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                    El derecho a objetar:
                 algo más que una cuestión
                        de conciencia
Jaime Barbero Bajo

        El debate generado alrededor de la asignatura de Educación para la Ciudadanía ha vuelto a
        poner en escena la controvertida cuestión de los límites legítimos del Derecho a la Objeción
        de Conciencia. Regulado únicamente para supuestos militares, la reivindicación de la propia
        conciencia en contra de un mandato legal se ha ido extendiendo a ámbitos tan diversos como
        el religioso, el sanitario o el ya referido educativo. A lo largo de las siguientes páginas repa-
        saremos la evolución y realidad actual de este derecho, analizando las resoluciones judiciales
        dictadas al respecto.




LEX NOVA                                                                                    ENERO - MARZO 2009 · 34
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Orígenes históricos                           de muerte (399 a.C.) antes que traicio-     una insumisión colectiva (en principio
Fijando sus antecedentes remotos en           nar sus propios principios.                 pacífica), la objeción de conciencia se
los derechos naturales de la Grecia              Múltiples referencias son aludi-         circunscribe únicamente en el ámbito
clásica, la doctrina, a la hora de estudiar   das, también, a los textos bíblicos y a     exclusivo de la persona la cual no busca
la evolución histórica de esta figura, ha     la época de los primeros cristianos, los    la adhesión popular sino la defensa de
ido recordando acontecimientos histó-         cuales declinaban servir o formar parte     sus propias creencias.
ricos para conectarlos con los compor-        del ejército de Roma por considerarlo           En definitiva, podemos afirmar que
tamientos objetores actuales.                 contrario al mandato de Dios.               para que exista objeción de conciencia
   En este sentido, el filósofo griego           Con posterioridad, Tomás Moro (es-       deben concurrir los siguientes facto-
Sócrates optó por obedecer a su con-          critor, político y humanista inglés) se     res:
ciencia antes que a las leyes del propio      niega a jurar el denominado «Acta de        — Enfrentamiento de dos deberes con-
Estado y prefirió no eludir su condena        Supremacía» de Enrique VIII alegando        trapuestos: conciencia y ley.
                                              que si así lo hiciera «juraría en contra    — Fidelidad a las convicciones perso-
                                              de su propia conciencia». Por ello fue      nales con el correspondiente incumpli-
                                              ejecutado en el verano de 1535.             miento de la norma jurídica.
                                                 Estos y otros muchos ejemplos his-       — Defensa de su postura legítima ante
                                              tóricos nos presentan a los «primeros       el Estado para que sea valorada como
   “Mi conciencia tiene                       objetores» como personas dignas de          una situación excepcional carente de
    para mí más peso                          admiración, fieles a su ética y modelos
                                              a seguir por las sociedades contempo-
                                                                                          ánimos caprichosos y sin finalidad de
                                                                                          obtener un interés provechoso y venta-
    que la opinión de                         ráneas.                                     jista en beneficio propio.
                                                 Ahora bien, y centrándonos en su
     todo el mundo”                           repercusión actual, ¿qué debemos            Supuestos específicos
             Marco Tulio Cicerón              entender por objeción de concien-           Únicamente recogido por nuestro or-
              (106 a.C. - 43 a.C.)            cia? ¿cuáles son sus límites? ¿en qué       denamiento de forma expresa para su-
      Escritor, jurista y político romano     ámbitos puede reivindicarse? ¿está          puestos de objeción militar, desde la
                                              respaldado su ejercicio por nuestras        ratificación de la Carta Magna en 1978
                                              leyes y/o tribunales?                       las reivindicaciones al derecho a la ob-
                                                                                          jeción de conciencia se han extendido
                                              Conciencia versus Ley                       a múltiples ámbitos ligados tanto a los
   “La conciencia es el                       Una primera y básica definición de esta
                                              figura nos lleva a conceptuarla como
                                                                                          derechos fundamentales más elemen-
                                                                                          tales como a las obligaciones civiles co-
    mejor libro moral                         aquel conflicto entre legalidad vigente     tidianas o, incluso, a las profesionales
                                              y libertad de conciencia. Si desarrolla-    derivadas de contratos laborales suscri-
     que tenemos”                             mos esta noción, se puede concluir que      tos previamente.
                 Blaise Pascal                la objeción de conciencia consiste en
                  (1623-1662)                 una oposición frontal al acatamiento        Objeción a obligaciones militares:
    Científico, filósofo y escritor francés   de una obligación jurídica por estimar-     «La ley fijará las obligaciones milita-
                                              la incompatible con la propia moral del     res de los españoles y regulará, con las
                                              individuo y, en consecuencia, contraria     debidas garantías, la objeción de con-
                                              a las convicciones religiosas, éticas o     ciencia, así como las demás causas de
                                              ideológicas del objetor.                    exención del servicio militar obliga-
     “La conciencia es                            A tenor de lo anterior, resulta nece-
                                              sario delimitar claramente la frontera
                                                                                          torio, pudiendo imponer, en su caso,
                                                                                          una prestación social sustitutoria».
    un instinto que nos                       entre desobediencia civil, por un lado,     En estos términos se recoge la posibi-
                                              y objeción de conciencia, por otro, al      lidad de objetar a la «mili» en el artí-
     lleva a juzgarnos                        partir ambos conceptos de un rechazo        culo 30.2 de la Constitución Española.
                                              al cumplimiento de un mandato legal         Aunque con la extinción del servicio
        a la luz de las                       colectivo.                                  militar dicha especificación carece de
       leyes morales”                             En este sentido –aunque podrían, a
                                              priori, confundirse– las diferencias re-
                                                                                          efectos prácticos, cabe destacar que el
                                                                                          reconocimiento del derecho a la ob-
                  Immanuel Kant               sultan evidentes en los medios utiliza-     jeción no era gratuito sino que impli-
                    (1724-1804)               dos y fines perseguidos ya que, mien-       caba una carga alternativa (prestación
                  Filósofo alemán             tras la desobediencia civil pretende un     social sustitutoria).
                                              efecto global y una repercusión mediá-         En este ámbito pueden incluirse
                                              tica, e incluso política, que finalice en   otros supuestos como la oposición a



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contribuir fiscalmente con la cuota im-    su derecho a educar y formar a sus            que aunque determinados contenidos
positiva proporcional que vaya a ser       hijos según sus convicciones y creen-         lectivos pueden afectar a las conviccio-
destinada a usos o fines militares.        cias religiosas.                              nes personales, no concurre vulnera-
Objeción a obligaciones civiles y de           De este modo, varios han sido los         ción si éstos se abordan de manera ob-
función pública: Además de las nega-       casos resueltos por el Tribunal Europeo       jetiva, crítica y plural.
tivas a formar parte de las mesas elec-    de Derechos Humanos tras denuncias            Objeción a recibir tratamiento por
torales o de prestar un determinado        de vulneración del artículo 2, Protoco-       motivos religiosos: El ejemplo más
juramento cuando éste sea exigible         lo 1, del Convenio Europeo para la pro-       frecuente lo tenemos en la negativa
como requisito formal, a raíz de la mo-    tección de los Derechos Humanos [(...)        a recibir transfusiones de sangre por
dificación legislativa que trajo consigo   El Estado, en el ejercicio de las funciones   parte de testigos de Jehová al entender
la legalización del matrimonio ho-         que asuma en el campo de la educación         que, según su creencia, dicha práctica
mosexual se sucedieron en juzgados         y de la enseñanza, respetará el derecho       está expresamente prohibida por la
y consistorios casos de abstenciones       de los padres a asegurar esta educación       Biblia.
(basadas en razones morales y/o reli-      y esta enseñanza conforme a sus convic-          Entran así en conflicto el deber del
giosas) a participar en la celebración     ciones religiosas y filosóficas].             facultativo de preservar la vida y salud
de la ceremonia, o en la tramitación           En concreto, en la STEDH de 7 de di-      de las personas, por un lado, y el respeto
del correspondiente expediente, por        ciembre de 1976 (caso Kjeldsen, Busk          a la libertad religiosa y a la autonomía
parte de los funcionarios habilitados a    Madsen y Pedersen contra Dinamarca),          del paciente (Ley 41/2002, de 14 de no-
tal efecto.                                tres matrimonios se opusieron a que           viembre), por otro, ya que un respeto
Objeción en el ámbito de la ense-          sus hijos recibieran educación sexual         estricto a la voluntad del enfermo
ñanza: Educación para la Ciudada-          por entenderla incompatible con sus           podría derivar en su muerte tras lo cual
nía, cuyo proceso judicial luego re-       creencias religiosas y contrarias a           habría que determinar la responsabili-
pasaremos, no ha sido la única asig-       sus responsabilidades como padres y           dad penal correspondiente.
natura combatida por parte de unos         tutores. El Tribunal desestimó la pe-            Resulta interesante, al respecto,
padres que entienden menoscabado           tición de los denunciantes afirmando          la STC 154/2002, de 18 de julio, que




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ampara a unos padres condenados por          plícita, dentro del catálogo de Derechos       viendo un recurso contra un proyecto le-
el Supremo como responsables de un           Fundamentales amparados por la Cons-           gislativo de despenalización del aborto,
delito de homicidio por omisión al no        titución.                                      que afirma que:
consentir una transfusión para salvar la        La mayoría de los litigios planteados           «la objeción de conciencia forma parte
vida de su hijo menor ni colaborar para      a los tribunales han alegado vulnera-          del contenido del derecho fundamental a
convencer a éste para que depusiera su       ción del artículo 16.1 CE (se garantiza la     la libertad ideológica y religiosa recono-
actitud de rechazo a la misma tras haber     libertad ideológica, religiosa y de culto      cido en el art. 16.1 de la Constitución y [...]
recaído autorización judicial para ello.     de los individuos y las comunidades...)        la Constitución es directamente aplica-
Objeción facultativa en el ámbito            aunque otros han basado sus argumen-           ble, especialmente en materia de dere-
sanitario: Estamos ante supuestos en         tos en la presunta vulneración del ar-         chos fundamentales».
los que un médico se niega a realizar o      tículo 18 CE al defender que la propia         — Derecho autónomo, no fundamen-
participar en un aborto, a prescribir tra-   conciencia se halla inserta en la intimi-      tal: La STC 160/1987, de 27 de octubre,
tamientos anticonceptivos o, incluso,        dad personal garantizada por este pre-         sobre la posible inconstitucionalidad
a proporcionar su dictamen en dichos         cepto. Por último, en lo relativo a litigios   de la Ley 48/1984, de 26 de diciembre,
casos por ir en contra de sus principios     en materia de contenidos educativos,           reguladora de la objeción de conciencia
morales. Un caso similar lo plantea el       entra en juego el artículo 27.2 CE el cual     y de la prestación social sustitutoria,
colectivo farmacéutico en supuestos          afirma que los poderes públicos garan-         declara que:
de negativa a dispensar la denominada        tizan el derecho que asiste a los padres           «constituye, en ese sentido, una ex-
píldora postcoital o del día siguiente.      para que sus hijos reciban la formación        cepción al cumplimiento de un deber
   Nos encontramos, en consecuencia,         religiosa y moral que esté de acuerdo con      general, solamente permitida por el art.
ante una objeción basada en conviccio-       sus propias convicciones.                      30.2, en cuanto que sin ese reconocimien-
nes personales pero dentro del ámbito           En cualquier caso, es al Tribunal Cons-     to constitucional no podría ejercerse el
profesional. Dicho encuadramiento se         titucional a quien corresponde ponderar        derecho, ni siquiera al amparo del de li-
confirma si tenemos en cuenta que esta       los intereses en conflicto para determi-       bertad ideológica o de conciencia (art. 16
opción a ejercer la objeción de concien-     nar en qué supuestos debe prevalecer           CE) que, por sí mismo, no sería suficiente
cia viene recogida de forma expresa en       el derecho a la objeción de conciencia         para liberar a los ciudadanos de deberes
los códigos deontológicos de los colegios    y cuándo el acatamiento inexcusable            constitucionales o “subconstitucionales”
de enfermería y medicina. No obstante,       al deber legal:                                por motivos de conciencia, con el riesgo
dichos profesionales deberán proporcio-                                                     anejo de relativizar los mandatos jurídi-
nar al paciente la información adecuada      — Derecho fundamental amparado por             cos. Es justamente su naturaleza excep-
sobre las alternativas para hacer efectivo   la Constitución: Ello se desprende de la       cional –derecho a una exención de norma
su derecho al tratamiento o intervención     STC 15/1982, de 23 de abril, que dirimía       general, a un deber constitucional, como
solicitada (véase el ejemplo de escrito      un proceso contra un objetor al servicio       es el de la defensa de España– lo que le
declarativo de objeción de conciencia        militar cuya petición no había sido aten-      caracteriza como derecho constitucional
por parte de un profesional médico).         dida por las autoridades y tribunales cas-     autónomo, pero no fundamental, y lo
   A este respecto, cabe apuntar que         trenses por fundamentar tal derecho úni-       que legitima al legislador para regular-
entre los objetivos marcados el pasado       camente en motivos personales y éticos         lo por Ley ordinaria “con las debidas ga-
mes de febrero para la futura regulación     y no en creencias religiosas. La senten-       rantías”».
de la interrupción voluntaria del emba-      cia implícitamente califica la objeción            Más contundente en sus argumen-
razo (IVE) se encuentra la clarificación     como derecho fundamental reconocido            taciones fue la STC 161/1987, de 27 de
del ejercicio de la objeción de conciencia   en la Constitución y vinculante para los       octubre, la cual, resolviendo cuestio-
que, en ningún caso, podrá ser invocada      poderes públicos con independencia de          nes de inconstitucionalidad contra la
por los centros sanitarios ni deberá eri-    que se apruebe una posterior ley de desa-      referida Ley 48/1984, concluye de modo
girse en un obstáculo para el acceso de      rrollo que lo regule. A lo largo de sus fun-   rotundo que:
las mujeres a la IVE, correspondiendo a      damentos se pueden leer afirmaciones               «la objeción de conciencia con ca-
las autoridades sanitarias una vigilancia    tan claras como la siguiente:                  rácter general, es decir, el derecho a ser
permanente para garantizar la efectivi-           «Y, puesto que la libertad de concien-    eximido del cumplimiento de los deberes
dad de dicha prestación.                     cia es una concreción de la libertad ideo-     constitucionales o legales por resultar
                                             lógica, que nuestra Constitución reco-         ese cumplimiento contrario a las propias
¿Derecho fundamental?                        noce en el art. 16, puede afirmarse que        convicciones, no está reconocido ni cabe
Muchos han sido los artículos de la Carta    la objeción de conciencia es un derecho        imaginar que lo estuviera en nuestro
Magna referenciados a la hora de reivin-     reconocido explícita e implícitamente en       Derecho o en Derecho alguno, pues signi-
dicar el Derecho a la objeción de con-       el ordenamiento constitucional español         ficaría la negación misma de la idea del
ciencia tratando de consolidarlo, en la      [...]».                                        Estado. Lo que puede ocurrir es que sea
mayoría de los casos, como uno de los             A la misma conclusión llegamos tras       admitida excepcionalmente respecto a
incluidos, aunque sea de manera im-          leer la STC 53/1985, de 11 de abril, resol-    un deber concreto».



LEX NOVA                                                                                                          ENERO - MARZO 2009 · 37
     la revista
A NÁ LISIS




                  EDUCACIóN PARA LA CIUDADANíA. CRóNICA DEL PROCESO JUDICIAL
   A continuación extractamos las resoluciones judiciales que, en diferente sentido, han abordado la cuestión de la existencia o no
del derecho a objetar contra la discutida asignatura. El TSJ de Asturias denegó tal derecho y, posteriormente, el de Andalucía lo re-
conoció. A la espera de conocer la postura del Tribunal Constitucional, ha sido el Tribunal Supremo, en cuatro extensas sentencias,
el que ha declarado la inexistencia del derecho de objeción de conciencia en este supuesto, recordando, por otro lado, el legítimo
derecho de los padres de velar para que a sus hijos se les eduque según sus creencias religiosas y convicciones personales.




   Sentencia del TSJ de Asturias               un alto grado de indefinición, lo que no      hijos, no sobre materias ajenas a la re-
   de 11 de febrero de 2008                    facilita el ejercicio de los derechos de      ligión y la moral. En la medida en que
   “[...]resulta evidente del contenido de     los padres. Sin embargo, la exposición        Educación para la Ciudadanía abarca
   los artículos 16.1 y 27.1 y 3 de la Cons-   de motivos de la Ley Orgánica 2/2006,         temas ajenos a la religión o la moral
   titución Española el derecho a que se       señala como finalidad de la asignatu-         en sentido propio, como son los relati-
   garantice la libertad ideológica y reli-    ra formar a los nuevos ciudadanos en          vos a la organización y funcionamien-
   giosa de todas las personas y por ello,     “valores comunes”. Y en los Reales De-        to de la democracia constitucional, el
   de los padres respecto de sus hijos         cretos 1631/06 y 1513/06, que establecen      significado de los derechos fundamen-
   menores, así como el deber del Estado       las enseñanzas mínimas, se emplean            tales o, incluso, usos sociales estableci-
   y de todos los poderes públicos de ga-      conceptos de indudable trascendencia          dos y reglas meramente técnicas, no
   rantizar el derecho que asiste a los        ideológica y religiosa, como son ética,       resulta aplicable el art. 27.3 CE.
   padres para que sus hijos reciban la        conciencia moral y cívica, valoración                               [...]
   formación religiosa o moral que esté        ética, valores o conflictos sociales y            [...] los contenidos que asignan esas
   de acuerdo con sus propias conviccio-       morales. Ante esta situación, es razona-      disposiciones generales a la materia
   nes.                                        ble que los demandantes, por razones          Educación para la Ciudadanía han de
        No obstante lo anterior, al encon-     filosóficas o religiosas, que no tiene por    experimentar ulteriores concreciones a
   trarse el procedimiento ayuno de toda       qué exponer detalladamente, como              través del proyecto educativo de cada
   prueba, se desconoce el contenido de        también señala el TEDH y prevé el artí-       centro y de los textos que se utilicen,
   las asignaturas a cuya enseñanza se         culo 16.2 CE, pueden estar en desacuer-       así, como, obviamente, de la manera
   oponen y, con ello, las enseñanzas que      do con parte de la asignatura, y lógico       en que se expongan. Proyectos, textos y
   se entienden contrarias a la libertad       que soliciten se excluya de ella a su hijo,   explicaciones que deben moverse en el
   ideológica pues resulta patente que         a falta de otras previsiones normativas       marco que hemos trazado de manera
   el mero enunciado de una determi-           que permitan salvaguardar su libertad         que el derecho de los padres a que se
   nada asignatura no afecta a derecho         ideológica o religiosa.                       mantengan dentro de los límites sen-
   fundamental alguno, por lo que la su-           Por último, el interés público está       tados por el artículo 27.2 de la CE y a
   puesta vulneración de derechos fun-         en la garantía de los derechos, que al        que, de ningún modo, se deslicen en
   damentales, sólo es predicable del          final es lo que justifica la existencia del   el adoctrinamiento por prescindir de
   acto concreto de las enseñanzas de          Estado y sus potestades. Entre estos          la objetividad, exposición crítica y del
   las asignaturas que afectasen a su li-      derechos están la libertad ideológica y       respeto al pluralismo imprescindibles,
   bertad ideológica o religiosa y no de       religiosa (artículo 16.1 CE), y el derecho    cobra aquí también pleno vigor.
   la Ley Orgánica 2/2006 de Educación         de los padres a que sus hijos reciban la                            [...]
   de la que traen causa los acuerdos im-      formación religiosa y moral que esté              Es preciso insistir en un extremo de
   pugnados [...]”                             de acuerdo con sus propias conviccio-         indudable importancia: el hecho de
                                               nes (artículo 27.3 CE). [...]”                que la materia Educación para la Ciu-
   Sentencia del TSJ de Andalucía,                                                           dadanía sea ajustada a derecho y que
   Sevilla, de 4 de marzo de 2008              Sentencias del Tribunal Supremo               el deber jurídico de cursarla sea válido
   “Según el TEDH, es al Estado y a cada       de 11 de febrero de 2009                      no autoriza a la Administración edu-
   centro docente al que le corresponde        “Tampoco el art. 27.3 CE [...] permite        cativa ni tampoco a los centros do-
   suministrar a los padres la informa-        afirmar que los padres tienen un              centes, ni a los concretos profesores
   ción necesaria para que puedan ejercer      derecho a la objeción de conciencia           a imponer o inculcar, ni siquiera de
   su derecho a educar a sus hijos, incluso    sobre materias como Educación para            manera indirecta, puntos de vista de-
   ejerciendo el derecho de objetar a la       la Ciudadanía. De entrada, hay que            terminados sobre cuestiones morales
   asignatura parcialmente [...] En nuestro    destacar que dicho precepto constitu-         que en la sociedad española son con-
   caso, esa información no se ha suminis-     cional sólo reconoce el derecho a elegir      trovertidas.
   trado y, además, los contenidos tienen      la educación religiosa y moral de los                              [...]”




LEX NOVA                                                                                                           ENERO - MARZO 2009 · 38
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El derecho a objetar: algo más que una cuestión de conciencia

  • 1. A NÁ LISIS El derecho a objetar: algo más que una cuestión de conciencia Jaime Barbero Bajo El debate generado alrededor de la asignatura de Educación para la Ciudadanía ha vuelto a poner en escena la controvertida cuestión de los límites legítimos del Derecho a la Objeción de Conciencia. Regulado únicamente para supuestos militares, la reivindicación de la propia conciencia en contra de un mandato legal se ha ido extendiendo a ámbitos tan diversos como el religioso, el sanitario o el ya referido educativo. A lo largo de las siguientes páginas repa- saremos la evolución y realidad actual de este derecho, analizando las resoluciones judiciales dictadas al respecto. LEX NOVA ENERO - MARZO 2009 · 34 la revista
  • 2. ANÁL ISIS Orígenes históricos de muerte (399 a.C.) antes que traicio- una insumisión colectiva (en principio Fijando sus antecedentes remotos en nar sus propios principios. pacífica), la objeción de conciencia se los derechos naturales de la Grecia Múltiples referencias son aludi- circunscribe únicamente en el ámbito clásica, la doctrina, a la hora de estudiar das, también, a los textos bíblicos y a exclusivo de la persona la cual no busca la evolución histórica de esta figura, ha la época de los primeros cristianos, los la adhesión popular sino la defensa de ido recordando acontecimientos histó- cuales declinaban servir o formar parte sus propias creencias. ricos para conectarlos con los compor- del ejército de Roma por considerarlo En definitiva, podemos afirmar que tamientos objetores actuales. contrario al mandato de Dios. para que exista objeción de conciencia En este sentido, el filósofo griego Con posterioridad, Tomás Moro (es- deben concurrir los siguientes facto- Sócrates optó por obedecer a su con- critor, político y humanista inglés) se res: ciencia antes que a las leyes del propio niega a jurar el denominado «Acta de — Enfrentamiento de dos deberes con- Estado y prefirió no eludir su condena Supremacía» de Enrique VIII alegando trapuestos: conciencia y ley. que si así lo hiciera «juraría en contra — Fidelidad a las convicciones perso- de su propia conciencia». Por ello fue nales con el correspondiente incumpli- ejecutado en el verano de 1535. miento de la norma jurídica. Estos y otros muchos ejemplos his- — Defensa de su postura legítima ante tóricos nos presentan a los «primeros el Estado para que sea valorada como “Mi conciencia tiene objetores» como personas dignas de una situación excepcional carente de para mí más peso admiración, fieles a su ética y modelos a seguir por las sociedades contempo- ánimos caprichosos y sin finalidad de obtener un interés provechoso y venta- que la opinión de ráneas. jista en beneficio propio. Ahora bien, y centrándonos en su todo el mundo” repercusión actual, ¿qué debemos Supuestos específicos Marco Tulio Cicerón entender por objeción de concien- Únicamente recogido por nuestro or- (106 a.C. - 43 a.C.) cia? ¿cuáles son sus límites? ¿en qué denamiento de forma expresa para su- Escritor, jurista y político romano ámbitos puede reivindicarse? ¿está puestos de objeción militar, desde la respaldado su ejercicio por nuestras ratificación de la Carta Magna en 1978 leyes y/o tribunales? las reivindicaciones al derecho a la ob- jeción de conciencia se han extendido Conciencia versus Ley a múltiples ámbitos ligados tanto a los “La conciencia es el Una primera y básica definición de esta figura nos lleva a conceptuarla como derechos fundamentales más elemen- tales como a las obligaciones civiles co- mejor libro moral aquel conflicto entre legalidad vigente tidianas o, incluso, a las profesionales y libertad de conciencia. Si desarrolla- derivadas de contratos laborales suscri- que tenemos” mos esta noción, se puede concluir que tos previamente. Blaise Pascal la objeción de conciencia consiste en (1623-1662) una oposición frontal al acatamiento Objeción a obligaciones militares: Científico, filósofo y escritor francés de una obligación jurídica por estimar- «La ley fijará las obligaciones milita- la incompatible con la propia moral del res de los españoles y regulará, con las individuo y, en consecuencia, contraria debidas garantías, la objeción de con- a las convicciones religiosas, éticas o ciencia, así como las demás causas de ideológicas del objetor. exención del servicio militar obliga- “La conciencia es A tenor de lo anterior, resulta nece- sario delimitar claramente la frontera torio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria». un instinto que nos entre desobediencia civil, por un lado, En estos términos se recoge la posibi- y objeción de conciencia, por otro, al lidad de objetar a la «mili» en el artí- lleva a juzgarnos partir ambos conceptos de un rechazo culo 30.2 de la Constitución Española. al cumplimiento de un mandato legal Aunque con la extinción del servicio a la luz de las colectivo. militar dicha especificación carece de leyes morales” En este sentido –aunque podrían, a priori, confundirse– las diferencias re- efectos prácticos, cabe destacar que el reconocimiento del derecho a la ob- Immanuel Kant sultan evidentes en los medios utiliza- jeción no era gratuito sino que impli- (1724-1804) dos y fines perseguidos ya que, mien- caba una carga alternativa (prestación Filósofo alemán tras la desobediencia civil pretende un social sustitutoria). efecto global y una repercusión mediá- En este ámbito pueden incluirse tica, e incluso política, que finalice en otros supuestos como la oposición a LEX NOVA ENERO - MARZO 2009 · 35 la revista
  • 3. A NÁ LISIS contribuir fiscalmente con la cuota im- su derecho a educar y formar a sus que aunque determinados contenidos positiva proporcional que vaya a ser hijos según sus convicciones y creen- lectivos pueden afectar a las conviccio- destinada a usos o fines militares. cias religiosas. nes personales, no concurre vulnera- Objeción a obligaciones civiles y de De este modo, varios han sido los ción si éstos se abordan de manera ob- función pública: Además de las nega- casos resueltos por el Tribunal Europeo jetiva, crítica y plural. tivas a formar parte de las mesas elec- de Derechos Humanos tras denuncias Objeción a recibir tratamiento por torales o de prestar un determinado de vulneración del artículo 2, Protoco- motivos religiosos: El ejemplo más juramento cuando éste sea exigible lo 1, del Convenio Europeo para la pro- frecuente lo tenemos en la negativa como requisito formal, a raíz de la mo- tección de los Derechos Humanos [(...) a recibir transfusiones de sangre por dificación legislativa que trajo consigo El Estado, en el ejercicio de las funciones parte de testigos de Jehová al entender la legalización del matrimonio ho- que asuma en el campo de la educación que, según su creencia, dicha práctica mosexual se sucedieron en juzgados y de la enseñanza, respetará el derecho está expresamente prohibida por la y consistorios casos de abstenciones de los padres a asegurar esta educación Biblia. (basadas en razones morales y/o reli- y esta enseñanza conforme a sus convic- Entran así en conflicto el deber del giosas) a participar en la celebración ciones religiosas y filosóficas]. facultativo de preservar la vida y salud de la ceremonia, o en la tramitación En concreto, en la STEDH de 7 de di- de las personas, por un lado, y el respeto del correspondiente expediente, por ciembre de 1976 (caso Kjeldsen, Busk a la libertad religiosa y a la autonomía parte de los funcionarios habilitados a Madsen y Pedersen contra Dinamarca), del paciente (Ley 41/2002, de 14 de no- tal efecto. tres matrimonios se opusieron a que viembre), por otro, ya que un respeto Objeción en el ámbito de la ense- sus hijos recibieran educación sexual estricto a la voluntad del enfermo ñanza: Educación para la Ciudada- por entenderla incompatible con sus podría derivar en su muerte tras lo cual nía, cuyo proceso judicial luego re- creencias religiosas y contrarias a habría que determinar la responsabili- pasaremos, no ha sido la única asig- sus responsabilidades como padres y dad penal correspondiente. natura combatida por parte de unos tutores. El Tribunal desestimó la pe- Resulta interesante, al respecto, padres que entienden menoscabado tición de los denunciantes afirmando la STC 154/2002, de 18 de julio, que LEX NOVA ENERO - MARZO 2009 · 36 la revista
  • 4. ANÁL ISIS ampara a unos padres condenados por plícita, dentro del catálogo de Derechos viendo un recurso contra un proyecto le- el Supremo como responsables de un Fundamentales amparados por la Cons- gislativo de despenalización del aborto, delito de homicidio por omisión al no titución. que afirma que: consentir una transfusión para salvar la La mayoría de los litigios planteados «la objeción de conciencia forma parte vida de su hijo menor ni colaborar para a los tribunales han alegado vulnera- del contenido del derecho fundamental a convencer a éste para que depusiera su ción del artículo 16.1 CE (se garantiza la la libertad ideológica y religiosa recono- actitud de rechazo a la misma tras haber libertad ideológica, religiosa y de culto cido en el art. 16.1 de la Constitución y [...] recaído autorización judicial para ello. de los individuos y las comunidades...) la Constitución es directamente aplica- Objeción facultativa en el ámbito aunque otros han basado sus argumen- ble, especialmente en materia de dere- sanitario: Estamos ante supuestos en tos en la presunta vulneración del ar- chos fundamentales». los que un médico se niega a realizar o tículo 18 CE al defender que la propia — Derecho autónomo, no fundamen- participar en un aborto, a prescribir tra- conciencia se halla inserta en la intimi- tal: La STC 160/1987, de 27 de octubre, tamientos anticonceptivos o, incluso, dad personal garantizada por este pre- sobre la posible inconstitucionalidad a proporcionar su dictamen en dichos cepto. Por último, en lo relativo a litigios de la Ley 48/1984, de 26 de diciembre, casos por ir en contra de sus principios en materia de contenidos educativos, reguladora de la objeción de conciencia morales. Un caso similar lo plantea el entra en juego el artículo 27.2 CE el cual y de la prestación social sustitutoria, colectivo farmacéutico en supuestos afirma que los poderes públicos garan- declara que: de negativa a dispensar la denominada tizan el derecho que asiste a los padres «constituye, en ese sentido, una ex- píldora postcoital o del día siguiente. para que sus hijos reciban la formación cepción al cumplimiento de un deber Nos encontramos, en consecuencia, religiosa y moral que esté de acuerdo con general, solamente permitida por el art. ante una objeción basada en conviccio- sus propias convicciones. 30.2, en cuanto que sin ese reconocimien- nes personales pero dentro del ámbito En cualquier caso, es al Tribunal Cons- to constitucional no podría ejercerse el profesional. Dicho encuadramiento se titucional a quien corresponde ponderar derecho, ni siquiera al amparo del de li- confirma si tenemos en cuenta que esta los intereses en conflicto para determi- bertad ideológica o de conciencia (art. 16 opción a ejercer la objeción de concien- nar en qué supuestos debe prevalecer CE) que, por sí mismo, no sería suficiente cia viene recogida de forma expresa en el derecho a la objeción de conciencia para liberar a los ciudadanos de deberes los códigos deontológicos de los colegios y cuándo el acatamiento inexcusable constitucionales o “subconstitucionales” de enfermería y medicina. No obstante, al deber legal: por motivos de conciencia, con el riesgo dichos profesionales deberán proporcio- anejo de relativizar los mandatos jurídi- nar al paciente la información adecuada — Derecho fundamental amparado por cos. Es justamente su naturaleza excep- sobre las alternativas para hacer efectivo la Constitución: Ello se desprende de la cional –derecho a una exención de norma su derecho al tratamiento o intervención STC 15/1982, de 23 de abril, que dirimía general, a un deber constitucional, como solicitada (véase el ejemplo de escrito un proceso contra un objetor al servicio es el de la defensa de España– lo que le declarativo de objeción de conciencia militar cuya petición no había sido aten- caracteriza como derecho constitucional por parte de un profesional médico). dida por las autoridades y tribunales cas- autónomo, pero no fundamental, y lo A este respecto, cabe apuntar que trenses por fundamentar tal derecho úni- que legitima al legislador para regular- entre los objetivos marcados el pasado camente en motivos personales y éticos lo por Ley ordinaria “con las debidas ga- mes de febrero para la futura regulación y no en creencias religiosas. La senten- rantías”». de la interrupción voluntaria del emba- cia implícitamente califica la objeción Más contundente en sus argumen- razo (IVE) se encuentra la clarificación como derecho fundamental reconocido taciones fue la STC 161/1987, de 27 de del ejercicio de la objeción de conciencia en la Constitución y vinculante para los octubre, la cual, resolviendo cuestio- que, en ningún caso, podrá ser invocada poderes públicos con independencia de nes de inconstitucionalidad contra la por los centros sanitarios ni deberá eri- que se apruebe una posterior ley de desa- referida Ley 48/1984, concluye de modo girse en un obstáculo para el acceso de rrollo que lo regule. A lo largo de sus fun- rotundo que: las mujeres a la IVE, correspondiendo a damentos se pueden leer afirmaciones «la objeción de conciencia con ca- las autoridades sanitarias una vigilancia tan claras como la siguiente: rácter general, es decir, el derecho a ser permanente para garantizar la efectivi- «Y, puesto que la libertad de concien- eximido del cumplimiento de los deberes dad de dicha prestación. cia es una concreción de la libertad ideo- constitucionales o legales por resultar lógica, que nuestra Constitución reco- ese cumplimiento contrario a las propias ¿Derecho fundamental? noce en el art. 16, puede afirmarse que convicciones, no está reconocido ni cabe Muchos han sido los artículos de la Carta la objeción de conciencia es un derecho imaginar que lo estuviera en nuestro Magna referenciados a la hora de reivin- reconocido explícita e implícitamente en Derecho o en Derecho alguno, pues signi- dicar el Derecho a la objeción de con- el ordenamiento constitucional español ficaría la negación misma de la idea del ciencia tratando de consolidarlo, en la [...]». Estado. Lo que puede ocurrir es que sea mayoría de los casos, como uno de los A la misma conclusión llegamos tras admitida excepcionalmente respecto a incluidos, aunque sea de manera im- leer la STC 53/1985, de 11 de abril, resol- un deber concreto». LEX NOVA ENERO - MARZO 2009 · 37 la revista
  • 5. A NÁ LISIS EDUCACIóN PARA LA CIUDADANíA. CRóNICA DEL PROCESO JUDICIAL A continuación extractamos las resoluciones judiciales que, en diferente sentido, han abordado la cuestión de la existencia o no del derecho a objetar contra la discutida asignatura. El TSJ de Asturias denegó tal derecho y, posteriormente, el de Andalucía lo re- conoció. A la espera de conocer la postura del Tribunal Constitucional, ha sido el Tribunal Supremo, en cuatro extensas sentencias, el que ha declarado la inexistencia del derecho de objeción de conciencia en este supuesto, recordando, por otro lado, el legítimo derecho de los padres de velar para que a sus hijos se les eduque según sus creencias religiosas y convicciones personales. Sentencia del TSJ de Asturias un alto grado de indefinición, lo que no hijos, no sobre materias ajenas a la re- de 11 de febrero de 2008 facilita el ejercicio de los derechos de ligión y la moral. En la medida en que “[...]resulta evidente del contenido de los padres. Sin embargo, la exposición Educación para la Ciudadanía abarca los artículos 16.1 y 27.1 y 3 de la Cons- de motivos de la Ley Orgánica 2/2006, temas ajenos a la religión o la moral titución Española el derecho a que se señala como finalidad de la asignatu- en sentido propio, como son los relati- garantice la libertad ideológica y reli- ra formar a los nuevos ciudadanos en vos a la organización y funcionamien- giosa de todas las personas y por ello, “valores comunes”. Y en los Reales De- to de la democracia constitucional, el de los padres respecto de sus hijos cretos 1631/06 y 1513/06, que establecen significado de los derechos fundamen- menores, así como el deber del Estado las enseñanzas mínimas, se emplean tales o, incluso, usos sociales estableci- y de todos los poderes públicos de ga- conceptos de indudable trascendencia dos y reglas meramente técnicas, no rantizar el derecho que asiste a los ideológica y religiosa, como son ética, resulta aplicable el art. 27.3 CE. padres para que sus hijos reciban la conciencia moral y cívica, valoración [...] formación religiosa o moral que esté ética, valores o conflictos sociales y [...] los contenidos que asignan esas de acuerdo con sus propias conviccio- morales. Ante esta situación, es razona- disposiciones generales a la materia nes. ble que los demandantes, por razones Educación para la Ciudadanía han de No obstante lo anterior, al encon- filosóficas o religiosas, que no tiene por experimentar ulteriores concreciones a trarse el procedimiento ayuno de toda qué exponer detalladamente, como través del proyecto educativo de cada prueba, se desconoce el contenido de también señala el TEDH y prevé el artí- centro y de los textos que se utilicen, las asignaturas a cuya enseñanza se culo 16.2 CE, pueden estar en desacuer- así, como, obviamente, de la manera oponen y, con ello, las enseñanzas que do con parte de la asignatura, y lógico en que se expongan. Proyectos, textos y se entienden contrarias a la libertad que soliciten se excluya de ella a su hijo, explicaciones que deben moverse en el ideológica pues resulta patente que a falta de otras previsiones normativas marco que hemos trazado de manera el mero enunciado de una determi- que permitan salvaguardar su libertad que el derecho de los padres a que se nada asignatura no afecta a derecho ideológica o religiosa. mantengan dentro de los límites sen- fundamental alguno, por lo que la su- Por último, el interés público está tados por el artículo 27.2 de la CE y a puesta vulneración de derechos fun- en la garantía de los derechos, que al que, de ningún modo, se deslicen en damentales, sólo es predicable del final es lo que justifica la existencia del el adoctrinamiento por prescindir de acto concreto de las enseñanzas de Estado y sus potestades. Entre estos la objetividad, exposición crítica y del las asignaturas que afectasen a su li- derechos están la libertad ideológica y respeto al pluralismo imprescindibles, bertad ideológica o religiosa y no de religiosa (artículo 16.1 CE), y el derecho cobra aquí también pleno vigor. la Ley Orgánica 2/2006 de Educación de los padres a que sus hijos reciban la [...] de la que traen causa los acuerdos im- formación religiosa y moral que esté Es preciso insistir en un extremo de pugnados [...]” de acuerdo con sus propias conviccio- indudable importancia: el hecho de nes (artículo 27.3 CE). [...]” que la materia Educación para la Ciu- Sentencia del TSJ de Andalucía, dadanía sea ajustada a derecho y que Sevilla, de 4 de marzo de 2008 Sentencias del Tribunal Supremo el deber jurídico de cursarla sea válido “Según el TEDH, es al Estado y a cada de 11 de febrero de 2009 no autoriza a la Administración edu- centro docente al que le corresponde “Tampoco el art. 27.3 CE [...] permite cativa ni tampoco a los centros do- suministrar a los padres la informa- afirmar que los padres tienen un centes, ni a los concretos profesores ción necesaria para que puedan ejercer derecho a la objeción de conciencia a imponer o inculcar, ni siquiera de su derecho a educar a sus hijos, incluso sobre materias como Educación para manera indirecta, puntos de vista de- ejerciendo el derecho de objetar a la la Ciudadanía. De entrada, hay que terminados sobre cuestiones morales asignatura parcialmente [...] En nuestro destacar que dicho precepto constitu- que en la sociedad española son con- caso, esa información no se ha suminis- cional sólo reconoce el derecho a elegir trovertidas. trado y, además, los contenidos tienen la educación religiosa y moral de los [...]” LEX NOVA ENERO - MARZO 2009 · 38 la revista