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Municipio de Nuestra Señora de La Paz
Gobierno Autónomo Municipal de La Paz
     Honorable Concejo Municipal




         Proyecto
Carta Orgánica del Municipio
 de Nuestra Señora de La Paz
ÓRGANO LEGISLATIVO
                                  MUNICIPAL DE LA PAZ
c. Omar Oscar Rocha Rojo
Presidente

c. Guillermo Martin Mendoza Avilés
Vice Presidente

c. Gabriela Teresa Niño de Guzmán
Secretaría

c. Lucio Freddy Miranda Avendaño
Presidente Comisión Desarrollo Económico
Financiero

c.Felipe Jorge Silva Trujillo
Secretario Comisión Desarrollo Económico
Financiero

c. Silvia Elena Tamayo Salvatierra
Presidenta Comisión de Desarrollo Humano
y Culturas

c. Blanca Exaltación Solíz Laura
Secretaría Comisión de Desarrollo Humano
y Culturas

c. Esteban Yana Charcas
Presidente Comisión de Gestión Institucional
y Administrativa

c.Virginia Maria Pinedo
Secretaría Comisión de Gestión Institucional
y Administrativa

c. Carlos Alberto Ramírez Alípaz
Presidente Comisión de Planificación
y Gestión Territorial

c. Denisse Ostermann Stumpf
Secretaría Comisión de Planificación
y Gestión Territorial




Proyecto de Carta Orgánica del Municipio
de Nuestra Señora de La Paz

Editora	
	    Sandra Zapata Cornejo
Co-Edición
	    Maria Luisa Uriona
Diseño y diagramación
	    Humberto A. Patty
Colaboración
	    Daniela Maldonado Rodriguez
Producción
Dirección de Comunicación Concejo Municipal de La Paz
La Paz, Bolivia
Municipio de Nuestra Señora de La Paz
 Gobierno Autónomo Municipal de La Paz
      Honorable Concejo Municipal




     PROYECTO
 CARTA ORGÁNICA DEL
MUNICIPIO DE NUESTRA
  SEÑORA DE LA PAZ



     Comisión Especial Carta Orgánica
          c. Omar Oscar Rocha Rojo
                Presidente
        c. Silvia Elena Tamayo Salvatierra
                    Secretaria
           c. Jorge Felipe Silva Trujillo
                   Secretario
      c. Guillermo Martin Mendoza Avilés
                  Secretario
            c. Esteban Yana Charcas
                  Secretario
          La Paz 28 de mayo de 2012




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      Comisión Especial Carta Orgánica
PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ




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                                    Comisión Especial Carta Orgánica
PRESENTACIÓN




Presentación
El artículo Nº 275 de la Constitución Política del Estado, dispone como atribución del Concejo
Municipal, elaborar de manera participativa el proyecto de Carta Orgánica, aprobar por dos ter-
cios del total de sus miembros y someter al control de constitucionalidad antes de proceder al
referéndum municipal aprobatorio.

En cumplimiento del mandato constitucional antes referido, el Concejo Municipal de La Paz apro-
bó por unanimidad la Resolución Municipal Nº 046 de 25 de noviembre de 2010 cuyo objeto
fue la conformación de la Comisión Especial de Formulación del Proyecto de Carta Orgánica
Municipal, integrada por el suscrito en su condición de Presidente (UN), y como Secretarios
los Concejales Jorge Felipe Silva Trujillo (MAS), Silvia Elena Tamayo Salvatierra (MSM), Guillermo
Mendoza Avilés (MAS) y Esteban Yana Charcas(MSM), además de establecerse un conjunto de
tareas técnicas y operativas definidas en la hoja de ruta del proceso y la definición de metas, re-
sultados y objetivos propuestos para la construcción participativa de este instrumento municipal.

El marco jurídico, constitucional y conceptual del documento se sustento en las definiciones
señaladas en la Constitución Política del Estado, cuyo artículo Nº 275 señala que la Carta Orgá-
nica Municipal “…entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial
mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”, además de la disposición contenida en el
artículo Nº 60 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización que determina la naturaleza
jurídica de la Carta Orgánica Municipal como “…la norma institucional básica de las entidades
territoriales autónomas, de naturaleza rígida, cumplimiento estricto y contenido pactado, recono-
cida y amparada por la Constitución Política del Estado como parte integrante del ordenamiento
jurídico, que expresa la voluntad de sus habitantes, define sus derechos y deberes, establece las
instituciones políticas de las entidades territoriales autónomas, sus competencias, la financiación
de éstas, los procedimientos a través de los cuales los órganos de la autonomía desarrollarán sus
actividades y las relaciones con el Estado”.

El proyecto de Carta Orgánica Municipal de La Paz, es resultado de combinar las importantes
conclusiones de la Asamblea Paceña del año 2009, cuyo documento referencial ha sido la base
para el trabajo de la Comisión y los consensos, acuerdos y visiones alcanzados por las tres fuerzas
políticas que integran la Comisión Especial, las que fueron sincronizadas y compatibilizadas de
forma efectiva, permitiendo en consecuencia concluir con un documento que exprese verdade-
ramente, las aspiraciones y objetivos comunes de todos los paceños y paceñas y sus instituciones
políticas representadas en el Órgano Legislativo Municipal.

Respecto al contenido del proyecto, debemos señalar que la visión municipal paceña esta expre-
sada en 125 artículos organizados en seis títulos que comprenden: Titulo primero: Del Municipio
de Nuestra Señora de La Paz; Titulo segundo: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz; Titulo
tercero: Desarrollo Competencial; Titulo cuarto: Hacienda Municipal, Patrimonio y Bienes Muni-
cipales; Título quinto: Participación Ciudadana y Control Social;




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                           Comisión Especial Carta Orgánica
PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ




          Título sexto: Jerarquía Normativa y Reforma de la Carta Orgánica Municipal. Forman parte tam-
          bién de su contenido una clausula transitoria y dos clausulas finales.

          En relación al cumplimiento de los requisitos mínimos de orden legal y constitucional, el proyecto
          de Carta Orgánica Municipal de La Paz cumple de manera estricta las exigencias previstas en el
          parágrafo primero del artículo Nº 62 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, cuyo
          mandato implica la obligación de regular en la normativa municipal que nos ocupa, todos los con-
          tenidos mínimos definidos e identificados por la misma, como se podrá verificar en el cuadro de
          validación de requisitos que forma parte de la presente publicación.

          Habiendo concluido el trabajo de la Comisión Especial con la aprobación del proyecto de Carta
          Orgánica, queda su tratamiento y aprobación por dos tercios del Pleno del Concejo Municipal,
          previa efectivización de la consulta ciudadana como señala la Resolución Municipal Nº 046/2010
          en una nueva Asamblea del Municipio de La Paz convocada por nuestro Alcalde Municipal.

          Nuestro reconocimiento, agradecimiento y especial felicitación a los miembros de la Comisión
          por su incuestionable compromiso con los intereses y aspiraciones de La Paz, su alta y probada
          vocación democrática y sobretodo su espíritu de concertación, que posibilito anteponer cual-
          quier diferencia política y contribuir a la construcción de nuestro Municipio.

          Finalmente, nos permitimos agradecer a todos los paceños y paceñas, instituciones participantes
          en el proceso de construcción de la Carta Orgánica Municipal, al Alcalde Municipal de La Paz Dr.
          Luis Antonio Revilla Herrero, a todos los Concejales y Concejalas, equipo consultor y a Visión
          Mundial por el apoyo brindado en el trabajo de la Comisión Especial que tiene a bien presentar
          el proyecto de Carta Orgánica Municipal de La Paz.

                                                                                      La Paz, junio de 2012



                                         Dr. Omar Oscar Rocha Rojo
                            PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ESPECIAL




4

                                      Comisión Especial Carta Orgánica
COMISIÓN ESPECIAL DE ELABORACIÓN
DEL PROYECTO DE CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL
      RESOLUCIÓN MUNICIPAL 046/2010




                          c. Omar Oscar Rocha Rojo(UN)
                                  PRESIDENTE




 c. Silvia Tamayo Salvatierra (MSM)          c. Jorge Silva Trujillo (MAS)
             SECRETARIA                             SECRETARIO




 c. Guillermo Mendoza Avilés (MAS)         c. Esteban Yana Charcas (MSM)
            SECRETARIO                              SECRETARIO




                                                                             5

                   Comisión Especial Carta Orgánica
PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ




                               EQUIPO DE CONSULTORES

                               Consultores de Sistematización y Revisión
                                        Jose Luis Bedregal Vargas
                                              Ernesto Rude
                                            Carlos Rocabado
                                              Javier Zarate

                                        Consultores Especialistas

                                              Iván Arias
                                Régimen de Participación, control social,
                                    transparencia y ética municipal

                                             Luis García
                  Régimen de Conservación del Medio Ambiente y Recursos Naturales
                                   y Gestión Integral de Riesgos

                                          Bernardo del Castillo
              	              Órganos del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz

                                       Gregorio Mamani Quispe
                   Régimen de Culturas e Interculturalidad en el Municipio de La Paz

                                             Julio Linares
                                Régimen Patrimonial, Fiscal y Financiero

                                           David Barrientos
                     Régimen de Planificación Estratégica, Urbano Rural, Integral,
                          Programación Operativa y Desarrollo Territorial

                                          José Enrique Pinedo
                       Disposiciones Generales, Jurisdicción Territorial, relaciones
                  Intergubernamentales y de cooperación del GAMLP y Disposiciones
                                                 Finales

                                    Jorge Omar Mostajo Barrios
                   Régimen de Desarrollo Humano Integral y Régimen de Igualdad,
                                     Equidad Social y Género

                                       María del Carmen Medina
                      Régimen Electoral e Institutos de Democracia Participativa

                                         Williams Bascope
                      Régimen de Promoción Económica y Desarrollo Productivo

                                          Dionicio Velasco Rentería
                                      Régimen de Servicios Públicos




6

                                    Comisión Especial Carta Orgánica
“No hemos fundado la ciudad con el objetivo de que una
        clase de ciudadanos sea particularmente dichosa, sino con
        miras a que toda la ciudad sea la más feliz posible... porque
                    no queremos la dicha de algunos, sino de todos”

                                            Platón La República




                                                                        7

Comisión Especial Carta Orgánica
PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ




                          TÍTULO PRIMERO
              CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA
                         SEÑORA DE LA PAZ


          CAPÍTULO PRIMERO                                     II. Es de aplicación y cumplimiento obligato-
          DISPOSICIONES GENERALES                              rio en el funcionamiento y relacionamiento
                                                               de la Entidad Territorial Autónoma que go-
          Artículo 1.                                          bierna al Municipio de Nuestra Señora de La
          (DENOMINACIÓN)                                       Paz.
          La unidad territorial que se denomina oficial-       Artículo 5.
          mente Municipio de Nuestra Señora de La              (SÍMBOLOS E IDIOMAS)
          Paz, forma parte del Estado Unitario Social
          de Derecho Plurinacional Comunitario, libre,         I. Son símbolos del Municipio de Nuestra Se-
          independiente, soberano, democrático, inter-         ñora de La Paz: el Escudo de La Paz, la Bande-
          cultural, descentralizado y con autonomías,          ra Rojo Punzó y Verde Esmeralda, el Himno
          contribuye al cumplimiento de sus fines y            a La Paz, la Tea Encendida de la Libertad, el
          promueve la participación de la comunidad            Illimani, el Choqueyapu, la Kantuta Roja, la
          en la búsqueda del bien común.                       Proclama de la Junta Tuitiva, la Chola Paceña
                                                               y las Apachetas.
          Artículo 2.
          (IDENTIDAD)                                          II. El castellano y el aymará son los idiomas
                                                               oficiales del Municipio de Nuestra Señora de
          El Municipio de Nuestra Señora de La Paz, es         La Paz.
          la Sede de Gobierno de Bolivia, crisol de la
          nacionalidad y la libertad, líder del desarrollo     Artículo 6.
          del país con visión y vocación metropolita-          (UBICACIÓN)
          na, plural y diverso, democrático, intercultu-       El Municipio de Nuestra Señora de La Paz,
          ral, inclusivo, equitativo, solidario, integrador,   está ubicado en el Departamento de La Paz y
          transparente y participativo.                        limita con los municipios de Guanay y Cara-
          Artículo 3.                                          navi al norte, con los municipios de Coroico
          (MARCO CONSTITUCIONAL)                               y Yanachachi al este, con los municipios de
                                                               Palca, Mecapaca y Achocalla al sur y con los
          La presente Carta Orgánica Municipal, es la          municipios de Pucarani y El Alto al oeste.
          norma de mayor jerarquía del ordenamien-
          to jurídico y administrativo del Municipio
          de Nuestra Señora de La Paz, se sujeta a la          CAPÍTULO SEGUNDO
          Constitución Política del Estado y a las Leyes       VALORES, PRINCIPIOS
          del Estado Plurinacional en el marco de la           Y DEFINICIONES
          jerarquía constitucional de las normas.
                                                               Artículo 7.
          Artículo 4.                                          (VALORES)
          (ÁMBITO DE APLICACIÓN)
                                                               Constituyen valores del Municipio de Nues-
          I. La Carta Orgánica del Municipio de Nues-          tra Señora de La Paz, la unidad, igualdad,
          tra Señora de La Paz, es de cumplimiento             inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, re-
          obligatorio por todas las personas, bolivianas       ciprocidad, respeto, complementariedad, ar-
          o extranjeras, naturales o jurídicas, que viven      monía, transparencia, equilibrio, igualdad de
          o se encuentran en la jurisdicción territorial       oportunidades, equidad social, de género y
          del Municipio de Nuestra Señora de La Paz.           generacional en la participación, bienestar




8

                                        Comisión Especial Carta Orgánica
TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES




común, responsabilidad, justicia social, segu-     5)	 Cultura Ciudadana. Es el ejercicio libre,
ridad jurídica, calidad de vida, convivencia           responsable y respetuoso de los dere-
pacifica y respeto al medio ambiente y la na-          chos fundamentales, individuales y colec-
turaleza.                                              tivos que otorgan calidad y promueven
                                                       la convivencia social en el Municipio de
ARTÍCULO 8.                                            Nuestra Señora de La Paz, así como el
(PRINCIPIOS)                                           uso y preservación del espacio, patrimo-
La presente Carta Orgánica del Municipio de            nio y servicios básicos para el desarrollo
Nuestra Señora de La Paz se sustenta en los            humano y el bien común.
siguientes principios:                             6)	 Interculturalidad. Es el proceso social
1)	 Autonomía. Que implica la libre deter-             público y privado en el que se desarrolla
    minación de su población, la elección di-          el intercambio personal y/o colectivo de
    recta de las concejalas, los concejales y          compartir, dar, intercambiar y respetar
    la Alcaldesa o Alcalde Municipal por las           principios, valores, creencias, actividades
    ciudadanas y los ciudadanos, la adminis-           y prácticas humanas de cualquier natura-
    tración de sus recursos económicos, el             leza u origen, sean estas religiosas, ideo-
    ejercicio sin injerencia de otro nivel del         lógicas, económicas, políticas y sociales,
    Estado de las facultades legislativa, regla-       en el marco de la ley, sin discriminación y
    mentaria, fiscalizadora, ejecutiva y técni-        con acceso irrestricto
    ca por sus órganos de Gobierno en el           7)	 Equidad de género. Es la concepción so-
    ámbito de su jurisdicción, competencias            cial por el que mujeres y hombres ejer-
    y atribuciones en el marco de una efecti-          cen los mismos derechos y cumplen los
    va participación ciudadana y control so-           mismos deberes en todos ámbitos y ac-
    cial.                                              tividades sociales, económicas y políticas,
2)	 Desarrollo Humano Sostenible. Es la con-           públicas y privadas, en base al reconoci-
    cepción política, filosófica e institucional       miento de las diferencias y la participa-
    por la cual las personas constituyen el            ción paritaria en la construcción social
    centro y fin supremo de las acciones del           municipal.
    Gobierno Autónomo Municipal de La              8)	 Integralidad territorial. Es la definición
    Paz, a efecto de mejorar y dignificar las          irrenunciable de mantener, preservar,
    condiciones de vida, el ejercicio pleno de         fortalecer y defender la unidad e integri-
    los derechos y el cumplimiento estricto            dad territorial del Municipio de Nuestra
    de sus deberes.                                    Señora de La Paz que forma parte de la
3)	 Construcción colectiva y pertenencia al            organización territorial de Bolivia y del
    Municipio. Es la decisión de todas las per-        Departamento de La Paz.
    sonas de participar en la construcción         9)	 Participación ciudadana y control social.
    del Municipio de Nuestra Señora de La              Es la responsabilidad individual y colecti-
    Paz, como espacio de convivencia pacífi-           va de participar activamente en la formu-
    ca y respeto de lo común, desarrollando            lación y ejecución de políticas públicas
    un profundo espíritu de pertenencia e              municipales a través de los mecanismos
    identidad.                                         habilitados por esta Carta Orgánica y
4)	 Inclusión plena. Es la decisión plena y            ejercer corresponsablemente el control
    firme de erradicar definitivamente cual-           social sobre la calidad y eficiencia de la
    quier tipo y/o forma de discriminación,            gestión pública municipal y de los servi-
    exclusión, restricción de derechos y des-          cios públicos y privados prestados en el
    equilibrio e inequidad en la generación y          Municipio de Nuestra Señora de La Paz.
    acceso a oportunidades.




                                                                                                       9

                           Comisión Especial Carta Orgánica
PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ




           10)	
              Responsabilidad Social. Es la decisión         5)	Derecho a una ciudad segura;
              individual y colectiva de asumir la res-
                                                             6)	Derecho a habitar en suelos estables y sin
              ponsabilidad por las acciones propias
                                                                riegos naturales.
              ejecutadas en todos los ámbitos de la
              actividad colectiva, pública o privada.        III. Se reconoce todo derecho emergente
                                                             con posterioridad a la aprobación de la pre-
           11)	
              Ética e integridad. Por el cual las per-
                                                             sente Carta Orgánica Municipal, no contem-
              sonas e instituciones del Municipio de
                                                             plado en la Constitución Política del Estado.
              Nuestra Señora de La Paz enmarcan sus
                                                             Su ejercicio efectivo será regulado por Ley
              acciones y responsabilidades en el respe-
                                                             Municipal específica.
              to pleno de las normas y estado de dere-
              cho, anteponiendo el interés colectivo al      Artículo 10.
              individual.                                    (DEBERES)
           12)	Sostenibilidad o sustentabilidad. Es la ca-   I. Son deberes de las personas del Municipio
               pacidad de satisfacer las necesidades de      de Nuestra Señora de La Paz:
               las generaciones presentes sin compro-
               meter las posibilidades de las del futuro     1)	Cumplir y respetar la Constitución Políti-
               para atender sus propias necesidades.            ca del Estado, las leyes y la normativa na-
                                                                cional, la Carta Orgánica del Municipio de
           13)	Respeto a la legalidad. Es la decisión in-       Nuestra Señora de La Paz y la legislación
               dividual y colectiva de conocer, cumplir y       municipal vigente.
               hacer cumplir la Constitución Política del
               Estado, la Carta Orgánica del Municipio       2)	Respetar los derechos individuales y co-
               de Nuestra Señora de La Paz, las leyes y         lectivos de las personas en el marco de la
               la legislación municipal vigente.                convivencia armónica.
                                                             3)	
                                                               Cumplir y respetar las normas, usos y
                                                               costumbres que el Municipio de Nuestra
           CAPÍTULO TERCERO                                    Señora de La Paz va construyendo y gene-
           DERECHOS Y DEBERES                                  rando en el marco de su dinámica evolutiva.

           Artículo 9.                                       4)	Proteger y conservar los bienes públicos,
           (DERECHOS)                                           patrimoniales, históricos, naturales, cultu-
                                                                rales y todos aquellos de dominio público
           I. El Municipio de Nuestra Señora de La Paz          y uso irrestricto por la comunidad.
           reconoce, cumple, hace cumplir y promueve
           el ejercicio efectivo y pleno de los derechos     5)	Hacer un uso sustentable de los recursos
           consagrados en la Constitución Política del          naturales y las fuentes de energía.
           Estado.
                                                             II. En ningún caso, se puede alegar desco-
           II. Los derechos proclamados en la presen-        nocimiento de los deberes expresados en
           te Carta Orgánica Municipal no suponen la         la presente Carta Orgánica Municipal para
           negación de los no enunciados, siendo de-         justificar la vulneración y/o eludir su cumpli-
           rechos del Municipio de Nuestra Señora de         miento.
           La Paz, el:
                                                             III. Se reconoce los deberes que el ordena-
           1)	Derecho al espacio público;                    miento jurídico y constitucional del país, así
                                                             como la presente Carta Orgánica, la legisla-
           2)	Derecho a la movilidad y la accesibilidad;
                                                             ción municipal lo dispongan.
           3)	
             Derecho a la participación ciudadana y
             control social;
           4)	Derecho a la paz y tranquilidad;




10

                                       Comisión Especial Carta Orgánica
TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES




CAPITULO CUARTO                                    igualdad de oportunidades, respetando su
DE LA ENTIDAD TERRITORIAL                          diversidad.
AUTÓNOMA
                                                 7)	Promover la participación ciudadana de-
ARTÍCULO 11.                                        fendiendo en el ámbito de su competen-
(GOBIERNO AUTÓNOMO                                  cia, el ejercicio y práctica de los derechos
MUNICIPAL DE LA PAZ)                                fundamentales de las personas estantes y
                                                    habitantes del Municipio.
El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz,
es la Entidad Territorial Autónoma de dere-      Artículo 13.
cho público, con personalidad jurídica y pa-     (COMPETENCIAS)
trimonio propio que gobierna, administra y
representa institucionalmente al Municipio       I. Son competencias exclusivas del Gobierno
de Nuestra Señora de La Paz, esta subordi-       Autónomo Municipal de La Paz de conformi-
nado a la Constitución Política del Estado y     dad con la Constitución Política del Estado:
tiene igual rango constitucional en relación     1)	 Elaborar su Carta Orgánica Municipal de
al resto de las entidades territoriales autó-        acuerdo a los procedimientos estableci-
nomas del país.                                      dos en la Constitución, la presente Carta
Artículo 12. (FINES)                                 Orgánica y la Ley.

El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz,        2)	 Planificar y promover el desarrollo hu-
tiene los siguientes fines:                          mano en su jurisdicción.

1)	Promover la transformación cualitativa y      3) 	 Proponer la iniciativa y convocatoria de
   permanente de la calidad de vida de la po-         consultas y referendos municipales en
   blación.                                           las materias de su competencia.

2)	Contribuir a la satisfacción de las nece-     4)	 Promover el empleo y la mejora de las
   sidades colectivas y garantizar la inte-          condiciones laborales en el marco de las
   gración y participación de los ciudadanos         políticas nacionales.
   en la planificación y el desarrollo humano    5)	 Preservar, conservar y contribuir a la
   sostenible del Municipio.                         protección del medio ambiente y recur-
3)	Promover y dinamizar el desarrollo hu-            sos naturales, fauna silvestre y animales
   mano sostenible, equitativo y participativo       domésticos.
   del Municipio, a través de la formulación y   6)	 Elaborar de Planes de Ordenamiento Te-
   ejecución de políticas, planes, programas         rritorial y de uso de suelos, en coordina-
   y proyectos concordantes con la planifi-          ción con los planes del nivel central del
   cación del desarrollo departamental y na-         Estado, departamental e indígena.
   cional.
                                                 7)	 Planificar, diseñar, construir, conservar y
4)	Preservar y conservar, en lo que le co-           administrar caminos vecinales en coor-
   rresponda, el medio ambiente y los eco-           dinación con los pueblos indígenas origi-
   sistemas del Municipio, contribuyendo a           narios campesinos cuando corresponda.
   la ocupación racional del territorio y al
   aprovechamiento sostenible de los recur-      8)	 Construir, mantener y administrar los
   sos naturales.                                    aeropuertos públicos locales.
5)	
  Mantener, fomentar, defender y difundir        9)	 Establecer y administrar las estadísticas
  los valores culturales, históricos, morales        municipales.
  y cívicos de la población del municipio.
                                                 10)	Administrar el catastro urbano en el ám-
6)	Favorecer la integración social de sus ha-        bito de su jurisdicción en conformidad
   bitantes, bajo los principios de equidad e        a los preceptos y parámetros técnicos




                                                                                                     11

                          Comisión Especial Carta Orgánica
PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ




               establecidos para los Gobiernos Munici-      23) Elaborar, aprobar y ejecutar sus progra-
               pales.                                           mas de operaciones y su presupuesto.
           11)	Administrar las áreas protegidas muni-       24) Promover y constituir fondos fiduciarios,
               cipales en conformidad con los paráme-           fondos de inversión y mecanismos de
               tros y condiciones establecidas para los         transferencia de recursos necesarios e
               Gobiernos Autónomos Municipales.                 inherentes a los ámbitos de sus compe-
                                                                tencias.
           12) Proponer y promover proyectos de fuen-
               tes alternativas y renovables de energía     25) Gestionar centros de información y do-
               preservando la seguridad alimentaria de          cumentación, archivos, bibliotecas, mu-
               alcance municipal.                               seos, hemerotecas y otros municipales.
           13)	Controlar la calidad y sanidad en la ela-    26) Constituir empresas públicas municipales.
               boración, transporte y venta de produc-
               tos alimenticios para el consumo huma-       27) Gestionar el aseo urbano, manejo y tra-
               no y animal.                                     tamiento de residuos sólidos en el mar-
                                                                co de la política del Estado.
           14) Promover el deporte en el ámbito de su
               jurisdicción.                                28) Diseñar, construir, equipar y mantener la
                                                                infraestructura y obras de interés públi-
           15) Promover y conservar el patrimonio na-           co y bienes de dominio municipal, dentro
               tural municipal.                                 de su jurisdicción territorial.
           16) Promover y conservar la cultura, patri-      29) Gestionar el desarrollo urbano y asenta-
               monio cultural, histórico, artístico, mo-        mientos humanos urbanos.
               numental, arquitectónico, arqueológico,
               paleontológico, científico, tangible e in-   30) Gestionar el servicio de alumbrado pú-
               tangible municipal.                              blico de su jurisdicción.

           17) Formular políticas de turismo local.         31) Promover la Cultura y actividades artísti-
                                                                cas en el ámbito de su jurisdicción.
           18) Gestionar el transporte urbano, registro
               de propiedad automotor, ordenamiento         32) Regular los espectáculos públicos y jue-
               y educación vial, administración y con-          gos recreativos.
               trol del tránsito urbano.                    33) Regular la publicidad y propaganda ur-
           19) Crear y administrar impuestos de carác-          bana.
               ter municipal, cuyos hechos imponibles       34) Promover y suscribir convenios de aso-
               no sean análogos a los impuestos nacio-          ciación o mancomunidad municipal con
               nales o departamentales.                         otros municipios.
           20) Crear y administrar tasas, patentes a la     35) Suscribir convenios y/o contratos con
               actividad económica y contribuciones             personas naturales o colectivas, públicas
               especiales de carácter municipal.                y privadas para el desarrollo y cumpli-
           21) Promover proyectos de infraestructura            miento de sus atribuciones, competen-
               productiva.                                      cias y fines.

           22) Expropiar inmuebles por razones de           36) Constituir y reglamentar el funciona-
              utilidad y necesidad pública municipal,           miento de la Guardia Municipal para
              conforme al procedimiento establecido             coadyuvar el cumplimiento, ejercicio y
              por Ley, así como establecer limitaciones         ejecución de sus competencias así como
              administrativas y de servidumbre a la             el cumplimiento de las normas y resolu-
              propiedad, por razones de orden técni-            ciones municipales.
              co, jurídico y de interés público.




12

                                       Comisión Especial Carta Orgánica
TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES




37) Formular políticas que garanticen la de-     V. El Gobierno Autónomo Municipal de la
    fensa de los consumidores y usuarios en      Paz esta facultado a requerir del auxilio de
    el ámbito municipal.                         la fuerza pública para el cumplimiento de sus
                                                 competencias exclusivas, compartidas y con-
38) Promover sistemas de micro riego en          currentes. Las autoridades responsables de
    coordinación con los pueblos indígena        las entidades competentes para este efecto,
    originario campesinos.                       no podrán negar su participación bajo res-
39) Promover y desarrollar proyectos y po-       ponsabilidad por la función pública por los
    líticas para niñez y adolescencia, mujer,    resultados y consecuencias del incumpli-
    adulto mayor y personas con discapaci-       miento a las normas y/o decisiones munici-
    dad.                                         pales.

40) Gestionar servicios básicos, así como        Artículo 14.
    aprobación de las tasas que correspon-       (LINEAMIENTOS BASICOS)
    dan a su jurisdicción.                       I. El Gobierno Autónomo Municipal de La
41) Regular la explotación de áridos y agre-     Paz, asume como lineamientos básicos de
    gados, en coordinación con los pueblos       cumplimiento obligatorio por las servidoras
    indígena originario campesinos, cuando       y los servidores públicos municipales en el
    corresponda.                                 ejercicio de sus funciones públicas, los si-
                                                 guientes:
42) Planificar el desarrollo municipal en con-
    cordancia con la planificación departa-      1)	Planificación. Las políticas, estrategias,
    mental y nacional.                              planes, programas, proyectos y accio-nes
                                                    del Gobierno Autónomo Municipal de La
43) Participar en empresas de industrializa-        Paz, deben estar insertas en el marco del
    ción, distribución y comercialización de        proceso de planificación integral del Mu-
    Hidrocarburos en el territorio municipal        nicipio de Nuestra Señora de La Paz. La
    en asociación con las entidades naciona-        planificación municipal debe garantizar la
    les del sector.                                 participación de la sociedad en cada una
                                                    de sus etapas y sustentarse en los prin-
44) Ejercer todas las competencias de carác-        cipios de corresponsabilidad, trasparencia
    ter exclusivo, transferidas o delegadas de      y rendición de cuentas clara, completa y
    acuerdo con la Constitución Política del        oportuna.
    Estado y la Ley.
                                                 2) Asignación equitativa de recursos, la pla-
II. El Gobierno Autónomo Municipal de La            nificación municipal que identifica, define
Paz, ejercerá las competencias compartidas          y prioriza las demandas y necesidades de
y concurrentes de conformidad con lo esta-          la población, es la base para la asignación
blecido por la Constitución Política del Esta-      equitativa de recursos e inversiones, prio-
do y la legislación autonómica.                     rizando y anteponiendo el interés colecti-
                                                    vo al individual.
III. Los Órganos que conforman el Gobier-
no Autónomo Municipal de La Paz, ejercerán       3) Equidad social, por el que se reconoce la
las competencias exclusivas, compartidas y          diferencia y el valor social equitativo de
concurrentes, en el marco de sus facultades         las personas tanto en lo individual como
legislativas, reglamentarias y ejecutivas.          en lo colectivo para alcanzar el pleno res-
                                                    peto a sus derechos.
IV. La transferencia, delegación o asignación
de nuevas competencias al Gobierno Autó-         4) Equidad de género, comprende la atención
nomo Municipal de La Paz, deberá prever los         equitativa de las necesidades de hombres
recursos suficientes y establecer el marco          y mujeres con el fin de alcanzar justicia so-
jurídico constitucional para su ejercicio.          cial e igualdad de oportunidades, que ga-
                                                    rantice el pleno ejercicio de sus derechos




                                                                                                     13

                          Comisión Especial Carta Orgánica
PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ




              en los ámbitos de la vida social, académica,     III. El Municipio de Nuestra Señora de La Paz,
              económica, política, cultural y familiar.        está organizado territorialmente en Macro-
                                                               distritos, Distritos y Unidades Territoriales
           5) Transversalidad de género, es el enfoque         Básicas.
              para el logro de la integración de la pers-
              pectiva de género en las políticas, planes,      Artículo 16.
              programas, proyectos y servicios de la ad-       (JURISDICCIÓN MUNICIPAL
              ministración y la gestión municipal.             TÉCNICO ADMINISTRATIVA)
           6) Servicio público con calidad humana, im-         I. El Gobierno Autónomo Municipal de La
              plica el ejercicio de la función pública y la    Paz, en el ámbito de su jurisdicción técni-
              prestación de los servicios municipales en       co administrativa, tiene la capacidad de co-
              pleno respeto a la dignidad y los derechos       nocer y resolver controversias emergentes
              de las personas del Municipio.                   del ejercicio de sus facultades legislativas,
                                                               reglamentarias, ejecutivas, administrativas y
           7) Coordinación intrainstitucional, por la          técnicas.
             cual las unidades organizacionales ejercen
             sus funciones en base a un permanente,            II. Las decisiones y pronunciamientos emer-
             dinámico y proactivo proceso de coordi-           gentes del ejercicio de la jurisdicción técnico
             nación con el resto de las unidades orga-         administrativa, son de cumplimiento obli-
             nizacionales.                                     gatorio y surten efectos jurídicos mientras
                                                               no sean revocadas, anuladas o declaradas in-
                                                               constitucionales.
           8) Transparencia, que es la obligación de           III. El Gobierno Autónomo Municipal de La
              otorgar publicidad a los actos de la admi-       Paz, dispone del uso de la fuerza para hacer
              nistración municipal, facilitando el acceso      cumplir sus decisiones y pronunciamientos
              irrestricto a la información en el marco de      emergentes del ejercicio de la jurisdicción
              los principios de veracidad, responsabili-       técnico administrativa.
              dad y oportunidad.
                                                               IV. En el conocimiento de controversias en el
           II. Las políticas, estrategias, planes, programas   ámbito de la jurisdicción técnico administra-
           y proyectos municipales en su formulación           tiva municipal, se garantiza el ejercicio de los
           y ejecución, deberán contemplar de modo             derechos constitucionales de las partes in-
           estricto los lineamientos básicos señalados         tervinientes y el cumplimiento de los princi-
           precedentemente.                                    pios de debido proceso, defensa, presunción
           Artículo 15.                                        de legitimidad, presunción de inocencia y le-
           (ORGANIZACIÓN TERRITORIAL)                          galidad que le asisten a todo procedimiento
                                                               administrativo.
           I. La organización territorial del Municipio de
           Nuestra Señora de La Paz, se sustenta en los        V. Las decisiones y pronunciamiento del Go-
           principios de equidad, solidaridad, desarrollo,     bierno Autónomo Municipal de La Paz, así
           sustentabilidad, unidad e integralidad del te-      como las normas emergentes del ejercicio
           rritorio.                                           de las facultades legislativas, reglamentarias y
                                                               ejecutivas, pueden ser impugnadas mediante
           II. La organización territorial, tiene como fi-     la interposición de los recursos administrati-
           nalidad el ejercicio de la gestión municipal        vos respectivos y los previstos en el control
           desconcentrada, a objeto de procurar efi-           constitucional.
           ciencia en el ejercicio de las competencias
           autonómicas, calidad en la prestación de los        VI. La Ley Municipal de procedimientos ad-
           servicios municipales y profundización de la        ministrativos, regulará el ejercicio de la juris-
           participación ciudadana y el control social en      dicción técnico administrativa municipal.
           el desarrollo municipal.




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                                        Comisión Especial Carta Orgánica
TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES




Artículo 17.                                      como compatibilizará sus operaciones, es-
(AGOTAMIENTO DE LA VÍA                            trategias y resultados con los sistemas na-
ADMINISTRATIVA)                                   cionales y departamentales de información
                                                  estadística.
I. La vía administrativa quedará agotada en
los casos siguientes:                             Artículo 20.
                                                  (TRANSPARENCIA MUNICIPAL)
1)	Cuando se trate de resoluciones de los
   recursos administrativos.                      Se garantiza el libre acceso a la información
                                                  municipal a través de medios tecnológicos
2)	
  Tratándose de las normas municipales            y convencionales, la rendición de cuentas
  emitidas por el Concejo Municipal en el         pública y oportuna de conformidad con el
  ejercicio de su facultad legislativa.           procedimiento establecido en la normativa
II. Agotada la vía administrativa, el interesa-   municipal correspondiente.
do podrá acudir a la impugnación judicial, así    Artículo 21.
como impugnar mediante los recursos pre-          (LUCHA CONTRA
vistos en la Constitución Política del Estado     LA CORRUPCIÓN)
y las leyes aplicables.
                                                  I. El Gobierno Autónomo Municipal de La
Artículo 18.                                      Paz, asume como política la lucha contra
(SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN                        la corrupción, diseña y aplica instrumentos
MUNICIPAL)                                        para prevenir, investigar, procesar y sancionar
La gestión del Gobierno Autónomo Munici-          los actos de corrupción de las servidoras y
pal de La Paz, se rige por un único Sistema       servidores municipales en el ejercicio de sus
de Administración Municipal que integra y         funciones.
relaciona todos los sistemas de información       II. La participación de la comunidad es prio-
sectorial y funcional de la entidad en el mar-    ridad en la lucha contra la corrupción, a la
co del Sistema de Planificación Integral para     que se le garantiza reserva de su identidad
el Desarrollo Municipal.                          por las denuncias contra servidoras o servi-
Artículo 19. (ESTADÍSTICAS E INDI-                dores públicos por la comisión de supuestos
CADORES)                                          actos de corrupción en el ejercicio de sus
                                                  funciones.
I. El Gobierno Autónomo Municipal de La
Paz, organiza y opera un sistema de estadís-      III. La lucha contra la corrupción municipal, se
ticas e indicadores municipales que permite       sustenta en los principios de responsabilidad,
el monitoreo, evaluación y ajuste de los re-      presunción de legitimidad e inocencia. Toda
sultados e impactos generados a través de         denuncia contra las servidoras y servidores
la ejecución de las estrategias de corto, me-     públicos municipales, deberá ser fundamen-
diano y largo plazo definidas por el Sistema      tada y debidamente sustentada en elementos
de Planificación Integral para el Desarrollo      de convicción probatorios sobre los hechos
Municipal.                                        referidos.

II. El sistema de estadísticas e indicadores
municipales, podrá utilizar las técnicas más
adecuadas para la recopilación, procesamien-
to y actualización de registros administrati-
vos que coadyuven en la formulación y eva-
luación de políticas públicas municipales.
III. El Gobierno Autónomo Municipal de La
Paz, establecerá mecanismos de coordina-
ción con entidades públicas y privadas, así




                                                                                                      15

                          Comisión Especial Carta Orgánica
PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ




                          TÍTULO SEGUNDO
               GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LA PAZ


           CAPÍTULO PRIMERO                                  Artículo 25. (IMPEDIMENTOS)
           CONFORMACIÓN
                                                             No podrá ejercer el cargo de Concejal y/o
           Artículo 22.                                      Alcalde Municipal, quien tenga acusación
           (ORGANOS DE GOBIERNO)                             formal, sentencia condenatoria ejecutoriada
                                                             a pena privativa de libertad, pliego de cargo
           El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz,         ejecutoriado, sentencia judicial ejecutoriada
           está constituido por un Concejo Municipal         por responsabilidad civil contra el Estado o
           como Órgano Legislativo integrado por once        estén comprendidos en los casos de incom-
           (11) miembros con facultad deliberativa, fis-     patibilidad o prohibiciones establecidos por
           calizadora y legislativa municipal en el ámbito   Ley.
           de sus competencias y un Órgano Ejecutivo,
           presidido por la Alcaldesa o el Alcalde Muni-     Artículo 26.
           cipal con facultad ejecutiva, administrativa,     (INCOMPATIBILIDADES)
           técnica y reglamentaria.
                                                             El ejercicio del cargo de Concejal y Alcal-
           Artículo 23. (ELECCION)                           de Municipal, es incompatible con cualquier
                                                             otro cargo público, sea remunerado o no; su
           I. Las concejalas, los concejales y la Alcalde-   aceptación supone renuncia tácita al cargo,
           sa o el Alcalde Municipal son elegidos por        se exceptúa la docencia universitaria.
           sufragio universal por un periodo de cinco
           (5) años de conformidad con la normativa          Artículo 27.
           electoral vigente y los principios constitucio-   (PROHIBICIONES)
           nales democráticos de representación y par-
           ticipación. La Alcaldesa o el Alcalde Municipal   I. Los concejales y Alcalde Municipal, no po-
           podrá ser reelecto de manera continua por         drán anteponer sus intereses privados ante
           una sola vez.                                     los intereses públicos del Gobierno Autóno-
                                                             mo Municipal de La Paz.
           II. Para ser elegido Concejal y/o Alcalde Mu-
           nicipal, se requiere haber residido de forma      II. Las Concejalas y los Concejales Municipa-
           permanente al menos los dos años inmedia-         les, bajo pérdida del mandato previo proceso
           tamente anteriores a la elección en el Muni-      y sanción penal, esta prohibidos de:
           cipio de Nuestra Señora de La Paz.                1)	Intervenir en la decisión de asuntos mu-
           III. Para ser Alcaldesa o Alcalde Municipal se       nicipales en los cuales tengan interés
           requiere haber cumplido veintiún (21) años           personal o los tuvieran sus cónyuges, sus
           de edad.                                             parientes hasta el cuarto grado de con-
                                                                sanguinidad o segundo de afinidad.
           Artículo 24.
           (POSESION Y EJERCICIO                             2) Celebrar contratos por sí o por terceros,
           DEL CARGO)                                           sobre bienes, rentas y ejecución de obras,
                                                                prestación de servicios o explotaciones
           Las Concejalas, los Concejales y la Alcaldesa        municipales, concedidas, reguladas o su-
           o el Alcalde Municipal, tomarán posesión y           pervisadas por el Gobierno Autónomo
           ejercerán el cargo de conformidad con las            Municipal de La Paz.
           previsiones y cumpliendo los requisitos es-
           tablecidos en la normativa electoral vigente.     3) Ejercer funciones de administrador, arren-
                                                                datario, concesionario o adjudicatario de
                                                                bienes, obras, servicios públicos y explo-




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                                       Comisión Especial Carta Orgánica
TÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES



  taciones municipales, servir de interme-         5)	Incapacidad física o mental declarada judi-
  diario, fiador, deudor y en cualquier otra          cialmente.
  actividad financiera, comercial, industrial o
  de servicios en general, en la cual se en-       6)	Incompatibilidad sobreviniente.
  cuentre relacionado el Gobierno Munici-          7)	
                                                     Sentencia condenatoria ejecutoriada a
  pal, sus bienes, servicios y obligaciones.         pena privativa de libertad.
4)	Usar indebidamente la información y las         8)	Pliego de cargo ejecutoriado o sentencia
   influencias derivadas del cargo que ejerce         judicial ejecutoriada por responsabi-lidad
   para obtener beneficios para sí, familiares        civil contra el Estado y por las demás cau-
   o terceros en los asuntos o trámites que           sales establecidas por Ley.
   se ventilen en el Gobierno Autónomo
   Municipal de La Paz o que se deriven o          II. Las concejalas, los concejales y la Alcalde-
   generen en éste.                                sa o el Alcalde que cesen en sus funciones
                                                   por el cumplimiento de una de las causales
III. Cuando los intereses del Gobierno Au-         establecidas precedentemente serán reem-
tónomo Municipal de La Paz, estuvieran en          plazadas de conformidad con las previsiones
contraposición con los del Alcalde su cónyu-       señaladas en la presente Carta Orgánica Mu-
ge o sus parientes hasta el cuarto grado de        nicipal y la Ley Municipal respectiva.
consanguinidad y segundo de afinidad, aquél
no podrá bajo sanciones de ley, previo pro-        Artículo 30.
ceso interno, anteponer sus intereses priva-       (REVOCATORIA DEL MANDATO)
dos a los intereses públicos del municipio.
                                                   I. Las concejalas, los concejales y la Alcalde-
Artículo 28.                                       sa o el Alcalde, podrán ser revocados de su
(PRESUNCIÓN DE LEGITIMIDAD)                        mandato, de acuerdo con la ley.
I. Las servidoras y servidores públicos del        II. La revocatoria del mandato podrá solici-
Gobierno Autónomo Municipal de La Paz,             tarse cuando haya transcurrido al menos la
son responsables de los actos que adoptan          mitad del periodo del mandato. La revoca-
en ejercicio de sus competencias, atribucio-       toria del mandato no podrá tener lugar du-
nes y funciones públicas.                          rante el último año de la gestión en el cargo.
II. Las actuaciones de los servidores públicos     III. El referendo revocatorio procederá por
municipales, se presumen legitimas por estar       iniciativa ciudadana, a solicitud de al menos
sometidas plenamente a la Ley, salvo expresa       el quince por ciento de votantes del padrón
declaración judicial en contrario.                 electoral del Municipio de Nuestra Señora
                                                   de La Paz.
Artículo 29.
(CESACION DE FUNCIONES)                            IV. Producida la revocatoria de mandato, el
                                                   afectado cesará inmediatamente en el cargo,
I. Las concejalas, los concejales y la Alcaldesa   proveyéndose su suplencia conforme a ley.
o el Alcalde, cesan en sus funciones por el
cumplimiento de una de las siguientes cau-         V. La revocatoria procederá una sola vez en
sales:                                             cada mandato constitucional del cargo elec-
                                                   to.
1) Fallecimiento.
                                                   Artículo 31.
2)	Cumplimiento de su mandato de cinco (5)         (SUSPENSIÓN TEMPORAL
   años.                                           Y DEFINITIVA)
3)	
  Renuncia escrita y acreditada personal-          I. Las concejalas, los concejales y la Alcaldesa
  mente.                                           o el Alcalde Municipal, podrán ser suspen-
                                                   didas temporalmente de sus cargos por las
4)	Revocatoria de mandato.
                                                   causales señaladas por ley.




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                           Comisión Especial Carta Orgánica
PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ




           II. El procedimiento de suspensión tempo-          1)	Si la ausencia definitiva se produjese en
           ral será establecido por Ley Municipal, cuyo          la primera mitad del mandato, se proce-
           cumplimiento es estricto y obligatorio.               derá a un nuevo proceso eleccionario de
                                                                 acuerdo con la normativa electoral vigen-
           III. El procedimiento de suspensión temporal          te.
           que no cumpla las condiciones de legalidad
           que establece la Ley, son ineficaces y nulos       2)	Entre tanto se produzca el proceso elec-
           de pleno derecho.                                     cionario, el Concejo Municipal elegirá al
                                                                 reemplazante que ejercerá el cargo de
           IV. La suspensión definitiva de las Concejalas,       forma interina, debiendo ser obligatoria-
           Concejales y Alcaldesa y Alcalde Municipal,           mente una Concejala o Concejal munici-
           procede a la sola comprobación del cumpli-            pal perteneciente a la misma fuerza políti-
           miento de la causal prevista para este efecto.        ca del titular.
           Artículo 32.                                       III. Si la ausencia definitiva del Alcalde o Al-
           (AUSENCIA TEMPORAL)                                caldesa Municipal se produjese en la segun-
           I. En caso de ausencia temporal de las Con-        da mitad del mandato, será sustituido por la
           cejalas y los Concejales, estos serán reempla-     concejala o concejal municipal elegido por
           zados por su suplente de conformidad con el        el Concejo Municipal de los miembros que
           Reglamento Interno del Concejo Municipal.          correspondan a la misma fuerza política de la
                                                              máxima autoridad ejecutiva.
           II. La Alcaldesa o el Alcalde Municipal, podrá
           ausentarse temporalmente de conformidad
           con las previsiones establecidas por Ley           CAPÍTULO SEGUNDO
           Municipal, en este caso, el Concejo Munici-
           pal elegirá a su reemplazante que ejercerá         ORGANO LEGISLATIVO MUNI-
           el cargo de forma interina mientras dure la        CIPAL
           ausencia del titular.
                                                              Artículo 34.
           III. En el caso de ausencia de la Alcaldesa o el   (ORGANO LEGISLATIVO)
           Alcalde Municipal por suspensión temporal
           de conformidad con la Ley, el Concejo Muni-        El Concejo Municipal es el órgano legislativo
           cipal elegirá al reemplazante, quien ejercerá      y máxima autoridad del Gobierno Autóno-
           el cargo de forma interina. La Alcaldesa o el      mo Municipal de La Paz, tiene facultad legis-
           Alcalde Municipal interino deberá pertene-         lativa, deliberante y fiscalizadora en el ámbito
           cer obligatoriamente a la fuerza política de la    de sus competencias y atribuciones.
           autoridad suspendida.                              Artículo 35.
           Artículo 33.                                       (FACULTADES)
           (AUSENCIA DEFINITIVA)                              I. El Concejo Municipal de La Paz, ejerce to-
           I. En caso ausencia definitiva de las Conceja-     das aquellas facultades reconocidas por la
           las y los Concejales Municipales por el cum-       Constitución Política del Estado como Ór-
           plimiento de una de las causales estableci-        gano Legislativo Municipal:
           das en la presente Carta Orgánica y la Ley,        1)	Facultad Legislativa, que es la capacidad
           el Concejal o Concejala suplente asumirá la           de legislar que tiene el Concejo Municipal
           titularidad y ejercerá el cargo por el resto de       para el ejercicio de las competencias ex-
           la gestión municipal.                                 clusivas, compartidas y concurrentes por
           II. En ausencia definitiva de la Alcaldesa o el       el Gobierno Autónomo Municipal de La
           Alcalde Municipal, se procederá de confor-            Paz.
           midad con las siguientes previsiones:              2)	Facultad Deliberante, que es la capacidad
                                                                 de deliberar, analizar y decidir plural y de-




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                                        Comisión Especial Carta Orgánica
TÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES




  mocráticamente en el Pleno del Conce-            6)	 Aprobar dentro de los cuarenta (40)
  jo Municipal de La Paz, así como entablar            días hábiles de su presentación por la
  diálogos constructivos con la sociedad or-           Alcaldesa o Alcalde Municipal, el Plan de
  ganizada para la formulación de políticas            Desarrollo Municipal y el Plan de Or-
  públicas, elaboración de leyes, ordenanzas           denamiento Territorial. En caso que el
  y toma de decisiones en beneficio de la              Concejo Municipal no se pronuncie en
  comunidad.                                           el plazo señalado, el Plan de Desarrollo
                                                       Municipal y el Plan de Ordenamiento Te-
3)	Facultad Fiscalizadora, que es la capacidad         rritorial presentados se darán por apro-
   de fiscalización al Órgano Ejecutivo, me-           bados.
   diante la verificación, evaluación y análisis
   del cumplimiento de los planes, progra-         7)	Considerar y aprobar el Programa
   mas, proyectos y presupuesto municipal,            Operativo, Presupuesto Municipal y sus
   así como el uso correcto de los recursos           respectivas modificaciones y reformu-
   municipales en lo fines y objetivos pre-           laciones dentro de los veinte (20) días
   vistos en la planificación participativa y el      hábiles de su presentación por el Alcal-
   presupuesto municipal.                             de o Alcaldesa Municipal; si en el plazo
                                                      establecido, el Concejo Municipal no se
II. El Concejo Municipal de La Paz para el            pronuncia, los instrumentos de gestión
ejercicio eficiente y responsable de su fa-           antes referidos quedan aprobados y se
cultad legislativa, deliberante y fiscalizadora,      ejecutan en las condiciones y alcance de
podrá aprobar normas, procedimientos le-              su presentación.
gislativos e instrumentos técnicos de gestión.
                                                   8)	 Considerar, aprobar o rechazar den-
Artículo 36. (ATRIBUCIONES)                            tro de los veinte (20) días hábiles de su
Son atribuciones del Concejo Municipal de              presentación por el Alcalde o Alcaldesa
La Paz:                                                Municipal la Estructura Organizacional
                                                       del Órgano Ejecutivo Municipal, el Plan
1)	 Elaborar y aprobar el proyecto de Carta            de Personal; transcurrido el plazo antes
    Orgánica Municipal y sus modificaciones            señalado sin pronunciamiento, los instru-
    y remitir al Tribunal Constitucional Plu-          mentos de gestión se darán por aproba-
    rinacional para el control constitucional          dos.
    respectivo.
                                                   9)	 Aprobar o rechazar el informe de eje-
2)	 Organizar su directiva, establecer instan-         cución del Programa de Operaciones
    cias de deliberación y dotarse de estruc-          Anual y la ejecución presupuestaria co-
    turas administrativas.                             rrespondiente a cada gestión anual, pre-
                                                       sentados por el Alcalde o Alcaldesa Mu-
3)	 Ejercer la facultad legislativa, mediante la       nicipal dentro de los dos (2) primeros
    aprobación y sanción de Leyes Munici-              meses de cada año.
    pales, Ordenanzas y otro tipo de instru-
    mentos normativos para el ejercicio de         10)	Conocer y aprobar los Estados Finan-
    las competencias exclusivas, comparti-             cieros y la memoria anual, dentro de los
    das y concurrentes.                                dos (2) primeros meses de la siguiente
                                                       gestión.
4)	 Aprobar o rechazar por ley municipal la
    transferencia o delegación de competen-        11)	Fiscalizar la administración del catastro
    cias de otra entidad territorial autóno-           urbano municipal en el ámbito de su ju-
    ma.                                                risdicción, de acuerdo con las normas
                                                       catastrales y técnicotributarias emitidas
5)	 Aprobar o rechazar por ley municipal la            por el Órgano Ejecutivo Municipal.
    transferencia o delegación de competen-
    cias a otra entidad territorial autónoma.




                                                                                                      19

                           Comisión Especial Carta Orgánica
PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ




           12) Disponer por Ley Municipal, la creación      21) Designar al Alcalde o Alcaldesa interina
               y regulación de Impuestos, Tasas, Paten-         en caso de ausencia temporal o definiti-
               tes y Contribuciones Especiales presen-          va del titular.
               tadas por el Órgano Ejecutivo Municipal.
                                                            22) Designar al Tribunal de Imprenta de
           13) Aprobar o rechazar convenios suscritos          acuerdo a Ley.
               por el Alcalde Municipal con entidades,
               personas jurídicas y/o naturales, publicas   23) Tomar conocimiento de los informes y
               y/o privadas, nacionales y/o extranjeras         dictámenes emitidos por la Contraloría
               sobre asuntos de interés del Gobierno            General del Estado y pronunciarse de
               Autónomo Municipal de La Paz.                    acuerdo a Ley cuando así corresponda.

           14) Aprobar y/o rechazar los contratos ad-       24) Aprobar la normativa municipal de ho-
               ministrativos emergentes de los proce-           nores y distinciones, condecoraciones y
               sos de contratación de obras, bienes,            premios por servicios a la comunidad.
               servicios y concesiones municipales sus-     25) Aprobar y sancionar la Ley Municipal
               critos por el Alcalde Municipal o la auto-       para la enajenación de bienes de domi-
               ridad municipal delegada para el efecto          nio público y de bienes de dominio ins-
               de acuerdo a reglamentación específica.          titucional de conformidad con la Consti-
           15) Autorizar al Órgano Ejecutivo Municipal,         tución Política del Estados y la normativa
               la emisión de títulos valores y la nego-         en vigencia.
               ciación y constitución de empréstitos,       26) Autorizar por dos tercios de votos de
               en un plazo máximo de quince (15) días           los miembros del Concejo Municipal la
               hábiles de presentada la solicitad por el        enajenación de bienes municipales con-
               Alcalde Municipal.                               forme a Ley Municipal.
           16) Aprobar por Ley Municipal la organiza-       27) Aprobar y sancionar la Ley Municipal de
               ción territorial del Municipio de Nuestra        constitución del Banco de Tierras y la
               Señora de La Paz.                                administración de la propiedad inmueble
           17) Aprobar por Ley Municipal, la creación,          municipal.
               constitución, fusión, transformación o       28) Aprobar la transferencia o entrega a otro
               disolución de empresas municipales y             título de bienes a otras entidades públi-
               entidades descentralizadas.                      cas para el cumplimiento de competen-
           18) Aprobar la participación del Gobierno            cias municipales.
               Autónomo Municipal de La Paz, en man-        29) Recibir informe del Alcalde o Alcaldesa
               comunidades, asociaciones, hermana-              Municipal sobre el desarrollo de la ges-
               mientos y organismos intermunicipales,           tión, la ejecución y avance de planes, polí-
               públicos y privados, nacionales o interna-       ticas, programas y proyectos municipales.
               cionales u otro tipo de actores privados
               para el cumplimiento de sus fines.           30) Fiscalizar las labores de la Alcaldesa o
                                                                Alcalde Municipal y en su caso, disponer
           19) Emitir normas municipales para el regis-         su procesamiento interno en la Comi-
               tro de la personalidad jurídica de las or-       sión de Ética por responsabilidad admi-
               ganizaciones de control social asentadas         nistrativa; sancionarlo en caso de existir
               en la jurisdicción del municipio.                responsabilidad ejecutiva y remitir obra-
           20) Aprobar la nominación de calles, aveni-          dos a la justicia ordinaria en los casos
               das, plazas, parques y establecimientos          de responsabilidad civil o penal, constitu-
               de educación, salud y otros espacios             yéndose en esa última situación en parte
               públicos de acuerdo a norma municipal            querellante.
               específica.




20

                                       Comisión Especial Carta Orgánica
TÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES




31) Fiscalizar, por iniciativa institucional o    4)	Oficinas Macrodistritales del Concejo
    mediante requerimiento motivado de las           Municipal, son las instancias desconcen-
    instancias de control social, a través del       tradas que tienen por objeto garantizar el
    Alcalde o Alcaldesa Municipal, a las servi-      rol representativo, participativo, dialogan-
    doras y servidores públicos municipales          te y gestor del Concejo Municipal en el
    de todos los ámbitos de gestión admi-            ámbito territorial del Municipio de Nues-
    nistrativa municipal centralizada, descon-       tra Señora de La Paz.
    centrada y descentralizada.
                                                  III. Para el ejercicio de sus facultades legisla-
32) Cumplir las demás atribuciones o res-         tivas, deliberante y fiscalizadora, el Concejo
    ponsabilidades que le señalen las normas      Municipal podrá organizar y dotarse de una
    vigentes.                                     estructura administrativa integrada por Di-
                                                  recciones y Unidades operativas de acuerdo
Artículo 37.                                      con los principios y parámetros de la admi-
(ORGANIZACIÓN DEL CONCEJO)                        nistración pública.
I. El Concejo Municipal de La Paz para el         IV. El Reglamento Interno, establecerá la or-
cumplimiento de sus facultades y atribucio-       ganización y funcionamiento de la estructura
nes, se organiza en una estructura orgánica y     orgánica y administrativa del Concejo Muni-
una estructura administrativa.                    cipal de La Paz.
II. La estructura orgánica del Concejo Mu-        Artículo 38. (SESIONES)
nicipal esta conformada por las siguientes
instancias:                                       I. La sesión del Pleno del Concejo Munici-
                                                  pal, es la máxima instancia de deliberación y
1)	
  Pleno del Concejo Municipal; máxima             debate de las Concejalas y Concejales para
  autoridad del Gobierno Autónomo Mu-             la toma de decisiones en el marco de sus
  nicipal de La Paz, constituye el órgano         facultades autonómicas, a efecto de regular
  legislativo, representativo, deliberante y      el cumplimiento de las competencias exclusi-
  fiscalizador en el marco de sus atribucio-      vas, compartidas y concurrentes del Gobier-
  nes y competencias autonómicas.                 no Autónomo Municipal de La Paz.
2)	Directiva del Concejo Municipal; instancia     II. Las sesiones del Pleno del Concejo Muni-
   de dirección, planificación, organización,     cipal, son ordinarias o extraordinarias, debe-
   gestión y representación del Concejo           rán convocarse obligatoriamente de manera
   Municipal; esta conformada por una Pre-        pública y por escrito.
   sidencia, una Vicepresidencia y una Secre-
   taría, cuya composición expresa la repre-      III. Las sesiones del Pleno del Concejo Mu-
   sentación de mayorías y minorías de las        nicipal tienen carácter público, y serán re-
   fuerzas políticas elegidas y representadas     servadas o secretas en los casos y de con-
   en el Órgano Legislativo Municipal.            formidad con las previsiones y condiciones
                                                  establecidas en el Reglamento Interno.
3)	
  Comisiones del Concejo Municipal, son
  instancias técnicas y operativas, res-          IV. Para su validez, las sesiones del Pleno del
  ponsables del análisis, revisión, elabora-      Concejo Municipal deberán efectuarse obli-
  ción y aprobación de los proyectos de           gatoriamente con el quórum respectivo, que
  instrumentos normativos y fiscalización         se forma con la asistencia de la mitad más
  del Concejo Municipal; son también de           uno del total de sus miembros. Son nulos de
  su conocimiento los asuntos municipales         pleno derecho los actos y decisiones que no
  asignados según su competencia y espe-          cumplan las condiciones señaladas preceden-
  cialidad. La reglamentación interna esta-       temente.
  blecerá el número, naturaleza, especiali-
  dad, atribuciones y características de las      V. Las Comisiones del Concejo Municipal,
  Comisiones.                                     podrán deliberar y tratar los asuntos de su




                                                                                                      21

                          Comisión Especial Carta Orgánica
PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ




           competencia en sesiones ordinarias o ex-          Artículo 41.
           traordinarias de conformidad con lo estable-      (ALCALDESA O ALCALDE
           cido en el Reglamento Interno.                    MUNICIPAL)
           Artículo 39.                                      La Alcaldesa o el Alcalde Municipal, es la
           (PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO)                       máxima autoridad ejecutiva y representante
                                                             legal del Gobierno Autónomo Municipal de
           El Concejo Municipal de La Paz, mediante          La Paz.
           Ley Municipal establecerá el procedimiento
           para el ejercicio de su facultad legislativa y    Artículo 42.
           regulará la organización y desarrollo del or-     (FACULTADES)
           denamiento jurídico y administrativo del Go-
           bierno Autónomo Municipal de La Paz.              Son facultades de la Alcaldesa o Alcalde Mu-
                                                             nicipal las siguientes:
                                                             1) Facultad ejecutiva, que es la capacidad
           CAPÍTULO TERCERO                                    que tiene la Alcaldesa o el Alcalde Muni-
                                                               cipal para organizar, planificar, programar
           ÓRGANO EJECUTIVO                                    y ejecutar las competencias exclusivas,
           MUNICIPAL                                           concurrentes y compartidas en la jurisdic-
           Artículo 40.                                        ción del Municipio de Nuestra Señora de
           (ÓRGANO EJECUTIVO MUNICIPAL)                        La Paz en el marco de la planificación y la
                                                               normativa municipal vigente.
           I. El Órgano Ejecutivo Municipal, es la instan-
           cia de ejecución técnica, económico finan-        2) Facultad reglamentaria, que es la capaci-
           ciera, administrativa de la gestión municipal,       dad de reglamentar el cumplimiento de la
           presidida por la Alcaldesa o Alcalde como            Leyes Municipales, así como desarrollar la
           máxima autoridad ejecutiva del Gobierno              normativa necesaria para el ejercicio de
           Autónomo Municipal de La Paz.                        sus atribuciones y competencias.

           II. El Órgano Ejecutivo Municipal, esta inte-     3) Facultad administrativa, que es la capaci-
           grado por la Alcaldesa o el Alcalde Munici-          dad de organizar y dirigir la administración
           pal como máxima autoridad y representante            pública municipal para el cumplimiento de
           legal del Gobierno Autónomo Municipal de             las competencias exclusivas, compartidas
           La Paz, el Gabinete Municipal, las Secretarias,      y concurrentes y el logro de los fines y
           Delegaciones, Subalcaldías, las Unidades des-        objetivos del Gobierno Autónomo Muni-
           concentradas y descentralizadas y otras enti-        cipal de La Paz.
           dades públicas en las que tenga participación     Artículo 43.
           el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.         (COMPETENCIAS)
           III. El Órgano Ejecutivo Municipal, podrá es-     Son competencias de la Alcaldesa o el Alcal-
           tablecer en su estructura nuevas instancias,      de Municipal, las siguientes:
           cambiar sus denominaciones y/o suprimir las
           existentes de acuerdo con la realidad mu-         1)	 Cumplir y hacer cumplir la presente
           nicipal y necesidad institucional a efecto de         Carta Orgánica Municipal y toda la nor-
           responder de forma eficiente y eficaz con             mativa municipal.
           sus competencias, atribuciones y responsa-
           bilidades.                                        2)	Representar al Gobierno Autónomo
                                                                Municipal de La Paz.
           IV. La organización, estructura y funciona-
           miento del Órgano Ejecutivo Municipal será        3)	 Ejercer en el ámbito de sus competen-
           aprobada mediante Ley Municipal.                      cias, las facultades ejecutivas, reglamen-
                                                                 tarias y administrativas para el cumpli-
                                                                 miento de las competencias exclusivas,




22

                                       Comisión Especial Carta Orgánica
TÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES



    compartidas y concurrentes del Gobier-         16) Suscribir contratos administrativos y/o
    no Autónomo Municipal de La Paz.                   delegar la competencia de suscripción
                                                       a otros servidores públicos municipales
4) Promulgar las Leyes y Ordenanzas Muni-              y remitir al Concejo Municipal para su
    cipales sancionadas por el Concejo Mu-             conocimiento y respectivo pronuncia-
    nicipal.                                           miento.
5) Reglamentar el cumplimiento de las Leyes        17) Suscribir convenios con entidades, per-
    Municipales, sancionadas por el Concejo            sonas jurídicas y/o naturales, publicas y/o
    Municipal de conformidad con la norma-             privadas, nacionales y/o extranjeras so-
    tiva municipal vigente.                            bre asuntos de interés del Gobierno Au-
6) Presentar a consideración del Concejo               tónomo Municipal de La Paz y remitir al
    Municipal proyectos de Ley, Ordenanza              Concejo Municipal para su conocimien-
    u otras normas municipales.                        to y respectivo pronunciamiento.

7) Emitir y dictar normas municipales en el        18) Presidir por si o mediante representante
    ámbito ejecutivo de acuerdo a lo dis-              designado, los Consejos de Administra-
    puesto por Ley Municipal.                          ción o Directorios de las entidades des-
                                                       centralizadas, empresas municipales u
8) Conducir las relaciones intergubernamen-            otras en las que el Gobierno Autónomo
    tales e internacionales.                           Municipal de La Paz participe.

9) Organizar, designar, posesionar y dirigir el    19) Administrar el catastro urbano de con-
    Gabinete Municipal de conformidad con              formidad con las normas técnicas y lega-
    la Ley Municipal de organización del Ór-           les en vigencia.
    gano Ejecutivo Municipal.
                                                   20) Organizar la Guardia Municipal creada
10) Designar, posesionar y retirar a las au-           por Ley Municipal, reglamentar su fun-
    toridades municipales designadas y de li-          cionamiento y supervisar el cumplimien-
    bre nombramiento y al personal técnico             to de sus atribuciones y evaluar la conse-
    administrativo, de acuerdo a normativa             cución de sus fines y objetivos.
    vigente.
                                                   21) Solicitar el auxilio de la fuerza pública
11) Planificar, organizar, dirigir, supervisar y       para hacer cumplir las normas y dispo-
    evaluar las labores del Órgano Ejecutivo           siciones municipales, pudiendo iniciar las
    Municipal.                                         acciones que corresponda ante los ór-
                                                       ganos competentes en caso de negativa.
12) Establecer Delegaciones Municipales
   de acuerdo a las políticas estratégicas y       22) Formular y elevar ante el Concejo Mu-
   asuntos prioritarios relacionados con la            nicipal para su consideración y aproba-
   gestión municipal.                                  ción, los planes de desarrollo municipal y
                                                       de ordenamiento territorial, elaborados
13) Designar, posesionar y remover a los               con participación de la comunidad.
    Secretarios y Delegados Municipales de
    acuerdo a Ley Municipal.                       23) Formular y elevar ante el Concejo Mu-
                                                       nicipal, para su consideración y aproba-
14) Constituir y convocar a instancias con-            ción, la programación operativa, el pre-
    sultivas y de participación ciudadana.             supuesto municipal, sus reformulaciones
                                                       y modificaciones.
15) Elaborar, aprobar y aplicar los reglamen-
    tos específicos para implantar e institu-      24) Formular y elevar ante el Concejo Muni-
    cionalizar los procesos de Administra-             cipal para su consideración y aprobación
    ción y de Control Gubernamentales, en              la estructura organizacional del Órgano
    el marco de las normas básicas respec-             Ejecutivo Municipal, los manuales de or-
    tivas.                                             ganización, funciones y procedimientos
                                                       municipales.



                                                                                                       23

                           Comisión Especial Carta Orgánica
PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ



           25) Remitir a consideración del Concejo          35) Responder las peticiones de informes es-
               Municipal los Estados Financieros audita-        critos u orales que requiera el Concejo
               dos del Gobierno Autónomo Municipal              Municipal en cumplimiento de su facul-
               de La Paz.                                       tad fiscalizadora de conformidad con los
                                                                plazos y modalidades que señala el Re-
           26) Poner a disposición de la autoridad com-         glamento Interno del Órgano Legislativo
               petente los estados financieros y la eje-        Municipal.
               cución presupuestaria de la gestión ante-
               rior, debidamente suscritos y aprobados      36) Proponer al Concejo Municipal proyec-
               por el Concejo Municipal.                        tos de Ley Municipal para la creación,
                                                                delimitación, fusión y/o supresión de uni-
           27) Solicitar al Concejo Municipal la autori-        dades territoriales que integran la orga-
               zación para la adquisición de emprésti-          nización territorial del municipio.
               tos de acuerdo a normativa vigente.
                                                            37) Administrar el sistema de registro del
           28) Aprobar los planos generales del Muni-           derecho propietario de los vehículos
               cipio.                                           registrados en la jurisdicción, legalmente
           29) Elaborar y elevar ante el Concejo Muni-          importados, ensamblados o fabricados
               cipal, para su consideración y aprobación,       en el territorio nacional.
               el plan de uso de suelos y otros instru-     38) Cumplir con las demás atribuciones y
               mentos de planificación y ordenamiento           funciones establecidas en la Constitu-
               territorial.                                     ción Política del Estado, Carta Orgánica
           30) Ejecutar los procesos de expropiación            Municipal, leyes nacionales, leyes y nor-
               aprobados por el Concejo Municipal de            mas municipales para el cumplimiento de
               conformidad con la Ley.                          los fines y objetivos del Gobierno Autó-
                                                                nomo Municipal de La Paz.
           31) Proponer al Concejo Municipal los pla-
               nos de zonificación y valuación zonal, ta-   Artículo 44.
               blas de valores, según calidad de vía del    (ESTRUCTURA)
               suelo y la delimitación de cada una de       I. El Órgano Ejecutivo Municipal esta consti-
               las zonas detectadas por el proceso de       tuido por el:
               zonificación de conformidad con la nor-
               mativa vigente.                              1)	Gabinete Municipal, instancia de análisis y
                                                               toma decisiones para el cumplimiento de
           32) Proponer al Concejo Municipal proyec-           las competencias municipales. Esta con-
               tos de Ley Municipal para la creación y         formado por las autoridades municipales
               regulación de impuestos, tasas, patentes        de mayor jerarquía del Órgano Ejecutivo
               y contribuciones especiales.                    Municipal y es presidida por la Alcaldesa o
           33) Proponer al Concejo Municipal proyec-           Alcalde Municipal.
               tos de Ley Municipal para la constitución,   2)	
                                                              Las Secretarías Municipales, instancias
               así como la disolución de entidades des-       responsables de ejecutar las políticas mu-
               centralizadas, empresas públicas o mix-        nicipales de conformidad con sus compe-
               tas u otras para la prestación de servi-       tencias y atribuciones asignadas en la or-
               cios, ejecución de obras o explotaciones       ganización de la estructura municipal.
               municipales.
                                                            3)	Las Delegaciones Municipales, son instan-
           34) Presentar ante el Concejo Municipal y           cias constituidas y organizadas para el cono-
               las instancias de participación social, la      cimiento y ejecución de asuntos municipales
               memoria anual, informes sustentados de          específicos, caracterizados por la especialidad
               la ejecución física y presupuestaria de la      que revisten sus competencias, ejerciendo
               gestión municipal como acto de rendi-           las funciones asignadas en representación
               ción pública de cuentas.                        de la Alcaldesa o el Alcalde Municipal.




24

                                       Comisión Especial Carta Orgánica
TÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES




4) Las Subalcaldías, son las unidades organiza-     1) Cumplir y hacer cumplir la Carta Orgá-
   cionales desconcentradas para la gestión            nica, la normativa municipal, el sistema de
   del territorio, responsables de la adminis-         planificación integral municipal, las políti-
   tración de los macrodistritos que integran          cas públicas municipales y los instrumen-
   la organización territorial del Municipio           tos de gestión y administración municipal;
   de Nuestra Señora de La Paz.
                                                    2) Ejercer las atribuciones y funciones ope-
5) Las unidades desconcentradas, son ins-              rativas, técnicas y administrativas del Ór-
   tancias con autonomía de gestión admi-              gano Ejecutivo Municipal;
   nistrativa, legal y técnica, constituidas para
   la prestación de servicios municipales,          3) Coordinar cuando corresponda, la ejecu-
   ejecución de obras y cumplimiento de                ción de sus atribuciones con autoridades,
   competencias municipales en el territorio           instituciones, organizaciones del control
   urbano y rural del municipio.                       social y otras instancias y representacio-
                                                       nes de la sociedad civil;
6) Las unidades descentralizadas, son instan-
   cias de derecho público con personería           4) Ejercer sus atribuciones de forma eficien-
   jurídica propia, autonomía de gestión y pa-         te y eficaz en la prestación de los servicios
   trimonio propio, que operan, administran,           y la ejecución de obras municipales;
   prestan servicios o ejecutan obras muni-         5) Coordinar y participar en la formulación
   cipales en el territorio urbano y rural del         de la programación operativa y el presu-
   Municipio de Nuestra Señora de La Paz.              puesto en consulta con las instancias de
II. La Ley Municipal de organización del Ór-           participación y control social, en el marco
gano Ejecutivo Municipal, regulará el funcio-          del proceso de planificación participativa
namiento, organización y marco competen-               municipal.
cial de cada una de las instancias que forma        III. Son atribuciones de las Delegaciones Mu-
parte de la estructura municipal señalada           nicipales:
precedentemente.
                                                    1)	Cumplir y hacer cumplir la Carta Orgá-
Artículo 45.                                           nica, la normativa municipal, el sistema de
(ATRIBUCIONES)                                         planificación integral municipal, las políti-
I. Son atribuciones del Gabinete Municipal:            cas públicas municipales y todos los ins-
                                                       trumentos de gestión y administración
1) Cumplir y hacer cumplir la Carta Orgá-              municipal.
   nica, la normativa municipal, el sistema de
   planificación integral municipal, las políti-    2) Ejercer las atribuciones y funciones ope-
   cas públicas municipales y los instrumen-           rativas y administrativas del Órgano Eje-
   tos de gestión y administración municipal;          cutivo Municipal delegadas por la Alcalde-
                                                       sa o Alcalde Municipal.
2) Expedir los actos y reglamentos que sean
   necesarios para ejercer las competencias         3) Coordinar y participar en la formulación
   exclusivas, compartidas y concurrentes              de la programación operativa y el presu-
   del Gobierno Autónomo Municipal de La               puesto de la delegación municipal.
   Paz;                                             IV. Son atribuciones de las Subalcaldías en el
3) Analizar, aprobar y evaluar los planes, po-      ámbito de la gestión territorial desconcen-
   líticas, estrategias, programas y proyectos      trada:
   municipales.                                     1) Cumplir y hacer cumplir la Carta Orgá-
II. Son atribuciones de las Secretarías Muni-          nica, la normativa municipal, el sistema de
cipales en el ámbito de acción que les co-             planificación integral municipal, las políti-
rresponda:                                             cas públicas municipales y los instrumen-
                                                       tos de gestión y administración municipal




                                                                                                        25

                           Comisión Especial Carta Orgánica
PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ




           2) Representar al Órgano Ejecutivo Munici-         categorías emergentes con posterioridad a
              pal en el ámbito territorial del ejercicio de   la aprobación de la presente Carta Orgánica
              sus atribuciones.                               Municipal.
           3) Ejercer las atribuciones y funciones opera-     III. La Ley Municipal de la Función Pública
              tivas, administrativas y técnicas en repre-     Municipal, regulará el régimen de los ser-
              sentación del Órgano Ejecutivo Municipal.       vidores y servidoras públicas, categorías y
                                                              clasificación de los cargos, la carrera admi-
           4) Coordinar la ejecución de sus atribucio-        nistrativa municipal, derechos y obligaciones,
              nes con autoridades, instituciones, organi-     el régimen de sanciones y el conjunto de
              zaciones del control social y otras instan-     disposiciones relacionadas con el desempe-
              cias y representaciones de la sociedad civil    ño de funciones en el Gobierno Autónomo
              del Macrodistrito.                              Municipal de La Paz.
           5) Supervisar la eficiente y eficaz prestación     IV. El ejercicio de funciones de los servido-
              de los servicios y la ejecución de obras        res y servidoras públicas y la normativa mu-
              municipales.                                    nicipal aplicable, deberá estar en concordan-
           6) Coordinar el relacionamiento con las ins-       cia y ser compatible con las competencias
              tancias de participación y control social.      autonómicas y las disposiciones legales na-
                                                              cionales que regulan el ejercicio de la función
           7) Coordinar y participar en la formulación        pública.
              de la programación operativa y el presu-
              puesto de su ámbito territorial, en con-
              sulta con las instancias de participación y
              control social, en el marco del proceso de
              planificación participativa municipal.
           8) Coordinar con las entidades públicas y
              privadas del Macrodistrito.
           V. El número, la organización y gestión ad-
           ministrativa, atribuciones y funciones de las
           instancias que integran la estructura del Ór-
           gano Ejecutivo Municipal, así como su funcio-
           namiento serán regulados por Ley Municipal.
           Artículo 46.
           (SERVIDORAS Y SERVIDORES
           PÚBLICOS)
           I. Servidora o Servidor público, es aquella
           persona individual que independientemente
           de su jerarquía, calidad, fuente de remunera-
           ción, presta servicios en relación de depen-
           dencia con el Gobierno Autónomo Munici-
           pal de La Paz.
           II. Los servidores públicos del Gobierno
           Autónomo Municipal de La Paz, están com-
           prendidos en las categorías de servidores
           públicos electos, designados o de libre nom-
           bramiento, de carrera administrativa muni-
           cipal, eventuales, temporales o a plazo fijo,
           sujetos a la Ley General del Trabajo y otras




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                                        Comisión Especial Carta Orgánica
Carta Orgánica La Paz
Carta Orgánica La Paz
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Carta Orgánica La Paz

  • 1. Municipio de Nuestra Señora de La Paz Gobierno Autónomo Municipal de La Paz Honorable Concejo Municipal Proyecto Carta Orgánica del Municipio de Nuestra Señora de La Paz
  • 2. ÓRGANO LEGISLATIVO MUNICIPAL DE LA PAZ c. Omar Oscar Rocha Rojo Presidente c. Guillermo Martin Mendoza Avilés Vice Presidente c. Gabriela Teresa Niño de Guzmán Secretaría c. Lucio Freddy Miranda Avendaño Presidente Comisión Desarrollo Económico Financiero c.Felipe Jorge Silva Trujillo Secretario Comisión Desarrollo Económico Financiero c. Silvia Elena Tamayo Salvatierra Presidenta Comisión de Desarrollo Humano y Culturas c. Blanca Exaltación Solíz Laura Secretaría Comisión de Desarrollo Humano y Culturas c. Esteban Yana Charcas Presidente Comisión de Gestión Institucional y Administrativa c.Virginia Maria Pinedo Secretaría Comisión de Gestión Institucional y Administrativa c. Carlos Alberto Ramírez Alípaz Presidente Comisión de Planificación y Gestión Territorial c. Denisse Ostermann Stumpf Secretaría Comisión de Planificación y Gestión Territorial Proyecto de Carta Orgánica del Municipio de Nuestra Señora de La Paz Editora Sandra Zapata Cornejo Co-Edición Maria Luisa Uriona Diseño y diagramación Humberto A. Patty Colaboración Daniela Maldonado Rodriguez Producción Dirección de Comunicación Concejo Municipal de La Paz La Paz, Bolivia
  • 3. Municipio de Nuestra Señora de La Paz Gobierno Autónomo Municipal de La Paz Honorable Concejo Municipal PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ Comisión Especial Carta Orgánica c. Omar Oscar Rocha Rojo Presidente c. Silvia Elena Tamayo Salvatierra Secretaria c. Jorge Felipe Silva Trujillo Secretario c. Guillermo Martin Mendoza Avilés Secretario c. Esteban Yana Charcas Secretario La Paz 28 de mayo de 2012 1 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 4. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ 2 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 5. PRESENTACIÓN Presentación El artículo Nº 275 de la Constitución Política del Estado, dispone como atribución del Concejo Municipal, elaborar de manera participativa el proyecto de Carta Orgánica, aprobar por dos ter- cios del total de sus miembros y someter al control de constitucionalidad antes de proceder al referéndum municipal aprobatorio. En cumplimiento del mandato constitucional antes referido, el Concejo Municipal de La Paz apro- bó por unanimidad la Resolución Municipal Nº 046 de 25 de noviembre de 2010 cuyo objeto fue la conformación de la Comisión Especial de Formulación del Proyecto de Carta Orgánica Municipal, integrada por el suscrito en su condición de Presidente (UN), y como Secretarios los Concejales Jorge Felipe Silva Trujillo (MAS), Silvia Elena Tamayo Salvatierra (MSM), Guillermo Mendoza Avilés (MAS) y Esteban Yana Charcas(MSM), además de establecerse un conjunto de tareas técnicas y operativas definidas en la hoja de ruta del proceso y la definición de metas, re- sultados y objetivos propuestos para la construcción participativa de este instrumento municipal. El marco jurídico, constitucional y conceptual del documento se sustento en las definiciones señaladas en la Constitución Política del Estado, cuyo artículo Nº 275 señala que la Carta Orgá- nica Municipal “…entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”, además de la disposición contenida en el artículo Nº 60 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización que determina la naturaleza jurídica de la Carta Orgánica Municipal como “…la norma institucional básica de las entidades territoriales autónomas, de naturaleza rígida, cumplimiento estricto y contenido pactado, recono- cida y amparada por la Constitución Política del Estado como parte integrante del ordenamiento jurídico, que expresa la voluntad de sus habitantes, define sus derechos y deberes, establece las instituciones políticas de las entidades territoriales autónomas, sus competencias, la financiación de éstas, los procedimientos a través de los cuales los órganos de la autonomía desarrollarán sus actividades y las relaciones con el Estado”. El proyecto de Carta Orgánica Municipal de La Paz, es resultado de combinar las importantes conclusiones de la Asamblea Paceña del año 2009, cuyo documento referencial ha sido la base para el trabajo de la Comisión y los consensos, acuerdos y visiones alcanzados por las tres fuerzas políticas que integran la Comisión Especial, las que fueron sincronizadas y compatibilizadas de forma efectiva, permitiendo en consecuencia concluir con un documento que exprese verdade- ramente, las aspiraciones y objetivos comunes de todos los paceños y paceñas y sus instituciones políticas representadas en el Órgano Legislativo Municipal. Respecto al contenido del proyecto, debemos señalar que la visión municipal paceña esta expre- sada en 125 artículos organizados en seis títulos que comprenden: Titulo primero: Del Municipio de Nuestra Señora de La Paz; Titulo segundo: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz; Titulo tercero: Desarrollo Competencial; Titulo cuarto: Hacienda Municipal, Patrimonio y Bienes Muni- cipales; Título quinto: Participación Ciudadana y Control Social; 3 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 6. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ Título sexto: Jerarquía Normativa y Reforma de la Carta Orgánica Municipal. Forman parte tam- bién de su contenido una clausula transitoria y dos clausulas finales. En relación al cumplimiento de los requisitos mínimos de orden legal y constitucional, el proyecto de Carta Orgánica Municipal de La Paz cumple de manera estricta las exigencias previstas en el parágrafo primero del artículo Nº 62 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, cuyo mandato implica la obligación de regular en la normativa municipal que nos ocupa, todos los con- tenidos mínimos definidos e identificados por la misma, como se podrá verificar en el cuadro de validación de requisitos que forma parte de la presente publicación. Habiendo concluido el trabajo de la Comisión Especial con la aprobación del proyecto de Carta Orgánica, queda su tratamiento y aprobación por dos tercios del Pleno del Concejo Municipal, previa efectivización de la consulta ciudadana como señala la Resolución Municipal Nº 046/2010 en una nueva Asamblea del Municipio de La Paz convocada por nuestro Alcalde Municipal. Nuestro reconocimiento, agradecimiento y especial felicitación a los miembros de la Comisión por su incuestionable compromiso con los intereses y aspiraciones de La Paz, su alta y probada vocación democrática y sobretodo su espíritu de concertación, que posibilito anteponer cual- quier diferencia política y contribuir a la construcción de nuestro Municipio. Finalmente, nos permitimos agradecer a todos los paceños y paceñas, instituciones participantes en el proceso de construcción de la Carta Orgánica Municipal, al Alcalde Municipal de La Paz Dr. Luis Antonio Revilla Herrero, a todos los Concejales y Concejalas, equipo consultor y a Visión Mundial por el apoyo brindado en el trabajo de la Comisión Especial que tiene a bien presentar el proyecto de Carta Orgánica Municipal de La Paz. La Paz, junio de 2012 Dr. Omar Oscar Rocha Rojo PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ESPECIAL 4 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 7. COMISIÓN ESPECIAL DE ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL RESOLUCIÓN MUNICIPAL 046/2010 c. Omar Oscar Rocha Rojo(UN) PRESIDENTE c. Silvia Tamayo Salvatierra (MSM) c. Jorge Silva Trujillo (MAS) SECRETARIA SECRETARIO c. Guillermo Mendoza Avilés (MAS) c. Esteban Yana Charcas (MSM) SECRETARIO SECRETARIO 5 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 8. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ EQUIPO DE CONSULTORES Consultores de Sistematización y Revisión Jose Luis Bedregal Vargas Ernesto Rude Carlos Rocabado Javier Zarate Consultores Especialistas Iván Arias Régimen de Participación, control social, transparencia y ética municipal Luis García Régimen de Conservación del Medio Ambiente y Recursos Naturales y Gestión Integral de Riesgos Bernardo del Castillo Órganos del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz Gregorio Mamani Quispe Régimen de Culturas e Interculturalidad en el Municipio de La Paz Julio Linares Régimen Patrimonial, Fiscal y Financiero David Barrientos Régimen de Planificación Estratégica, Urbano Rural, Integral, Programación Operativa y Desarrollo Territorial José Enrique Pinedo Disposiciones Generales, Jurisdicción Territorial, relaciones Intergubernamentales y de cooperación del GAMLP y Disposiciones Finales Jorge Omar Mostajo Barrios Régimen de Desarrollo Humano Integral y Régimen de Igualdad, Equidad Social y Género María del Carmen Medina Régimen Electoral e Institutos de Democracia Participativa Williams Bascope Régimen de Promoción Económica y Desarrollo Productivo Dionicio Velasco Rentería Régimen de Servicios Públicos 6 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 9. “No hemos fundado la ciudad con el objetivo de que una clase de ciudadanos sea particularmente dichosa, sino con miras a que toda la ciudad sea la más feliz posible... porque no queremos la dicha de algunos, sino de todos” Platón La República 7 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 10. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ TÍTULO PRIMERO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ CAPÍTULO PRIMERO II. Es de aplicación y cumplimiento obligato- DISPOSICIONES GENERALES rio en el funcionamiento y relacionamiento de la Entidad Territorial Autónoma que go- Artículo 1. bierna al Municipio de Nuestra Señora de La (DENOMINACIÓN) Paz. La unidad territorial que se denomina oficial- Artículo 5. mente Municipio de Nuestra Señora de La (SÍMBOLOS E IDIOMAS) Paz, forma parte del Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, I. Son símbolos del Municipio de Nuestra Se- independiente, soberano, democrático, inter- ñora de La Paz: el Escudo de La Paz, la Bande- cultural, descentralizado y con autonomías, ra Rojo Punzó y Verde Esmeralda, el Himno contribuye al cumplimiento de sus fines y a La Paz, la Tea Encendida de la Libertad, el promueve la participación de la comunidad Illimani, el Choqueyapu, la Kantuta Roja, la en la búsqueda del bien común. Proclama de la Junta Tuitiva, la Chola Paceña y las Apachetas. Artículo 2. (IDENTIDAD) II. El castellano y el aymará son los idiomas oficiales del Municipio de Nuestra Señora de El Municipio de Nuestra Señora de La Paz, es La Paz. la Sede de Gobierno de Bolivia, crisol de la nacionalidad y la libertad, líder del desarrollo Artículo 6. del país con visión y vocación metropolita- (UBICACIÓN) na, plural y diverso, democrático, intercultu- El Municipio de Nuestra Señora de La Paz, ral, inclusivo, equitativo, solidario, integrador, está ubicado en el Departamento de La Paz y transparente y participativo. limita con los municipios de Guanay y Cara- Artículo 3. navi al norte, con los municipios de Coroico (MARCO CONSTITUCIONAL) y Yanachachi al este, con los municipios de Palca, Mecapaca y Achocalla al sur y con los La presente Carta Orgánica Municipal, es la municipios de Pucarani y El Alto al oeste. norma de mayor jerarquía del ordenamien- to jurídico y administrativo del Municipio de Nuestra Señora de La Paz, se sujeta a la CAPÍTULO SEGUNDO Constitución Política del Estado y a las Leyes VALORES, PRINCIPIOS del Estado Plurinacional en el marco de la Y DEFINICIONES jerarquía constitucional de las normas. Artículo 7. Artículo 4. (VALORES) (ÁMBITO DE APLICACIÓN) Constituyen valores del Municipio de Nues- I. La Carta Orgánica del Municipio de Nues- tra Señora de La Paz, la unidad, igualdad, tra Señora de La Paz, es de cumplimiento inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, re- obligatorio por todas las personas, bolivianas ciprocidad, respeto, complementariedad, ar- o extranjeras, naturales o jurídicas, que viven monía, transparencia, equilibrio, igualdad de o se encuentran en la jurisdicción territorial oportunidades, equidad social, de género y del Municipio de Nuestra Señora de La Paz. generacional en la participación, bienestar 8 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 11. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES común, responsabilidad, justicia social, segu- 5) Cultura Ciudadana. Es el ejercicio libre, ridad jurídica, calidad de vida, convivencia responsable y respetuoso de los dere- pacifica y respeto al medio ambiente y la na- chos fundamentales, individuales y colec- turaleza. tivos que otorgan calidad y promueven la convivencia social en el Municipio de ARTÍCULO 8. Nuestra Señora de La Paz, así como el (PRINCIPIOS) uso y preservación del espacio, patrimo- La presente Carta Orgánica del Municipio de nio y servicios básicos para el desarrollo Nuestra Señora de La Paz se sustenta en los humano y el bien común. siguientes principios: 6) Interculturalidad. Es el proceso social 1) Autonomía. Que implica la libre deter- público y privado en el que se desarrolla minación de su población, la elección di- el intercambio personal y/o colectivo de recta de las concejalas, los concejales y compartir, dar, intercambiar y respetar la Alcaldesa o Alcalde Municipal por las principios, valores, creencias, actividades ciudadanas y los ciudadanos, la adminis- y prácticas humanas de cualquier natura- tración de sus recursos económicos, el leza u origen, sean estas religiosas, ideo- ejercicio sin injerencia de otro nivel del lógicas, económicas, políticas y sociales, Estado de las facultades legislativa, regla- en el marco de la ley, sin discriminación y mentaria, fiscalizadora, ejecutiva y técni- con acceso irrestricto ca por sus órganos de Gobierno en el 7) Equidad de género. Es la concepción so- ámbito de su jurisdicción, competencias cial por el que mujeres y hombres ejer- y atribuciones en el marco de una efecti- cen los mismos derechos y cumplen los va participación ciudadana y control so- mismos deberes en todos ámbitos y ac- cial. tividades sociales, económicas y políticas, 2) Desarrollo Humano Sostenible. Es la con- públicas y privadas, en base al reconoci- cepción política, filosófica e institucional miento de las diferencias y la participa- por la cual las personas constituyen el ción paritaria en la construcción social centro y fin supremo de las acciones del municipal. Gobierno Autónomo Municipal de La 8) Integralidad territorial. Es la definición Paz, a efecto de mejorar y dignificar las irrenunciable de mantener, preservar, condiciones de vida, el ejercicio pleno de fortalecer y defender la unidad e integri- los derechos y el cumplimiento estricto dad territorial del Municipio de Nuestra de sus deberes. Señora de La Paz que forma parte de la 3) Construcción colectiva y pertenencia al organización territorial de Bolivia y del Municipio. Es la decisión de todas las per- Departamento de La Paz. sonas de participar en la construcción 9) Participación ciudadana y control social. del Municipio de Nuestra Señora de La Es la responsabilidad individual y colecti- Paz, como espacio de convivencia pacífi- va de participar activamente en la formu- ca y respeto de lo común, desarrollando lación y ejecución de políticas públicas un profundo espíritu de pertenencia e municipales a través de los mecanismos identidad. habilitados por esta Carta Orgánica y 4) Inclusión plena. Es la decisión plena y ejercer corresponsablemente el control firme de erradicar definitivamente cual- social sobre la calidad y eficiencia de la quier tipo y/o forma de discriminación, gestión pública municipal y de los servi- exclusión, restricción de derechos y des- cios públicos y privados prestados en el equilibrio e inequidad en la generación y Municipio de Nuestra Señora de La Paz. acceso a oportunidades. 9 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 12. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ 10) Responsabilidad Social. Es la decisión 5) Derecho a una ciudad segura; individual y colectiva de asumir la res- 6) Derecho a habitar en suelos estables y sin ponsabilidad por las acciones propias riegos naturales. ejecutadas en todos los ámbitos de la actividad colectiva, pública o privada. III. Se reconoce todo derecho emergente con posterioridad a la aprobación de la pre- 11) Ética e integridad. Por el cual las per- sente Carta Orgánica Municipal, no contem- sonas e instituciones del Municipio de plado en la Constitución Política del Estado. Nuestra Señora de La Paz enmarcan sus Su ejercicio efectivo será regulado por Ley acciones y responsabilidades en el respe- Municipal específica. to pleno de las normas y estado de dere- cho, anteponiendo el interés colectivo al Artículo 10. individual. (DEBERES) 12) Sostenibilidad o sustentabilidad. Es la ca- I. Son deberes de las personas del Municipio pacidad de satisfacer las necesidades de de Nuestra Señora de La Paz: las generaciones presentes sin compro- meter las posibilidades de las del futuro 1) Cumplir y respetar la Constitución Políti- para atender sus propias necesidades. ca del Estado, las leyes y la normativa na- cional, la Carta Orgánica del Municipio de 13) Respeto a la legalidad. Es la decisión in- Nuestra Señora de La Paz y la legislación dividual y colectiva de conocer, cumplir y municipal vigente. hacer cumplir la Constitución Política del Estado, la Carta Orgánica del Municipio 2) Respetar los derechos individuales y co- de Nuestra Señora de La Paz, las leyes y lectivos de las personas en el marco de la la legislación municipal vigente. convivencia armónica. 3) Cumplir y respetar las normas, usos y costumbres que el Municipio de Nuestra CAPÍTULO TERCERO Señora de La Paz va construyendo y gene- DERECHOS Y DEBERES rando en el marco de su dinámica evolutiva. Artículo 9. 4) Proteger y conservar los bienes públicos, (DERECHOS) patrimoniales, históricos, naturales, cultu- rales y todos aquellos de dominio público I. El Municipio de Nuestra Señora de La Paz y uso irrestricto por la comunidad. reconoce, cumple, hace cumplir y promueve el ejercicio efectivo y pleno de los derechos 5) Hacer un uso sustentable de los recursos consagrados en la Constitución Política del naturales y las fuentes de energía. Estado. II. En ningún caso, se puede alegar desco- II. Los derechos proclamados en la presen- nocimiento de los deberes expresados en te Carta Orgánica Municipal no suponen la la presente Carta Orgánica Municipal para negación de los no enunciados, siendo de- justificar la vulneración y/o eludir su cumpli- rechos del Municipio de Nuestra Señora de miento. La Paz, el: III. Se reconoce los deberes que el ordena- 1) Derecho al espacio público; miento jurídico y constitucional del país, así como la presente Carta Orgánica, la legisla- 2) Derecho a la movilidad y la accesibilidad; ción municipal lo dispongan. 3) Derecho a la participación ciudadana y control social; 4) Derecho a la paz y tranquilidad; 10 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 13. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO CUARTO igualdad de oportunidades, respetando su DE LA ENTIDAD TERRITORIAL diversidad. AUTÓNOMA 7) Promover la participación ciudadana de- ARTÍCULO 11. fendiendo en el ámbito de su competen- (GOBIERNO AUTÓNOMO cia, el ejercicio y práctica de los derechos MUNICIPAL DE LA PAZ) fundamentales de las personas estantes y habitantes del Municipio. El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, es la Entidad Territorial Autónoma de dere- Artículo 13. cho público, con personalidad jurídica y pa- (COMPETENCIAS) trimonio propio que gobierna, administra y representa institucionalmente al Municipio I. Son competencias exclusivas del Gobierno de Nuestra Señora de La Paz, esta subordi- Autónomo Municipal de La Paz de conformi- nado a la Constitución Política del Estado y dad con la Constitución Política del Estado: tiene igual rango constitucional en relación 1) Elaborar su Carta Orgánica Municipal de al resto de las entidades territoriales autó- acuerdo a los procedimientos estableci- nomas del país. dos en la Constitución, la presente Carta Artículo 12. (FINES) Orgánica y la Ley. El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, 2) Planificar y promover el desarrollo hu- tiene los siguientes fines: mano en su jurisdicción. 1) Promover la transformación cualitativa y 3) Proponer la iniciativa y convocatoria de permanente de la calidad de vida de la po- consultas y referendos municipales en blación. las materias de su competencia. 2) Contribuir a la satisfacción de las nece- 4) Promover el empleo y la mejora de las sidades colectivas y garantizar la inte- condiciones laborales en el marco de las gración y participación de los ciudadanos políticas nacionales. en la planificación y el desarrollo humano 5) Preservar, conservar y contribuir a la sostenible del Municipio. protección del medio ambiente y recur- 3) Promover y dinamizar el desarrollo hu- sos naturales, fauna silvestre y animales mano sostenible, equitativo y participativo domésticos. del Municipio, a través de la formulación y 6) Elaborar de Planes de Ordenamiento Te- ejecución de políticas, planes, programas rritorial y de uso de suelos, en coordina- y proyectos concordantes con la planifi- ción con los planes del nivel central del cación del desarrollo departamental y na- Estado, departamental e indígena. cional. 7) Planificar, diseñar, construir, conservar y 4) Preservar y conservar, en lo que le co- administrar caminos vecinales en coor- rresponda, el medio ambiente y los eco- dinación con los pueblos indígenas origi- sistemas del Municipio, contribuyendo a narios campesinos cuando corresponda. la ocupación racional del territorio y al aprovechamiento sostenible de los recur- 8) Construir, mantener y administrar los sos naturales. aeropuertos públicos locales. 5) Mantener, fomentar, defender y difundir 9) Establecer y administrar las estadísticas los valores culturales, históricos, morales municipales. y cívicos de la población del municipio. 10) Administrar el catastro urbano en el ám- 6) Favorecer la integración social de sus ha- bito de su jurisdicción en conformidad bitantes, bajo los principios de equidad e a los preceptos y parámetros técnicos 11 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 14. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ establecidos para los Gobiernos Munici- 23) Elaborar, aprobar y ejecutar sus progra- pales. mas de operaciones y su presupuesto. 11) Administrar las áreas protegidas muni- 24) Promover y constituir fondos fiduciarios, cipales en conformidad con los paráme- fondos de inversión y mecanismos de tros y condiciones establecidas para los transferencia de recursos necesarios e Gobiernos Autónomos Municipales. inherentes a los ámbitos de sus compe- tencias. 12) Proponer y promover proyectos de fuen- tes alternativas y renovables de energía 25) Gestionar centros de información y do- preservando la seguridad alimentaria de cumentación, archivos, bibliotecas, mu- alcance municipal. seos, hemerotecas y otros municipales. 13) Controlar la calidad y sanidad en la ela- 26) Constituir empresas públicas municipales. boración, transporte y venta de produc- tos alimenticios para el consumo huma- 27) Gestionar el aseo urbano, manejo y tra- no y animal. tamiento de residuos sólidos en el mar- co de la política del Estado. 14) Promover el deporte en el ámbito de su jurisdicción. 28) Diseñar, construir, equipar y mantener la infraestructura y obras de interés públi- 15) Promover y conservar el patrimonio na- co y bienes de dominio municipal, dentro tural municipal. de su jurisdicción territorial. 16) Promover y conservar la cultura, patri- 29) Gestionar el desarrollo urbano y asenta- monio cultural, histórico, artístico, mo- mientos humanos urbanos. numental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e in- 30) Gestionar el servicio de alumbrado pú- tangible municipal. blico de su jurisdicción. 17) Formular políticas de turismo local. 31) Promover la Cultura y actividades artísti- cas en el ámbito de su jurisdicción. 18) Gestionar el transporte urbano, registro de propiedad automotor, ordenamiento 32) Regular los espectáculos públicos y jue- y educación vial, administración y con- gos recreativos. trol del tránsito urbano. 33) Regular la publicidad y propaganda ur- 19) Crear y administrar impuestos de carác- bana. ter municipal, cuyos hechos imponibles 34) Promover y suscribir convenios de aso- no sean análogos a los impuestos nacio- ciación o mancomunidad municipal con nales o departamentales. otros municipios. 20) Crear y administrar tasas, patentes a la 35) Suscribir convenios y/o contratos con actividad económica y contribuciones personas naturales o colectivas, públicas especiales de carácter municipal. y privadas para el desarrollo y cumpli- 21) Promover proyectos de infraestructura miento de sus atribuciones, competen- productiva. cias y fines. 22) Expropiar inmuebles por razones de 36) Constituir y reglamentar el funciona- utilidad y necesidad pública municipal, miento de la Guardia Municipal para conforme al procedimiento establecido coadyuvar el cumplimiento, ejercicio y por Ley, así como establecer limitaciones ejecución de sus competencias así como administrativas y de servidumbre a la el cumplimiento de las normas y resolu- propiedad, por razones de orden técni- ciones municipales. co, jurídico y de interés público. 12 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 15. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES 37) Formular políticas que garanticen la de- V. El Gobierno Autónomo Municipal de la fensa de los consumidores y usuarios en Paz esta facultado a requerir del auxilio de el ámbito municipal. la fuerza pública para el cumplimiento de sus competencias exclusivas, compartidas y con- 38) Promover sistemas de micro riego en currentes. Las autoridades responsables de coordinación con los pueblos indígena las entidades competentes para este efecto, originario campesinos. no podrán negar su participación bajo res- 39) Promover y desarrollar proyectos y po- ponsabilidad por la función pública por los líticas para niñez y adolescencia, mujer, resultados y consecuencias del incumpli- adulto mayor y personas con discapaci- miento a las normas y/o decisiones munici- dad. pales. 40) Gestionar servicios básicos, así como Artículo 14. aprobación de las tasas que correspon- (LINEAMIENTOS BASICOS) dan a su jurisdicción. I. El Gobierno Autónomo Municipal de La 41) Regular la explotación de áridos y agre- Paz, asume como lineamientos básicos de gados, en coordinación con los pueblos cumplimiento obligatorio por las servidoras indígena originario campesinos, cuando y los servidores públicos municipales en el corresponda. ejercicio de sus funciones públicas, los si- guientes: 42) Planificar el desarrollo municipal en con- cordancia con la planificación departa- 1) Planificación. Las políticas, estrategias, mental y nacional. planes, programas, proyectos y accio-nes del Gobierno Autónomo Municipal de La 43) Participar en empresas de industrializa- Paz, deben estar insertas en el marco del ción, distribución y comercialización de proceso de planificación integral del Mu- Hidrocarburos en el territorio municipal nicipio de Nuestra Señora de La Paz. La en asociación con las entidades naciona- planificación municipal debe garantizar la les del sector. participación de la sociedad en cada una de sus etapas y sustentarse en los prin- 44) Ejercer todas las competencias de carác- cipios de corresponsabilidad, trasparencia ter exclusivo, transferidas o delegadas de y rendición de cuentas clara, completa y acuerdo con la Constitución Política del oportuna. Estado y la Ley. 2) Asignación equitativa de recursos, la pla- II. El Gobierno Autónomo Municipal de La nificación municipal que identifica, define Paz, ejercerá las competencias compartidas y prioriza las demandas y necesidades de y concurrentes de conformidad con lo esta- la población, es la base para la asignación blecido por la Constitución Política del Esta- equitativa de recursos e inversiones, prio- do y la legislación autonómica. rizando y anteponiendo el interés colecti- vo al individual. III. Los Órganos que conforman el Gobier- no Autónomo Municipal de La Paz, ejercerán 3) Equidad social, por el que se reconoce la las competencias exclusivas, compartidas y diferencia y el valor social equitativo de concurrentes, en el marco de sus facultades las personas tanto en lo individual como legislativas, reglamentarias y ejecutivas. en lo colectivo para alcanzar el pleno res- peto a sus derechos. IV. La transferencia, delegación o asignación de nuevas competencias al Gobierno Autó- 4) Equidad de género, comprende la atención nomo Municipal de La Paz, deberá prever los equitativa de las necesidades de hombres recursos suficientes y establecer el marco y mujeres con el fin de alcanzar justicia so- jurídico constitucional para su ejercicio. cial e igualdad de oportunidades, que ga- rantice el pleno ejercicio de sus derechos 13 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 16. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ en los ámbitos de la vida social, académica, III. El Municipio de Nuestra Señora de La Paz, económica, política, cultural y familiar. está organizado territorialmente en Macro- distritos, Distritos y Unidades Territoriales 5) Transversalidad de género, es el enfoque Básicas. para el logro de la integración de la pers- pectiva de género en las políticas, planes, Artículo 16. programas, proyectos y servicios de la ad- (JURISDICCIÓN MUNICIPAL ministración y la gestión municipal. TÉCNICO ADMINISTRATIVA) 6) Servicio público con calidad humana, im- I. El Gobierno Autónomo Municipal de La plica el ejercicio de la función pública y la Paz, en el ámbito de su jurisdicción técni- prestación de los servicios municipales en co administrativa, tiene la capacidad de co- pleno respeto a la dignidad y los derechos nocer y resolver controversias emergentes de las personas del Municipio. del ejercicio de sus facultades legislativas, reglamentarias, ejecutivas, administrativas y 7) Coordinación intrainstitucional, por la técnicas. cual las unidades organizacionales ejercen sus funciones en base a un permanente, II. Las decisiones y pronunciamientos emer- dinámico y proactivo proceso de coordi- gentes del ejercicio de la jurisdicción técnico nación con el resto de las unidades orga- administrativa, son de cumplimiento obli- nizacionales. gatorio y surten efectos jurídicos mientras no sean revocadas, anuladas o declaradas in- constitucionales. 8) Transparencia, que es la obligación de III. El Gobierno Autónomo Municipal de La otorgar publicidad a los actos de la admi- Paz, dispone del uso de la fuerza para hacer nistración municipal, facilitando el acceso cumplir sus decisiones y pronunciamientos irrestricto a la información en el marco de emergentes del ejercicio de la jurisdicción los principios de veracidad, responsabili- técnico administrativa. dad y oportunidad. IV. En el conocimiento de controversias en el II. Las políticas, estrategias, planes, programas ámbito de la jurisdicción técnico administra- y proyectos municipales en su formulación tiva municipal, se garantiza el ejercicio de los y ejecución, deberán contemplar de modo derechos constitucionales de las partes in- estricto los lineamientos básicos señalados tervinientes y el cumplimiento de los princi- precedentemente. pios de debido proceso, defensa, presunción Artículo 15. de legitimidad, presunción de inocencia y le- (ORGANIZACIÓN TERRITORIAL) galidad que le asisten a todo procedimiento administrativo. I. La organización territorial del Municipio de Nuestra Señora de La Paz, se sustenta en los V. Las decisiones y pronunciamiento del Go- principios de equidad, solidaridad, desarrollo, bierno Autónomo Municipal de La Paz, así sustentabilidad, unidad e integralidad del te- como las normas emergentes del ejercicio rritorio. de las facultades legislativas, reglamentarias y ejecutivas, pueden ser impugnadas mediante II. La organización territorial, tiene como fi- la interposición de los recursos administrati- nalidad el ejercicio de la gestión municipal vos respectivos y los previstos en el control desconcentrada, a objeto de procurar efi- constitucional. ciencia en el ejercicio de las competencias autonómicas, calidad en la prestación de los VI. La Ley Municipal de procedimientos ad- servicios municipales y profundización de la ministrativos, regulará el ejercicio de la juris- participación ciudadana y el control social en dicción técnico administrativa municipal. el desarrollo municipal. 14 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 17. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 17. como compatibilizará sus operaciones, es- (AGOTAMIENTO DE LA VÍA trategias y resultados con los sistemas na- ADMINISTRATIVA) cionales y departamentales de información estadística. I. La vía administrativa quedará agotada en los casos siguientes: Artículo 20. (TRANSPARENCIA MUNICIPAL) 1) Cuando se trate de resoluciones de los recursos administrativos. Se garantiza el libre acceso a la información municipal a través de medios tecnológicos 2) Tratándose de las normas municipales y convencionales, la rendición de cuentas emitidas por el Concejo Municipal en el pública y oportuna de conformidad con el ejercicio de su facultad legislativa. procedimiento establecido en la normativa II. Agotada la vía administrativa, el interesa- municipal correspondiente. do podrá acudir a la impugnación judicial, así Artículo 21. como impugnar mediante los recursos pre- (LUCHA CONTRA vistos en la Constitución Política del Estado LA CORRUPCIÓN) y las leyes aplicables. I. El Gobierno Autónomo Municipal de La Artículo 18. Paz, asume como política la lucha contra (SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN la corrupción, diseña y aplica instrumentos MUNICIPAL) para prevenir, investigar, procesar y sancionar La gestión del Gobierno Autónomo Munici- los actos de corrupción de las servidoras y pal de La Paz, se rige por un único Sistema servidores municipales en el ejercicio de sus de Administración Municipal que integra y funciones. relaciona todos los sistemas de información II. La participación de la comunidad es prio- sectorial y funcional de la entidad en el mar- ridad en la lucha contra la corrupción, a la co del Sistema de Planificación Integral para que se le garantiza reserva de su identidad el Desarrollo Municipal. por las denuncias contra servidoras o servi- Artículo 19. (ESTADÍSTICAS E INDI- dores públicos por la comisión de supuestos CADORES) actos de corrupción en el ejercicio de sus funciones. I. El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, organiza y opera un sistema de estadís- III. La lucha contra la corrupción municipal, se ticas e indicadores municipales que permite sustenta en los principios de responsabilidad, el monitoreo, evaluación y ajuste de los re- presunción de legitimidad e inocencia. Toda sultados e impactos generados a través de denuncia contra las servidoras y servidores la ejecución de las estrategias de corto, me- públicos municipales, deberá ser fundamen- diano y largo plazo definidas por el Sistema tada y debidamente sustentada en elementos de Planificación Integral para el Desarrollo de convicción probatorios sobre los hechos Municipal. referidos. II. El sistema de estadísticas e indicadores municipales, podrá utilizar las técnicas más adecuadas para la recopilación, procesamien- to y actualización de registros administrati- vos que coadyuven en la formulación y eva- luación de políticas públicas municipales. III. El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, establecerá mecanismos de coordina- ción con entidades públicas y privadas, así 15 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 18. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ TÍTULO SEGUNDO GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LA PAZ CAPÍTULO PRIMERO Artículo 25. (IMPEDIMENTOS) CONFORMACIÓN No podrá ejercer el cargo de Concejal y/o Artículo 22. Alcalde Municipal, quien tenga acusación (ORGANOS DE GOBIERNO) formal, sentencia condenatoria ejecutoriada a pena privativa de libertad, pliego de cargo El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, ejecutoriado, sentencia judicial ejecutoriada está constituido por un Concejo Municipal por responsabilidad civil contra el Estado o como Órgano Legislativo integrado por once estén comprendidos en los casos de incom- (11) miembros con facultad deliberativa, fis- patibilidad o prohibiciones establecidos por calizadora y legislativa municipal en el ámbito Ley. de sus competencias y un Órgano Ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde Muni- Artículo 26. cipal con facultad ejecutiva, administrativa, (INCOMPATIBILIDADES) técnica y reglamentaria. El ejercicio del cargo de Concejal y Alcal- Artículo 23. (ELECCION) de Municipal, es incompatible con cualquier otro cargo público, sea remunerado o no; su I. Las concejalas, los concejales y la Alcalde- aceptación supone renuncia tácita al cargo, sa o el Alcalde Municipal son elegidos por se exceptúa la docencia universitaria. sufragio universal por un periodo de cinco (5) años de conformidad con la normativa Artículo 27. electoral vigente y los principios constitucio- (PROHIBICIONES) nales democráticos de representación y par- ticipación. La Alcaldesa o el Alcalde Municipal I. Los concejales y Alcalde Municipal, no po- podrá ser reelecto de manera continua por drán anteponer sus intereses privados ante una sola vez. los intereses públicos del Gobierno Autóno- mo Municipal de La Paz. II. Para ser elegido Concejal y/o Alcalde Mu- nicipal, se requiere haber residido de forma II. Las Concejalas y los Concejales Municipa- permanente al menos los dos años inmedia- les, bajo pérdida del mandato previo proceso tamente anteriores a la elección en el Muni- y sanción penal, esta prohibidos de: cipio de Nuestra Señora de La Paz. 1) Intervenir en la decisión de asuntos mu- III. Para ser Alcaldesa o Alcalde Municipal se nicipales en los cuales tengan interés requiere haber cumplido veintiún (21) años personal o los tuvieran sus cónyuges, sus de edad. parientes hasta el cuarto grado de con- sanguinidad o segundo de afinidad. Artículo 24. (POSESION Y EJERCICIO 2) Celebrar contratos por sí o por terceros, DEL CARGO) sobre bienes, rentas y ejecución de obras, prestación de servicios o explotaciones Las Concejalas, los Concejales y la Alcaldesa municipales, concedidas, reguladas o su- o el Alcalde Municipal, tomarán posesión y pervisadas por el Gobierno Autónomo ejercerán el cargo de conformidad con las Municipal de La Paz. previsiones y cumpliendo los requisitos es- tablecidos en la normativa electoral vigente. 3) Ejercer funciones de administrador, arren- datario, concesionario o adjudicatario de bienes, obras, servicios públicos y explo- 16 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 19. TÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES taciones municipales, servir de interme- 5) Incapacidad física o mental declarada judi- diario, fiador, deudor y en cualquier otra cialmente. actividad financiera, comercial, industrial o de servicios en general, en la cual se en- 6) Incompatibilidad sobreviniente. cuentre relacionado el Gobierno Munici- 7) Sentencia condenatoria ejecutoriada a pal, sus bienes, servicios y obligaciones. pena privativa de libertad. 4) Usar indebidamente la información y las 8) Pliego de cargo ejecutoriado o sentencia influencias derivadas del cargo que ejerce judicial ejecutoriada por responsabi-lidad para obtener beneficios para sí, familiares civil contra el Estado y por las demás cau- o terceros en los asuntos o trámites que sales establecidas por Ley. se ventilen en el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz o que se deriven o II. Las concejalas, los concejales y la Alcalde- generen en éste. sa o el Alcalde que cesen en sus funciones por el cumplimiento de una de las causales III. Cuando los intereses del Gobierno Au- establecidas precedentemente serán reem- tónomo Municipal de La Paz, estuvieran en plazadas de conformidad con las previsiones contraposición con los del Alcalde su cónyu- señaladas en la presente Carta Orgánica Mu- ge o sus parientes hasta el cuarto grado de nicipal y la Ley Municipal respectiva. consanguinidad y segundo de afinidad, aquél no podrá bajo sanciones de ley, previo pro- Artículo 30. ceso interno, anteponer sus intereses priva- (REVOCATORIA DEL MANDATO) dos a los intereses públicos del municipio. I. Las concejalas, los concejales y la Alcalde- Artículo 28. sa o el Alcalde, podrán ser revocados de su (PRESUNCIÓN DE LEGITIMIDAD) mandato, de acuerdo con la ley. I. Las servidoras y servidores públicos del II. La revocatoria del mandato podrá solici- Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, tarse cuando haya transcurrido al menos la son responsables de los actos que adoptan mitad del periodo del mandato. La revoca- en ejercicio de sus competencias, atribucio- toria del mandato no podrá tener lugar du- nes y funciones públicas. rante el último año de la gestión en el cargo. II. Las actuaciones de los servidores públicos III. El referendo revocatorio procederá por municipales, se presumen legitimas por estar iniciativa ciudadana, a solicitud de al menos sometidas plenamente a la Ley, salvo expresa el quince por ciento de votantes del padrón declaración judicial en contrario. electoral del Municipio de Nuestra Señora de La Paz. Artículo 29. (CESACION DE FUNCIONES) IV. Producida la revocatoria de mandato, el afectado cesará inmediatamente en el cargo, I. Las concejalas, los concejales y la Alcaldesa proveyéndose su suplencia conforme a ley. o el Alcalde, cesan en sus funciones por el cumplimiento de una de las siguientes cau- V. La revocatoria procederá una sola vez en sales: cada mandato constitucional del cargo elec- to. 1) Fallecimiento. Artículo 31. 2) Cumplimiento de su mandato de cinco (5) (SUSPENSIÓN TEMPORAL años. Y DEFINITIVA) 3) Renuncia escrita y acreditada personal- I. Las concejalas, los concejales y la Alcaldesa mente. o el Alcalde Municipal, podrán ser suspen- didas temporalmente de sus cargos por las 4) Revocatoria de mandato. causales señaladas por ley. 17 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 20. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ II. El procedimiento de suspensión tempo- 1) Si la ausencia definitiva se produjese en ral será establecido por Ley Municipal, cuyo la primera mitad del mandato, se proce- cumplimiento es estricto y obligatorio. derá a un nuevo proceso eleccionario de acuerdo con la normativa electoral vigen- III. El procedimiento de suspensión temporal te. que no cumpla las condiciones de legalidad que establece la Ley, son ineficaces y nulos 2) Entre tanto se produzca el proceso elec- de pleno derecho. cionario, el Concejo Municipal elegirá al reemplazante que ejercerá el cargo de IV. La suspensión definitiva de las Concejalas, forma interina, debiendo ser obligatoria- Concejales y Alcaldesa y Alcalde Municipal, mente una Concejala o Concejal munici- procede a la sola comprobación del cumpli- pal perteneciente a la misma fuerza políti- miento de la causal prevista para este efecto. ca del titular. Artículo 32. III. Si la ausencia definitiva del Alcalde o Al- (AUSENCIA TEMPORAL) caldesa Municipal se produjese en la segun- I. En caso de ausencia temporal de las Con- da mitad del mandato, será sustituido por la cejalas y los Concejales, estos serán reempla- concejala o concejal municipal elegido por zados por su suplente de conformidad con el el Concejo Municipal de los miembros que Reglamento Interno del Concejo Municipal. correspondan a la misma fuerza política de la máxima autoridad ejecutiva. II. La Alcaldesa o el Alcalde Municipal, podrá ausentarse temporalmente de conformidad con las previsiones establecidas por Ley CAPÍTULO SEGUNDO Municipal, en este caso, el Concejo Munici- pal elegirá a su reemplazante que ejercerá ORGANO LEGISLATIVO MUNI- el cargo de forma interina mientras dure la CIPAL ausencia del titular. Artículo 34. III. En el caso de ausencia de la Alcaldesa o el (ORGANO LEGISLATIVO) Alcalde Municipal por suspensión temporal de conformidad con la Ley, el Concejo Muni- El Concejo Municipal es el órgano legislativo cipal elegirá al reemplazante, quien ejercerá y máxima autoridad del Gobierno Autóno- el cargo de forma interina. La Alcaldesa o el mo Municipal de La Paz, tiene facultad legis- Alcalde Municipal interino deberá pertene- lativa, deliberante y fiscalizadora en el ámbito cer obligatoriamente a la fuerza política de la de sus competencias y atribuciones. autoridad suspendida. Artículo 35. Artículo 33. (FACULTADES) (AUSENCIA DEFINITIVA) I. El Concejo Municipal de La Paz, ejerce to- I. En caso ausencia definitiva de las Conceja- das aquellas facultades reconocidas por la las y los Concejales Municipales por el cum- Constitución Política del Estado como Ór- plimiento de una de las causales estableci- gano Legislativo Municipal: das en la presente Carta Orgánica y la Ley, 1) Facultad Legislativa, que es la capacidad el Concejal o Concejala suplente asumirá la de legislar que tiene el Concejo Municipal titularidad y ejercerá el cargo por el resto de para el ejercicio de las competencias ex- la gestión municipal. clusivas, compartidas y concurrentes por II. En ausencia definitiva de la Alcaldesa o el el Gobierno Autónomo Municipal de La Alcalde Municipal, se procederá de confor- Paz. midad con las siguientes previsiones: 2) Facultad Deliberante, que es la capacidad de deliberar, analizar y decidir plural y de- 18 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 21. TÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES mocráticamente en el Pleno del Conce- 6) Aprobar dentro de los cuarenta (40) jo Municipal de La Paz, así como entablar días hábiles de su presentación por la diálogos constructivos con la sociedad or- Alcaldesa o Alcalde Municipal, el Plan de ganizada para la formulación de políticas Desarrollo Municipal y el Plan de Or- públicas, elaboración de leyes, ordenanzas denamiento Territorial. En caso que el y toma de decisiones en beneficio de la Concejo Municipal no se pronuncie en comunidad. el plazo señalado, el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Ordenamiento Te- 3) Facultad Fiscalizadora, que es la capacidad rritorial presentados se darán por apro- de fiscalización al Órgano Ejecutivo, me- bados. diante la verificación, evaluación y análisis del cumplimiento de los planes, progra- 7) Considerar y aprobar el Programa mas, proyectos y presupuesto municipal, Operativo, Presupuesto Municipal y sus así como el uso correcto de los recursos respectivas modificaciones y reformu- municipales en lo fines y objetivos pre- laciones dentro de los veinte (20) días vistos en la planificación participativa y el hábiles de su presentación por el Alcal- presupuesto municipal. de o Alcaldesa Municipal; si en el plazo establecido, el Concejo Municipal no se II. El Concejo Municipal de La Paz para el pronuncia, los instrumentos de gestión ejercicio eficiente y responsable de su fa- antes referidos quedan aprobados y se cultad legislativa, deliberante y fiscalizadora, ejecutan en las condiciones y alcance de podrá aprobar normas, procedimientos le- su presentación. gislativos e instrumentos técnicos de gestión. 8) Considerar, aprobar o rechazar den- Artículo 36. (ATRIBUCIONES) tro de los veinte (20) días hábiles de su Son atribuciones del Concejo Municipal de presentación por el Alcalde o Alcaldesa La Paz: Municipal la Estructura Organizacional del Órgano Ejecutivo Municipal, el Plan 1) Elaborar y aprobar el proyecto de Carta de Personal; transcurrido el plazo antes Orgánica Municipal y sus modificaciones señalado sin pronunciamiento, los instru- y remitir al Tribunal Constitucional Plu- mentos de gestión se darán por aproba- rinacional para el control constitucional dos. respectivo. 9) Aprobar o rechazar el informe de eje- 2) Organizar su directiva, establecer instan- cución del Programa de Operaciones cias de deliberación y dotarse de estruc- Anual y la ejecución presupuestaria co- turas administrativas. rrespondiente a cada gestión anual, pre- sentados por el Alcalde o Alcaldesa Mu- 3) Ejercer la facultad legislativa, mediante la nicipal dentro de los dos (2) primeros aprobación y sanción de Leyes Munici- meses de cada año. pales, Ordenanzas y otro tipo de instru- mentos normativos para el ejercicio de 10) Conocer y aprobar los Estados Finan- las competencias exclusivas, comparti- cieros y la memoria anual, dentro de los das y concurrentes. dos (2) primeros meses de la siguiente gestión. 4) Aprobar o rechazar por ley municipal la transferencia o delegación de competen- 11) Fiscalizar la administración del catastro cias de otra entidad territorial autóno- urbano municipal en el ámbito de su ju- ma. risdicción, de acuerdo con las normas catastrales y técnicotributarias emitidas 5) Aprobar o rechazar por ley municipal la por el Órgano Ejecutivo Municipal. transferencia o delegación de competen- cias a otra entidad territorial autónoma. 19 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 22. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ 12) Disponer por Ley Municipal, la creación 21) Designar al Alcalde o Alcaldesa interina y regulación de Impuestos, Tasas, Paten- en caso de ausencia temporal o definiti- tes y Contribuciones Especiales presen- va del titular. tadas por el Órgano Ejecutivo Municipal. 22) Designar al Tribunal de Imprenta de 13) Aprobar o rechazar convenios suscritos acuerdo a Ley. por el Alcalde Municipal con entidades, personas jurídicas y/o naturales, publicas 23) Tomar conocimiento de los informes y y/o privadas, nacionales y/o extranjeras dictámenes emitidos por la Contraloría sobre asuntos de interés del Gobierno General del Estado y pronunciarse de Autónomo Municipal de La Paz. acuerdo a Ley cuando así corresponda. 14) Aprobar y/o rechazar los contratos ad- 24) Aprobar la normativa municipal de ho- ministrativos emergentes de los proce- nores y distinciones, condecoraciones y sos de contratación de obras, bienes, premios por servicios a la comunidad. servicios y concesiones municipales sus- 25) Aprobar y sancionar la Ley Municipal critos por el Alcalde Municipal o la auto- para la enajenación de bienes de domi- ridad municipal delegada para el efecto nio público y de bienes de dominio ins- de acuerdo a reglamentación específica. titucional de conformidad con la Consti- 15) Autorizar al Órgano Ejecutivo Municipal, tución Política del Estados y la normativa la emisión de títulos valores y la nego- en vigencia. ciación y constitución de empréstitos, 26) Autorizar por dos tercios de votos de en un plazo máximo de quince (15) días los miembros del Concejo Municipal la hábiles de presentada la solicitad por el enajenación de bienes municipales con- Alcalde Municipal. forme a Ley Municipal. 16) Aprobar por Ley Municipal la organiza- 27) Aprobar y sancionar la Ley Municipal de ción territorial del Municipio de Nuestra constitución del Banco de Tierras y la Señora de La Paz. administración de la propiedad inmueble 17) Aprobar por Ley Municipal, la creación, municipal. constitución, fusión, transformación o 28) Aprobar la transferencia o entrega a otro disolución de empresas municipales y título de bienes a otras entidades públi- entidades descentralizadas. cas para el cumplimiento de competen- 18) Aprobar la participación del Gobierno cias municipales. Autónomo Municipal de La Paz, en man- 29) Recibir informe del Alcalde o Alcaldesa comunidades, asociaciones, hermana- Municipal sobre el desarrollo de la ges- mientos y organismos intermunicipales, tión, la ejecución y avance de planes, polí- públicos y privados, nacionales o interna- ticas, programas y proyectos municipales. cionales u otro tipo de actores privados para el cumplimiento de sus fines. 30) Fiscalizar las labores de la Alcaldesa o Alcalde Municipal y en su caso, disponer 19) Emitir normas municipales para el regis- su procesamiento interno en la Comi- tro de la personalidad jurídica de las or- sión de Ética por responsabilidad admi- ganizaciones de control social asentadas nistrativa; sancionarlo en caso de existir en la jurisdicción del municipio. responsabilidad ejecutiva y remitir obra- 20) Aprobar la nominación de calles, aveni- dos a la justicia ordinaria en los casos das, plazas, parques y establecimientos de responsabilidad civil o penal, constitu- de educación, salud y otros espacios yéndose en esa última situación en parte públicos de acuerdo a norma municipal querellante. específica. 20 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 23. TÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES 31) Fiscalizar, por iniciativa institucional o 4) Oficinas Macrodistritales del Concejo mediante requerimiento motivado de las Municipal, son las instancias desconcen- instancias de control social, a través del tradas que tienen por objeto garantizar el Alcalde o Alcaldesa Municipal, a las servi- rol representativo, participativo, dialogan- doras y servidores públicos municipales te y gestor del Concejo Municipal en el de todos los ámbitos de gestión admi- ámbito territorial del Municipio de Nues- nistrativa municipal centralizada, descon- tra Señora de La Paz. centrada y descentralizada. III. Para el ejercicio de sus facultades legisla- 32) Cumplir las demás atribuciones o res- tivas, deliberante y fiscalizadora, el Concejo ponsabilidades que le señalen las normas Municipal podrá organizar y dotarse de una vigentes. estructura administrativa integrada por Di- recciones y Unidades operativas de acuerdo Artículo 37. con los principios y parámetros de la admi- (ORGANIZACIÓN DEL CONCEJO) nistración pública. I. El Concejo Municipal de La Paz para el IV. El Reglamento Interno, establecerá la or- cumplimiento de sus facultades y atribucio- ganización y funcionamiento de la estructura nes, se organiza en una estructura orgánica y orgánica y administrativa del Concejo Muni- una estructura administrativa. cipal de La Paz. II. La estructura orgánica del Concejo Mu- Artículo 38. (SESIONES) nicipal esta conformada por las siguientes instancias: I. La sesión del Pleno del Concejo Munici- pal, es la máxima instancia de deliberación y 1) Pleno del Concejo Municipal; máxima debate de las Concejalas y Concejales para autoridad del Gobierno Autónomo Mu- la toma de decisiones en el marco de sus nicipal de La Paz, constituye el órgano facultades autonómicas, a efecto de regular legislativo, representativo, deliberante y el cumplimiento de las competencias exclusi- fiscalizador en el marco de sus atribucio- vas, compartidas y concurrentes del Gobier- nes y competencias autonómicas. no Autónomo Municipal de La Paz. 2) Directiva del Concejo Municipal; instancia II. Las sesiones del Pleno del Concejo Muni- de dirección, planificación, organización, cipal, son ordinarias o extraordinarias, debe- gestión y representación del Concejo rán convocarse obligatoriamente de manera Municipal; esta conformada por una Pre- pública y por escrito. sidencia, una Vicepresidencia y una Secre- taría, cuya composición expresa la repre- III. Las sesiones del Pleno del Concejo Mu- sentación de mayorías y minorías de las nicipal tienen carácter público, y serán re- fuerzas políticas elegidas y representadas servadas o secretas en los casos y de con- en el Órgano Legislativo Municipal. formidad con las previsiones y condiciones establecidas en el Reglamento Interno. 3) Comisiones del Concejo Municipal, son instancias técnicas y operativas, res- IV. Para su validez, las sesiones del Pleno del ponsables del análisis, revisión, elabora- Concejo Municipal deberán efectuarse obli- ción y aprobación de los proyectos de gatoriamente con el quórum respectivo, que instrumentos normativos y fiscalización se forma con la asistencia de la mitad más del Concejo Municipal; son también de uno del total de sus miembros. Son nulos de su conocimiento los asuntos municipales pleno derecho los actos y decisiones que no asignados según su competencia y espe- cumplan las condiciones señaladas preceden- cialidad. La reglamentación interna esta- temente. blecerá el número, naturaleza, especiali- dad, atribuciones y características de las V. Las Comisiones del Concejo Municipal, Comisiones. podrán deliberar y tratar los asuntos de su 21 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 24. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ competencia en sesiones ordinarias o ex- Artículo 41. traordinarias de conformidad con lo estable- (ALCALDESA O ALCALDE cido en el Reglamento Interno. MUNICIPAL) Artículo 39. La Alcaldesa o el Alcalde Municipal, es la (PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO) máxima autoridad ejecutiva y representante legal del Gobierno Autónomo Municipal de El Concejo Municipal de La Paz, mediante La Paz. Ley Municipal establecerá el procedimiento para el ejercicio de su facultad legislativa y Artículo 42. regulará la organización y desarrollo del or- (FACULTADES) denamiento jurídico y administrativo del Go- bierno Autónomo Municipal de La Paz. Son facultades de la Alcaldesa o Alcalde Mu- nicipal las siguientes: 1) Facultad ejecutiva, que es la capacidad CAPÍTULO TERCERO que tiene la Alcaldesa o el Alcalde Muni- cipal para organizar, planificar, programar ÓRGANO EJECUTIVO y ejecutar las competencias exclusivas, MUNICIPAL concurrentes y compartidas en la jurisdic- Artículo 40. ción del Municipio de Nuestra Señora de (ÓRGANO EJECUTIVO MUNICIPAL) La Paz en el marco de la planificación y la normativa municipal vigente. I. El Órgano Ejecutivo Municipal, es la instan- cia de ejecución técnica, económico finan- 2) Facultad reglamentaria, que es la capaci- ciera, administrativa de la gestión municipal, dad de reglamentar el cumplimiento de la presidida por la Alcaldesa o Alcalde como Leyes Municipales, así como desarrollar la máxima autoridad ejecutiva del Gobierno normativa necesaria para el ejercicio de Autónomo Municipal de La Paz. sus atribuciones y competencias. II. El Órgano Ejecutivo Municipal, esta inte- 3) Facultad administrativa, que es la capaci- grado por la Alcaldesa o el Alcalde Munici- dad de organizar y dirigir la administración pal como máxima autoridad y representante pública municipal para el cumplimiento de legal del Gobierno Autónomo Municipal de las competencias exclusivas, compartidas La Paz, el Gabinete Municipal, las Secretarias, y concurrentes y el logro de los fines y Delegaciones, Subalcaldías, las Unidades des- objetivos del Gobierno Autónomo Muni- concentradas y descentralizadas y otras enti- cipal de La Paz. dades públicas en las que tenga participación Artículo 43. el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (COMPETENCIAS) III. El Órgano Ejecutivo Municipal, podrá es- Son competencias de la Alcaldesa o el Alcal- tablecer en su estructura nuevas instancias, de Municipal, las siguientes: cambiar sus denominaciones y/o suprimir las existentes de acuerdo con la realidad mu- 1) Cumplir y hacer cumplir la presente nicipal y necesidad institucional a efecto de Carta Orgánica Municipal y toda la nor- responder de forma eficiente y eficaz con mativa municipal. sus competencias, atribuciones y responsa- bilidades. 2) Representar al Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. IV. La organización, estructura y funciona- miento del Órgano Ejecutivo Municipal será 3) Ejercer en el ámbito de sus competen- aprobada mediante Ley Municipal. cias, las facultades ejecutivas, reglamen- tarias y administrativas para el cumpli- miento de las competencias exclusivas, 22 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 25. TÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES compartidas y concurrentes del Gobier- 16) Suscribir contratos administrativos y/o no Autónomo Municipal de La Paz. delegar la competencia de suscripción a otros servidores públicos municipales 4) Promulgar las Leyes y Ordenanzas Muni- y remitir al Concejo Municipal para su cipales sancionadas por el Concejo Mu- conocimiento y respectivo pronuncia- nicipal. miento. 5) Reglamentar el cumplimiento de las Leyes 17) Suscribir convenios con entidades, per- Municipales, sancionadas por el Concejo sonas jurídicas y/o naturales, publicas y/o Municipal de conformidad con la norma- privadas, nacionales y/o extranjeras so- tiva municipal vigente. bre asuntos de interés del Gobierno Au- 6) Presentar a consideración del Concejo tónomo Municipal de La Paz y remitir al Municipal proyectos de Ley, Ordenanza Concejo Municipal para su conocimien- u otras normas municipales. to y respectivo pronunciamiento. 7) Emitir y dictar normas municipales en el 18) Presidir por si o mediante representante ámbito ejecutivo de acuerdo a lo dis- designado, los Consejos de Administra- puesto por Ley Municipal. ción o Directorios de las entidades des- centralizadas, empresas municipales u 8) Conducir las relaciones intergubernamen- otras en las que el Gobierno Autónomo tales e internacionales. Municipal de La Paz participe. 9) Organizar, designar, posesionar y dirigir el 19) Administrar el catastro urbano de con- Gabinete Municipal de conformidad con formidad con las normas técnicas y lega- la Ley Municipal de organización del Ór- les en vigencia. gano Ejecutivo Municipal. 20) Organizar la Guardia Municipal creada 10) Designar, posesionar y retirar a las au- por Ley Municipal, reglamentar su fun- toridades municipales designadas y de li- cionamiento y supervisar el cumplimien- bre nombramiento y al personal técnico to de sus atribuciones y evaluar la conse- administrativo, de acuerdo a normativa cución de sus fines y objetivos. vigente. 21) Solicitar el auxilio de la fuerza pública 11) Planificar, organizar, dirigir, supervisar y para hacer cumplir las normas y dispo- evaluar las labores del Órgano Ejecutivo siciones municipales, pudiendo iniciar las Municipal. acciones que corresponda ante los ór- ganos competentes en caso de negativa. 12) Establecer Delegaciones Municipales de acuerdo a las políticas estratégicas y 22) Formular y elevar ante el Concejo Mu- asuntos prioritarios relacionados con la nicipal para su consideración y aproba- gestión municipal. ción, los planes de desarrollo municipal y de ordenamiento territorial, elaborados 13) Designar, posesionar y remover a los con participación de la comunidad. Secretarios y Delegados Municipales de acuerdo a Ley Municipal. 23) Formular y elevar ante el Concejo Mu- nicipal, para su consideración y aproba- 14) Constituir y convocar a instancias con- ción, la programación operativa, el pre- sultivas y de participación ciudadana. supuesto municipal, sus reformulaciones y modificaciones. 15) Elaborar, aprobar y aplicar los reglamen- tos específicos para implantar e institu- 24) Formular y elevar ante el Concejo Muni- cionalizar los procesos de Administra- cipal para su consideración y aprobación ción y de Control Gubernamentales, en la estructura organizacional del Órgano el marco de las normas básicas respec- Ejecutivo Municipal, los manuales de or- tivas. ganización, funciones y procedimientos municipales. 23 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 26. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ 25) Remitir a consideración del Concejo 35) Responder las peticiones de informes es- Municipal los Estados Financieros audita- critos u orales que requiera el Concejo dos del Gobierno Autónomo Municipal Municipal en cumplimiento de su facul- de La Paz. tad fiscalizadora de conformidad con los plazos y modalidades que señala el Re- 26) Poner a disposición de la autoridad com- glamento Interno del Órgano Legislativo petente los estados financieros y la eje- Municipal. cución presupuestaria de la gestión ante- rior, debidamente suscritos y aprobados 36) Proponer al Concejo Municipal proyec- por el Concejo Municipal. tos de Ley Municipal para la creación, delimitación, fusión y/o supresión de uni- 27) Solicitar al Concejo Municipal la autori- dades territoriales que integran la orga- zación para la adquisición de emprésti- nización territorial del municipio. tos de acuerdo a normativa vigente. 37) Administrar el sistema de registro del 28) Aprobar los planos generales del Muni- derecho propietario de los vehículos cipio. registrados en la jurisdicción, legalmente 29) Elaborar y elevar ante el Concejo Muni- importados, ensamblados o fabricados cipal, para su consideración y aprobación, en el territorio nacional. el plan de uso de suelos y otros instru- 38) Cumplir con las demás atribuciones y mentos de planificación y ordenamiento funciones establecidas en la Constitu- territorial. ción Política del Estado, Carta Orgánica 30) Ejecutar los procesos de expropiación Municipal, leyes nacionales, leyes y nor- aprobados por el Concejo Municipal de mas municipales para el cumplimiento de conformidad con la Ley. los fines y objetivos del Gobierno Autó- nomo Municipal de La Paz. 31) Proponer al Concejo Municipal los pla- nos de zonificación y valuación zonal, ta- Artículo 44. blas de valores, según calidad de vía del (ESTRUCTURA) suelo y la delimitación de cada una de I. El Órgano Ejecutivo Municipal esta consti- las zonas detectadas por el proceso de tuido por el: zonificación de conformidad con la nor- mativa vigente. 1) Gabinete Municipal, instancia de análisis y toma decisiones para el cumplimiento de 32) Proponer al Concejo Municipal proyec- las competencias municipales. Esta con- tos de Ley Municipal para la creación y formado por las autoridades municipales regulación de impuestos, tasas, patentes de mayor jerarquía del Órgano Ejecutivo y contribuciones especiales. Municipal y es presidida por la Alcaldesa o 33) Proponer al Concejo Municipal proyec- Alcalde Municipal. tos de Ley Municipal para la constitución, 2) Las Secretarías Municipales, instancias así como la disolución de entidades des- responsables de ejecutar las políticas mu- centralizadas, empresas públicas o mix- nicipales de conformidad con sus compe- tas u otras para la prestación de servi- tencias y atribuciones asignadas en la or- cios, ejecución de obras o explotaciones ganización de la estructura municipal. municipales. 3) Las Delegaciones Municipales, son instan- 34) Presentar ante el Concejo Municipal y cias constituidas y organizadas para el cono- las instancias de participación social, la cimiento y ejecución de asuntos municipales memoria anual, informes sustentados de específicos, caracterizados por la especialidad la ejecución física y presupuestaria de la que revisten sus competencias, ejerciendo gestión municipal como acto de rendi- las funciones asignadas en representación ción pública de cuentas. de la Alcaldesa o el Alcalde Municipal. 24 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 27. TÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES 4) Las Subalcaldías, son las unidades organiza- 1) Cumplir y hacer cumplir la Carta Orgá- cionales desconcentradas para la gestión nica, la normativa municipal, el sistema de del territorio, responsables de la adminis- planificación integral municipal, las políti- tración de los macrodistritos que integran cas públicas municipales y los instrumen- la organización territorial del Municipio tos de gestión y administración municipal; de Nuestra Señora de La Paz. 2) Ejercer las atribuciones y funciones ope- 5) Las unidades desconcentradas, son ins- rativas, técnicas y administrativas del Ór- tancias con autonomía de gestión admi- gano Ejecutivo Municipal; nistrativa, legal y técnica, constituidas para la prestación de servicios municipales, 3) Coordinar cuando corresponda, la ejecu- ejecución de obras y cumplimiento de ción de sus atribuciones con autoridades, competencias municipales en el territorio instituciones, organizaciones del control urbano y rural del municipio. social y otras instancias y representacio- nes de la sociedad civil; 6) Las unidades descentralizadas, son instan- cias de derecho público con personería 4) Ejercer sus atribuciones de forma eficien- jurídica propia, autonomía de gestión y pa- te y eficaz en la prestación de los servicios trimonio propio, que operan, administran, y la ejecución de obras municipales; prestan servicios o ejecutan obras muni- 5) Coordinar y participar en la formulación cipales en el territorio urbano y rural del de la programación operativa y el presu- Municipio de Nuestra Señora de La Paz. puesto en consulta con las instancias de II. La Ley Municipal de organización del Ór- participación y control social, en el marco gano Ejecutivo Municipal, regulará el funcio- del proceso de planificación participativa namiento, organización y marco competen- municipal. cial de cada una de las instancias que forma III. Son atribuciones de las Delegaciones Mu- parte de la estructura municipal señalada nicipales: precedentemente. 1) Cumplir y hacer cumplir la Carta Orgá- Artículo 45. nica, la normativa municipal, el sistema de (ATRIBUCIONES) planificación integral municipal, las políti- I. Son atribuciones del Gabinete Municipal: cas públicas municipales y todos los ins- trumentos de gestión y administración 1) Cumplir y hacer cumplir la Carta Orgá- municipal. nica, la normativa municipal, el sistema de planificación integral municipal, las políti- 2) Ejercer las atribuciones y funciones ope- cas públicas municipales y los instrumen- rativas y administrativas del Órgano Eje- tos de gestión y administración municipal; cutivo Municipal delegadas por la Alcalde- sa o Alcalde Municipal. 2) Expedir los actos y reglamentos que sean necesarios para ejercer las competencias 3) Coordinar y participar en la formulación exclusivas, compartidas y concurrentes de la programación operativa y el presu- del Gobierno Autónomo Municipal de La puesto de la delegación municipal. Paz; IV. Son atribuciones de las Subalcaldías en el 3) Analizar, aprobar y evaluar los planes, po- ámbito de la gestión territorial desconcen- líticas, estrategias, programas y proyectos trada: municipales. 1) Cumplir y hacer cumplir la Carta Orgá- II. Son atribuciones de las Secretarías Muni- nica, la normativa municipal, el sistema de cipales en el ámbito de acción que les co- planificación integral municipal, las políti- rresponda: cas públicas municipales y los instrumen- tos de gestión y administración municipal 25 Comisión Especial Carta Orgánica
  • 28. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ 2) Representar al Órgano Ejecutivo Munici- categorías emergentes con posterioridad a pal en el ámbito territorial del ejercicio de la aprobación de la presente Carta Orgánica sus atribuciones. Municipal. 3) Ejercer las atribuciones y funciones opera- III. La Ley Municipal de la Función Pública tivas, administrativas y técnicas en repre- Municipal, regulará el régimen de los ser- sentación del Órgano Ejecutivo Municipal. vidores y servidoras públicas, categorías y clasificación de los cargos, la carrera admi- 4) Coordinar la ejecución de sus atribucio- nistrativa municipal, derechos y obligaciones, nes con autoridades, instituciones, organi- el régimen de sanciones y el conjunto de zaciones del control social y otras instan- disposiciones relacionadas con el desempe- cias y representaciones de la sociedad civil ño de funciones en el Gobierno Autónomo del Macrodistrito. Municipal de La Paz. 5) Supervisar la eficiente y eficaz prestación IV. El ejercicio de funciones de los servido- de los servicios y la ejecución de obras res y servidoras públicas y la normativa mu- municipales. nicipal aplicable, deberá estar en concordan- 6) Coordinar el relacionamiento con las ins- cia y ser compatible con las competencias tancias de participación y control social. autonómicas y las disposiciones legales na- cionales que regulan el ejercicio de la función 7) Coordinar y participar en la formulación pública. de la programación operativa y el presu- puesto de su ámbito territorial, en con- sulta con las instancias de participación y control social, en el marco del proceso de planificación participativa municipal. 8) Coordinar con las entidades públicas y privadas del Macrodistrito. V. El número, la organización y gestión ad- ministrativa, atribuciones y funciones de las instancias que integran la estructura del Ór- gano Ejecutivo Municipal, así como su funcio- namiento serán regulados por Ley Municipal. Artículo 46. (SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS) I. Servidora o Servidor público, es aquella persona individual que independientemente de su jerarquía, calidad, fuente de remunera- ción, presta servicios en relación de depen- dencia con el Gobierno Autónomo Munici- pal de La Paz. II. Los servidores públicos del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, están com- prendidos en las categorías de servidores públicos electos, designados o de libre nom- bramiento, de carrera administrativa muni- cipal, eventuales, temporales o a plazo fijo, sujetos a la Ley General del Trabajo y otras 26 Comisión Especial Carta Orgánica