El documento describe los diferentes tipos de acogimiento residencial para menores en situación de desamparo en España. Explica que el acogimiento familiar es preferible al residencial, pero que este último es necesario para menores en edades tardías, extranjeros no acompañados, o con problemas de conducta o patologías. Detalla la estructura y organización de los centros residenciales, incluyendo su configuración, proyectos educativos individuales, y supervisión por entidades públicas y el Ministerio Fiscal.