2. Es una forma de vinculación dentro del
derecho laboral mediante la cual una
persona natural (aprendiz) recibe
formación de una entidad autorizada
(institución educativa) con el patrocinio
de una persona jurídica o natural
(empresa).
3. • ¿ Quien Busca La Empresa
Patrocinadora de Los
aprendices del SENA?
RTA: El aprendiz debe gestionar su propio
contrato de aprendizaje.
4. • ¿ En mi centro de formación hay
alguien que me pueda orientar de
cómo debo hacer para conseguir
un contrato de aprendizaje?
RTA: Si, En los centros de formación
existe una oficina de relaciones
corporativas.
5. • ¿ Cuento con alguna
herramienta para buscar
empresas que deseen
contratar aprendices del
SENA?
RTA: Si a través del sistema de Gestión
virtual de aprendices:
http://caprendizaje.sena.edu.co
6. • ¿ Que aprendices y en que
jornadas pueden acceder a un
contrato de aprendizaje ?
RTA: Todos los aprendices de programas
de formación titulada en cualquiera de
las jornadas.
7. • ¿ Como me contacta una
empresa si me quiere
patrocinar?
RTA: Por el sistema de Gestión Virtual de
Aprendices, por lo cual es importante
tener los datos actualizados.
8. • ¿ Quien debe laborar el
contrato de aprendizaje ?
RTA: La empresa patrocinadora es la
encargada de elaborar el contrato de
aprendizaje.
9. • ¿ Quien debe tener copia
del contrato de aprendizaje?
RTA: Original o copia del
contrato de aprendizaje, lo
deben tener la empresa u
aprendiz
10. • ¿ Que horario debo cumplir
en la empresa?
RTA: El aprendiz dedicara hasta 48 horas
semanales al cumplimiento de la misma.
11. • ¿ Una vez haya firmado mi
contrato de aprendizaje
debo informarle a alguien?
RTA: Si, debes informar al SENA, con el
fin de verificar que la empresa que te
esta patrocinando haya registrado tu
contrato.
12. • ¿ Cuales son las
obligaciones de la empresa
patrocinadora?
RTA: Apoyo de sostenimiento , 50% en
la etapa electiva y 75% en la etapa
productiva, EPS Y ARP.
13. • ¿Que periodos debe
patrocinar la empresa a un
aprendiz SENA?
RTA: La empresa patrocinadora esta
obligada a contratar al aprendiz
SENA, durante la etapa lectiva y
productiva.
14. • ¿Puedo renunciar a mi
contrato de aprendiz sin
informarle al SENA?
RTA: No puedes renunciar, excepto por estas
razones de incumplimiento:
• No realizo aportes de EPS y/o ARP.
• No se te permite realizar las practicas.
• No te pagan el apoyo de sostenimiento.
15. • ¿ Ya tuve un contrato de
aprendizaje y en mi nuevo
proceso formativo puedo hacer
mi etapa productiva con otro
contrato de aprendizaje?
• RTA: Si, con el objeto de ejecutar cadenas de
formación dentro de formación titulada y
siempre y cuando el vinculo anterior no haya
expirado por incumplimiento.
16. • ¿ Que es la cadena de
formación?
• RTA: Es la continuación a un nivel-
superior, previo el reconocimiento del
ciclo anterior debidamente certificado,
en el cual se habilita al aprendiz en el
sector productivo.
17. • ¿ La empresa que me esta
patrocinando puede prorrogar
mi contrato de aprendizaje ?
• RTA: Si, por estas situaciones:
• Licencia de maternidad.
• Caso fortuito o fuerza mayor.
• Vacaciones por parte del empleador.
• Incapacidades debidamente certificadas.
18. • Fonque Castillo Brayan Arley
• Olaya Medina Wendy Johana
• Vargas Rivera Oscar David
• Vergara Getial Hasbleidy