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Propuesta de Ley Seguridad Social para
mujeres que realizan trabajo no remunerado
en el hogar
Movimiento Mujeres por la Vida
Quito, octubre 2010
ANTECEDENTES
 En el Ecuador somos 12´156.608 habitantes de los cuales el 50,5%
son mujeres (6´138.255) (Censo de Población 2001)
 El promedio del ingreso económico de los hogares con jefatura
femenina es significativamente menor al de los hombres. En el área
urbana la diferencia es del 65% y en la rural 8O%.
 “El 30% de la población ecuatoriana más empobrecida, está
descubierta de atención institucional. En su mayor parte acude a la
medicina tradicional o casera cuando tiene alguna dolencia.
 8 de cada 10 personas no tiene ningún tipo de seguro de salud
 ONUSIDA informa que una ama de casa tiene 5 veces mas
oportunidades de infectarse de VIH-SIDA que una trabajadora
sexual, el 75% de mujeres infectadas son amas de casa y el 5%
trabajadoras sexuales. Ministerio de Salud Pública del Ecuador, Programa Nacional del Sida. 2006
PROMEDIO DE TRABAJO DE LAS MUJERES
 Las mujeres trabajan
22 horas a la
semana más que los
hombres
 En el área rural las
mujeres trabajan 7
horas más que las
mujeres del área
urbana
CARGA GLOBAL DE TRABAJO Y ETNIA
 La mayor diferencia se
encuentra entre la
población indígena,
ellas trabajan 23 horas
más con respecto los
hombres.
 En la población
mestiza se observa un
aporte más igualitario
en la carga de trabajo.
CARGA GLOBAL DE TRABAJO, POR NIVEL DE INSTRUCCIÓN
Y ETNIA
 El mayor nivel de
instrucción formal es
directamente
proporcional a la
equidad en la carga
global de trabajo.
 La población con nivel
de instrucción nuestra
diferencias mas cortas
en el promedio de
entre 5 y 10 horas
según la etnia
ALGUNOS IMAGINARIOS, DISCURSOS Y PRACTICAS QUE LA
PROPUESTA BUSCA SUPERAR.
 DOBLE O TRIPLE CARGA LABORAL. La multiplicidad de roles que
han asumido las mujeres, las convierte en las principales
responsables de las tareas del hogar y el cuidado de sus
integrantes.
 “Las mujeres están naturalmente mejor dotadas para llevar adelante
el cuidado de los niños y niñas” y destinadas a proveer de cuidado
a las personas adultas mayores, con capacidades especiales.
 Exclusión y segregación de las mujeres jóvenes en el ámbito laboral.
“Contratos con firmas anticipadas de renuncia cuando se embaraza”.
 Mientras se avanza en la inserción de las mujeres al mercado
laboral formal - informal, no ha sucedido lo mismo con la inserción
de los hombres a las tareas de cuidado.
 “Se anula el tiempo de las mujeres” limitan las horas de descanso y
el tiempo de ocio personal, el derecho a la recreación, formación,
entre otros.
LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL ECUADOR
PROGRESIVAMENTE Y EN LOS ÚLTIMOS AÑOS SE HA PERMITIDO UNA AMPLIACIÓN
DE LA COBERTURA DE LA SEGURIDAD SOCIAL”. (SEGURO SOCIAL CAMPESINO)
 La SS fue concebida para quienes cuenten con un
trabajo formal o bajo la legislación de servicio público o
contratación pública.
 1928 - Protegiendo únicamente a los empleados
públicos
 1935 - la SS se extiende a empleados privados y
obreros
 Posteriormente se incorporó: a los artesanos,
profesionales autónomos, trabajadores de la iglesia,
escogedores de café, campesinos independientes, que
no tienen relación de dependencia con un patrono
 Prestaciones: invalidez, vejez, muerte.
LA SEGURIDAD SOCIAL
 En el Ecuador , están afiliados al Seguro General Obligatorio
aproximadamente 1,1 millón de afiliados activos, cuando la población
económicamente activa es cercana a los 6 millones.
 Actualmente la cobertura de la seguridad social cubre apenas un 16% de la
población; de ellos, sólo el 13.5% de la población femenina se encuentra
afiliada, frente al 17% de la población masculina (OIT: 2007).
 En el área urbana el 81.9% de mujeres no tienen acceso a la seguridad social;
frente al 76,8 de hombres. En el área rural, 79,5% de mujeres no tienen acceso
frente al 78,2% de hombres.
 El 45% de las mujeres cónyuges no tienen ingresos propios en comparación
con el 18.7% de los hombres: (ellas se dedican en su mayoría al comercio,
(trabajadoras por cuenta propia) (CONAMU – 2007)
 Un 19,5% de las mujeres de 65 años tienen pensiones de jubilación, en
comparación con el 34,6% de los hombres. Las diferencias en los montos de la
jubilación son significativas, las mujeres reciben el 84,1% de los ingresos de los
hombres. (Lara:45).
 Lo paradojal de esta situación es que la población asegurada
tiene mayor educación y niveles económicos altos, por lo que la
probabilidad de tener seguro aumenta cuando se incrementa el
nivel educativo y económico, así la mitad de las personas con
educación superior (49.0%) y el 35% del quintil económico más
alto cuentan con algún seguro.
La Seguridad Social “nunca, en sus 76 años de vida, ha llegado a
proteger más allá del 25% de la población ecuatoriana,
constituyéndose, en los hechos, y debido a su marco legal, en
una institución altamente discriminatoria para la mayoría…” y en
especial para las mujeres (Barreiro: 2004)”.
BASE NORMATIVA
 Internacional:
 Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las
formas de Discriminación contra la Mujer - CEDAW;
 El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales - PIDESC.
 El "Consenso de Quito
 La Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial
sobre la Mujer en Beijing (1995);
 El Programa de Acción del la V Conferencia Internacional sobre
la Población y el Desarrollo.
 Consenso de Quito (agosto 2007) y Brasilia (julio de 2010)
 Nacional:
 Constitución de la República
 Plan Nacional de l Buen Vivir:
 Meta 1.2.1: Alcanzar el 40% de personas con seguro
social al 2013.
Art. 34 Su cumplimiento es deber y responsabilidad del
Estado Ecuatoriano.
Art. 333 Se reconoce como labor productiva el trabajo no
remunerado de autosustento y cuidado humano que se
realiza en los hogares…La protección de la seguridad
social se extenderá de manera progresiva a las
personas que tengan a cargo el trabajo familiar no
remunerado en el hogar, conforme a las condiciones
generales del sistema y la Ley.
Art. 369 inc. 2 : El seguro universal obligatorio se
extenderá a toda la población urbana y rural, con
independencia de su situación laboral.
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
FINANCIAMIENTO – SEGURIDAD SOCIAL
 Art. 369. inc. 2: Las prestaciones para las personas que realizan
trabajo doméstico no remunerado y taréas de cuidado se financiarán
con aportes y contribuciones del Estado. La Ley establecerá los
mecanismos.
 Art. 371 Las prestaciones de la seguridad social se financiarán:
 Con el aporte de las personas aseguradas en relación de dependencia y de
sus empleadoras o empleadores;
 Con los aportes de las personas independientes aseguradas;
 Con los aportes voluntarios de las ecuatorianas y ecuatorianos domiciliados
en el exterior; y
 Con los aportes y contribuciones del Estado.
 Los recursos del Estado destinados para el seguro universal obligatorio
constarán cada año en el Presupuesto General del Estado y serán
transferidos de forma oportuna.
COBERTURAS - SEGURIDAD SOCIAL
 Art. 369: EI seguro universal obligatorio
cubrirá las contingencias de enfermedad,
maternidad, paternidad, riesgos de trabajo,
cesantía, desempleo, vejez, invalidez,
discapacidad, muerte y aquellas que defina la
ley.
Las prestaciones de salud de las
contingencias de enfermedad y maternidad
se brindarán a través de la red pública
integral de salud.
PLAN NACIONAL DEL BUEN VIVIR
De cumplirse con esta meta se marcará un paso importante el alcanzar
este derecho al aseguramiento universal … especialmente para las
mujeres que realizan trabajo de cuidado o doméstico no remunerado en
el hogar
LA PROPUESTA DE PROYECTO DE LEY
 Planteamos la necesidad de incorporar la noción del
cuidado como responsabilidad social en la política
económica haciendo visible el significado que esto
tiene para la economía del país.
 El Estado en este nuevo escenario planteado por el marco
constitucional, debe garantizar el derecho a la seguridad
social, tanto en términos de cobertura de riesgos y
contingencias, como también para promover condiciones
básicas para el desarrollo de una existencia autónoma,
principio fundamental de la igualdad y la equidad.
 Ello no será posible sino repensamos el modelo de
aseguramiento actual, para consolidarlo como un sistema
amplio de previsión, que garantice la inclusión, donde el
Estado juegue un papel fuerte, no solo en la provisión,
sino también en la regulación el financiamiento.
 EL Trabajo no remunerado realizado en el hogar, debe formar
parte del sistema y de la seguridad social, debe ser considerado
como un derecho de las mujeres, sin necesidad de que realicen
una contraprestación.
 Para ello es necesario: ampliar la cobertura de los servicios,
reconocer efectivamente el trabajo de cuidado no remunerado
que se realiza en el hogar como un trabajo que deriva
prestaciones para quienes lo realizan.
 Entender el concepto del cuidado, desde la perspectiva de
género, para que las prestaciones de la seguridad social cubran
aspectos hasta ahora no contemplados relacionados con el
trabajo de cuidado, que se realiza en el hogar.
 El eje central de la seguridad social es la
inclusión y ésta “se logrará solo en la medida
que se considere a la seguridad social en
toda su amplitud y no solo reducida al
sistema provisional”.
 La legislación debe considerar la perspectiva
de género en la definición de la cobertura de
riesgos y de las contingencias.
BENEFICIARIAS/OS
 Todas las personas y sus familias,
independientemente de su situación laboral o de
generación de ingresos, tienen acceso a sus
prestaciones. Se dará atención especial a quienes
realizan trabajo no remunerado en el Hogar.
 En el marco del principio de progresividad y lo que
establece el Art. 333 se atenderá especialmente a las
mujeres con jefatura del hogar, las mujeres que por
sus condiciones de salud y capacidades especiales,
requieren atención prioritaria, jóvenes y/o
adolescentes que realizan trabajo de cuidado del
hogar, mujeres adultas mayores y de las zonas
rurales.
 Mujeres con discapacidades, o enfermedades terminales o
catastróficas
 Mujeres víctimas de violencia intrafamiliar
 Mujeres que realizan trabajos de cuidado de hijos e hijas con
capacidades especiales
 Mujeres con jefatura de familia.
Enfermedades Crónicas: (VIH- SIDA, CANCER)
Maternidad (salud preventiva para las mujeres que no están en
edad reproductiva, salud sexual y salud reproductiva, riesgos por
aborto,
Salud: Servicios de salud para las mujeres en situación o
víctimas de violencia
 En la cobertura de riesgos
PRESTACIONES
 Las prestaciones de salud que incluyen:
 Fomento y promoción de la salud,
 Prevención de la enfermedad,
 Prevención y Recuperación Salud Oral,
 Atención a la enfermedad: consulta externa, hospitalización,
diagnóstico y tratamiento (incluye medicamentos)
 Protegerá contra las contingencias de invalidez temporal y definitiva
 Rentas por invalidez, Rentas por vejez, Auxilio de funerales
 Centros de soporte para adultos mayores con capacidad de trabajo
(apoyo para que se considere personas productivas a las adultas
mayores
 Calidad de atención inmediata, en caso de accidentes y otras
situaciones de salud.
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catastróficas)
 Centros de acogida y atención para personas adultas mayores
EN LAS CONTINGENCIAS
En la vejez es una de las contingencias más
difíciles de determinar, ya que abarca en sí
misma la mayor cantidad de riesgos
sociales: pérdida de ingresos, enfermedades
biológicas, invalidez o pérdida de las
facultades, esta especificidad de género se
deberá considerar en la legislación
FINANCIAMIENTO
 Mientras la seguridad social se financie
sobre la base del salario, se dejará sin
ningún tipo de cobertura a los y las personas
que realizan trabajo informal, Trabajo no
remunerado del hogar, trabajo agrícola que
mayoritariamente población es femenina.
CÓMO SE PODRÍA FINANCIAR?
 Cobro de impuestos a los consumos especiales y destinar a la
seguridad social
 Planes de mitigación de las petroleras
 Juntar todos los bonos asistenciales para aportar a verdaderas
políticas de seguridad social: empleo, educación, salud,
protección.
 De las industrias que evaden impuestos
 De la incautación de bienes de los banqueros
 Los impuestos que se le grava a los licores importados, cigarrillo,
consumos especiales
 Los impuestos a los espectáculos artísticos y culturales
 Distribución adecuada del presupuesto privilegiando la seguridad
social a las armas. El dinero que se invierte en armamento
podrían transferirlos al seguro social de las amas de casa.

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Encuentro septiembre

  • 1. Propuesta de Ley Seguridad Social para mujeres que realizan trabajo no remunerado en el hogar Movimiento Mujeres por la Vida Quito, octubre 2010
  • 2. ANTECEDENTES  En el Ecuador somos 12´156.608 habitantes de los cuales el 50,5% son mujeres (6´138.255) (Censo de Población 2001)  El promedio del ingreso económico de los hogares con jefatura femenina es significativamente menor al de los hombres. En el área urbana la diferencia es del 65% y en la rural 8O%.  “El 30% de la población ecuatoriana más empobrecida, está descubierta de atención institucional. En su mayor parte acude a la medicina tradicional o casera cuando tiene alguna dolencia.  8 de cada 10 personas no tiene ningún tipo de seguro de salud  ONUSIDA informa que una ama de casa tiene 5 veces mas oportunidades de infectarse de VIH-SIDA que una trabajadora sexual, el 75% de mujeres infectadas son amas de casa y el 5% trabajadoras sexuales. Ministerio de Salud Pública del Ecuador, Programa Nacional del Sida. 2006
  • 3. PROMEDIO DE TRABAJO DE LAS MUJERES  Las mujeres trabajan 22 horas a la semana más que los hombres  En el área rural las mujeres trabajan 7 horas más que las mujeres del área urbana
  • 4. CARGA GLOBAL DE TRABAJO Y ETNIA  La mayor diferencia se encuentra entre la población indígena, ellas trabajan 23 horas más con respecto los hombres.  En la población mestiza se observa un aporte más igualitario en la carga de trabajo.
  • 5. CARGA GLOBAL DE TRABAJO, POR NIVEL DE INSTRUCCIÓN Y ETNIA  El mayor nivel de instrucción formal es directamente proporcional a la equidad en la carga global de trabajo.  La población con nivel de instrucción nuestra diferencias mas cortas en el promedio de entre 5 y 10 horas según la etnia
  • 6. ALGUNOS IMAGINARIOS, DISCURSOS Y PRACTICAS QUE LA PROPUESTA BUSCA SUPERAR.  DOBLE O TRIPLE CARGA LABORAL. La multiplicidad de roles que han asumido las mujeres, las convierte en las principales responsables de las tareas del hogar y el cuidado de sus integrantes.  “Las mujeres están naturalmente mejor dotadas para llevar adelante el cuidado de los niños y niñas” y destinadas a proveer de cuidado a las personas adultas mayores, con capacidades especiales.  Exclusión y segregación de las mujeres jóvenes en el ámbito laboral. “Contratos con firmas anticipadas de renuncia cuando se embaraza”.  Mientras se avanza en la inserción de las mujeres al mercado laboral formal - informal, no ha sucedido lo mismo con la inserción de los hombres a las tareas de cuidado.  “Se anula el tiempo de las mujeres” limitan las horas de descanso y el tiempo de ocio personal, el derecho a la recreación, formación, entre otros.
  • 7. LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL ECUADOR PROGRESIVAMENTE Y EN LOS ÚLTIMOS AÑOS SE HA PERMITIDO UNA AMPLIACIÓN DE LA COBERTURA DE LA SEGURIDAD SOCIAL”. (SEGURO SOCIAL CAMPESINO)  La SS fue concebida para quienes cuenten con un trabajo formal o bajo la legislación de servicio público o contratación pública.  1928 - Protegiendo únicamente a los empleados públicos  1935 - la SS se extiende a empleados privados y obreros  Posteriormente se incorporó: a los artesanos, profesionales autónomos, trabajadores de la iglesia, escogedores de café, campesinos independientes, que no tienen relación de dependencia con un patrono  Prestaciones: invalidez, vejez, muerte.
  • 8. LA SEGURIDAD SOCIAL  En el Ecuador , están afiliados al Seguro General Obligatorio aproximadamente 1,1 millón de afiliados activos, cuando la población económicamente activa es cercana a los 6 millones.  Actualmente la cobertura de la seguridad social cubre apenas un 16% de la población; de ellos, sólo el 13.5% de la población femenina se encuentra afiliada, frente al 17% de la población masculina (OIT: 2007).  En el área urbana el 81.9% de mujeres no tienen acceso a la seguridad social; frente al 76,8 de hombres. En el área rural, 79,5% de mujeres no tienen acceso frente al 78,2% de hombres.  El 45% de las mujeres cónyuges no tienen ingresos propios en comparación con el 18.7% de los hombres: (ellas se dedican en su mayoría al comercio, (trabajadoras por cuenta propia) (CONAMU – 2007)  Un 19,5% de las mujeres de 65 años tienen pensiones de jubilación, en comparación con el 34,6% de los hombres. Las diferencias en los montos de la jubilación son significativas, las mujeres reciben el 84,1% de los ingresos de los hombres. (Lara:45).
  • 9.  Lo paradojal de esta situación es que la población asegurada tiene mayor educación y niveles económicos altos, por lo que la probabilidad de tener seguro aumenta cuando se incrementa el nivel educativo y económico, así la mitad de las personas con educación superior (49.0%) y el 35% del quintil económico más alto cuentan con algún seguro. La Seguridad Social “nunca, en sus 76 años de vida, ha llegado a proteger más allá del 25% de la población ecuatoriana, constituyéndose, en los hechos, y debido a su marco legal, en una institución altamente discriminatoria para la mayoría…” y en especial para las mujeres (Barreiro: 2004)”.
  • 10. BASE NORMATIVA  Internacional:  Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer - CEDAW;  El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales - PIDESC.  El "Consenso de Quito  La Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer en Beijing (1995);  El Programa de Acción del la V Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo.  Consenso de Quito (agosto 2007) y Brasilia (julio de 2010)  Nacional:  Constitución de la República  Plan Nacional de l Buen Vivir:  Meta 1.2.1: Alcanzar el 40% de personas con seguro social al 2013.
  • 11. Art. 34 Su cumplimiento es deber y responsabilidad del Estado Ecuatoriano. Art. 333 Se reconoce como labor productiva el trabajo no remunerado de autosustento y cuidado humano que se realiza en los hogares…La protección de la seguridad social se extenderá de manera progresiva a las personas que tengan a cargo el trabajo familiar no remunerado en el hogar, conforme a las condiciones generales del sistema y la Ley. Art. 369 inc. 2 : El seguro universal obligatorio se extenderá a toda la población urbana y rural, con independencia de su situación laboral. CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
  • 12. FINANCIAMIENTO – SEGURIDAD SOCIAL  Art. 369. inc. 2: Las prestaciones para las personas que realizan trabajo doméstico no remunerado y taréas de cuidado se financiarán con aportes y contribuciones del Estado. La Ley establecerá los mecanismos.  Art. 371 Las prestaciones de la seguridad social se financiarán:  Con el aporte de las personas aseguradas en relación de dependencia y de sus empleadoras o empleadores;  Con los aportes de las personas independientes aseguradas;  Con los aportes voluntarios de las ecuatorianas y ecuatorianos domiciliados en el exterior; y  Con los aportes y contribuciones del Estado.  Los recursos del Estado destinados para el seguro universal obligatorio constarán cada año en el Presupuesto General del Estado y serán transferidos de forma oportuna.
  • 13. COBERTURAS - SEGURIDAD SOCIAL  Art. 369: EI seguro universal obligatorio cubrirá las contingencias de enfermedad, maternidad, paternidad, riesgos de trabajo, cesantía, desempleo, vejez, invalidez, discapacidad, muerte y aquellas que defina la ley. Las prestaciones de salud de las contingencias de enfermedad y maternidad se brindarán a través de la red pública integral de salud.
  • 14. PLAN NACIONAL DEL BUEN VIVIR De cumplirse con esta meta se marcará un paso importante el alcanzar este derecho al aseguramiento universal … especialmente para las mujeres que realizan trabajo de cuidado o doméstico no remunerado en el hogar
  • 15. LA PROPUESTA DE PROYECTO DE LEY  Planteamos la necesidad de incorporar la noción del cuidado como responsabilidad social en la política económica haciendo visible el significado que esto tiene para la economía del país.  El Estado en este nuevo escenario planteado por el marco constitucional, debe garantizar el derecho a la seguridad social, tanto en términos de cobertura de riesgos y contingencias, como también para promover condiciones básicas para el desarrollo de una existencia autónoma, principio fundamental de la igualdad y la equidad.  Ello no será posible sino repensamos el modelo de aseguramiento actual, para consolidarlo como un sistema amplio de previsión, que garantice la inclusión, donde el Estado juegue un papel fuerte, no solo en la provisión, sino también en la regulación el financiamiento.
  • 16.  EL Trabajo no remunerado realizado en el hogar, debe formar parte del sistema y de la seguridad social, debe ser considerado como un derecho de las mujeres, sin necesidad de que realicen una contraprestación.  Para ello es necesario: ampliar la cobertura de los servicios, reconocer efectivamente el trabajo de cuidado no remunerado que se realiza en el hogar como un trabajo que deriva prestaciones para quienes lo realizan.  Entender el concepto del cuidado, desde la perspectiva de género, para que las prestaciones de la seguridad social cubran aspectos hasta ahora no contemplados relacionados con el trabajo de cuidado, que se realiza en el hogar.
  • 17.  El eje central de la seguridad social es la inclusión y ésta “se logrará solo en la medida que se considere a la seguridad social en toda su amplitud y no solo reducida al sistema provisional”.  La legislación debe considerar la perspectiva de género en la definición de la cobertura de riesgos y de las contingencias.
  • 18. BENEFICIARIAS/OS  Todas las personas y sus familias, independientemente de su situación laboral o de generación de ingresos, tienen acceso a sus prestaciones. Se dará atención especial a quienes realizan trabajo no remunerado en el Hogar.  En el marco del principio de progresividad y lo que establece el Art. 333 se atenderá especialmente a las mujeres con jefatura del hogar, las mujeres que por sus condiciones de salud y capacidades especiales, requieren atención prioritaria, jóvenes y/o adolescentes que realizan trabajo de cuidado del hogar, mujeres adultas mayores y de las zonas rurales.
  • 19.  Mujeres con discapacidades, o enfermedades terminales o catastróficas  Mujeres víctimas de violencia intrafamiliar  Mujeres que realizan trabajos de cuidado de hijos e hijas con capacidades especiales  Mujeres con jefatura de familia. Enfermedades Crónicas: (VIH- SIDA, CANCER) Maternidad (salud preventiva para las mujeres que no están en edad reproductiva, salud sexual y salud reproductiva, riesgos por aborto, Salud: Servicios de salud para las mujeres en situación o víctimas de violencia  En la cobertura de riesgos
  • 20. PRESTACIONES  Las prestaciones de salud que incluyen:  Fomento y promoción de la salud,  Prevención de la enfermedad,  Prevención y Recuperación Salud Oral,  Atención a la enfermedad: consulta externa, hospitalización, diagnóstico y tratamiento (incluye medicamentos)  Protegerá contra las contingencias de invalidez temporal y definitiva  Rentas por invalidez, Rentas por vejez, Auxilio de funerales  Centros de soporte para adultos mayores con capacidad de trabajo (apoyo para que se considere personas productivas a las adultas mayores  Calidad de atención inmediata, en caso de accidentes y otras situaciones de salud.  Medicina ambulatoria y enfermedades crónicas (enfermedades catastróficas)  Centros de acogida y atención para personas adultas mayores
  • 21. EN LAS CONTINGENCIAS En la vejez es una de las contingencias más difíciles de determinar, ya que abarca en sí misma la mayor cantidad de riesgos sociales: pérdida de ingresos, enfermedades biológicas, invalidez o pérdida de las facultades, esta especificidad de género se deberá considerar en la legislación
  • 22. FINANCIAMIENTO  Mientras la seguridad social se financie sobre la base del salario, se dejará sin ningún tipo de cobertura a los y las personas que realizan trabajo informal, Trabajo no remunerado del hogar, trabajo agrícola que mayoritariamente población es femenina.
  • 23. CÓMO SE PODRÍA FINANCIAR?  Cobro de impuestos a los consumos especiales y destinar a la seguridad social  Planes de mitigación de las petroleras  Juntar todos los bonos asistenciales para aportar a verdaderas políticas de seguridad social: empleo, educación, salud, protección.  De las industrias que evaden impuestos  De la incautación de bienes de los banqueros  Los impuestos que se le grava a los licores importados, cigarrillo, consumos especiales  Los impuestos a los espectáculos artísticos y culturales  Distribución adecuada del presupuesto privilegiando la seguridad social a las armas. El dinero que se invierte en armamento podrían transferirlos al seguro social de las amas de casa.