Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...
mal servicio de los centros de salud, para la poblacion (mujeres embarazadas)
1. UNIVERSIDAD PEDAGÒGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR
INSTITUTO PEDAGÒGICO “RAFAEL ALBERTO ESCOBAR LARA”
CURSO: EDUCACIÒN SEXUAL
MAL SERVICIO DE LOS CENTROS DE SALUD, PARA
LA POBLACION (MUJERES EMBARAZADAS)
AUTORA: Zavala Jhoanna
SECCIÒN: 001
Maracay, Noviembre 2011
2. CENTRO DE SALUD :
•Centro:
Es un termino que procede del latín centrum, se le
denomina al lugar donde convergen acciones
coordenadas, de las zonas que registran una
intensa actividad comercial o del lugar donde se
reúnen personas para un determinado fin.
•Salud:
Es el estado de completo bienestar físico, mental y
social.
3. Por lo tanto decimos que un Centro de salud ,
es un edificio destinado a la atención sanitaria
de la población. Lo habitual es que el centro de
salud cuente con la labor de médicos clínicos,
pediatras, enfermeros y personal
administrativo. También es posible que actúen
otro tipo de profesionales, como trabajadores
sociales y psicólogos, lo que permite ampliar la
cantidad de servicios
4. En la actualidad se observan diversas
problemáticas, que afectan el buen
funcionamiento de los centros de salud, como
lo son:
•la escases de instrumentaría básica (camillas,
inyectadoras, algodón, suero fisiológico etc.),
•el mal cumpliendo de las normas sanitarias
•el mas importante de todos la falta de
personal capacitado (médicos y enfermeras)
que atiendan los casos que lleguen a dicho
centro de salud.
5. CASO REFERENTE AL DEFICIENTE
FUNCIONAMIENTO DE ALGUNOS CENTROS
DE SALUD:
Una pareja de adolescentes embarazados , acude de emergencia al centro de
asistencia medica mas cercano, debido a que el parto se les adelanto a la
esposa, y temen perderlo. Cuando llegan al centro de salud la enfermera que los
atiende le informa a la pareja, que no va a se posible atenderlos, puesto que no
poseen con los instrumentos necesarios como: camillas y gazas para el parto y
el área de quirófano se encuentra inhabilitado , por la presencia de una
bacteria. Por consiguiente la pareja recorrió varios centros de salud en donde
no los atendieron por que no aprobaban la clave por el seguro, en vista de la
desesperación de los padres acudieron a otro centro de salud lejano de su
residencia y se les fue otorgada la atención por emergencias. Como
consecuencia, tanto la madre como el bebe presentaron problemas después del
parto, debido a que primero el parto se adelanto teniendo la madre solo 7 meses
de gestación y también por la atención tardía que recibieron.
6. BASES LEGALES QUE RESPALDAN Y GARANTIZA
LA SALUD COMO DERECHO SOCIAL
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela
Articulo 83: la salud es un derecho social
fundamental, obligación del estado, que lo
garantizará como parte del derecho a la vida. El
estado promoverá y desarrollará políticas orientadas
a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y
acceso a los servicios. Todas las personas tienen
derecho a la protección de la salud, así como el
deber de participar activamente en su promoción y
defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y
de saneamiento que establezca la ley, de
conformidad con los tratados y convenios
internacionales y ratificados por la república.
7. Ley Orgánica para la Protección del Niño y el
Adolescente
Artículo 44.- PROTECCIÒN A LA
MATERNIDAD: El estado debe proteger la
maternidad . A tal efecto, debe garantizar a todas
las mujeres servicios y programas de atención,
gratuitos y de la más alta calidad, durante el
embarazo, el parto y la fase posnatal.
Adicionalmente, debe asegurar programas de
atención dirigidos específicamente a la
orientación y protección del vinculo materno-
filial de todas las niñas y adolescentes
embarazadas o madres.
Artículo 48.- DERECHO A ATENCIÒN
MÈDICA DE EMERGENCIA: Todos los
niños y adolescentes tienen derecho a recibir la
atención médica de emergencia.
8. Parágrafo primero : Todos los centros y servicios de salud públicos deben
presentar atención médica inmediata a los niños y adolescentes en los casos
de emergencia.
Parágrafo segundo: Todos los centros y servicios de salud privados deben
prestar atención médicas inmediata a los niños y adolescentes en los casos de
emergencias en que peligre su vida, cuando la ausencia de atención médica o
la remisión del afectado a otro centro o servicio de salud, implique un peligro
inminente a su vida o daños graves irreversibles evitables a su salud.
Parágrafo tercero: En los casos previsto en los parágrafos anteriores no
podrá negarse a la atención al niño o adolescentes alegando razones
injustificadas, tales como: la ausencia de los padres, representantes o
responsables, la carencia de documentos de identidad o de recursos
económicos del niño, adolescentes o su familia.
9. DECLARACIÒN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS
SEXUALES:
El derecho a la atención clínica de la sexualidad: La atención
clínica de la salud debe estar disponible para la prevención y el
tratamiento de todos los problemas, preocupaciones y trastornos
sexuales.