4. R ELACIONES L ABORALES
4
ENTRE T RABAJADORES Y
E MPLEADORES
Los contratos laborales que contengan beneficios distintos a los legales deben ser por
escrito con el fin de reflejar los términos y condiciones acordados por las partes que
sean diferentes a aquellos establecidos por la ley.
Los contratos a plazo fijo pueden ser renovados varias veces pero no pueden superar
los cinco años de duración. Los trabajadores contratados a plazo fijo tienen los mismos
derechos y beneficios laborales que los trabajadores contratados a plazo indefinido.
deben ser reportados a la Autoridad Administrativa de Trabajo.
El régimen laboral general establece una jornada laboral de 8 h/d o 48 h/s como
máximo.
La remuneración para el año 2012 a partir del 1 de junio es de s/750.00
Los trabajadores de empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de 3era
categoría y sujetos al régimen de la actividad privada con 20 o más
trabajadores, participan en las utilidades de la empresa, según los porcentajes
establecidos por la Y R C
ley.
ENIFER OJAS HIPANA
5. 5
EL TRABAJADOR
El trabajo en sobretiempo : Se abona con un recargo a
convenir, el mismo que no podrá ser inferior al 25% del valor
hora-ordinaria (calculado sobre la remuneración
ordinaria), para las primeras dos horas, y 35% para las horas
restantes.
CTS : Cuando el trabajador cumple una jornada mayor a
cuatro horas diarias, los empleadores están obligados a
pagarles una Compensación por Tiempo de Servicios
(equivalente a una remuneración mensual por cada año de
servicio)
VACACIONES: Los trabajadores tienen derecho a un período
vacacional de 30 días calendarios por cada año completo de
servicios bajo un mismo empleador, siempre que hayan
Y R C
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6. 6
EL TRABAJADOR
DESPIDO: Una vez superado el período de prueba, solo puede ser
despedido por causa justa establecida en la ley. Los trabajadores
que sean despedidos sin causa justa tienen derecho a recibir una
indemnización por despido arbitrario, a razón de una remuneración
y media ordinaria mensual por cada año completo de
servicios, para contrato a plazo indefinido, y de una remuneración y
media por cada mes restante hasta el término del contrato en caso
de contrato a plazo fijo. En ambos casos, la indemnización no podrá
exceder de 12 remuneraciones mensuales.
El plazo de prescripción para que el trabajador reclame sus
beneficios laborales es de cuatro años.
SEGURO: El trabajador tiene derecho a un seguro de vida, una vez
cumplido 4 años de trabajo al servicio del mismo empleador.
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7. 7
Seguridad Social (ESSALUD): Los empleadores
están obligados a registrar a sus trabajadores en el
sistema nacional de salud, así como a pagar un
equivalente al 9% de la remuneración mensual del
trabajador.
Sistema Privado de Salud: Es posible para los
trabajadores afiliarse a una Entidad Prestadora de
Salud (EPS), la cual es complementaria al servicio
prestado por ESSALUD. En este caso, el empleador
debe pagar el costo del servicio de la EPS y puede
pagar 6,75% de la remuneración mensual a
ESSALUD.
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9. 9 DEFINICIÓN
Régimen adecuado especialmente para las medianas y
grandes empresas que generan ingresos por rentas de
tercera categoría y desarrollan actividades sin que
tengan que cumplir condiciones o requisitos especiales
para estar comprendidas en el.
En este Régimen están comprendidas también, las
actividades desarrolladas por los Notarios, las
sociedades civiles, las entidades que se asocien y los
agentes mediadores de comercio , rematadores,
martilleros y cualquier otra actividad no permitida para
los Regímenes del Nuevo RUS y el Régimen Especial
del Impuesto a la Renta.
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10. 10
LIBROS CONTABLES
En el Régimen General del Impuesto a
la Renta, las empresas cuyos ingresos
no superan las 150 UITS, la
contabilidad la conforman sólo tres
libros : el Registro de compras, el
Registro de Ventas y un Libro Diario
de Formato Simplificado. Todos las
demás empresas de este Régimen
que superen las 150 UIT de ingresos
anuales, están obligadas a llevar
Contabilidad Completa
YENIFER ROJAS CHIPANA
11. 11
CONTABILIDAD COMPLETA
Conjunto de Libros y Registros que
integran la contabilidad de una empresa
comprendida en el Régimen General del
Impuesto a la Renta con ingresos mayores
a 150 UITs . Los libros que integran la
contabilidad completa son el Libro Caja y
Bancos, el Libro de Inventarios y Balances
,el Libro Diario, el Libro Mayor, el Registro
de Compras y el Registro de Ventas.
Además de acuerdo a la ley del impuesto a
la renta y en caso la empresa se encuentre
obligada, se agregan los Registros de
Activos Fijos, Registro de Costos, Registro
de Inventario permanente en unidades
físicas y Registro de Inventario
Permanente valorizado. R C
Y
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12. DECLARACIÓN ANUAL DE RENTA
12
Declaraciones Juradas Depreciación Acelerada
Mecanismo legal que alcanza a las
pequeñas empresas, registradas y
reconocidas como tal por el REMYPE
Manifestación de hechos y comprendidas en el régimen general
comunicados a la Administración del impuesto a la renta, que les
Tributaria por las empresas permite deducir el desgaste o
comprendidas en el régimen general agotamiento que sufren los bienes del
activo fijo en el plazo de 3
, y que en el caso del impuesto a la años, respecto de todas las
renta , constituyen una obligación adquisiciones de bienes
mensual y una adicional anual por el muebles, maquinarias, y equipos
impuesto a la renta , entre las nuevos destinados a la realización de
principales declaraciones actividades generadoras de rentas
determinativas que deben presentar. gravadas . Para este efecto se
consideran nuevos aquellos que no
Base legal :Art. 85° y 87° del TUO de hayan sufrido desgaste alguno por uso
la ley del impuesto a la renta- D. S . o explotación. El beneficio tiene una
N° 179-2004-EF publicado el 08-12- vigencia de 3 años, contados a partir
2004. del ejercicio gravable 2009 y siempre
que su uso se inicie en cualquiera los
YENIFER ROJAS CHIPANA
ejercicios gravables 2009 ,2010 o
13. TEXTO UNICO ORDENADO DE LA
LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA
DECRETO SUPREMO N 179-2004-EF
(Publicado el 08 de diciembre de 2004)
(Actualizado al 15.03.2007)
YENIFER ROJAS CHIPANA 13
14. 14
RENTAS DE TERCERA
CATEGORIA
Las derivadas de la explotación de cualquier
actividad económica o de servicios , y en
general de cualquier otra actividad que
constituya negocio habitual de compra o
producción y venta , permuta o disposición
de bienes y cualquier otra renta no incluida
en las demás categorías que reconoce la ley
del impuesto a la renta.
Base legal: Art. 28 del TUO de la ley del impuesto a la
renta-D.S. N° 179-2004-EF publicado el 08-12-2004
YENIFER ROJAS CHIPANA
15. 15 RENTA BRUTA
Conjunto de ingresos afectos al impuesto a la
renta, que se obtienen en un ejercicio
gravable.
Cuando tales ingresos provengan de la
enajenación de bienes, la renta bruta estará
dada por la diferencia entre el ingreso neto
total proveniente de dichas operaciones y el
costo computable de los bienes enajenados.
Base legal:Art. 20 del TUO de la ley del impuesto a la
renta-D.S. N 179-2004-EF publicado el 08-12-2004.
YENIFER ROJAS CHIPANA
16. 16
DIVIDENDOS
Son las utilidades que las personas jurídicas
distribuyen entre sus socios, asociados, titulares o
personas que las integran ,según sea el caso, en
efectivo o en especie. En el momento en que las
personas jurídicas, acuerden la distribución de
dividendos , actúan como agentes de retención
aplicando la tasa del 4.1%, excepto cuando las
distribución de se efectúe a favor de personas
jurídicas domiciliadas.
Base legal:Arts. 24-A y 73-A del TUO de la ley del
impuesto a la renta- D.S. N° 179-2004-EF publicado el
08-12-2004.
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17. 17 G ASTOS DEDUCIBLES
Son todas aquellas deducciones necesarias para
producir y mantener la fuente de la renta, en
tanto la deducción no esté expresamente
prohibida por la ley, que permiten establecer la
renta neta de tercera categoría
Base legal:Art. 37° del TUO de la ley del impuesto a la
renta- D.S. N° 179-2004-EF publicado el 08-12-2004.
YENIFER ROJAS CHIPANA
18. 18
C OMPENSACIÓN DE P ÉRDIDAS
Mecanismo legal a través del cual los
contribuyentes domiciliados en el país podrán
compensar la pérdida neta total de tercera
categoría de fuente peruana que registren en
un ejercicio gravable, imputándola año a año
contra las rentas netas que obtengan en los
ejercicios inmediatos posteriores, utilizando
para tal efecto hasta dos sistemas excluyentes
uno del otro.
Base legal :Art. 50° del TUO de la ley del impuesto a la
renta- D. S . N° 179-2004-EF publicado el 08-12-2004.
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19. 19
I MPUESTO T EMPORAL A LOS
A CTIVOS N ETOS - ITAN
Impuesto Aplicable a los generadores de renta
de tercera categoría sujetos al régimen general
del impuesto a la renta, siempre que el valor
de sus activos netos supere 1 millón de
nuevos soles al 31 de diciembre de cada
ejercicio .
El impuesto se aplica sobre los activos netos
al 31 de diciembre del año anterior. La
obligación surge al 1 de enero de cada
ejercicio. La tasa vigente es y de 0.4% por el
exceso de S/ 1 000,000.
Base legal: Ley 28424 publicada el 28-12-04
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