SlideShare uma empresa Scribd logo
1 de 12
ANALISIS DE LA
CONSTITUCION DE 1979 Y
1993
CAPITULO ECONOMICO
Sobre la formación de
empresas estatales
diferencias
 Que el 1979 es mas intervencionista que 1993
 el que se propone un Estado que respeta el derecho a la propiedad y la
competencia del mercado. “Esa diferencia fundamental de concepción se refleja
en cada artículo y permite diseñar políticas publicas totalmente opuestas”
 entiende que el Estado pase de ser el planificador de la política económica (1979)
a ser un orientador del desarrollo del país (1993)
 que otorga las mismas condiciones de inversión tanto a las empresas nacionales
como a las extranjeras.
 1979 el Estado podía expropiar las tierras a sus dueños y tener diversas empresas
que manejaran desde los servicios públicos, como la telefonía, hasta actividades
menores como el cine,
 1979 el Estado podía expropiar las tierras a sus dueños y tener diversas empresas
que manejaran desde los servicios públicos, como la telefonía, hasta actividades
menores como el cine,
 Además de las diferencias antes mencionadas, existen dos que son particularmente sensibles
para el sector empresarial. Una de ellas, coincidieron los abogados consultados, es que el Estado
ya no puede, por un interés social, reservarse el monopolio de determinadas actividades
productivas. Por eso, precisa Adrián Simons, del estudio Rebaza, Alcázar & De las Casas, hoy el
Estado ya no puede reservar la extracción de un mineral u otro recurso natural para sí mismo
como empresario, tal como proponía el artículo 114 de la Constitución de 1979.
 Estamos advertidos, la sesión de espiritismo constitucional [en relación al juramento y toma de
mando presidencial] puede convertirse en realidad si lo que ellos llaman ‘economía nacional de
mercado’ implica reservar actividades productivas o de servicios para el propio Estado como
empresario”,
 Pero eso no es todo. Otro punto importante, destaca Sardón, es que el texto del 93 establece que los términos de
los contratos no pueden ser modificados por leyes posteriores, algo que no estaba en el texto del 79. Eso quiere
decir que, hasta antes de 1993, por ejemplo, el Estado podía modificar un contrato de concesión, lo cual generaba
inestabilidad y alejaba a los inversionistas extranjeros.
 Se puede señalar - entonces - como rasgos principales de la constitución económica formal de 1979, en primer
lugar, un pluralismo económico(art. 112°), garantizado por el Estado, en cuanto se señala la coexistencia
democrática de diversas formas de propiedad y de empresa sustentando la economía nacional. También se plasma
constitucionalmente la intervención del Estado como empresario (art. 113°) con el fin de promover la economía del
país, de prestar servicios públicos y alcanzar el desarrollo, indicándose que el Estado podía reservarse actividades
productivas o de servicios por causas de interés social o de seguridad nacional(art. 114°). Si se leen conjuntamente
estos artículos mencionados se puede interpretar que el Estado- como concluyó en su momento César Ochoa-, no
estaba sujeto al principio de subsidiariedad.
Al respecto, es necesario hacer referencia a lo que constituye el principio de subsidiariedad. Así Gaspar Ariño lo
define de la siguiente manera: "En definitiva a la empresa privada se la regula, no se la sustituye; cuando es
insuficiente se la suple. Estamos de nuevo ante el principio de subsidiariedad, que sigue vigente en una sociedad
libre pese a todos los críticos".
Ahora bien, al establecerse el rol del Estado en los términos que hemos visto, dentro de lo que se denominó como
principio de pluralismo económico, muchos quisieron ver y propugnar- entre ellos Alayza Grundy- que lo que
efectivamente se había planteado en la Constitución era el principio de subsidiariedad del Estado, teniendo en
cuenta la proclamación igualmente de una economía social de mercado y de la iniciativa privada libre.
Hay que recordar, que para el pensamiento neoliberal- como apunta Cesar Ochoa, lo importante es quien es el
mejor procesador de señales económicas. De este modo, se concibe al mercado como el mejor asignador de los
recursos. Las metas de eficiencia económica se verían en peligro si en el sistema económico se produce un
sobredimensionamiento de la iniciativa pública.
 Hay que recordar, que para el pensamiento neoliberal- como apunta Cesar Ochoa, lo importante
es quien es el mejor procesador de señales económicas. De este modo, se concibe al mercado
como el mejor asignador de los recursos. Las metas de eficiencia económica se verían en peligro
si en el sistema económico se produce un sobredimensionamiento de la iniciativa pública.
Con esta lógica, en un sistema que hace del mercado la clave de la asignación de recursos-
aclara Ochoa-, la gran motivación para la intervención del Estado se orientará a corregir las
deficiencias de la competencia y se restringirá su iniciativa empresarial a sectores como
servicios públicos sociales(salud, educación, asistencia social, etc.) y otros que por su baja
rentabilidad no son atractivos a los inversionistas privados(tales como infraestructura vial y
energética).
De la misma opinión resulta la de Gaspar Ariño quien señala: "Si es posible la vía del mercado,
respetemos éste: sino(esto es, si las reglas y el mecanismo del mercado es incapaz de producir
tales bienes o de producirlos en la cantidad deseable) demos entrada al Estado para la
consecución de los mismos". Asimismo Roberto Guerrero opina: "... el Estado crece sin criterios
de eficiencia económica y si por otra parte asume un rol que va mucho más allá de el papel
subsidiario que naturalmente le debe corresponder, es obvio que se va deprimiendo la actividad
del sector privado y que va repercutiendo en el crecimiento económico general de un país".
 No obstante lo anterior, Ochoa propone una diversa interpretación que deja de lado el principio
de subsidiariedad del Estado, para afirmar la posibilidad de la iniciativa empresarial pública
libre. Así, señala: "Para aportar al debate defendiendo a la iniciativa empresarial pública de la
concepción del Estado subsidiario es preciso tener en consideración otras normas(además del
artículo 113°) del texto fundamental como los artículos 112° y 114°. El primero reconoce el
principio de "igualdad jurídica entre los competidores", que desarrollaremos más adelante, que
establece la "coexistencia democrática de diversas formas de propiedad y de empresa". De este
modo, se estatuye un pluralismo empresarial que hace a todas las modalidades de empresas
iguales jurídicamente, sin privilegio para ninguna. Pese a sus limitaciones esta norma constituye
una evidente superación o negación de la concepción ortodoxa pues la actividad empresarial del
Estado no es consecuencia de un deber de subsidiariedad sino producto de un derecho facultado
por el reconocimiento de la igualdad jurídica de la iniciativa pública en la actividad económica.
Al suprimirse todos los privilegios para cualquiera de las modalidades empresariales entonces se
descarta expresamente el principio de subsidiariedad que sustenta que la presunción siempre
debe jugar a favor de la iniciativa privada".
Análisis constituciones 1979-1993
Análisis constituciones 1979-1993
Análisis constituciones 1979-1993
Análisis constituciones 1979-1993

Mais conteúdo relacionado

Mais procurados

derecho constitucional / REFORMA CONSTITUCIONAL PERU
derecho constitucional / REFORMA CONSTITUCIONAL PERUderecho constitucional / REFORMA CONSTITUCIONAL PERU
derecho constitucional / REFORMA CONSTITUCIONAL PERULuis Acosta
 
TITULO PRELIMINAR del codigo civil : ARTICULO VI – INTERES PARA OBRAR
TITULO PRELIMINAR del codigo civil : ARTICULO VI – INTERES PARA OBRARTITULO PRELIMINAR del codigo civil : ARTICULO VI – INTERES PARA OBRAR
TITULO PRELIMINAR del codigo civil : ARTICULO VI – INTERES PARA OBRARvani1988
 
PresentacióN Principio De Legalidad
PresentacióN   Principio De LegalidadPresentacióN   Principio De Legalidad
PresentacióN Principio De Legalidadbcolina
 
CÓDIGO PENAL PERUANO
CÓDIGO PENAL PERUANOCÓDIGO PENAL PERUANO
CÓDIGO PENAL PERUANOKelly Acd
 
El Derecho Procesal
El Derecho ProcesalEl Derecho Procesal
El Derecho ProcesalRock Ash
 
Cuadro explicativo. Control difuso y Concentrado
Cuadro explicativo. Control difuso y ConcentradoCuadro explicativo. Control difuso y Concentrado
Cuadro explicativo. Control difuso y ConcentradoErasmo Garcia
 
intervencion del ministerio publico
intervencion del ministerio publicointervencion del ministerio publico
intervencion del ministerio publicocqam
 
Diapositivas poder constituyente
Diapositivas poder constituyenteDiapositivas poder constituyente
Diapositivas poder constituyenteTIARAMERY
 
El estado constitucional de derecho
El estado constitucional de derechoEl estado constitucional de derecho
El estado constitucional de derechoPaulina Olivares
 
Análisis histórico de la constitución de 1867
Análisis histórico de la constitución de 1867Análisis histórico de la constitución de 1867
Análisis histórico de la constitución de 1867Jose Nuñez Izquierdo
 

Mais procurados (20)

La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
derecho constitucional / REFORMA CONSTITUCIONAL PERU
derecho constitucional / REFORMA CONSTITUCIONAL PERUderecho constitucional / REFORMA CONSTITUCIONAL PERU
derecho constitucional / REFORMA CONSTITUCIONAL PERU
 
TITULO PRELIMINAR del codigo civil : ARTICULO VI – INTERES PARA OBRAR
TITULO PRELIMINAR del codigo civil : ARTICULO VI – INTERES PARA OBRARTITULO PRELIMINAR del codigo civil : ARTICULO VI – INTERES PARA OBRAR
TITULO PRELIMINAR del codigo civil : ARTICULO VI – INTERES PARA OBRAR
 
Frutos y productos
Frutos y productosFrutos y productos
Frutos y productos
 
Acción de amparo
Acción de amparoAcción de amparo
Acción de amparo
 
el neoconstitucionalismo
el neoconstitucionalismoel neoconstitucionalismo
el neoconstitucionalismo
 
PresentacióN Principio De Legalidad
PresentacióN   Principio De LegalidadPresentacióN   Principio De Legalidad
PresentacióN Principio De Legalidad
 
CÓDIGO PENAL PERUANO
CÓDIGO PENAL PERUANOCÓDIGO PENAL PERUANO
CÓDIGO PENAL PERUANO
 
Personas jurídicas ppt (2)
Personas jurídicas ppt (2)Personas jurídicas ppt (2)
Personas jurídicas ppt (2)
 
El Derecho Procesal
El Derecho ProcesalEl Derecho Procesal
El Derecho Procesal
 
Cuadro explicativo. Control difuso y Concentrado
Cuadro explicativo. Control difuso y ConcentradoCuadro explicativo. Control difuso y Concentrado
Cuadro explicativo. Control difuso y Concentrado
 
Ensayo de argumentación jurídica
Ensayo de argumentación jurídicaEnsayo de argumentación jurídica
Ensayo de argumentación jurídica
 
intervencion del ministerio publico
intervencion del ministerio publicointervencion del ministerio publico
intervencion del ministerio publico
 
DEBIDO PROCESO - TUTELA JURISDICCIONAL
DEBIDO PROCESO - TUTELA JURISDICCIONALDEBIDO PROCESO - TUTELA JURISDICCIONAL
DEBIDO PROCESO - TUTELA JURISDICCIONAL
 
Diapositivas poder constituyente
Diapositivas poder constituyenteDiapositivas poder constituyente
Diapositivas poder constituyente
 
El estado constitucional de derecho
El estado constitucional de derechoEl estado constitucional de derecho
El estado constitucional de derecho
 
Análisis histórico de la constitución de 1867
Análisis histórico de la constitución de 1867Análisis histórico de la constitución de 1867
Análisis histórico de la constitución de 1867
 
El derecho de accion septima semana
El derecho de accion septima semanaEl derecho de accion septima semana
El derecho de accion septima semana
 
Capacidad de goce y de ejercicio
Capacidad de goce y de ejercicio  Capacidad de goce y de ejercicio
Capacidad de goce y de ejercicio
 
GRUPOS DE PRESIÓN
GRUPOS DE PRESIÓN GRUPOS DE PRESIÓN
GRUPOS DE PRESIÓN
 

Semelhante a Análisis constituciones 1979-1993

Delito de panico financiero
Delito de panico financieroDelito de panico financiero
Delito de panico financierotenorio nuñez
 
La sociedad-anónima-con-participación-estatal-mayoritaria
La sociedad-anónima-con-participación-estatal-mayoritariaLa sociedad-anónima-con-participación-estatal-mayoritaria
La sociedad-anónima-con-participación-estatal-mayoritariaSusy Inés Bello Knoll
 
Principios fundamentales de la economia peruana
Principios fundamentales de la economia peruanaPrincipios fundamentales de la economia peruana
Principios fundamentales de la economia peruanaCluver Jesus Villaran Ita
 
Regimen economico de la constitucion politica del 1993
Regimen economico de la constitucion politica del 1993Regimen economico de la constitucion politica del 1993
Regimen economico de la constitucion politica del 1993Eldes Tomas
 
Examen parcial de derecho de regulacion 1
Examen parcial de derecho de regulacion 1Examen parcial de derecho de regulacion 1
Examen parcial de derecho de regulacion 1GustavoAdolfoPorrasM
 
U1A3_MICHELR_JOSEF.pptx
U1A3_MICHELR_JOSEF.pptxU1A3_MICHELR_JOSEF.pptx
U1A3_MICHELR_JOSEF.pptxSaraiArellano1
 
NAID_NAID-431_MANUAL.pdf
NAID_NAID-431_MANUAL.pdfNAID_NAID-431_MANUAL.pdf
NAID_NAID-431_MANUAL.pdfIXHenry
 
El derecho economico en el peru
El derecho economico en el peruEl derecho economico en el peru
El derecho economico en el peruMerRouz Nc
 
PPT CONSTITUCION ECONOMICA PARA NO LEGISLADORES
PPT CONSTITUCION ECONOMICA PARA NO LEGISLADORESPPT CONSTITUCION ECONOMICA PARA NO LEGISLADORES
PPT CONSTITUCION ECONOMICA PARA NO LEGISLADORESESCUELAPROFESIONALDE5
 
Algunas cuestiones sobre_el_estatuto_del_contribuyente_dgi
Algunas cuestiones sobre_el_estatuto_del_contribuyente_dgiAlgunas cuestiones sobre_el_estatuto_del_contribuyente_dgi
Algunas cuestiones sobre_el_estatuto_del_contribuyente_dgijuan3367
 
DERECHO DEL TRABAJO II --PARTE I --.pptx
DERECHO DEL TRABAJO II --PARTE I --.pptxDERECHO DEL TRABAJO II --PARTE I --.pptx
DERECHO DEL TRABAJO II --PARTE I --.pptxAngelaGarcia502247
 
IMPORTANCIA DEL DERECHO Y DE LA JERARQUÍA NORMATIVA EN EL PERÚ”
IMPORTANCIA DEL DERECHO Y DE LA JERARQUÍA NORMATIVA EN EL PERÚ”IMPORTANCIA DEL DERECHO Y DE LA JERARQUÍA NORMATIVA EN EL PERÚ”
IMPORTANCIA DEL DERECHO Y DE LA JERARQUÍA NORMATIVA EN EL PERÚ”EDWIN JHONY GONZALES GUTIERREZ
 
Flexibilización [locutores] mecca, mariana
Flexibilización [locutores] mecca, marianaFlexibilización [locutores] mecca, mariana
Flexibilización [locutores] mecca, marianaViviana Hereñú
 
L00 pasado, presente y futuro del principio constitucional
L00 pasado, presente y futuro del principio constitucionalL00 pasado, presente y futuro del principio constitucional
L00 pasado, presente y futuro del principio constitucionalpedroguardiavillavicencio
 
Derecho tributrio tema derecho financiero y tributario
Derecho tributrio tema derecho financiero y tributarioDerecho tributrio tema derecho financiero y tributario
Derecho tributrio tema derecho financiero y tributarioArmandopulidoalvarez
 

Semelhante a Análisis constituciones 1979-1993 (20)

Delito de panico financiero
Delito de panico financieroDelito de panico financiero
Delito de panico financiero
 
La sociedad-anónima-con-participación-estatal-mayoritaria
La sociedad-anónima-con-participación-estatal-mayoritariaLa sociedad-anónima-con-participación-estatal-mayoritaria
La sociedad-anónima-con-participación-estatal-mayoritaria
 
Principios fundamentales de la economia peruana
Principios fundamentales de la economia peruanaPrincipios fundamentales de la economia peruana
Principios fundamentales de la economia peruana
 
Regimen economico de la constitucion politica del 1993
Regimen economico de la constitucion politica del 1993Regimen economico de la constitucion politica del 1993
Regimen economico de la constitucion politica del 1993
 
COMERCIAL PC .docx
COMERCIAL PC .docxCOMERCIAL PC .docx
COMERCIAL PC .docx
 
Examen parcial de derecho de regulacion 1
Examen parcial de derecho de regulacion 1Examen parcial de derecho de regulacion 1
Examen parcial de derecho de regulacion 1
 
U1A3_MICHELR_JOSEF.pptx
U1A3_MICHELR_JOSEF.pptxU1A3_MICHELR_JOSEF.pptx
U1A3_MICHELR_JOSEF.pptx
 
turis
turisturis
turis
 
NAID_NAID-431_MANUAL.pdf
NAID_NAID-431_MANUAL.pdfNAID_NAID-431_MANUAL.pdf
NAID_NAID-431_MANUAL.pdf
 
El derecho economico en el peru
El derecho economico en el peruEl derecho economico en el peru
El derecho economico en el peru
 
Tarea 2 - Derecho Empresarial.pdf
Tarea 2 - Derecho Empresarial.pdfTarea 2 - Derecho Empresarial.pdf
Tarea 2 - Derecho Empresarial.pdf
 
PPT CONSTITUCION ECONOMICA PARA NO LEGISLADORES
PPT CONSTITUCION ECONOMICA PARA NO LEGISLADORESPPT CONSTITUCION ECONOMICA PARA NO LEGISLADORES
PPT CONSTITUCION ECONOMICA PARA NO LEGISLADORES
 
Algunas cuestiones sobre_el_estatuto_del_contribuyente_dgi
Algunas cuestiones sobre_el_estatuto_del_contribuyente_dgiAlgunas cuestiones sobre_el_estatuto_del_contribuyente_dgi
Algunas cuestiones sobre_el_estatuto_del_contribuyente_dgi
 
DERECHO DEL TRABAJO II --PARTE I --.pptx
DERECHO DEL TRABAJO II --PARTE I --.pptxDERECHO DEL TRABAJO II --PARTE I --.pptx
DERECHO DEL TRABAJO II --PARTE I --.pptx
 
FONAFE
FONAFEFONAFE
FONAFE
 
Actividad empresarial del estado
Actividad empresarial del estadoActividad empresarial del estado
Actividad empresarial del estado
 
IMPORTANCIA DEL DERECHO Y DE LA JERARQUÍA NORMATIVA EN EL PERÚ”
IMPORTANCIA DEL DERECHO Y DE LA JERARQUÍA NORMATIVA EN EL PERÚ”IMPORTANCIA DEL DERECHO Y DE LA JERARQUÍA NORMATIVA EN EL PERÚ”
IMPORTANCIA DEL DERECHO Y DE LA JERARQUÍA NORMATIVA EN EL PERÚ”
 
Flexibilización [locutores] mecca, mariana
Flexibilización [locutores] mecca, marianaFlexibilización [locutores] mecca, mariana
Flexibilización [locutores] mecca, mariana
 
L00 pasado, presente y futuro del principio constitucional
L00 pasado, presente y futuro del principio constitucionalL00 pasado, presente y futuro del principio constitucional
L00 pasado, presente y futuro del principio constitucional
 
Derecho tributrio tema derecho financiero y tributario
Derecho tributrio tema derecho financiero y tributarioDerecho tributrio tema derecho financiero y tributario
Derecho tributrio tema derecho financiero y tributario
 

Mais de Jose Luis Al Bellido Huaman

Mais de Jose Luis Al Bellido Huaman (10)

Hormigon09
Hormigon09Hormigon09
Hormigon09
 
2402 1997 tipologia veh. carga
2402 1997 tipologia veh. carga2402 1997 tipologia veh. carga
2402 1997 tipologia veh. carga
 
Analisis estructural parte v
Analisis estructural parte vAnalisis estructural parte v
Analisis estructural parte v
 
[Ebook] edicions upc mecánica de estructuras libro 2 resistencia de materia...
[Ebook] edicions upc   mecánica de estructuras libro 2 resistencia de materia...[Ebook] edicions upc   mecánica de estructuras libro 2 resistencia de materia...
[Ebook] edicions upc mecánica de estructuras libro 2 resistencia de materia...
 
Manual de diseno geometrico de carreteras
Manual de diseno geometrico de carreterasManual de diseno geometrico de carreteras
Manual de diseno geometrico de carreteras
 
Glosario de terminos camino
Glosario de terminos caminoGlosario de terminos camino
Glosario de terminos camino
 
[Ebook] edicions upc mecánica de estructuras libro 2 resistencia de materia...
[Ebook] edicions upc   mecánica de estructuras libro 2 resistencia de materia...[Ebook] edicions upc   mecánica de estructuras libro 2 resistencia de materia...
[Ebook] edicions upc mecánica de estructuras libro 2 resistencia de materia...
 
Ejemplo 5 capitulo_3_analisis_portico_indeterminado_metodo_c
Ejemplo 5 capitulo_3_analisis_portico_indeterminado_metodo_cEjemplo 5 capitulo_3_analisis_portico_indeterminado_metodo_c
Ejemplo 5 capitulo_3_analisis_portico_indeterminado_metodo_c
 
Armaduras
ArmadurasArmaduras
Armaduras
 
I manual de costo y presupuesto
I manual de costo y presupuestoI manual de costo y presupuesto
I manual de costo y presupuesto
 

Análisis constituciones 1979-1993

  • 1. ANALISIS DE LA CONSTITUCION DE 1979 Y 1993 CAPITULO ECONOMICO
  • 2. Sobre la formación de empresas estatales
  • 3.
  • 4. diferencias  Que el 1979 es mas intervencionista que 1993  el que se propone un Estado que respeta el derecho a la propiedad y la competencia del mercado. “Esa diferencia fundamental de concepción se refleja en cada artículo y permite diseñar políticas publicas totalmente opuestas”  entiende que el Estado pase de ser el planificador de la política económica (1979) a ser un orientador del desarrollo del país (1993)  que otorga las mismas condiciones de inversión tanto a las empresas nacionales como a las extranjeras.  1979 el Estado podía expropiar las tierras a sus dueños y tener diversas empresas que manejaran desde los servicios públicos, como la telefonía, hasta actividades menores como el cine,  1979 el Estado podía expropiar las tierras a sus dueños y tener diversas empresas que manejaran desde los servicios públicos, como la telefonía, hasta actividades menores como el cine,
  • 5.  Además de las diferencias antes mencionadas, existen dos que son particularmente sensibles para el sector empresarial. Una de ellas, coincidieron los abogados consultados, es que el Estado ya no puede, por un interés social, reservarse el monopolio de determinadas actividades productivas. Por eso, precisa Adrián Simons, del estudio Rebaza, Alcázar & De las Casas, hoy el Estado ya no puede reservar la extracción de un mineral u otro recurso natural para sí mismo como empresario, tal como proponía el artículo 114 de la Constitución de 1979.  Estamos advertidos, la sesión de espiritismo constitucional [en relación al juramento y toma de mando presidencial] puede convertirse en realidad si lo que ellos llaman ‘economía nacional de mercado’ implica reservar actividades productivas o de servicios para el propio Estado como empresario”,
  • 6.  Pero eso no es todo. Otro punto importante, destaca Sardón, es que el texto del 93 establece que los términos de los contratos no pueden ser modificados por leyes posteriores, algo que no estaba en el texto del 79. Eso quiere decir que, hasta antes de 1993, por ejemplo, el Estado podía modificar un contrato de concesión, lo cual generaba inestabilidad y alejaba a los inversionistas extranjeros.  Se puede señalar - entonces - como rasgos principales de la constitución económica formal de 1979, en primer lugar, un pluralismo económico(art. 112°), garantizado por el Estado, en cuanto se señala la coexistencia democrática de diversas formas de propiedad y de empresa sustentando la economía nacional. También se plasma constitucionalmente la intervención del Estado como empresario (art. 113°) con el fin de promover la economía del país, de prestar servicios públicos y alcanzar el desarrollo, indicándose que el Estado podía reservarse actividades productivas o de servicios por causas de interés social o de seguridad nacional(art. 114°). Si se leen conjuntamente estos artículos mencionados se puede interpretar que el Estado- como concluyó en su momento César Ochoa-, no estaba sujeto al principio de subsidiariedad. Al respecto, es necesario hacer referencia a lo que constituye el principio de subsidiariedad. Así Gaspar Ariño lo define de la siguiente manera: "En definitiva a la empresa privada se la regula, no se la sustituye; cuando es insuficiente se la suple. Estamos de nuevo ante el principio de subsidiariedad, que sigue vigente en una sociedad libre pese a todos los críticos". Ahora bien, al establecerse el rol del Estado en los términos que hemos visto, dentro de lo que se denominó como principio de pluralismo económico, muchos quisieron ver y propugnar- entre ellos Alayza Grundy- que lo que efectivamente se había planteado en la Constitución era el principio de subsidiariedad del Estado, teniendo en cuenta la proclamación igualmente de una economía social de mercado y de la iniciativa privada libre. Hay que recordar, que para el pensamiento neoliberal- como apunta Cesar Ochoa, lo importante es quien es el mejor procesador de señales económicas. De este modo, se concibe al mercado como el mejor asignador de los recursos. Las metas de eficiencia económica se verían en peligro si en el sistema económico se produce un sobredimensionamiento de la iniciativa pública.
  • 7.  Hay que recordar, que para el pensamiento neoliberal- como apunta Cesar Ochoa, lo importante es quien es el mejor procesador de señales económicas. De este modo, se concibe al mercado como el mejor asignador de los recursos. Las metas de eficiencia económica se verían en peligro si en el sistema económico se produce un sobredimensionamiento de la iniciativa pública. Con esta lógica, en un sistema que hace del mercado la clave de la asignación de recursos- aclara Ochoa-, la gran motivación para la intervención del Estado se orientará a corregir las deficiencias de la competencia y se restringirá su iniciativa empresarial a sectores como servicios públicos sociales(salud, educación, asistencia social, etc.) y otros que por su baja rentabilidad no son atractivos a los inversionistas privados(tales como infraestructura vial y energética). De la misma opinión resulta la de Gaspar Ariño quien señala: "Si es posible la vía del mercado, respetemos éste: sino(esto es, si las reglas y el mecanismo del mercado es incapaz de producir tales bienes o de producirlos en la cantidad deseable) demos entrada al Estado para la consecución de los mismos". Asimismo Roberto Guerrero opina: "... el Estado crece sin criterios de eficiencia económica y si por otra parte asume un rol que va mucho más allá de el papel subsidiario que naturalmente le debe corresponder, es obvio que se va deprimiendo la actividad del sector privado y que va repercutiendo en el crecimiento económico general de un país".
  • 8.  No obstante lo anterior, Ochoa propone una diversa interpretación que deja de lado el principio de subsidiariedad del Estado, para afirmar la posibilidad de la iniciativa empresarial pública libre. Así, señala: "Para aportar al debate defendiendo a la iniciativa empresarial pública de la concepción del Estado subsidiario es preciso tener en consideración otras normas(además del artículo 113°) del texto fundamental como los artículos 112° y 114°. El primero reconoce el principio de "igualdad jurídica entre los competidores", que desarrollaremos más adelante, que establece la "coexistencia democrática de diversas formas de propiedad y de empresa". De este modo, se estatuye un pluralismo empresarial que hace a todas las modalidades de empresas iguales jurídicamente, sin privilegio para ninguna. Pese a sus limitaciones esta norma constituye una evidente superación o negación de la concepción ortodoxa pues la actividad empresarial del Estado no es consecuencia de un deber de subsidiariedad sino producto de un derecho facultado por el reconocimiento de la igualdad jurídica de la iniciativa pública en la actividad económica. Al suprimirse todos los privilegios para cualquiera de las modalidades empresariales entonces se descarta expresamente el principio de subsidiariedad que sustenta que la presunción siempre debe jugar a favor de la iniciativa privada".