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1Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
2Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Patricia Colchero
Coordinación: Brisa Solis
Guía de apoyo para víctimas
de desaparición forzada
3Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
México D.F. enero de 2013.
Patricia Colchero
Coordinación: Brisa Solis
4Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Índice
Presentación
8
10
11 1.1 El estado y sus obligaciones
15 1.2 El sistema de justicia penal
20 1.3 El juicio de amparo
21 1.4 Las comisiones de derechos humanos en México
24 1.5 Los organismos internacionales de derechos humanos
25 1.5.1 El sistema universal de defensa de los derechos humanos
29 1.5.2 El sistema interamericano de defensa de los derechos
humanos
32
33 2.1 Los derechos humanos
36 2.2 Los derechos de las víctimas
39 2.2.1 Derechos de las víctimas del delito y de violaciones a los
derechos humanos
51 2.2.2 Derechos de las víctimas de desaparición forzada
59 3.1 Personas que te acompañan
60 3.2 Quiénes son las víctimas
65 3.3 Reorganización familiar
65 3.4 Analiza el riesgo
68 3.5 Denuncia ante las autoridades
72 3.6 Busca apoyo jurídico
73 3.7 Apóyate con otras víctimas
73 3.8 Desarrolla tu estrategia
76
77 4.1 Presentación de la denuncia
81 4.2 Seguimiento de la investigación
93
público
99
100 5.1 Análisis de la situación
102 5.2 Programas de seguridad ciudadana
105 5.3 Medidas de prevención
107 5.4 Medidas personales y colectivas de seguridad
111
Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
5Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Presentación
México está viviendo una de sus
peores crisis en términos de violencia
interna e inseguridad; se cuentan
por miles las personas que han sido
asesinadas y desaparecidas por
el crimen organizado a raíz de la
declaración de guerra por parte del
gobierno federal a estos grupos.
ha analizado la
situación y señalado reiteradamente
que el problema persiste y se agudiza
debido a que la estrategia adoptada
por el gobierno para el combate
al crimen organizado, es errónea.
Ésta no debe ser de más violencia y
militarización, sino de instrumentación
de una política que vaya a la raíz del
problema, es decir una política integral
de: prevención del delito; fomento de
la participación ciudadana en asuntos
de interés público; mejoramiento de
la calidad de vida de las personas;
y combate a las ganancias ilícitas,
como medidas principales.
El Pacto del 8 de Mayo de 2011 en
el que el
presentó
sus principales demandas al Estado
Mexicano en el Zócalo de la capital
del país, resume estos puntos con
mucha claridad:
Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Se debe cambiar el enfoque militarista y
la estrategia de guerra de la seguridad
pública y asumir una nueva estrategia
de seguridad ciudadana, con enfoque
en los derechos humanos, que evite
la participación del ejército en tareas
policiales; que avance un modelo de
seguridad alternativo basado en la
reconstrucción del tejido social, y que
recupere las experiencias comunitarias
autogestivas y la participación
ciudadana en las colonias, barrios y
unidades habitacionales.
La criminalidad y su violencia tiene
como su motor las ganancias derivadas
la trata de personas, la extorsión, la
venta de “protección” y demás delitos
que después reinyectan los recursos
en la economía mediante el lavado de
dinero. Exigimos un combate frontal
al lavado de dinero y activos de los
delincuentes mediante la creación de
unidades autónomas de investigación
patrimonial, en coordinación con
la Unidad Federal de Inteligencia
Financiera,quepermitanreunirmaterial
6Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
probatorio para formular acusaciones
y dictar sentencias por los actos de
negocios ilegales.
Laseguridadciudadananoseresolverá
con armas y violencia. Exigimos una
política económica y social que genere
oportunidades reales de educación,
salud, cultura y empleo para jóvenes,
porque son las y los principales
víctimas de esta estrategia.
Exigimos que en los próximos 3 meses
se establezca un programa especial
de emergencia nacional para y de
jóvenes que invierta las prioridades del
presupuesto, garantizando, al menos,
lo mismo que se destina a seguridad
para la construcción de escuelas y el
aumento de la matrícula en educación
secundaria, media superior y superior;
un sistema universal de becas para
estudiantes de secundaria, EMS y
superior de escuelas públicas…
La seguridad requiere democracia
y nuevos medios de participación
ciudadana. Exigimos que se amplíen
los medios e instrumentos de
participación ciudadana en los asuntos
públicos mediante el reconocimiento
institucional de la consulta popular,
las candidaturas independientes, la
revocación de mandato, la contraloría
social y las acciones colectivas.
A pesar de estos y otros llamamientos
de grupos y especialistas para
reorientar la estrategia de seguridad,
posición, incumpliendo con su deber
fundamental de protección a la
población,ademásdenohaberlogrado
su objetivo de debilitar al crimen
organizado. Lejos de ello, estos grupos
se han expandido en el territorio; han
aumentado de manera preocupante
el número de gente reclutada en
número incalculable de homicidios,
feminicidios, trata de personas,
secuestros y desapariciones; se han
convertido en un factor de incidencia
las esferas políticas y de gobierno.
Frente a esta situación, un sin
número de víctimas que han sufrido
la desaparición de sus familiares han
acudido al pidiendo solidaridad,
debido a que no encuentran una
gobierno que haga frente a la
Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
7Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
gravedad del fenómeno. Las víctimas
tienen el derecho de que el Estado las
proteja; investigue los hechos; busque
a las personas desaparecidas; y
resuelva los desplazamientos internos
de personas que por la violencia no
pueden permanecer en su lugar de
origen.
Con la desaparición de una persona,
los familiares se ven inmersos en una
situación inesperada, que transforma
sus vidas, y que les implica el
reacomodo de roles familiares para
enfrentar la situación. En un primer
momento, las personas no saben qué
hacer, ni dónde o con quien acudir para
buscar a la persona desaparecida.
Desde su conformación, el
ha acompañado la visibilidad de las
víctimasenlaexigenciadejusticia,tanto
en lo individual como en lo colectivo,
y ha podido recuperar valiosos
aprendizajes de víctimas, defensores/
as de derechos humanos y grupos
que llevan un largo camino recorrido.
Frente a esta crisis de inseguridad,
el papel de la sociedad civil ha sido
fundamental; primeramente el de las
víctimas que en la mayoría de los
casos han realizado con sus medios
y recursos investigaciones para la
búsqueda de su familiar, pero también
de organizaciones, periodistas y
defensores/as de derechos humanos
en apoyo a los familiares y exigiendo
una acción gubernamental congruente
Todos estos aprendizajes quisimos
recopilarlos, ordenarlos y presentarlos
en este texto, redactado en un
lenguaje sencillo de manera que
cualquier persona pueda comprender
su contenido, con la esperanza de que
puedan servir como apoyo para tomar
las mejores decisiones. La pretensión
no es que las víctimas actúen solas,
sino que tengan información útil y
mayores conocimientos ante la noticia
inmediata, así como en los procesos
de mediano y largo plazo a los que se
enfrentarán.
Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
8Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Esta Guía se divide en cinco capítulos
que recomendamos leer como se
presentan, debido a que los contenidos
se van desarrollando en orden, a lo
largo de éstos. Los capítulos son los
siguientes:
En este capítulo revisaremos qué
es el Estado y en particular cuáles
son las instancias de gobierno que
conforman el sistema de justicia, y
sus obligaciones.
En este segundo capítulo, haremos
un repaso sobre cuáles son nuestros
derechos humanos y en particular
aquellos que debemos exigir cuando
estamos frente a una situación de
desaparición.
Consideramos que esta parte es
fundamental para que puedas planear
los pasos a seguir de manera que lo
hagas con orden y tomando en cuenta
las circunstancias de tu entorno.
En caso de que en la planeación de
la estrategia hubieras decidido que
quieres denunciar a las autoridades,
te presentaremos los pasos que
consideramos puedes seguir y
también qué hacer en el caso de que el
Ministerio Público no esté cumpliendo
con su trabajo.
La idea de esta parte de la Guía es
que puedas hacer un diagnóstico de
adoptes algunas medidas que puedan
ser de utilidad para seguridad tuya e
incluso de la comunidad donde vives.
Para esto último, te presentamos
algunas iniciativas ciudadanas y de
gobierno, de México y otros países, que
se están desarrollando exitosamente,
con la intervención de la ciudadanía.
El propósito es que esta Guía pueda
ser estudiada individualmente, y
compartida también colectivamente
Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
9Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
en talleres impartidos por personas
que estén dando acompañamiento
intercambios de grupos que estén
llevando a cabo esta tarea.
A lo largo de los capítulos se
encontrarán la transcripción de
artículos de leyes e instrumentos
internacionales de derechos humanos,
las y los lectores vayan comprendiendo
y familiarizándose con los términos que
están en la normatividad y que utilizan
las autoridades.
Esperamos que esta Guía se vaya
perfeccionando con el aporte de más
personas y grupos que están en la
lucha diaria por un México sin violencia,
donde se respeten y garanticen los
derechos humanos y que sea un apoyo
para las víctimas en este camino que
sabemos no abandonarán hasta no
haber encontrado a su familiar, pese a
todos los obstáculos que encuentren,
y por lo cual tienen todo nuestro
reconocimiento y admiración.
10Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
1
Cuando ha ocurrido una desaparición, las personas afectadas por este suceso
tienen el derecho de recibir apoyo por parte del Estado, quien es el responsable
de investigar los hechos, encontrar a la persona desaparecida, y sancionar a los
responsables; estas funciones las realiza a través de las instancias de procuración
e impartición de justicia que conforman el sistema de justicia.
El Estado es, como veremos más adelante, la representación de todas y todos
los mexicanos, al que le hemos otorgado la autoridad para regular la vida en
sociedad. Siendo el Estado nuestra representación, es el responsable y el único
facultado para hacer justicia frente a un delito; nuestro deber como ciudadanos es
exigir que cumpla con esa responsabilidad.
Sin embargo, es frecuente que las instancias de gobierno a las que acudimos para
solicitar ayuda, no cumplan con sus obligaciones, con lo cual están cometiendo
una violación a los derechos humanos. Sabiendo que esto sucede, como parte del
Estado también hemos creado las Comisiones de Derechos Humanos, que son
las instituciones públicas encargadas de vigilar el actuar de las y los funcionarios
públicos.
Si estas instancias también fallaran, podemos recurrir a los organismos
internacionales de derechos humanos de la Organización de las Naciones Unidas
(ONU) o de la Organización de Estados Americanos (OEA), que son creados por
los Estados que los conforman, y que tienen la función de vigilar que se respeten
y garanticen los derechos humanos.
La exigencia de justicia en países como el nuestro donde las instituciones de
11Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
sin embargo es el único que podemos seguir, en el orden que hemos descrito.
Pero veamos todo esto detenidamente para comprenderlo mejor.
Como decíamos unas líneas antes, el Estado está conformado por todas las
instituciones que tiene la autoridad de regular la vida en sociedad, a través de
reglas (también conocidas como normas). Expliquemos esta frase.
los seres humanos decidimos que era necesario crear:
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
.
1).- Reglas de conducta con las que estuviéramos todas y
todos de acuerdo, que nos permitieran convivir en paz, y
2).- Una organización que nos representara a todas y todos,
a la que se le daría el poder para hacer respetar esas reglas.
Si no hubiéramos creado reglas y una forma de organización aceptada por todas
las personas, cada quien haría lo que quisiera, sin importarle los demás, lo que
llevaría a una sociedad de caos.
En México, el Estado tiene entonces como poder supremo a todas y todos los
mexicanos que lo creamos, como lo dice la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos que es la regla o norma principal que establece cómo debe
funcionar el Estado:
Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y
originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del
La Constitución dice también que el Estado mexicano es una
12Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
República representativa, democrática, federal:
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en
una República representativa, democrática, federal…
Artículo 41. … La renovación de los poderes Legislativo y
Ejecutivo se realizará mediante elecciones libres, auténticas
y periódicas,…
Es una República porque el jefe del Estado es elegido por el pueblo para un
periodo determinado1
.
Es Representativa porque al ser más de 100 millones de habitantes, es imposible
que todas y todos podamos tomar las decisiones y gobernar, por lo que hemos
decidido que gobernarán las personas a las que elijamos por medio del voto, que
serán nuestros representantes2
.
Es Democrática porque el poder máximo es del pueblo; democracia quiere decir
gobierno del pueblo.
Es Federal porque el poder se reparte entre un estado central y un grupo de
estados asociados, con lo que se busca evitar un poder central absoluto que
absorba todas las funciones.
Por lo tanto, una República representativa, democrática y federal es un gobierno
del pueblo, en el cuál éste elije a los titulares del poder ejecutivo (federal y en los
estados) y miembros del poder legislativo (diputados y senadores), que actuarán
para la satisfacción de los intereses del pueblo.
1 BOBBIO, Norberto; MATTEUCCI, Nicola; PASQUINO, Gianfranco. Diccionario de Política. 13ª ed.
México, DF: Siglo Veintiuno Electores, 2002.
2 Representación: Acto mediante el cual un representante actúa en nombre de un representado para
la satisfacción de sus intereses. Los actos del representante obligan al representado, pero éste tiene la
posibilidad de controlar y exigir responsabilidades al gobernante a través de mecanismos electorales.
Monedero, Juan Carlo. Diccionario crítico de Ciencias Sociales. Madrid: Universidad Complutense de
Madrid. http://www.ucm.es/info/eurotheo/diccionario/R/representacion_politica.htm
13Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
El Estado está dividido en 3 poderes, que hacen tareas diferentes pero
complementarias, y que se vigilan entre sí. El objetivo es que la autoridad del
Estado se divida, de manera que una sola persona no tenga toda la autoridad en
todos los temas. Los tres poderes son:
1.- Poder Legislativo (Cámara de Diputados y Cámara de
Senadores federal y de los estados) que tienen la función de
es la norma fundamental.
2.-PoderEjecutivo(PresidenciadelaRepública,Gobernadores
y Jefe de Gobierno del Distrito Federal) que tiene la función de
ejecutar las leyes que aprueba el Legislativo. Para cumplir con
esto, nombra a Secretarios/as de Estado (de Gobernación,
Salud, Educación, …)
3.- Poder Judicial (Juzgados, Tribunales y Suprema Corte de
Justicia de la Nación) que tiene la función de administrar e
impartir justicia, aplicando las leyes a los casos concretos.
Asimismo, existen organismos del Estado que no pertenecen a ninguno de estos
poderes como las Comisiones de Derechos Humanos, que son autónomos
porque tienen la función de vigilar el actuar de las y los servidores públicos.
Como hemos dicho, México es un República federal, por lo cual estos tres poderes
funcionan para la federación, y también cada uno de los estados de la República.
La Constitución Política dice:
Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los
Poderes de la Unión (poderes federales), en los casos de la
competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que toca
a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente
establecidos por la presente Constitución Federal y las
particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán
contravenir las estipulaciones del pacto federal.
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
14Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Artículo 43. Las partes integrantes de la federación son los
estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California
Sur, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas,
Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco,
México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca,
Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa,
Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán,
Zacatecas y el Distrito Federal.
Hemos hablado de las instituciones y las normas; ahora hablemos de las personas
que trabajan en estas instituciones del Estado y que aplican las normas, a las que
se les llama servidoras y sevidores públicos, es decir, funcionarias y funcionarios,
empleados y empleadas y, en general, la persona que desempeñe un empleo,
cargo o integrante de comisión de cualquier naturaleza, en alguno de los tres
poderes de gobierno y en los organismos autónomos.
Artículo 127. Los servidores públicos … recibirán una
remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño
de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser
proporcional a sus responsabilidades.
Artículo 128. Todo funcionario público, sin excepción alguna,
antes de tomar posesión de su encargo, prestará la protesta
de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen.
A nivel federal y en los estados existen leyes que regula cuáles son las
responsabilidades de los servidores públicos y los procedimientos para
sancionarlos en caso de no cumplir con sus obligaciones. Para los servidores
públicos federales, se aplica la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas
de los Servidores Públicos la cual señala en su artículo 8 fracción I que, entre
otras cosas, todo servidor público tiene la obligación de cumplir el servicio que
le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la
de un empleo, cargo o comisión.
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
15Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Todas las instituciones cuentan con una unidad, llamada generalmente Contraloría
Interna, en la que las personas pueden presentar denuncias en contra de una o
un servidor público que no haya cumplido con sus obligaciones, la cual será la
responsable de sancionar.
Hemos visto de manera general qué es el Estado, cuál es su forma de organización
y cuáles son las responsabilidades de los servidores públicos. A continuación,
revisaremos cuál es la función del Estado en el tema de la justicia y concretamente
respecto de las desapariciones.
La justicia es una virtud en las personas y sociedades, que otorga a cada persona
nos representa a todos- tiene la responsabilidad de determinar qué es justo, de
acuerdo a lo establecido en las normas.
Cuando buscamos la palabra justicia, nos encontramos una representación como
la que tenemos abajo del lado derecho: la diosa Temis con los ojos vendados,
que en una mano sostiene una balanza y en la otra una espada.
representación?
La mujer representa al Estado, que es
quien tiene que garantizar la justicia;
La venda en los ojos simboliza la
imparcialidad y la igualdad con la que el
Estado debe tratar a todas las personas;
La balanza representa el equilibrio y
la capacidad de sopesar los diferentes
argumentos y pruebas en una situación;
La espada en posición de descanso,
indica que la fuerza sólo debe usarse
cuando es necesaria.
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
16Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Estas virtudes de imparcialidad, igualdad, equilibrio, y discernimiento son las que
debe poner en práctica un Estado en el momento de hacer justicia.
En la Constitución y en nuestras leyes se establecen cuáles son nuestros derechos
y qué conductas están prohibidas, debido a que éstas afectan los derechos de
otras personas, así como cuáles son las reglas a seguir para exigir justicia y las
instancias a las cuales acudir.
Las instituciones que conforman el sistema de justicia penal en México, son las
siguientes:
Las Procuradurías Generales de Justicia a través del Ministerio
Público, que forman parte del Poder Ejecutivo, y que son las
responsables de llevar a cabo la investigación de los hechos
ante los jueces.
Los Jueces, Tribunales y la Suprema Corte de Justicia
de la Nación, que forman parte del Poder Judicial, y son
los responsables de valorar las pruebas que presente el
ministerio público y el inculpado, para dictar la sentencia que
corresponda (de culpabilidad o no culpabilidad)
Las instituciones del sistema penitenciario, que forman parte
del Poder Ejecutivo, y que tienen la responsabilidad de
custodiar a las personas que cumplirán las penas dictadas
por los tribunales.
Las leyes que más se utilizan en el sistema penal son: el Código Penal y el
generales del derecho penal, los delitos y las penas que corresponden a cada
delito; y en el Código de Procedimientos Penales, los procedimientos, como su
nombre lo indica.
De acuerdo al Código Federal de Procedimientos Penales, los procedimientos en
materia penal son los siguientes:
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
17Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Artículo 1o.- El presente Código comprende los siguientes
procedimientos:
I.- El de a la consignación a los tribunales,
que establece las diligencias legalmente necesarias para que
el Ministerio Público pueda resolver si ejercita o no la acción
penal;
II.- El de en que se realizan las actuaciones
de éstos conforme al tipo penal aplicable y la probable
responsabilidad del inculpado, o bien, en su caso, la libertad
de éste por falta de elementos para procesar;
III.- El de , que abarca las diligencias practicadas
existencia del delito, las circunstancias en que hubiese
sido cometido y las peculiares del inculpado, así como la
responsabilidad o irresponsabilidad penal de éste;
IV.- El de , durante el cual el Ministerio
Público precisa su pretensión y el procesado su defensa ante
el Tribunal, y éste valora las pruebas y pronuncia sentencia
V.- El de ante el tribunal de apelación, en
que se efectúan las diligencias y actos tendientes a resolver
los recursos;
VI.- El de , que comprende desde el momento en
que cause ejecutoria la sentencia de los tribunales hasta la
extinción de las sanciones aplicadas;
VII.- Los relativos a , a y a quienes
tienen el hábito o la necesidad de consumir estupefacientes o
psicotrópicos.
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
18Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
El único procedimiento que le toca resolver exclusivamente al Ministerio Público
es el de averiguación previa; los procedimientos de pre-instrucción, instrucción,
primera instancia y segunda instancia, constituyen lo que se llama el proceso
penal, que corresponde resolver exclusivamente a los tribunales.
En el procedimiento de averiguación previa, el Ministerio Público debe:
Recibir las denuncias;
Practicar y ordenar todos los actos que acrediten:
- El cuerpo del delito3
,
- La probable responsabilidad del inculpado, y
- La reparación del daño4
;
Acordar la detención o retención de los indiciados5
;
Solicitar el apoyo de la policía para brindar protección a
víctimas y testigos;
Determinar la reserva o el ejercicio de la acción penal6
.
Bajo su mando y conducción, las Policías deberán:
-Recibir las denuncias cuando no puedan ser
formuladas directamente ante el Ministerio Público;
-Practicar las diligencias (actuaciones) que le ordene
el Ministerio Público para el esclarecimiento de los
delitos y la identidad de los probables responsables;
poner a disposición del MP a las personas detenidas
y los bienes que se hayan asegurado;
por la ley penal.
4 Reparación del daño: Este concepto lo veremos en el capítulo 2 de esta guía.
5 Indiciados: Sujetos en contra de quienes existe sospecha de que cometieron algún delito.
6 Acción penal: es la facultad que tiene el Ministerio Público como representante social para solicitar las
sanciones que deban aplicarse a quien ha cometido un delito y deberá someterse a Proceso Penal.
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
19Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
- Preservar el lugar de los hechos y la integridad de
los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso,
así como los instrumentos, objetos o productos del
delito;
- Proporcionar atención a víctimas o testigos del delito;
- Dar cumplimiento a las órdenes de aprehensión;
- Entrevistar a las personas que pudieran aportar
algún dato o elemento para la investigación;
- Hacer constar el estado de las personas, cosas y
lugares, mediante inspecciones, planos, fotografías,
En los procedimientos del proceso penal (pre-instrucción, instrucción, primera
instancia y segunda instancia), los tribunales deberán resolver:
Si un hecho es delito o no;
Determinar la responsabilidad penal o la no responsabilidad
de las personas acusadas;
Imponer las penas y medidas de seguridad que procedan;
Resolver los recursos de apelación.
Durante el proceso penal, el Ministerio Público y la Policía Judicial bajo su
mando practican actuaciones para acreditar el cuerpo del delito, la probable
responsabilidad del inculpado, y la reparación del daño a las víctimas.
El procedimiento de ejecución corresponde al Poder Ejecutivo y consiste en
ejecutar las penas y medidas de seguridad decretadas en las sentencias de los
tribunales; algunas penas son privativas de libertad (prisión) y otras pueden ser
multas, trabajo para la comunidad, pago por daños, etc.
El detalle de cada uno de los procedimientos que se siguen durante la
averiguación previa y el proceso penal, se encuentran detallados en el Código de
Procedimientos Penales.
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
20Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Ahora bien, si las autoridades del Sistema de Justicia no están cumpliendo con
las obligaciones establecidas en las leyes, están violando nuestro derecho de
acceso a la justicia. De acuerdo a la Constitución Política, la obligación del Estado
y de sus autoridades es garantizar a todas las personas que podamos ejercer ese
y todos los derechos humanos:
Artículo 1o. … Todas las autoridades, en el ámbito de sus
competencias, tienen la obligación de promover, respetar,
proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad
con los principios de universalidad, interdependencia,
indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado
deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones
a los derechos humanos, en los términos que establezca la
ley.
A continuación veremos algunas opciones que tenemos las y los ciudadanos
para hacer valer nuestros derechos humanos cuando el sistema de justicia no
esta funcionando.
Un recurso muy importante en México, que se crea para la defensa de los
derechos humanos, es el Juicio de Amparo que está regulado por los artículos
103 y 107 de la CPEUM, y por la Ley de Amparo. Un amparo lo puede promover
cualquier persona ante un juez de distrito, cuando una autoridad le haya causado
un agravio en sus derechos humanos; en el siguiente capítulo veremos cuáles
son estos derechos.
El amparo lo presenta la persona agraviada, su representante o su defensor/a,
por escrito, antes de 15 días de haber sufrido el agravio, cualquier día del año,
excepto sábados, domingos, y días festivos7
.
Artículo 21.- El término para la interposición de la demanda de
amparo será de quince días. Dicho término se contará desde
7 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 Y
de la Federación el 10 de enero de 1936. Última reforma publicada DOF 24-06-2011. Artículos 21 y 23.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/20.pdf
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
21Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
el día siguiente al en que haya surtido efectos, conforme a
acuerdo que reclame; al en que haya tenido conocimiento de
ellos o de su ejecución, o al en que se hubiese ostentado
sabedor de los mismos.
Artículo23.-Sondíashábilesparalapromoción,substanciación
y resolución de los juicios de amparo, todos los días del año,
con exclusión de los sábados y domingos, el 1o. de enero,
5 de febrero, 1o. y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de
octubre y 20 de noviembre.
En caso de privación de la vida, de ataques a la libertad personal, o de algún
riesgo grave, el amparo puede promoverse cualquier día, a cualquier hora del día
o de la noche.
Por otro lado, es importante que en el escrito se presenten todos los hechos
que a juicio de la persona son violatorios de los derechos humanos ya que la
sentencia sólo amparará y protegerá a la persona sobre lo que esté demandado.
De acuerdo al apartado B del artículo 102 de nuestra Constitución Política,
las Comisiones de derechos humanos son organismos creados por el Estado
Mexicano para la protección de los derechos humanos consagrados en nuestra
Constitución y en los tratados internacionales en la materia.
Las Comisiones reciben las quejas que la ciudadanía presente en contra de actos
u omisiones provenientes de cualquier autoridad o servidor/a público/a (excepto los
del poder judicial), que violen los derechos humanos. Todo servidor público está
obligado a responder las recomendaciones que les presenten estos organismos.
Al igual que para las demás instituciones de Estado, hay una Comisión Nacional
para asuntos relacionados con servidores públicos federales, y Comisiones
estatales que atenderán las quejas en contra de servidores públicos estatales:
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
22Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Artículo 102.- B … El organismo que establezca el Congreso
de la Unión se denominará Comisión Nacional de los Derechos
Humanos; contará con autonomía de gestión y presupuestaria,
personalidad jurídica y patrimonio propios.
Las Constituciones de los Estados y el Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal establecerán y garantizarán la autonomía
de los organismos de protección de los derechos humanos.
Por ley, el procedimiento ante las Comisiones de Derechos Humanos debe ser
breve, sencillo y gratuito; el personal debe procurar, siempre que se pueda, tener
contacto directo con las personas que denuncian.
La persona que presenta una queja ante una comisión de derechos humanos no
tiene que decir cuál derecho le fue violado, sino relatar lo que considera fue el
maltrato recibido por parte de la autoridad y/o las acciones u omisiones en contra
de sus derechos. En caso de que la o el responsable de la desaparición fuera
un/a servidor público, será parte fundamental de la queja.
Las quejas pueden presentarse personalmente, por teléfono, correo electrónico o
servicio postal, pero no de forma anónima. En los casos en que no se presenten
La queja es recibida en el área de Quejas, la cual valorará si lo que se está
denunciando es efectivamente una violación a los derechos humanos. Una vez
hecha la valoración positiva, esta área la turna a la Visitaduría General que
corresponda, la cual tiene la responsabilidad de llevar a cabo la investigación. La
Comisión te avisará por vía telefónica y por telegrama en qué Visitaduría está y
quién es el o la visitadora responsable de llevar el caso.
La o el Visitador solicitará información a la autoridad y dependiendo del informe
y de si la víctima está de acuerdo, explorar si es posible llegar a una solución
hubo o no una violación a los derechos humanos.
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
23Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
El personal de las Comisiones tiene facultades amplias para investigar; puede:
pedir toda la información que requiera a la autoridad señalada o a otras si el
caso lo amerita; citar a las personas que deban comparecer como autoridades y
testigos; realizar visitas de inspección; consultar expedientes; y solicitar peritajes,
entre otras.
La conclusión de la investigación puede ser un Acuerdo de No Responsabilidad si
se llega a la convicción de que no hubo una violación a los derechos humanos, o
una Recomendación si se comprueba la responsabilidad. La Ley de la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos establece lo siguiente:
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
Artículo 44.- Concluida la investigación, el Visitador General
formulará, en su caso, un proyecto de Recomendación, o
acuerdo de no responsabilidad en los cuales se analizarán los
hechos, los argumentos y pruebas, así como los elementos
si las autoridades o servidores han violado o no los derechos
humanos de los afectados, al haber incurrido en actos y
omisiones ilegales, irrazonables, injustas, inadecuadas, o
erróneas, o hubiesen dejado sin respuesta las solicitudes
presentadas por los interesados durante un período que
En el proyecto de Recomendación, se señalarán las medidas
que procedan para la efectiva restitución de los afectados
en sus derechos fundamentales, y si procede en su caso,
para la reparación de los daños y perjuicios que se hubiesen
ocasionado.
Una vez recibida la Recomendación, la autoridad o servidor público de que se
acepta. En caso de aceptación, deberá entregar antes dequince días las pruebas
correspondientes a su cumplimiento.
La violación a los derechos humanos responsabiliza al Estado de reparar los
daños a las víctimas. Esta es una reparación diferente a la que dictará el juez en
el proceso penal, en contra de los responsables de la desaparición a favor de las
24Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
víctimas del delito. Aquí será dictada por la Comisión de Derechos Humanos en
contra de los servidores públicos que violaron los derechos humanos, a favor de
las víctimas de violaciones a los derechos humanos, es decir, aquellas que por
maltratado del servidor público, o por no haber hecho su trabajo, o haberlo hecho
mal, le ha ocasionado un daño. Revisa lo que se describe en el capítulo 2.
debe acudir a la siguiente instancia: los organismos internacionales.
Para las y los mexicanos es posible acceder al ámbito internacional porque
México forma parte de organzaciones internacionales como la Organización de
las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de Estados Americanos (OEA) que
cuentan con organismos y tratados8
(normas) para la defensa de los derechos
humanos. Es por ello, que nuestra Constitución señala:
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la
Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén
de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por
el Presidente de la Republica, con aprobación del Senado,
serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada
Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a
pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en
las constituciones o Leyes de los Estados.
que celebra el Presidente de la República, con la aprobación del senado, en el
seno de los organismos internacionales.
Si bien la idea es que cualquier persona pueda tener un acceso fácil a los
mecanismos internacionales de derechos humanos, se te aconseja que pidas
8 ONU, Convención de Viena sobre el derecho de los tratados. U.N. Doc A/CONF.39/27 (1969), 1155
U.N.T.S. 331, entered into force January 27, 1980. Viena, 23 de mayo de 1969. Se entiende por “tratado”
un acuerdo internacional regido por el derecho internacional y celebrado por escrito. http://www.oas.org/
XXXVGA/espanol/doc_referencia/Convencion_Viena.pdf
25Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
asesoría a alguna organización de derechos humanos; sin embargo, en caso de
que no la obtengas, tú puedes hacerlo solo/a.
abril de 1945 delegados de 50 países participaron en la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre Organización Internacional
organizacióngeneralinternacionalparamantenerlapazylaseguridadenelmundo.
Los representantes redactaron la Carta de las Naciones Unidas, que
siguiente. La Carta de las Naciones Unidas es el documento de la ONU
que determina los derechos y las obligaciones de los Estados Miembros
y establece los órganos y procedimientos de las Naciones Unidas9
.
En relación con el tema de derechos humanos, la Carta señala:
9 ONU, Carta de las Naciones Unidas. Firmada el 26 de junio de 1945 en San Francisco, al terminar la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional; entró en vigor el 24 de octubre del
mismo año. http://www.un.org/spanish/aboutun/charter.htm
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas resueltos … a
1a dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad
de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes
y pequeñas, … hemos decidido unir nuestros esfuerzos para
realizar estos designios
…
Artículo 55. Con el propósito de crear las condiciones
de estabilidad y bienestar necesarias para las relaciones
respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre
determinación de los pueblos, la Organización promoverá:
…
26Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
c. el respeto universal a los derechos humanos y
a las libertades fundamentales de todos, sin hacer
distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión,
y la efectividad de tales derechos y libertades.
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
La Comisión de Derechos Humanos, órgano que se crea con base en la Carta de
las Naciones Unidas, y que desde 2006 se llama Consejo de Derechos Humanos,
está compuesto por 47 Estados Miembros responsables del fortalecimiento de la
promoción y la protección de los derechos humanos en el mundo.
El Consejo de Derechos Humanos cuenta con diversos mecanismos para proteger
los derechos de las personas:
El método de denuncias que permite a individuos y
organizaciones presentar denuncias sobre violaciones
de los derechos humanos a la atención del Consejo. El
procedimiento consiste en que una vez recibida la denuncia,
si ésta es procedente, es transmitida al gobierno respectivo
para solicitar información. Una vez analizada la información,
el Consejo adopta una decisión sobre cada caso.
Los Procedimientos Especiales que pueden ser integrados
por una persona, denominada Relator/a Especial o Experto
Independiente, o por un Grupo de Trabajo compuesto por lo
general de cinco miembros (uno de cada región). El mandato
de estos procedimientos implican actividades como: dar
respuesta a las denuncias individuales; realizar estudios;
prestar asesoramiento en materia de cooperación técnica en
los países; y participar en actividades generales de promoción
de los derechos humanos10
.
Procedimientos Especiales. http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/chr/special/index.htm
27Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
La mayoría de los procedimientos especiales reciben información sobre denuncias
concretas de violaciones de derechos humanos y hacen llamamientos urgentes
o envían cartas de denuncias a los gobiernos para solicitar aclaraciones. Los
titulares de los mandatos también realizan visitas a los países con el propósito de
investigar la situación de derechos humanos a nivel nacional.
El Consejo de Derechos Humanos, estableció desde 1981 un Grupo de Trabajo
sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias, constituido por 5 expertos
internacionales en cuestiones relativas a desapariciones forzadas o involuntarias
de personas. El mandato de este Grupo de Trabajo es11
:
Ayudar a los familiares de las personas desaparecidas a
averiguar la suerte y el paradero de dichas personas. Con
este objeto el Grupo recibe y examina los informes sobre
desapariciones presentados por los parientes de las personas
afectadas o por organizaciones de derechos humanos que
determinados criterios, el Grupo de Trabajo transmite los
distintos casos a los gobiernos de que se trate, pidiéndoles que
realicen indagaciones y que le informen sobre sus resultados.
Actúa esencialmente como cauce de comunicación entre las
familias de las personas desaparecidas y los gobiernos; no
investiga casos individuales.
Con la adopción en 1992 por la Asamblea General de la ONU
de la Declaración sobre la protección de todas las personas
contra las desapariciones forzadas, el Grupo de Trabajo fue
encomendado para que siga el progreso de los Estados en
cumplir con sus obligaciones derivadas de la Declaración así
como para que proporcione a los Gobiernos asistencia en su
implementación.
de Trabajo y el Comité sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias. http://www.ohchr.org/EN/Issues/
Disappearances/Pages/WGInternationalConvention.aspx
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
28Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
En la página de internet del Grupo de Trabajo se encuentra el Formulario para
presentar una comunicación de Desaparición Forzada o Involuntaria12
, que debes
enviar al correo electrónico: wgeid@ohchr.org
Otro órgano que se crea con la entrada en vigor el 23 de diciembre de 2010 de
la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra
las Desapariciones Forzadas, es el Comité sobre Desapariciones Forzadas. El
Comité sobre Desapariciones Forzadas (CED) es también un órgano de expertos
independientes que supervisa la aplicación de la Convención por los Estados
Partes13
.
Artículo 30. 1. El Comité podrá examinar, de manera urgente,
toda petición presentada por los allegados de una persona
desaparecida, sus representantes legales, sus abogados o
las personas autorizadas por ellos, así como todo aquel que
una persona desaparecida.
El Comité actuará de manera urgente y solicitará la información al Estado
demandado si la petición cubre con los requisitos mínimos tales como: sustento;
que no sea anónima; se hayan agotado las instancias internas; y no esté siendo
tratada en otra instancia internacional14
. Una vez recibida la información, el Comité
podrá transmitir sus recomendaciones al Estado Parte e incluir una petición para
que adopte todas las medidas necesarias para localizar y proteger a la persona.
De acuerdo a la Convención, el Comité proseguirá sus esfuerzos para colaborar
con el Estado Parte mientras la persona siga desaparecida y mantendrá informado
al autor de la petición.
12 El ícono se encuentra en el lado derecho de la página en How to report a case of disappearence. Form
to submit a communication on a victim of an enforced disappearance. Dar click en la letra S. http://www.
ohchr.org/EN/Issues/Disappearances/Pages/DisappearancesIndex.aspx
Desapariciones Forzadas. http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/CED/Pages/CEDIndex.aspx
14 ONU, Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones
Forzadas. Artículo 31.2 http://www2.ohchr.org/spanish/law/disappearance-convention.htm
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
29Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Para recibir ayuda y una explicación más amplia, te sugerimos que acudas o
Derechos Humanos en México.
La Carta de las Naciones Unidas señala que es válida la existencia de acuerdos u
organismos regionales, tal como la Organización de Estados Americanos (OEA),
que veremos a continuación, siempre y cuando sus actividades sean compatibles
con los Propósitos y Principios de las Naciones Unidas15
.
En el sentido del párrafo anterior, la Carta de la Organización de los Estados
Americanos establece que es un organismo regional dentro de las Naciones
Unidas y que son miembros de la Organización todos los Estados Americanos
16
.
Los órganos de la OEA que tienen como función principal promover la observancia
y la defensa de los derechos humanos en la región son: la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuya
estructura, competencia y procedimientos están determinados en la Convención
Americana de Derechos Humanos (CADH)17
.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos señala junto con el Protocolo
Adicional a la Convención Americana en Materia de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, cuáles son los derechos humanos reconocidos en el ámbito
interamericano. Estos dos tratados están en correspondencia con la Declaración
Universal de los Derechos Humanos de la ONU18
.
15 Op. Cit. Carta de las Naciones Unidas. Artículo 52.
16 OEA, Carta de la Organización de Estados Americanos. Artículo 4. http://www.oas.org/dil/esp/
tratados_A-41_Carta_de_la_Organizacion_de_los_Estados_Americanos.htm
17 Op. Cit. Carta de la OEA. Artículo 106
18 Para conocer cuáles son los tratados en derechos humanos del Sistema Interamericano, consultar la
siguiente página en internet: http://www.oas.org/es/cidh/mandato/documentos_basicos.asp. Para conocer
los del Sistema Universal, consultar la siguiente página: http://www2.ohchr.org/spanish/law/
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
30Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
El 24 de marzo de 1981, el Gobierno de México envió a la Organización de Estados
Americanos la adhesión a la CADH19
, con lo cual entró en vigor para nuestro país.
En sus artículo 1 y 2, la Convención establece la obligación de los Estados
de respetar los derechos y de adoptar disposiciones de derecho interno para
garantizarlos:
19 Suscrita en San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969, en la Conferencia Especializada
Interamericana sobre Derechos Humanos.
20 OEA, Convención Americana sobre Derechos Humanos. Artículo 44.
http://www.oas.org/es/cidh/mandato/Basicos/convencion.asp
Artículo 1. Obligación de los Estados de respetar los derechos.
1. Los Estados partes en esta Convención se comprometen
a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a
garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté
sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos
de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o
de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición
económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
2. Para los efectos de esta Convención, persona es todo ser
humano.
Artículo 2. Deber de Adoptar Disposiciones de Derecho
Interno. Si en el ejercicio de los derechos y libertades
mencionados en el artículo 1 no estuviere ya garantizado por
disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados partes
se comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimientos
constitucionales y a las disposiciones de esta Convención, las
medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias
para hacer efectivos tales derechos y libertades.
Frente a un caso de violaciones a la CADH por parte de un Estado, la instancia que
lo recibe es la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; cualquier persona
o grupo de personas, o entidad no gubernamental legalmente reconocida en uno
o más Estados miembros de la Organización, puede presentar a la Comisión
peticiones que contengan denuncias o quejas de violación de esta Convención
por un Estado parte20
.
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
31Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Al igual que el Comité de la ONU para desapariciones forzadas, para que una
denuncia sea admitida en la Comisión, debe cumplir con los siguientes requisitos21
:
Que se hayan interpuesto y agotado los recursos internos;
Que sea presentada dentro del plazo de seis meses, a partir
de la fecha en que el presunto lesionado en sus derechos
Que la materia de la petición o comunicación no esté
pendiente de otro procedimiento de arreglo internacional; y
Que la petición contenga el nombre, la nacionalidad, la
del representante legal de la entidad que somete la petición.
La Comisión buscará al igual que el procedimiento de las Comisiones de Derechos
Humanos en México, llegar a una solución entre las partes, que en este caso son
las víctimas y los Estados. En caso de que no se llegara a ningún acuerdo, la
Comisión redactará un informe en el que expondrá los hechos, sus conclusiones,
así como las proposiciones y recomendaciones que juzgue adecuadas22
.
Si una vez entregado el informe el asunto no se hubiera solucionado, la Comisión
plazo dentro del cual el Estado debe tomar las medidas que le competan para
decidirá, por la mayoría absoluta de votos de sus miembros, si el Estado ha
tomado o no medidas adecuadas y si publica o no su informe23
.
Sólo los Estados partes y la Comisión tienen derecho a someter un caso a la
decisión de la Corte, una vez que se hubieran agotado los procedimientos ante la
Comisión. 24
Los Estados partes en la Convención se comprometen a cumplir la
decisión de la Corte en todo caso en que sean partes25
.
21 Ibidem. Artículo 46
22 Ibidem. Artículo 50
23 Ibidem. Artículo 51
24 Ibidem. Artículo 51
25 Ibidem. Artículo 68
1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
32Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Todas las personas tenemos derechos por el simple hecho de existir. Estos
pertenecen a los órdenes civil, político, económico, social, cultural y ambiental;
son universales, indivisibles, interdependientes, están relacionados entre sí, y
tienen el mismo peso26
.
Históricamente, los derechos civiles son los primeros en ser reconocidos, y son
aquellos que protegen la libertad y autonomía de las personas; los derechos
políticos son aquellos que tenemos las y los ciudadanos para participar en los
asuntos de interés público; y los derechos económicos, sociales y culturales
garantizan el bienestar económico, y asegurar el desarrollo de los seres humanos
y de los pueblos.
El responsable de respetar y garantizar los derechos de las personas es el Estado,
por lo tanto es el que puede vulnerarlos. Un particular no nos puede garantizar el
derecho a votar por ejemplo, pero el Estado sí. La acción u omisión del Estado
en la garantía o respeto de derechos, constituye una violación a los derechos
humanos. Una desaparición perpetrada por agentes del Estado es una violación,
pero también lo es la falta de investigación por parte del Ministerio Público.
A continuación revisaremos cuáles son los derechos que tenemos todas las
personas; en qué circunstancias una persona es considerada víctima y, en
particular, víctima de desaparición forzada.
26 ONU, Declaración y el Programa de Acción de Viena, aprobada en la Conferencia Mundial de
Derechos Humanos. Viena, 14 a 25 de junio de 1993. Punto 5 http://www.unhchr.ch/huridocda/huridoca.
nsf/(Symbol)/A.CONF.157.23.Sp
2
33Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Las personas tenemos derechos por el simple hecho de existir, y son los
mismos para todas, aunque seamos diferentes. Es por ello que uno de los
principios generales de los derechos humanos es el de “igualdad de derechos sin
discriminación”. Los derechos han sido reconocidos por los 191 países miembros
de la ONU27
y plasmados en los tratados internacionales de derechos humanos.
El documento que declara cuáles son los derechos humanos y libertades
reconocidas por los miembros de la ONU es la Declaración Universal de los
Derechos Humanos (DUDH), la cual señala con claridad que:
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales
en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y
conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con
los otros.
Artículo 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades
proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de
raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier
otra índole, origen nacional o social, posición económica,
nacimiento o cualquier otra condición…
Una de las principales consideraciones de esta Declaración es el reconocimiento
de la dignidad humana y la igualdad de derechos para asegurar la libertad, la
justicia y la paz entre las personas. De acuerdo con lo que establece la DUDH,
el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos, es lo que origina
actos de barbarie en contra de la humanidad.
Este reconocimiento de derechos está presente en nuestra Constitución Política,
la cual menciona también a los tratados internacionales:
Artículo 1. En los Estados Unidos Mexicanos todas las
personas gozarán de los derechos humanos reconocidos
27 ONU, La ONU en síntesis. http://www.un.org/spanish/aboutun/brief1.html
34Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
en esta Constitución y en los tratados internacionales de los
que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías
para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni
suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que
esta Constitución establece28
.
Hagamos un repaso por orden alfabético de los derechos reconocidos
universalmente, que se encuentran recogidos en nuestra Constitución Política
(CPEUM). Podemos dividirlos en derechos por tema y por tipo de población:
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
28 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Constitución Política de los Estados Unidos
DOF 30-11-2012. Artículo 1. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf
35Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
36Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Si bien algunos derechos de poblaciones no se encuentran detallados en la
Constitución, sí están en tratados internacionales y en leyes internas que los
retoman los de las personas con discapacidad, las y los defensores y perodistas,
y las personas adultas mayores. Hay un vacío para los derechos de la comunidad
LGBTTTI y las poblaciones callejeras.
A estos derechos los llamaremos “genéricos” porque cada uno de ellos engloban
la atención médica de calidad; al acceso a los servicios de salud y medicamentos,
etc.
En la DUDH, la CADH y la Constitución encontraremos los derechos genéricos,
conocer los tratados internacionales en materia de derechos humanos, se sugiere
revisar las siguientes páginas:
Los tratados de la ONU: http://www2.ohchr.org/spanish/law/
Los tratados de la OEA: http://www.oas.org/es/cidh/
investigación de violaciones a los derechos humanos de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal29
. Para cada derecho genérico se presenta su
de éstos.
Ahora bien, de todos nuestros derechos, algunos son particularmente importantes
en el momento de encontrarnos en una situación victimal y por ello, nos
completa que es la más utilizada por la comunidad internacional, se encuentra en
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
portaldic10.cdhdf.org.mx/index.php?id=publicatipo&tipo=1
37Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
la Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de
delitos y del abuso de poder de la ONU, que a la letra dice:
30
víctima cuando éstas han sufrido algún daño, como pudiera ser: una afectación
física, mental, emocional, en sus bienes o en cualquiera de sus derechos humanos.
De acuerdo a esta Declaración, son consideradas víctimas las personas que
son agraviadas por el evento directamente o, indirectamente como familiares y
personas cercanas:
“El término víctima también comprenderá a la familia inmediata
o las personas a cargo de la víctima directa, o a las personas
que hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima
en peligro o para prevenir la victimización”
“Una persona será considerada víctima con independencia de
juzgado o condenado y de la relación familiar que pueda
existir entre el autor y la víctima”
Lo anterior quiere decir que no es necesario que se capture o se juzgue al
responsable para que una persona que ha sufrido un daño, sea considerada una
víctima. Tampoco importa si la persona es un familiar.
de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional
humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones. 60/147 Resolución aprobada por la Asamblea
General el 16 de diciembre de 2005. Principio 8. http://www2.ohchr.org/spanish/law/reparaciones.htm
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
38Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Ahora bien, hay dos formas de causar un daño: cometiendo un delito o una
violación a los derechos humanos. Un delito puede ser cometido por una
persona, mientras que una violación a los derechos humanos sólo es cometida
por servidores públicos.
Como lo decíamos al inicio del capítulo una violación a los derechos humanos es
cometida sólo por la autoridad porque de acuerdo a los tratados internacionales de
derechos humanos, el Estado es quien tiene la obligación de respetar y garantizar
los derechos, por lo tanto es responsable si no se respetan o garantizan.
Las personas debemos respetar los derechos humanos pero sólo el Estado, a
través de sus autoridades, tiene las facultades y las herramientas (como sus leyes
e instituciones) para garantizar que no se cometan violaciones a los derechos
humanos. Algunos ejemplos de esto:
Las personas no podemos construir un hospital para
asegurar el derecho a la salud, pero el Estado sí, y es su
obligación.
Las personas no podemos hacer una política de gobierno
para que se reduzca la inseguridad; el Estado sí, y es su
obligación.
Recordemos, como lo vimos en el capítulo 1 de esta Guía, que los artículos 1 y 2
de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establecen la obligación
de los Estados de respetar y garantizar los derechos humanos. La CPEUM
también lo señala claramente desde su primer artículo:
Artículo 1. Todas las autoridades, en el ámbito de sus
competencias, tienen la obligación de promover, respetar,
proteger y garantizar los derechos humanos…
Conforme a lo anterior, una persona que ha sufrido un daño por delito, se le
llama víctima del delito; y una persona que ha sufrido un daño por violación a sus
derechos humanos se le llama víctima de abuso de poder o víctima de violaciones
a los derechos humanos.
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
39Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
de una desaparición es generalmente víctima del delito y de violaciones a los
derechos humanos, porque además de sufrir la privación de libertad, el Estado
no toma las medidas apropiadas para investigar los hechos, buscar a la persona
desaparecida y procesar a los responsables.
.
Revisemos primero cuáles son los derechos de las víctimas del delito que se
encuentran consignados en la Constitución Política y en las leyes penales (Código
Penal y Código de Procedimientos Penales). El apartado C del artículo 20 de la
CPEUM establece cuáles son los derechos particulares de las víctimas de delito:
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
Artículo 20.
…
C. De los derechos de la víctima o del ofendido:
I. ; ser informado de los
derechos que en su favor establece la Constitución y, cuando
lo solicite, ser informado del desarrollo del procedimiento
penal;
II. ; a que se le
reciban todos los datos o elementos de prueba con los que
cuente, tanto en la investigación como en el proceso, a que se
desahoguen las diligencias correspondientes, y a intervenir en
el juicio e interponer los recursos en los términos que prevea
la ley.
40Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Cuando el ministerio público considere que no es necesario el
desahogo de la diligencia, deberá fundar y motivar su negativa;
III. , desde la comisión del delito, atención médica
y psicológica de urgencia;
IV. . En los casos en que sea
procedente, el ministerio publico estará obligado a solicitar
la reparación del daño, sin menoscabo de que la victima u
ofendido lo pueda solicitar directamente, y el juzgador no podrá
absolver al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una
para ejecutar las sentencias en materia de reparación del
daño;
V.
en los siguientes casos: cuando sean menores de
edad; cuando se trate de delitos de violación, trata de personas,
secuestro o delincuencia organizada; y cuando a juicio del
juzgador sea necesario para su protección, salvaguardando
en todo caso los derechos de la defensa. El ministerio publico
deberá garantizar la protección de victimas, ofendidos,
testigos y en general todas los sujetos que intervengan en el
proceso. Los jueces deberán vigilar el buen cumplimiento de
esta obligación;
VI.
necesarias para la protección y restitución de sus derechos, y
VII. del
ministerio público en la investigación de los delitos, así como
las resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la
acción penal o suspensión del procedimiento cuando no esté
satisfecha la reparación del daño.
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
41Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
A nivel internacional hay dos instrumentos de la ONU que determinan los derechos
de las víctimas:
Declaración sobre los principios fundamentales de justicia
para las víctimas de delitos y del abuso de poder;31
y
Principios y directrices básicos sobre el derecho de
internacionales de derechos humanos y de violaciones graves
del derecho internacional humanitario a interponer recursos y
obtener reparaciones.32
Además de lo establecido en la Constitución Política, estos instrumentos
complementan lo establecido por la Constitución y adiciona otros derechos. De
manera general establecen que:
31 ONU, Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del
abuso de poder. Adoptada por la Asamblea General en su resolución 40/34, de 29 de noviembre de 1985.
http://www2.ohchr.org/spanish/law/delitos.htm
32 OP. Cit. Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones.
33 Ibidem. Principio 10.
Las víctimas deben ser tratadas con humanidad y respeto de
su dignidad y sus derechos humanos, y han de adoptarse las
medidas apropiadas para garantizar su seguridad, su bienestar
físico y psicológico y su intimidad, así como los de sus familias.
El Estado debe velar por que, en la medida de lo posible, su
derecho interno disponga que las víctimas de violencia o
traumas gocen de una consideración y atención especial para
que los procedimientos jurídicos y administrativos destinados
a hacer justicia y conceder una reparación, no den lugar a un
nuevo trauma33
.
El Código de Procedimientos Penales establece además los siguientes derechos
para las víctimas:
Artículo 3o.- Las Policías actuarán bajo la conducción y
el mando del Ministerio Público en la investigación de los
delitos, en términos de lo dispuesto por el artículo 21 de la
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
42Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y
quedarán obligadas a:
…
X. Proporcionar atención a víctimas, ofendidos o testigos del
delito, para tal efecto deberá:
a) Prestar protección y auxilio inmediato, de conformidad con
las disposiciones legales aplicables;
b) Informar a la víctima u ofendido sobre los derechos que
en su favor establece la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos;
c) Garantizar que reciban atención médica y psicológica
cuando sea necesaria;
d) Adoptar las medidas que se consideren necesarias
tendientes a evitar que se ponga en peligro su integridad
física y psicológica, en el ámbito de su competencia;
e) Recibir y preservar todos los indicios y elementos de prueba
que la víctima u ofendido aporten para la comprobación
del cuerpo del delito y la probable responsabilidad del
imputado, informando de inmediato al Ministerio Público a
cargo del asunto para que éste acuerde lo conducente, y
f) Otorgar las facilidades que las Leyes establezcan para
los casos de delitos contra la libertad, el normal desarrollo
psicosexual o el libre desarrollo de la personalidad.
Artículo 28.- Cuando el inculpado, el ofendido o el denunciante,
los testigos o los peritos no hablen o no entiendan
hayan de transmitir. Cuando lo solicite cualquiera de las partes,
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
43Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
podrá escribirse la declaración en el idioma del declarante, sin
que esto obste para que el traductor haga la traducción.
Cuando no pudiere ser habido un traductor mayor de edad,
podrá nombrarse a un menor que haya cumplido quince años.
Como revisamos en el capítulo anterior, los procedimientos penales se pueden
dividir en: la averiguación previa que es responsabilidad del ministerio público y
los procedimientos de preinstrucción, instrucción y primera y segunda instancia
que corresponden a los jueces y que forman parte del proceso penal. De acuerdo
al Código de Procedimientos Penales, éstos son los derechos de las víctimas
durante la averiguación previa:
Artículo 141.- La víctima o el ofendido por algún delito tendrán
los derechos siguientes:
A. En la averiguación previa:
I. Recibir asesoría jurídica respecto de sus denuncias o
querellas para la defensa de sus intereses;
II. Ser informado de los derechos que en su favor establece la
Constitución y demás ordenamientos aplicables en la materia;
III. Ser informado del desarrollo de la averiguación previa y de
las consecuencias legales de sus actuaciones;
…
V. Ser tratado con la atención y respeto debido a su dignidad
humana;
VI. Recibir un trato sin discriminación,…;
VII. Acceder a la justicia de manera pronta, gratuita e imparcial
respecto de sus denuncias o querellas;
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
44Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
VIII. Ser asistido en las diligencias que se practiquen por
representación; cuando la víctima sea menor o incapaz y
comparezca ante el Ministerio Público además podrá ser
acompañado por quien ejerza la patria potestad, tutela o
curatela;
su denuncia o querella en forma gratuita, cuando lo solicite;
X. Ser auxiliados por intérprete o traductor cuando pertenezcan
a un grupo étnico o pueblos indígenas, no conozcan o no
comprendan bien el idioma castellano, o padezcan alguna
discapacidad que les impida oír o hablar;
probable responsable, sin poner en riesgo su integridad física
o psicológica;
XII. Aportar todas aquellas pruebas que considere
tiendan a acreditar el cuerpo del delito de que se trate, la
probable responsabilidad del indiciado, la procedencia y la
el Ministerio Público estime que no es procedente integrarlas
a la averiguación previa, deberá fundar y motivar su negativa;
XIII. Solicitar el desahogo de las diligencias que, en su caso,
correspondan, salvo que el Ministerio Público considere que
no es necesario el desahogo de determinada diligencia,
debiendo éste fundar y motivar su negativa;
XIV. Recibir atención médica y psicológica cuando la requieran
y, en caso de delitos que atenten contra la libertad y el normal
desarrollo psicosexual, a recibir esta atención por una persona
de su mismo sexo;
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
45Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
…
para proteger sus bienes, posesiones o derechos, contra
todo acto de intimidación, represalia o daño posible, o cuando
ser afectados por los probables responsables del delito o por
terceros implicados o relacionados con el inculpado;
XVIII. Solicitar el traslado de la autoridad al lugar en donde se
encuentre, para ser interrogada o participar en el acto para
el cual fue citada, cuando por su edad, precaria condición
física o psicológica se presente un obstáculo insuperable para
comparecer, y
XIX. Impugnar ante Procurador General de la República o el
servidorpúblicoenquienéstedeleguelafacultad,lasomisiones
del Ministerio Público en la investigación de los delitos, así
como las resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento
de la acción penal o suspensión del procedimiento.
La víctima u ofendido podrá proporcionar al Ministerio
Público, en cualquier momento de la averiguación previa, o al
juzgador, directamente o por medio de aquél, todos los datos
o elementos de prueba con que cuente, así como solicitar la
práctica de diligencias que conduzcan a acreditar el cuerpo
del delito y la probable responsabilidad del inculpado, así
como la procedencia y monto de la reparación del daño.
La autoridad ministerial, dentro de un plazo de tres días
contados a partir de la recepción de dichos elementos de
prueba, resolverá sobre su admisión...
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
Hagamos una revisión de estos derechos. El Ministerio Público tiene la
obligación de tratar a las víctimas con respeto, dignidad, sin discriminación y con
imparcialidad, permitiendo un acceso a la justicia pronto y gratuito. Si la víctima no
comprendiera el español, el Ministerio Público está obligado a proporcionarle la
46Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
ayuda de un intérprete, y para todas las personas debe asegurarse que conozcan
sus derechos y cuenten con el apoyo de un abogado; si la víctima no puede
derecho a saber además en todo momento cómo avanza la averiguación previa
y a aportar las pruebas que ayuden a la investigación.
Ahora bien, si la integridad de la persona, sus familiares o bienes estuvieran en
riesgo, el Ministerio Público debe solicitar al Juez medidas de protección; además,
en caso de necesitar atención médica o psicológica, debe brindarla.
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
Artículo 188.- La atención médica de quienes hayan sufrido
lesiones provenientes de delito, se hará en los hospitales
públicos. Cuando por la urgencia del caso o la gravedad
de la lesión se requiera la intervención médica inmediata y
no fuese posible recurrir a un hospital que preste servicios
al público en general, se recurrirá, para la atención que
corresponda, a los establecimientos de salud de organismos
de la Administración Pública más cercanos al lugar en que se
encuentre el lesionado.
Siempre que se deba explorar físicamente a personas del
sexo femenino, la atención correspondiente deberá ser
proporcionada, a petición de la interesada, por médicos
mujeres, salvo que no las haya en el momento y sitio en que
deba efectuarse la exploración, en cuyo supuesto la propia
interesada podrá proponer quien la atienda.
De acuerdo al Código de Procedimientos Penales, en el proceso penal las
víctimas tienen todos los derechos establecidos para la averiguación previa, y
además el de reparación del daño. De acuerdo al Código Penal, la reparación
pruebas obtenidas en el proceso y la afectación causada a la víctima u ofendido
del delito.34
34 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Código Penal Federal. Nuevo Código Publicado
2012. Artículo 31.
47Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Tienen derecho a la reparación del daño en el siguiente orden: 1o. La víctima; 2o. En
caso de fallecimiento del ofendido, el cónyuge o el concubinario o concubina, y los
hijos menores de edad; a falta de éstos los demás descendientes, y ascendientes
que dependieran económicamente de él al momento del fallecimiento.35
La reparación del daño en materia penal consiste en:
35 Ibidem. Artículo 30 bis.
Artículo30.Lareparacióndeldañodebeserintegral,adecuada,
y a la afectación sufrida, comprenderá cuando menos:
I. La restitución de la cosa obtenida por el delito y si no fuere
posible, el pago del precio de la misma, a su valor actualizado;
II. La indemnización del daño material y moral causado,
incluyendo la atención médica y psicológica, de los servicios
sociales y de rehabilitación o tratamientos curativos necesarios
para la recuperación de la salud, que hubiere requerido o
requiera la víctima, como consecuencia del delito...;
III. El resarcimiento de los perjuicios ocasionados;
IV. El pago de la pérdida de ingreso económico y lucro cesante,
para ello se tomará como base el salario que en el momento
de sufrir el delito tenía la víctima y en caso de no contar con
esa información, será conforme al salario mínimo vigente en
el lugar en que ocurra el hecho;
V. El costo de la pérdida de oportunidades, en particular el
empleo, educación y prestaciones sociales, acorde a sus
circunstancias;
VI. La declaración que restablezca la dignidad y reputación de
la víctima, a través de medios electrónicos o escritos;
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
48Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
VII. La disculpa pública, la aceptación de responsabilidad, así
como la garantía de no repetición, cuando el delito se cometa
por servidores públicos.
Los medios para la rehabilitación deben ser lo más completos
posible, y deberán permitir a la víctima participar de forma
plena en la vida pública, privada y social.
De acuerdo a los instrumentos internacionales de derechos humanos, siempre
que sea posible, la restitución debe devolver a la víctima a la situación anterior
a la violación y comprende, por ejemplo: el restablecimiento de la libertad, el
disfrute de los derechos humanos, la identidad, la vida familiar y la ciudadanía, el
regreso a su lugar de residencia, la reintegración en su empleo y la devolución
de sus bienes.36
Respecto a la indemnización, estos instrumentos señalan que ésta debe ser
apropiada y proporcional a la gravedad de la violación y a las circunstancias
de cada caso, por todos los perjuicios económicamente evaluables que sean
consecuencia de las violaciones:37
a) El daño físico o mental;
b) La pérdida de oportunidades, en particular las de empleo, educación y
prestaciones sociales;
c) Los daños materiales y la pérdida de ingresos, incluido el lucro cesante;
d) Los perjuicios morales;
e) Los gastos de asistencia jurídica o de expertos, medicamentos y
servicios médicos y servicios psicológicos y sociales.
36 Op. Cit. Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones... Punto 19.
37 Ibidem. Punto 20.
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
49Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
La atención médica y psicológica, así como los servicios jurídicos y sociales son
llamadas medidas de rehabilitación.38
En el Código Penal sólo se consideran como medidas de satisfacción la disculpa
pública, y la declaración que restablezca la dignidad y reputación de la víctima; sin
embargo, de acuerdo a la normativa internacional, éstas deben de incluir, cuando
sea pertinente y procedente, la totalidad o parte de las siguientes medidas:39
verdad, en la medida en que esa revelación no provoque más daños o
amenace la seguridad y los intereses de la víctima, de sus familiares, de
los testigos o de personas que han intervenido para ayudar a la víctima o
impedir que se produzcan nuevas violaciones;
c) La búsqueda de las personas desaparecidas, de las identidades de los
niños secuestrados y de los cadáveres de las personas asesinadas, y
deseo explícito o presunto de la víctima o las prácticas culturales de su
familia y comunidad;
dignidad, la reputación y los derechos de la víctima y de las personas
estrechamente vinculadas a ella;
e) Una disculpa pública que incluya el reconocimiento de los hechos y la
aceptación de responsabilidades;
f) La aplicación de sanciones judiciales o administrativas a los
responsables de las violaciones;
g) Conmemoraciones y homenajes a las víctimas;
38 Ibidem. Punto 21.
39 Ibidem. Punto 22.
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
50Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
h) La inclusión de una exposición precisa de las violaciones ocurridas en
la enseñanza de las normas internacionales de derechos humanos y del
derecho internacional humanitario, así como en el material didáctico a
todos los niveles.
El último grupo de medidas que existen son las que
como su nombre lo indica deben contribuir a la prevención. Igualmente que las
de satisfacción, han de incluir, según proceda, la totalidad o parte de las medidas
siguientes:40
a) El ejercicio de un control efectivo por las autoridades civiles sobre las
fuerzas armadas y de seguridad;
b) La garantía de que todos los procedimientos civiles y militares se
ajustan a las normas internacionales relativas a las garantías procesales,
la equidad y la imparcialidad;
c) El fortalecimiento de la independencia del poder judicial;
d) La protección de los profesionales del derecho, la salud y la asistencia
sanitaria, la información y otros sectores conexos, así como de los
defensores de los derechos humanos;
e) La educación, de modo prioritario y permanente, de todos los sectores de
la sociedad respecto de los derechos humanos y del derecho internacional
humanitario y la capacitación en esta materia de los funcionarios
encargados de hacer cumplir la ley, así como de las fuerzas armadas y de
seguridad;
f) La promoción de la observancia de los códigos de conducta y de
las normas éticas, en particular las normas internacionales, por los
funcionarios públicos, inclusive el personal de las fuerzas de seguridad,
los establecimientos penitenciarios, los medios de información, el personal
de servicios médicos, psicológicos, sociales y de las fuerzas armadas,
además del personal de empresas comerciales;
40 Ibidem. Punto 23.
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
51Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
g) La promoción de mecanismos destinados a prevenir, vigilar y resolver
h) La revisión y reforma de las leyes que contribuyan a las violaciones
violaciones graves del derecho humanitario o las permitan.
Cualquier víctima puede solicitar estas medidas y el Estado debe otorgarlas.
Estos son los derechos que tienen todas las víctimas del delito. Para las víctimas
debemos conocer y que se presentan a continuación.
Expliquemos primeramente qué es una desaparición forzada, de acuerdo con
lo establecido por la Convención Internacional para la protección de todas las
personas contra las desapariciones forzadas de la ONU41
, tratado internacional
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
Artículo 2. Se entenderá por “desaparición forzada” el arresto,
la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de
libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o
grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o
la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer
dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o
el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la
protección de la ley.
la libertad realizada por agentes del Estado directamente, o con su autorización,
el artículo 3 en el cual se señala que además, los Estados parte deben tomar las
41 Op.cit. Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones
forzadas.
52Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
medidas adecuadas para investigar la desaparición forzada de cualquier persona,
donde no han intervenido agentes del Estado.
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
Artículo 3. Los Estados Partes tomarán las medidas
el artículo 2 que sean obra de personas o grupos de personas
que actúen sin la autorización, el apoyo o la aquiescencia del
Estado, y para procesar a los responsables.
intervenido, y fueran obra de personas o grupos, la Convención llama a estos
actos desaparición forzada y obliga al Estado a investigar y procesar a los
responsables.
Esto es muy importante porque el Estado mexicano no reconoce que se le llame
desaparición forzada a conductas de privación de la libertad que sean realizadas
por personas; sólo lo reconoce cuando es obra de servidoras y servidores
públicos.
La desaparición forzada es un crimen de lesa humanidad y un delito. En el artículo
como delito penal en los países parte de este tratado.
Artículo 4. Cada Estado Parte tomará las medidas necesarias
su legislación penal.
Algo muy importante que señala esta Convención y que además coincide con lo
que está sucediendo en México, cuando esta práctica es sistemática estamos
hablando de un crimen de lesa humanidad.
Artículo 5. La práctica generalizada o sistemática de la
desaparición forzada constituye un crimen de lesa humanidad
y entraña las consecuencias previstas por el derecho
internacional aplicable.
53Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
De acuerdo al Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg, los
crímenes de lesa humanidad (contra la humanidad) son actos inhumanos
cometidos contra población civil.42
casos en que hubiera sido cometido por servidores públicos federales) y en 12
estados de la República Mexicana.43
El Código Penal en el Capítulo III bis. Desaparición forzada de personas se señala
que:
Artículo 215-A.- Comete el delito de desaparición forzada de
personas, el servidor público que, independientemente de que
haya participado en la detención legal o ilegal de una o varias
personas, propicie o mantenga dolosamente su ocultamiento
bajo cualquier forma de detención.
Artículo 215-B.- A quien cometa el delito de desaparición
forzada de personas se le impondrá una pena de cinco a
cuarenta años de prisión.
Si la víctima fuere liberada espontáneamente dentro de los
tres días siguientes a su detención la pena será de ocho
meses a cuatro años de prisión, sin perjuicio de aplicar la que
corresponda a actos ejecutados u omitidos que constituyan
por sí mismos delitos.
Si la liberación ocurriera dentro de los diez días siguientes a
su detención, la pena aplicable será de dos a ocho años de
prisión, sin perjuicio de aplicar la que corresponda a actos
42 Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg. Adoptado el 6 de octubre de 1945.
http://www.ehu.es/ceinik/tratados/7TRATADOSRELATIVOSACRIMENESDEGUERRA/CG73.pdf
Federal: Distrito Federal, Oaxaca, Durango, Chiapas, Chihuahua, Nayarit, Aguascalientes, Guerrero, Baja
California, Colima, Coahuila y Puebla.
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
54Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
ejecutados u omitidos que constituyan por sí mismo delitos.
Estas penas podrán ser disminuidas hasta una tercera parte en
delito, cuando suministre información que permita esclarecer
los hechos, y hasta en una mitad, cuando contribuya a lograr
la aparición con vida de la víctima.
Artículo 215-C.- Al servidor Público que haya sido condenado
por el delito de desaparición forzada de personas, además
se le destituirá del cargo y se le inhabilitará de uno a veinte
años para desempeñar cualquier cargo, comisión o empleo
públicos.
Artículo 215-D.- La oposición o negativa a la autoridad
competente para tener libre e inmediato acceso al lugar
donde haya motivos para creer que se pueda encontrar a
una persona desaparecida, por parte del servidor público
responsable del mismo, será sancionada con la destitución
de su cargo, comisión o empleo, sin perjuicio de la aplicación
de las penas de los demás delitos en que pudiera incurrir con
motivo de su conducta.
caso de que la ley interna, en este caso el Código Penal, no esté acorde a lo
que se señala en el tratado, es necesario que el Estado armonice su legislación,
interna sea igual al del tratado. En el capítulo 4 veremos cómo denunciar ante
el Ministerio Público los casos en que nuestro familiar hubiera desaparecido a
manos de personas no servidoras públicas.
Una víctima de desaparición forzada es aquella que ha desaparecido y la que
ha sufrido directamente la conducta, para quienes el Estado debe brindar una
reparación adecuada e integral:
Artículo 24.
A los efectos de la presente Convención, se entenderá por
“víctima” la persona desaparecida y toda persona física que
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
55Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
haya sufrido un perjuicio directo como consecuencia de una
desaparición forzada.
…
4. Los Estados Partes velarán por que su sistema legal
garantice a la víctima de una desaparición forzada el derecho a
la reparación y a una indemnización rápida, justa y adecuada.
5. El derecho a la reparación al que se hace referencia en el
párrafo 4 del presente artículo comprende todos los daños
materiales y morales y, en su caso, otras modalidades de
reparación tales como:
a) La restitución;
b) La readaptación;
c) La satisfacción; incluido el restablecimiento de la dignidad
y la reputación;
d) Las garantías de no repetición.
6. Sin perjuicio de la obligación de continuar con la
investigación hasta establecer la suerte de la persona
desaparecida, cada Estado Parte adoptará las disposiciones
apropiadas en relación con la situación legal de las personas
desaparecidas cuya suerte no haya sido esclarecida y de sus
allegados, en ámbitos tales como la protección social, las
cuestiones económicas, el derecho de familia y los derechos
de propiedad.
Las víctimas de desaparición forzada, tienen el derecho de conocer la verdad sobre
las circunstancias de la desaparición, así como la evolución de la investigación,
los resultados de la investigación y el paradero de la persona desaparecida, y en
caso de fallecimiento, la restitución de los restos.
Artículo 24.
…
2. Cada víctima tiene el derecho de conocer la verdad sobre
las circunstancias de la desaparición forzada, la evolución
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
56Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
y resultados de la investigación y la suerte de la persona
desaparecida. Cada Estado Parte tomará las medidas
adecuadas a este respecto.
3. Cada Estado Parte adoptará todas las medidas apropiadas
para la búsqueda, localización y liberación de las personas
desaparecidas y, en caso de fallecimiento, para la búsqueda,
el respeto y la restitución de sus restos.
Cuando una persona desaparece, es una obligación del Estado recabar toda la
información médica, genética, así como datos personales, los cuales deben servir
para la búsqueda y tienen que quedar a resguardo. Sobre los datos personales la
Ley Federal de Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
44
Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:
…
II. Datos personales: La información concerniente a una
relativa a su origen étnico o racial, o que esté referida a las
características físicas, morales o emocionales, a su vida
afectiva y familiar, domicilio, número telefónico, patrimonio,
ideología y opiniones políticas, creencias o convicciones
las preferencias sexuales, u otras análogas que afecten su
intimidad;
…
…
44 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
junio de 2002. Última reforma publicada DOF 06-06-2006. http://www.ifai.org.mx/transparencia/LFTAIPG.
pdf
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
57Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
II. Los datos personales que requieran el consentimiento de
los individuos para su difusión, distribución o comercialización
en los términos de esta Ley.
45 Op. Cit. Convención desaparición forzada. Artículo 19.
2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
La Convención de la ONU señala que las informaciones personales, los datos
médicos o genéticos, que se recaben y/o transmitan en el marco de la búsqueda
distintos de dicha búsqueda. Ello es sin perjuicio de la utilización de esas
informaciones en procedimientos penales relativos a un delito de desaparición
forzada, o en ejercicio del derecho a obtener reparación.45
Todos estos derecho deben ser respetados y garantizados por las instancias del
sistema de justicia que conozcan de un caso de desaparición.
58Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
3
Cuando hablamos de desapariciones en México, sobre todo a partir de 2006,
estamos hablando de un fenómeno sistemático en la mayoría de los Estados
de la República, cometido directamente por agentes del Estado o con su
consentimiento, o por el crimen organizado.
Frente a esto, los familiares de las personas desaparecidas entienden que su
caso no es una situación aislada, sino que muchas familias comparten el mismo
dolor y se solidarizan para apoyarse de distintas formas.
Esto es una de las partes más importantes en el tema de acompañamiento a
víctimas, porque el Estado que debería entender a cabalidad el fenómeno y
sobre el cual es necesario estar muy conscientes porque en la mayoría de los
casos las víctimas deben jugar el papel de defensoras de los derechos humanos.
En este capítulo, te queremos transmitir algunos aprendizajes que el MPJD
ha tenido en el tema de acompañamiento a víctimas; por parte de las mismas
víctimas y de defensores/as de derechos humanos, que consideramos te pueden
ser de mucha utilidad y que no se encuentran en leyes o manuales.
En el momento de tener indicios o la certeza de que algún familiar puede estar
desaparecido, se debe actuar de inmediato, sin embargo, te sugerimos que te
resultados que no requieres.
59Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
A continuación te proponemos seguir estos pasos para que puedas poner en claro
cuáles son los temas que necesitas meditar antes de empezar a actuar. Vayamos
punto por punto. No debes tardar mucho en hacerlo, pero te recomendamos que
sí te tomes ese tiempo.
qué personas de tu familia y amigos tomarás las decisiones respecto del caso; es
decir aquellas que te pueden acompañar y brindar fortaleza, y las que se verán
afectadas por éstas.
Es posible que tengas que tomar decisiones en cuanto a:
Si se quiere denunciar el caso ante el ministerio público y
darle seguimiento;
Recabar y proporcionar la información que se requiera
para la búsqueda y la investigación;
Buscar apoyos para las personas que se hubieran
quedado desamparadas por la desaparición, como tú misma
si fuera el caso, niñas y niños, personas con discapacidad,
personas adultas mayores;
por seguridad de la familia;
La reorganización familiar, es decir las nuevas que tareas
deberá realizar cada una de las personas involucradas.
Las personas directamente afectadas deben formar parte de la estrategia y tener
roles asignados, en la posibilidad de sus capacidades por mínimos que éstos
puedan ser; eso los hará sentirse útiles y comprometidos. Las personas adultas
mayores probablemente no puedan hacer esfuerzos físicos, pero pueden apoyar
por ejemplo en el cuidado de los niñas y niños. Todas las personas son necesarias
e idóneas para un cierto rol.
3 Diseñemos una estrategia para actuar
60Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
3 Diseñemos una estrategia para actuar
En estos momentos no estás tomando decisiones sobre la estrategia; estás tú
.
los pasos a seguir, y una plática breve pero clara de las implicaciones de cada
decisión y quiénes van a ser responsables de cada cosa, te ahorrará muchos
desgastes.
Es frecuente que por la desesperación de actuar inmediatamente y por no
platicar antes, todas las personas se involucren en todo y en el camino están
muy desgastadas y sin dinero para salir adelante; o bien que nadie apoye por no
haber tomado parte en las decisiones.
Si la persona desaparecida es responsable del mantenimiento de una familia,
debes pensar que una parte de la estrategia es buscar los medios para darles
el apoyo, sobre todo si hay niñas, niños, personas adultas mayores o personas
enfermas.
del Gobierno Federal o Estatales. Puedes guiarte por una tabla como la que está
con lo cual sabrás qué solicitar para cada quien.
61Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
3 Diseñemos una estrategia para actuar
A continuación, te presentamos una lista de instituciones del gobierno federal
que tienen programas de apoyo para poblaciones en situación de vulnerabilidad,
como es el caso de las personas víctimas de desaparición.
62Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
3 Diseñemos una estrategia para actuar
63Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
Estos programas de apoyo están referidos a:
para descuentos, bolsa de trabajo, becas de
estudio, asesoría jurídica, apoyo médico y apoyo psicológico
en el Instituto Mexicano de la Juventud (IMJUVE); y en los
Centros de Integración Juvenil (CIJ) para casos de adicciones;
, que requieran
atención médica mediante el Seguro Popular;
, que
pueden denunciar en el Consejo Nacional para Prevenir la
Discriminación (Conapred);
3 Diseñemos una estrategia para actuar
64Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
para cualquier asunto en el Instituto Nacional de las
Mujeres(Inmujeres)oporviolenciaenlaComisiónNacionalpara
Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim);
para
estancias infantiles; asistencia infantil; adicciones;
asesoría jurídica; atención psicológica el Sistema
Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF);
para
leche Liconsa; canasta básica Diconsa; y vivienda
Fonhapo; educación, salud y nutrición Oportunidades;
en el Instituto Nacional de Migración;
en el Instituto
Nacional de las Personas Adultas Mayores;
: Salud y Asistencia
Social en la Secretaría de Salud; Trabajo y Empleo en la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social; Educación en
la Secretaría de Educación Pública; Transporte Público
y Comunicaciones en la Secretaría de Comunicaciones
y Transportes; Desarrollo Social en la Secretaría de
Desarrollo Social de acuerdo a lo que señala la Ley General
para la Inclusión de las Personas con Discapacidad;
: asesoría jurídica, atención médica
y psicológica en Províctima. En caso de que la institución
desapareciera, en los Estados se encuentran los Centros de
Atención a Víctimas (CAV´s) que tienen las mismas funciones.
Te presentamos esta lista para que conozcas los programas federales a los que
se les destinan nuestros impuestos, y que tienes el derecho de solicitar. También
es importante que conozcas los programas del gobierno de tu estado, muchos
de ellos similares a los federales, y que probablemente hayas oído más hablar de
ellos o que conozcas directamente.
3 Diseñemos una estrategia para actuar
65Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
En la tabla se incluyen los correos electrónicos y los teléfonos, muchos de
ellos gratuitos, para que puedas consultar cuáles son los apoyos concretos y
los requerimientos. Si puedes entrar a internet, puede ser más fácil consultar la
información general; si no sabes cómo usarlo, pídele a alguien que te apoye, o si
no tienes en tu casa pídele a un amigo o familiar que te permita utilizarlo.
Silapersonaquedesaparecióeralaqueteníalaresponsabilidaddelmantenimiento
muy presente que los apoyos de gobierno no sirven para el mantenimiento de la
familia, sino que son una ayuda complementaria.
Es preferible que sean las y los adultos quienes asuman este rol y no los
adolescentes que están estudiando; de hecho, un punto importante de la estrategia
lo menos posible su vida, ya muy afectada por la desaparición.
que el salario sea lo más alto que se logre encontrar. Es claro que este es un
momento de contingencia y que con el tiempo se irán reacomodando las cosas y
es la única forma de poder salir adelante; los amigos por supuesto que pueden
ser de gran ayuda, pero la familia es el núcleo que debe estar unido y empujando
en la misma dirección.
objetiva sobre el contexto en el que vives y el hecho de la desaparición.
Empecemos por revisar el contexto de la desaparición. ¿En algún momento
supiste de problemas, amenazas, o agresiones hacia la persona desaparecida?
3 Diseñemos una estrategia para actuar
66Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
En caso positivo, es importante que trates de recordar la mayor información
posible, es decir, quiénes eran; qué relación tenían con la persona desaparecida;
cuándo sucedieron estas amenazas; por qué causas. Se sugiere que lo vayas
anotando en un papel para no olvidar detalles; el ejercicio de escribir ayuda a
ordenar los pensamientos y a ser más precisos/as.
Algunas veces, si el riesgo es grave, las familias tienen que salir del lugar donde
viven y buscar otra localidad, ciudad o Estado más seguro. Esta es una situación
compleja porque implica reorganizar tu vida y la de las personas que se mueven
contigo. Al fenómeno de tener que dejar el lugar donde se vive por inseguridad,
se le llama desplazamiento interno.
Los Principios rectores de los desplazamientos internos
fenómeno de la siguiente manera:46
Se entiende por desplazados internos las personas o grupos
de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar
o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en
particular como resultado o para evitar los efectos de un
de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes
naturales o provocadas por el ser humano, y que no han
cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida.
Las autoridades deben garantizar protección a las personas desplazadas, así
como el ejercicio de todos sus derechos, sin discriminación, tomando medidas
particulares para las poblaciones en situación de vulnerabilidad.47
Los desplazados internos disfrutarán en condiciones de
igualdad de los mismos derechos y libertades que el derecho
internacional y el derecho interno reconocen a los demás
46 ONU, Principios rectores de los desplazamientos internos. Anexo del Informe del Representante
del Secretario General, Sr. Francis M. Deng, presentado con arreglo a la resolución 1997/39 de la
47 Ibidem. Principios 1, 3 y 4.
3 Diseñemos una estrategia para actuar
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  • 1. 1Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
  • 2. 2Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Patricia Colchero Coordinación: Brisa Solis Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
  • 3. 3Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada México D.F. enero de 2013. Patricia Colchero Coordinación: Brisa Solis
  • 4. 4Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Índice Presentación 8 10 11 1.1 El estado y sus obligaciones 15 1.2 El sistema de justicia penal 20 1.3 El juicio de amparo 21 1.4 Las comisiones de derechos humanos en México 24 1.5 Los organismos internacionales de derechos humanos 25 1.5.1 El sistema universal de defensa de los derechos humanos 29 1.5.2 El sistema interamericano de defensa de los derechos humanos 32 33 2.1 Los derechos humanos 36 2.2 Los derechos de las víctimas 39 2.2.1 Derechos de las víctimas del delito y de violaciones a los derechos humanos 51 2.2.2 Derechos de las víctimas de desaparición forzada 59 3.1 Personas que te acompañan 60 3.2 Quiénes son las víctimas 65 3.3 Reorganización familiar 65 3.4 Analiza el riesgo 68 3.5 Denuncia ante las autoridades 72 3.6 Busca apoyo jurídico 73 3.7 Apóyate con otras víctimas 73 3.8 Desarrolla tu estrategia 76 77 4.1 Presentación de la denuncia 81 4.2 Seguimiento de la investigación 93 público 99 100 5.1 Análisis de la situación 102 5.2 Programas de seguridad ciudadana 105 5.3 Medidas de prevención 107 5.4 Medidas personales y colectivas de seguridad 111 Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
  • 5. 5Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Presentación México está viviendo una de sus peores crisis en términos de violencia interna e inseguridad; se cuentan por miles las personas que han sido asesinadas y desaparecidas por el crimen organizado a raíz de la declaración de guerra por parte del gobierno federal a estos grupos. ha analizado la situación y señalado reiteradamente que el problema persiste y se agudiza debido a que la estrategia adoptada por el gobierno para el combate al crimen organizado, es errónea. Ésta no debe ser de más violencia y militarización, sino de instrumentación de una política que vaya a la raíz del problema, es decir una política integral de: prevención del delito; fomento de la participación ciudadana en asuntos de interés público; mejoramiento de la calidad de vida de las personas; y combate a las ganancias ilícitas, como medidas principales. El Pacto del 8 de Mayo de 2011 en el que el presentó sus principales demandas al Estado Mexicano en el Zócalo de la capital del país, resume estos puntos con mucha claridad: Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Se debe cambiar el enfoque militarista y la estrategia de guerra de la seguridad pública y asumir una nueva estrategia de seguridad ciudadana, con enfoque en los derechos humanos, que evite la participación del ejército en tareas policiales; que avance un modelo de seguridad alternativo basado en la reconstrucción del tejido social, y que recupere las experiencias comunitarias autogestivas y la participación ciudadana en las colonias, barrios y unidades habitacionales. La criminalidad y su violencia tiene como su motor las ganancias derivadas la trata de personas, la extorsión, la venta de “protección” y demás delitos que después reinyectan los recursos en la economía mediante el lavado de dinero. Exigimos un combate frontal al lavado de dinero y activos de los delincuentes mediante la creación de unidades autónomas de investigación patrimonial, en coordinación con la Unidad Federal de Inteligencia Financiera,quepermitanreunirmaterial
  • 6. 6Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada probatorio para formular acusaciones y dictar sentencias por los actos de negocios ilegales. Laseguridadciudadananoseresolverá con armas y violencia. Exigimos una política económica y social que genere oportunidades reales de educación, salud, cultura y empleo para jóvenes, porque son las y los principales víctimas de esta estrategia. Exigimos que en los próximos 3 meses se establezca un programa especial de emergencia nacional para y de jóvenes que invierta las prioridades del presupuesto, garantizando, al menos, lo mismo que se destina a seguridad para la construcción de escuelas y el aumento de la matrícula en educación secundaria, media superior y superior; un sistema universal de becas para estudiantes de secundaria, EMS y superior de escuelas públicas… La seguridad requiere democracia y nuevos medios de participación ciudadana. Exigimos que se amplíen los medios e instrumentos de participación ciudadana en los asuntos públicos mediante el reconocimiento institucional de la consulta popular, las candidaturas independientes, la revocación de mandato, la contraloría social y las acciones colectivas. A pesar de estos y otros llamamientos de grupos y especialistas para reorientar la estrategia de seguridad, posición, incumpliendo con su deber fundamental de protección a la población,ademásdenohaberlogrado su objetivo de debilitar al crimen organizado. Lejos de ello, estos grupos se han expandido en el territorio; han aumentado de manera preocupante el número de gente reclutada en número incalculable de homicidios, feminicidios, trata de personas, secuestros y desapariciones; se han convertido en un factor de incidencia las esferas políticas y de gobierno. Frente a esta situación, un sin número de víctimas que han sufrido la desaparición de sus familiares han acudido al pidiendo solidaridad, debido a que no encuentran una gobierno que haga frente a la Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
  • 7. 7Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada gravedad del fenómeno. Las víctimas tienen el derecho de que el Estado las proteja; investigue los hechos; busque a las personas desaparecidas; y resuelva los desplazamientos internos de personas que por la violencia no pueden permanecer en su lugar de origen. Con la desaparición de una persona, los familiares se ven inmersos en una situación inesperada, que transforma sus vidas, y que les implica el reacomodo de roles familiares para enfrentar la situación. En un primer momento, las personas no saben qué hacer, ni dónde o con quien acudir para buscar a la persona desaparecida. Desde su conformación, el ha acompañado la visibilidad de las víctimasenlaexigenciadejusticia,tanto en lo individual como en lo colectivo, y ha podido recuperar valiosos aprendizajes de víctimas, defensores/ as de derechos humanos y grupos que llevan un largo camino recorrido. Frente a esta crisis de inseguridad, el papel de la sociedad civil ha sido fundamental; primeramente el de las víctimas que en la mayoría de los casos han realizado con sus medios y recursos investigaciones para la búsqueda de su familiar, pero también de organizaciones, periodistas y defensores/as de derechos humanos en apoyo a los familiares y exigiendo una acción gubernamental congruente Todos estos aprendizajes quisimos recopilarlos, ordenarlos y presentarlos en este texto, redactado en un lenguaje sencillo de manera que cualquier persona pueda comprender su contenido, con la esperanza de que puedan servir como apoyo para tomar las mejores decisiones. La pretensión no es que las víctimas actúen solas, sino que tengan información útil y mayores conocimientos ante la noticia inmediata, así como en los procesos de mediano y largo plazo a los que se enfrentarán. Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
  • 8. 8Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Esta Guía se divide en cinco capítulos que recomendamos leer como se presentan, debido a que los contenidos se van desarrollando en orden, a lo largo de éstos. Los capítulos son los siguientes: En este capítulo revisaremos qué es el Estado y en particular cuáles son las instancias de gobierno que conforman el sistema de justicia, y sus obligaciones. En este segundo capítulo, haremos un repaso sobre cuáles son nuestros derechos humanos y en particular aquellos que debemos exigir cuando estamos frente a una situación de desaparición. Consideramos que esta parte es fundamental para que puedas planear los pasos a seguir de manera que lo hagas con orden y tomando en cuenta las circunstancias de tu entorno. En caso de que en la planeación de la estrategia hubieras decidido que quieres denunciar a las autoridades, te presentaremos los pasos que consideramos puedes seguir y también qué hacer en el caso de que el Ministerio Público no esté cumpliendo con su trabajo. La idea de esta parte de la Guía es que puedas hacer un diagnóstico de adoptes algunas medidas que puedan ser de utilidad para seguridad tuya e incluso de la comunidad donde vives. Para esto último, te presentamos algunas iniciativas ciudadanas y de gobierno, de México y otros países, que se están desarrollando exitosamente, con la intervención de la ciudadanía. El propósito es que esta Guía pueda ser estudiada individualmente, y compartida también colectivamente Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada
  • 9. 9Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada en talleres impartidos por personas que estén dando acompañamiento intercambios de grupos que estén llevando a cabo esta tarea. A lo largo de los capítulos se encontrarán la transcripción de artículos de leyes e instrumentos internacionales de derechos humanos, las y los lectores vayan comprendiendo y familiarizándose con los términos que están en la normatividad y que utilizan las autoridades. Esperamos que esta Guía se vaya perfeccionando con el aporte de más personas y grupos que están en la lucha diaria por un México sin violencia, donde se respeten y garanticen los derechos humanos y que sea un apoyo para las víctimas en este camino que sabemos no abandonarán hasta no haber encontrado a su familiar, pese a todos los obstáculos que encuentren, y por lo cual tienen todo nuestro reconocimiento y admiración.
  • 10. 10Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada 1 Cuando ha ocurrido una desaparición, las personas afectadas por este suceso tienen el derecho de recibir apoyo por parte del Estado, quien es el responsable de investigar los hechos, encontrar a la persona desaparecida, y sancionar a los responsables; estas funciones las realiza a través de las instancias de procuración e impartición de justicia que conforman el sistema de justicia. El Estado es, como veremos más adelante, la representación de todas y todos los mexicanos, al que le hemos otorgado la autoridad para regular la vida en sociedad. Siendo el Estado nuestra representación, es el responsable y el único facultado para hacer justicia frente a un delito; nuestro deber como ciudadanos es exigir que cumpla con esa responsabilidad. Sin embargo, es frecuente que las instancias de gobierno a las que acudimos para solicitar ayuda, no cumplan con sus obligaciones, con lo cual están cometiendo una violación a los derechos humanos. Sabiendo que esto sucede, como parte del Estado también hemos creado las Comisiones de Derechos Humanos, que son las instituciones públicas encargadas de vigilar el actuar de las y los funcionarios públicos. Si estas instancias también fallaran, podemos recurrir a los organismos internacionales de derechos humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) o de la Organización de Estados Americanos (OEA), que son creados por los Estados que los conforman, y que tienen la función de vigilar que se respeten y garanticen los derechos humanos. La exigencia de justicia en países como el nuestro donde las instituciones de
  • 11. 11Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada sin embargo es el único que podemos seguir, en el orden que hemos descrito. Pero veamos todo esto detenidamente para comprenderlo mejor. Como decíamos unas líneas antes, el Estado está conformado por todas las instituciones que tiene la autoridad de regular la vida en sociedad, a través de reglas (también conocidas como normas). Expliquemos esta frase. los seres humanos decidimos que era necesario crear: 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia . 1).- Reglas de conducta con las que estuviéramos todas y todos de acuerdo, que nos permitieran convivir en paz, y 2).- Una organización que nos representara a todas y todos, a la que se le daría el poder para hacer respetar esas reglas. Si no hubiéramos creado reglas y una forma de organización aceptada por todas las personas, cada quien haría lo que quisiera, sin importarle los demás, lo que llevaría a una sociedad de caos. En México, el Estado tiene entonces como poder supremo a todas y todos los mexicanos que lo creamos, como lo dice la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que es la regla o norma principal que establece cómo debe funcionar el Estado: Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del La Constitución dice también que el Estado mexicano es una
  • 12. 12Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada República representativa, democrática, federal: 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal… Artículo 41. … La renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas,… Es una República porque el jefe del Estado es elegido por el pueblo para un periodo determinado1 . Es Representativa porque al ser más de 100 millones de habitantes, es imposible que todas y todos podamos tomar las decisiones y gobernar, por lo que hemos decidido que gobernarán las personas a las que elijamos por medio del voto, que serán nuestros representantes2 . Es Democrática porque el poder máximo es del pueblo; democracia quiere decir gobierno del pueblo. Es Federal porque el poder se reparte entre un estado central y un grupo de estados asociados, con lo que se busca evitar un poder central absoluto que absorba todas las funciones. Por lo tanto, una República representativa, democrática y federal es un gobierno del pueblo, en el cuál éste elije a los titulares del poder ejecutivo (federal y en los estados) y miembros del poder legislativo (diputados y senadores), que actuarán para la satisfacción de los intereses del pueblo. 1 BOBBIO, Norberto; MATTEUCCI, Nicola; PASQUINO, Gianfranco. Diccionario de Política. 13ª ed. México, DF: Siglo Veintiuno Electores, 2002. 2 Representación: Acto mediante el cual un representante actúa en nombre de un representado para la satisfacción de sus intereses. Los actos del representante obligan al representado, pero éste tiene la posibilidad de controlar y exigir responsabilidades al gobernante a través de mecanismos electorales. Monedero, Juan Carlo. Diccionario crítico de Ciencias Sociales. Madrid: Universidad Complutense de Madrid. http://www.ucm.es/info/eurotheo/diccionario/R/representacion_politica.htm
  • 13. 13Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada El Estado está dividido en 3 poderes, que hacen tareas diferentes pero complementarias, y que se vigilan entre sí. El objetivo es que la autoridad del Estado se divida, de manera que una sola persona no tenga toda la autoridad en todos los temas. Los tres poderes son: 1.- Poder Legislativo (Cámara de Diputados y Cámara de Senadores federal y de los estados) que tienen la función de es la norma fundamental. 2.-PoderEjecutivo(PresidenciadelaRepública,Gobernadores y Jefe de Gobierno del Distrito Federal) que tiene la función de ejecutar las leyes que aprueba el Legislativo. Para cumplir con esto, nombra a Secretarios/as de Estado (de Gobernación, Salud, Educación, …) 3.- Poder Judicial (Juzgados, Tribunales y Suprema Corte de Justicia de la Nación) que tiene la función de administrar e impartir justicia, aplicando las leyes a los casos concretos. Asimismo, existen organismos del Estado que no pertenecen a ninguno de estos poderes como las Comisiones de Derechos Humanos, que son autónomos porque tienen la función de vigilar el actuar de las y los servidores públicos. Como hemos dicho, México es un República federal, por lo cual estos tres poderes funcionan para la federación, y también cada uno de los estados de la República. La Constitución Política dice: Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión (poderes federales), en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del pacto federal. 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
  • 14. 14Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Artículo 43. Las partes integrantes de la federación son los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y el Distrito Federal. Hemos hablado de las instituciones y las normas; ahora hablemos de las personas que trabajan en estas instituciones del Estado y que aplican las normas, a las que se les llama servidoras y sevidores públicos, es decir, funcionarias y funcionarios, empleados y empleadas y, en general, la persona que desempeñe un empleo, cargo o integrante de comisión de cualquier naturaleza, en alguno de los tres poderes de gobierno y en los organismos autónomos. Artículo 127. Los servidores públicos … recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades. Artículo 128. Todo funcionario público, sin excepción alguna, antes de tomar posesión de su encargo, prestará la protesta de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen. A nivel federal y en los estados existen leyes que regula cuáles son las responsabilidades de los servidores públicos y los procedimientos para sancionarlos en caso de no cumplir con sus obligaciones. Para los servidores públicos federales, se aplica la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos la cual señala en su artículo 8 fracción I que, entre otras cosas, todo servidor público tiene la obligación de cumplir el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la de un empleo, cargo o comisión. 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
  • 15. 15Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Todas las instituciones cuentan con una unidad, llamada generalmente Contraloría Interna, en la que las personas pueden presentar denuncias en contra de una o un servidor público que no haya cumplido con sus obligaciones, la cual será la responsable de sancionar. Hemos visto de manera general qué es el Estado, cuál es su forma de organización y cuáles son las responsabilidades de los servidores públicos. A continuación, revisaremos cuál es la función del Estado en el tema de la justicia y concretamente respecto de las desapariciones. La justicia es una virtud en las personas y sociedades, que otorga a cada persona nos representa a todos- tiene la responsabilidad de determinar qué es justo, de acuerdo a lo establecido en las normas. Cuando buscamos la palabra justicia, nos encontramos una representación como la que tenemos abajo del lado derecho: la diosa Temis con los ojos vendados, que en una mano sostiene una balanza y en la otra una espada. representación? La mujer representa al Estado, que es quien tiene que garantizar la justicia; La venda en los ojos simboliza la imparcialidad y la igualdad con la que el Estado debe tratar a todas las personas; La balanza representa el equilibrio y la capacidad de sopesar los diferentes argumentos y pruebas en una situación; La espada en posición de descanso, indica que la fuerza sólo debe usarse cuando es necesaria. 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
  • 16. 16Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Estas virtudes de imparcialidad, igualdad, equilibrio, y discernimiento son las que debe poner en práctica un Estado en el momento de hacer justicia. En la Constitución y en nuestras leyes se establecen cuáles son nuestros derechos y qué conductas están prohibidas, debido a que éstas afectan los derechos de otras personas, así como cuáles son las reglas a seguir para exigir justicia y las instancias a las cuales acudir. Las instituciones que conforman el sistema de justicia penal en México, son las siguientes: Las Procuradurías Generales de Justicia a través del Ministerio Público, que forman parte del Poder Ejecutivo, y que son las responsables de llevar a cabo la investigación de los hechos ante los jueces. Los Jueces, Tribunales y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que forman parte del Poder Judicial, y son los responsables de valorar las pruebas que presente el ministerio público y el inculpado, para dictar la sentencia que corresponda (de culpabilidad o no culpabilidad) Las instituciones del sistema penitenciario, que forman parte del Poder Ejecutivo, y que tienen la responsabilidad de custodiar a las personas que cumplirán las penas dictadas por los tribunales. Las leyes que más se utilizan en el sistema penal son: el Código Penal y el generales del derecho penal, los delitos y las penas que corresponden a cada delito; y en el Código de Procedimientos Penales, los procedimientos, como su nombre lo indica. De acuerdo al Código Federal de Procedimientos Penales, los procedimientos en materia penal son los siguientes: 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
  • 17. 17Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Artículo 1o.- El presente Código comprende los siguientes procedimientos: I.- El de a la consignación a los tribunales, que establece las diligencias legalmente necesarias para que el Ministerio Público pueda resolver si ejercita o no la acción penal; II.- El de en que se realizan las actuaciones de éstos conforme al tipo penal aplicable y la probable responsabilidad del inculpado, o bien, en su caso, la libertad de éste por falta de elementos para procesar; III.- El de , que abarca las diligencias practicadas existencia del delito, las circunstancias en que hubiese sido cometido y las peculiares del inculpado, así como la responsabilidad o irresponsabilidad penal de éste; IV.- El de , durante el cual el Ministerio Público precisa su pretensión y el procesado su defensa ante el Tribunal, y éste valora las pruebas y pronuncia sentencia V.- El de ante el tribunal de apelación, en que se efectúan las diligencias y actos tendientes a resolver los recursos; VI.- El de , que comprende desde el momento en que cause ejecutoria la sentencia de los tribunales hasta la extinción de las sanciones aplicadas; VII.- Los relativos a , a y a quienes tienen el hábito o la necesidad de consumir estupefacientes o psicotrópicos. 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
  • 18. 18Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada El único procedimiento que le toca resolver exclusivamente al Ministerio Público es el de averiguación previa; los procedimientos de pre-instrucción, instrucción, primera instancia y segunda instancia, constituyen lo que se llama el proceso penal, que corresponde resolver exclusivamente a los tribunales. En el procedimiento de averiguación previa, el Ministerio Público debe: Recibir las denuncias; Practicar y ordenar todos los actos que acrediten: - El cuerpo del delito3 , - La probable responsabilidad del inculpado, y - La reparación del daño4 ; Acordar la detención o retención de los indiciados5 ; Solicitar el apoyo de la policía para brindar protección a víctimas y testigos; Determinar la reserva o el ejercicio de la acción penal6 . Bajo su mando y conducción, las Policías deberán: -Recibir las denuncias cuando no puedan ser formuladas directamente ante el Ministerio Público; -Practicar las diligencias (actuaciones) que le ordene el Ministerio Público para el esclarecimiento de los delitos y la identidad de los probables responsables; poner a disposición del MP a las personas detenidas y los bienes que se hayan asegurado; por la ley penal. 4 Reparación del daño: Este concepto lo veremos en el capítulo 2 de esta guía. 5 Indiciados: Sujetos en contra de quienes existe sospecha de que cometieron algún delito. 6 Acción penal: es la facultad que tiene el Ministerio Público como representante social para solicitar las sanciones que deban aplicarse a quien ha cometido un delito y deberá someterse a Proceso Penal. 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
  • 19. 19Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada - Preservar el lugar de los hechos y la integridad de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como los instrumentos, objetos o productos del delito; - Proporcionar atención a víctimas o testigos del delito; - Dar cumplimiento a las órdenes de aprehensión; - Entrevistar a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento para la investigación; - Hacer constar el estado de las personas, cosas y lugares, mediante inspecciones, planos, fotografías, En los procedimientos del proceso penal (pre-instrucción, instrucción, primera instancia y segunda instancia), los tribunales deberán resolver: Si un hecho es delito o no; Determinar la responsabilidad penal o la no responsabilidad de las personas acusadas; Imponer las penas y medidas de seguridad que procedan; Resolver los recursos de apelación. Durante el proceso penal, el Ministerio Público y la Policía Judicial bajo su mando practican actuaciones para acreditar el cuerpo del delito, la probable responsabilidad del inculpado, y la reparación del daño a las víctimas. El procedimiento de ejecución corresponde al Poder Ejecutivo y consiste en ejecutar las penas y medidas de seguridad decretadas en las sentencias de los tribunales; algunas penas son privativas de libertad (prisión) y otras pueden ser multas, trabajo para la comunidad, pago por daños, etc. El detalle de cada uno de los procedimientos que se siguen durante la averiguación previa y el proceso penal, se encuentran detallados en el Código de Procedimientos Penales. 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
  • 20. 20Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Ahora bien, si las autoridades del Sistema de Justicia no están cumpliendo con las obligaciones establecidas en las leyes, están violando nuestro derecho de acceso a la justicia. De acuerdo a la Constitución Política, la obligación del Estado y de sus autoridades es garantizar a todas las personas que podamos ejercer ese y todos los derechos humanos: Artículo 1o. … Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. A continuación veremos algunas opciones que tenemos las y los ciudadanos para hacer valer nuestros derechos humanos cuando el sistema de justicia no esta funcionando. Un recurso muy importante en México, que se crea para la defensa de los derechos humanos, es el Juicio de Amparo que está regulado por los artículos 103 y 107 de la CPEUM, y por la Ley de Amparo. Un amparo lo puede promover cualquier persona ante un juez de distrito, cuando una autoridad le haya causado un agravio en sus derechos humanos; en el siguiente capítulo veremos cuáles son estos derechos. El amparo lo presenta la persona agraviada, su representante o su defensor/a, por escrito, antes de 15 días de haber sufrido el agravio, cualquier día del año, excepto sábados, domingos, y días festivos7 . Artículo 21.- El término para la interposición de la demanda de amparo será de quince días. Dicho término se contará desde 7 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 Y de la Federación el 10 de enero de 1936. Última reforma publicada DOF 24-06-2011. Artículos 21 y 23. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/20.pdf 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
  • 21. 21Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada el día siguiente al en que haya surtido efectos, conforme a acuerdo que reclame; al en que haya tenido conocimiento de ellos o de su ejecución, o al en que se hubiese ostentado sabedor de los mismos. Artículo23.-Sondíashábilesparalapromoción,substanciación y resolución de los juicios de amparo, todos los días del año, con exclusión de los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 1o. y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de octubre y 20 de noviembre. En caso de privación de la vida, de ataques a la libertad personal, o de algún riesgo grave, el amparo puede promoverse cualquier día, a cualquier hora del día o de la noche. Por otro lado, es importante que en el escrito se presenten todos los hechos que a juicio de la persona son violatorios de los derechos humanos ya que la sentencia sólo amparará y protegerá a la persona sobre lo que esté demandado. De acuerdo al apartado B del artículo 102 de nuestra Constitución Política, las Comisiones de derechos humanos son organismos creados por el Estado Mexicano para la protección de los derechos humanos consagrados en nuestra Constitución y en los tratados internacionales en la materia. Las Comisiones reciben las quejas que la ciudadanía presente en contra de actos u omisiones provenientes de cualquier autoridad o servidor/a público/a (excepto los del poder judicial), que violen los derechos humanos. Todo servidor público está obligado a responder las recomendaciones que les presenten estos organismos. Al igual que para las demás instituciones de Estado, hay una Comisión Nacional para asuntos relacionados con servidores públicos federales, y Comisiones estatales que atenderán las quejas en contra de servidores públicos estatales: 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
  • 22. 22Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Artículo 102.- B … El organismo que establezca el Congreso de la Unión se denominará Comisión Nacional de los Derechos Humanos; contará con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios. Las Constituciones de los Estados y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal establecerán y garantizarán la autonomía de los organismos de protección de los derechos humanos. Por ley, el procedimiento ante las Comisiones de Derechos Humanos debe ser breve, sencillo y gratuito; el personal debe procurar, siempre que se pueda, tener contacto directo con las personas que denuncian. La persona que presenta una queja ante una comisión de derechos humanos no tiene que decir cuál derecho le fue violado, sino relatar lo que considera fue el maltrato recibido por parte de la autoridad y/o las acciones u omisiones en contra de sus derechos. En caso de que la o el responsable de la desaparición fuera un/a servidor público, será parte fundamental de la queja. Las quejas pueden presentarse personalmente, por teléfono, correo electrónico o servicio postal, pero no de forma anónima. En los casos en que no se presenten La queja es recibida en el área de Quejas, la cual valorará si lo que se está denunciando es efectivamente una violación a los derechos humanos. Una vez hecha la valoración positiva, esta área la turna a la Visitaduría General que corresponda, la cual tiene la responsabilidad de llevar a cabo la investigación. La Comisión te avisará por vía telefónica y por telegrama en qué Visitaduría está y quién es el o la visitadora responsable de llevar el caso. La o el Visitador solicitará información a la autoridad y dependiendo del informe y de si la víctima está de acuerdo, explorar si es posible llegar a una solución hubo o no una violación a los derechos humanos. 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
  • 23. 23Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada El personal de las Comisiones tiene facultades amplias para investigar; puede: pedir toda la información que requiera a la autoridad señalada o a otras si el caso lo amerita; citar a las personas que deban comparecer como autoridades y testigos; realizar visitas de inspección; consultar expedientes; y solicitar peritajes, entre otras. La conclusión de la investigación puede ser un Acuerdo de No Responsabilidad si se llega a la convicción de que no hubo una violación a los derechos humanos, o una Recomendación si se comprueba la responsabilidad. La Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos establece lo siguiente: 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia Artículo 44.- Concluida la investigación, el Visitador General formulará, en su caso, un proyecto de Recomendación, o acuerdo de no responsabilidad en los cuales se analizarán los hechos, los argumentos y pruebas, así como los elementos si las autoridades o servidores han violado o no los derechos humanos de los afectados, al haber incurrido en actos y omisiones ilegales, irrazonables, injustas, inadecuadas, o erróneas, o hubiesen dejado sin respuesta las solicitudes presentadas por los interesados durante un período que En el proyecto de Recomendación, se señalarán las medidas que procedan para la efectiva restitución de los afectados en sus derechos fundamentales, y si procede en su caso, para la reparación de los daños y perjuicios que se hubiesen ocasionado. Una vez recibida la Recomendación, la autoridad o servidor público de que se acepta. En caso de aceptación, deberá entregar antes dequince días las pruebas correspondientes a su cumplimiento. La violación a los derechos humanos responsabiliza al Estado de reparar los daños a las víctimas. Esta es una reparación diferente a la que dictará el juez en el proceso penal, en contra de los responsables de la desaparición a favor de las
  • 24. 24Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada víctimas del delito. Aquí será dictada por la Comisión de Derechos Humanos en contra de los servidores públicos que violaron los derechos humanos, a favor de las víctimas de violaciones a los derechos humanos, es decir, aquellas que por maltratado del servidor público, o por no haber hecho su trabajo, o haberlo hecho mal, le ha ocasionado un daño. Revisa lo que se describe en el capítulo 2. debe acudir a la siguiente instancia: los organismos internacionales. Para las y los mexicanos es posible acceder al ámbito internacional porque México forma parte de organzaciones internacionales como la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de Estados Americanos (OEA) que cuentan con organismos y tratados8 (normas) para la defensa de los derechos humanos. Es por ello, que nuestra Constitución señala: 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la Republica, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o Leyes de los Estados. que celebra el Presidente de la República, con la aprobación del senado, en el seno de los organismos internacionales. Si bien la idea es que cualquier persona pueda tener un acceso fácil a los mecanismos internacionales de derechos humanos, se te aconseja que pidas 8 ONU, Convención de Viena sobre el derecho de los tratados. U.N. Doc A/CONF.39/27 (1969), 1155 U.N.T.S. 331, entered into force January 27, 1980. Viena, 23 de mayo de 1969. Se entiende por “tratado” un acuerdo internacional regido por el derecho internacional y celebrado por escrito. http://www.oas.org/ XXXVGA/espanol/doc_referencia/Convencion_Viena.pdf
  • 25. 25Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada asesoría a alguna organización de derechos humanos; sin embargo, en caso de que no la obtengas, tú puedes hacerlo solo/a. abril de 1945 delegados de 50 países participaron en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional organizacióngeneralinternacionalparamantenerlapazylaseguridadenelmundo. Los representantes redactaron la Carta de las Naciones Unidas, que siguiente. La Carta de las Naciones Unidas es el documento de la ONU que determina los derechos y las obligaciones de los Estados Miembros y establece los órganos y procedimientos de las Naciones Unidas9 . En relación con el tema de derechos humanos, la Carta señala: 9 ONU, Carta de las Naciones Unidas. Firmada el 26 de junio de 1945 en San Francisco, al terminar la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional; entró en vigor el 24 de octubre del mismo año. http://www.un.org/spanish/aboutun/charter.htm 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas resueltos … a 1a dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, … hemos decidido unir nuestros esfuerzos para realizar estos designios … Artículo 55. Con el propósito de crear las condiciones de estabilidad y bienestar necesarias para las relaciones respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, la Organización promoverá: …
  • 26. 26Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada c. el respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, y la efectividad de tales derechos y libertades. 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia La Comisión de Derechos Humanos, órgano que se crea con base en la Carta de las Naciones Unidas, y que desde 2006 se llama Consejo de Derechos Humanos, está compuesto por 47 Estados Miembros responsables del fortalecimiento de la promoción y la protección de los derechos humanos en el mundo. El Consejo de Derechos Humanos cuenta con diversos mecanismos para proteger los derechos de las personas: El método de denuncias que permite a individuos y organizaciones presentar denuncias sobre violaciones de los derechos humanos a la atención del Consejo. El procedimiento consiste en que una vez recibida la denuncia, si ésta es procedente, es transmitida al gobierno respectivo para solicitar información. Una vez analizada la información, el Consejo adopta una decisión sobre cada caso. Los Procedimientos Especiales que pueden ser integrados por una persona, denominada Relator/a Especial o Experto Independiente, o por un Grupo de Trabajo compuesto por lo general de cinco miembros (uno de cada región). El mandato de estos procedimientos implican actividades como: dar respuesta a las denuncias individuales; realizar estudios; prestar asesoramiento en materia de cooperación técnica en los países; y participar en actividades generales de promoción de los derechos humanos10 . Procedimientos Especiales. http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/chr/special/index.htm
  • 27. 27Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada La mayoría de los procedimientos especiales reciben información sobre denuncias concretas de violaciones de derechos humanos y hacen llamamientos urgentes o envían cartas de denuncias a los gobiernos para solicitar aclaraciones. Los titulares de los mandatos también realizan visitas a los países con el propósito de investigar la situación de derechos humanos a nivel nacional. El Consejo de Derechos Humanos, estableció desde 1981 un Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias, constituido por 5 expertos internacionales en cuestiones relativas a desapariciones forzadas o involuntarias de personas. El mandato de este Grupo de Trabajo es11 : Ayudar a los familiares de las personas desaparecidas a averiguar la suerte y el paradero de dichas personas. Con este objeto el Grupo recibe y examina los informes sobre desapariciones presentados por los parientes de las personas afectadas o por organizaciones de derechos humanos que determinados criterios, el Grupo de Trabajo transmite los distintos casos a los gobiernos de que se trate, pidiéndoles que realicen indagaciones y que le informen sobre sus resultados. Actúa esencialmente como cauce de comunicación entre las familias de las personas desaparecidas y los gobiernos; no investiga casos individuales. Con la adopción en 1992 por la Asamblea General de la ONU de la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, el Grupo de Trabajo fue encomendado para que siga el progreso de los Estados en cumplir con sus obligaciones derivadas de la Declaración así como para que proporcione a los Gobiernos asistencia en su implementación. de Trabajo y el Comité sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias. http://www.ohchr.org/EN/Issues/ Disappearances/Pages/WGInternationalConvention.aspx 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
  • 28. 28Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada En la página de internet del Grupo de Trabajo se encuentra el Formulario para presentar una comunicación de Desaparición Forzada o Involuntaria12 , que debes enviar al correo electrónico: wgeid@ohchr.org Otro órgano que se crea con la entrada en vigor el 23 de diciembre de 2010 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, es el Comité sobre Desapariciones Forzadas. El Comité sobre Desapariciones Forzadas (CED) es también un órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención por los Estados Partes13 . Artículo 30. 1. El Comité podrá examinar, de manera urgente, toda petición presentada por los allegados de una persona desaparecida, sus representantes legales, sus abogados o las personas autorizadas por ellos, así como todo aquel que una persona desaparecida. El Comité actuará de manera urgente y solicitará la información al Estado demandado si la petición cubre con los requisitos mínimos tales como: sustento; que no sea anónima; se hayan agotado las instancias internas; y no esté siendo tratada en otra instancia internacional14 . Una vez recibida la información, el Comité podrá transmitir sus recomendaciones al Estado Parte e incluir una petición para que adopte todas las medidas necesarias para localizar y proteger a la persona. De acuerdo a la Convención, el Comité proseguirá sus esfuerzos para colaborar con el Estado Parte mientras la persona siga desaparecida y mantendrá informado al autor de la petición. 12 El ícono se encuentra en el lado derecho de la página en How to report a case of disappearence. Form to submit a communication on a victim of an enforced disappearance. Dar click en la letra S. http://www. ohchr.org/EN/Issues/Disappearances/Pages/DisappearancesIndex.aspx Desapariciones Forzadas. http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/CED/Pages/CEDIndex.aspx 14 ONU, Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. Artículo 31.2 http://www2.ohchr.org/spanish/law/disappearance-convention.htm 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
  • 29. 29Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Para recibir ayuda y una explicación más amplia, te sugerimos que acudas o Derechos Humanos en México. La Carta de las Naciones Unidas señala que es válida la existencia de acuerdos u organismos regionales, tal como la Organización de Estados Americanos (OEA), que veremos a continuación, siempre y cuando sus actividades sean compatibles con los Propósitos y Principios de las Naciones Unidas15 . En el sentido del párrafo anterior, la Carta de la Organización de los Estados Americanos establece que es un organismo regional dentro de las Naciones Unidas y que son miembros de la Organización todos los Estados Americanos 16 . Los órganos de la OEA que tienen como función principal promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región son: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuya estructura, competencia y procedimientos están determinados en la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH)17 . La Convención Americana sobre Derechos Humanos señala junto con el Protocolo Adicional a la Convención Americana en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, cuáles son los derechos humanos reconocidos en el ámbito interamericano. Estos dos tratados están en correspondencia con la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU18 . 15 Op. Cit. Carta de las Naciones Unidas. Artículo 52. 16 OEA, Carta de la Organización de Estados Americanos. Artículo 4. http://www.oas.org/dil/esp/ tratados_A-41_Carta_de_la_Organizacion_de_los_Estados_Americanos.htm 17 Op. Cit. Carta de la OEA. Artículo 106 18 Para conocer cuáles son los tratados en derechos humanos del Sistema Interamericano, consultar la siguiente página en internet: http://www.oas.org/es/cidh/mandato/documentos_basicos.asp. Para conocer los del Sistema Universal, consultar la siguiente página: http://www2.ohchr.org/spanish/law/ 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
  • 30. 30Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada El 24 de marzo de 1981, el Gobierno de México envió a la Organización de Estados Americanos la adhesión a la CADH19 , con lo cual entró en vigor para nuestro país. En sus artículo 1 y 2, la Convención establece la obligación de los Estados de respetar los derechos y de adoptar disposiciones de derecho interno para garantizarlos: 19 Suscrita en San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969, en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos. 20 OEA, Convención Americana sobre Derechos Humanos. Artículo 44. http://www.oas.org/es/cidh/mandato/Basicos/convencion.asp Artículo 1. Obligación de los Estados de respetar los derechos. 1. Los Estados partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. 2. Para los efectos de esta Convención, persona es todo ser humano. Artículo 2. Deber de Adoptar Disposiciones de Derecho Interno. Si en el ejercicio de los derechos y libertades mencionados en el artículo 1 no estuviere ya garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados partes se comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención, las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades. Frente a un caso de violaciones a la CADH por parte de un Estado, la instancia que lo recibe es la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; cualquier persona o grupo de personas, o entidad no gubernamental legalmente reconocida en uno o más Estados miembros de la Organización, puede presentar a la Comisión peticiones que contengan denuncias o quejas de violación de esta Convención por un Estado parte20 . 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
  • 31. 31Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Al igual que el Comité de la ONU para desapariciones forzadas, para que una denuncia sea admitida en la Comisión, debe cumplir con los siguientes requisitos21 : Que se hayan interpuesto y agotado los recursos internos; Que sea presentada dentro del plazo de seis meses, a partir de la fecha en que el presunto lesionado en sus derechos Que la materia de la petición o comunicación no esté pendiente de otro procedimiento de arreglo internacional; y Que la petición contenga el nombre, la nacionalidad, la del representante legal de la entidad que somete la petición. La Comisión buscará al igual que el procedimiento de las Comisiones de Derechos Humanos en México, llegar a una solución entre las partes, que en este caso son las víctimas y los Estados. En caso de que no se llegara a ningún acuerdo, la Comisión redactará un informe en el que expondrá los hechos, sus conclusiones, así como las proposiciones y recomendaciones que juzgue adecuadas22 . Si una vez entregado el informe el asunto no se hubiera solucionado, la Comisión plazo dentro del cual el Estado debe tomar las medidas que le competan para decidirá, por la mayoría absoluta de votos de sus miembros, si el Estado ha tomado o no medidas adecuadas y si publica o no su informe23 . Sólo los Estados partes y la Comisión tienen derecho a someter un caso a la decisión de la Corte, una vez que se hubieran agotado los procedimientos ante la Comisión. 24 Los Estados partes en la Convención se comprometen a cumplir la decisión de la Corte en todo caso en que sean partes25 . 21 Ibidem. Artículo 46 22 Ibidem. Artículo 50 23 Ibidem. Artículo 51 24 Ibidem. Artículo 51 25 Ibidem. Artículo 68 1 Aprendamos cómo funciona el sistema de justicia
  • 32. 32Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Todas las personas tenemos derechos por el simple hecho de existir. Estos pertenecen a los órdenes civil, político, económico, social, cultural y ambiental; son universales, indivisibles, interdependientes, están relacionados entre sí, y tienen el mismo peso26 . Históricamente, los derechos civiles son los primeros en ser reconocidos, y son aquellos que protegen la libertad y autonomía de las personas; los derechos políticos son aquellos que tenemos las y los ciudadanos para participar en los asuntos de interés público; y los derechos económicos, sociales y culturales garantizan el bienestar económico, y asegurar el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. El responsable de respetar y garantizar los derechos de las personas es el Estado, por lo tanto es el que puede vulnerarlos. Un particular no nos puede garantizar el derecho a votar por ejemplo, pero el Estado sí. La acción u omisión del Estado en la garantía o respeto de derechos, constituye una violación a los derechos humanos. Una desaparición perpetrada por agentes del Estado es una violación, pero también lo es la falta de investigación por parte del Ministerio Público. A continuación revisaremos cuáles son los derechos que tenemos todas las personas; en qué circunstancias una persona es considerada víctima y, en particular, víctima de desaparición forzada. 26 ONU, Declaración y el Programa de Acción de Viena, aprobada en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos. Viena, 14 a 25 de junio de 1993. Punto 5 http://www.unhchr.ch/huridocda/huridoca. nsf/(Symbol)/A.CONF.157.23.Sp 2
  • 33. 33Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Las personas tenemos derechos por el simple hecho de existir, y son los mismos para todas, aunque seamos diferentes. Es por ello que uno de los principios generales de los derechos humanos es el de “igualdad de derechos sin discriminación”. Los derechos han sido reconocidos por los 191 países miembros de la ONU27 y plasmados en los tratados internacionales de derechos humanos. El documento que declara cuáles son los derechos humanos y libertades reconocidas por los miembros de la ONU es la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), la cual señala con claridad que: 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Artículo 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición… Una de las principales consideraciones de esta Declaración es el reconocimiento de la dignidad humana y la igualdad de derechos para asegurar la libertad, la justicia y la paz entre las personas. De acuerdo con lo que establece la DUDH, el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos, es lo que origina actos de barbarie en contra de la humanidad. Este reconocimiento de derechos está presente en nuestra Constitución Política, la cual menciona también a los tratados internacionales: Artículo 1. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos 27 ONU, La ONU en síntesis. http://www.un.org/spanish/aboutun/brief1.html
  • 34. 34Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece28 . Hagamos un repaso por orden alfabético de los derechos reconocidos universalmente, que se encuentran recogidos en nuestra Constitución Política (CPEUM). Podemos dividirlos en derechos por tema y por tipo de población: 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas 28 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Constitución Política de los Estados Unidos DOF 30-11-2012. Artículo 1. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf
  • 35. 35Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 36. 36Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Si bien algunos derechos de poblaciones no se encuentran detallados en la Constitución, sí están en tratados internacionales y en leyes internas que los retoman los de las personas con discapacidad, las y los defensores y perodistas, y las personas adultas mayores. Hay un vacío para los derechos de la comunidad LGBTTTI y las poblaciones callejeras. A estos derechos los llamaremos “genéricos” porque cada uno de ellos engloban la atención médica de calidad; al acceso a los servicios de salud y medicamentos, etc. En la DUDH, la CADH y la Constitución encontraremos los derechos genéricos, conocer los tratados internacionales en materia de derechos humanos, se sugiere revisar las siguientes páginas: Los tratados de la ONU: http://www2.ohchr.org/spanish/law/ Los tratados de la OEA: http://www.oas.org/es/cidh/ investigación de violaciones a los derechos humanos de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal29 . Para cada derecho genérico se presenta su de éstos. Ahora bien, de todos nuestros derechos, algunos son particularmente importantes en el momento de encontrarnos en una situación victimal y por ello, nos completa que es la más utilizada por la comunidad internacional, se encuentra en 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas portaldic10.cdhdf.org.mx/index.php?id=publicatipo&tipo=1
  • 37. 37Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada la Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder de la ONU, que a la letra dice: 30 víctima cuando éstas han sufrido algún daño, como pudiera ser: una afectación física, mental, emocional, en sus bienes o en cualquiera de sus derechos humanos. De acuerdo a esta Declaración, son consideradas víctimas las personas que son agraviadas por el evento directamente o, indirectamente como familiares y personas cercanas: “El término víctima también comprenderá a la familia inmediata o las personas a cargo de la víctima directa, o a las personas que hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización” “Una persona será considerada víctima con independencia de juzgado o condenado y de la relación familiar que pueda existir entre el autor y la víctima” Lo anterior quiere decir que no es necesario que se capture o se juzgue al responsable para que una persona que ha sufrido un daño, sea considerada una víctima. Tampoco importa si la persona es un familiar. de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones. 60/147 Resolución aprobada por la Asamblea General el 16 de diciembre de 2005. Principio 8. http://www2.ohchr.org/spanish/law/reparaciones.htm 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 38. 38Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Ahora bien, hay dos formas de causar un daño: cometiendo un delito o una violación a los derechos humanos. Un delito puede ser cometido por una persona, mientras que una violación a los derechos humanos sólo es cometida por servidores públicos. Como lo decíamos al inicio del capítulo una violación a los derechos humanos es cometida sólo por la autoridad porque de acuerdo a los tratados internacionales de derechos humanos, el Estado es quien tiene la obligación de respetar y garantizar los derechos, por lo tanto es responsable si no se respetan o garantizan. Las personas debemos respetar los derechos humanos pero sólo el Estado, a través de sus autoridades, tiene las facultades y las herramientas (como sus leyes e instituciones) para garantizar que no se cometan violaciones a los derechos humanos. Algunos ejemplos de esto: Las personas no podemos construir un hospital para asegurar el derecho a la salud, pero el Estado sí, y es su obligación. Las personas no podemos hacer una política de gobierno para que se reduzca la inseguridad; el Estado sí, y es su obligación. Recordemos, como lo vimos en el capítulo 1 de esta Guía, que los artículos 1 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establecen la obligación de los Estados de respetar y garantizar los derechos humanos. La CPEUM también lo señala claramente desde su primer artículo: Artículo 1. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos… Conforme a lo anterior, una persona que ha sufrido un daño por delito, se le llama víctima del delito; y una persona que ha sufrido un daño por violación a sus derechos humanos se le llama víctima de abuso de poder o víctima de violaciones a los derechos humanos. 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 39. 39Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada de una desaparición es generalmente víctima del delito y de violaciones a los derechos humanos, porque además de sufrir la privación de libertad, el Estado no toma las medidas apropiadas para investigar los hechos, buscar a la persona desaparecida y procesar a los responsables. . Revisemos primero cuáles son los derechos de las víctimas del delito que se encuentran consignados en la Constitución Política y en las leyes penales (Código Penal y Código de Procedimientos Penales). El apartado C del artículo 20 de la CPEUM establece cuáles son los derechos particulares de las víctimas de delito: 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas Artículo 20. … C. De los derechos de la víctima o del ofendido: I. ; ser informado de los derechos que en su favor establece la Constitución y, cuando lo solicite, ser informado del desarrollo del procedimiento penal; II. ; a que se le reciban todos los datos o elementos de prueba con los que cuente, tanto en la investigación como en el proceso, a que se desahoguen las diligencias correspondientes, y a intervenir en el juicio e interponer los recursos en los términos que prevea la ley.
  • 40. 40Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Cuando el ministerio público considere que no es necesario el desahogo de la diligencia, deberá fundar y motivar su negativa; III. , desde la comisión del delito, atención médica y psicológica de urgencia; IV. . En los casos en que sea procedente, el ministerio publico estará obligado a solicitar la reparación del daño, sin menoscabo de que la victima u ofendido lo pueda solicitar directamente, y el juzgador no podrá absolver al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una para ejecutar las sentencias en materia de reparación del daño; V. en los siguientes casos: cuando sean menores de edad; cuando se trate de delitos de violación, trata de personas, secuestro o delincuencia organizada; y cuando a juicio del juzgador sea necesario para su protección, salvaguardando en todo caso los derechos de la defensa. El ministerio publico deberá garantizar la protección de victimas, ofendidos, testigos y en general todas los sujetos que intervengan en el proceso. Los jueces deberán vigilar el buen cumplimiento de esta obligación; VI. necesarias para la protección y restitución de sus derechos, y VII. del ministerio público en la investigación de los delitos, así como las resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal o suspensión del procedimiento cuando no esté satisfecha la reparación del daño. 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 41. 41Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada A nivel internacional hay dos instrumentos de la ONU que determinan los derechos de las víctimas: Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder;31 y Principios y directrices básicos sobre el derecho de internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones.32 Además de lo establecido en la Constitución Política, estos instrumentos complementan lo establecido por la Constitución y adiciona otros derechos. De manera general establecen que: 31 ONU, Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder. Adoptada por la Asamblea General en su resolución 40/34, de 29 de noviembre de 1985. http://www2.ohchr.org/spanish/law/delitos.htm 32 OP. Cit. Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones. 33 Ibidem. Principio 10. Las víctimas deben ser tratadas con humanidad y respeto de su dignidad y sus derechos humanos, y han de adoptarse las medidas apropiadas para garantizar su seguridad, su bienestar físico y psicológico y su intimidad, así como los de sus familias. El Estado debe velar por que, en la medida de lo posible, su derecho interno disponga que las víctimas de violencia o traumas gocen de una consideración y atención especial para que los procedimientos jurídicos y administrativos destinados a hacer justicia y conceder una reparación, no den lugar a un nuevo trauma33 . El Código de Procedimientos Penales establece además los siguientes derechos para las víctimas: Artículo 3o.- Las Policías actuarán bajo la conducción y el mando del Ministerio Público en la investigación de los delitos, en términos de lo dispuesto por el artículo 21 de la 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 42. 42Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y quedarán obligadas a: … X. Proporcionar atención a víctimas, ofendidos o testigos del delito, para tal efecto deberá: a) Prestar protección y auxilio inmediato, de conformidad con las disposiciones legales aplicables; b) Informar a la víctima u ofendido sobre los derechos que en su favor establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; c) Garantizar que reciban atención médica y psicológica cuando sea necesaria; d) Adoptar las medidas que se consideren necesarias tendientes a evitar que se ponga en peligro su integridad física y psicológica, en el ámbito de su competencia; e) Recibir y preservar todos los indicios y elementos de prueba que la víctima u ofendido aporten para la comprobación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad del imputado, informando de inmediato al Ministerio Público a cargo del asunto para que éste acuerde lo conducente, y f) Otorgar las facilidades que las Leyes establezcan para los casos de delitos contra la libertad, el normal desarrollo psicosexual o el libre desarrollo de la personalidad. Artículo 28.- Cuando el inculpado, el ofendido o el denunciante, los testigos o los peritos no hablen o no entiendan hayan de transmitir. Cuando lo solicite cualquiera de las partes, 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 43. 43Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada podrá escribirse la declaración en el idioma del declarante, sin que esto obste para que el traductor haga la traducción. Cuando no pudiere ser habido un traductor mayor de edad, podrá nombrarse a un menor que haya cumplido quince años. Como revisamos en el capítulo anterior, los procedimientos penales se pueden dividir en: la averiguación previa que es responsabilidad del ministerio público y los procedimientos de preinstrucción, instrucción y primera y segunda instancia que corresponden a los jueces y que forman parte del proceso penal. De acuerdo al Código de Procedimientos Penales, éstos son los derechos de las víctimas durante la averiguación previa: Artículo 141.- La víctima o el ofendido por algún delito tendrán los derechos siguientes: A. En la averiguación previa: I. Recibir asesoría jurídica respecto de sus denuncias o querellas para la defensa de sus intereses; II. Ser informado de los derechos que en su favor establece la Constitución y demás ordenamientos aplicables en la materia; III. Ser informado del desarrollo de la averiguación previa y de las consecuencias legales de sus actuaciones; … V. Ser tratado con la atención y respeto debido a su dignidad humana; VI. Recibir un trato sin discriminación,…; VII. Acceder a la justicia de manera pronta, gratuita e imparcial respecto de sus denuncias o querellas; 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 44. 44Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada VIII. Ser asistido en las diligencias que se practiquen por representación; cuando la víctima sea menor o incapaz y comparezca ante el Ministerio Público además podrá ser acompañado por quien ejerza la patria potestad, tutela o curatela; su denuncia o querella en forma gratuita, cuando lo solicite; X. Ser auxiliados por intérprete o traductor cuando pertenezcan a un grupo étnico o pueblos indígenas, no conozcan o no comprendan bien el idioma castellano, o padezcan alguna discapacidad que les impida oír o hablar; probable responsable, sin poner en riesgo su integridad física o psicológica; XII. Aportar todas aquellas pruebas que considere tiendan a acreditar el cuerpo del delito de que se trate, la probable responsabilidad del indiciado, la procedencia y la el Ministerio Público estime que no es procedente integrarlas a la averiguación previa, deberá fundar y motivar su negativa; XIII. Solicitar el desahogo de las diligencias que, en su caso, correspondan, salvo que el Ministerio Público considere que no es necesario el desahogo de determinada diligencia, debiendo éste fundar y motivar su negativa; XIV. Recibir atención médica y psicológica cuando la requieran y, en caso de delitos que atenten contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual, a recibir esta atención por una persona de su mismo sexo; 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 45. 45Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada … para proteger sus bienes, posesiones o derechos, contra todo acto de intimidación, represalia o daño posible, o cuando ser afectados por los probables responsables del delito o por terceros implicados o relacionados con el inculpado; XVIII. Solicitar el traslado de la autoridad al lugar en donde se encuentre, para ser interrogada o participar en el acto para el cual fue citada, cuando por su edad, precaria condición física o psicológica se presente un obstáculo insuperable para comparecer, y XIX. Impugnar ante Procurador General de la República o el servidorpúblicoenquienéstedeleguelafacultad,lasomisiones del Ministerio Público en la investigación de los delitos, así como las resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal o suspensión del procedimiento. La víctima u ofendido podrá proporcionar al Ministerio Público, en cualquier momento de la averiguación previa, o al juzgador, directamente o por medio de aquél, todos los datos o elementos de prueba con que cuente, así como solicitar la práctica de diligencias que conduzcan a acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del inculpado, así como la procedencia y monto de la reparación del daño. La autoridad ministerial, dentro de un plazo de tres días contados a partir de la recepción de dichos elementos de prueba, resolverá sobre su admisión... 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas Hagamos una revisión de estos derechos. El Ministerio Público tiene la obligación de tratar a las víctimas con respeto, dignidad, sin discriminación y con imparcialidad, permitiendo un acceso a la justicia pronto y gratuito. Si la víctima no comprendiera el español, el Ministerio Público está obligado a proporcionarle la
  • 46. 46Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada ayuda de un intérprete, y para todas las personas debe asegurarse que conozcan sus derechos y cuenten con el apoyo de un abogado; si la víctima no puede derecho a saber además en todo momento cómo avanza la averiguación previa y a aportar las pruebas que ayuden a la investigación. Ahora bien, si la integridad de la persona, sus familiares o bienes estuvieran en riesgo, el Ministerio Público debe solicitar al Juez medidas de protección; además, en caso de necesitar atención médica o psicológica, debe brindarla. 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas Artículo 188.- La atención médica de quienes hayan sufrido lesiones provenientes de delito, se hará en los hospitales públicos. Cuando por la urgencia del caso o la gravedad de la lesión se requiera la intervención médica inmediata y no fuese posible recurrir a un hospital que preste servicios al público en general, se recurrirá, para la atención que corresponda, a los establecimientos de salud de organismos de la Administración Pública más cercanos al lugar en que se encuentre el lesionado. Siempre que se deba explorar físicamente a personas del sexo femenino, la atención correspondiente deberá ser proporcionada, a petición de la interesada, por médicos mujeres, salvo que no las haya en el momento y sitio en que deba efectuarse la exploración, en cuyo supuesto la propia interesada podrá proponer quien la atienda. De acuerdo al Código de Procedimientos Penales, en el proceso penal las víctimas tienen todos los derechos establecidos para la averiguación previa, y además el de reparación del daño. De acuerdo al Código Penal, la reparación pruebas obtenidas en el proceso y la afectación causada a la víctima u ofendido del delito.34 34 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Código Penal Federal. Nuevo Código Publicado 2012. Artículo 31.
  • 47. 47Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Tienen derecho a la reparación del daño en el siguiente orden: 1o. La víctima; 2o. En caso de fallecimiento del ofendido, el cónyuge o el concubinario o concubina, y los hijos menores de edad; a falta de éstos los demás descendientes, y ascendientes que dependieran económicamente de él al momento del fallecimiento.35 La reparación del daño en materia penal consiste en: 35 Ibidem. Artículo 30 bis. Artículo30.Lareparacióndeldañodebeserintegral,adecuada, y a la afectación sufrida, comprenderá cuando menos: I. La restitución de la cosa obtenida por el delito y si no fuere posible, el pago del precio de la misma, a su valor actualizado; II. La indemnización del daño material y moral causado, incluyendo la atención médica y psicológica, de los servicios sociales y de rehabilitación o tratamientos curativos necesarios para la recuperación de la salud, que hubiere requerido o requiera la víctima, como consecuencia del delito...; III. El resarcimiento de los perjuicios ocasionados; IV. El pago de la pérdida de ingreso económico y lucro cesante, para ello se tomará como base el salario que en el momento de sufrir el delito tenía la víctima y en caso de no contar con esa información, será conforme al salario mínimo vigente en el lugar en que ocurra el hecho; V. El costo de la pérdida de oportunidades, en particular el empleo, educación y prestaciones sociales, acorde a sus circunstancias; VI. La declaración que restablezca la dignidad y reputación de la víctima, a través de medios electrónicos o escritos; 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 48. 48Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada VII. La disculpa pública, la aceptación de responsabilidad, así como la garantía de no repetición, cuando el delito se cometa por servidores públicos. Los medios para la rehabilitación deben ser lo más completos posible, y deberán permitir a la víctima participar de forma plena en la vida pública, privada y social. De acuerdo a los instrumentos internacionales de derechos humanos, siempre que sea posible, la restitución debe devolver a la víctima a la situación anterior a la violación y comprende, por ejemplo: el restablecimiento de la libertad, el disfrute de los derechos humanos, la identidad, la vida familiar y la ciudadanía, el regreso a su lugar de residencia, la reintegración en su empleo y la devolución de sus bienes.36 Respecto a la indemnización, estos instrumentos señalan que ésta debe ser apropiada y proporcional a la gravedad de la violación y a las circunstancias de cada caso, por todos los perjuicios económicamente evaluables que sean consecuencia de las violaciones:37 a) El daño físico o mental; b) La pérdida de oportunidades, en particular las de empleo, educación y prestaciones sociales; c) Los daños materiales y la pérdida de ingresos, incluido el lucro cesante; d) Los perjuicios morales; e) Los gastos de asistencia jurídica o de expertos, medicamentos y servicios médicos y servicios psicológicos y sociales. 36 Op. Cit. Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones... Punto 19. 37 Ibidem. Punto 20. 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 49. 49Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada La atención médica y psicológica, así como los servicios jurídicos y sociales son llamadas medidas de rehabilitación.38 En el Código Penal sólo se consideran como medidas de satisfacción la disculpa pública, y la declaración que restablezca la dignidad y reputación de la víctima; sin embargo, de acuerdo a la normativa internacional, éstas deben de incluir, cuando sea pertinente y procedente, la totalidad o parte de las siguientes medidas:39 verdad, en la medida en que esa revelación no provoque más daños o amenace la seguridad y los intereses de la víctima, de sus familiares, de los testigos o de personas que han intervenido para ayudar a la víctima o impedir que se produzcan nuevas violaciones; c) La búsqueda de las personas desaparecidas, de las identidades de los niños secuestrados y de los cadáveres de las personas asesinadas, y deseo explícito o presunto de la víctima o las prácticas culturales de su familia y comunidad; dignidad, la reputación y los derechos de la víctima y de las personas estrechamente vinculadas a ella; e) Una disculpa pública que incluya el reconocimiento de los hechos y la aceptación de responsabilidades; f) La aplicación de sanciones judiciales o administrativas a los responsables de las violaciones; g) Conmemoraciones y homenajes a las víctimas; 38 Ibidem. Punto 21. 39 Ibidem. Punto 22. 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 50. 50Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada h) La inclusión de una exposición precisa de las violaciones ocurridas en la enseñanza de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario, así como en el material didáctico a todos los niveles. El último grupo de medidas que existen son las que como su nombre lo indica deben contribuir a la prevención. Igualmente que las de satisfacción, han de incluir, según proceda, la totalidad o parte de las medidas siguientes:40 a) El ejercicio de un control efectivo por las autoridades civiles sobre las fuerzas armadas y de seguridad; b) La garantía de que todos los procedimientos civiles y militares se ajustan a las normas internacionales relativas a las garantías procesales, la equidad y la imparcialidad; c) El fortalecimiento de la independencia del poder judicial; d) La protección de los profesionales del derecho, la salud y la asistencia sanitaria, la información y otros sectores conexos, así como de los defensores de los derechos humanos; e) La educación, de modo prioritario y permanente, de todos los sectores de la sociedad respecto de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario y la capacitación en esta materia de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, así como de las fuerzas armadas y de seguridad; f) La promoción de la observancia de los códigos de conducta y de las normas éticas, en particular las normas internacionales, por los funcionarios públicos, inclusive el personal de las fuerzas de seguridad, los establecimientos penitenciarios, los medios de información, el personal de servicios médicos, psicológicos, sociales y de las fuerzas armadas, además del personal de empresas comerciales; 40 Ibidem. Punto 23. 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 51. 51Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada g) La promoción de mecanismos destinados a prevenir, vigilar y resolver h) La revisión y reforma de las leyes que contribuyan a las violaciones violaciones graves del derecho humanitario o las permitan. Cualquier víctima puede solicitar estas medidas y el Estado debe otorgarlas. Estos son los derechos que tienen todas las víctimas del delito. Para las víctimas debemos conocer y que se presentan a continuación. Expliquemos primeramente qué es una desaparición forzada, de acuerdo con lo establecido por la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas de la ONU41 , tratado internacional 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas Artículo 2. Se entenderá por “desaparición forzada” el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley. la libertad realizada por agentes del Estado directamente, o con su autorización, el artículo 3 en el cual se señala que además, los Estados parte deben tomar las 41 Op.cit. Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.
  • 52. 52Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada medidas adecuadas para investigar la desaparición forzada de cualquier persona, donde no han intervenido agentes del Estado. 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas Artículo 3. Los Estados Partes tomarán las medidas el artículo 2 que sean obra de personas o grupos de personas que actúen sin la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, y para procesar a los responsables. intervenido, y fueran obra de personas o grupos, la Convención llama a estos actos desaparición forzada y obliga al Estado a investigar y procesar a los responsables. Esto es muy importante porque el Estado mexicano no reconoce que se le llame desaparición forzada a conductas de privación de la libertad que sean realizadas por personas; sólo lo reconoce cuando es obra de servidoras y servidores públicos. La desaparición forzada es un crimen de lesa humanidad y un delito. En el artículo como delito penal en los países parte de este tratado. Artículo 4. Cada Estado Parte tomará las medidas necesarias su legislación penal. Algo muy importante que señala esta Convención y que además coincide con lo que está sucediendo en México, cuando esta práctica es sistemática estamos hablando de un crimen de lesa humanidad. Artículo 5. La práctica generalizada o sistemática de la desaparición forzada constituye un crimen de lesa humanidad y entraña las consecuencias previstas por el derecho internacional aplicable.
  • 53. 53Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada De acuerdo al Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg, los crímenes de lesa humanidad (contra la humanidad) son actos inhumanos cometidos contra población civil.42 casos en que hubiera sido cometido por servidores públicos federales) y en 12 estados de la República Mexicana.43 El Código Penal en el Capítulo III bis. Desaparición forzada de personas se señala que: Artículo 215-A.- Comete el delito de desaparición forzada de personas, el servidor público que, independientemente de que haya participado en la detención legal o ilegal de una o varias personas, propicie o mantenga dolosamente su ocultamiento bajo cualquier forma de detención. Artículo 215-B.- A quien cometa el delito de desaparición forzada de personas se le impondrá una pena de cinco a cuarenta años de prisión. Si la víctima fuere liberada espontáneamente dentro de los tres días siguientes a su detención la pena será de ocho meses a cuatro años de prisión, sin perjuicio de aplicar la que corresponda a actos ejecutados u omitidos que constituyan por sí mismos delitos. Si la liberación ocurriera dentro de los diez días siguientes a su detención, la pena aplicable será de dos a ocho años de prisión, sin perjuicio de aplicar la que corresponda a actos 42 Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg. Adoptado el 6 de octubre de 1945. http://www.ehu.es/ceinik/tratados/7TRATADOSRELATIVOSACRIMENESDEGUERRA/CG73.pdf Federal: Distrito Federal, Oaxaca, Durango, Chiapas, Chihuahua, Nayarit, Aguascalientes, Guerrero, Baja California, Colima, Coahuila y Puebla. 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 54. 54Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada ejecutados u omitidos que constituyan por sí mismo delitos. Estas penas podrán ser disminuidas hasta una tercera parte en delito, cuando suministre información que permita esclarecer los hechos, y hasta en una mitad, cuando contribuya a lograr la aparición con vida de la víctima. Artículo 215-C.- Al servidor Público que haya sido condenado por el delito de desaparición forzada de personas, además se le destituirá del cargo y se le inhabilitará de uno a veinte años para desempeñar cualquier cargo, comisión o empleo públicos. Artículo 215-D.- La oposición o negativa a la autoridad competente para tener libre e inmediato acceso al lugar donde haya motivos para creer que se pueda encontrar a una persona desaparecida, por parte del servidor público responsable del mismo, será sancionada con la destitución de su cargo, comisión o empleo, sin perjuicio de la aplicación de las penas de los demás delitos en que pudiera incurrir con motivo de su conducta. caso de que la ley interna, en este caso el Código Penal, no esté acorde a lo que se señala en el tratado, es necesario que el Estado armonice su legislación, interna sea igual al del tratado. En el capítulo 4 veremos cómo denunciar ante el Ministerio Público los casos en que nuestro familiar hubiera desaparecido a manos de personas no servidoras públicas. Una víctima de desaparición forzada es aquella que ha desaparecido y la que ha sufrido directamente la conducta, para quienes el Estado debe brindar una reparación adecuada e integral: Artículo 24. A los efectos de la presente Convención, se entenderá por “víctima” la persona desaparecida y toda persona física que 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 55. 55Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada haya sufrido un perjuicio directo como consecuencia de una desaparición forzada. … 4. Los Estados Partes velarán por que su sistema legal garantice a la víctima de una desaparición forzada el derecho a la reparación y a una indemnización rápida, justa y adecuada. 5. El derecho a la reparación al que se hace referencia en el párrafo 4 del presente artículo comprende todos los daños materiales y morales y, en su caso, otras modalidades de reparación tales como: a) La restitución; b) La readaptación; c) La satisfacción; incluido el restablecimiento de la dignidad y la reputación; d) Las garantías de no repetición. 6. Sin perjuicio de la obligación de continuar con la investigación hasta establecer la suerte de la persona desaparecida, cada Estado Parte adoptará las disposiciones apropiadas en relación con la situación legal de las personas desaparecidas cuya suerte no haya sido esclarecida y de sus allegados, en ámbitos tales como la protección social, las cuestiones económicas, el derecho de familia y los derechos de propiedad. Las víctimas de desaparición forzada, tienen el derecho de conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición, así como la evolución de la investigación, los resultados de la investigación y el paradero de la persona desaparecida, y en caso de fallecimiento, la restitución de los restos. Artículo 24. … 2. Cada víctima tiene el derecho de conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición forzada, la evolución 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 56. 56Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada y resultados de la investigación y la suerte de la persona desaparecida. Cada Estado Parte tomará las medidas adecuadas a este respecto. 3. Cada Estado Parte adoptará todas las medidas apropiadas para la búsqueda, localización y liberación de las personas desaparecidas y, en caso de fallecimiento, para la búsqueda, el respeto y la restitución de sus restos. Cuando una persona desaparece, es una obligación del Estado recabar toda la información médica, genética, así como datos personales, los cuales deben servir para la búsqueda y tienen que quedar a resguardo. Sobre los datos personales la Ley Federal de Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública 44 Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por: … II. Datos personales: La información concerniente a una relativa a su origen étnico o racial, o que esté referida a las características físicas, morales o emocionales, a su vida afectiva y familiar, domicilio, número telefónico, patrimonio, ideología y opiniones políticas, creencias o convicciones las preferencias sexuales, u otras análogas que afecten su intimidad; … … 44 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Ley Federal de Transparencia y Acceso a la junio de 2002. Última reforma publicada DOF 06-06-2006. http://www.ifai.org.mx/transparencia/LFTAIPG. pdf 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas
  • 57. 57Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada II. Los datos personales que requieran el consentimiento de los individuos para su difusión, distribución o comercialización en los términos de esta Ley. 45 Op. Cit. Convención desaparición forzada. Artículo 19. 2 Conozcamos nuestros derechos como víctimas La Convención de la ONU señala que las informaciones personales, los datos médicos o genéticos, que se recaben y/o transmitan en el marco de la búsqueda distintos de dicha búsqueda. Ello es sin perjuicio de la utilización de esas informaciones en procedimientos penales relativos a un delito de desaparición forzada, o en ejercicio del derecho a obtener reparación.45 Todos estos derecho deben ser respetados y garantizados por las instancias del sistema de justicia que conozcan de un caso de desaparición.
  • 58. 58Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada 3 Cuando hablamos de desapariciones en México, sobre todo a partir de 2006, estamos hablando de un fenómeno sistemático en la mayoría de los Estados de la República, cometido directamente por agentes del Estado o con su consentimiento, o por el crimen organizado. Frente a esto, los familiares de las personas desaparecidas entienden que su caso no es una situación aislada, sino que muchas familias comparten el mismo dolor y se solidarizan para apoyarse de distintas formas. Esto es una de las partes más importantes en el tema de acompañamiento a víctimas, porque el Estado que debería entender a cabalidad el fenómeno y sobre el cual es necesario estar muy conscientes porque en la mayoría de los casos las víctimas deben jugar el papel de defensoras de los derechos humanos. En este capítulo, te queremos transmitir algunos aprendizajes que el MPJD ha tenido en el tema de acompañamiento a víctimas; por parte de las mismas víctimas y de defensores/as de derechos humanos, que consideramos te pueden ser de mucha utilidad y que no se encuentran en leyes o manuales. En el momento de tener indicios o la certeza de que algún familiar puede estar desaparecido, se debe actuar de inmediato, sin embargo, te sugerimos que te resultados que no requieres.
  • 59. 59Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada A continuación te proponemos seguir estos pasos para que puedas poner en claro cuáles son los temas que necesitas meditar antes de empezar a actuar. Vayamos punto por punto. No debes tardar mucho en hacerlo, pero te recomendamos que sí te tomes ese tiempo. qué personas de tu familia y amigos tomarás las decisiones respecto del caso; es decir aquellas que te pueden acompañar y brindar fortaleza, y las que se verán afectadas por éstas. Es posible que tengas que tomar decisiones en cuanto a: Si se quiere denunciar el caso ante el ministerio público y darle seguimiento; Recabar y proporcionar la información que se requiera para la búsqueda y la investigación; Buscar apoyos para las personas que se hubieran quedado desamparadas por la desaparición, como tú misma si fuera el caso, niñas y niños, personas con discapacidad, personas adultas mayores; por seguridad de la familia; La reorganización familiar, es decir las nuevas que tareas deberá realizar cada una de las personas involucradas. Las personas directamente afectadas deben formar parte de la estrategia y tener roles asignados, en la posibilidad de sus capacidades por mínimos que éstos puedan ser; eso los hará sentirse útiles y comprometidos. Las personas adultas mayores probablemente no puedan hacer esfuerzos físicos, pero pueden apoyar por ejemplo en el cuidado de los niñas y niños. Todas las personas son necesarias e idóneas para un cierto rol. 3 Diseñemos una estrategia para actuar
  • 60. 60Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada 3 Diseñemos una estrategia para actuar En estos momentos no estás tomando decisiones sobre la estrategia; estás tú . los pasos a seguir, y una plática breve pero clara de las implicaciones de cada decisión y quiénes van a ser responsables de cada cosa, te ahorrará muchos desgastes. Es frecuente que por la desesperación de actuar inmediatamente y por no platicar antes, todas las personas se involucren en todo y en el camino están muy desgastadas y sin dinero para salir adelante; o bien que nadie apoye por no haber tomado parte en las decisiones. Si la persona desaparecida es responsable del mantenimiento de una familia, debes pensar que una parte de la estrategia es buscar los medios para darles el apoyo, sobre todo si hay niñas, niños, personas adultas mayores o personas enfermas. del Gobierno Federal o Estatales. Puedes guiarte por una tabla como la que está con lo cual sabrás qué solicitar para cada quien.
  • 61. 61Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada 3 Diseñemos una estrategia para actuar A continuación, te presentamos una lista de instituciones del gobierno federal que tienen programas de apoyo para poblaciones en situación de vulnerabilidad, como es el caso de las personas víctimas de desaparición.
  • 62. 62Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada 3 Diseñemos una estrategia para actuar
  • 63. 63Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada Estos programas de apoyo están referidos a: para descuentos, bolsa de trabajo, becas de estudio, asesoría jurídica, apoyo médico y apoyo psicológico en el Instituto Mexicano de la Juventud (IMJUVE); y en los Centros de Integración Juvenil (CIJ) para casos de adicciones; , que requieran atención médica mediante el Seguro Popular; , que pueden denunciar en el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred); 3 Diseñemos una estrategia para actuar
  • 64. 64Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada para cualquier asunto en el Instituto Nacional de las Mujeres(Inmujeres)oporviolenciaenlaComisiónNacionalpara Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim); para estancias infantiles; asistencia infantil; adicciones; asesoría jurídica; atención psicológica el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF); para leche Liconsa; canasta básica Diconsa; y vivienda Fonhapo; educación, salud y nutrición Oportunidades; en el Instituto Nacional de Migración; en el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores; : Salud y Asistencia Social en la Secretaría de Salud; Trabajo y Empleo en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; Educación en la Secretaría de Educación Pública; Transporte Público y Comunicaciones en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; Desarrollo Social en la Secretaría de Desarrollo Social de acuerdo a lo que señala la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; : asesoría jurídica, atención médica y psicológica en Províctima. En caso de que la institución desapareciera, en los Estados se encuentran los Centros de Atención a Víctimas (CAV´s) que tienen las mismas funciones. Te presentamos esta lista para que conozcas los programas federales a los que se les destinan nuestros impuestos, y que tienes el derecho de solicitar. También es importante que conozcas los programas del gobierno de tu estado, muchos de ellos similares a los federales, y que probablemente hayas oído más hablar de ellos o que conozcas directamente. 3 Diseñemos una estrategia para actuar
  • 65. 65Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada En la tabla se incluyen los correos electrónicos y los teléfonos, muchos de ellos gratuitos, para que puedas consultar cuáles son los apoyos concretos y los requerimientos. Si puedes entrar a internet, puede ser más fácil consultar la información general; si no sabes cómo usarlo, pídele a alguien que te apoye, o si no tienes en tu casa pídele a un amigo o familiar que te permita utilizarlo. Silapersonaquedesaparecióeralaqueteníalaresponsabilidaddelmantenimiento muy presente que los apoyos de gobierno no sirven para el mantenimiento de la familia, sino que son una ayuda complementaria. Es preferible que sean las y los adultos quienes asuman este rol y no los adolescentes que están estudiando; de hecho, un punto importante de la estrategia lo menos posible su vida, ya muy afectada por la desaparición. que el salario sea lo más alto que se logre encontrar. Es claro que este es un momento de contingencia y que con el tiempo se irán reacomodando las cosas y es la única forma de poder salir adelante; los amigos por supuesto que pueden ser de gran ayuda, pero la familia es el núcleo que debe estar unido y empujando en la misma dirección. objetiva sobre el contexto en el que vives y el hecho de la desaparición. Empecemos por revisar el contexto de la desaparición. ¿En algún momento supiste de problemas, amenazas, o agresiones hacia la persona desaparecida? 3 Diseñemos una estrategia para actuar
  • 66. 66Guía de apoyo para víctimas de desaparición forzada En caso positivo, es importante que trates de recordar la mayor información posible, es decir, quiénes eran; qué relación tenían con la persona desaparecida; cuándo sucedieron estas amenazas; por qué causas. Se sugiere que lo vayas anotando en un papel para no olvidar detalles; el ejercicio de escribir ayuda a ordenar los pensamientos y a ser más precisos/as. Algunas veces, si el riesgo es grave, las familias tienen que salir del lugar donde viven y buscar otra localidad, ciudad o Estado más seguro. Esta es una situación compleja porque implica reorganizar tu vida y la de las personas que se mueven contigo. Al fenómeno de tener que dejar el lugar donde se vive por inseguridad, se le llama desplazamiento interno. Los Principios rectores de los desplazamientos internos fenómeno de la siguiente manera:46 Se entiende por desplazados internos las personas o grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en particular como resultado o para evitar los efectos de un de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes naturales o provocadas por el ser humano, y que no han cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida. Las autoridades deben garantizar protección a las personas desplazadas, así como el ejercicio de todos sus derechos, sin discriminación, tomando medidas particulares para las poblaciones en situación de vulnerabilidad.47 Los desplazados internos disfrutarán en condiciones de igualdad de los mismos derechos y libertades que el derecho internacional y el derecho interno reconocen a los demás 46 ONU, Principios rectores de los desplazamientos internos. Anexo del Informe del Representante del Secretario General, Sr. Francis M. Deng, presentado con arreglo a la resolución 1997/39 de la 47 Ibidem. Principios 1, 3 y 4. 3 Diseñemos una estrategia para actuar