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ANEXO N° 05:
MODELO DE CONVENIO PARALAFORMULACIÓN Y EVALUACIÓN
DE PROYECTOS DE INVERSIÓN Y/O LAAPROBACIÓN DE LAS INVERSIONES
DE OPTIMIZACIÓN, DE AMPLIACIÓN MARGINAL, DE REPOSICIÓN Y DE
REHABILITACIÓN DE COMPETENCIAREGIONAL
Modelo de Convenio al que se refiere el numeral 15.1 del artículo 15 de la Directiva N°
002-2017-EF/63.01, Directiva para la Formulación y Evaluación en el marcodel Sistema
Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por
Resolución Directoral N° 002-2017-EF/63.01.
CONVENIO PARA LA FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE
INVERSIÓN Y/O LA APROBACIÓN DE LAS INVERSIONES DE OPTIMIZACIÓN, DE
AMPLIACIÓN MARGINAL, DE REPOSICIÓN Y DE REHABILITACIÓN DE
COMPETENCIAREGIONAL ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL XXXX Y LA
ENTIDAD YYYY (Gobierno Regional o Entidad del Gobierno Nacional)
Conste por el presente documento, el Convenio para la formulación y evaluación de
proyectos de inversión y/o la aprobación de las inversiones de optimización, de
ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación de competencia regional, que
celebran de una parte EL GOBIERNO REGIONAL XXXX, con RUC N° ………….., con
domicilio legal en .................., debidamente representado por su Gobernador Regional,
el señor ..................., autorizado por Acuerdo del Consejo Regional del ................
(fecha), a la que en adelante se le denominará EL GOBIERNO REGIONAL; y de la otra
parte LAENTIDAD YYYY,con RUC N° ..............., con domicilio legal en ........................,
debidamente representado (a) por su .................. (Titular de la Entidad o Gobernador
Regional), señor................., designado mediante............... (documento que
corresponda), al que en adelante se le denominará LA ENTIDAD.
El presente Convenio se celebra en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL
1.1 Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias.
1.2 Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y modificatorias.
1.3 Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.
1.4 Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley
del Sistema Nacional de Inversión Pública y modificatoria.
1.5 Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el
Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la
Ley N° 27293, Ley del SistemaNacional de Inversión Pública, aprobado por Decreto
Supremo N° 027-2017-EF y modificatorias.
1.6 Directiva N° 002-2017-EF/63.01, Directiva para la Formulación y Evaluación en el
marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones,
aprobada por Resolución Directoral N° 002-2017-EF-63.01.
CLÁUSULA SEGUNDA: DEL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN
MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES
2
El Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones tiene por
finalidad orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la
efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el
desarrollo del país, se encuentra regulado en el Decreto Legislativo N° 1252, su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo 027-2017-EF, sus Directivas y demás
normas complementarias. Es de aplicación obligatoria a todas las entidades y empresas
del Sector Público No Financiero, a que se refiere la Ley N° 30099, Ley de
Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal.
CLÁUSULA TERCERA: DE LAS ENTIDADES
EL GOBIERNO REGIONAL, es una persona jurídica de Derecho Público con autonomía
política, administrativa y económica conferida por la Constitución Política del Perú, cuya
finalidad es promover el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios
públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y
regionales de desarrollo; dicho Gobierno Regional se encuentra incorporado al Sistema
Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
LA ENTIDAD, es una Entidad (Gobierno Regional o Entidad del Gobierno Nacional),
que se encuentra sujeta a las disposiciones del Sistema Nacional de Programación
Multianual y Gestión de Inversiones y que tiene interés en formular y evaluar proyectos
de inversión y/o aprobar inversiones de optimización, de ampliación marginal, de
reposición y de rehabilitación de competencia regional cuya ejecución o beneficios
abarquen la circunscripción territorial del mismo.
CLÁUSULA CUARTA: OBJETO DEL CONVENIO
EL GOBIERNO REGIONAL conviene en autorizar a LA ENTIDAD para que formule y
evalúe el (los) proyecto(s) de inversión y/o apruebe la(s) inversión(es) de optimización,
de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, de competencia regional, de
acuerdo a lo establecido en la Ley de Bases de la Descentralización y Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales.
LA ENTIDAD se compromete a formular y evaluar el (los) proyecto(s) de inversión y/o
aprobar la(s) inversión(es) de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de
rehabilitación, de acuerdo a las normas y procedimientos técnicos del Sistema Nacional
de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
CLÁUSULA QUINTA: DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN Y/O DE LAS
INVERSIONES DE OPTIMIZACIÓN, DE AMPLIACIÓN MARGINAL, DE REPOSICIÓN
Y DE REHABILITACIÓN.
El (los) proyecto(s) de inversión a los que se refiere la Cláusula Cuarta del presente
Convenio son los que se detallan a continuación:
- ……............................................................................................................................
- ……..……...................................................................................................................
3
La(s) inversión(es) de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de
rehabilitación al (a las) que se refiere la Cláusula Cuarta del presente Convenio, son los
que se detallan a continuación:
- ………………………………………………………………………………………………..
- ……………………………………………………………………………...………………..
CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DE LAENTIDAD
Son obligaciones y atribuciones de LA ENTIDAD:
6.1. Registrar el presente Convenio, en la Ficha de Registro del (de los) proyecto(s) de
inversión o en la Ficha de Registro de la(s) inversión(es) de optimización, de
ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, según corresponda, en el
Banco de Inversiones. Sin dicho registro, el presente Convenio no surtirá efectos
en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
6.2. Formular y evaluar el (los) proyecto(s) de inversión señalado(s) en la Cláusula
Quinta del presente Convenio. La formulación y evaluación deberá realizarse de
acuerdo a lo dispuesto en las normas y procedimientos técnicos de dicho Sistema
Nacional.
6.3. Aprobar la(s) inversión(es) de optimización, de ampliación marginal, de reposición
y de rehabilitación señalada(s) en la Cláusula Quinta del presente Convenio. La
aprobación deberá realizarse de acuerdo a lo dispuesto en las normas y
procedimientos técnicos de dicho Sistema Nacional.
CLÁUSULA SÉTIMA: OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DEL GOBIERNO
REGIONAL
Son obligaciones y atribuciones de EL GOBIERNO REGIONAL:
7.1. (Solo en el caso de que la operación y mantenimiento esté a cargo del
GOBIERNO REGIONAL) EL GOBIERNO REGIONAL se compromete a dar la
operación y mantenimiento correspondiente al (a los) proyecto(s) de inversión y a
la(s) inversión(es) de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de
rehabilitación señalado(s) en la Cláusula Quinta del presente Convenio.
7.2. EL GOBIERNO REGIONAL no podrá formular proyectos de inversión y/o aprobar
inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de
rehabilitación con los mismos objetivos, beneficiarios, localización geográfica y
componentes que los de los proyectos de inversiones y/o de las inversiones de
optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación autorizados
a LA ENTIDAD en la Cláusula Quinta del presente Convenio, salvo que LA
ENTIDAD hubiera manifestado por escrito su intención de no formular el referido
proyecto y/o aprobar las citadas inversiones.
7.3. Si LA ENTIDAD rechaza uno de los proyectos de inversión y/o la(s) inversión(es)
de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación
autorizados en la Cláusula Quinta del presente Convenio, EL GOBIERNO
REGIONAL no podrá volver a formular el mismo.
4
CLÁUSULA OCTAVA: PLAZO DE VIGENCIA DEL CONVENIO
La vigencia del presente Convenio será de (señalar plazo en años), contado a partir de
la fecha de su suscripción.
El presente Convenio podrá ser prorrogado antes de su término, mediante acuerdo de
las partes. La prórroga deberá ser registrada por LA ENTIDAD en el aplicativo
informático del Banco de Inversiones.
CLÁUSULA NOVENA: RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO
El presente Convenio podrá resolverse por cualquiera de las siguientes causales:
a) Por incumplimiento de cualquiera de las partes de las obligaciones asumidas
mediante el presente Convenio.
b) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobadas y de conformidad con
las disposiciones previstas en el Código Civil.
c) Por mutuo acuerdo de las partes.
CLÁUSULA DÉCIMA: CONTROVERSIAS Y DISCREPANCIAS
Toda controversia o discrepancia derivada de la interpretación o cumplimiento del
presente Convenio, se intentará resolver dentro de un plazo que no excederá de los
quince (15) días útiles, mediante la coordinación entre las partes, comprometiéndose a
brindar sus mejores esfuerzos para lograr una solución armoniosa.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: DE LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONVENIO
El presente convenio no sustituye total ni parcialmente a ninguna norma del Sistema
Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
Asimismo, las partes se comprometen a cumplir con el contenido y alcances de todas y
cada una de las cláusulas estipuladas en el presente Convenio.
Encontrándose conformes con los términos y condiciones del presente Convenio de
Cooperación Interinstitucional las partes suscriben en señal de conformidad en el
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Anexo5 directiva002 2017_ef6301

  • 1. 1 ANEXO N° 05: MODELO DE CONVENIO PARALAFORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN Y/O LAAPROBACIÓN DE LAS INVERSIONES DE OPTIMIZACIÓN, DE AMPLIACIÓN MARGINAL, DE REPOSICIÓN Y DE REHABILITACIÓN DE COMPETENCIAREGIONAL Modelo de Convenio al que se refiere el numeral 15.1 del artículo 15 de la Directiva N° 002-2017-EF/63.01, Directiva para la Formulación y Evaluación en el marcodel Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 002-2017-EF/63.01. CONVENIO PARA LA FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN Y/O LA APROBACIÓN DE LAS INVERSIONES DE OPTIMIZACIÓN, DE AMPLIACIÓN MARGINAL, DE REPOSICIÓN Y DE REHABILITACIÓN DE COMPETENCIAREGIONAL ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL XXXX Y LA ENTIDAD YYYY (Gobierno Regional o Entidad del Gobierno Nacional) Conste por el presente documento, el Convenio para la formulación y evaluación de proyectos de inversión y/o la aprobación de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación de competencia regional, que celebran de una parte EL GOBIERNO REGIONAL XXXX, con RUC N° ………….., con domicilio legal en .................., debidamente representado por su Gobernador Regional, el señor ..................., autorizado por Acuerdo del Consejo Regional del ................ (fecha), a la que en adelante se le denominará EL GOBIERNO REGIONAL; y de la otra parte LAENTIDAD YYYY,con RUC N° ..............., con domicilio legal en ........................, debidamente representado (a) por su .................. (Titular de la Entidad o Gobernador Regional), señor................., designado mediante............... (documento que corresponda), al que en adelante se le denominará LA ENTIDAD. El presente Convenio se celebra en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL 1.1 Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias. 1.2 Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y modificatorias. 1.3 Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. 1.4 Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y modificatoria. 1.5 Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del SistemaNacional de Inversión Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2017-EF y modificatorias. 1.6 Directiva N° 002-2017-EF/63.01, Directiva para la Formulación y Evaluación en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 002-2017-EF-63.01. CLÁUSULA SEGUNDA: DEL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES
  • 2. 2 El Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones tiene por finalidad orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, se encuentra regulado en el Decreto Legislativo N° 1252, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 027-2017-EF, sus Directivas y demás normas complementarias. Es de aplicación obligatoria a todas las entidades y empresas del Sector Público No Financiero, a que se refiere la Ley N° 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal. CLÁUSULA TERCERA: DE LAS ENTIDADES EL GOBIERNO REGIONAL, es una persona jurídica de Derecho Público con autonomía política, administrativa y económica conferida por la Constitución Política del Perú, cuya finalidad es promover el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; dicho Gobierno Regional se encuentra incorporado al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. LA ENTIDAD, es una Entidad (Gobierno Regional o Entidad del Gobierno Nacional), que se encuentra sujeta a las disposiciones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y que tiene interés en formular y evaluar proyectos de inversión y/o aprobar inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación de competencia regional cuya ejecución o beneficios abarquen la circunscripción territorial del mismo. CLÁUSULA CUARTA: OBJETO DEL CONVENIO EL GOBIERNO REGIONAL conviene en autorizar a LA ENTIDAD para que formule y evalúe el (los) proyecto(s) de inversión y/o apruebe la(s) inversión(es) de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, de competencia regional, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Bases de la Descentralización y Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. LA ENTIDAD se compromete a formular y evaluar el (los) proyecto(s) de inversión y/o aprobar la(s) inversión(es) de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, de acuerdo a las normas y procedimientos técnicos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. CLÁUSULA QUINTA: DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN Y/O DE LAS INVERSIONES DE OPTIMIZACIÓN, DE AMPLIACIÓN MARGINAL, DE REPOSICIÓN Y DE REHABILITACIÓN. El (los) proyecto(s) de inversión a los que se refiere la Cláusula Cuarta del presente Convenio son los que se detallan a continuación: - ……............................................................................................................................ - ……..……...................................................................................................................
  • 3. 3 La(s) inversión(es) de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación al (a las) que se refiere la Cláusula Cuarta del presente Convenio, son los que se detallan a continuación: - ……………………………………………………………………………………………….. - ……………………………………………………………………………...……………….. CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DE LAENTIDAD Son obligaciones y atribuciones de LA ENTIDAD: 6.1. Registrar el presente Convenio, en la Ficha de Registro del (de los) proyecto(s) de inversión o en la Ficha de Registro de la(s) inversión(es) de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, según corresponda, en el Banco de Inversiones. Sin dicho registro, el presente Convenio no surtirá efectos en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. 6.2. Formular y evaluar el (los) proyecto(s) de inversión señalado(s) en la Cláusula Quinta del presente Convenio. La formulación y evaluación deberá realizarse de acuerdo a lo dispuesto en las normas y procedimientos técnicos de dicho Sistema Nacional. 6.3. Aprobar la(s) inversión(es) de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación señalada(s) en la Cláusula Quinta del presente Convenio. La aprobación deberá realizarse de acuerdo a lo dispuesto en las normas y procedimientos técnicos de dicho Sistema Nacional. CLÁUSULA SÉTIMA: OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL Son obligaciones y atribuciones de EL GOBIERNO REGIONAL: 7.1. (Solo en el caso de que la operación y mantenimiento esté a cargo del GOBIERNO REGIONAL) EL GOBIERNO REGIONAL se compromete a dar la operación y mantenimiento correspondiente al (a los) proyecto(s) de inversión y a la(s) inversión(es) de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación señalado(s) en la Cláusula Quinta del presente Convenio. 7.2. EL GOBIERNO REGIONAL no podrá formular proyectos de inversión y/o aprobar inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación con los mismos objetivos, beneficiarios, localización geográfica y componentes que los de los proyectos de inversiones y/o de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación autorizados a LA ENTIDAD en la Cláusula Quinta del presente Convenio, salvo que LA ENTIDAD hubiera manifestado por escrito su intención de no formular el referido proyecto y/o aprobar las citadas inversiones. 7.3. Si LA ENTIDAD rechaza uno de los proyectos de inversión y/o la(s) inversión(es) de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación autorizados en la Cláusula Quinta del presente Convenio, EL GOBIERNO REGIONAL no podrá volver a formular el mismo.
  • 4. 4 CLÁUSULA OCTAVA: PLAZO DE VIGENCIA DEL CONVENIO La vigencia del presente Convenio será de (señalar plazo en años), contado a partir de la fecha de su suscripción. El presente Convenio podrá ser prorrogado antes de su término, mediante acuerdo de las partes. La prórroga deberá ser registrada por LA ENTIDAD en el aplicativo informático del Banco de Inversiones. CLÁUSULA NOVENA: RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO El presente Convenio podrá resolverse por cualquiera de las siguientes causales: a) Por incumplimiento de cualquiera de las partes de las obligaciones asumidas mediante el presente Convenio. b) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobadas y de conformidad con las disposiciones previstas en el Código Civil. c) Por mutuo acuerdo de las partes. CLÁUSULA DÉCIMA: CONTROVERSIAS Y DISCREPANCIAS Toda controversia o discrepancia derivada de la interpretación o cumplimiento del presente Convenio, se intentará resolver dentro de un plazo que no excederá de los quince (15) días útiles, mediante la coordinación entre las partes, comprometiéndose a brindar sus mejores esfuerzos para lograr una solución armoniosa. CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: DE LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONVENIO El presente convenio no sustituye total ni parcialmente a ninguna norma del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Asimismo, las partes se comprometen a cumplir con el contenido y alcances de todas y cada una de las cláusulas estipuladas en el presente Convenio. Encontrándose conformes con los términos y condiciones del presente Convenio de Cooperación Interinstitucional las partes suscriben en señal de conformidad en el departamento de............................ a los........ días del mes de ……….. del año 20…... TITULAR DE LA ENTIDAD GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL