1. Colegio de Bachilleres del
Estado de Puebla
Plantel 21
Teoría del derecho
Profesor .Roberto Muñoz Torres
Integrantes del equipo:
Aguilar Cervantes Elizabeth N.L. 1
Analco Olmedo Perla Juzanie N.L 3
Conde Carrillo Samanta N.L 5
Lima Rodríguez Diana Rosa N.L. 26
Semestre: 5 Grupo : “B”
2.
3. Introducción
La teoría del delito es el resultado de la doctrina jurídico-penal
y constituye a la manifestación más clara y elaborada de
dogmática del derecho. Esta es una elaboración sistemática
de las características generales que el derecho positivo
permite atribuir al delito a la vista de la regulación que aquél
efectúa de éste.(Santiago Mir Pulg. citado por Carlos Daza
Gómez).
4. Delito
Un delito es un
comportamiento, que ya
sea por propia voluntad o
por imprudencia resulta
contrario a lo establecido
por la ley. Por lo tanto
implica una violación de las
normas vigentes, lo que
hace que merezca un
castigo o pena.
5. ¿Qué es la teoría del derecho?
Es un sistema de hipótesis que exponen, a partir, de una
determinada tendencia dogmática, los elementos que hacen
posible o no la aplicación de una consecuencia jurídico,
penal, a una acción humana.
6. Sistema: representa un conjunto ordenado de
conocimientos.
Hipótesis: son enunciados que pueden probarse,
atestiguarse, o confirmarse solo indirectamente a través de
sus consecuencias.
Tendencia dogmática: no existe unidad, al ser parte de una
ciencia social, respecto de la postura con que debe
abordarse el fenómeno del delito, por lo que existe más de
un sistema para explicarlo.
Consecuencia jurídico penal: Objetivo de estudio, es todo
aquello que da a lugar a la aplicación de una pena o medida
de seguridad.
7. Los sistemas que explican el delito
Sistema unitario o
totalizador:
Para esta corriente el
delito es una anidad total,
monolítica que ni siquiera
con fines didácticos es
susceptible de división.
8. Sistema atomizador
o analítico:
Señala que el
delito debe
estudiarse
analizando cada uno
de sus elementos
constitutivos.
9. Objetos
Es la persona, cosa, bien o interés penalmente protegido.
Objeto material: es la persona o cosa sobre la que
materialmente recaen los resultados de la acción delictiva.
Objeto jurídico: es la norma, el derecho violado o el bien o
interés jurídicamente protegido, objeto de la acción delictiva.
10. Sujetos del delito
Sujeto activo:
Toda persona, infrinja la ley penal, ya sea por su propia
voluntad o sin ella. Sin embargo este sujeto será el que
realice la acción de la conducta o la omisión de las mismas
sancionadas por la ley penal.
Sujeto pasivo:
Toda persona que resienta el daño que ocasiona la
omisión del delito, la consecuencia de la conducta delictiva,
a quien le afecte en su esfera personal de derechos e
intereses.
11. Elementos Positivos y negativos
Para que sea posible hablar de la existencia de un delito, es
necesaria la existencia de un sujeto que realice la acción
delictiva y oro que la sufra, igualmente de un objeto en que
recaiga la acción delictiva y un interés que esté
jurídicamente protegido. Estamos hablando, pues, de los
sujetos y objetos del delito
12.
13.
14. Prelación lógica de los elementos
del delito
Cuando decimos que el delito es una acción antijurídica,
típica, imputable, culpable, punible y en ocasiones sujeta a
condiciones objetivas de punibilidad, no ubicamos a éstos
elementos de manera arbitraria ni caótica. Esta enunciación
responde a la preferencia que tiene un elemento sobre otro
en la determinación de la existencia de un delito, ya desde el
punto de vista dogmático, ya judicial; de tal forma que en el
mismo momento de pronunciarlos se les otorga su
importancia en relación con el y los que le suceden
15.
16.
17. CUÁL ES LA CAUSA DEL DELITO?
(las teorías que explican la relación causal)
20. c. La tipicidad , el tipo, sus
elementos y sus clases y la
ausencia de tipicidad.
21.
22. d. La imputabilidad, la “zona
intermedia”, las Actio liberae in
causa, y la ausencia de
imputabilidad.
Para poder hacer un juicio de reproche sobre una persona
que ha cometido una acción antijurídica y típica, es
necesario atribuírselo mediante el análisis de su posibilidad
de comprenderla. En esto se han detenido los teóricos para
establecer si el sujeto tiene libre albedrío y por lo tanto hay
que distinguir entre imputables e inimputables, o si, por el
contrario, todos estamos determinados y somos en todo
caso socialmente responsables. Este es el problema de la
imputabilidad, la cual es innegable cuando se ha esclarecido
que hay factores de la conciencia y la inconsciencia que
intervienen en la comisión de un delito.
26. f. La punibilidad, sus condiciones
objetivas y las penas
Penas
v MUERTE
v CORPORALES
v CONTRA LA LIBERTAD
v PECUNIARIAS
Medidas de seguridad
v CURATIVAS
v ELIMINATORIAS
v EDUCATIVAS
30. Conclusión.
La teoría del derecho tiene como objetivo fundamental el
análisis y la determinación de los elementos básicos que
conforman el Derecho. Es bueno conocer acerca de este
tema ya que nos explica cuales son los elementos positivos
y negativos del delito.
31. Citas:
García Ramírez, Sergio; Derecho penal, Proyectos Legislativos,
1990, México, pp. 34,35,
Teoría del delito, 3a., Plascencia Villanueva, Raúl, UNAM,
México 2003,pp 6,7,8
Arias Purón Ricardo. Derecho I. Primera Edición. Editorial
Publicaciones Cultural. México, 2006.
Teoría de la Antijuridicidad, Márquez Piñero Rafael,UNAM,
México 2003,pp. 78 a 80
Tentativa del Derecho, Malo Camacho, Gustavo,UNAM, 1994,
México, pp 3,4.
Sistema de consecuencias jurídicas del delito: nuevas
perspectivas, Jaén Vallejo, Manuel,UNAM,México 2002, pp
60,61.