El documento habla sobre los Incoterms 2010, las reglas oficiales de la Cámara de Comercio Internacional para la interpretación de los términos comerciales. Explica los 11 términos Incoterms divididos en dos grupos, sus definiciones, y las obligaciones de los exportadores e importadores para cada término. También cubre cómo los Incoterms especifican quién es responsable de los costos de transporte y seguro, y en qué punto se transfiere el riesgo durante una transacción de comercio internacional.
1. INCOTERMS 2010: ICC REGLAS OFICIALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE
LOS TÉRMINOS DE COMERCIO
1. INTRODUCCIÓN
Las reglas Incoterms o términos comerciales internacionales son una serie de pre-definidos los
términos comerciales publicadas por la Cámara de Comercio Internacional (CCI), ampliamente
utilizado en las transacciones comerciales internacionales. Una serie de términos comerciales de
tres letras relacionadas con las prácticas comerciales comunes, las reglas Incoterms se destinarán
fundamentalmente a comunicar con claridad las tareas, costos y riesgos asociados con el
transporte y la entrega de los bienes. Las reglas Incoterms son aceptadas por los gobiernos,
autoridades judiciales y profesionales de todo el mundo para la interpretación de los términos más
comúnmente utilizados en el comercio internacional. Están destinadas a reducir o eliminar por
completo las incertidumbres que surgen de la interpretación diferente de las normas en los
diferentes países. Publicado por primera vez en 1936, las reglas Incoterms que se actualizan
periódicamente, con la octava versión de los Incoterms 2010, habiendo sido publicado el 1 de
enero de 2011. "Incoterms" es una marca registrada de la CPI.
2. INCOTERMS y el exportador
Términos de Comercio Internacional, conocidos como "Incoterms", son términos
internacionalmente aceptados que definen las responsabilidades de los exportadores e
importadores en la disposición de los envíos y la transferencia de la responsabilidad en cuestión en
las diversas etapas de la transacción. Los Incoterms no cubren la propiedad o la transferencia de la
titularidad de los bienes. Es fundamental ponerse de acuerdo sobre un Incoterm en el inicio de una
negociación / cotización de una venta, ya que afectará a los costes y las responsabilidades
involucradas en el transporte marítimo, los seguros y las tarifas. Los nuevos Incoterms 2010 las
reglas fueron revisadas por la Cámara Internacional de Comercio y entrará en vigor 01 de enero
2011 se eliminaron cuatro términos (DAF, DEQ, DES, DDU) y dos se han añadido:.Se entrega en
el lugar (DAP) y se entregaron en la Terminal (DAT). Las modificaciones afectarán a las
obligaciones, transferencia de riesgos y participación en los gastos para el vendedor y el
comprador, lo que resulta en una mejor clarificación y aplicación de los once (11) Incoterms, y en
consonancia con la forma en que realmente el comercio mundial llevado a cabo desde la última
actualización en 2000.
En cualquier transacción de venta, es importante para el vendedor y el comprador a un acuerdo
sobre las condiciones de venta y saber con precisión lo que está incluido en el precio de venta. Los
exportadores deben elegir el Incoterm que funciona mejor para su empresa, sino también estar
preparados para cotizar en otros términos.
Exportadores sin experiencia puede que quiera usar el Incoterm "Ex Works" (EXW), porque este
término lleva a la menor carga para ellos. Bajo EXW, la responsabilidad del exportador termina en
el muelle de carga de su instalación, que incluye la fabricación de los productos disponibles para
recoger y proporcionar cualquier información sobre los productos necesarios para la presentación
de la Información Electrónica de Exportación (EEI). El agente del importador (es decir, su agente
de transporte de mercancías designado EE.UU.) hará los arreglos y pagar por el pre-transporte,
2. fletes, seguros y cualquier otro gasto de la puerta del exportador. La venta basada en el Incoterm
"CIF", por el contrario, obliga al exportador a organizar y pagar el pre-transporte, envío y seguro a
un puerto. En este caso, el precio de venta (factura) incluye no sólo la ost (C) de las mercancías,
sino también (I) SEGUROS y (f) costos reight que el comprador paga al vendedor de importación
exportación.
Al designar el Incoterm en una factura comercial o de una cita para el comprador, el término debe
ser seguido por la ciudad o el puerto de carga / descarga, como "fábrica EXW, Richmond, VA" o
"cif Rotterdam". Mediante la dirección real es mejor para evitar cualquier confusión o interpretación
errónea. La comunicación durante todo el proceso es crucial. Por ejemplo, en Ex Works, el
remitente debe notificar al importador cuando la mercancía está lista y después de que han sido
recogidos por un transportista seleccionado por el importador. El reenviador del exportador de
mercancías a menudo proporciona el buque y fecha de salida, o utilizar el servicio de carga aérea,
y cualquier conocimiento de embarque o número de las vías respiratorias proyecto de ley para
mantener a las partes sobre las modalidades y el estado del envío (a pesar de que técnicamente
bajo Ex Works del exportador responsabilidad termina en su muelle de carga).
El Incoterm más onerosa para el exportador se DeliveredDutyPaid (DDP), porque todos los
acuerdos y los costos son asumidos por el exportador, por lo general con la ayuda de los agentes
(transitarios y agentes de aduanas de la casa). Con DDP, el exportador asume todos los riesgos y
los costos de transporte, incluidos los impuestos y aranceles, hasta que los bienes son recibidos
por el importador, por lo general en la fábrica del importador o almacén. Desde DDP representa la
obligación máxima del vendedor, no se recomienda para las empresas que son nuevas y las
exportaciones.
3. DEFINICIONES INCOTERM o cambios
Durante el proceso de revisión, que ha durado alrededor de dos años, la CCI ha hecho todo lo
posible para recabar opiniones y respuestas a los sucesivos borradores de un amplio espectro que
va de los comerciantes del mundo, estando representados sus diversos sectores se encuentran en
los comités nacionales a través del cual opera la CCI. De hecho, ha sido gratificante ver que este
proceso de revisión ha atraído mucho más la reacción de los usuarios de todo el mundo que
cualquiera de las revisiones anteriores de los Incoterms. El resultado de este diálogo son los
Incoterms 2000, una versión que, al compararla con los Incoterms 1990 puede parecer que ha
efectuado pocos cambios. Es claro, sin embargo, que los Incoterms disfrutan de gran
reconocimiento y la Corte Penal Internacional ha decidido por ello consolidar ese reconocimiento y
evitar cambios para su propio bien. Por otro lado, los esfuerzos se han hecho serios para
garantizar que los términos utilizados en los Incoterms 2000 reflejan clara y fielmente la práctica
comercial. Por otra parte, los cambios de fondo se han realizado en dos áreas:
Los 11 Incoterms consiste en dos grupos y se enumeran a continuación en orden creciente de
riesgo / responsabilidad para el exportador. Bajo los términos revisados, los compradores y
vendedores están siendo instados a contratar, precisamente, cuando la entrega se hace y qué
cargos están cubiertos. Esto debería evitar la doble facturación de gastos de manipulación de
terminales en el puerto de descarga. Las referencias a "el rail del barco" fueron llevados a cabo
para aclarar que la entrega significa "a bordo" del buque. Seguro, la documentación electrónica, y
la seguridad de la cadena de suministro se abordan con más detalle, y no sexista del lenguaje se
usa hoy.
Reglas para el Transporte por Vías mar y el interior:
FAS - Franco al costado del barco: el riesgo se transmite al comprador, incluyendo el pago de
todos los costos de transporte y de seguros, una vez entregada al costado del buque (de forma
realista en la terminal de puerto) por el vendedor.La obligación de despacho de exportación recae
en el vendedor.
3. FOB - Free OnBoard: riesgo se transmitirá al comprador, incluyendo el pago de todos los costos de
transporte y de seguros, una vez entregados a bordo del buque por el vendedor. Un paso más allá
que el FAS.
CFR - Costo y Flete: El vendedor entrega la mercancía y el riesgo pasa al comprador cuando a
bordo del buque. El vendedor arregla y paga el costo y flete hasta el puerto de destino
convenido. Un paso más allá de FOB.
CIF - Costo, Seguro y Flete: El riesgo pasa al comprador cuando se entrega a bordo del buque. El
vendedor arregla y paga el costo, flete y seguro hasta el puerto de destino. Agrega los costos del
seguro de CFR.
Las normas de cualquier modo o modos de transporte:
EXW - Ex Works: El vendedor entrega (sin carga) de las mercancías a disposición del comprador
en el establecimiento vendedor. Desde hace mucho tiempo como el término más preferible para los
nuevos y las exportaciones, ya que representa el pasivo mínimo al vendedor. En estas operaciones
celebradas, el comprador tiene la obligación se limita a proporcionar información a la exportación
para el vendedor.
FCA - Free Carrier: El vendedor entrega la mercancía al transportista y pueden ser responsables
de despachar la mercancía para la exportación (la presentación de la EEI). Más realista que EXW,
ya que incluye la carga en pick-up, que normalmente se espera, y los vendedores están más
preocupados por violaciónes de exportación.
CPT - CarriagePaidTo: El vendedor entrega la mercancía al transportista en un lugar acordado, los
riesgos con el comprador, pero el vendedor debe pagar los costos de transporte hasta el lugar de
destino convenido.
CIP - transporte y seguro pagado hasta: vendedor entrega la mercancía al transportista en un lugar
acordado, los riesgos con el comprador, pero el vendedor paga el transporte y seguro hasta el
lugar de destino convenido.
DAT - Se entrega en la Terminal: El vendedor tiene costo, riesgo y responsabilidad hasta que se
descargan las mercancías (entregado) a llamado muelle, almacén, patio o terminal de destino. Los
cargos por demora o detención podrá solicitar al vendedor. El vendedor aclara mercancías para la
exportación, no de importación. DAT reemplaza DEQ, DES.
DAP - Se entrega en el lugar: El vendedor tiene costo, riesgo y responsabilidad de la mercancía
hasta el puesto a disposición del comprador en el lugar de destino convenido. El vendedor aclara
mercancías para la exportación, no de importación. DAP reemplaza DAF, DDU.
DDP - DeliveredDutyPaid: El vendedor asume los costos, el riesgo y la responsabilidad de las
mercancías despachadas en el lugar de destino convenido a disposición de los compradores. El
comprador es responsable de la descarga. El vendedor es responsable de despacho de
importación, aranceles e impuestos para el comprador no es "importador del registro".
4. Incotermsno ...
Determinar la propiedad o transferir la propiedad de los bienes, ni evocar las condiciones
de pago.
Aplicará a los contratos de servicio, ni definir los derechos u obligaciones contractuales
(con excepción de la entrega) o el incumplimiento de los recursos del contrato.
4. Proteger a las partes de su propio riesgo o pérdida, ni cubrir los bienes antes o después
del parto.
Especifique los detalles de la transferencia, transporte y entrega de las mercancías. Carga
de contenedores no se considera el envasado, que debe ser abordado en el contrato de
venta.
Recuerde que los Incoterms no son la ley y no hay Incoterm por defecto!
CFR - Costo y Flete (... puerto de destino convenido)
«Costo y Flete" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía
sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque. El vendedor debe pagar los
costos y el flete necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido, PERO
el riesgo de pérdida o daño de las mercancías, así como cualquier coste adicional debido a
sucesos ocurridos después del momento de la entrega, se transmiten el vendedor al
comprador.
El término CFR exige al vendedor despachar las mercancías para la exportación. Este
término puede usarse solamente para el transporte marítimo y por vías navegables
interiores. Si las partes no desean entregar las mercancías a través de la borda del buque,
el CPT debe usarse el término.
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR OBLIGACIONES DEL COMPRADOR
A1 Suministro de las mercancías de
conformidad con el contrato
El vendedor debe suministrar la mercancía y la
factura comercial, o su mensaje electrónico
equivalente, de conformidad con el contrato de
compraventa y cualquier otra prueba de
conformidad que pueda exigir el contrato.
B1 Pago del precio
El comprador debe pagar el precio según lo
dispuesto en el contrato de compraventa.
A2 Licencias, autorizaciones y formalidades
El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y
expensas, cualquier licencia de exportación u
otra autorización oficial y llevar a cabo, en su
caso (Consulte Introducción párrafo 14), todos
los trámites aduaneros necesarios para la
exportación de las mercancías.
B2 Licencias, autorizaciones y
formalidades
El comprador debe obtener, a su propio riesgo
y expensas, cualquier licencia de importación
u otra autorización oficial y llevar a cabo, en su
caso (Consulte Introducción párrafo 14), todos
los trámites aduaneros para la importación de
las mercancías y para su tránsito por cualquier
país.
A3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
El vendedor debe contratar en las condiciones
usuales, a sus propias expensas, el transporte
de las mercancías al puerto de destino por la
ruta usual en un buque de navegación marítima
(o fluvial como el caso) del tipo normalmente
utilizado para el transporte de las mercancías
descritas en el contrato.
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación (Consulte Introducción
párrafo 10)
B3 Contratos de transporte y seguro
a) Contrato de transporte
Ninguna obligación (Consulte Introducción
párrafo 10)
b) Contrato de seguro
Ninguna obligación (Consulte Introducción
párrafo 10).
5. A4 Entrega
El vendedor debe entregar la mercancía a bordo
del buque en el puerto de embarque en la fecha
o dentro del plazo acordado.
B4 Recepción
El comprador debe aceptar la entrega de la
mercancía cuando haya sido entregada de
conformidad con A4 y recibirla del transportista
en el puerto de destino convenido.
A5 Transmisión de riesgos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones
de B5, soportar todos los riesgos de pérdida o
daño de la mercancía hasta el momento en que
haya sobrepasado la borda del buque en el
puerto de embarque.
B5 Transmisión de riesgos
El comprador debe soportar todos los riesgos
de pérdida o daño de la mercancía desde el
momento en que haya sobrepasado la borda
del buque en el puerto de embarque.
El comprador debe, si no da aviso conforme a
B7, correr con todos los riesgos de pérdida o
daño de la mercancía desde la fecha acordada
o desde la fecha de expiración del plazo fijado
para el embarque, sin embargo, que las
mercancías hayan sido debidamente según el
contrato, es decir, claramente puesta aparte o
identificada de otro modo como las
mercancías objeto del contrato.
A6 Reparto de gastos
El vendedor debe, con sujeción a las previsiones
de B6, pagar
• todos los gastos relacionados con la mercancía
hasta el momento en que haya sido entregada
de conformidad con A4, y
• el flete y todos los demás gastos resultantes de
A3 a), incluyendo los costes de cargar la
mercancía a bordo y cualquier gasto de
descarga en el puerto de descarga acordado
que fueran por cuenta del vendedor según el
contrato de transporte, y
• si procede (Consulte Introducción párrafo 14),
los gastos de los trámites aduaneros necesarios
para la exportación, así como todos los
derechos, impuestos y demás cargas exigibles a
la exportación, y para su tránsito por cualquier
país si fueran por cuenta del vendedor según el
contrato de transporte.
B6 Reparto de gastos
El comprador debe, con sujeción a las
previsiones de A3 a), pagar
• todos los gastos relativos a las mercancías
desde el momento en que haya sido entregada
de conformidad con A4, y
• todos los gastos y cargas relativos a las
mercancías mientras están en tránsito hasta
su llegada al puerto de destino, salvo que esos
costes y cargas fueran por cuenta del
vendedor según el contrato de transporte, y
• Los gastos de descarga, incluidos los gastos
de las gabarras y del muellaje, salvo que esos
costes y cargas fueran por cuenta del
vendedor según el contrato de transporte, y
todos los gastos adicionales contraídos si no
da aviso conforme a B7, de la mercancía
desde la fecha acordada o la fecha de
expiración del plazo fijado para el embarque,
siempre que, sin embargo, que la mercancía
haya sido debidamente determinada según el
contrato, es decir, claramente puesta aparte o
identificada de otro modo como la mercancía
objeto del contrato;
• si procede (Consulte Introducción párrafo
14), todos los derechos, impuestos y demás
cargas, así como los gastos para realizar los
trámites aduaneros exigibles a la importación
de las mercancías y, cuando sea necesario,
para su tránsito por cualquier país salvo que
6. estén incluidos dentro de los costos del
contrato de transporte.
A7 Aviso al comprador
El vendedor debe dar al comprador aviso
suficiente de que la mercancía haya sido
entregada de conformidad con A4, así como
cualquier otra información necesaria para
permitir que el comprador pueda adoptar las
medidas normalmente necesarias que le
faculten para llevar la mercancía.
B7 Aviso al vendedor
El comprador debe, cuando esté autorizado
para determinar el momento de embarcar los
bienes y / o el puerto de destino, dar al
vendedor aviso suficiente al respecto.
A8 Prueba de la entrega, documento de
transporte o mensaje electrónico
equivalente
El vendedor debe a sus propias expensas,
proporcionar al comprador sin demora el
documento de transporte usual para el puerto de
destino convenido.
Este documento (por ejemplo, un conocimiento
de embarque negociable, una carta de porte
marítimo no negociable o un documento de
navegación interior) debe cubrir la mercancía del
contrato, estar fechado dentro del período
acordado para el embarque, facultar al
comprador para reclamar la mercancía al
transportista en el puerto de destino y, a menos
que se acuerde otra cosa, facultar al comprador
para vender las mercancías en tránsito por la
transferencia del documento a un comprador
posterior (el conocimiento de embarque
negociable) o avisando al transportista.
Cuando ese documento de transporte se emita
en varios ejemplares, un juego completo de
originales debe presentarse al comprador.
Si el vendedor y el comprador han acordado
comunicarse electrónicamente, el documento
mencionado en los párrafos anteriores puede
ser sustituido por un intercambio equivalente
electrónico de datos (EDI).
B8 Prueba de la entrega, documento de
transporte o mensaje electrónico
equivalente
El comprador debe aceptar el documento de
transporte de acuerdo con A8 si es conforme
con el contrato.
A9 Comprobación - embalaje - marcado
El vendedor debe pagar los costos de las
operaciones de verificación (como comprobar la
calidad, medida, peso, recuento) necesarias
para el propósito de entregar las mercancías de
conformidad con A4.
El vendedor debe proporcionar, a sus propias
expensas el embalaje (a menos que sea usual
en el tráfico específico embarcar las mercancías
B9 Inspección de las mercancías
El comprador debe pagar los costos de
cualquier inspección previa al embarque,
excepto cuando tal inspección sea ordenada
por las autoridades del país de exportación.
7. descritas en el contrato sin embalar) requerido
para el transporte de las mercancías ordenado
por él. El embalaje ha de ser marcado
adecuadamente.
A10 Otras obligaciones
El vendedor debe prestar al comprador, a
petición de éste, por cuenta y riesgo, la ayuda
precisa para obtener cualquier documento o
mensaje electrónico equivalente (distinto de
aquellos mencionados en A8) emitido o
transmitido en el país de embarque y / o de
origen que el comprador pueda requerir para la
importación de las mercancías y, cuando sea
necesario, para su tránsito por cualquier país.
El vendedor debe proporcionar al comprador, a
petición, con la información necesaria para
obtener un seguro.
B10 Otras obligaciones
El comprador debe pagar todos los gastos y
cargas contraídos para obtener los
documentos o mensajes electrónicos
equivalentes mencionados en A10 y
reembolsar aquéllos en que haya incurrido el
vendedor al prestar su ayuda al respecto.