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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DE INVERSIONES
El Sistema Nacional de Inversión Pública
Susana Rodríguez N.
Unidad de Capacitación y Asistencia Técnica
Dirección de Normatividad, Metodologías y Capacitación
DGPI - MEF
Aspectos Generales del SNIP
Ministerio de Economía y
Finanzas
Viceministerio
de Economía
DGPIP DGPM DGPI DGDFAS DGMFLPP DGAEICIP
Viceministerio
de Hacienda
DGPP DGETP DGGRP DGCP
ORGANIZACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Dirección General de Política de Inversiones (DGPI)
Ente rector del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP)
Es la más alta autoridad técnico-normativa del SNIP a
nivel nacional: establece las normas técnicas, métodos
y procedimientos que rigen a los Proyectos de
Inversión Pública
Dirección General de Política de
Inversiones (DGPI)
Dirección Ejecutiva
Dirección de Política y
Programación de
Inversiones
Dirección de
Inversión
Pública
Dirección de
Inversión
Privada
Dirección de Normatividad,
Metodologías y Capacitación
ORGANIZACIÓN DE LA DGPI
Recuerde que, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) es la más alta autoridad
técnico-normativa del SNIP y actúa a través de la DGPI.
ORIGEN DEL
En el año 2000 se crea el SNIP con el objeto
de mejorar la calidad de la inversión pública a
nivel nacional. En ese momento no se
incluyeron a los Gobiernos Locales
(municipalidades provinciales y distritales).
En el año 2002, mediante la Ley de Bases de
Descentralización, se dispone el alcance
progresivo del SNIP a los Gobiernos Locales.
2000
Ley del SNIP
(excluía a Gobiernos Locales)
2002
Ley de Bases Desc.
(incorporación de los Gobiernos
Locales al SNIP)
Proyectos
Malos
Proyectos
Buenos
SNIP
Proyectos
Buenos
Limitada o escasa calidad de
la Inversión Pública
Mejor calidad de la
Inversión Pública
PROPUESTA DEL
OJO: No prioriza la
ejecución de proyectos
de inversión pública
(PIPs). Solamente
efectúa una evaluación
técnica, independiente
de cada PIP, a efectos de
acreditar su viabilidad.
Cada Entidad decide,
qué y cuándo va a
invertir prioritariamente.
Antes Ahora
Estado CiudadanoProyectos de
Inversión Pública (PIP)
EL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA
Es un sistema administrativo del Estado peruano que procura
certificar la calidad de los proyectos de inversión pública
(PIPs) con el objeto de optimizar el uso de los recursos
destinados a inversión.
Hacia dicho objeto, el SNIP pone a disposición de las
Entidades públicas un conjunto de principios, métodos,
procedimientos y normas técnicas vinculadas a las distintas
fases del Ciclo de un Proyecto de Inversión Pública.
Todos los niveles de gobierno (nacional, regional y local), así
como sus empresas y demás órganos pertenecientes o
adscritos), sujetos a sus disposiciones están en la obligación
de observar y cumplir las normas en el marco del SNIP.
Los Sistemas Administrativos Nacionales
son sistemas de gestión que actúan
como normas de calidad
(certifican conductas)
... a fin de garantizar
la calidad del servicio y/o bien provisto
FINALIDAD DEL
Optimizar el uso de los recursos públicos destinados a inversión.
Qué busca el SNIP :
Eficiencia en la utilización de los recursos
públicos destinados a inversión.
Sostenibilidad en la cobertura y/o calidad de
la provisión de los servicios y/o bienes
públicos intervenidos con los PIPs.
Mayor impacto socio-económico con sus
intervenciones, es decir, un mayor
bienestar para la población.
Recuerde, ¡el SNIP no representa un procedimiento administrativo!
PROBLEMA SOLUCIÓN
 RENTABILIDAD SOCIAL
 SOSTENIBILIDAD
 CONSISTENCIA CON POLÍTICAS
PIP
 IDENTIFICA
 FORMULA
EVALÚA
SNIP
RAZÓN DEL
Marco Normativo del SNIP
 Ley Nº 27293, “Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública” y sus modificatorias, (Ley del SNIP).
 Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 102-2007-EF y sus modificatorias, (Reglamento de la Ley del SNIP).
 Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública “Directiva Nº 001-2011-EF/68.01” y
demás normas que, al amparo de la Ley y su Reglamento, dictamine el MEF y/o la DGPI.
 R.M. Nº 314-2007-EF/15 “Resolución Ministerial que autoriza delegaciones para declarar viabilidad
de PIPs financiados, total o parcialmente, con endeudamiento interno”.
Marco Normativo Actual
 Todas las entidades, empresas y órganos constituidos de tratamiento especial del Sector Público
No Financiero sujetas a las disposiciones del SNIP están obligadas a observar y aplicar su
normatividad.
 Los PIPs formulados, financiados y/o ejecutados por terceros, con sus propios recursos, así como
aquellos PIPs que los Gobiernos Locales no sujetos al SNIP prevean ejecutar y cuya operación y
mantenimiento (O y M) estará a cargo de una Entidad pública sujeta al SNIP. En ambos casos, los
estudios de pre-inversión correspondientes deberán ser formulados por éstas últimas y declarados
viables por el órgano del SNIP que resulte competente.
 A los PIPs de las instituciones perceptoras de Cooperación Técnica Internacional, cuando una
Entidad pública sujeta al SNIP deba asumir los gastos de O y M.
 A los PIPs de las mancomunidades municipales, cuando al menos uno (1) de los gobiernos locales
(provinciales o distritales) que las integran está incorporado al SNIP.
Aplicación de las Normas del SNIP
Es una intervención limitada en el tiempo;
Que utiliza, total o parcialmente, recursos públicos;
Con el fin de crear, ampliar, mejorar y/o recuperar la capacidad
generadora o proveedora de bienes y/o servicios públicos; y,
Cuyos beneficios se generen durante su vida útil y sean
independientes de los de otros PIPs.
Un PIP debe constituir una solución integral a un problema específico prioritario
vinculada a las finalidades, competencias y objetivos de una Entidad pública. Es
importante destacar que, su ejecución puede hacerse en más de un ejercicio
presupuestal, conforme al cronograma de ejecución previsto en los estudios de pre-
inversión.
Proyecto de Inversión
Pública (PIP)
PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA
¿Qué no es
un PIP?
No constituye un PIP aquellas intervenciones que representen acciones de
operación y mantenimiento, del mismo modo que aquellas acciones que
impliquen reposiciones de activos que:
i) Se realicen en el marco de intervenciones programadas de un PIP
declarado viable;
ii) Se encuentren asociadas a la operatividad de las instalaciones físicas
para el funcionamiento de la Entidad; o,
iii) No impliquen la ampliación de la capacidad generadora o proveedora
de los bienes y/o servicios públicos.
La reposición de activos es el reemplazo de un activo cuyo tiempo de operación ha
superado su periodo de vida útil o ha sufrido daños por factores imprevisibles que afectan
la continuidad de sus operaciones.
OTROS CONCEPTOS Y DEFINICIONES EN EL MARCO DEL
OTRAS DEFINICIONES
 PROGRAMA DE INVERSIÓN.
Es un conjunto de PIPs y/o Conglomerados que se complementan entre sí y que tienen un objetivo
común.
 CONGLOMERADO.
Es un conjunto de PIPs de pequeña escala que comparten características similares en cuanto a
diseño, tamaño y/o costo unitario y que corresponden a una misma función y programa, de acuerdo
al Clasificador Funcional Programático. Sólo puede ser un componente de un Programa de
Inversión.
Los GRs y GLs sólo pueden formular Programas de Inversión que se enmarquen en
sus competencias.
Unidad(es) Ejecutora(s) (UEs)
Unidad(es) Formuladora(s) (UFs)
Oficina de Programación e Inversiones (OPI)
AlcaldePresidenteMinistro
Órgano Resolutivo
Gobierno Local
Gobierno
Regional
Sector
DGPI
Relación Técnico
- Funcional
ESTRUCTURA DEL
Relación
Institucional
Relación
Funcionaly/o
Institucional
MEF
OPI GL
sujeto SNIP
Unidad(es) Ejecutora(s) (UEs)
Unidad(es) Formuladora(s) (UFs)
Oficina de Programación e Inversiones (OPI)
Presidente Colegiado
Gerente General y Presidente
del Consejo Directivo
Órgano Resolutivo
Junta de
Coordinación
Interregional
Mancomunidad Municipal
DGPI
Relación Técnico
- Funcional
ESTRUCTURA DEL
Relación
Institucional
Relación
Funcionaly/o
Institucional
MEF
A partir del año 2010, también son integrantes del SNIP:
OPI GL
sujeto SNIP
FASES DEL CICLO DEL PROYECTO
Retroalimentación
Fin
Post - Inversión
InversiónPre - Inversión
Perfil
Factibilidad
Idea* **
* La idea surge de un problema prioritario que resolver (o una oportunidad que
aprovechar). Una idea da origen a un PIP.
* * La declaración de viabilidad es un requisito obligatorio para pasar de la fase de pre-
inversión a la fase de inversión.
Estudios
Definitivos/
Expediente
Técnico
Ejecución
Operación
y Mantenimiento
Evaluación
Ex - post
Prefactibilidad
Preinversión
Esta fase comprende la elaboración del Perfil, que además incluye el análisis
a nivel de un estudio de Prefactibilidad, y la elaboración del estudio de
Factibilidad.
Objetivo
Evaluar la conveniencia de realizar un Proyecto de
Inversión Pública (PIP) en particular.
socialmente rentable, sostenible y concordante con los
lineamientos de política
Niveles mínimos
de Estudios
•Perfil Simplificado hasta S/.1’200,000
• Perfil de S/.1’200,000 hasta S/.10 millones.
• Factibilidad mas de S/.10 millones.
Durante la Fase de Preinversión
UF: Elabora los TdRs (cuando se contrate la elaboración de los estudios de preinversión) o el plan de trabajo
(cuando la elaboración de los estudios de preinversión la realice la propia UF), siendo responsable por el
contenido de dichos estudios.
Tener en cuenta las Pautas de los TdRs o planes de trabajo para la
elaboración de estudios de preinversión (Anexo SNIP-23)
OPI: Aprueba los TdRs o el plan de trabajo (15 días) (No aplica a los PIPs de un Conglomerado) .
UF: Elabora el estudio de preinversión consideran:
 Los Parámetros y Normas Técnicas para Formulación (Anexo SNIP-09),
 los Parámetros de Evaluación (Anexo SNIP-10),
 la programación multianual de inversión pública del Sector, GR o GL, según corresponda, para evaluar
tanto la probabilidad de su ejecución como el período de ejecución del PIP.
Para asegurar la sostenibilidad del PIP: Verificar se cuente con el saneamiento
físico-legal correspondiente o con los arreglos institucionales respectivos para
la implementación del PIP.
En el caso de GR y GL verificar que la localización geográfica del PIP
corresponda a su circunscripción territorial.
UF: Si corresponde, levanta las observaciones planteadas por la OPI o por la DGPI.
Registra el Perfil en el Banco de Proyectos, deberá incluir escaneados (se genera el código SNIP y se asigna automaticamente a
la OPI responsable de la evaluación, salvo necesitar fuentes de endeudamiento):
 TDRs o Plan de Trabajo
 Informe de aprobación de la OPI
 Estudio de Preinversión
Cuando la O&M estén a cargo de una entidad distinta a la que pertenece la UF,
ésta solicitará opinión favorable de dicha entidad antes de remitir perfil para
evaluación.
OPI: Evalúa, Emite Informe Técnico (podrá recomendar estudios adicionales dependiendo de la complejidad del PIP).
La OPI puede:Rechazar, observar, aprobar o, Declarar la Viabilidad del Estudio del Preinversión (requisito
indispensable para iniciar etapa de ejecución)
PIP Menor
 Recibir el Formato SNIP 04 debidamente
visado y revisa su registro en el BP.
 Evaluar el PIP Menor utilizando el
Formato SNIP 06, visarlo y registrar el
resultado en el BP.
 Remitir copia de los Formatos SNIP 06 y
09 Formato de Declaratoria de Viabilidad a
la UF y a la DGPI (5 días hábiles)
PIP Mayor
 Se utiliza el Protocolo de Evaluación.
 Cuando se Declare la Viabilidad del PIP
se remite copia del Informe Técnico y de los
Formatos SNIP 09 Formato de Declaratoria
de Viabilidad a la UF y a la DGPI (5 días
hábiles)
Para el registro de Declaración de Viabilidad se deberá incluir en la Ficha de
Registro del PIP:
Archivo
Electrónico del
Estudio de
Preinversión que
sustenta la DV.
Resumen
Ejecutivo del
Estudio
Escaneado.
Informe Técnico de
DV escaneados.
ESTUDIO DE PREINVERSIÓN
OPI / DGPI
PERFIL SIMPLIFICADO 10
PERFIL 30
FACTIBILIDAD 40
Plazos para la evaluación de los estudios de peinversión:
Inversión
Una vez que un proyecto ha cumplido satisfactoriamente la fase de preinversión, y ha sido declarado
viable por la OPI correspondiente, se encuentra habilitado para ingresar a la Fase de Inversión.
Etapas
Diseño: Se elabora el estudio de diseño (Estudio Definitivo o Expediente
Técnico) del proyecto, incluyendo la planificación de la ejecución, el
presupuesto, las metas físicas proyectadas, las especificaciones técnicas, el
programa de conservación y reposición de equipos y los requerimientos
estimados de personal para la operación y mantenimiento.
Ejecución: Implementación de las actividades programas y desarrollo de la
obra física.
• licitación de los bienes, servicios u obras a adquirir e implementar.
• Seguimiento y control de los contratos.
• Revisión periódica de los avances de la ejecución del proyecto.
El cierre de la ejecución del proyecto marca el fin de la Fase de Inversión.
OR autoriza la elaboración del ED o ET y Ejecución de PIP viable. Pudiendo realizar ambas
autorizaciones en un mismo acto.
Los PIP viables en su PIA se consideran ya autorizados y no requieren
autorización expresa , salvo para aquellos que requieren modificaciones
presupuestarias.
UE Deberá ceñirse al Estudio con el que se declaro la viabilidad al PIP para la elaboración del
ED o ET, y ejecución del PIP, bajo responsabilidad de quien los apruebe y del responsable de la
UE.
 Elabora y suscribe el Formato SNIP 15, informando entre la consistencia entre el ED o ET y el Estudio
de Preinversión con el que se otorgó la viabilidad.
 Informa oportunamente al órgano que declaro la viabilidad, toda modificación en la fase de inversión
Formato SNIP 16 y remite a la OPI la información necesaria sobre las modificaciones, para que esta las
registre en un plazo máximo de 3 días.
 Elabora el Informe de Cierre del PIP.
Se informa si existe consistencia en:
 objetivo del PIP;
 monto de inversión;
 localización geográfica y/o área de influencia
 Alternativa de solución
 metas asociadas a la capacidad de producción del servicio;
 tecnología de producción; y
 plazo de ejecución.
* También debe informarse sobre modalidad de ejecución.
Informe de Consistencia – Formato SNIP 15
El Organo que Declaro la Viabilidad
registra el Formato SNIP 15, tiene 3 días.
Aumento en metas asociadas a la capacidad de producción del servicio
Aumento en metrados
Cambio en tecnología de producción
Cambio de la alternativa de solución por otra prevista en el estudio
Cambio de localización geográfica dentro de ámbito de influencia del PIP
Cambio de modalidad de ejecución
Resultado del proceso de selección
Plazo de ejecución
Modificiones durante la Fase de Inversión
Modificaciones No Sustanciales
MONTO DV % VARIACIÓN
Menor o igual a S/.3 Millones No más de 40%
Mayor a S/.3 Millones y Menor o igual a S/.6 Millones No más de 30%
Mayor a S/.6 Millones No más de 20%
Modificiones durante la Fase de Inversión
Modificaciones Sustanciales
cambio en el objetivo del PIP
cambio de la alternativa de solución por otra no prevista en el estudio de preinversión
cambio del ámbito de influencia
 Si PIP está en ET:
 órgano que DV determina si es por deficiencia en preinversión o en ET.
 Si por deficiencia en preinversión solicita retiro de DV o dispone Informe de Cierre.
 Si es por deficiencia en ET: UE reformula ET.
Si PIP está en ejecución:
Verificación de Viabilidad.
Verificación de Viabilidad – Aspectos Generales
 DEFINICIÓN: El órgano que declaro la viabilidad realiza una nueva evaluación del PIP considerando las
modificaciones como requisito previo a su ejecución.
 ¿QUIÉN? El órgano que declaro la viabilidad, la registra la DGPI, salvo que tuviera recomendaciones.
 PLAZO: 10 días hábiles
 INFORMACIÓN: Proyectos, Anexo SNIP-16 y Formato SNIP-17. Si monto de inversión varía a un nivel de
estudio de preinversión superior, la UF debe presentar a la OPI, la información correspondiente a dicho nivel.
 Las modificaciones no sustanciales que originen incrementos encima de los %.
 Si el proyecto pierde alguna condición necesaria para su sostenibilidad.
 Se suprimen metas asociadas a la capacidad de producción del servicio o componentes.
 Se aumentan o cambian componentes inclusive si el monto de inversión no varía o disminuye.
 Modificaciones sustanciales cuando PIP está en ejecución.
Informe de Variaciones:
 En cualquier caso, la UE tiene 20 días háb. para informar antes de ejecutar.
 Si ejecuta sin informar (salvo casos señalados en Anexo SNIP 18):
Órgano que DV:
Realiza análisis para determinar
existencia de pérdidas económicas
(Ver Anexo SNIP 25), e
Informa al OCI
Postinversión
Esta última fase se inicia cuando se ha cerrado la ejecución del proyecto y éste ha sido transferido a la Entidad
responsable de su operación y mantenimiento. En esta fase, y durante todo su periodo de vida útil, se concreta la
generación de beneficios del proyecto.
Etapas
• Se debe asegurar que el proyecto ha producido una mejora en
la capacidad prestadora de bienes o servicios públicos de una
Entidad.
• Para ello, la Entidad responsable de su operación y
mantenimiento, deberá priorizar la asignación de los recursos
necesarios para dichas acciones.
Operación y
mantenimiento
Evaluación ex
post
• Proceso que permite investigar en qué medida las metas
alcanzadas por el proyecto se han traducido en los resultados
esperados en correlato con lo previsto durante la fase de
preinversión.
La Programación Multianual de
Inversión Pública a nivel de los
Gobiernos Regionales y Locales
PROGRAMACIÓN MULTIANUAL DE LA INVERSIÓN PÚBLICA
(PMIP)
¿Quiénes deben elaborar el PMIP?:
 Aquellas entidades de los diferentes niveles de gobierno (GN, GRs y GLs) que se encuentran
incorporadas al SNIP.
 En el caso de los GLs sólo es obligatorio para aquellos que han sido referidos expresamente en
la Directiva Nº 005-2007-EF/68.11. Los demás lo harán de manera referencial.
Un PMIP, comprende el conjunto de PIPs, incluyendo los gastos de operación y
mantenimiento que requieran, cuya ejecución esté prevista para los siguientes 3
años a partir de su programación. Debe ser consistente con los respectivos
instrumentos y lineamientos de política y prioridades del nivel de gobierno.
¿Qué es un
PMIP?
Recuerde que, la OPI respectiva es la que consolida y verifica la consistencia del PMIP.
Es el Órgano Resolutivo quien lo aprueba para su incorporación al anteproyecto del
presupuesto público para el siguiente año fiscal.
El PMIP EN LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES
¿Qué criterios existen para la elaboración de sus PMIP?:
 Asegurar la asignación de recursos correspondiente a la operación y mantenimiento de los
activos e infraestructura existentes.
 PIPs en ejecución que culminen en el año fiscal siguiente o en los años sucesivos.
 Nuevos PIPs que cuenten con viabilidad y cuyos estudios de pre-inversión hayan sido
financiados o cofinanciados con recursos provenientes de fondos concursables.
 Nuevos PIPs que cuenten con viabilidad y presenten mayor rentabilidad social.
 Nuevos PIPs que cuenten con viabilidad y cuya fuente de financiamiento sea donación o
cooperación técnica no reembolsable.
 PIPs en elaboración que ya se encuentren registrados en el Banco de Proyectos del SNIP.
El PMIP incorpora sólo aquellos PIPs que constituyen soluciones a los principales
problemas identificados en el proceso de planeamiento del desarrollo concertado,
considerando aquellos PIPs a priorizarse en el proceso de presupuesto participativo.
Aplicaciones informáticas e
instrumentos del SNIP
PRINCIPALES APLICATIVOS INFORMÁTICOS E INSTRUMENTOS DEL
Sirve para almacenar, actualizar, publicar y consultar información estandarizada, resumida
y más relevante de los PIPs en su fase de pre-inversión.
Sirve para verificar y transparentar (visualizar) los avances de ejecución de los PIPs, con
el objeto de supervisar que la fase de inversión sea consistente con las condiciones y
parámetros que sustentaron la declaratoria de viabilidad de los PIPs.
Es una herramienta que sirve para programar, hacia el corto plazo, las inversiones
públicas de cada Entidad según prioridades y políticas pertinentes. Constituye un
instrumento esencial para mejorar la calidad del gasto público y la formulación del
presupuesto público de inversiones.
Es una plataforma de acceso a la data (indicadores, estadísticas, normas técnicas, etc.) de
distintas Entidades públicas, útil para la formulación y evaluación de los estudios de pre-
inversión.
Es una herramienta de acceso libre que permite consultar la base de datos de todos los
PIPs según diversos criterios de búsqueda (localidad, monto, modalidad de ejecución,
etc.).
Es un fondo concursable, cuyo objetivo principal es cofinanciar la ejecución de PIPs y
estudios de pre-inversión orientados a reducir brechas sociales en la provisión de
servicios públicos e infraestructura pública básica, que generen el mayor impacto en la
reducción de la pobreza y extrema pobreza en el país.
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DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DE
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  • 1. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DE INVERSIONES El Sistema Nacional de Inversión Pública Susana Rodríguez N. Unidad de Capacitación y Asistencia Técnica Dirección de Normatividad, Metodologías y Capacitación DGPI - MEF
  • 3. Ministerio de Economía y Finanzas Viceministerio de Economía DGPIP DGPM DGPI DGDFAS DGMFLPP DGAEICIP Viceministerio de Hacienda DGPP DGETP DGGRP DGCP ORGANIZACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Dirección General de Política de Inversiones (DGPI) Ente rector del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) Es la más alta autoridad técnico-normativa del SNIP a nivel nacional: establece las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen a los Proyectos de Inversión Pública
  • 4. Dirección General de Política de Inversiones (DGPI) Dirección Ejecutiva Dirección de Política y Programación de Inversiones Dirección de Inversión Pública Dirección de Inversión Privada Dirección de Normatividad, Metodologías y Capacitación ORGANIZACIÓN DE LA DGPI Recuerde que, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) es la más alta autoridad técnico-normativa del SNIP y actúa a través de la DGPI.
  • 5. ORIGEN DEL En el año 2000 se crea el SNIP con el objeto de mejorar la calidad de la inversión pública a nivel nacional. En ese momento no se incluyeron a los Gobiernos Locales (municipalidades provinciales y distritales). En el año 2002, mediante la Ley de Bases de Descentralización, se dispone el alcance progresivo del SNIP a los Gobiernos Locales. 2000 Ley del SNIP (excluía a Gobiernos Locales) 2002 Ley de Bases Desc. (incorporación de los Gobiernos Locales al SNIP)
  • 6. Proyectos Malos Proyectos Buenos SNIP Proyectos Buenos Limitada o escasa calidad de la Inversión Pública Mejor calidad de la Inversión Pública PROPUESTA DEL OJO: No prioriza la ejecución de proyectos de inversión pública (PIPs). Solamente efectúa una evaluación técnica, independiente de cada PIP, a efectos de acreditar su viabilidad. Cada Entidad decide, qué y cuándo va a invertir prioritariamente. Antes Ahora
  • 7. Estado CiudadanoProyectos de Inversión Pública (PIP) EL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA Es un sistema administrativo del Estado peruano que procura certificar la calidad de los proyectos de inversión pública (PIPs) con el objeto de optimizar el uso de los recursos destinados a inversión. Hacia dicho objeto, el SNIP pone a disposición de las Entidades públicas un conjunto de principios, métodos, procedimientos y normas técnicas vinculadas a las distintas fases del Ciclo de un Proyecto de Inversión Pública. Todos los niveles de gobierno (nacional, regional y local), así como sus empresas y demás órganos pertenecientes o adscritos), sujetos a sus disposiciones están en la obligación de observar y cumplir las normas en el marco del SNIP. Los Sistemas Administrativos Nacionales son sistemas de gestión que actúan como normas de calidad (certifican conductas) ... a fin de garantizar la calidad del servicio y/o bien provisto
  • 8. FINALIDAD DEL Optimizar el uso de los recursos públicos destinados a inversión. Qué busca el SNIP : Eficiencia en la utilización de los recursos públicos destinados a inversión. Sostenibilidad en la cobertura y/o calidad de la provisión de los servicios y/o bienes públicos intervenidos con los PIPs. Mayor impacto socio-económico con sus intervenciones, es decir, un mayor bienestar para la población. Recuerde, ¡el SNIP no representa un procedimiento administrativo!
  • 9. PROBLEMA SOLUCIÓN  RENTABILIDAD SOCIAL  SOSTENIBILIDAD  CONSISTENCIA CON POLÍTICAS PIP  IDENTIFICA  FORMULA EVALÚA SNIP RAZÓN DEL
  • 11.  Ley Nº 27293, “Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública” y sus modificatorias, (Ley del SNIP).  Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 102-2007-EF y sus modificatorias, (Reglamento de la Ley del SNIP).  Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública “Directiva Nº 001-2011-EF/68.01” y demás normas que, al amparo de la Ley y su Reglamento, dictamine el MEF y/o la DGPI.  R.M. Nº 314-2007-EF/15 “Resolución Ministerial que autoriza delegaciones para declarar viabilidad de PIPs financiados, total o parcialmente, con endeudamiento interno”. Marco Normativo Actual
  • 12.  Todas las entidades, empresas y órganos constituidos de tratamiento especial del Sector Público No Financiero sujetas a las disposiciones del SNIP están obligadas a observar y aplicar su normatividad.  Los PIPs formulados, financiados y/o ejecutados por terceros, con sus propios recursos, así como aquellos PIPs que los Gobiernos Locales no sujetos al SNIP prevean ejecutar y cuya operación y mantenimiento (O y M) estará a cargo de una Entidad pública sujeta al SNIP. En ambos casos, los estudios de pre-inversión correspondientes deberán ser formulados por éstas últimas y declarados viables por el órgano del SNIP que resulte competente.  A los PIPs de las instituciones perceptoras de Cooperación Técnica Internacional, cuando una Entidad pública sujeta al SNIP deba asumir los gastos de O y M.  A los PIPs de las mancomunidades municipales, cuando al menos uno (1) de los gobiernos locales (provinciales o distritales) que las integran está incorporado al SNIP. Aplicación de las Normas del SNIP
  • 13. Es una intervención limitada en el tiempo; Que utiliza, total o parcialmente, recursos públicos; Con el fin de crear, ampliar, mejorar y/o recuperar la capacidad generadora o proveedora de bienes y/o servicios públicos; y, Cuyos beneficios se generen durante su vida útil y sean independientes de los de otros PIPs. Un PIP debe constituir una solución integral a un problema específico prioritario vinculada a las finalidades, competencias y objetivos de una Entidad pública. Es importante destacar que, su ejecución puede hacerse en más de un ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de ejecución previsto en los estudios de pre- inversión. Proyecto de Inversión Pública (PIP) PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA
  • 14. ¿Qué no es un PIP? No constituye un PIP aquellas intervenciones que representen acciones de operación y mantenimiento, del mismo modo que aquellas acciones que impliquen reposiciones de activos que: i) Se realicen en el marco de intervenciones programadas de un PIP declarado viable; ii) Se encuentren asociadas a la operatividad de las instalaciones físicas para el funcionamiento de la Entidad; o, iii) No impliquen la ampliación de la capacidad generadora o proveedora de los bienes y/o servicios públicos. La reposición de activos es el reemplazo de un activo cuyo tiempo de operación ha superado su periodo de vida útil o ha sufrido daños por factores imprevisibles que afectan la continuidad de sus operaciones. OTROS CONCEPTOS Y DEFINICIONES EN EL MARCO DEL
  • 15. OTRAS DEFINICIONES  PROGRAMA DE INVERSIÓN. Es un conjunto de PIPs y/o Conglomerados que se complementan entre sí y que tienen un objetivo común.  CONGLOMERADO. Es un conjunto de PIPs de pequeña escala que comparten características similares en cuanto a diseño, tamaño y/o costo unitario y que corresponden a una misma función y programa, de acuerdo al Clasificador Funcional Programático. Sólo puede ser un componente de un Programa de Inversión. Los GRs y GLs sólo pueden formular Programas de Inversión que se enmarquen en sus competencias.
  • 16. Unidad(es) Ejecutora(s) (UEs) Unidad(es) Formuladora(s) (UFs) Oficina de Programación e Inversiones (OPI) AlcaldePresidenteMinistro Órgano Resolutivo Gobierno Local Gobierno Regional Sector DGPI Relación Técnico - Funcional ESTRUCTURA DEL Relación Institucional Relación Funcionaly/o Institucional MEF OPI GL sujeto SNIP
  • 17. Unidad(es) Ejecutora(s) (UEs) Unidad(es) Formuladora(s) (UFs) Oficina de Programación e Inversiones (OPI) Presidente Colegiado Gerente General y Presidente del Consejo Directivo Órgano Resolutivo Junta de Coordinación Interregional Mancomunidad Municipal DGPI Relación Técnico - Funcional ESTRUCTURA DEL Relación Institucional Relación Funcionaly/o Institucional MEF A partir del año 2010, también son integrantes del SNIP: OPI GL sujeto SNIP
  • 18. FASES DEL CICLO DEL PROYECTO Retroalimentación Fin Post - Inversión InversiónPre - Inversión Perfil Factibilidad Idea* ** * La idea surge de un problema prioritario que resolver (o una oportunidad que aprovechar). Una idea da origen a un PIP. * * La declaración de viabilidad es un requisito obligatorio para pasar de la fase de pre- inversión a la fase de inversión. Estudios Definitivos/ Expediente Técnico Ejecución Operación y Mantenimiento Evaluación Ex - post Prefactibilidad
  • 19. Preinversión Esta fase comprende la elaboración del Perfil, que además incluye el análisis a nivel de un estudio de Prefactibilidad, y la elaboración del estudio de Factibilidad. Objetivo Evaluar la conveniencia de realizar un Proyecto de Inversión Pública (PIP) en particular. socialmente rentable, sostenible y concordante con los lineamientos de política Niveles mínimos de Estudios •Perfil Simplificado hasta S/.1’200,000 • Perfil de S/.1’200,000 hasta S/.10 millones. • Factibilidad mas de S/.10 millones.
  • 20. Durante la Fase de Preinversión UF: Elabora los TdRs (cuando se contrate la elaboración de los estudios de preinversión) o el plan de trabajo (cuando la elaboración de los estudios de preinversión la realice la propia UF), siendo responsable por el contenido de dichos estudios. Tener en cuenta las Pautas de los TdRs o planes de trabajo para la elaboración de estudios de preinversión (Anexo SNIP-23) OPI: Aprueba los TdRs o el plan de trabajo (15 días) (No aplica a los PIPs de un Conglomerado) . UF: Elabora el estudio de preinversión consideran:  Los Parámetros y Normas Técnicas para Formulación (Anexo SNIP-09),  los Parámetros de Evaluación (Anexo SNIP-10),  la programación multianual de inversión pública del Sector, GR o GL, según corresponda, para evaluar tanto la probabilidad de su ejecución como el período de ejecución del PIP. Para asegurar la sostenibilidad del PIP: Verificar se cuente con el saneamiento físico-legal correspondiente o con los arreglos institucionales respectivos para la implementación del PIP. En el caso de GR y GL verificar que la localización geográfica del PIP corresponda a su circunscripción territorial.
  • 21. UF: Si corresponde, levanta las observaciones planteadas por la OPI o por la DGPI. Registra el Perfil en el Banco de Proyectos, deberá incluir escaneados (se genera el código SNIP y se asigna automaticamente a la OPI responsable de la evaluación, salvo necesitar fuentes de endeudamiento):  TDRs o Plan de Trabajo  Informe de aprobación de la OPI  Estudio de Preinversión Cuando la O&M estén a cargo de una entidad distinta a la que pertenece la UF, ésta solicitará opinión favorable de dicha entidad antes de remitir perfil para evaluación. OPI: Evalúa, Emite Informe Técnico (podrá recomendar estudios adicionales dependiendo de la complejidad del PIP). La OPI puede:Rechazar, observar, aprobar o, Declarar la Viabilidad del Estudio del Preinversión (requisito indispensable para iniciar etapa de ejecución) PIP Menor  Recibir el Formato SNIP 04 debidamente visado y revisa su registro en el BP.  Evaluar el PIP Menor utilizando el Formato SNIP 06, visarlo y registrar el resultado en el BP.  Remitir copia de los Formatos SNIP 06 y 09 Formato de Declaratoria de Viabilidad a la UF y a la DGPI (5 días hábiles) PIP Mayor  Se utiliza el Protocolo de Evaluación.  Cuando se Declare la Viabilidad del PIP se remite copia del Informe Técnico y de los Formatos SNIP 09 Formato de Declaratoria de Viabilidad a la UF y a la DGPI (5 días hábiles)
  • 22. Para el registro de Declaración de Viabilidad se deberá incluir en la Ficha de Registro del PIP: Archivo Electrónico del Estudio de Preinversión que sustenta la DV. Resumen Ejecutivo del Estudio Escaneado. Informe Técnico de DV escaneados. ESTUDIO DE PREINVERSIÓN OPI / DGPI PERFIL SIMPLIFICADO 10 PERFIL 30 FACTIBILIDAD 40 Plazos para la evaluación de los estudios de peinversión:
  • 23. Inversión Una vez que un proyecto ha cumplido satisfactoriamente la fase de preinversión, y ha sido declarado viable por la OPI correspondiente, se encuentra habilitado para ingresar a la Fase de Inversión. Etapas Diseño: Se elabora el estudio de diseño (Estudio Definitivo o Expediente Técnico) del proyecto, incluyendo la planificación de la ejecución, el presupuesto, las metas físicas proyectadas, las especificaciones técnicas, el programa de conservación y reposición de equipos y los requerimientos estimados de personal para la operación y mantenimiento. Ejecución: Implementación de las actividades programas y desarrollo de la obra física. • licitación de los bienes, servicios u obras a adquirir e implementar. • Seguimiento y control de los contratos. • Revisión periódica de los avances de la ejecución del proyecto. El cierre de la ejecución del proyecto marca el fin de la Fase de Inversión.
  • 24. OR autoriza la elaboración del ED o ET y Ejecución de PIP viable. Pudiendo realizar ambas autorizaciones en un mismo acto. Los PIP viables en su PIA se consideran ya autorizados y no requieren autorización expresa , salvo para aquellos que requieren modificaciones presupuestarias. UE Deberá ceñirse al Estudio con el que se declaro la viabilidad al PIP para la elaboración del ED o ET, y ejecución del PIP, bajo responsabilidad de quien los apruebe y del responsable de la UE.  Elabora y suscribe el Formato SNIP 15, informando entre la consistencia entre el ED o ET y el Estudio de Preinversión con el que se otorgó la viabilidad.  Informa oportunamente al órgano que declaro la viabilidad, toda modificación en la fase de inversión Formato SNIP 16 y remite a la OPI la información necesaria sobre las modificaciones, para que esta las registre en un plazo máximo de 3 días.  Elabora el Informe de Cierre del PIP.
  • 25. Se informa si existe consistencia en:  objetivo del PIP;  monto de inversión;  localización geográfica y/o área de influencia  Alternativa de solución  metas asociadas a la capacidad de producción del servicio;  tecnología de producción; y  plazo de ejecución. * También debe informarse sobre modalidad de ejecución. Informe de Consistencia – Formato SNIP 15 El Organo que Declaro la Viabilidad registra el Formato SNIP 15, tiene 3 días.
  • 26. Aumento en metas asociadas a la capacidad de producción del servicio Aumento en metrados Cambio en tecnología de producción Cambio de la alternativa de solución por otra prevista en el estudio Cambio de localización geográfica dentro de ámbito de influencia del PIP Cambio de modalidad de ejecución Resultado del proceso de selección Plazo de ejecución Modificiones durante la Fase de Inversión Modificaciones No Sustanciales MONTO DV % VARIACIÓN Menor o igual a S/.3 Millones No más de 40% Mayor a S/.3 Millones y Menor o igual a S/.6 Millones No más de 30% Mayor a S/.6 Millones No más de 20%
  • 27. Modificiones durante la Fase de Inversión Modificaciones Sustanciales cambio en el objetivo del PIP cambio de la alternativa de solución por otra no prevista en el estudio de preinversión cambio del ámbito de influencia  Si PIP está en ET:  órgano que DV determina si es por deficiencia en preinversión o en ET.  Si por deficiencia en preinversión solicita retiro de DV o dispone Informe de Cierre.  Si es por deficiencia en ET: UE reformula ET. Si PIP está en ejecución: Verificación de Viabilidad.
  • 28. Verificación de Viabilidad – Aspectos Generales  DEFINICIÓN: El órgano que declaro la viabilidad realiza una nueva evaluación del PIP considerando las modificaciones como requisito previo a su ejecución.  ¿QUIÉN? El órgano que declaro la viabilidad, la registra la DGPI, salvo que tuviera recomendaciones.  PLAZO: 10 días hábiles  INFORMACIÓN: Proyectos, Anexo SNIP-16 y Formato SNIP-17. Si monto de inversión varía a un nivel de estudio de preinversión superior, la UF debe presentar a la OPI, la información correspondiente a dicho nivel.  Las modificaciones no sustanciales que originen incrementos encima de los %.  Si el proyecto pierde alguna condición necesaria para su sostenibilidad.  Se suprimen metas asociadas a la capacidad de producción del servicio o componentes.  Se aumentan o cambian componentes inclusive si el monto de inversión no varía o disminuye.  Modificaciones sustanciales cuando PIP está en ejecución. Informe de Variaciones:  En cualquier caso, la UE tiene 20 días háb. para informar antes de ejecutar.  Si ejecuta sin informar (salvo casos señalados en Anexo SNIP 18): Órgano que DV: Realiza análisis para determinar existencia de pérdidas económicas (Ver Anexo SNIP 25), e Informa al OCI
  • 29. Postinversión Esta última fase se inicia cuando se ha cerrado la ejecución del proyecto y éste ha sido transferido a la Entidad responsable de su operación y mantenimiento. En esta fase, y durante todo su periodo de vida útil, se concreta la generación de beneficios del proyecto. Etapas • Se debe asegurar que el proyecto ha producido una mejora en la capacidad prestadora de bienes o servicios públicos de una Entidad. • Para ello, la Entidad responsable de su operación y mantenimiento, deberá priorizar la asignación de los recursos necesarios para dichas acciones. Operación y mantenimiento Evaluación ex post • Proceso que permite investigar en qué medida las metas alcanzadas por el proyecto se han traducido en los resultados esperados en correlato con lo previsto durante la fase de preinversión.
  • 30. La Programación Multianual de Inversión Pública a nivel de los Gobiernos Regionales y Locales
  • 31. PROGRAMACIÓN MULTIANUAL DE LA INVERSIÓN PÚBLICA (PMIP) ¿Quiénes deben elaborar el PMIP?:  Aquellas entidades de los diferentes niveles de gobierno (GN, GRs y GLs) que se encuentran incorporadas al SNIP.  En el caso de los GLs sólo es obligatorio para aquellos que han sido referidos expresamente en la Directiva Nº 005-2007-EF/68.11. Los demás lo harán de manera referencial. Un PMIP, comprende el conjunto de PIPs, incluyendo los gastos de operación y mantenimiento que requieran, cuya ejecución esté prevista para los siguientes 3 años a partir de su programación. Debe ser consistente con los respectivos instrumentos y lineamientos de política y prioridades del nivel de gobierno. ¿Qué es un PMIP? Recuerde que, la OPI respectiva es la que consolida y verifica la consistencia del PMIP. Es el Órgano Resolutivo quien lo aprueba para su incorporación al anteproyecto del presupuesto público para el siguiente año fiscal.
  • 32. El PMIP EN LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES ¿Qué criterios existen para la elaboración de sus PMIP?:  Asegurar la asignación de recursos correspondiente a la operación y mantenimiento de los activos e infraestructura existentes.  PIPs en ejecución que culminen en el año fiscal siguiente o en los años sucesivos.  Nuevos PIPs que cuenten con viabilidad y cuyos estudios de pre-inversión hayan sido financiados o cofinanciados con recursos provenientes de fondos concursables.  Nuevos PIPs que cuenten con viabilidad y presenten mayor rentabilidad social.  Nuevos PIPs que cuenten con viabilidad y cuya fuente de financiamiento sea donación o cooperación técnica no reembolsable.  PIPs en elaboración que ya se encuentren registrados en el Banco de Proyectos del SNIP. El PMIP incorpora sólo aquellos PIPs que constituyen soluciones a los principales problemas identificados en el proceso de planeamiento del desarrollo concertado, considerando aquellos PIPs a priorizarse en el proceso de presupuesto participativo.
  • 34. PRINCIPALES APLICATIVOS INFORMÁTICOS E INSTRUMENTOS DEL Sirve para almacenar, actualizar, publicar y consultar información estandarizada, resumida y más relevante de los PIPs en su fase de pre-inversión. Sirve para verificar y transparentar (visualizar) los avances de ejecución de los PIPs, con el objeto de supervisar que la fase de inversión sea consistente con las condiciones y parámetros que sustentaron la declaratoria de viabilidad de los PIPs. Es una herramienta que sirve para programar, hacia el corto plazo, las inversiones públicas de cada Entidad según prioridades y políticas pertinentes. Constituye un instrumento esencial para mejorar la calidad del gasto público y la formulación del presupuesto público de inversiones. Es una plataforma de acceso a la data (indicadores, estadísticas, normas técnicas, etc.) de distintas Entidades públicas, útil para la formulación y evaluación de los estudios de pre- inversión. Es una herramienta de acceso libre que permite consultar la base de datos de todos los PIPs según diversos criterios de búsqueda (localidad, monto, modalidad de ejecución, etc.). Es un fondo concursable, cuyo objetivo principal es cofinanciar la ejecución de PIPs y estudios de pre-inversión orientados a reducir brechas sociales en la provisión de servicios públicos e infraestructura pública básica, que generen el mayor impacto en la reducción de la pobreza y extrema pobreza en el país.
  • 35. Disponibilidad de información del SNIP en Portal Institucional Web
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  • 49. DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DE INVERSIONES (DGPI)