SlideShare uma empresa Scribd logo
1 de 23
Ley de Impuesto a Operaciones Financieras
¿Qué Establece Esta Ley? 
•Establece un impuesto de 0.25% equivalente a 2.5 por cada US$1,000.00, aplicada a operaciones que supere los US$1,000.00. (art 3.) 
•Una retención para el control de liquidez del 0.25% o su equivalente a 2.5 sobre el exceso de US$5,000.00, originados de las operaciones de depósitos, pagos, retiros de efectivo, individual o acumulados en el mes. (art 6 y 10).
Sobre Agentes de Retención 
•Art 6. Son responsables del pago de impuesto, en calidad de agentes de retención. 
•Las entidades del sistema financiero 
•Las entidades que ejecutan ordenes de pago o transferencias por cualquier modalidad o medio tecnológico. 
•Las casas de corredores de bolsa, en el caso de operaciones de valores en operaciones a terceros. 
•Los Puestos de Bolsa, en el caso de operaciones de Intermediación de Productos y Servicios. 
•Los que designe la Administración Tributaria por el pago de impuesto.
Hechos Generadores del Impuesto 
•Art 3 de la Ley de Impuesto a las Operaciones Financieras 
•Constituyen hechos generadores del Impuesto los débitos en cuentas de depósitos y las ordenes de pago o transferencias electrónicas correspondientes a: 
•Pago de bienes y servicios mediante el uso de cheque y tarjeta de debito, cuyo valor de transacción u operación sea superior US$ 1,000.00
Hechos Generadores del Impuesto 
•Los pagos por medio de transferencias electrónicas cuyo valor de transacción u operación sea superior a US$1,000.00 
•Las transferencias a favor de terceros, bajo cualquier modalidad o medio tecnológico, cuyo valor de transacción u operación sea superior a US$ 1,000.00 
•Los desembolsos de prestamos o financiamientos de cualquier naturaleza. 
•Las operaciones realizadas entre las entidades del Sistema Financiero, en base a cualquier tipo de instrucción de sus clientes o por su propio interés.
Retención de Impuesto para el Control de Liquidez. 
•Los sujetos mencionados en el articulo 6 de esta Ley efectuaran una retención en concepto de impuesto para el control de la liquidez del 0.25% o su equivalente al 2.5 por mil, sobre el exceso de US$5,000.00 originado en las operaciones de depósitos, pagos y retiros en efectivo, individual o acumulados en este mes.
¿Cuáles son las Operaciones Exentas? 
•Art 4. Están exentas del impuesto las siguientes operaciones o transacciones financieras: 
•El retiro de efectivo de cuentas de deposito, tanto en los cajeros electrónicos, como el realizado en las oficinas de las entidades del Sistema Financiero. 
•Pago de bienes y servicios por medio de cheque, el uso de tarjeta de debito y transferencia bajo cualquier modalidad o medio tecnológico, cuyo valor de transacción u operación sea igual o inferior a US$1,000.00 
•Los pagos que realizan los tarjetahabientes en el Sistema de Tarjetas de Crédito, incluyendo el uso de la tarjeta de crédito por el tarjetahabiente. 
•Los pagos de seguridad social y previsional.
Operaciones Exentas 
•Los pagos acreditaciones y las transferencias realizadas por: 
•El estado, las municipalidades y las instituciones autónomas, inclusive el Banco Central de Reserva. 
•La Superintendencia del Sistema Financiero 
•El Instituto Salvadoreño del Seguro Social 
•El Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos 
•El Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada
Operaciones Exentas 
•Instituto de Garantía de Depósitos. 
•Las misiones diplomáticas, consulares y personal diplomático extranjero acreditadas en el país, a condición de reciprocidad. 
•Los organismos internacionales, agencias de desarrollo o cooperación de estado o países extranjeros. 
•Los fondos de pensiones 
•Los usuarios de zonas francas, depósitos de perfeccionamiento activo, parques o centros de servicio 
•La exención incluye las operaciones que se realicen en cuentas de las entidades señaladas en el ejercicio de sus funciones.
Operaciones Exentas 
•El pago de remuneraciones o trabajadores, inclusive indemnizaciones laborales, mediante transferencia o emisión de cheques. La exoneración establecida en el presente literal producirá únicamente cuando el pago de las sumas se realice mediante transferencia de fondos desde una cuenta especial de deposito del empleador o mediante cheques, en los que se identifique a la cuenta especial del empleador y a la titular de la cuenta del deposito. 
•El pago de prestamos por parte de los clientes a las entidades del Sistema Financiero. En el caso de prestamos originados en el exterior para ser utilizados en el territorio nacional, los pagos por medio de transferencias, giros, o cualquier otro medio, estarán gravados con el impuesto del presente capitulo. 
•Los desembolsos de prestamos destinados para capital de trabajo de microempresarios, para adquisición de vivienda o crédito de avío a la agricultura y ganadería. La exención procederá siempre que la suma de los valores de desembolsos sea igual o inferior a US$ 50,000.00
Operaciones Exentas 
•En el caso de los prestamos personales o de consumo la exención procederá cuando los valores de los desembolsos sea igual o inferior US$10,000.00. 
•También están exentos los desembolsos de préstamos que otorguen los organismos de integración cooperativa o de segundo piso, a las entidades usuarias, destinados para financiar operaciones crediticias de los deudores finales de tales fondos. 
•Las transferencias entre cuentas de deposito de un mismo titular en las entidades del Sistema Financiero. Asimismo las realizadas por las entidades del sistema financiero con el banco central de reserva de El Salvador, o en el caso de las Asociaciones Cooperativas de Ahorro y Crédito en la Caja Central o mecanismos de centralización de fondos establecidos por su federación.
Operaciones Exentas 
•La constitución de la reserva de liquidez de las entidades del Sistema Financiero, así como la del requerimiento de activos líquidos y cualquier acto de disposición u operación sobre las mismas. 
•Los pagos de servicios suministro de agua y energía eléctrica que se efectúen por medio de cheques, transferencias bancarias, tarjetas de crédito o debito. 
•Las operaciones de inversión y emisión que se efectúen en el mercado primario de la Bolsa de Valores, así como la compra y venta primaria que se realicen en la bolsa de Productos y Servicios. Esta exención incluye a los títulos emitidos por el Estado y las entidades publicas municipales y autónomas. 
•Las operaciones efectuadas por las Casas Corredoras de Bolsa, Depositaria de Valores, Puestos de Bolsa en el ejercicio de sus funciones de intermediación en el mercado de valores y en la intermediación de productos y servicios.
Operaciones Exentas 
•Las transferencias hacia el exterior relacionadas con importaciones de bienes y servicios relacionados con la actividad productiva y remesas por repatriación de capital o utilidades. 
•Las transferencias provenientes del exterior, acreditadas a la cuenta del beneficiario o destinatario, tales como remesas familiares, pago por bienes o servicios exportados. 
•Los pagos por primas de seguro cuyo valor de transacción u operación sea igual o inferior a US$1,000.00. 
•Las transferencias por indemnizaciones y venta de salvamentos relacionados con primas de seguro cuya cuota mensual sea igual inferior a US$1,000.00
Ejemplo Ilustrativo 1 
•Cheque por compra de vehículo 
•El Sr. X le paga con cheque al Sr. Y, la compra de vehículo por valor total de US$11,300.00 (Valor del vehículo mas IVA). 
•El impuesto al cheque se calculara sobre el monto de $11,300.00 sin deducción alguna, pues es gravada con el Impuesto todo valor de operación que supera el monto de US$1,000.00. 
•El impuesto se causa al momento del pago del cheque, para lo cual el Banco efectuara cargo en cuenta de deposito del emisor del cheque. 
•El valor del impuesto será de US$28.25 (US$11,300 x 0.0025). 
Fuente: Guía Aplicación MH.
Ejemplo Ilustrativo 2 
•Desembolso decreciente de préstamo de vivienda. 
•El Sr. “X” solicita préstamo decreciente para adquisición de vivienda al banco “Y”. El señor “X” no tiene otros prestamos en el banco “Y”. 
•Se aprobó solicitud y se contrato préstamo decreciente para vivienda por US$ 60,000.00 el día 10/10/2014; la comisión incluyendo IVA es de US$ 300.00 y los honorarios de escrituración de US$ 50.00, el valor liquido que se le entregara al cliente es de US$ 59,650.00. 
Fuente: Guía Aplicación MH.
Ejemplo Ilustrativo 2 (cont.) 
•En fecha de contrato se desembolsa el liquido de US$59,650.00 y el valor de comisión, en el caso de los honorarios se desembolsaron el día siguiente. 
•La suma de desembolsos gravados con el Impuesto son por la cuantía de US$60,000.00. 
•No debe descontarse para efectos del impuesto los valores de comisión y honorarios de escrituración, ya que estos se financian a cuenta del cliente. 
•La operación es gravada con el impuesto por ser la suma de los desembolsos superior al limite de exento de US$50,000.00. 
•El impuesto por US$150.00 (US$60,000.00 x 0.0025) estará cargo de la Entidad del Sistema Financiero que se otorgo el préstamo. 
Fuente: Guía Aplicación MH.
Ejemplo Ilustrativo 3 
•Desembolsos de líneas de créditos rotativas. 
•La Sociedad X, S.A de C.V., (no microempresa) tiene autorizado en el Banco A, S.A., una línea de crédito rotativa para capital de trabajo de US$ 100,000.00, plazo un año, tasa 11% forma de desembolsos, retiros parciales de acuerdo a las necesidades del cliente. 
Fuente: Guía Aplicación MH.
Ejemplo Ilustrativo 3 (cont.) 
N° 
Fecha 
Descripción 
Desembolso US$ 
Comentario 
Desembolso 
Pago 
Saldo 
1 
02-09-2014 
Desembolso de línea para pago de proveedores. 
25,000.00 
25,000.00 
Transacción gravada. 
2 
11-09-2014 
Desembolsode línea para pago de proveedores. 
30,000.00 
55,000.00 
Transacción gravada. 
3 
17-09-2014 
Abono a línea de crédito. 
25,000.00 
30,000.00 
Transacción exenta con base enel art. 4 literal c) de la ley. 
4 
25-09-2014 
Desembolso de línea para pago de proveedores 
30,000.00 
60,000.00 
Transacción gravada. 
Totales 
85,000.00 
25,000.00 
60,000.00 
El impuesto a pagar US$85,000.00 * 0.25%-US $212.50. 
Fuente: Guía Aplicación MH.
Ejemplo Ilustrativo 3 (cont.) 
•El cliente no es microempresa por lo que no le aplican los limites de la exención del art. 4 literal h) de la Ley. 
•De conformidad con lo establecido en el articulo 3 literal d) de la Ley, el Impuesto que el Banco A, S.A, debe enterar a la administración tributaria, por desembolsos de prestamos otorgados en el mes de octubre de 2014, seria de US$212.50. 
Fuente: Guía Aplicación MH.
Ejemplo Ilustrativo 4 
•Operación de compra en mercado secundario de valores: 
•Por una operación de compra de valores en mercado secundario de una bolsa de valores, cuyo monto transado es de US$10,000.00; mas la suma de la comisión de la bolsa y la casa de corredores de bolsa por $100.00, mas el IVA sobre dicha comisión por US$13.00, el monto total a liquidar seria de US$10,113.00, a este monto se calcula el 0.25% del Impuesto de la Ley (US$25.28:0.0025 x 10,113.00), el total a pagar por el inversionistas debería ser US$10,138.28. 
Fuente: Guía Aplicación MH.
Ejemplo Ilustrativo 5 
•Una persona posee tres cuentas en una entidad del Sistema Financiero, en el mes de octubre realiza las siguientes operaciones: 
Descripción Operación 
Valor Operación 
Valor Acumulado 
Tratamiento Tributario 
10/10/2014 Deposito en efectivo en Cta. de Ahorro. 
$1,000.00 
$1,000.00 
Acumula,sin gravar. 
13/10/2014 Pagode cheque en Cta. Corriente 
$2,000.00 
No grava* 
14/10/2014 Retirode efectivo en Cta. de tarjeta de crédito. 
$ 800.00 
$1,800.00 
Acumula,sin gravar. 
15/10/2014 Retiro de efectivo en Cta. de Ahorro. 
$1,000.00 
$2,800.00 
Acumula, sin gravar. 
16/10/2014 Deposito en efectivo en Cta. Corriente 
$3,000.00 
$5,800.00 
Grava sobre $800.00** 
20/10/2014 Retiro de efectivo en Cta. de Ahorro. 
$ 200.00 
$6,000.00 
Grava sobre $200.00*** 
Fuente: Guía Aplicación MH.
Ejemplo Ilustrativo 5 (cont.) 
•Notas: 
•* El pago de cheque, no es pago en dinero en efectivo, por lo que no computa para el calculo del valor acumulado. 
•** Al realizar la operación, el valor acumulado supera el valor del monto exento de $5,000.00, por lo que todo valor que exceda será gravado con la Retención de Liquidez. 
•*** Al superar el valor acumulado el monto exento, cualquier operación de dinero efectivo, indistintamente de su monto será gravado con la Retención de Liquidez. 
Fuente: Guía Aplicación MH.
17 Avenida Norte y Calle el Carmen N°8, Residencial Plaza Merliot, Ciudad Merliot, Santa Tecla, La Libertad, El Salvador 
Teléfono: 2229-1177, 2229-1379

Mais conteúdo relacionado

Mais procurados

Recibo por honorarios
Recibo por honorariosRecibo por honorarios
Recibo por honorariosRoibaro
 
Ley de comprobantes de pago
Ley de comprobantes de pagoLey de comprobantes de pago
Ley de comprobantes de pagokarlita180
 
Cámara de Compensación eléctronica del BCV se posiciona en la vanguardia de L...
Cámara de Compensación eléctronica del BCV se posiciona en la vanguardia de L...Cámara de Compensación eléctronica del BCV se posiciona en la vanguardia de L...
Cámara de Compensación eléctronica del BCV se posiciona en la vanguardia de L...Universidad del Zulia
 
R1336 2010 Ogligados Dec Virtual
R1336 2010 Ogligados Dec VirtualR1336 2010 Ogligados Dec Virtual
R1336 2010 Ogligados Dec VirtualPablo Tauta PCC MBA
 
Cheque personal y cheque bancario
Cheque personal y cheque bancarioCheque personal y cheque bancario
Cheque personal y cheque bancariojmtorresm1
 
Tributación Empresarial 04 - Impuesto General a las Ventas
Tributación Empresarial 04 - Impuesto General a las VentasTributación Empresarial 04 - Impuesto General a las Ventas
Tributación Empresarial 04 - Impuesto General a las VentasLima Innova
 
Ejemplo CFDI con complemento para pagos
Ejemplo CFDI con complemento para pagosEjemplo CFDI con complemento para pagos
Ejemplo CFDI con complemento para pagosFiscalito punto com
 
TESIS. ANÁLISIS DE LA LEGALIDAD DE LOS SISTEMAS DE PAGOS ADELANTADOS DEL IMPU...
TESIS. ANÁLISIS DE LA LEGALIDAD DE LOS SISTEMAS DE PAGOS ADELANTADOS DEL IMPU...TESIS. ANÁLISIS DE LA LEGALIDAD DE LOS SISTEMAS DE PAGOS ADELANTADOS DEL IMPU...
TESIS. ANÁLISIS DE LA LEGALIDAD DE LOS SISTEMAS DE PAGOS ADELANTADOS DEL IMPU...Jose Ramos Flores
 
Contabilización del régimen de detracciones del igv
Contabilización del régimen de detracciones del igvContabilización del régimen de detracciones del igv
Contabilización del régimen de detracciones del igvWilfredo Surichaqui Rojas
 
Comprobantes de pago electronico
Comprobantes de pago electronicoComprobantes de pago electronico
Comprobantes de pago electronicovavacara
 
Sistemas administrativos del igv (presentacion)
Sistemas administrativos del igv (presentacion)Sistemas administrativos del igv (presentacion)
Sistemas administrativos del igv (presentacion)MaribelYHV
 

Mais procurados (20)

Recibos por honorarios
Recibos por honorariosRecibos por honorarios
Recibos por honorarios
 
Recibo por honorarios
Recibo por honorariosRecibo por honorarios
Recibo por honorarios
 
Línea microcréditos
Línea microcréditosLínea microcréditos
Línea microcréditos
 
Ley de comprobantes de pago
Ley de comprobantes de pagoLey de comprobantes de pago
Ley de comprobantes de pago
 
Cámara de Compensación eléctronica del BCV se posiciona en la vanguardia de L...
Cámara de Compensación eléctronica del BCV se posiciona en la vanguardia de L...Cámara de Compensación eléctronica del BCV se posiciona en la vanguardia de L...
Cámara de Compensación eléctronica del BCV se posiciona en la vanguardia de L...
 
Boletos de transporte aereo
Boletos de transporte aereoBoletos de transporte aereo
Boletos de transporte aereo
 
Cff 12012016
Cff 12012016Cff 12012016
Cff 12012016
 
Reglamento de Comprobantes de Pago
Reglamento de Comprobantes de PagoReglamento de Comprobantes de Pago
Reglamento de Comprobantes de Pago
 
R1336 2010 Ogligados Dec Virtual
R1336 2010 Ogligados Dec VirtualR1336 2010 Ogligados Dec Virtual
R1336 2010 Ogligados Dec Virtual
 
Tipos de documentos
Tipos de documentosTipos de documentos
Tipos de documentos
 
Diapositivas
DiapositivasDiapositivas
Diapositivas
 
Cheque personal y cheque bancario
Cheque personal y cheque bancarioCheque personal y cheque bancario
Cheque personal y cheque bancario
 
Compra venta
Compra ventaCompra venta
Compra venta
 
Tributación Empresarial 04 - Impuesto General a las Ventas
Tributación Empresarial 04 - Impuesto General a las VentasTributación Empresarial 04 - Impuesto General a las Ventas
Tributación Empresarial 04 - Impuesto General a las Ventas
 
Ejemplo CFDI con complemento para pagos
Ejemplo CFDI con complemento para pagosEjemplo CFDI con complemento para pagos
Ejemplo CFDI con complemento para pagos
 
TESIS. ANÁLISIS DE LA LEGALIDAD DE LOS SISTEMAS DE PAGOS ADELANTADOS DEL IMPU...
TESIS. ANÁLISIS DE LA LEGALIDAD DE LOS SISTEMAS DE PAGOS ADELANTADOS DEL IMPU...TESIS. ANÁLISIS DE LA LEGALIDAD DE LOS SISTEMAS DE PAGOS ADELANTADOS DEL IMPU...
TESIS. ANÁLISIS DE LA LEGALIDAD DE LOS SISTEMAS DE PAGOS ADELANTADOS DEL IMPU...
 
Contabilización del régimen de detracciones del igv
Contabilización del régimen de detracciones del igvContabilización del régimen de detracciones del igv
Contabilización del régimen de detracciones del igv
 
Comprobantes de pago electronico
Comprobantes de pago electronicoComprobantes de pago electronico
Comprobantes de pago electronico
 
Recibos por honorario
Recibos por honorarioRecibos por honorario
Recibos por honorario
 
Sistemas administrativos del igv (presentacion)
Sistemas administrativos del igv (presentacion)Sistemas administrativos del igv (presentacion)
Sistemas administrativos del igv (presentacion)
 

Destaque

Curso de liquidación de sueldos
Curso de liquidación de sueldosCurso de liquidación de sueldos
Curso de liquidación de sueldosNoemi Quiroga
 
Clase nº-3-confeccion-de-una-liquidacion-de-sueldo-paso-a-paso-version-2010
Clase nº-3-confeccion-de-una-liquidacion-de-sueldo-paso-a-paso-version-2010Clase nº-3-confeccion-de-una-liquidacion-de-sueldo-paso-a-paso-version-2010
Clase nº-3-confeccion-de-una-liquidacion-de-sueldo-paso-a-paso-version-2010Stefa Avalos
 
Fusiones de Sociedades Mercantiles
Fusiones de Sociedades MercantilesFusiones de Sociedades Mercantiles
Fusiones de Sociedades Mercantilescucumbelita
 
Principios Constitucionales Tributarios
Principios Constitucionales TributariosPrincipios Constitucionales Tributarios
Principios Constitucionales TributariosEstudio Bravo Abogados
 
Principios del derecho tributario
Principios del derecho tributarioPrincipios del derecho tributario
Principios del derecho tributarioDouglas Barboza
 
DIAPOSITIVAS - DERECHO TRIBUTARIO
DIAPOSITIVAS - DERECHO TRIBUTARIODIAPOSITIVAS - DERECHO TRIBUTARIO
DIAPOSITIVAS - DERECHO TRIBUTARIOMaykoll Zamudio
 
Fusión, escisión y transformación
Fusión, escisión y transformaciónFusión, escisión y transformación
Fusión, escisión y transformaciónVickyAlva
 
TRANFORMACION, FUSIÓN Y ESCISIÓN DE SOCIEDADES
TRANFORMACION, FUSIÓN Y ESCISIÓN DE SOCIEDADESTRANFORMACION, FUSIÓN Y ESCISIÓN DE SOCIEDADES
TRANFORMACION, FUSIÓN Y ESCISIÓN DE SOCIEDADESCarlos Mario
 
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES Joselyn Castañeda
 
Fusión, transformación, y escisión de las
Fusión, transformación, y escisión de lasFusión, transformación, y escisión de las
Fusión, transformación, y escisión de lasOskar Tellez
 
Modulo IV Recepción, Elaboración de la Liquidación de Obra y Arbitraje
Modulo IV Recepción, Elaboración de la Liquidación de Obra y Arbitraje Modulo IV Recepción, Elaboración de la Liquidación de Obra y Arbitraje
Modulo IV Recepción, Elaboración de la Liquidación de Obra y Arbitraje KAIZEN ENGINEERING CONSULTING SAC
 
Monopolio Puro
Monopolio PuroMonopolio Puro
Monopolio Purocindykat
 

Destaque (17)

Tema 4 Impuestos
Tema 4 ImpuestosTema 4 Impuestos
Tema 4 Impuestos
 
Curso de liquidación de sueldos
Curso de liquidación de sueldosCurso de liquidación de sueldos
Curso de liquidación de sueldos
 
Liquidación de sueldo
Liquidación de sueldoLiquidación de sueldo
Liquidación de sueldo
 
Clase nº-3-confeccion-de-una-liquidacion-de-sueldo-paso-a-paso-version-2010
Clase nº-3-confeccion-de-una-liquidacion-de-sueldo-paso-a-paso-version-2010Clase nº-3-confeccion-de-una-liquidacion-de-sueldo-paso-a-paso-version-2010
Clase nº-3-confeccion-de-una-liquidacion-de-sueldo-paso-a-paso-version-2010
 
Fusiones de Sociedades Mercantiles
Fusiones de Sociedades MercantilesFusiones de Sociedades Mercantiles
Fusiones de Sociedades Mercantiles
 
Principios Constitucionales En Materia Tributaria
Principios Constitucionales En Materia TributariaPrincipios Constitucionales En Materia Tributaria
Principios Constitucionales En Materia Tributaria
 
Principios Constitucionales Tributarios
Principios Constitucionales TributariosPrincipios Constitucionales Tributarios
Principios Constitucionales Tributarios
 
diapositivas
diapositivasdiapositivas
diapositivas
 
Incidencia de los Impuestos
Incidencia de los ImpuestosIncidencia de los Impuestos
Incidencia de los Impuestos
 
Principios del derecho tributario
Principios del derecho tributarioPrincipios del derecho tributario
Principios del derecho tributario
 
DIAPOSITIVAS - DERECHO TRIBUTARIO
DIAPOSITIVAS - DERECHO TRIBUTARIODIAPOSITIVAS - DERECHO TRIBUTARIO
DIAPOSITIVAS - DERECHO TRIBUTARIO
 
Fusión, escisión y transformación
Fusión, escisión y transformaciónFusión, escisión y transformación
Fusión, escisión y transformación
 
TRANFORMACION, FUSIÓN Y ESCISIÓN DE SOCIEDADES
TRANFORMACION, FUSIÓN Y ESCISIÓN DE SOCIEDADESTRANFORMACION, FUSIÓN Y ESCISIÓN DE SOCIEDADES
TRANFORMACION, FUSIÓN Y ESCISIÓN DE SOCIEDADES
 
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
FUSION, LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
 
Fusión, transformación, y escisión de las
Fusión, transformación, y escisión de lasFusión, transformación, y escisión de las
Fusión, transformación, y escisión de las
 
Modulo IV Recepción, Elaboración de la Liquidación de Obra y Arbitraje
Modulo IV Recepción, Elaboración de la Liquidación de Obra y Arbitraje Modulo IV Recepción, Elaboración de la Liquidación de Obra y Arbitraje
Modulo IV Recepción, Elaboración de la Liquidación de Obra y Arbitraje
 
Monopolio Puro
Monopolio PuroMonopolio Puro
Monopolio Puro
 

Semelhante a Presentación de Ley de Impuesto a las Operaciones Financieras

Semelhante a Presentación de Ley de Impuesto a las Operaciones Financieras (20)

Bancos
BancosBancos
Bancos
 
Gravamen_al_movimiento_financiero_gmf.pptx
Gravamen_al_movimiento_financiero_gmf.pptxGravamen_al_movimiento_financiero_gmf.pptx
Gravamen_al_movimiento_financiero_gmf.pptx
 
Ifis capitulo iii
Ifis capitulo iiiIfis capitulo iii
Ifis capitulo iii
 
GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS
GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROSGRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS
GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS
 
Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) y Deducibilidad del gasto
Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) y Deducibilidad del gastoImpuesto a la Salida de Divisas (ISD) y Deducibilidad del gasto
Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) y Deducibilidad del gasto
 
Operaciones del pasivo
Operaciones del pasivoOperaciones del pasivo
Operaciones del pasivo
 
Operaciones bancarias 02
Operaciones bancarias 02Operaciones bancarias 02
Operaciones bancarias 02
 
Impulsa Popular
Impulsa PopularImpulsa Popular
Impulsa Popular
 
Operaciones bancarias 02
Operaciones bancarias 02Operaciones bancarias 02
Operaciones bancarias 02
 
Operaciones bancarias 02
Operaciones bancarias 02Operaciones bancarias 02
Operaciones bancarias 02
 
Operaciones bancarias 02
Operaciones bancarias 02Operaciones bancarias 02
Operaciones bancarias 02
 
Retefuente[1]
Retefuente[1]Retefuente[1]
Retefuente[1]
 
trabajjo de rta
trabajjo de rtatrabajjo de rta
trabajjo de rta
 
Retefuente[1]
Retefuente[1]Retefuente[1]
Retefuente[1]
 
Crédito efectivo negocios
Crédito efectivo negociosCrédito efectivo negocios
Crédito efectivo negocios
 
OPERACIONES PASIVAS-2 PARCIAL.pptx
OPERACIONES PASIVAS-2 PARCIAL.pptxOPERACIONES PASIVAS-2 PARCIAL.pptx
OPERACIONES PASIVAS-2 PARCIAL.pptx
 
Inducción proceso financiero
Inducción proceso financiero Inducción proceso financiero
Inducción proceso financiero
 
retencion fuente
retencion fuenteretencion fuente
retencion fuente
 
Impuesto de salida de capitales en tef
Impuesto de salida de capitales en tefImpuesto de salida de capitales en tef
Impuesto de salida de capitales en tef
 
Impuesto de salida de capitales en tef
Impuesto de salida de capitales en tefImpuesto de salida de capitales en tef
Impuesto de salida de capitales en tef
 

Mais de Miguel A. C. Sánchez

Aviso Sistema de Dictamen Fiscal Electrónico.
Aviso Sistema de Dictamen Fiscal Electrónico.Aviso Sistema de Dictamen Fiscal Electrónico.
Aviso Sistema de Dictamen Fiscal Electrónico.Miguel A. C. Sánchez
 
Presentacion Estados Financieros en Linea
Presentacion Estados Financieros en LineaPresentacion Estados Financieros en Linea
Presentacion Estados Financieros en LineaMiguel A. C. Sánchez
 
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...Miguel A. C. Sánchez
 
Cumplimientos legales empresas jmb2020 publicar
Cumplimientos legales empresas jmb2020 publicarCumplimientos legales empresas jmb2020 publicar
Cumplimientos legales empresas jmb2020 publicarMiguel A. C. Sánchez
 
Interpretacion Autentica al Articulo 28 de la LISR (pendiente publicacion dia...
Interpretacion Autentica al Articulo 28 de la LISR (pendiente publicacion dia...Interpretacion Autentica al Articulo 28 de la LISR (pendiente publicacion dia...
Interpretacion Autentica al Articulo 28 de la LISR (pendiente publicacion dia...Miguel A. C. Sánchez
 
Recordatorio contadores que interactuan con sistema electronico.
Recordatorio contadores que interactuan con sistema electronico.Recordatorio contadores que interactuan con sistema electronico.
Recordatorio contadores que interactuan con sistema electronico.Miguel A. C. Sánchez
 
Declaracion jurada y procedimiento para obtener registro contador
Declaracion jurada y procedimiento para  obtener registro contador Declaracion jurada y procedimiento para  obtener registro contador
Declaracion jurada y procedimiento para obtener registro contador Miguel A. C. Sánchez
 
Requisitos mínimos que deben llevar los documentos legales.
Requisitos mínimos que deben llevar los documentos legales.Requisitos mínimos que deben llevar los documentos legales.
Requisitos mínimos que deben llevar los documentos legales.Miguel A. C. Sánchez
 
Reforma art. 119 Codigo Tributario de El Salvador
Reforma art. 119 Codigo Tributario de El SalvadorReforma art. 119 Codigo Tributario de El Salvador
Reforma art. 119 Codigo Tributario de El SalvadorMiguel A. C. Sánchez
 
Sala declara constitucional reforma art. 70
Sala declara constitucional reforma art. 70Sala declara constitucional reforma art. 70
Sala declara constitucional reforma art. 70Miguel A. C. Sánchez
 
Requisitos minimos que deben llevar los documentos legales.
Requisitos minimos que deben llevar los documentos legales.Requisitos minimos que deben llevar los documentos legales.
Requisitos minimos que deben llevar los documentos legales.Miguel A. C. Sánchez
 
Normas de Educacion Continuada Vigentes.
Normas de Educacion Continuada Vigentes.Normas de Educacion Continuada Vigentes.
Normas de Educacion Continuada Vigentes.Miguel A. C. Sánchez
 
Nuevo Listado de Grandes Contribuyentes
Nuevo Listado de Grandes ContribuyentesNuevo Listado de Grandes Contribuyentes
Nuevo Listado de Grandes ContribuyentesMiguel A. C. Sánchez
 

Mais de Miguel A. C. Sánchez (20)

Aviso Sistema de Dictamen Fiscal Electrónico.
Aviso Sistema de Dictamen Fiscal Electrónico.Aviso Sistema de Dictamen Fiscal Electrónico.
Aviso Sistema de Dictamen Fiscal Electrónico.
 
Presentacion Estados Financieros en Linea
Presentacion Estados Financieros en LineaPresentacion Estados Financieros en Linea
Presentacion Estados Financieros en Linea
 
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...
 
Decreto 643
Decreto 643Decreto 643
Decreto 643
 
Cumplimientos legales empresas jmb2020 publicar
Cumplimientos legales empresas jmb2020 publicarCumplimientos legales empresas jmb2020 publicar
Cumplimientos legales empresas jmb2020 publicar
 
Interpretacion Autentica al Articulo 28 de la LISR (pendiente publicacion dia...
Interpretacion Autentica al Articulo 28 de la LISR (pendiente publicacion dia...Interpretacion Autentica al Articulo 28 de la LISR (pendiente publicacion dia...
Interpretacion Autentica al Articulo 28 de la LISR (pendiente publicacion dia...
 
Recordatorio contadores que interactuan con sistema electronico.
Recordatorio contadores que interactuan con sistema electronico.Recordatorio contadores que interactuan con sistema electronico.
Recordatorio contadores que interactuan con sistema electronico.
 
Comunicado DGII 700
Comunicado DGII 700 Comunicado DGII 700
Comunicado DGII 700
 
Declaracion jurada y procedimiento para obtener registro contador
Declaracion jurada y procedimiento para  obtener registro contador Declaracion jurada y procedimiento para  obtener registro contador
Declaracion jurada y procedimiento para obtener registro contador
 
Requisitos mínimos que deben llevar los documentos legales.
Requisitos mínimos que deben llevar los documentos legales.Requisitos mínimos que deben llevar los documentos legales.
Requisitos mínimos que deben llevar los documentos legales.
 
Reforma art. 119 Codigo Tributario de El Salvador
Reforma art. 119 Codigo Tributario de El SalvadorReforma art. 119 Codigo Tributario de El Salvador
Reforma art. 119 Codigo Tributario de El Salvador
 
Sala declara constitucional reforma art. 70
Sala declara constitucional reforma art. 70Sala declara constitucional reforma art. 70
Sala declara constitucional reforma art. 70
 
Manual nombramiento de auditor
Manual nombramiento de auditor Manual nombramiento de auditor
Manual nombramiento de auditor
 
Requisitos minimos que deben llevar los documentos legales.
Requisitos minimos que deben llevar los documentos legales.Requisitos minimos que deben llevar los documentos legales.
Requisitos minimos que deben llevar los documentos legales.
 
Normas de Educacion Continuada Vigentes.
Normas de Educacion Continuada Vigentes.Normas de Educacion Continuada Vigentes.
Normas de Educacion Continuada Vigentes.
 
Nuevo Listado de Grandes Contribuyentes
Nuevo Listado de Grandes ContribuyentesNuevo Listado de Grandes Contribuyentes
Nuevo Listado de Grandes Contribuyentes
 
Calendario ovisss 2019
Calendario ovisss 2019Calendario ovisss 2019
Calendario ovisss 2019
 
Nuevo Formato Formulario F910
Nuevo Formato Formulario F910Nuevo Formato Formulario F910
Nuevo Formato Formulario F910
 
Grandes contribuyentes
Grandes contribuyentesGrandes contribuyentes
Grandes contribuyentes
 
Arrendamientos plazo
Arrendamientos plazoArrendamientos plazo
Arrendamientos plazo
 

Último

Declaración conjunta de Colombia y Brasil
Declaración conjunta de Colombia y BrasilDeclaración conjunta de Colombia y Brasil
Declaración conjunta de Colombia y BrasilJosDavidRodrguezRibe1
 
Ley 27430 - Reforma tributaria - Impuesto tabaco.pdf
Ley 27430 - Reforma tributaria - Impuesto tabaco.pdfLey 27430 - Reforma tributaria - Impuesto tabaco.pdf
Ley 27430 - Reforma tributaria - Impuesto tabaco.pdfPedro Martinez
 
Presupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdf
Presupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdfPresupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdf
Presupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdfSUSMAI
 
FARO presenta su Informe de Gestión de 2023
FARO presenta su Informe de Gestión de 2023FARO presenta su Informe de Gestión de 2023
FARO presenta su Informe de Gestión de 2023FARO
 
Informe de balance social Arcángeles 2023.pdf
Informe de balance social Arcángeles 2023.pdfInforme de balance social Arcángeles 2023.pdf
Informe de balance social Arcángeles 2023.pdfFundacionArcangeles
 
La violencia de género, una aproximación.pptx
La violencia de género, una aproximación.pptxLa violencia de género, una aproximación.pptx
La violencia de género, una aproximación.pptxMelvinBeltetn1
 
informe anual de actividades 2023 funda
informe anual  de actividades 2023 fundainforme anual  de actividades 2023 funda
informe anual de actividades 2023 fundaFUNDACIONTOTONACAPAN
 
MANUAL DE IDENTIDAD GRAFICA 2018-2024 - Gobierno de México.pdf
MANUAL DE IDENTIDAD GRAFICA 2018-2024 - Gobierno de México.pdfMANUAL DE IDENTIDAD GRAFICA 2018-2024 - Gobierno de México.pdf
MANUAL DE IDENTIDAD GRAFICA 2018-2024 - Gobierno de México.pdfkejocer725
 
CAT 2024 SUNAT ALAN EMILIO matos barzola
CAT 2024 SUNAT ALAN EMILIO matos barzolaCAT 2024 SUNAT ALAN EMILIO matos barzola
CAT 2024 SUNAT ALAN EMILIO matos barzolaPaulDenisMedinaMiran
 
17emes journees commemoratives de la Bolsa de Bielsa
17emes journees commemoratives de la Bolsa de Bielsa17emes journees commemoratives de la Bolsa de Bielsa
17emes journees commemoratives de la Bolsa de BielsaPhilippe Villette
 

Último (11)

Declaración conjunta de Colombia y Brasil
Declaración conjunta de Colombia y BrasilDeclaración conjunta de Colombia y Brasil
Declaración conjunta de Colombia y Brasil
 
Las organizaciones y alianzas urbanas y el papel de la ciudad
Las organizaciones y alianzas urbanas y el papel de la ciudadLas organizaciones y alianzas urbanas y el papel de la ciudad
Las organizaciones y alianzas urbanas y el papel de la ciudad
 
Ley 27430 - Reforma tributaria - Impuesto tabaco.pdf
Ley 27430 - Reforma tributaria - Impuesto tabaco.pdfLey 27430 - Reforma tributaria - Impuesto tabaco.pdf
Ley 27430 - Reforma tributaria - Impuesto tabaco.pdf
 
Presupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdf
Presupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdfPresupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdf
Presupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdf
 
FARO presenta su Informe de Gestión de 2023
FARO presenta su Informe de Gestión de 2023FARO presenta su Informe de Gestión de 2023
FARO presenta su Informe de Gestión de 2023
 
Informe de balance social Arcángeles 2023.pdf
Informe de balance social Arcángeles 2023.pdfInforme de balance social Arcángeles 2023.pdf
Informe de balance social Arcángeles 2023.pdf
 
La violencia de género, una aproximación.pptx
La violencia de género, una aproximación.pptxLa violencia de género, una aproximación.pptx
La violencia de género, una aproximación.pptx
 
informe anual de actividades 2023 funda
informe anual  de actividades 2023 fundainforme anual  de actividades 2023 funda
informe anual de actividades 2023 funda
 
MANUAL DE IDENTIDAD GRAFICA 2018-2024 - Gobierno de México.pdf
MANUAL DE IDENTIDAD GRAFICA 2018-2024 - Gobierno de México.pdfMANUAL DE IDENTIDAD GRAFICA 2018-2024 - Gobierno de México.pdf
MANUAL DE IDENTIDAD GRAFICA 2018-2024 - Gobierno de México.pdf
 
CAT 2024 SUNAT ALAN EMILIO matos barzola
CAT 2024 SUNAT ALAN EMILIO matos barzolaCAT 2024 SUNAT ALAN EMILIO matos barzola
CAT 2024 SUNAT ALAN EMILIO matos barzola
 
17emes journees commemoratives de la Bolsa de Bielsa
17emes journees commemoratives de la Bolsa de Bielsa17emes journees commemoratives de la Bolsa de Bielsa
17emes journees commemoratives de la Bolsa de Bielsa
 

Presentación de Ley de Impuesto a las Operaciones Financieras

  • 1. Ley de Impuesto a Operaciones Financieras
  • 2. ¿Qué Establece Esta Ley? •Establece un impuesto de 0.25% equivalente a 2.5 por cada US$1,000.00, aplicada a operaciones que supere los US$1,000.00. (art 3.) •Una retención para el control de liquidez del 0.25% o su equivalente a 2.5 sobre el exceso de US$5,000.00, originados de las operaciones de depósitos, pagos, retiros de efectivo, individual o acumulados en el mes. (art 6 y 10).
  • 3. Sobre Agentes de Retención •Art 6. Son responsables del pago de impuesto, en calidad de agentes de retención. •Las entidades del sistema financiero •Las entidades que ejecutan ordenes de pago o transferencias por cualquier modalidad o medio tecnológico. •Las casas de corredores de bolsa, en el caso de operaciones de valores en operaciones a terceros. •Los Puestos de Bolsa, en el caso de operaciones de Intermediación de Productos y Servicios. •Los que designe la Administración Tributaria por el pago de impuesto.
  • 4. Hechos Generadores del Impuesto •Art 3 de la Ley de Impuesto a las Operaciones Financieras •Constituyen hechos generadores del Impuesto los débitos en cuentas de depósitos y las ordenes de pago o transferencias electrónicas correspondientes a: •Pago de bienes y servicios mediante el uso de cheque y tarjeta de debito, cuyo valor de transacción u operación sea superior US$ 1,000.00
  • 5. Hechos Generadores del Impuesto •Los pagos por medio de transferencias electrónicas cuyo valor de transacción u operación sea superior a US$1,000.00 •Las transferencias a favor de terceros, bajo cualquier modalidad o medio tecnológico, cuyo valor de transacción u operación sea superior a US$ 1,000.00 •Los desembolsos de prestamos o financiamientos de cualquier naturaleza. •Las operaciones realizadas entre las entidades del Sistema Financiero, en base a cualquier tipo de instrucción de sus clientes o por su propio interés.
  • 6. Retención de Impuesto para el Control de Liquidez. •Los sujetos mencionados en el articulo 6 de esta Ley efectuaran una retención en concepto de impuesto para el control de la liquidez del 0.25% o su equivalente al 2.5 por mil, sobre el exceso de US$5,000.00 originado en las operaciones de depósitos, pagos y retiros en efectivo, individual o acumulados en este mes.
  • 7. ¿Cuáles son las Operaciones Exentas? •Art 4. Están exentas del impuesto las siguientes operaciones o transacciones financieras: •El retiro de efectivo de cuentas de deposito, tanto en los cajeros electrónicos, como el realizado en las oficinas de las entidades del Sistema Financiero. •Pago de bienes y servicios por medio de cheque, el uso de tarjeta de debito y transferencia bajo cualquier modalidad o medio tecnológico, cuyo valor de transacción u operación sea igual o inferior a US$1,000.00 •Los pagos que realizan los tarjetahabientes en el Sistema de Tarjetas de Crédito, incluyendo el uso de la tarjeta de crédito por el tarjetahabiente. •Los pagos de seguridad social y previsional.
  • 8. Operaciones Exentas •Los pagos acreditaciones y las transferencias realizadas por: •El estado, las municipalidades y las instituciones autónomas, inclusive el Banco Central de Reserva. •La Superintendencia del Sistema Financiero •El Instituto Salvadoreño del Seguro Social •El Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos •El Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada
  • 9. Operaciones Exentas •Instituto de Garantía de Depósitos. •Las misiones diplomáticas, consulares y personal diplomático extranjero acreditadas en el país, a condición de reciprocidad. •Los organismos internacionales, agencias de desarrollo o cooperación de estado o países extranjeros. •Los fondos de pensiones •Los usuarios de zonas francas, depósitos de perfeccionamiento activo, parques o centros de servicio •La exención incluye las operaciones que se realicen en cuentas de las entidades señaladas en el ejercicio de sus funciones.
  • 10. Operaciones Exentas •El pago de remuneraciones o trabajadores, inclusive indemnizaciones laborales, mediante transferencia o emisión de cheques. La exoneración establecida en el presente literal producirá únicamente cuando el pago de las sumas se realice mediante transferencia de fondos desde una cuenta especial de deposito del empleador o mediante cheques, en los que se identifique a la cuenta especial del empleador y a la titular de la cuenta del deposito. •El pago de prestamos por parte de los clientes a las entidades del Sistema Financiero. En el caso de prestamos originados en el exterior para ser utilizados en el territorio nacional, los pagos por medio de transferencias, giros, o cualquier otro medio, estarán gravados con el impuesto del presente capitulo. •Los desembolsos de prestamos destinados para capital de trabajo de microempresarios, para adquisición de vivienda o crédito de avío a la agricultura y ganadería. La exención procederá siempre que la suma de los valores de desembolsos sea igual o inferior a US$ 50,000.00
  • 11. Operaciones Exentas •En el caso de los prestamos personales o de consumo la exención procederá cuando los valores de los desembolsos sea igual o inferior US$10,000.00. •También están exentos los desembolsos de préstamos que otorguen los organismos de integración cooperativa o de segundo piso, a las entidades usuarias, destinados para financiar operaciones crediticias de los deudores finales de tales fondos. •Las transferencias entre cuentas de deposito de un mismo titular en las entidades del Sistema Financiero. Asimismo las realizadas por las entidades del sistema financiero con el banco central de reserva de El Salvador, o en el caso de las Asociaciones Cooperativas de Ahorro y Crédito en la Caja Central o mecanismos de centralización de fondos establecidos por su federación.
  • 12. Operaciones Exentas •La constitución de la reserva de liquidez de las entidades del Sistema Financiero, así como la del requerimiento de activos líquidos y cualquier acto de disposición u operación sobre las mismas. •Los pagos de servicios suministro de agua y energía eléctrica que se efectúen por medio de cheques, transferencias bancarias, tarjetas de crédito o debito. •Las operaciones de inversión y emisión que se efectúen en el mercado primario de la Bolsa de Valores, así como la compra y venta primaria que se realicen en la bolsa de Productos y Servicios. Esta exención incluye a los títulos emitidos por el Estado y las entidades publicas municipales y autónomas. •Las operaciones efectuadas por las Casas Corredoras de Bolsa, Depositaria de Valores, Puestos de Bolsa en el ejercicio de sus funciones de intermediación en el mercado de valores y en la intermediación de productos y servicios.
  • 13. Operaciones Exentas •Las transferencias hacia el exterior relacionadas con importaciones de bienes y servicios relacionados con la actividad productiva y remesas por repatriación de capital o utilidades. •Las transferencias provenientes del exterior, acreditadas a la cuenta del beneficiario o destinatario, tales como remesas familiares, pago por bienes o servicios exportados. •Los pagos por primas de seguro cuyo valor de transacción u operación sea igual o inferior a US$1,000.00. •Las transferencias por indemnizaciones y venta de salvamentos relacionados con primas de seguro cuya cuota mensual sea igual inferior a US$1,000.00
  • 14. Ejemplo Ilustrativo 1 •Cheque por compra de vehículo •El Sr. X le paga con cheque al Sr. Y, la compra de vehículo por valor total de US$11,300.00 (Valor del vehículo mas IVA). •El impuesto al cheque se calculara sobre el monto de $11,300.00 sin deducción alguna, pues es gravada con el Impuesto todo valor de operación que supera el monto de US$1,000.00. •El impuesto se causa al momento del pago del cheque, para lo cual el Banco efectuara cargo en cuenta de deposito del emisor del cheque. •El valor del impuesto será de US$28.25 (US$11,300 x 0.0025). Fuente: Guía Aplicación MH.
  • 15. Ejemplo Ilustrativo 2 •Desembolso decreciente de préstamo de vivienda. •El Sr. “X” solicita préstamo decreciente para adquisición de vivienda al banco “Y”. El señor “X” no tiene otros prestamos en el banco “Y”. •Se aprobó solicitud y se contrato préstamo decreciente para vivienda por US$ 60,000.00 el día 10/10/2014; la comisión incluyendo IVA es de US$ 300.00 y los honorarios de escrituración de US$ 50.00, el valor liquido que se le entregara al cliente es de US$ 59,650.00. Fuente: Guía Aplicación MH.
  • 16. Ejemplo Ilustrativo 2 (cont.) •En fecha de contrato se desembolsa el liquido de US$59,650.00 y el valor de comisión, en el caso de los honorarios se desembolsaron el día siguiente. •La suma de desembolsos gravados con el Impuesto son por la cuantía de US$60,000.00. •No debe descontarse para efectos del impuesto los valores de comisión y honorarios de escrituración, ya que estos se financian a cuenta del cliente. •La operación es gravada con el impuesto por ser la suma de los desembolsos superior al limite de exento de US$50,000.00. •El impuesto por US$150.00 (US$60,000.00 x 0.0025) estará cargo de la Entidad del Sistema Financiero que se otorgo el préstamo. Fuente: Guía Aplicación MH.
  • 17. Ejemplo Ilustrativo 3 •Desembolsos de líneas de créditos rotativas. •La Sociedad X, S.A de C.V., (no microempresa) tiene autorizado en el Banco A, S.A., una línea de crédito rotativa para capital de trabajo de US$ 100,000.00, plazo un año, tasa 11% forma de desembolsos, retiros parciales de acuerdo a las necesidades del cliente. Fuente: Guía Aplicación MH.
  • 18. Ejemplo Ilustrativo 3 (cont.) N° Fecha Descripción Desembolso US$ Comentario Desembolso Pago Saldo 1 02-09-2014 Desembolso de línea para pago de proveedores. 25,000.00 25,000.00 Transacción gravada. 2 11-09-2014 Desembolsode línea para pago de proveedores. 30,000.00 55,000.00 Transacción gravada. 3 17-09-2014 Abono a línea de crédito. 25,000.00 30,000.00 Transacción exenta con base enel art. 4 literal c) de la ley. 4 25-09-2014 Desembolso de línea para pago de proveedores 30,000.00 60,000.00 Transacción gravada. Totales 85,000.00 25,000.00 60,000.00 El impuesto a pagar US$85,000.00 * 0.25%-US $212.50. Fuente: Guía Aplicación MH.
  • 19. Ejemplo Ilustrativo 3 (cont.) •El cliente no es microempresa por lo que no le aplican los limites de la exención del art. 4 literal h) de la Ley. •De conformidad con lo establecido en el articulo 3 literal d) de la Ley, el Impuesto que el Banco A, S.A, debe enterar a la administración tributaria, por desembolsos de prestamos otorgados en el mes de octubre de 2014, seria de US$212.50. Fuente: Guía Aplicación MH.
  • 20. Ejemplo Ilustrativo 4 •Operación de compra en mercado secundario de valores: •Por una operación de compra de valores en mercado secundario de una bolsa de valores, cuyo monto transado es de US$10,000.00; mas la suma de la comisión de la bolsa y la casa de corredores de bolsa por $100.00, mas el IVA sobre dicha comisión por US$13.00, el monto total a liquidar seria de US$10,113.00, a este monto se calcula el 0.25% del Impuesto de la Ley (US$25.28:0.0025 x 10,113.00), el total a pagar por el inversionistas debería ser US$10,138.28. Fuente: Guía Aplicación MH.
  • 21. Ejemplo Ilustrativo 5 •Una persona posee tres cuentas en una entidad del Sistema Financiero, en el mes de octubre realiza las siguientes operaciones: Descripción Operación Valor Operación Valor Acumulado Tratamiento Tributario 10/10/2014 Deposito en efectivo en Cta. de Ahorro. $1,000.00 $1,000.00 Acumula,sin gravar. 13/10/2014 Pagode cheque en Cta. Corriente $2,000.00 No grava* 14/10/2014 Retirode efectivo en Cta. de tarjeta de crédito. $ 800.00 $1,800.00 Acumula,sin gravar. 15/10/2014 Retiro de efectivo en Cta. de Ahorro. $1,000.00 $2,800.00 Acumula, sin gravar. 16/10/2014 Deposito en efectivo en Cta. Corriente $3,000.00 $5,800.00 Grava sobre $800.00** 20/10/2014 Retiro de efectivo en Cta. de Ahorro. $ 200.00 $6,000.00 Grava sobre $200.00*** Fuente: Guía Aplicación MH.
  • 22. Ejemplo Ilustrativo 5 (cont.) •Notas: •* El pago de cheque, no es pago en dinero en efectivo, por lo que no computa para el calculo del valor acumulado. •** Al realizar la operación, el valor acumulado supera el valor del monto exento de $5,000.00, por lo que todo valor que exceda será gravado con la Retención de Liquidez. •*** Al superar el valor acumulado el monto exento, cualquier operación de dinero efectivo, indistintamente de su monto será gravado con la Retención de Liquidez. Fuente: Guía Aplicación MH.
  • 23. 17 Avenida Norte y Calle el Carmen N°8, Residencial Plaza Merliot, Ciudad Merliot, Santa Tecla, La Libertad, El Salvador Teléfono: 2229-1177, 2229-1379