                    para hacerlos valer.
Programa de VIH/SIDA y
derechos humanos                         Programa contra la trata de
                                         personas
Protección de la salud y la no
discriminación son derechos         El programa que se
humanos, ni únicamente porque       presenta, pretende atender el
                                    problema de forma integral, en
las personas que viven con VIH
                                    tres aspectos básicos; el
son sujetos de todos los            jurídico, el institucional y el
derechos humanos, ni                social, estableciendo como ejes de
exclusivamente porque la            desarrollo la coordinación y la
condición de vulnerabilidad de      cooperación con las instituciones
estas personas es                   públicas y la sociedad civil.
importante, sino porque la          El principio fundamental que
                                    orienta sus estrategias y acciones
misma repuesta al SIDA por
                                    es la salvaguarda de los derechos
parte de la sociedad en su          humanos de las víctimas de este
conjunto, sólo será exitosa si se   delito.
colocan los derechos humanos
en el corazón de la misma.
   ¿Para que sirve la Comisión Intersecretarial para la
     atención de los compromisos Internacionales de
       México en Materia de los Derechos Humanos?



 Fue creada en 1997 para coordinar las posiciones de las
diferentes dependencias de la Administración Pública con
    el objetivo de dar cumplimiento a los compromisos
                      internacionales.
La Comisión Intersecretarial para la
Atención      de     los    Compromisos
Internacionales de México en Materia de
Derechos Humanos aprobó el 12 de junio
de 2001, en su sesión de reinstalación, el
diseño de un Mecanismo de Diálogo con las
OSC para asegurar que la política exterior
de México contribuya de manera efectiva al
fortalecimiento de la protección nacional
de los derechos humanos.
Características y Principios

Participación mas amplia y              Intercambio de información
   abierta de las OSC de               siempre y cuando esta no sea
    derechos Humanos                  considerada por su naturaleza




    El dialogo y la negociación como bases de la
              relación entre las partes
La transparencia y la adopción de procedimientos simplificados en las
                       acciones del mecanismo
Objetivos




   Contribuir al cumplimiento de los
compromisos internacionales de México en
   materia de derechos humanos y la
    cooperación con los mecanismos
            multilaterales;



  Fortalecer las posiciones de México en
   materia de derechos humanos en los
    principales foros internacionales.



  Impulsar la adopción de medidas para
armonizar la legislación mexicana con los
instrumentos internacionales de derechos
                humanos.
TEMAS DE DERECHOS HUMANOS

Agua y saneamiento
  Consultaciones sobre derechos humanos y el acceso al Agua
  Negocios y Derechos Humanos
  Opiniones de los interesados en el estudio sobre las obligaciones
de derechos humanos relacionados con el acceso equitativo al agua
potable y el saneamiento


         Alimentación
           Relator Especial sobre el derecho a la alimentación




                   Cambio climático
                     Los derechos humanos y el cambio climático
Comunicaciones
               Grupo de Trabajo sobre
             Comunicaciones
             (Subcomisión)
               Defensores   de    los
             derechos humanos




Democracia                              Derechos civiles y
  Estado de derecho -                   políticos
Democracia         y                      Comité        de
derechos humanos                        Derechos Humanos
                                        (HRC)



               Derechos culturales
                Experta independiente
               en la esfera de los
               derechos culturales
Derechos Económicos, Sociales y Culturales
  Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR)
  Económicos, Sociales y Culturales General la información y los
recursos
  Grupo Trabajo de composición abierta sobre un protocolo
facultativo al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales



         Derechos humanos y la solidaridad internacional
           Experto independiente sobre los derechos humanos y la
         solidaridad internacional




                   Desapariciones
                     Comité de las desapariciones forzadas
                     Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o
                   Involuntarias (Comisión)
Desarrollo (Buena gestión)
        Derecho al desarrollo
        Desarrollo - Buena gestión de los
      asuntos públicos
        Experto independiente encargado de
      examinar las consecuencias de las
      políticas de reforma
        Grupo de Trabajo de composición
      abierta sobre el derecho al desarrollo




Discapacidad
                                               Discriminación
  Derechos Humanos de
                                                 Enfoque especial: la
las     personas  con
                                               discriminación
discapacidad
Educación
Educación y capacitación en
derechos humanos
Relatora Especial sobre el
derecho a la educación
Educación y capacitación en la
esfera de los derechos humanos

                                 Educación y Capacitación
                                 en la esfera de los Derechos
                                 Humanos
                                 Programa mundial para la
                                 educación en derechos
   Ejecuciones                   humanos (2005-en curso)
   Relator Especial sobre
   ejecuciones
   extrajudiciales, sumarias o
   arbitrarias
El derecho de libertad de
                           reunión y asociación
                           pacíficas
                           Relator Especial sobre el
                           derecho a la libertad de
                           reunión y de asociación
                           pacíficas
Empresas
transnacionales
Representante especial
sobre la cuestión de los
derechos humanos y las
                            Esclavitud
empresas
                            Fondo       Fiduciario      de
transnacionales y otras
                            contribuciones     voluntarias
empresas comerciales
                            para luchar contra las formas
                            contemporáneas              de
                            esclavitud
                            Grupo de Trabajo sobre las
                            Formas Contemporáneas de
                            la Esclavitud
                            Relatora Especial sobre las
                            formas contemporáneas de la
                            esclavitud
Género
Estado de derecho
                                Women's Rights and
Estado de derecho
                                Gender main page




Globalización
(Empresas, Comercio e           Impunidad
Inversiones)                    Experto independiente
Globalización, Comercio e       designado por el
Inversión                       Secretario General para
Las empresas y la               poner al día el Conjunto
globalización de los derechos   de principios para la
humanos                         protección y la
                                promoción
Independencia          de
magistrados y abogados
Relator Especial sobre la
independencia          de
magistrados y abogados




              Indicadores sobre los
              Derechos Humanos
              Indicadores sobre los
              Derechos Humanos

                               Libertad de opinión y de expresión
                               Libertad de expresión y apología del
                               odio religioso que constituye incitación
                               a la discriminación, la hostilidad o la
                               violencia
                               Relator Especial sobre la promoción y
                               protección del derecho a la libertad de
                               opinión y de expresión
Libertad de religión o de
                     creencias
                     Relator Especial sobre la
                     libertad de religión o de
                     creencias

                                                 Mercenarios
                                                 Grupo de trabajo sobre la
                                                 utilización de mercenarios
                                                 como medio de violar los
Medio Ambiente
                                                 derechos      humanos       y
Relator Especial sobre los
                                                 obstaculizar el ejercicio del
efectos nocivos del traslado y
                                                 derecho de los pueblos a la
vertimiento de productos
                                                 libre determinación
tóxicos y peligrosos y los
                                                 Relator Especial sobre el uso
desechos en el disfrute de los
                                                 de mercenarios como medio
derechos humanos
Migración
                      Comité sobre la protección
                      de los derechos de todos
                      los           trabajadores
                      migratorios y de sus
                      familiares (CMW)




Los derechos humanos y la                          Minorías
migración                                          Experto independiente        en
Relatora Especial sobre los                        cuestiones de las minorías
derechos humanos de los                            Portada Minorías
migrantes                                          Programa de becas
Niños
Mujeres
                               Comité de los Derechos del Niño
Comité para la Eliminación
                               (CRC)
de la Discriminación contra
                               Estudio de las Naciones Unidas
la Mujer (CEDAW)
                               Sobre la Violencia contra los Niños
Grupo de trabajo sobre la
                               Niños trabajando o viviendo en la
cuestión de la
                               calle
discriminación contra la
                               Relator Especial sobre la venta de
mujer en la legislación y en
                               niños, la prostitución infantil y la
la práctica
                               utilización de niños en la
                               pornografía
Objetivos de Desarrollo                                Pobreza
del Milenio y los derechos                             Consulta     sobre      el
humanos                                                borrador      de       los
Objetivos de desarrollo del                            principios       rectores:
Milenio y los derechos                                 "Pobreza extrema y
humanos                                                derechos humanos: los
Personas      internamente                             derechos de los pobres"
desplazadas                                            Relator Especial sobre la
Representante            del                           extrema pobreza y los
Secretario General sobre las                           derechos humanos
                               Planes de acción para
personas      internamente
                               la promoción y la
desplazadas
                               protección         de
                               derechos humanos
                               Planes de Acción para
                               la Promoción y la
                               Protección         de
                               Derechos Humanos
Racismo
Comité       para    la
                                     Pueblos indígenas
Eliminación de la
                                     Fondo de Contribuciones
Discriminación Racial
                                     Voluntarias para las Poblaciones
(CERD)
                                     Indígenas
Conferencia Mundial
                                     Grupo de trabajo sobre el Proyecto
contra el Racismo, la
                                     de declaración sobre los derechos
Discriminación
                                     de los pueblos indígenas (Comisión)
Racial, la Xenofobia y
                                     Mecanismo de Expertos sobre los
las Formas Conexas
                                     Derechos de los Pueblos Indígenas
de         Intolerancia
(2001)



         Salud
         Relator especial sobre el
         derecho de toda persona
         al disfrute del más alto
         nivel posible de salud
         física y mental
Situaciones
Grupo de trabajo
sobre situaciones
Solidaridad         Terrorismo
internacional       Experto
                    Independiente
                    sobre la protección
                    de los derechos
                                           Trata de personas
                    humanos     y    las
                                           Relatora    Especial
                    libertades
                                           sobre la trata de
                    fundamentales en la
                                           personas, especialm
                    lucha contra el
                                           ente las mujeres y
                    terrorismo
                                           los niños
Tortura
                       Comité contra la Tortura (CAT)
                       Fondo de Contribuciones Voluntarias de las
                       Naciones Unidas para las Víctimas de la
                       Tortura
                       Relator Especial sobre la cuestión de la tortura
                       Subcomité para la prevención de la tortura




Viejas personas           VIH/SIDA                Vivienda adecuada
                  VIH / SIDA y los Derechos     Relator Especial sobre la
                          Humanos                  vivienda adecuada
REVISA LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS Y MENCIONA LOS PUNTOS
              PRINCIPALES.




     Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal
     común por el que todos los pueblos y naciones deben
     esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las
     instituciones,       inspirándose       constantemente    en
     ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el
     respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por
     medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su
     reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto
     entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de
     los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Art.                         Art.
       Todos los seres              Toda persona tiene
 1     humanos nacen
       libres e iguales en
                              2     todos los derechos
                                    y libertades
       dignidad y                   proclamados en
       derechos                     esta Declaración




                                                              Art.
                               Art.                            4
                                        Todo individuo
                                3       tiene derecho a la           Nadie estará sometido a
                                        vida, a la libertad          esclavitud ni a
                                        y a la seguridad             servidumbre, la esclavitud
                                        de su persona.               y la trata de esclavos
                                                                     están prohibidas en todas
                                                                     sus formas.
Art.                         Art.
       Nadie será                      Todo ser humano
 5     sometido a
       torturas ni a penas
                              6        tiene derecho, en
                                       todas partes, al
       o tratos                        reconocimiento de
       crueles, inhumano               su personalidad
       s o degradantes.                jurídica.




                              Art. 7    Todos son iguales     Art. 8   Toda persona tiene
                                        ante la ley y                  derecho a un
                                        tienen, sin                    recurso efectivo
                                        distinción, derecho            ante los tribunales
                                        a igual protección             nacionales
                                        de la ley.                     competentes
Art.                             Art. 10   Toda persona tiene
                                                   9          Nadie podrá ser
                                                              arbitrariamente
                                                                                             derecho, en
                                                                                             condiciones de
                                                              detenido, preso ni             plena igualdad, a
                                                              desterrado.                    ser oída
                                                                                             públicamente y
                                                                                             con justicia por un
                                                                                             tribunal
                                                                                             independiente e
Art. 11                          Art. 12   Toda persona                                      imparcial
                                           tiene todos los
          Toda persona                     derechos y
          acusada de delito                libertades
          tiene derecho a que              proclamados en
          se presuma su                    esta Declaración
          inocencia mientras
          no se pruebe su
          culpabilidad, confor
          me a la ley y en
          juicio público
Art. 13   Toda persona
                                       Art. 14      En caso de
          tiene derecho a                           persecución, toda
          circular                                  persona tiene
          libremente y a                            derecho a buscar
          elegir su                                 asilo, y a disfrutar
          residencia en el                          de él, en cualquier
          territorio de un                          país
          Estado
                                                    Este derecho no
          Toda persona                              podrá ser invocado
          tiene derecho a                           contra una acción
          salir de cualquier                        judicial realmente
          país, incluso del                         originada por
          propio, y a                               delitos comunes o
          regresar a su                             por actos opuestos     Art. 16
          país.                                     a los propósitos y
                                                    principios de las
                                                    Naciones Unidas                  Los hombres y
                                                                                     las mujeres, a
               Art. 15                                                               partir de la edad
                                                                                     núbil, tienen
                                                                                     derecho de iguales
                                Toda persona
                                                                                      derechos en cuanto
                               tiene derecho a
                                                                                      al matrimonio,
                               una nacionalidad
                                                                                     Durante
                                                                                     el matrimonio y en
                                                                                      aso de disolución
                                                                                     del matrimonio
                               Nadie se privará
                               arbitrariamente de
                               su nacionalidad
                               ni del derecho a
                               cambiar de
                               nacionalidad.
Art. 17
          1. Toda persona
          tiene derecho
          a la propiedad,
          individual y         Art. 18    Toda persona
          colectivamente.                 tiene derecho
                                          a la libertad de
                                          pensamiento, de
                                          conciencia y de
          2. Nadie será
                                          religión
          privado
          arbitrariamente
          de su propiedad.




                             Art. 19
                                       Todo individuo
                                       tiene derecho
                                       a la libertad
                                       de opinión y
                                       de expresión
Art. 20
          1. Toda persona
          tiene derecho
          a la libertad de
          reunión y
          de asociación
           pacíficas.
                             Art. 21
                                       1. Toda persona
                                       tiene derecho a
          2. Nadie podrá               participar en el
          ser obligado a               gobierno de su
          pertenecer a una             país
          asociación.
                                                            Art. 22
                                       2. Toda persona
                                       tiene el derecho
                                                                      Toda persona
                                       de acceso, en
                                                                      tiene derecho a la
                                       condiciones de
                                                                      seguridad social,
                                       igualdad, a las
                                                                      y a obtener habida
                                       funciones públicas
                                                                      cuenta de la
                                       de su país.
                                                                      organización y los
                                                                      recursos de cada
                                                                      Estado
Art. 23   1. Toda persona
          tiene derecho al
          trabajo, a la libre
          elección de su
          trabajo, y a la       Art. 24
          protección contra               Toda persona
          el desempleo                    tiene derecho
                                          al descanso, al
                                          disfrute del
          2. Toda persona                 tiempo libre, a
                                                            Art. 25
          tiene derecho, a                una limitación
          igual salario por               razonable de la             1. Toda persona
          trabajo igual.                  duración del                tiene derecho a
                                          trabajo y a                 un nivel de vida
                                          vacaciones                  adecuado que le
                                          periódicas                  asegure, así
          Toda persona                    pagadas                     como a su familia,
          tiene derecho a                                             la salud y el
          fundar sindicatos                                           bienestar, y en
          y a sindicarse                                              especial la
          para la defensa                                             alimentación, el
          de sus intereses                                             vestido, la
                                                                      vivienda, la
                                                                      asistencia médica
                                                                      y los servicios
                                                                      sociales necesarios
Art. 27
                                            1. Toda persona
                                            tiene derecho a
                                            tomar parte
                                             libremente en la
                                            vida cultural de la
Art. 26                                     comunidad

          1. Toda persona
          tiene derecho a la
          educación. La
                                            2. Derecho a la
          educación debe
                                            protección de los
          ser gratuita, al
                                            intereses morales
          menos en lo
                                            y materiales que
          concerniente a la
                                             le correspondan
          instrucción
                                            por razón de las
          elemental y
                                            producciones
          fundamental. La
                                            científicas,
          instrucción elemental
                                            literarias o
          será obligatoria
                                             artísticas de que
                                            sea autora.
Art. 29
                                             1. Toda persona
                                             tiene deberes
                                             respecto a la
                                             comunidad
Art. 28
          Toda persona tiene
          derecho a que se
                                             2. Toda persona
          establezca un orden
                                             estará solamente
          social e internacional
                                             sujeta a las
          en el que los
                                             Limitaciones
          derechos y libertades
                                             establecidas por
          proclamados en
                                             la ley con el único
          esta Declaración
                                             fin de asegurar el
          se hagan
                                             reconocimiento y
          plenamente
                                             el respeto de los
          efectivos.
                                             derechos y
                                             libertades de los
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Presentacion WQ

  • 1. CUESTIONARIO WEBQUEST “Derechos Humanos”  INTEGRANTES:  Katya A. Alfaro Guadarrama  Habacu Calderón Osorno  Gabriela Pérez Álvarez  Kareen Salas Vázquez  Ana Belén Valdez Álvarez
  • 2. ¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS? Son aquellas libertades, facultades, inst Desde un punto de vista ituciones o más relacional, los reivindicaciones relativas derechos humanos se han a bienes primarios o definido como las básicos que incluyen a condiciones que permiten toda persona, por el crear una relación simple hecho de su integrada entre la condición humana, para persona y la la garantía de una vida sociedad, que permita a digna. Son los individuos ser independientes de personas factores como el jurídicas, identificándose estatus, sexo, orientación consigo mismos y con los sexual, etnia o otros. nacionalidad.
  • 3. ANTECEDENTES DE LOS DERECHOS HUMANOS Generalmente se considera que tienen su raíz en la cultura occidental moderna, pero existen al menos dos posturas principales más. Algunos afirman que todas las culturas poseen visiones de dignidad que se plasman en forma de derechos humanos, y hacen referencia a proclamaciones Los derechos humanos, herederos de la noción de derechos naturales, son una idea de gran fuerza moral. Legalmente, se reconocen en el Derecho interno de numerosos Estados y en tratados internacionales.
  • 4. LA CARTA DE NEUCHÄTEL, SUIZA(1214), OTORGABA LIBERTADES EXPRESAS A LOS HABITANTES DE LA CIUDAD AL ESTABLECER: • Concedía múltiples garantías: seguridad jurídica, igualdad, libertad de culto y comercial; prohibición de incautación de tierras por deudas si existían bienes muebles que pudieran garantizarlas; respeto a las costumbres y libertades de los La Carta Magna del pueblos y ciudades. Rey Juan "Sin Tierra" de Inglaterra (1215). • Disponía que ningún hombre libre podría ser apresado sin expresar el motivo de la detención, que sería juzgado según las leyes y procedimientos del país y que no se La Carta Magna de impondrían tributos sin el consentimiento del Parlamento. De esos principios derivó Juan "Sin la concepción moderna de la libertad civil y la limitación del poder monárquico. Tierra", The Bill of Petition (1628).
  • 5. • Valoró la importancia de la libertad del hombre sujeto a proceso, (libertad provisional); prohibió la detención sin mandato judicial; estableció la obligación de presentar al detenido ante el juez en El Habeas un plazo máximo de 20 días e instauró un precepto jurídico todavía vigente: "Nadie puede ser Corpus, Ingla juzgado dos veces por el mismo delito". terra (1629). • Establecía la libertad de expresión y de culto; precisaba la libertad de elección de los miembros Bill of Righst del Parlamento; el derecho del procesado a ser asistido por un abogado; definía las condiciones o Petición de de ejercicio del poder real y también la estabilidad e independencia de los magistrados. Derechos (1689). Declaración de los • En este documento, por primera vez se abordaban con claridad los derechos humanos. Su texto Derechos de estipulaba "que todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes y tienen los Estados ciertos derechos innatos, de los que no pueden privar o por ningún pacto. del Norte de Virginia, (177 6). Declaración de los • Reconocía los derechos del ser humano por el simple hecho de serlo, concediéndoles además el carácter de universales. Derechos del Hombre y del Ciudadano, ( 1789).
  • 6. EL SIGLO XIX ABRIÓ LA BRECHA HACIA LAS LIBERTADES HUMANAS, PUES AL CONSEGUIRSE LA ABOLICIÓN DE LA ESCLAVITUD, SE RECONOCIERON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE CORTE LIBERAL EN LA MAYORÍA DE LOS ESTADOS DEMOCRÁTICOS. • Las dos guerras mundiales del siglo XX unieron a las naciones en una corriente de repudio y condena total a cualquier acto que atentara contra la dignidad humana. Esa Declaración convicción propició el consenso internacional sobre los derechos humanos. Universal de Derechos Humanos (1948). Pacto Internacional • Su contenido se vuelve obligatorio para los países que ratifican, con lo que quedan de Derechos Civiles comprometidos no sólo a promover y respetar los derechos humanos, sino a incluir, en y Políticos y el sus respectivas legislaciones, mecanismos jurídicos que garanticen su vigencia y eficaz Pacto Internacional realización. de Derechos Económicos, Social es y Culturales, (1966).
  • 7. CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS Irreversibles y Universales. Indivisibles. progresivos. • Se aplican a todos los seres • La consagración de nuevos • No puede hablarse de división humanos sin importar Derechos no excluye ni de los Derechos edad, género, raza, religión, ide desestima la vigencia de Humanos, todos deben ser as, nacionalidad. Nadie puede Derechos antes consagrados respetados y garantizados por estar excluido o discrimado del y la existencia de viejos autoridades y gobernantes. disfrute de sus derechos. Derechos no impide que las nuevas condiciones sociales vividas por los pueblos determinen la vigencia de otros Derechos.
  • 8. No negociables. Inviolables. Obligatorios. • Los Derechos Humanos son • Nadie puede atentar, lesionar • Imponen una obligación bienes pertenecientes, de o destruir los Derechos concreta a las personas y al manera absoluta, a cada ser Humanos. Las personas y los Estado de respetarlos humano, por ello ninguna gobiernos deben regirse por el aunque no haya una ley que autoridad puede negociarlos. respeto a los Derechos así lo diga. Es obligatorio Humanos; las leyes dictadas respetar todos los Derechos no pueden ser contrarias a Humanos que existan en las éstos y las políticas leyes nacionales y también económicas y sociales que se aquellos que no lo están aún. implementan tampoco.
  • 9. Trascienden las fronteras Indivisibles, interdependientes, complementarios y Innatos. nacionales. no jerarquizables. • La comunidad internacional • Los Derechos Humanos están • Los estados deben reconocer puede y debe intervenir relacionados entre sí; no se estos derechos pues el cuando considere que un debe hacer ninguna separación individuo los trae consigo por Estado está violando los ni pensar que unos son más su nacimiento como ser Derechos Humanos de su importantes que otros. humano, no por concesión población. estatal, sino como don de la naturaleza.
  • 10. Irrenunciables. Inalienables. Imprescriptibles. Progresivos. • Ningún individuo de • Su propio carácter de • El ejercicio de ciertas • Ya que derechos que la especie humana irrenunciables, los acciones no pueden en tiempos pasados puede renunciar a hace también realizarse luego de no se reconocían poseerlos. intransmisibles a otra cierto tiempo. pasaron a integrarlos persona por venta, ni ante las situaciones susceptibles de cambiantes de la apropiación por parte humanidad. Es del estado. probable que otros derechos que hoy no son tenidos en consideración, pasen a serlo en el futuro.
  • 11. CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS • Los Derechos Humanos han sido clasificados de diversas maneras, de acuerdo con su naturaleza, origen, contenido y por la materia que refiere. • Las denominadas Tres Generaciones es de carácter histórico y considera cronológicamente su aparición o reconocimiento por parte del orden jurídico normativo de cada país.
  • 12. PRIMERA GENERACIÓN Se refiere a los derechos civiles y políticos, también denominados "libertades clásicas". • Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica. • Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica. • Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos. • Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre. • Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral. • Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación. • Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia. • Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. • En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país. • Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desean. • Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión. • Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas. • Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica.
  • 13. SEGUNDA GENERACIÓN Se constituyen los derechos económicos, sociales y culturales, debidos a los cuales, el Estado de Derecho pasa a una etapa superior, es decir, a un Estado Social de Derecho. De ahí el surgimiento del constitucionalismo social que enfrenta la exigencia de que los derechos sociales y económicos, descritos en las normas constitucionales, sean realmente accesibles y disfrutables. • Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales. • Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias. • Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses. • Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios. • Toda persona tiene derecho a la salud física y mental. • Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales. • Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades. • La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.
  • 14. TERCERA GENERACIÓN Este grupo fue promovido a partir de la década de los setenta para incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblos, en un marco de respeto y colaboración mutua entre las distintas naciones de la comunidad internacional. Entre otros, destacan los relacionados con: • La autodeterminación. • La independencia económica y política. • La identidad nacional y cultural. • La paz. • La coexistencia pacífica. • El entendimiento y confianza. • La cooperación internacional y regional. • La justicia internacional. • El uso de los avances de las ciencias y la tecnología. • La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos. • El medio ambiente. • El patrimonio común de la humanidad. • El desarrollo que permita una vida digna.
  • 15. ¿CUÁLES SON LOS DERECHOS HUMANOS? • Igualdad. • Igualdad ante la ley. • Libertad personal. • Libertad de trabajo profesión, industria o comercio. • Libertad de expresión. • Libertad de imprenta. • Libertad de asociación y reunión. • Libertad de tránsito y residencia. • Libertad religiosa. • Derechos a poseer armas. • Derecho a la información. • Irretroactividad de las leyes.
  • 16. Garantía de audiencia. • Garantía de legalidad. • Seguridad Jurídica en materia penal internacional. • Inviolabilidad de las comunicaciones privadas. • Inviolabilidad del domicilio. • Seguridad Jurídica en materia de órdenes de aprehensión o detención. • Seguridad Jurídica para los procesados en materia penal. • Derecho a la jurisdicción. • Seguridad Jurídica en las detenciones ante autoridad judicial. • Garantías del procesado en materia penal. • Derechos de la víctima o del ofendido. • Seguridad Jurídica respecto a la imposición de penas y multas.
  • 17. Seguridad jurídica en los juicios penales. • Protección de la integridad física y moral de las personas a las que se imponga una pena. • Derecho a la nacionalidad. • Derecho de petición. • Protección jurídica al derecho a la vida. • Derechos de los Pueblos Indígenas. • Derecho a la educación. • Derecho a la paternidad. • Derecho a la protección de la salud. • Derecho a un medio ambiente adecuado. • Derecho a la vivienda. • Derechos sociales a favor de los trabajadores. • Derechos de los niños. • Derecho a la propiedad. • Derecho a la propiedad comunal y ejidal de tierras. • Derecho a la ciudadanía. • Derecho al ciudadano
  • 18. DERECHOS FUNDAMENTALES  Es muy importantes para el hombre ya que el reconocimiento de estos derechos a permitido establecer la igualdad del ser humano la cual se había olvidado ya que por la distinción de clases, razas, culturas y entre otras, se fue tomando un grupo de personas una supremacía hacia los demás, oprimiéndolos hasta hacerlos explotar; trayendo la declaración de los derechos humanos.  Actualmente se ha olvidado por que nacieron estos derechos fundamentales y es primordial crear conciencia de que estos no solo están escritos en un papel sino para que se cumplan para el bien de todo ser humano y no para unos pocos, ya que son las disposiciones básicas de la convivencia ideal del ser humano.
  • 19. ALTO COMISIONADO PARA LOS DERECHOS HUMANOS El mandato incluye Es el principal OACDH tiene el mandato de prevenir casos de funcionario de las promover y proteger el violaciones de derechos Naciones Unidas goce y la plena humanos, asegurar el responsable de los realización, para todas las respeto de todos los derechos personas, de todos los derechos humanos, rinde derechos contemplados en humanos, promover la cuentas al Secretario la Carta de las Naciones cooperación internacional General y fue creado Unidas y en las leyes y para proteger los derechos el 20 de diciembre de tratados internacionales en humanos, coordinar 1993. Su Sede está en materia de derechos actividades conexas en Ginebra, Suiza. humanos. toda la ONU
  • 20. PROGRAMAS Y FONDOS DE LA ONU QUE TRABAJAN A FAVOR DE LOS DERECHOS HUMANOS Estos son algunos programas que destacan: Programa de las Naciones Fondo de Desarrollo de las Programa Alimentario Mundial Unidas para los Asentamientos Naciones Unidas para la Mujer (PAM) Humanos (CNUAH) (FDNUM) • El CNUAH se dedica a ayudar a • El Fondo de Desarrollo de las • El Programa Alimentario las personas que viven en Naciones Unidas para la Mujer Mundial es la organización condiciones de vivienda promueve la autonomía de la internacional de asistencia insalubres y promueve el mujer y la igualdad de género. alimentaria más grande del desarrollo de asentamientos mundo, tanto para asistencia en humanos sostenibles. emergencias como para el desarrollo. El hambre aflige a una de cada siete personas en el mundo. Programa Alimentario Mundial (PAM) • El Programa Alimentario Mundial es la organización internacional de asistencia alimentaria más grande del mundo, tanto para asistencia en emergencias como para el desarrollo. El hambre aflige a una de cada siete personas en el mundo.
  • 21. Consejo de Derechos Humanos El Consejo de Derechos Humanos es un órgano intergubernamental que forma parte del sistema de las Naciones Unidas y que está compuesto por 47 Estados Miembros responsables del fortalecimiento de la promoción y la protección de los derechos humanos en el mundo. Fue creado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de marzo de 2006, con el objetivo principal de considerar las situaciones de violaciones de los derechos humanos y hacer recomendaciones al respecto. El Consejo de Derechos Humanos también continuará trabajando de cerca con los procedimientos especiales de las Naciones Unidas establecidos por la extinta comisión y admitidos por el Consejo.
  • 22. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, ANTECEDENTES Y FUNCIONES Es un organismo autónomo , perteneciente al Estado Mexicano. Su principal objetivo es la protección de los derechos humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Función: La protección y defensa de los Derechos Humanos en México.
  • 23. ANTECEDENTES Se encuentran en el siglo XIX con la promulgación de la ley de Procuraduría de pobres de 1847, que promovió don Ponciano Arriaga en el estado de San Luis Potosí, pero es hasta la segunda mitad del siglo XX, y como consecuencia de una enfática demanda social en el ámbito nacional y de las transformaciones en la esfera internacional que comienza a surgir diversos órganos públicos que tiene como finalidad proteger los derechos de los gobernados frente al poder público.
  • 24. PROGRAMAS ESPECIALES DE ATENCIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS EN MÉXICO  Programa sobre asuntos de la niñez y la familia. Tiene como objetivo fundamental, divulgar el conocimiento de los derechos humanos de las mujeres, la niñez y la familia desde una perspectiva de género y del interés superior que representa la infancia, realizando programas de formación y capacitación que conformen una cultura de respeto a sus derechos que posibilite su práctica cotidiana en la familia y la sociedad en general.
  • 25. Programa sobre asuntos de la mujer y de igualdad entre mujeres y hombres Programa de atención a victimas del delito. Este Programa tiene la facultad de construir  La Comisión Nacional de los un Sistema de Derechos Humanos está Información para dar a comprometida a ofrecer una conocer al público en atención especial a las víctimas general, la situación del delito, básicamente entre que guarda la igualdad otros aspectos, el de entre mujeres y redimensionar su papel y hombres y el efecto de señalar las directrices que el Estado Mexicano está obligado la aplicación de las a observar no sólo para políticas públicas de reconocer sus derechos, tal y este tema en la como actualmente lo establece población la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sino para hacerlos valer.
  • 26. Programa de VIH/SIDA y derechos humanos Programa contra la trata de personas Protección de la salud y la no discriminación son derechos El programa que se humanos, ni únicamente porque presenta, pretende atender el problema de forma integral, en las personas que viven con VIH tres aspectos básicos; el son sujetos de todos los jurídico, el institucional y el derechos humanos, ni social, estableciendo como ejes de exclusivamente porque la desarrollo la coordinación y la condición de vulnerabilidad de cooperación con las instituciones estas personas es públicas y la sociedad civil. importante, sino porque la El principio fundamental que orienta sus estrategias y acciones misma repuesta al SIDA por es la salvaguarda de los derechos parte de la sociedad en su humanos de las víctimas de este conjunto, sólo será exitosa si se delito. colocan los derechos humanos en el corazón de la misma.
  • 27. ¿Para que sirve la Comisión Intersecretarial para la atención de los compromisos Internacionales de México en Materia de los Derechos Humanos? Fue creada en 1997 para coordinar las posiciones de las diferentes dependencias de la Administración Pública con el objetivo de dar cumplimiento a los compromisos internacionales.
  • 28. La Comisión Intersecretarial para la Atención de los Compromisos Internacionales de México en Materia de Derechos Humanos aprobó el 12 de junio de 2001, en su sesión de reinstalación, el diseño de un Mecanismo de Diálogo con las OSC para asegurar que la política exterior de México contribuya de manera efectiva al fortalecimiento de la protección nacional de los derechos humanos.
  • 29. Características y Principios Participación mas amplia y Intercambio de información abierta de las OSC de siempre y cuando esta no sea derechos Humanos considerada por su naturaleza El dialogo y la negociación como bases de la relación entre las partes La transparencia y la adopción de procedimientos simplificados en las acciones del mecanismo
  • 30. Objetivos Contribuir al cumplimiento de los compromisos internacionales de México en materia de derechos humanos y la cooperación con los mecanismos multilaterales; Fortalecer las posiciones de México en materia de derechos humanos en los principales foros internacionales. Impulsar la adopción de medidas para armonizar la legislación mexicana con los instrumentos internacionales de derechos humanos.
  • 31. TEMAS DE DERECHOS HUMANOS Agua y saneamiento Consultaciones sobre derechos humanos y el acceso al Agua Negocios y Derechos Humanos Opiniones de los interesados en el estudio sobre las obligaciones de derechos humanos relacionados con el acceso equitativo al agua potable y el saneamiento Alimentación Relator Especial sobre el derecho a la alimentación Cambio climático Los derechos humanos y el cambio climático
  • 32. Comunicaciones Grupo de Trabajo sobre Comunicaciones (Subcomisión) Defensores de los derechos humanos Democracia Derechos civiles y Estado de derecho - políticos Democracia y Comité de derechos humanos Derechos Humanos (HRC) Derechos culturales Experta independiente en la esfera de los derechos culturales
  • 33. Derechos Económicos, Sociales y Culturales Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) Económicos, Sociales y Culturales General la información y los recursos Grupo Trabajo de composición abierta sobre un protocolo facultativo al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Derechos humanos y la solidaridad internacional Experto independiente sobre los derechos humanos y la solidaridad internacional Desapariciones Comité de las desapariciones forzadas Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias (Comisión)
  • 34. Desarrollo (Buena gestión) Derecho al desarrollo Desarrollo - Buena gestión de los asuntos públicos Experto independiente encargado de examinar las consecuencias de las políticas de reforma Grupo de Trabajo de composición abierta sobre el derecho al desarrollo Discapacidad Discriminación Derechos Humanos de Enfoque especial: la las personas con discriminación discapacidad
  • 35. Educación Educación y capacitación en derechos humanos Relatora Especial sobre el derecho a la educación Educación y capacitación en la esfera de los derechos humanos Educación y Capacitación en la esfera de los Derechos Humanos Programa mundial para la educación en derechos Ejecuciones humanos (2005-en curso) Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias
  • 36. El derecho de libertad de reunión y asociación pacíficas Relator Especial sobre el derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas Empresas transnacionales Representante especial sobre la cuestión de los derechos humanos y las Esclavitud empresas Fondo Fiduciario de transnacionales y otras contribuciones voluntarias empresas comerciales para luchar contra las formas contemporáneas de esclavitud Grupo de Trabajo sobre las Formas Contemporáneas de la Esclavitud Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud
  • 37. Género Estado de derecho Women's Rights and Estado de derecho Gender main page Globalización (Empresas, Comercio e Impunidad Inversiones) Experto independiente Globalización, Comercio e designado por el Inversión Secretario General para Las empresas y la poner al día el Conjunto globalización de los derechos de principios para la humanos protección y la promoción
  • 38. Independencia de magistrados y abogados Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados Indicadores sobre los Derechos Humanos Indicadores sobre los Derechos Humanos Libertad de opinión y de expresión Libertad de expresión y apología del odio religioso que constituye incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión
  • 39. Libertad de religión o de creencias Relator Especial sobre la libertad de religión o de creencias Mercenarios Grupo de trabajo sobre la utilización de mercenarios como medio de violar los Medio Ambiente derechos humanos y Relator Especial sobre los obstaculizar el ejercicio del efectos nocivos del traslado y derecho de los pueblos a la vertimiento de productos libre determinación tóxicos y peligrosos y los Relator Especial sobre el uso desechos en el disfrute de los de mercenarios como medio derechos humanos
  • 40. Migración Comité sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (CMW) Los derechos humanos y la Minorías migración Experto independiente en Relatora Especial sobre los cuestiones de las minorías derechos humanos de los Portada Minorías migrantes Programa de becas
  • 41. Niños Mujeres Comité de los Derechos del Niño Comité para la Eliminación (CRC) de la Discriminación contra Estudio de las Naciones Unidas la Mujer (CEDAW) Sobre la Violencia contra los Niños Grupo de trabajo sobre la Niños trabajando o viviendo en la cuestión de la calle discriminación contra la Relator Especial sobre la venta de mujer en la legislación y en niños, la prostitución infantil y la la práctica utilización de niños en la pornografía
  • 42. Objetivos de Desarrollo Pobreza del Milenio y los derechos Consulta sobre el humanos borrador de los Objetivos de desarrollo del principios rectores: Milenio y los derechos "Pobreza extrema y humanos derechos humanos: los Personas internamente derechos de los pobres" desplazadas Relator Especial sobre la Representante del extrema pobreza y los Secretario General sobre las derechos humanos Planes de acción para personas internamente la promoción y la desplazadas protección de derechos humanos Planes de Acción para la Promoción y la Protección de Derechos Humanos
  • 43. Racismo Comité para la Pueblos indígenas Eliminación de la Fondo de Contribuciones Discriminación Racial Voluntarias para las Poblaciones (CERD) Indígenas Conferencia Mundial Grupo de trabajo sobre el Proyecto contra el Racismo, la de declaración sobre los derechos Discriminación de los pueblos indígenas (Comisión) Racial, la Xenofobia y Mecanismo de Expertos sobre los las Formas Conexas Derechos de los Pueblos Indígenas de Intolerancia (2001) Salud Relator especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental
  • 44. Situaciones Grupo de trabajo sobre situaciones Solidaridad Terrorismo internacional Experto Independiente sobre la protección de los derechos Trata de personas humanos y las Relatora Especial libertades sobre la trata de fundamentales en la personas, especialm lucha contra el ente las mujeres y terrorismo los niños
  • 45. Tortura Comité contra la Tortura (CAT) Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tortura Relator Especial sobre la cuestión de la tortura Subcomité para la prevención de la tortura Viejas personas VIH/SIDA Vivienda adecuada VIH / SIDA y los Derechos Relator Especial sobre la Humanos vivienda adecuada
  • 46. REVISA LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y MENCIONA LOS PUNTOS PRINCIPALES. Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
  • 47. Art. Art. Todos los seres Toda persona tiene 1 humanos nacen libres e iguales en 2 todos los derechos y libertades dignidad y proclamados en derechos esta Declaración Art. Art. 4 Todo individuo 3 tiene derecho a la Nadie estará sometido a vida, a la libertad esclavitud ni a y a la seguridad servidumbre, la esclavitud de su persona. y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
  • 48. Art. Art. Nadie será Todo ser humano 5 sometido a torturas ni a penas 6 tiene derecho, en todas partes, al o tratos reconocimiento de crueles, inhumano su personalidad s o degradantes. jurídica. Art. 7 Todos son iguales Art. 8 Toda persona tiene ante la ley y derecho a un tienen, sin recurso efectivo distinción, derecho ante los tribunales a igual protección nacionales de la ley. competentes
  • 49. Art. Art. 10 Toda persona tiene 9 Nadie podrá ser arbitrariamente derecho, en condiciones de detenido, preso ni plena igualdad, a desterrado. ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e Art. 11 Art. 12 Toda persona imparcial tiene todos los Toda persona derechos y acusada de delito libertades tiene derecho a que proclamados en se presuma su esta Declaración inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, confor me a la ley y en juicio público
  • 50. Art. 13 Toda persona Art. 14 En caso de tiene derecho a persecución, toda circular persona tiene libremente y a derecho a buscar elegir su asilo, y a disfrutar residencia en el de él, en cualquier territorio de un país Estado Este derecho no Toda persona podrá ser invocado tiene derecho a contra una acción salir de cualquier judicial realmente país, incluso del originada por propio, y a delitos comunes o regresar a su por actos opuestos Art. 16 país. a los propósitos y principios de las Naciones Unidas Los hombres y las mujeres, a Art. 15 partir de la edad núbil, tienen derecho de iguales Toda persona derechos en cuanto tiene derecho a al matrimonio, una nacionalidad Durante el matrimonio y en aso de disolución del matrimonio Nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
  • 51. Art. 17 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y Art. 18 Toda persona colectivamente. tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de 2. Nadie será religión privado arbitrariamente de su propiedad. Art. 19 Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión
  • 52. Art. 20 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. Art. 21 1. Toda persona tiene derecho a 2. Nadie podrá participar en el ser obligado a gobierno de su pertenecer a una país asociación. Art. 22 2. Toda persona tiene el derecho Toda persona de acceso, en tiene derecho a la condiciones de seguridad social, igualdad, a las y a obtener habida funciones públicas cuenta de la de su país. organización y los recursos de cada Estado
  • 53. Art. 23 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, y a la Art. 24 protección contra Toda persona el desempleo tiene derecho al descanso, al disfrute del 2. Toda persona tiempo libre, a Art. 25 tiene derecho, a una limitación igual salario por razonable de la 1. Toda persona trabajo igual. duración del tiene derecho a trabajo y a un nivel de vida vacaciones adecuado que le periódicas asegure, así Toda persona pagadas como a su familia, tiene derecho a la salud y el fundar sindicatos bienestar, y en y a sindicarse especial la para la defensa alimentación, el de sus intereses vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios
  • 54. Art. 27 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la Art. 26 comunidad 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La 2. Derecho a la educación debe protección de los ser gratuita, al intereses morales menos en lo y materiales que concerniente a la le correspondan instrucción por razón de las elemental y producciones fundamental. La científicas, instrucción elemental literarias o será obligatoria artísticas de que sea autora.
  • 55. Art. 29 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad Art. 28 Toda persona tiene derecho a que se 2. Toda persona establezca un orden estará solamente social e internacional sujeta a las en el que los Limitaciones derechos y libertades establecidas por proclamados en la ley con el único esta Declaración fin de asegurar el se hagan reconocimiento y plenamente el respeto de los efectivos. derechos y libertades de los demás