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IENSS                    Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                    Secretaria de Educación y Cultura Municipal
        INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                  VERSIÓN:
                        OFICINA DE CALIDAD
                           Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                  02
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                     MANUAL DE CONVIVENCIA                        18 – 08 – 2009




         MANUAL DE CONVIVENCIA
                   CONVIVENCI
IENSS                        Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                        Secretaria de Educación y Cultura Municipal
          INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                      VERSIÓN:
                          OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                      02
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                         MANUAL DE CONVIVENCIA                        18 – 08 – 2009



                      MANUAL DE CONVIVENCIA
                                          A
                                         CAPITULO I

ARTÍCULO 1. OBJETO DEL ACUERDO. Modificar y actualizar el Manual de
                                               icar
Convivencia de la Institución Educativa Normal Superior Sincelejo de Sincelejo
  onvivencia
IENSS e incorporarlo como eje articulador del PEI en concordancia con el
siguiente contexto jurídico:

        Decreto 2787 de 1.987
        Constitución Política de 1991
        Decreto 272 de 1998
        Ley 115 de 1994
        Decreto 1860 de 1995
        Decreto 3012 de 1997
        Decreto 1108 de 1994.
        Proyecto Educativo Institucional (PEI)
        Ley 1098 de 2006-Código de la infancia y la adolescencia.
                     2006 Código

ARTÍCULO 2. DEFINICIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Y LOS
      CULO
TÉRMINOS DE INTERÉS EN EL PROYECTO DE CONVIVENCIA. Los
establecimientos educativos tendrán un reglamento o Manual de Convivencia en el
                                                               Convi
cual se definen los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o
tutores y los educandos al firmar la matricula correspondiente en representación
de sus hijos estarán aceptando el mismo. (Decreto 1860. de 1994).
                                                   1860.   1

El Manual de Convi
                onvivencia de la Institución Educativa Normal Superior Sincelejo se
ha cualificado con el Proyecto de Convivencia denominado: "Abriendo Caminos en
la construcción de una nueva sociedad". Este pretende promover el diálogo, como
opción que contribuya al desarrollo de procesos de participación, análisis,
                             desarrollo
concertación y a la búsqueda de alternativas de solución a la problemática que
afectan la sana convivencia. La parte significativa de este proyecto es la
incorporación de elementos dinamizadores tales como:

        LA MEDIACIÓN: Entendida como la tercera parte neutral que facilita el
             EDIACIÓN:
        proceso de resolución de conflictos y ayuda a los litigantes a negociar un
        acuerdo, lo cual da funcionalidad a los pactos de aula.
        LOS PACTOS DE AULA Son acuerdos conscientes resultantes de un
                             AULA:                                          d
        proceso de comunicación desde las diferentes miradas de los actores del
IENSS                        Ministerio de Educación Nacional          CÓDIGO:
                        Secretaria de Educación y Cultura Municipal
          INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                       VERSIÓN:
                          OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                       02
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                          MANUAL DE CONVIVENCIA                        18 – 08 – 2009



        proceso educativo que se hace para convenir o aceptar ciertas condiciones
        fundamentales para llevar a cabo un trabajo o un modo de vida.

ARTÍCULO 3. DEL HORIZONTE INSTITUCIONAL.

        FILOSOFÍA: La Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo desde
        la reflexividad filosófica y la toma de conciencia crítica, promueve la
        formación de personas autónomas, reflexivas y productivas, con
        habilidades comunicativas para interactuar armónicamente en los
        ambientes que contacten y capaces de tomar decisiones tendientes a su
        crecimiento personal en procura de acciones transformadoras de la
        realidad.
        VISIÓN: La Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo, es vista
        como formadora de maestros de alta calidad ética, pedagógica y científica,
        productora de resultados de investigación pedagógica y convertida en
        centro de consultaría en asuntos educativos para instituciones de
        Preescolar y Básica Primaria.
        MISIÓN: La Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo es una
                                                             d
        Institución Educativa Oficial, dedicada a la iniciación del proceso de
        formación de maestros de reconocida idoneidad ética, pedagógica e
        investigativa, calificados para asumir la orientación en el proceso de
        formación que se desarrolla en establecimientos educativos de nivel de
                                       en
        Preescolar y el ciclo de Básica Primaria, de manera coherente, consistente
        y pertinente.

        La Institución, en su quehacer pedagógico, está dedicada al desarrollo de
        operaciones intelectuales superiores que permiten fomentar actitudes de
        crecimiento personal, de interacción participativa y de conciencia reflexiva
        que se evidencia en nuestra proyección comunitaria, como reflejo de una
        Comunidad Pedagógica y científica.
        PRINCIPIOS: La Institución Educativa Normal Superi de Sincelejo está
                                                         Superior
        funcionando de acuerdo con una organización académica y administrativa.
        La primera, en atención a su esencia y la segunda, para garantizar el
        desarrollo armónico de su naturaleza.

        En concordancia con lo anterior, ha definido para el los principios
                                         ha               ello
        descritos a continuación:

        • Respeto por la dignidad de las personas.
        • Respeto y reconocimiento por las diferencias individuales.
        • Complementariedad para el logro de objetivos.
IENSS                         Ministerio de Educación Nacional            CÓDIGO:
                         Secretaria de Educación y Cultura Municipal
           INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                          VERSIÓN:
                           OFICINA DE CALIDAD
                                Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                          02
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        • Búsqueda del bienestar personal y familiar entre los miem   miembros de la
        comunidad educativa.
        • Orientar procesos educativos encaminados a desarrollar habilidades de
        pensamiento superior: meta cognición, autorregulación, reflexión, criticidad,
        debate argumentado, desarrollo humano e inteligencia emocional.
        • Fomento de la comunicación como eje articulador en el proceso de
        formación, para que potencialice la capacidad de participación y toma de
        decisiones.
        • Abordar el proceso pedagógico desde una perspectiva problémica para
        desarrollar la observación, la comparación, el análisis la síntesis, la reflexión
        crítica, con propósitos de construir el saber pedagógico.
        • Orientar los procesos pedagógicos y didácticos dirigidos a fortalecer la
        práctica del quehacer pedagógico básico en la formación inicial del maestro.
        • Concibe la planeación y la evaluación como actividades permanentes, que
                  e
        guían la gestión académica y administrativa.

ARTÍCULO 4. OBJETIVOS. Los objetivos primordiales de la IENSS. Son:
    CULO

OBJETIVOS INSTITUCIONALES:

El desarrollo integral de los educandos y la formación de un maestros de alta
calidad para desempeñarse en Preescolar y Básica Primaria, atendiendo al perfil
de hombre y maestro definido en el PEI. Para ello se precisan dos categorías en
los objetivos institucionales: Los Objetivos Educativos y los Estratégicos Globales.
                                                              E

EDUCATIVOS:
    Formar una persona libre y critica en el acceso al conocimiento, mediante el
    estudio de contenidos y el desarrollo de proyectos pedagógicos para
    desempeñarse con autonomía y continuar su proceso de formación como
    educador en el nivel de Preescolar y Básica Primaria.
    Reafirmar compromisos positivos, desarrollando en el educando actitudes
    responsables para con su familia y demás personas con quienes se
    relaciona, para participar eficientemente en el desarrollo de la Institución en
                                                                     Instituc
    donde le corresponda desempeñarse.
    Articular el Programa de Formación Docente con programas de Educación
    Superior para garantizar la continuidad y cualificación en formación
    docente.
    Desarrollar en los estudiantes un sistema de capacidades intelectuales que
                                                                 intelectu
    le permitan:
IENSS                        Ministerio de Educación Nacional          CÓDIGO:
                        Secretaria de Educación y Cultura Municipal
          INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                       VERSIÓN:
                          OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                       02
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                          MANUAL DE CONVIVENCIA                        18 – 08 – 2009



            La familiarización, resignificación, producción y creación de
        conocimientos para enseñar mediante el estudio de la pedagogía y
        especialmente la didáctica.
            La apropiación de los saberes extraescolares, incorporándolos a los
        programas escolares del nivel Preescolar y Básica Primaria.
                   escolares
            La integración teórica y práctica de las áreas de conocimiento y
        formación en el Nivel de Preescolar y Básica Primaria.

        Manejar adecuadamente la libertad de procesos de pensamiento, así como
        la igualdad de oportunidades, para participar en el desarrollo de un servicio
        educativo de alta calidad ética, pedagógica, científica e investigativa
        mediante el ejercicio de la Práctica Pedagógica.
        Convertir en hábito de conducta diaria, los valores humanos relativos a la
        convivencia, autonomía, autoestima, respeto, honestidad, sentido de
        responsabilidad y de pertenencia, equidad, solidaridad y justicia, mediante
        el desarrollo de proyectos pedagógicos y la observación de una disciplina
        general en la institución para un desempeño idóneo en su profesión.
        Desarrollar la capacidad para la operación artística, la comprensión
        estética, la creatividad, la familiarización con los diferentes medios de
        expresión artística y el conocimiento, valoración y respeto por los bienes
        artísticos y culturales mediante el desarrollo de proyectos pedagógicos y
            sticos
        actividades propias de su campo.
        Desarrollar la capacidad para elaborar conceptos básicos, mediante la
        aplicación del método científico, de acuerdo con la organización del
        universo, teniendo en cuenta los requerimientos en el nivel de Preescolar y
                   teniendo
        en el Ciclo de Básica Primaria.
        Velar por la importancia de la salud y la higiene, la prevención integral de
        problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación el
        deporte y la utilización adecuada del tiempo libre, a través del desarrollo de
        contenidos y la práctica de comportamientos relacionados con la salud, los
        buenos modales y la actividad física, para contribuir en la generación de
        salud y paz en su entorno.
        Estos Objetivos se conciben en forma de procesos, porque su logro es
                Objetivos
        responsabilidad de todos, desde el Preescolar hasta el Ciclo
        Complementario de formación docente, en el marco de las diferentes
        actividades y actitudes asumidas por la Institución.

ESTRATÉGICOS GLOBALES:
                 GLOBAL
    Al finalizar el período establecido en la Visión del Proyecto Educativo
    Institucional, la Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo habrá
    logrado los siguientes resultados:
IENSS                        Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                        Secretaria de Educación y Cultura Municipal
          INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                      VERSIÓN:
                          OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                      02
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                         MANUAL DE CONVIVENCIA                        18 – 08 – 2009




           Un modelo administrativo y un modelo académico funcionando con
        eficiencia, eficacia, efectividad y pertenencia en el contexto institucional.
           Un equipo interdisciplinario de investigación, formulando propuestas que
        solucionen problemas educativos en instituciones de Preescolar y Básica
        Primaria.
           Un proyecto en ejecución, seguimiento y actualización permanente de
                              ejecución,
        egresados, articulando el funcionamiento de la Institución Educativa Normal
        Superior con el desarrollo de la institución donde se desempeñen.

                                        CAPITULO II.

                              ADMISIÓN Y MATRICULA

ARTÍCULO 5. ADMISIÓN: La admisión es el acto por el cual la IENSS, selecciona
a aquellos estudiantes que de acuerdo con los requisitos y prioridades
establecidas por la Institución puedan matricularse en los grados que esta ofrece,
para ser admitido debe cumplir con los requisitos y procedimientos que a
                                              requisitos
continuación se señalan en las directrices emanadas por el Ministerio de
Educación Nacional, Resolución 1515 de Julio 3 de 2003 y las resoluciones
                                    515
expedidas por la Secretaria de Educación Municipal.

ARTÍCULO 6. DIRECTRICES CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA
                                 CRITERIOS
PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO A NIÑOS, NIÑAS Y JOVENES
DESVINCULADOS DEL CONFLICTO ARMADO Y MENORES DE EDAD HIJOS
DE PERSONAS DESMOVILIZADAS. Se tendrá en cuenta lo dispuesto en el
                   DESMOVILIZADAS
Artículo 3º de la Resolución 2620 del 1 de septiembre de 20
                                                          004.

ARTÍCULO 7. MATRICULAS.
          .

        La matrícula es el acto jurídico (contrato) que formaliza la vinculación del
        aspirante admitido como estudiante regular de la Institución.
        Los estudiantes aspirantes a esta Institución deben presentar certificación
                                                                        certi
        de buen comportamiento expedido por la IENSS o por la Institución
        Educativa de su procedencia.
        Los aspirantes al grado 10º y 11º preferencialmente deben ser de otras
        Normales. Aspirante que haya perdido dos o más años no podrá ser
        matriculado.
        Estudiante de la IENSS que pierda dos o más años consecutivos pierde el
           udiante
        derecho a ser matriculado.
        El aspirante a 6º grado debe tener menos de 14 años.
IENSS                        Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                        Secretaria de Educación y Cultura Municipal
          INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                      VERSIÓN:
                          OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                      02
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                          MANUAL DE CONVIVENCIA                       18 – 08 – 2009



        La matricula se realiza previo cumplimiento de todos los requisitos exigidos,
        así:

Nivel Preescolar:

El Ministerio de Educación mediante Decreto 2247 de Septiembre 11 de 1997
      inisterio
estableció normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel
preescolar, y es la única norma que ha sido expedida a nivel nacional durante esta
década, en especial lo contemplado en el numeral 3 del Artículo 2º el cual expresa
                        contemplado
lo siguiente:

La prestación de servicio público educativo del nivel preescolar se ofrecerá a los
educandos de 5 (cinco) años cumplidos, en el nivel de Transición.
                            cumplidos

Para el ingreso de los grados de Educación Preescolar se exigen los siguientes
documentos:

        Diligenciamiento del formulario de inscripción.
        Registro Civil (original), certificado de vacunas.
        Fotocopia del grupo sanguíneo.
        Certificado de vinculación a un sistema de seguridad social o SISBEN, de
        conformidad con lo establecido con la ley 100 de 1993.
        Fólder colgante, tamaño oficio.
        Fotocopia de la Cédula de los padres.
        Certificado de vecindad.
        Fotocopia de la carta de desplazado, desmovilizado, desvinculado de
        grupos armados, expedido por la red de solidaridad, si es el caso.
                                      por
        Fotocopia del Jefe de Cabildo si pertenece a un Resguardo Indígena.
        Certificado expedido por la I.E.N.S.S. donde certifique que tiene hermanos
        estudiando en esta Institución Educativa, si es el caso.
        Certificado del hogar de bienestar de donde procede o de una institución
        educativa si estudió.
        Orden de matrícula, expedida por el rector.
        Consignación de los derechos académicos.

Nivel de básica primaria:

Para el ingreso de los grados de Educación de la Básica Primaria se exigen los
siguientes documentos:

        Diligenciamiento del formulario de inscripción.
IENSS                       Ministerio de Educación Nacional          CÓDIGO:
                       Secretaria de Educación y Cultura Municipal
          INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                      VERSIÓN:
                          OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                      02
                                                                      FECHA:
                         MANUAL DE CONVIVENCIA                        18 – 08 – 2009



        Registro Civil (original).
        Fotocopia del grupo sanguíneo.
        Certificado de vinculación a un sistema de seguridad social o SISBEN, de
        conformidad con lo establecido con la ley 100 de 1993.
                                                            993.
        Fólder colgante, tamaño oficio.
        Fotocopia de la Cédula de los padres.
        Certificado de vecindad.
        Fotocopia de la carta de desplazado, desmovilizado, desvinculado de
        grupos armados, expedido por la red de solidaridad, si es el caso.
        Fotocopia del Jefe de Cabildo si pertenece a un Resguardo Indígena.
        Certificado expedido por la IENSS donde certifique que tiene hermanos
                                      I
        estudiando en esta Institución Educativa, si es el caso.
        Boletín del grado anterior y/o certificados de estudios cursados en otras
                                                                            ot
        instituciones.
        Orden de matrícula, expedida por el rector.
        Consignación de los derechos académicos.

Nivel de básica secundaria y educación media:

Además de los requisitos de Básica Primaria, se solicita los siguientes:

        Diligenciamiento del formulari de inscripción.
                               formulario
        Registro Civil (original).
        Fotocopia del grupo sanguíneo.
        Certificado de vinculación a un sistema de seguridad social o SISBEN, de
        conformidad con lo establecido con la ley 100 de 1993.
                                                            993.
        Fólder colgante, tamaño oficio.
        Fotocopia de la Cédula de los padres.
                         Cédu
        Certificado de vecindad.
        Fotocopia de la carta de desplazado, desmovilizado, desvinculado de
        grupos armados, expedido por la red de solidaridad, si es el caso.
        Fotocopia del Jefe de Cabildo si pertenece a un Resguardo Indígena.
        Certificado expedido por la IENSS donde certifique que tiene hermanos
                   o
        estudiando en esta Institución Educativa, si es el caso.
        Boletín del grado anterior y/o certificados de estudios cursados en otras
        instituciones.
        Certificado de buen comportamiento expedido por la IENSS o por la
            tificado
        Institución Educativa de su procedencia.
        Orden de matrícula, expedida por el rector.
        Consignación de los derechos académicos.
IENSS                        Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                        Secretaria de Educación y Cultura Municipal
          INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                      VERSIÓN:
                          OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                      02
                                                                      FECHA:
                         MANUAL DE CONVIVENCIA                        18 – 08 – 2009



La matricula extraordinaria o de transferencia será autorizada de conformidad con
las normas vigentes.

La matrícula podrá renovarse en los siguientes eventos:
         ula

        Cuando el alumno haya sido promovido al grado siguiente.
        Cuando a juicio de la comisión de evaluación y promoción el estudiante sea
        promovido a un grado superior dentro del mismo período académico.
        Cuando repruebe el año cursado de acuerdo con lo establecido en el
        artículo 53 del Decreto 1.860 de 1994 y el Decreto 230 de 2002, manifieste
        su voluntad de repetirlo y no tenga antecedentes disciplinarios reiterativos.
        Presentarse dentro de los plazos fijados por la institución la orden de
                                                    por
        matrícula.
        Presentarse a la hora y fecha indicada por la Institución, acompañado por
        sus padres o representante legal con su documentación en regla.

Todos los estudiantes en el momento de la matricula deben firmar:

        El documento S. I. E. (sistema de información escolar)
                     to
        Si un estudiante no se matricula o hace renovación de la misma en el
        periodo establecido por la Institución sin informar previamente por escrito a
        la IENSS, la Institución podrá disponer del cupo sin lugar a reclamaciones
                                                                      rec
        por parte del estudiante afectado.
        Es estudiante Normalista quien se matricula en cualquiera de los niveles y
        ciclos ofrecidos por la IENSS, se considera estudiantes activo. Si el padre
        de familia o acudientes retira oficialmente la documentació del estudiante
                                                        documentación
        queda en condiciones de retirado.

El estudiante que sin mediar ninguna justificación válida deja de asistir a las
actividades pedagógicas a partir de cualquier fecha, pero no retira oficialmente su
documentación, adquiere la condición de estudiante en receso.

El estudiante en receso o retirado para ser nuevamente admitido dependerá del
seguimiento registrado en el observador del alumno.

Programa de Formación Docente:
Admisión:
Para ser admitido en el Programa de Formación Docente el solicitante deberá:

        Acreditar estudios completos de bachillerato y su título de bachiller con
        profundización en pedagogía.
IENSS                        Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                        Secretaria de Educación y Cultura Municipal
          INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                      VERSIÓN:
                          OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                      02
                                                                      FECHA:
                            MANUAL DE CONVIVENCIA                     18 – 08 – 2009



        Solicitar la inscripción conforme a los instructivos que se establezcan.
        Cumplir con los requisitos de admisión fijados.
        Además, se tiene en cuenta el Decreto 0642 de abril 2001.
        Para diligenciar la matricula, los estudiantes deberán presentar los
        siguientes documentos:

          Fotocopia del Diploma.
          Fotocopia del acta de grado.
          Fotocopia del documento de identificación.
          Fotocopia del resultado pruebas ICFES.
                        resulta
          Fotocopia de la consignación.
          Un fólder colgante.
          Certificado médico.

Los estudiantes de otra institución, además de los documentos anteriores, deben
traer los certificados de estudio de 6º a 11º grado.

                                       CAPITULO III.

                                 GOBIERNO ESCOLAR

ARTÍCULO 8. El Gobierno Escolar está conformado por los siguientes
organismos:

        Rector.

        Consejo Directivo

        Consejo Académico

Además de las anteriores instancias, la Institución Educativa Normal Superior de
Sincelejo, cuenta con los siguientes entes de apoyo y asesoría escolar:
                                                               escolar

        Consejo de Estudiante
        Personero de los estudiantes
        Asociación de egresados
        Asociación de Padres de Familia
        Cuerpo de Directivos Docentes
        Jefes de Núcleos Disciplinares.
        Comité de Convivencia Institucional
IENSS                       Ministerio de Educación Nacional          CÓDIGO:
                       Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                      VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                      02
                                                                      FECHA:
                         MANUAL DE CONVIVENCIA                        18 – 08 – 2009



PARÁGRAFO: El Núcleo de Hombre, Mujer y Sociedad es el encargado de
                    Núcleo
asesorar y direccionar los procesos del Gobierno Escolar atendiendo las
disposiciones estipuladas en el PEI.

ARTICULO 9. Elección del Personero de los Estudiantes. El Personero de los
             .
estudiantes se selecciona del último semestre del Programa de Formación
                 selecciona
Docente que la Institución ofrece, elegido en forma democrática.

El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario,
siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto
el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por
el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.

El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de
representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.

ARTICULO 10: Representante de los Estudiantes. El representante de los
               :
estudiantes es un alumno perteneciente al Consejo de estudiantes delegado por
éste al Consejo directivo. La designación se hará mediante voto secreto, previa
                                             hará
postulación voluntaria o del mismo consejo. Será elegido quien obtenga el mayor
número de votos y se hará en el período de elección del personero o con un plazo
máximo de 8 días calendario luego de elegido el Consejo de Es
                                                           Estudiante.

ARTICULO 11: Regla para la organización del Consejo de estudiante,
elección de representante ante el Consejo directivo y elección del personero.
Según la Ley 115 de 1994, la institución organiza su Gobierno Escolar, con la
participación de toda la comunidad normalista.

Para la elección de los miembros del consejo de estudiantes y el personero se
tendrán en cuenta las siguientes reglas:

1. Documentación amplia sobre las funciones de su cargo
           ntación
2. Realización de campaña en dos secciones con la asamblea general de
estudiantes, Asociación de Padres de Familia y los Docentes
3. Durante 8 días realizarán jornadas de divulgación y presentación de propuestas
de los estudiantes
IENSS                      Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                      Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                    VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                             Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                    02
                                                                    FECHA:
                        MANUAL DE CONVIVENCIA                       18 – 08 – 2009



                                     CAPITULO IV.

                       DE LOS DERECHOS Y DEBERES

ARTÍCULO 12. Del código de la infancia y adolescencia. Ley 1
                                                           1.098 de 2006. Libro
1 capitulo 2. Derechos y libertades
                         libertades:

Se entiende por derecho la facultad que tiene toda persona de poder ex
                                                                    exigir el
respeto a su dignidad.

Son derechos de los niños, niñas y adolescentes:

1. Derecho a la vida y a la calidad de vida y a un ambiente sano.
2. Derecho a la integridad personal.
3. Derecho a la rehabilitación y a la resocialización.
4. Derecho de protección
5. Derecho a la libertad y seguridad personal.
6. Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella.
7. Custodia y cuidado personal.
8. Derecho a los alimentos.
9. Derecho a la identidad.
10. Derecho al debido proceso.
11. Derecho a la sal
                  salud.
12. Derecho a la educación
13. Derecho al desarrollo integral en la primera infancia.
14. Derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes.
15. Derecho a la participación de los niños, las niñas y adolescentes.
16. Derecho de asociación y reunión.
                  sociación
17. Derecho a la intimidad.
18. Derecho a la información.
19. Derecho a la protección laboral de los adolescentes autorizados para trabajar:
edad mínima para trabajar 15 años, con autorización de un inspector de trabajo.
20. Derecho de los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad.
21. Libertades fundamenta
               fundamentales.

ARTÍCULO 13. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES DE LA IENSS.
           .

Son derechos de los estudiantes de la Institución Educativa Normal Superior de
Sincelejo IENSS:
IENSS                      Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                      Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                    VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                             Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                    02
                                                                    FECHA:
                       MANUAL DE CONVIVENCIA                        18 – 08 – 2009



1. Derecho a diligenciar la matricula en compañía de uno de los padres o
acudientes en el tiempo estipulado para ello.
2. Participar en la construcción y revisión de los pactos de aula.
3. Ser tratado con respeto, comprensión y justicia.
4. Tener una identidad personal y familiar y gozar de un buen nombre.
5. Desarrollar libremente su personalidad, respetando los derechos de los demás.
6. Participar en los procesos de aprendizaje dentro de un ambiente sano, moral,
social y psicológico.
7. Velar porque el quehacer escolar sea racional y pedagógico, con objetivos
                                 escolar
claros y de carácter formativo.
8. Exigir el cumplimiento del plan curricular.
9. Participar en un proceso evaluativo de manera integral, continuo, cualitativo,
atendiendo a los logros, cognitivo, actitudinal y praxiologico.
                                                   praxiologico.
10. Expresar, discutir y examinar con libertad, doctrinas, opiniones o
conocimientos dentro del debido respeto a las diferencias.
11. Ser escuchado, orientado o asistido por quienes tienen la responsabilidad de
su formación.
12. Conocer antes de iniciar cada periodo los propósitos, indicadores de
                       de
desempeño, criterios de evaluación y competencias propuestos para las distintas
disciplinas.
13. Recibir las explicaciones debidas cuando no se cumplen las horas de clases
establecidas en el horario.
14. Conocer los resultados, correcciones u observaciones a sus trabajos a la
   .
mayor brevedad posible.
15. Conocer los informes de su situación académica y de convivencia una vez
finalice cada periodo académico, antes de la fecha en que deben consignarse en
los respectivos boletines.
16. Solicitar revisión de notas a los tres días siguientes de haber recibido el
boletín.
17. Ser promovido al grado siguiente después de haber aprobado las áreas
respectivas y con un comportamiento que se ajuste al manual de conviv
                                                                   convivencia.
18. Reclamar con debida cordura y siguiendo el conducto regular cuando se sienta
lesionado en sus intereses (docente, orientador de grupo, coordinador,
coordinación de bienestar, rector, consejo directivo).
19. Representar a la institución en todo tipo de eventos para los cuales sea
                                               tipo
elegido o seleccionado.
20. Conocer, aplicar y hacer sugerencias al manual de convivencia.
21. Ser estimulado a desarrollar su espíritu de investigación, sus capacidades y
habilidades individuales.
22. Conocer el observador y registro llevado por docentes y orientador de grupo.
                 observador
23. Ser auxiliado en caso de accidente u otra eventualidad.
IENSS                       Ministerio de Educación Nacional           CÓDIGO:
                       Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                       VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                       02
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24. Elegir y ser elegido en los diferentes cargos en los cuales pueden tener
participación, personero, consejo de estudiante, mediador, re     representante del
grupo y/o monitor.
25. Disfrutar del descanso, recreación y deporte en los tiempos previstos para ello.
26. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI.
27. Tener acceso a medios que faciliten la comunicación interna, tales como:
emisiones radiales, revistas, periódicos, que sirvan de instrumentos afectivos al
libre pensamiento y a la libre expresión (Articulo 14 y 17 Ley 1098 de 2006).

Para que los derechos se cumplan es pertinente el cumplimiento de algunos
                                                      el                   alguno
deberes por parte del Estado, la sociedad, la institución educativa, los padres de
                 te
familia y los estudiantes que para el caso de la IENSS se establecen según los
planteamientos de la ley de infancia y adolescencia y en lo relacionado con los
estudiantes estos surgen como resultado de los pactos de aula.

ARTÍCULO 14. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:

Son deberes de los estudiantes matriculados en la IENSS, toda responsabilidad
                                                     IENSS
que asume al matricularse y que están en la obligación de cumplir, además de:

1. Mostrar vocación pedagógica mediante sus actitudes y su rendimiento
académico.
2. Participar en todas las actividades programadas por la institución y que
requieran su presencia.
3. Evidenciar calidad ética, pedagógica y científica en el ejercicio de su quehacer
cotidiano: en el aula de clases, en la institución educativa y al entrar y al salir de
ella.
4. Contribuir de manera constructiva a la convivencia en el medio escolar y en la
comunidad.
5. Asistir diariamente a la institución educativa con una presentación personal
coherente con lo estipulado:
 oherente

Uniforme de diario:

a) Varones: Jeans clásico azul oscuro, camisuéter encajado, zapatos negros y
medias azul oscuro. (Ver fotos), no usar aretes, pircing o accesorios.
b) Mujeres: falda a cuadros en la mitad de la rodilla, camisuéter encajado,
                                                              c
zapatos negros y medias blancas debajo de la rodilla.(ver fotos), no usar pirsing,
maquillajes ni accesorios extravagantes o de colores diferentes a los de los
uniformes.
IENSS                       Ministerio de Educación Nacional           CÓDIGO:
                       Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                       VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                       02
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Uniforme de Educación Física:

Camiseta y sudadera blanca con los colores de la institución, zapatos tenis
                                     los
blancos y medias blancas. (Ver fotos) no usar aretes, pircing o accesorios
extravagantes o de colores diferentes a los del uniforme.

Uniforme de la promoción:

Solo se utilizará en eventos especiales.
 olo

                               Uniformes de la IENSS




6. Portar uniforme dentro y fuera de la institución con sencillez. Si por algún motivo
                                                                   S
asiste a la Institución Educativa a actividades extracurriculares programadas en la
escuela y haya opción de no portar el uniforme, vestirse recatadamente.
7. Hacer buen uso de celulares, mantenerlos apagados en el aula de clases.
8. Responsabilizarse de sus pertenencias dentro de la instrucción.
9. Acordar con los coordinadores de nivel y el director de grupo las excursiones y
las salidas de campo. Todo bajo la responsabilidad de los padres.
       idas
10. Portar el carné de salud y accidente
11. Utilizar un vocabulario respetuoso, adecuado, ético y respetuo en todo tipo
                                                             respetuoso
de comunicación y con todos los miembros de la Comunidad Educativa.
12. Preservar, cuidar y responder por el estado de los recursos físicos y
        eservar,
materiales, ayudas educativas, propiedad de la institución, que le sean confiados
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                                                                     VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                     02
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para su utilización o dispuestos para su bienestar tales como: aula de clases, sala
de informática, biblioteca, laboratorios, canchas deportivas, baterías sanitarias,
                  biblioteca,
comedor u otros espacios que utilice dentro de la institución.
13. Mantener las paredes limpias y sin letreros, dibujos con mensajes obscenos
que causen daños a la integridad moral de cualquiera de los miembros de la
comunidad educativa, o cualquier expresión de otro tipo que dañe la planta física.
14. Asistir puntualmente a todas las actividades programadas por la institución y
cumplir las obligaciones académicas que derivan de cada una de ellas.
15. Permanecer dentro del aula de clases aprovechando el tiempo libre cuando
falte un docente.
16. Informar oportunamente al orientador de grupo o a los directivos del plantel
cuando se cometa cualquier falta, contra lo establecido en el presente manual.
17. Respetar los valores y símbolos patrios e institucionales como también a las
autoridades legalmente constituidas.
18. Atender y acatar todo llamado de atención que le formulen sus superiores.
19. Respetar y atender las ordenes del monitor, mediador, representante del
curso, en ausencia del orientador del curso o docente.
20. Entregar en la oficina de bienestar y/o coordinación todo objeto que se
encuentre y que no le pertenezca.
21. Estudiar y aplicar las políticas institucionales en los pactos de aul y en el
                                                                       aula
manual de convivencia además de la interacción del quehacer cotidiano al interior
y fuera de la institución.
22. Ser portador y comunicador oportuno, de toda correspondencia (citaciones,
informes, comunicados, etc.) con la familia o acudiente, co  como único mediador o
canal principal entre los estamentos.
23. Velar por el cumplimiento de mis padres o acudientes legal de las citas a
reuniones, citaciones a los actos institucionales o a llamados de atención (escuela
de padres, cursos de capacitación, reuniones, citaciones de seguimiento y estudio
                                      reuniones,
de casos desde Bienestar Institucional)
                    ienestar
24. Reconocer al otro en su diferencia
25. Mantener relaciones intra e inter personales que favorezcan el clima de trabajo
institucional.
26. Participar en actividades académicas, culturales, deportivas y artísticas que se
                              académicas,
desarrollen dentro y fuera de la institución con responsabilidad.
27. Justificar oportunamente la inasistencia a clases, ante el orientador de grupo
y/o coordinador.
28. Cuidar y mantener aseado el salón de clases; los diferentes espacios de
trabajo, patios y demás dependencias del plantel.
           atios
29. Proteger el medio ambiente dentro y fuera de la institución.
30. Realizar el descanso fuera de las aulas de clases
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                                                                        VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                        02
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31. Abstenerse de portar armas y objetos corto punzantes que atenten contra la
integridad física de las demás personas.
32. Abstenerse de ingerir licor o drogas alucinógenas, formar pandillas, fomentar
                                              alucinógenas
peleas, dentro y fuera de los predios de la institución.
33. Evitar las manifestaciones amorosas como besos, caricias y otros
                                                     como
comportamientos inapropiados dentro de la institución o fuera de ella si está en
actividades escolares.
34. Entregar las sillas y el salón limpio y en buen estado al finalizar el año lectivo.
35. Informar a los padres o acudientes responsables, en caso del mal rendimiento
académico.
36. Demostrar apropiación y cumplimiento en todo lo contemplado en el presente
Manual de Convivencia por parte de los estudiantes matriculados en los diferentes
niveles educativos y en especial del Programa de Formación Docente.
                                             rama

ARTÍCULO 15. DEBERES DE LA FAMILIA: (Código de infancia y adolescencia).

La IENSS se acoge a lo reglamentado en el código de la infancia y la adolescencia
para establecer políticas coherentes con la misión y visión Institucional en bien del
desarrollo humano, ético, científico y pedagógico de todos sus miembros.

En lo referente a los deberes de la familia se tendrá en cuenta lo contemplado en
                   os
el Titulo II. GARANTIA DE DERECHOS Y PREVENCION CAPÍTULO I.
                                                   PREVENCION,
OBLIGACIONES DE LA FAMILIA, LA SOCIEDAD Y EL ESTADO, de la Ley 1098
de 2006, en especial lo dispuesto según Artículo 39 OBLIGACIONES DE LA
         ,
FAMILIA:

1. Promover la igualdad, el afecto, la solidaridad y el respeto de sus integrantes.
2. Proteger contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida, dignidad e
                                      que
integridad.
3. Cualquier tipo de violencia entre la familia debe ser sancionada.
4. Participar en los espacios democráticos de discusión, diseño, formulación y
ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de interés para la infancia,
la adolescencia y la familia.
5. Formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de sus derechos y
responsabilidades y en el desarrollo de su autonomía.
6. Promover el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos y
colaborar con la Institución Educativa en la educación sobre este tema.
7. Inscribirlos en el registro civil, salud, educación, recreación, buen trato y
proporcionales una buena nutrición y desarrollo físico y psicológico adecuado.
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                       Secretaria de Educación y Cultura Municipal
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                                                                     VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                     02
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8. Abstenerse de realizar todo acto y conducta que implique maltrato físico, sexual
             e
o psicológico y asistir a los centros de orientación y tratamiento cuando sea
requerida.
9. Abstenerse a exponer a los niños, niñas y adolescentes a explotación
económica.
10. Prevenirles y mantenerles informados sobre los efectos nocivos del uso y
             les
consumo de sustancias psicoactivas legales o ilegales.
11. Proporcionarles a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad trato digno
e igualitario con todos los miembros de la familia y generar condiciones de
equidad, de oportunidades y autonomía para que puedan ejercer sus derechos.
12. Habilitar espacios adecuados y garantizarles su participación en los asuntos
relacionados en su entorno familiar y social.
13. Los directores y educadores de los centros públicos o privados de educación
                     educadores
formal, no formal e informal no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato
físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de
alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión bajo
                                                 queda           s
cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar.

ARTÍCULO 16. DEBERES DEL ESTADO. Se tendrá en cuenta lo dispuesto en el
Artículo 41 del Título II. GARANTIA DE DERECHOS Y PREVENCION, CAPÍTULO
I. OBLIGACIONES DE LA FAMILIA, LA SOCIEDAD Y EL ESTADO, de la Ley
1098 de 2006:

El Estado es el contexto institucional en el desarrollo integra de los niños, las
                                                           integral
niñas y los adolescentes. En cumplimiento de sus funciones en los niveles
nacional, departamental, distrital y municipal deberá:
1. Garantizar y asegurar el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y
adolescentes y restablecerlos cuando estos hayan sido vulnerados.
                                cuando
2. Asegurar las condiciones para el ejercicio de los derechos y prevenir su
amenaza o afectación a través del diseño y la ejecución de políticas públicas
sobre infancia y adolescencia.
3. Garantizar la asignación de los recursos necesarios para el cumplimiento de las
                                    recursos
políticas públicas de niñez y adolescencia, en los niveles nacional, departamental,
distrital y municipal para asegurar la prevalencia de sus derechos.
4. Asegurar la protección y el efectivo restablecimiento de los derechos que han
sido vulnerados.
5. Promover la convivencia pacífica en el orden familiar y social.
6. Investigar y sancionar severamente los delitos en los cuales los niños, las niñas
y las adolescentes son víctimas, y garantizar la reparación del daño y el
restablecimiento de sus derechos vulnerado.
IENSS                        Ministerio de Educación Nacional           CÓDIGO:
                        Secretaria de Educación y Cultura Municipal
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                                                                        VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                        02
                                                                        FECHA:
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7. Resolver con carácter prevalente los recursos, peticiones o acciones judiciales
que presenten los niños, las niñas y los adolescentes, su familia o la sociedad
para la protección de sus derechos.
8. Promover en todos los estamentos de la sociedad, el respeto a la integridad
física, psíquica e intelectual y el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y
los adolescentes y la forma de hacerlos efectivos.
9. Formar a los niños, las niñas y los adolescentes y a las familias en la cultura del
                                         adolescentes
respeto a la dignidad, el reconocimiento de los derechos de los demás, la
convivencia democrática y los valores humanos y en la solución pacifica de los
conflictos.
10. Apoyar a las familias para que estas puedan asegurarles a sus hijos e hijas
                                               puedan
desde su gestación los alimentos necesarios para su desarrollo físico, psicológico
e intelectual, por lo menos hasta que cumpla los 18 años de edad.
11. Garantizar y proteger la cobertura y calidad de la atención a las mujeres   m
gestantes y durante el parto; de manera integral durante los primeros 5 años de
vida del niño, mediante servicios y programas de atención gratuita de calidad,
incluida la vacunación obligatoria contra toda enfermedad prevenible, con agencia
de responsabilidad familiar.
          nsabilidad
12. Garantizar la inscripción y el trámite del registro civil de nacimiento mediante
un procedimiento eficaz y gratuito. Para el efecto, la Registradora Nacional Del
Estado Civil y el Ministerio de la Protección Social conjuntamente reglamentarán el
                                                                      re
trámite administrativo que garantice que el niño o niña salga del centro médico
 rámite
donde nació, con su registro civil de nacimiento y certificado de nacido vivo.
13. Garantizar que los niños, las niñas y los adolescentes tengan acceso al
sistema de seguridad social en salud de manera oportuna. Este derecho se hará
efectivo mediante afiliación inmediata del recién nacido a uno de los regímenes de
ley.
14. Reducir la morbilidad y mortalidad infantil, prevenir y erradicar la desnutrición,
especialmente en los menores de 5 años, y adelantar los programas de
     ecialmente
vacunación y prevención de las enfermedades que afectan a la infancia y a la
adolescencia y de los factores de riesgo de la discapacidad.
15. Asegurar los servicios de salud y subsidios alimentarios definidos en la
                                                         alimentarios
legislación del sistema de seguridad social en salud para mujeres gestantes y
lactantes, familias en situación de debilidad manifiesta y niños, niñas y
      ntes,                                            manifiesta,
adolecentes.
16. Prevenir y atender en forma prevalente, las diferentes formas de violencia y
                                                                 forma
todo tipo de accidentes que atenten contra el derecho a la vida y la calidad de
vida.
17. Garantizar las condiciones para que los niños y las niñas desde su nacimiento,
tengan acceso a una educación idónea y de calidad, bien sea en institu    instituciones
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                                                                     VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                     02
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educativas cercanas a su vivienda o mediante la utilización de tecnologías que
garanticen dicho acceso, tanto en los entornos rurales como urbanos.
18. Asegurar los medios y condiciones que les garanticen la permanencia en el
   .
sistema educativo y el cumplimiento de su ciclo completo de formación.
19. Garantizar un ambiente escolar respetuoso de la dignidad y los derechos
   .
humanos de los niños, las niñas y los adolescentes y desarrollar programas de
formación de maestros para la promoción del buen trato.  trato
20. Erradicar del sistema educativo las prácticas pedagógicas discriminatorias o
   .
excluyentes y las sanciones que conlleven maltrato, o menoscabo de la dignidad o
integridad física, psicológica o moral de los niños, las niñas y los adolescentes
21. Atender las necesidades educativas específicas de los niños, las niñas y los
              r
adolescentes con discapacidad, con capacidades excepcionales y en situaciones
de emergencia.
22. Garantizar la etnoeducación para los niños, las niñas y los adolescentes
indígenas y de otros grupos étnicos, de conformidad con la Constitución Política y
la ley que regule la materia.
23. Diseñar y aplicar estrategias para la prevención y el control de la deserción
escolar y para evitar la expulsión de los niños, las niñas, los niños y adolescentes
                                                                          adol
del sistema educativo.
24. Fomentar el deporte, la recreación y las actividades de supervivencia, y
facilitar los materiales y útiles necesarios para su práctica regular y continuada.
25. Fomentar la participación en la vida cultural y en las artes, la creatividad y
                                                                arte
producción artística, científica y tecnológica de niños, niñas y adolescentes y
consagrar recursos especiales para esto.
26. Prevenir y atender la violencia sexual, las violencias dentro de la familia y el
maltrato infantil y promover la difusión de los derechos sexuales y reproductivos.
                                la
27. Prestar especial atención a los niños, niñas y adolescentes que se encuentren
en situación de riesgos, vulneración o emergencia.
28. Protegerlos contra los desplazamientos arbitrarios que los alejen de su hogar o
de su lugar de residencia habitual.
29. Asegurar que no sean expuestos a ninguna forma de explotación económica o
a la mendicidad y abstenerse de utilizarlos en actividades militares, operaciones
psicológicas, campañas cívico
                           cívico-militares y similares.
30. Protegerlo contra la vinculación y reclutamiento en grupos armados al margen
de la ley.
31. Asegurar alimentos a los niños, las niñas y los adolescentes que se
encuentran en proceso de protección y restablecimiento de sus derechos, sin
perjuicio de las demás personas que deben prestar alimentos en los términos de la
presente ley, y garantizar mecanismos efectivos de exigibilidad y cumplimiento de
las obligaciones alimentarias.
IENSS                        Ministerio de Educación Nacional           CÓDIGO:
                        Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                        VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                        02
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32. Erradicar las peores formas de trabajo infantil, el trabajo de los niños y las
niñas menores de 15 años, proteger a los adolescentes autorizados para trabajar,
y garantizar su acceso y la permanencia en el sistema educativo.
33. Promover estrategias de comunicación educativa para transformar los
patrones culturales que toleran el trabajo infantil y resaltar el valor de la educación
                         toleran
como proceso fundamental para el desarrollo de la niñez.
34. Asegurar la presencia del niño, niña o adolescente en todas las actuaciones
que sean de su interés o que lo involucren cualquiera sea su naturaleza, adoptar
                                                           sea
las medidas necesarias para salvaguardar su integridad física, sicológica y
garantizar el cumplimiento de los términos señalados en la ley o en los
reglamentos frente al debido proceso. Procurar la presencia en dichas actuaciones
de sus padres, de las personas responsables o de su representante legal.
  e
35. Buscar y ubicar a la familia de origen o las personas con quien conviven a la
mayor brevedad posible cuando sean menores de edad no acompañados.
36. Garantizar la asistencia de un traductor o un especialista en comunicación
cuando las condiciones de edad, discapacidad o cultura de los niños, las niñas o
los adolescentes lo exijan.
37. Promover el cumplimiento de las responsabilidades asignadas en el presente
código a los medios de comunicación.
                        c

PARÁGRAFO: Esta enumeración no es taxativa y en todo caso el estado deberá
garantizar de manera prevalente, el ejercicio de todos los derechos de los niños,
las niñas y los adolescentes consagrados en la constitución política, los tratados y
convenios internacionales de derechos humanos y en este código.

ARTÍCULO 17. DEBERES DE LA SOCIEDAD: (Código de infancia y
adolescencia).

En cuanto a la sociedad es pertinente lo dispuesto en el Art
                                                           Artículo 40 del Título II.
GARANTIA DE DERECHOS Y PREVENCION, CAPÍTULO I. OBLIGACIONES DE
LA FAMILIA, LA SOCIEDAD Y EL ESTADO, de la Ley 1098 de 2006 En          2006.
cumplimiento de los principios de corresponsabilidad y solidaridad, las
organizaciones de la sociedad civil, las asociaciones, las empresas, el comerci
                                                                          comercio
organizado, los gremios económicos y demás personas jurídicas, así como las
personas naturales, tienen la obligación y la responsabilidad de tomar parte activa
en el logro de la vigencia efectiva de los derechos y garantías de los niños, las
niñas y los adolescentes. En este sentido, deberán:

1. Desarrollar acciones para prevenir las vulneraciones y asegurar el ejercicio de
los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
IENSS                       Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                       Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                     VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                     02
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2. Participar en la formulación, gestión, evaluación y seguimiento de las políticas
públicas de la infancia y la adolescencia.
3. Denunciar a través de cualquier medio la vulneración de los derechos.

ARTÍCULO 18. DEBERES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS (Código de
infancia y adolescencia).

Para cumplir con la Misión la institución educativa ha de garantizar lo contemplado
                                          educativa
en los artículos 42, 43, 44 y 45 del Título II. GARANTIA DE DERECHOS Y
PREVENCION, CAPÍTULO I. OBLIGACIONES DE LA FAMILIA, LA SOCIEDAD Y
EL ESTADO, de la Ley 1098 de 2006.

Según lo contemplado en al Artículo 42. (Código de infancia y adolescencia), la
                                             (Código
Institución Educativa tendrá, entre otras, las siguientes obligaciones:

1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y
garantizar su permanencia.
2. Brindar una educación pertinente y de calidad.
                                        d
3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad
educativa.
4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro
educativo.
5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento
                                                                p
del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la
comunidad educativa.
6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presente
dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer
programas de orientación psicopedagógica y psicológica.
7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas
culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales
extracurriculares con la comunidad ed educativa para tal fin.
8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y
adolescentes y promover su producción artística, científica y tecnológica.
9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la
cultura.
10. Dotar al establecimiento de laboratorios y biblioteca adecuados, así como de
       otar    establecimiento
los implementos e insumos necesarios para convivir en un ambiente sano y limpio.
11. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación
   .
del patrimonio ambienta, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.
12. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes
   .
especiales.
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                                                                      VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                      02
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13. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo,
  .
condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus
                 económica
derechos.

La Institución Educativa, respecto de su obligación ética fundamental, cumplirá
con lo establecido en el Artículo 43. (Código de infancia y adolescencia). Las
instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas tendrán la
obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno
respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia
escolar. Para tal efecto, deberán:
                          deberá

1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores
fundamentales de la dignidad humana, los derechos humanos, la aceptación, la
tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato
respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes
                   nsiderado
presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes.
2. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de
maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte
                                         humillación,
de los demás compañeros y de los profesores.
3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter
disuasivos, correctivos y reeducativos para impedir la agresión física o psicológica,
los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes
             amientos
con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con
capacidades sobresalientes o especiales.

En cuanto a sus Obligaciones Complementarias, la Institución Educativa tendrá en
cuenta lo dispuesto en el Artículo 44 (Código de infancia y adolescencia). Los
                                                             adolescencia)
directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad
educativa en general pondrá en marcha mecanismos para:

1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento.
2. Establecer la detección oportuna, el apoyo y orientación en caso de
malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar y
explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y
esclavitud, incluida las peores formas de trabajo infantil.
3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud.
4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad,
vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar.
                                             convivencia
5. Proteger a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato,
agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los
demás compañeros o profesores.
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                                                                       VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                       02
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6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter
                                            mecanismos
disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física y psicológica, los
comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y
adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia los niños,
                                                                           l
niñas y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.
7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancia psicoactiva que produce
dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades
competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de
                    ones
las instituciones educativas.
8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos, tecnológicos necesarios para
el acceso y la integración educativa de los niños, niñas y adolescentes con
discapacidad.
9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o
peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes.
10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y
reproductiva y la vida en pareja.

ARTÍCULO 19. ESTIMULOS. La Institución Educativa Normal Superior de
Sincelejo IENSS, la asociación de padres de familia, docentes y otra entidad con
la aprobación del consejo directivo otorgarán incentivos a los alumnos que se
              n                         otorgarán
distingan por su rendimiento académico y comportamental, espíritu investigativo y
        n
práctica pedagógica, cooperación o que sobresalga en certámenes deportivos,
                                                         certámen
culturales o científicos y por su perseverancia.

Estos estímulos podrán ser:

1. Mención en actos públicos como: Izada de banderas, jornadas culturales y en
                       públicos
publicaciones escritas y radiales de la Institución.
2. Publicación o difusión de trabajos en los periódicos murales, en las carteleras, o
cualquier otro medio.
3. Ser elegido para los cargos de representación de los estudiantes representante
                                   representación
al consejo directivo, personero, delegado, mediador representante del grupo,
monitor o cualquier otro.
4. Menciones especiales, con notificación al padre de familia y anotación en el
libro “observador del alumno”.
       observador
5. Derecho a representar la Institución, en todo tipo de certamen o eventos de
carácter local, nacional o internacional y con ayuda económica de la Institución
Educativa, de la Asociación de Padres de Familia o de terceros.
           ,
6. Integrar comisiones o redes como grupo de apoyo que promuevan la sana
convivencia dentro y fuera de la Institución.
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                         Secretaria de Educación y Cultura Municipal
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                                                                        VERSIÓN:
                          OFICINA DE CALIDAD
                                Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                        02
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7. Los estudiantes que obtengan el primer puesto por su rendimiento académico y
comportamiento disciplinar se harán acreedores a la MATRICULA DE HONOR,
igualmente los alumn que obtenga el mayor puntaje en las pruebas SABER e
               alumnos
ICFES
8. Para el Pre-Escolar, todos los niños serán estimulados (reconocimiento) de
                Escolar,
acuerdo a sus actitudes.
9. Exoneración al pago de matrícula del primer semestre del programa de
formación docente a los estudiantes de 11º que ocupen primero y segundo puesto
en las Pruebas ICFES
               ICFES.

ARTÍCULO 20. FALTAS. Para los efectos del presente manual se considera faltas
              .
todo incumplimiento de los deberes previstos en el capítulo IV del presente Manual
de Convivencia.

ARTÍCULO 21. CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS:

        Falta leve: Se consideran faltas leves, entre otras, las siguientes:

   1. Llegar tarde a la Institución Educativa sin excusa justificada.
   2. Asistir a la Institución Educativa con el uniforme incompleto o en forma poco
       adecuada.
   3. El incumplimiento de los deberes escolares.
   4. La falta de colaboración en el aseo del aula y su entorno.
   5. Uso de celulares en las aulas durante el desarrollo de clases o cualquier
       evento institucional.
   6. Descuido o abandono de prendas personales.
   7. Arrojar basuras al piso.
   8. Comprar en la tienda escolar en las horas de clase.
   9. No traer excusa firmada por el acudiente.
   10. Estar fuera en los cambios de clase una vez haya sonado el timbre.
   11. No devolver los libros u otro material bibliográfico a la biblioteca en la fecha
                                                              l
       indicada.
   12. Vender accesorios y realizar rifas en la Institución Educativa sin
       autorización de la dirección.
   13. Sentarse en la silla de profesor o utilizar elementos de su propiedad sin la
       debida autorización.
   14. Sacar la silla del salón de clases sin autorización del director de grupo ó de
                                de
       una autoridad de la Institución Educativa.
   15. No portar el escudo del colegio.
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                          OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                        02
                                                                        FECHA:
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PARÁGRAFO 1: Previo control y seguimiento, la reincidencia por tres ocasiones
                                                la
en violar los deberes o hacer caso omiso a los mismos, constituye falta grave.

PARÁGRAFO 2: PROCEDIMIENTO PARA LOS CORRECTIVOS. Frente a la
      GRAFO
ocurrencia de una falta calificada como leve se tendrá en cuenta el siguiente
procedimiento:

1. Dialogar en primera instancia con las partes implicadas para reconocer los
     ialogar                                                   pa
errores, promover la reconciliación y asumir el compromiso adquirido. El
compromiso se evidenciará en el observador y/o acta de compromiso.
2. En segunda instancia interviene la mediación para comunicar al director de
grupo y asentarlo en el observador de alumno.
3. En tercera instancia se hace el llamado al Padre de Familia o acudiente donde
interviene el coordinador y el equipo de Bienestar Institucional. Cuando el padre
de Familia se ha citado en más de una ocasión y no ha habido cambio      cambios
comportamentales se incurre en una falta grave.

        Falta Grave: Se consideran faltas graves, entre otras, las siguientes:

   1. Uso inadecuado de los uniformes y presentación personal del estudiante
         so
       que ponga en detrimento la imagen de la Institución Educativa en cualquier
       escenario.
   2. Hacer caso omiso a los llamados de atención de los docente directivos y
         acer                                                   docentes,
       administrativos de la Institución Educativa.
   3. Agredir verbalmente a un compañero o cualquier miembro de la Comunidad
           edir
       Educativa.
   4. Retirarse de la Institución sin permiso o autorización de autoridad
                                        sin
       competente.
   5. El uso de vocabulario soez dentro de la Institución.
   6. Interrumpir constantemente el desarrollo de las clases (saboteo).
   7. Daños materiales a los bienes de la Institución.
   8. Toda clase de hurto comprobado.
   9. El porte ó uso de cualquier clase de armas.
            orte
   10. No traer el acudiente o padre de familia sin la debida justificación cuando se
       le cite a la Institución.
   11. Dejar de asistir a la Institución Educativa en el horario escolar sin el debido
       permiso de sus padres ó acudientes.
   12. El manejo destructor de las baterías sanitarias.
   13. Colocar letreros o grafitis en las paredes, sillas, baños y textos, entre otros,
       de la Institución Educativa.
IENSS                       Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                       Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                     VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                     02
                                                                     FECHA:
                        MANUAL DE CONVIVENCIA                        18 – 08 – 2009



   14. Irrespetar de palabra y de hecho a profesores, compañeros o cualquier
       miembro de la Comunidad Educativa.
   15. Agredir físicamente a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
                                                        omunidad
   16. Falsificar firmas o documentos.
   17. Fumar, ingerir o negociar con cigarrillos, o bebidas alcohólicas dentro de la
       Institución o en sus zonas aledañas.
   18. Fumar, ingerir o negociar con sustancias alucinógenas o psicoactivas
       dentro o fuera de la Institución Educativa.
         entro
   19. El acoso o abuso sexual a sus compañeros o miembros de la Comunidad
       Educativa.
   20. La práctica comprobada de homosexualidad y aberraciones sexuales.
   21. Traer revistas o material pornográfico.

PARÁGRAFO 1: La evaluación y el seguimiento a los educandos se llevarán en el
                                  seguimiento
observador diario, haciendo referencia de ello en los libros de control para
acompañar el debido proceso.

PARÁGRAFO 2: PROCEDIMIENTO PARA LOS CORRECTIVOS. Frente a la
                :
ocurrencia de una falta grave, se tomará en cuenta una de las siguientes medidas:

1. Seguimiento de un programa especial con la orientación del equi
     eguimiento                                                        equipo de
Bienestar Institucional (P
                         (Psicólogo(a), Trabajador(a) Social y coordinador co el
                                                       ocial               con
acompañamiento de los padres de familia). Si no se presenta el padre de f  familia
se enviará a casa al estudiante hasta cuando éste lo haga.
2. Agotado el debido proceso y el conducto regular preestablecido en el presente
    gotado
Manual de Convivencia, si el estudiante reincide después de lo pactado y
                onvivencia,          tudiante
evidenciado en el observador del alumno, su situación quedará sometida bajo las
directrices del Comité de Convivencia Institucional.
3. Dependiendo de su actitud y voluntad de rectificación ante el Comité de
Convivencia Institucional, su m
        encia                   matrícula del grado que cursa y para el próximo
grado quedará a la consideración del Consejo Directivo con alguna de las
siguientes condiciones:
        Pérdida del cupo para el año siguiente.
        Cancelación inmediata de su matrícula.

                                       CAPITULO V.

                        DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA

ARTÍCULO 22. NATURALEZA: El Comité de Convivencia de la IENSS, es un
órgano consultor y asesor del Consejo Directivo y del Rector, que busca servir de
                                                      Rector
IENSS                      Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                      Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                    VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                             Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                    02
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                       MANUAL DE CONVIVENCIA                        18 – 08 – 2009



instancia en la solución acertada de conflictos a nivel escolar en el marco del
                                                                e
debido proceso.

ARTÍCULO 23. JUSTIFICACIÓN: El Proyecto Educativo Institucional PEI de la
IENSS no se reduce en exclusiva al desarrollo de la dimensión cognitiva y de las
capacidades intelectuales de nuestros alumnos.         Comprende también, el
desarrollo de habilidades y actitudes que contribuyan a la construcción de una
cultura escolar respetuosa de la dignidad de la persona y promotora de la
colaboración y solidaridad.

La IENSS propende porque sus estudiantes aprendan a vivir juntos y desarrollen
                                                                   desa
capacidades para convertirse en ciudadanos que defiendan y promuevan la no
violencia, el respeto mutuo y la cooperación, contribuyendo de esta manera a
construir un mundo mejor.

Para asegurar que estos aprendizajes y capacidades esenciales de los alumnos
  ara
se desarrollen plenamente, es necesario el compromiso y la participación de toda
la comunidad educativa, desde sus distintos estamentos y funciones, en especial,
de la familia, el estudiante y la Institución Educativa.

ARTÍCULO 24. OBJETIVOS:

GENERAL: Orientar al estudiante para que adquiera una disciplina y una
autonomía escolar desde su quehacer pedagógico, y que sea consciente y
consecuente de la importancia del respeto a la norma para disfrutar de una sana
convivencia escolar.

ESPECÍFICOS:
    Fomentar una pedagogía de convivencia en la comunidad educativa de la
    IENSS para eliminar los manuales de convivencia represivos, que solo
    buscan formar personas sometidas, pasivas, sumisas e indiferentes a los
    problemas sociales y a su retroalimentación, a través de las acciones
    pedagógicas.
    Hacer de los comités de convivencia institucional un lugar de formación
                                             institucional
    permanente donde se potencie a la persona en todas sus dimensiones.
                                         persona
    Propiciar talleres de orientación y formación para la comunidad educativa
    en general, con expectativas a la cultura participativa y al respeto por la
    norma.
    Orientar a la comunidad educativa, para que adquiera criterios propios,
    ordene y clarifique sus acciones y esfuerzos, que le permitan tener
    capacidad de apoyar lo verdadero, lo justo y la acción por los demás.
IENSS                        Ministerio de Educación Nacional               CÓDIGO:
                        Secretaria de Educación y Cultura Municipal
          INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                            VERSIÓN:
                          OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                            02
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                         MANUAL DE CONVIVENCIA                              18 – 08 – 2009



        Revisar y proponer normas en los distintos ámbitos de la convivencia
                                                         ámbitos
        escolar.
        Examinar los distintos ámbitos de la convivencia escolar y promover una
        mayor conciencia en relación a los aprendizajes que estamos fomentando
        desde las prácticas y normas que regulan la cotidianidad; buscando
                                  normas                      cotidianidad
        fortalecer los aprendizajes para la cooperación, el respeto mutuo, el diálogo
        y la solidaridad.
        Revisar y proponer sistemas de comunicación efectiva dentro de la
        comunidad escolar.
        Proponer y programar encuentros para establecer vínculos y fomentar el
        desarrollo socio emocional.

ARTÍCULO 25. CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
INSTITUCIONAL: Anualmente, el Rector de la IENSS convocará a la constitución
del Comité de Convivencia Institucional, levantando un acta de su constitución y
declarando sus objetivos, naturaleza, composición y normas de funcionamiento.

ARTÍCULO 26. COMPOSICIÓN DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
INSTITUCIONAL: El Comité será integrado, al menos, por los siguientes
miembros:

        El Rector de la IENSS o su delegado (que lo presidirá)
        Un representante del Consejo Directivo
        Un representante del Consejo Académico
        Un representante de Consejo de Padres de Familia.
                          del
        Un representante de Consejo Estudiantil
                          del
        El personero de los estudiantes
        Los coordinadores
        Un representante del Equipo de Bienestar Institucion
                                  quipo                Institucional (Psicólogo(a),
        Trabajador(a) Social).
        Un docente delegado de convivencia escolar por cada nivel educativo.

ARTÍCULO 27. FUNCIONES FUNDAMENTALES
                            FUNDAMENTALES                             DEL   COMITÉ      DE
CONVIVENCIA INSTITUCIONAL DE LA IENSS:

a. Revisar y proponer normas de convivencia escolar, expresadas en el presente
                 oner
Manual de Convivencia.
b. Proponer y mejora los sistemas de comunicación interna.
              mejorar
c. Proponer actividades que fomenten la convivencia entre la comunidad
educativa.
IENSS                        Ministerio de Educación Nacional           CÓDIGO:
                        Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                        VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                        02
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                         MANUAL DE CONVIVENCIA                          18 – 08 – 2009



d. Proponer acciones para el encuentro, el intercambio, la colaboración y el
establecimiento de vínculos dentro de la comunidad educativa
e. Fijar directrices, criterios, mecanismos y procedimientos para el tratamiento de
los conflictos y la construcción de convivencia al interior de la Institución Educativa
Normal Superior de Sincelejo IENSS.
  ormal
f. Realizar una oportuna valoración de los ambientes educativos de la IENSS para
orientar el Comité de Convivencia Institucional y Gobierno Escolar en el
tratamiento de las situaciones que puedan generar conflicto y realizar seguimiento
                                                                   reali
a su evolución.
g. Desarrollar actividades para la divulgación de los derechos fundamentales, los
     esarrollar
derechos del niño y las garantías que amparan la comunidad educativa.
                                                                 educativa
h. Propiciar espacios de conciliación para resolver conflictos.
             espacio
i. Evaluar y mediar los conflictos que se presenten entre docentes, docentes y
estudiantes y los que surjan entre estos últimos,

ARTÍCULO 28. REGLAMENTO GENERAL DEL COMITE:

a. El Rector o su delegado convoca, preside y vela en todo momento por el buen
funcionamiento del Comité de Convivencia Institucional.
     ionamiento
b. En forma ordinaria e Comité de Convivencia Institucional se reunirá como
                          el
mínimo una vez por período escolar.
c. El Rector o su delegado podrá convocar en forma extraordinaria para consultar
sobre asuntos que considere pertinentes.
d. Es fundamental que el Comité de Convivencia Institucional ordene sus acciones
                   al
y sesiones sobre la base de un plan de trabajo.
e. El Comité de Convivencia Institucional elegirá por acuerdo un(a) secretario(a),
cuyas funciones, entre otras, serán las siguientes:
        Registrar los contenidos y acuerdos tomados en las sesiones, por un
          egistrar
        miembro estable del Comité de Convivencia Institucional.
                                                             onal.
        Elaborar, suscribir y conservar las actas de cada sesión
                                                          sesión.
        Elaborar una base de datos que permita identificar y caracterizar los
        diferentes tipos de conflictos y el proceso o protocolo que se sigue en su
        tratamiento y presentarlo al comité.
                                     comité
        Convocar a los miembros del Comité para asistir a las sesiones, cuando así
        lo disponga el presidente del Comité.
        Ejercer las demás funciones que le sean asignadas por quien preside el
        Comité de Convivencia Institucional.
f. Después de agotado el debido proceso y el conducto regular preestablecido en
el presente Manual de C        Convivencia, se tendrá en cuenta el siguiente
procedimiento:
IENSS                      Ministerio de Educación Nacional          CÓDIGO:
                      Secretaria de Educación y Cultura Municipal
        INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                     VERSIÓN:
                        OFICINA DE CALIDAD
                             Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                     02
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                       MANUAL DE CONVIVENCIA                         18 – 08 – 2009



  1. El Equipo de Bienestar Institucional (Psicólogo(a), Trabajador(a) Social),
     por autorización escrita del Consejo Directivo, citará al padre de familia y al
     estudiante para notificar por escrito (hora y día) que éste será remitido ante
                                                                               a
     el Comité de Convivencia Institucional como una opción de orientación y de
     ayuda pedagógica para aplicar los correctivos formativos necesarios, con el
     apoyo de la FAMILIA, el ESTUDIANTE y la INSTITUCION EDUCATIVA.
  2. Se dará inicio al comité con la lectura del objetivo y la finalidad de éste,
            ará
     luego un representante del Equipo de Bienestar Institucional (Psicólogo(a),
     Trabajador(a) Social) hará una exposición a todos los integrantes del comité
     del proceso elaborado del estudiante citado, con los respectivos correctivos
     y acciones pedagógicas aplicadas de acuerdo al Manual de C        Convivencia
     Institucional y los resultados obtenidos.
  3. Después de escuchado lo anterior, el estudiante implicado y el padre de
                                            el
     familia pueden desvirtuar con razones bien sustentadas o aceptar lo
     objetado; luego se les solicita al padre de familia y al estudiante que se
     retiren un momento de la reunión para deliberar y aplicar los correctivos de
     acuerdo al Manual de Convivencia Institucional, luego se les solicita al
                                C                         ,
     padre de familia y al estudiante volver de nuevo a la reunión para
     informarles de los correctivos formativos y pedagógicos que se le aplicarán
     de acuerdo con la falta cometida, los cuales serán presentadas al Rector de
                                            cuales
     la IENSS junto con su historial de comportamiento para que sea avalado
     por éste.
  4. En primera instancia, el estudiante no se expulsará de la institución
                                el
     educativa, pero si será excluido de las actividades académicas y
     curriculares, para permanecer en las oficinas de Bienestar Institucional
         riculares,
     según el taller que le corresponda desarrollar recibiendo orientación y
     recomendaciones pertinentes.
  5. Mientras éste suspendido de las actividades académicas, el Equipo de
     Bienestar Instit
                 Institucional enviará excusa firmada a su aula de clase por los
     días que lo requiera. Cuando se reincorpore a su aula de clase el
     estudiante debe estar al día en todas sus actividades académicas y
     sustentar los talleres con la ayuda de su acudiente ante el Comité de
                                                                        Comit
     Convivencia Institucional; se le revisará el compromiso adquirido el cual
     debe estar firmado por su familia o acudiente y será evaluado por el Comité
     hasta que cumpla lo pactado.
  6. El estudiante debe asistir a la Institución Educativa para recibir asesorías
                                                                         aseso
     según el horario establecido por el Equipo de Bienestar Institucional
     portando su uniforme y el diario de campo.
  7. El estudiante tiene un día hábil, después de realizado el comité, para que
     se le notifique la suspensión y entregarle los talleres programados avalados
                                                             pro
     por el señor R Rector o su delegado. Esta suspensión pedagógica y formativa
                                         .
IENSS                        Ministerio de Educación Nacional          CÓDIGO:
                        Secretaria de Educación y Cultura Municipal
          INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                       VERSIÓN:
                          OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                       02
                                                                       FECHA:
                          MANUAL DE CONVIVENCIA                        18 – 08 – 2009



      contempla de uno a cinco días, según las faltas cometidas y reseñadas por
                                                  faltas
      el Manual de Convivencia Institucional.
                     C
   8. El estudiante podrá hacer uso de todos los servicios de Bienestar
                                                                      d
      Institucional que ofrece la IENSS como: restaurante escolar, servicio de
      biblioteca, aula bilingüismo e informática, orientación escolar y pedagógica,
      dialogo con sus profesores en horas que no estén orientando clase.
   9. El personero de los estudiantes tiene voz, pero no poder de decisión al
                              estudiantes
      aplicar los correctivos y acciones.

PARÁGRAFO: Los correctivos serán aplicados por medio de talleres de formación
integral según lo ameriten las causas, para ser desarrollados en familia a la vez
que se elaborará un compromiso de comportamiento y convivencia con la
institución educativa. Por lo general el estudiante es remitido ante el Comité de
Convivencia Institucional cuando tiene una o varias faltas graves y amerita
correctivos inmediatos.

                                       CAPITULO VI.

                                  DE LOS DOCENTES

ARTÍCULO 29. El personal Docente se clasifica en Docentes, Docente orientador
                                                en:
de grupo, Jefe de Área, Docente jefe de núcleo disciplinar y Docentes Directivos.
           efe

        DOCENTE: El que cumple una jornada laboral con una asignación de
        tiempo completo y dependen de los coordinadores.
        DOCENTE ORIENTADOR DE GRUPO: Orienta a los estudiante del grupo
        asignado sobre su rendimiento académico y comportamiento en
        coordinación con el equipo de Bienestar Institucional y los coordinadores.
        DOCENTE JEFE DE AREA: Es escogido por los docentes de áreas
        respectivas y es vocero ante el Consejo Académico.
        DOCENTE JEFE DE NÚCLEO DISCIPLINAR: Depende del coordinador y
        es elegido por los docentes integrantes de cada núcleo. Es el responsable
                                       integrantes
        del desarrollo de los procesos curriculares relativos a las áreas dentro de su
        núcleo y tiene autoridad funcional sobre los docentes del núcleo.
        DOCENTES DIRECTIVOS: Desarrollan funciones de dirección. Son
        directivos el rector y los coordinadores.
                os

ARTÍCULO 30. ESTIMULOS PARA DOCENTES. Además de los contemplados
                .
en el Decreto 2277 de 1979 y 1278 de 2002, los docentes de IENSS gozarán de
los siguientes estímulos:
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Manual De Convivencia Ienss
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  • 1. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 MANUAL DE CONVIVENCIA CONVIVENCI
  • 2. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 MANUAL DE CONVIVENCIA A CAPITULO I ARTÍCULO 1. OBJETO DEL ACUERDO. Modificar y actualizar el Manual de icar Convivencia de la Institución Educativa Normal Superior Sincelejo de Sincelejo onvivencia IENSS e incorporarlo como eje articulador del PEI en concordancia con el siguiente contexto jurídico: Decreto 2787 de 1.987 Constitución Política de 1991 Decreto 272 de 1998 Ley 115 de 1994 Decreto 1860 de 1995 Decreto 3012 de 1997 Decreto 1108 de 1994. Proyecto Educativo Institucional (PEI) Ley 1098 de 2006-Código de la infancia y la adolescencia. 2006 Código ARTÍCULO 2. DEFINICIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Y LOS CULO TÉRMINOS DE INTERÉS EN EL PROYECTO DE CONVIVENCIA. Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o Manual de Convivencia en el Convi cual se definen los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matricula correspondiente en representación de sus hijos estarán aceptando el mismo. (Decreto 1860. de 1994). 1860. 1 El Manual de Convi onvivencia de la Institución Educativa Normal Superior Sincelejo se ha cualificado con el Proyecto de Convivencia denominado: "Abriendo Caminos en la construcción de una nueva sociedad". Este pretende promover el diálogo, como opción que contribuya al desarrollo de procesos de participación, análisis, desarrollo concertación y a la búsqueda de alternativas de solución a la problemática que afectan la sana convivencia. La parte significativa de este proyecto es la incorporación de elementos dinamizadores tales como: LA MEDIACIÓN: Entendida como la tercera parte neutral que facilita el EDIACIÓN: proceso de resolución de conflictos y ayuda a los litigantes a negociar un acuerdo, lo cual da funcionalidad a los pactos de aula. LOS PACTOS DE AULA Son acuerdos conscientes resultantes de un AULA: d proceso de comunicación desde las diferentes miradas de los actores del
  • 3. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 proceso educativo que se hace para convenir o aceptar ciertas condiciones fundamentales para llevar a cabo un trabajo o un modo de vida. ARTÍCULO 3. DEL HORIZONTE INSTITUCIONAL. FILOSOFÍA: La Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo desde la reflexividad filosófica y la toma de conciencia crítica, promueve la formación de personas autónomas, reflexivas y productivas, con habilidades comunicativas para interactuar armónicamente en los ambientes que contacten y capaces de tomar decisiones tendientes a su crecimiento personal en procura de acciones transformadoras de la realidad. VISIÓN: La Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo, es vista como formadora de maestros de alta calidad ética, pedagógica y científica, productora de resultados de investigación pedagógica y convertida en centro de consultaría en asuntos educativos para instituciones de Preescolar y Básica Primaria. MISIÓN: La Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo es una d Institución Educativa Oficial, dedicada a la iniciación del proceso de formación de maestros de reconocida idoneidad ética, pedagógica e investigativa, calificados para asumir la orientación en el proceso de formación que se desarrolla en establecimientos educativos de nivel de en Preescolar y el ciclo de Básica Primaria, de manera coherente, consistente y pertinente. La Institución, en su quehacer pedagógico, está dedicada al desarrollo de operaciones intelectuales superiores que permiten fomentar actitudes de crecimiento personal, de interacción participativa y de conciencia reflexiva que se evidencia en nuestra proyección comunitaria, como reflejo de una Comunidad Pedagógica y científica. PRINCIPIOS: La Institución Educativa Normal Superi de Sincelejo está Superior funcionando de acuerdo con una organización académica y administrativa. La primera, en atención a su esencia y la segunda, para garantizar el desarrollo armónico de su naturaleza. En concordancia con lo anterior, ha definido para el los principios ha ello descritos a continuación: • Respeto por la dignidad de las personas. • Respeto y reconocimiento por las diferencias individuales. • Complementariedad para el logro de objetivos.
  • 4. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 • Búsqueda del bienestar personal y familiar entre los miem miembros de la comunidad educativa. • Orientar procesos educativos encaminados a desarrollar habilidades de pensamiento superior: meta cognición, autorregulación, reflexión, criticidad, debate argumentado, desarrollo humano e inteligencia emocional. • Fomento de la comunicación como eje articulador en el proceso de formación, para que potencialice la capacidad de participación y toma de decisiones. • Abordar el proceso pedagógico desde una perspectiva problémica para desarrollar la observación, la comparación, el análisis la síntesis, la reflexión crítica, con propósitos de construir el saber pedagógico. • Orientar los procesos pedagógicos y didácticos dirigidos a fortalecer la práctica del quehacer pedagógico básico en la formación inicial del maestro. • Concibe la planeación y la evaluación como actividades permanentes, que e guían la gestión académica y administrativa. ARTÍCULO 4. OBJETIVOS. Los objetivos primordiales de la IENSS. Son: CULO OBJETIVOS INSTITUCIONALES: El desarrollo integral de los educandos y la formación de un maestros de alta calidad para desempeñarse en Preescolar y Básica Primaria, atendiendo al perfil de hombre y maestro definido en el PEI. Para ello se precisan dos categorías en los objetivos institucionales: Los Objetivos Educativos y los Estratégicos Globales. E EDUCATIVOS: Formar una persona libre y critica en el acceso al conocimiento, mediante el estudio de contenidos y el desarrollo de proyectos pedagógicos para desempeñarse con autonomía y continuar su proceso de formación como educador en el nivel de Preescolar y Básica Primaria. Reafirmar compromisos positivos, desarrollando en el educando actitudes responsables para con su familia y demás personas con quienes se relaciona, para participar eficientemente en el desarrollo de la Institución en Instituc donde le corresponda desempeñarse. Articular el Programa de Formación Docente con programas de Educación Superior para garantizar la continuidad y cualificación en formación docente. Desarrollar en los estudiantes un sistema de capacidades intelectuales que intelectu le permitan:
  • 5. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 La familiarización, resignificación, producción y creación de conocimientos para enseñar mediante el estudio de la pedagogía y especialmente la didáctica. La apropiación de los saberes extraescolares, incorporándolos a los programas escolares del nivel Preescolar y Básica Primaria. escolares La integración teórica y práctica de las áreas de conocimiento y formación en el Nivel de Preescolar y Básica Primaria. Manejar adecuadamente la libertad de procesos de pensamiento, así como la igualdad de oportunidades, para participar en el desarrollo de un servicio educativo de alta calidad ética, pedagógica, científica e investigativa mediante el ejercicio de la Práctica Pedagógica. Convertir en hábito de conducta diaria, los valores humanos relativos a la convivencia, autonomía, autoestima, respeto, honestidad, sentido de responsabilidad y de pertenencia, equidad, solidaridad y justicia, mediante el desarrollo de proyectos pedagógicos y la observación de una disciplina general en la institución para un desempeño idóneo en su profesión. Desarrollar la capacidad para la operación artística, la comprensión estética, la creatividad, la familiarización con los diferentes medios de expresión artística y el conocimiento, valoración y respeto por los bienes artísticos y culturales mediante el desarrollo de proyectos pedagógicos y sticos actividades propias de su campo. Desarrollar la capacidad para elaborar conceptos básicos, mediante la aplicación del método científico, de acuerdo con la organización del universo, teniendo en cuenta los requerimientos en el nivel de Preescolar y teniendo en el Ciclo de Básica Primaria. Velar por la importancia de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre, a través del desarrollo de contenidos y la práctica de comportamientos relacionados con la salud, los buenos modales y la actividad física, para contribuir en la generación de salud y paz en su entorno. Estos Objetivos se conciben en forma de procesos, porque su logro es Objetivos responsabilidad de todos, desde el Preescolar hasta el Ciclo Complementario de formación docente, en el marco de las diferentes actividades y actitudes asumidas por la Institución. ESTRATÉGICOS GLOBALES: GLOBAL Al finalizar el período establecido en la Visión del Proyecto Educativo Institucional, la Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo habrá logrado los siguientes resultados:
  • 6. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 Un modelo administrativo y un modelo académico funcionando con eficiencia, eficacia, efectividad y pertenencia en el contexto institucional. Un equipo interdisciplinario de investigación, formulando propuestas que solucionen problemas educativos en instituciones de Preescolar y Básica Primaria. Un proyecto en ejecución, seguimiento y actualización permanente de ejecución, egresados, articulando el funcionamiento de la Institución Educativa Normal Superior con el desarrollo de la institución donde se desempeñen. CAPITULO II. ADMISIÓN Y MATRICULA ARTÍCULO 5. ADMISIÓN: La admisión es el acto por el cual la IENSS, selecciona a aquellos estudiantes que de acuerdo con los requisitos y prioridades establecidas por la Institución puedan matricularse en los grados que esta ofrece, para ser admitido debe cumplir con los requisitos y procedimientos que a requisitos continuación se señalan en las directrices emanadas por el Ministerio de Educación Nacional, Resolución 1515 de Julio 3 de 2003 y las resoluciones 515 expedidas por la Secretaria de Educación Municipal. ARTÍCULO 6. DIRECTRICES CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CRITERIOS PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO A NIÑOS, NIÑAS Y JOVENES DESVINCULADOS DEL CONFLICTO ARMADO Y MENORES DE EDAD HIJOS DE PERSONAS DESMOVILIZADAS. Se tendrá en cuenta lo dispuesto en el DESMOVILIZADAS Artículo 3º de la Resolución 2620 del 1 de septiembre de 20 004. ARTÍCULO 7. MATRICULAS. . La matrícula es el acto jurídico (contrato) que formaliza la vinculación del aspirante admitido como estudiante regular de la Institución. Los estudiantes aspirantes a esta Institución deben presentar certificación certi de buen comportamiento expedido por la IENSS o por la Institución Educativa de su procedencia. Los aspirantes al grado 10º y 11º preferencialmente deben ser de otras Normales. Aspirante que haya perdido dos o más años no podrá ser matriculado. Estudiante de la IENSS que pierda dos o más años consecutivos pierde el udiante derecho a ser matriculado. El aspirante a 6º grado debe tener menos de 14 años.
  • 7. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 La matricula se realiza previo cumplimiento de todos los requisitos exigidos, así: Nivel Preescolar: El Ministerio de Educación mediante Decreto 2247 de Septiembre 11 de 1997 inisterio estableció normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar, y es la única norma que ha sido expedida a nivel nacional durante esta década, en especial lo contemplado en el numeral 3 del Artículo 2º el cual expresa contemplado lo siguiente: La prestación de servicio público educativo del nivel preescolar se ofrecerá a los educandos de 5 (cinco) años cumplidos, en el nivel de Transición. cumplidos Para el ingreso de los grados de Educación Preescolar se exigen los siguientes documentos: Diligenciamiento del formulario de inscripción. Registro Civil (original), certificado de vacunas. Fotocopia del grupo sanguíneo. Certificado de vinculación a un sistema de seguridad social o SISBEN, de conformidad con lo establecido con la ley 100 de 1993. Fólder colgante, tamaño oficio. Fotocopia de la Cédula de los padres. Certificado de vecindad. Fotocopia de la carta de desplazado, desmovilizado, desvinculado de grupos armados, expedido por la red de solidaridad, si es el caso. por Fotocopia del Jefe de Cabildo si pertenece a un Resguardo Indígena. Certificado expedido por la I.E.N.S.S. donde certifique que tiene hermanos estudiando en esta Institución Educativa, si es el caso. Certificado del hogar de bienestar de donde procede o de una institución educativa si estudió. Orden de matrícula, expedida por el rector. Consignación de los derechos académicos. Nivel de básica primaria: Para el ingreso de los grados de Educación de la Básica Primaria se exigen los siguientes documentos: Diligenciamiento del formulario de inscripción.
  • 8. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 Registro Civil (original). Fotocopia del grupo sanguíneo. Certificado de vinculación a un sistema de seguridad social o SISBEN, de conformidad con lo establecido con la ley 100 de 1993. 993. Fólder colgante, tamaño oficio. Fotocopia de la Cédula de los padres. Certificado de vecindad. Fotocopia de la carta de desplazado, desmovilizado, desvinculado de grupos armados, expedido por la red de solidaridad, si es el caso. Fotocopia del Jefe de Cabildo si pertenece a un Resguardo Indígena. Certificado expedido por la IENSS donde certifique que tiene hermanos I estudiando en esta Institución Educativa, si es el caso. Boletín del grado anterior y/o certificados de estudios cursados en otras ot instituciones. Orden de matrícula, expedida por el rector. Consignación de los derechos académicos. Nivel de básica secundaria y educación media: Además de los requisitos de Básica Primaria, se solicita los siguientes: Diligenciamiento del formulari de inscripción. formulario Registro Civil (original). Fotocopia del grupo sanguíneo. Certificado de vinculación a un sistema de seguridad social o SISBEN, de conformidad con lo establecido con la ley 100 de 1993. 993. Fólder colgante, tamaño oficio. Fotocopia de la Cédula de los padres. Cédu Certificado de vecindad. Fotocopia de la carta de desplazado, desmovilizado, desvinculado de grupos armados, expedido por la red de solidaridad, si es el caso. Fotocopia del Jefe de Cabildo si pertenece a un Resguardo Indígena. Certificado expedido por la IENSS donde certifique que tiene hermanos o estudiando en esta Institución Educativa, si es el caso. Boletín del grado anterior y/o certificados de estudios cursados en otras instituciones. Certificado de buen comportamiento expedido por la IENSS o por la tificado Institución Educativa de su procedencia. Orden de matrícula, expedida por el rector. Consignación de los derechos académicos.
  • 9. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 La matricula extraordinaria o de transferencia será autorizada de conformidad con las normas vigentes. La matrícula podrá renovarse en los siguientes eventos: ula Cuando el alumno haya sido promovido al grado siguiente. Cuando a juicio de la comisión de evaluación y promoción el estudiante sea promovido a un grado superior dentro del mismo período académico. Cuando repruebe el año cursado de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 del Decreto 1.860 de 1994 y el Decreto 230 de 2002, manifieste su voluntad de repetirlo y no tenga antecedentes disciplinarios reiterativos. Presentarse dentro de los plazos fijados por la institución la orden de por matrícula. Presentarse a la hora y fecha indicada por la Institución, acompañado por sus padres o representante legal con su documentación en regla. Todos los estudiantes en el momento de la matricula deben firmar: El documento S. I. E. (sistema de información escolar) to Si un estudiante no se matricula o hace renovación de la misma en el periodo establecido por la Institución sin informar previamente por escrito a la IENSS, la Institución podrá disponer del cupo sin lugar a reclamaciones rec por parte del estudiante afectado. Es estudiante Normalista quien se matricula en cualquiera de los niveles y ciclos ofrecidos por la IENSS, se considera estudiantes activo. Si el padre de familia o acudientes retira oficialmente la documentació del estudiante documentación queda en condiciones de retirado. El estudiante que sin mediar ninguna justificación válida deja de asistir a las actividades pedagógicas a partir de cualquier fecha, pero no retira oficialmente su documentación, adquiere la condición de estudiante en receso. El estudiante en receso o retirado para ser nuevamente admitido dependerá del seguimiento registrado en el observador del alumno. Programa de Formación Docente: Admisión: Para ser admitido en el Programa de Formación Docente el solicitante deberá: Acreditar estudios completos de bachillerato y su título de bachiller con profundización en pedagogía.
  • 10. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 Solicitar la inscripción conforme a los instructivos que se establezcan. Cumplir con los requisitos de admisión fijados. Además, se tiene en cuenta el Decreto 0642 de abril 2001. Para diligenciar la matricula, los estudiantes deberán presentar los siguientes documentos: Fotocopia del Diploma. Fotocopia del acta de grado. Fotocopia del documento de identificación. Fotocopia del resultado pruebas ICFES. resulta Fotocopia de la consignación. Un fólder colgante. Certificado médico. Los estudiantes de otra institución, además de los documentos anteriores, deben traer los certificados de estudio de 6º a 11º grado. CAPITULO III. GOBIERNO ESCOLAR ARTÍCULO 8. El Gobierno Escolar está conformado por los siguientes organismos: Rector. Consejo Directivo Consejo Académico Además de las anteriores instancias, la Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo, cuenta con los siguientes entes de apoyo y asesoría escolar: escolar Consejo de Estudiante Personero de los estudiantes Asociación de egresados Asociación de Padres de Familia Cuerpo de Directivos Docentes Jefes de Núcleos Disciplinares. Comité de Convivencia Institucional
  • 11. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 PARÁGRAFO: El Núcleo de Hombre, Mujer y Sociedad es el encargado de Núcleo asesorar y direccionar los procesos del Gobierno Escolar atendiendo las disposiciones estipuladas en el PEI. ARTICULO 9. Elección del Personero de los Estudiantes. El Personero de los . estudiantes se selecciona del último semestre del Programa de Formación selecciona Docente que la Institución ofrece, elegido en forma democrática. El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario, siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. ARTICULO 10: Representante de los Estudiantes. El representante de los : estudiantes es un alumno perteneciente al Consejo de estudiantes delegado por éste al Consejo directivo. La designación se hará mediante voto secreto, previa hará postulación voluntaria o del mismo consejo. Será elegido quien obtenga el mayor número de votos y se hará en el período de elección del personero o con un plazo máximo de 8 días calendario luego de elegido el Consejo de Es Estudiante. ARTICULO 11: Regla para la organización del Consejo de estudiante, elección de representante ante el Consejo directivo y elección del personero. Según la Ley 115 de 1994, la institución organiza su Gobierno Escolar, con la participación de toda la comunidad normalista. Para la elección de los miembros del consejo de estudiantes y el personero se tendrán en cuenta las siguientes reglas: 1. Documentación amplia sobre las funciones de su cargo ntación 2. Realización de campaña en dos secciones con la asamblea general de estudiantes, Asociación de Padres de Familia y los Docentes 3. Durante 8 días realizarán jornadas de divulgación y presentación de propuestas de los estudiantes
  • 12. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 CAPITULO IV. DE LOS DERECHOS Y DEBERES ARTÍCULO 12. Del código de la infancia y adolescencia. Ley 1 1.098 de 2006. Libro 1 capitulo 2. Derechos y libertades libertades: Se entiende por derecho la facultad que tiene toda persona de poder ex exigir el respeto a su dignidad. Son derechos de los niños, niñas y adolescentes: 1. Derecho a la vida y a la calidad de vida y a un ambiente sano. 2. Derecho a la integridad personal. 3. Derecho a la rehabilitación y a la resocialización. 4. Derecho de protección 5. Derecho a la libertad y seguridad personal. 6. Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella. 7. Custodia y cuidado personal. 8. Derecho a los alimentos. 9. Derecho a la identidad. 10. Derecho al debido proceso. 11. Derecho a la sal salud. 12. Derecho a la educación 13. Derecho al desarrollo integral en la primera infancia. 14. Derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes. 15. Derecho a la participación de los niños, las niñas y adolescentes. 16. Derecho de asociación y reunión. sociación 17. Derecho a la intimidad. 18. Derecho a la información. 19. Derecho a la protección laboral de los adolescentes autorizados para trabajar: edad mínima para trabajar 15 años, con autorización de un inspector de trabajo. 20. Derecho de los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad. 21. Libertades fundamenta fundamentales. ARTÍCULO 13. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES DE LA IENSS. . Son derechos de los estudiantes de la Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo IENSS:
  • 13. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 1. Derecho a diligenciar la matricula en compañía de uno de los padres o acudientes en el tiempo estipulado para ello. 2. Participar en la construcción y revisión de los pactos de aula. 3. Ser tratado con respeto, comprensión y justicia. 4. Tener una identidad personal y familiar y gozar de un buen nombre. 5. Desarrollar libremente su personalidad, respetando los derechos de los demás. 6. Participar en los procesos de aprendizaje dentro de un ambiente sano, moral, social y psicológico. 7. Velar porque el quehacer escolar sea racional y pedagógico, con objetivos escolar claros y de carácter formativo. 8. Exigir el cumplimiento del plan curricular. 9. Participar en un proceso evaluativo de manera integral, continuo, cualitativo, atendiendo a los logros, cognitivo, actitudinal y praxiologico. praxiologico. 10. Expresar, discutir y examinar con libertad, doctrinas, opiniones o conocimientos dentro del debido respeto a las diferencias. 11. Ser escuchado, orientado o asistido por quienes tienen la responsabilidad de su formación. 12. Conocer antes de iniciar cada periodo los propósitos, indicadores de de desempeño, criterios de evaluación y competencias propuestos para las distintas disciplinas. 13. Recibir las explicaciones debidas cuando no se cumplen las horas de clases establecidas en el horario. 14. Conocer los resultados, correcciones u observaciones a sus trabajos a la . mayor brevedad posible. 15. Conocer los informes de su situación académica y de convivencia una vez finalice cada periodo académico, antes de la fecha en que deben consignarse en los respectivos boletines. 16. Solicitar revisión de notas a los tres días siguientes de haber recibido el boletín. 17. Ser promovido al grado siguiente después de haber aprobado las áreas respectivas y con un comportamiento que se ajuste al manual de conviv convivencia. 18. Reclamar con debida cordura y siguiendo el conducto regular cuando se sienta lesionado en sus intereses (docente, orientador de grupo, coordinador, coordinación de bienestar, rector, consejo directivo). 19. Representar a la institución en todo tipo de eventos para los cuales sea tipo elegido o seleccionado. 20. Conocer, aplicar y hacer sugerencias al manual de convivencia. 21. Ser estimulado a desarrollar su espíritu de investigación, sus capacidades y habilidades individuales. 22. Conocer el observador y registro llevado por docentes y orientador de grupo. observador 23. Ser auxiliado en caso de accidente u otra eventualidad.
  • 14. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 24. Elegir y ser elegido en los diferentes cargos en los cuales pueden tener participación, personero, consejo de estudiante, mediador, re representante del grupo y/o monitor. 25. Disfrutar del descanso, recreación y deporte en los tiempos previstos para ello. 26. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI. 27. Tener acceso a medios que faciliten la comunicación interna, tales como: emisiones radiales, revistas, periódicos, que sirvan de instrumentos afectivos al libre pensamiento y a la libre expresión (Articulo 14 y 17 Ley 1098 de 2006). Para que los derechos se cumplan es pertinente el cumplimiento de algunos el alguno deberes por parte del Estado, la sociedad, la institución educativa, los padres de te familia y los estudiantes que para el caso de la IENSS se establecen según los planteamientos de la ley de infancia y adolescencia y en lo relacionado con los estudiantes estos surgen como resultado de los pactos de aula. ARTÍCULO 14. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES: Son deberes de los estudiantes matriculados en la IENSS, toda responsabilidad IENSS que asume al matricularse y que están en la obligación de cumplir, además de: 1. Mostrar vocación pedagógica mediante sus actitudes y su rendimiento académico. 2. Participar en todas las actividades programadas por la institución y que requieran su presencia. 3. Evidenciar calidad ética, pedagógica y científica en el ejercicio de su quehacer cotidiano: en el aula de clases, en la institución educativa y al entrar y al salir de ella. 4. Contribuir de manera constructiva a la convivencia en el medio escolar y en la comunidad. 5. Asistir diariamente a la institución educativa con una presentación personal coherente con lo estipulado: oherente Uniforme de diario: a) Varones: Jeans clásico azul oscuro, camisuéter encajado, zapatos negros y medias azul oscuro. (Ver fotos), no usar aretes, pircing o accesorios. b) Mujeres: falda a cuadros en la mitad de la rodilla, camisuéter encajado, c zapatos negros y medias blancas debajo de la rodilla.(ver fotos), no usar pirsing, maquillajes ni accesorios extravagantes o de colores diferentes a los de los uniformes.
  • 15. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 Uniforme de Educación Física: Camiseta y sudadera blanca con los colores de la institución, zapatos tenis los blancos y medias blancas. (Ver fotos) no usar aretes, pircing o accesorios extravagantes o de colores diferentes a los del uniforme. Uniforme de la promoción: Solo se utilizará en eventos especiales. olo Uniformes de la IENSS 6. Portar uniforme dentro y fuera de la institución con sencillez. Si por algún motivo S asiste a la Institución Educativa a actividades extracurriculares programadas en la escuela y haya opción de no portar el uniforme, vestirse recatadamente. 7. Hacer buen uso de celulares, mantenerlos apagados en el aula de clases. 8. Responsabilizarse de sus pertenencias dentro de la instrucción. 9. Acordar con los coordinadores de nivel y el director de grupo las excursiones y las salidas de campo. Todo bajo la responsabilidad de los padres. idas 10. Portar el carné de salud y accidente 11. Utilizar un vocabulario respetuoso, adecuado, ético y respetuo en todo tipo respetuoso de comunicación y con todos los miembros de la Comunidad Educativa. 12. Preservar, cuidar y responder por el estado de los recursos físicos y eservar, materiales, ayudas educativas, propiedad de la institución, que le sean confiados
  • 16. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 para su utilización o dispuestos para su bienestar tales como: aula de clases, sala de informática, biblioteca, laboratorios, canchas deportivas, baterías sanitarias, biblioteca, comedor u otros espacios que utilice dentro de la institución. 13. Mantener las paredes limpias y sin letreros, dibujos con mensajes obscenos que causen daños a la integridad moral de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa, o cualquier expresión de otro tipo que dañe la planta física. 14. Asistir puntualmente a todas las actividades programadas por la institución y cumplir las obligaciones académicas que derivan de cada una de ellas. 15. Permanecer dentro del aula de clases aprovechando el tiempo libre cuando falte un docente. 16. Informar oportunamente al orientador de grupo o a los directivos del plantel cuando se cometa cualquier falta, contra lo establecido en el presente manual. 17. Respetar los valores y símbolos patrios e institucionales como también a las autoridades legalmente constituidas. 18. Atender y acatar todo llamado de atención que le formulen sus superiores. 19. Respetar y atender las ordenes del monitor, mediador, representante del curso, en ausencia del orientador del curso o docente. 20. Entregar en la oficina de bienestar y/o coordinación todo objeto que se encuentre y que no le pertenezca. 21. Estudiar y aplicar las políticas institucionales en los pactos de aul y en el aula manual de convivencia además de la interacción del quehacer cotidiano al interior y fuera de la institución. 22. Ser portador y comunicador oportuno, de toda correspondencia (citaciones, informes, comunicados, etc.) con la familia o acudiente, co como único mediador o canal principal entre los estamentos. 23. Velar por el cumplimiento de mis padres o acudientes legal de las citas a reuniones, citaciones a los actos institucionales o a llamados de atención (escuela de padres, cursos de capacitación, reuniones, citaciones de seguimiento y estudio reuniones, de casos desde Bienestar Institucional) ienestar 24. Reconocer al otro en su diferencia 25. Mantener relaciones intra e inter personales que favorezcan el clima de trabajo institucional. 26. Participar en actividades académicas, culturales, deportivas y artísticas que se académicas, desarrollen dentro y fuera de la institución con responsabilidad. 27. Justificar oportunamente la inasistencia a clases, ante el orientador de grupo y/o coordinador. 28. Cuidar y mantener aseado el salón de clases; los diferentes espacios de trabajo, patios y demás dependencias del plantel. atios 29. Proteger el medio ambiente dentro y fuera de la institución. 30. Realizar el descanso fuera de las aulas de clases
  • 17. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 31. Abstenerse de portar armas y objetos corto punzantes que atenten contra la integridad física de las demás personas. 32. Abstenerse de ingerir licor o drogas alucinógenas, formar pandillas, fomentar alucinógenas peleas, dentro y fuera de los predios de la institución. 33. Evitar las manifestaciones amorosas como besos, caricias y otros como comportamientos inapropiados dentro de la institución o fuera de ella si está en actividades escolares. 34. Entregar las sillas y el salón limpio y en buen estado al finalizar el año lectivo. 35. Informar a los padres o acudientes responsables, en caso del mal rendimiento académico. 36. Demostrar apropiación y cumplimiento en todo lo contemplado en el presente Manual de Convivencia por parte de los estudiantes matriculados en los diferentes niveles educativos y en especial del Programa de Formación Docente. rama ARTÍCULO 15. DEBERES DE LA FAMILIA: (Código de infancia y adolescencia). La IENSS se acoge a lo reglamentado en el código de la infancia y la adolescencia para establecer políticas coherentes con la misión y visión Institucional en bien del desarrollo humano, ético, científico y pedagógico de todos sus miembros. En lo referente a los deberes de la familia se tendrá en cuenta lo contemplado en os el Titulo II. GARANTIA DE DERECHOS Y PREVENCION CAPÍTULO I. PREVENCION, OBLIGACIONES DE LA FAMILIA, LA SOCIEDAD Y EL ESTADO, de la Ley 1098 de 2006, en especial lo dispuesto según Artículo 39 OBLIGACIONES DE LA , FAMILIA: 1. Promover la igualdad, el afecto, la solidaridad y el respeto de sus integrantes. 2. Proteger contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida, dignidad e que integridad. 3. Cualquier tipo de violencia entre la familia debe ser sancionada. 4. Participar en los espacios democráticos de discusión, diseño, formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de interés para la infancia, la adolescencia y la familia. 5. Formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de sus derechos y responsabilidades y en el desarrollo de su autonomía. 6. Promover el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos y colaborar con la Institución Educativa en la educación sobre este tema. 7. Inscribirlos en el registro civil, salud, educación, recreación, buen trato y proporcionales una buena nutrición y desarrollo físico y psicológico adecuado.
  • 18. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 8. Abstenerse de realizar todo acto y conducta que implique maltrato físico, sexual e o psicológico y asistir a los centros de orientación y tratamiento cuando sea requerida. 9. Abstenerse a exponer a los niños, niñas y adolescentes a explotación económica. 10. Prevenirles y mantenerles informados sobre los efectos nocivos del uso y les consumo de sustancias psicoactivas legales o ilegales. 11. Proporcionarles a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad trato digno e igualitario con todos los miembros de la familia y generar condiciones de equidad, de oportunidades y autonomía para que puedan ejercer sus derechos. 12. Habilitar espacios adecuados y garantizarles su participación en los asuntos relacionados en su entorno familiar y social. 13. Los directores y educadores de los centros públicos o privados de educación educadores formal, no formal e informal no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión bajo queda s cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar. ARTÍCULO 16. DEBERES DEL ESTADO. Se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Artículo 41 del Título II. GARANTIA DE DERECHOS Y PREVENCION, CAPÍTULO I. OBLIGACIONES DE LA FAMILIA, LA SOCIEDAD Y EL ESTADO, de la Ley 1098 de 2006: El Estado es el contexto institucional en el desarrollo integra de los niños, las integral niñas y los adolescentes. En cumplimiento de sus funciones en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal deberá: 1. Garantizar y asegurar el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y restablecerlos cuando estos hayan sido vulnerados. cuando 2. Asegurar las condiciones para el ejercicio de los derechos y prevenir su amenaza o afectación a través del diseño y la ejecución de políticas públicas sobre infancia y adolescencia. 3. Garantizar la asignación de los recursos necesarios para el cumplimiento de las recursos políticas públicas de niñez y adolescencia, en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal para asegurar la prevalencia de sus derechos. 4. Asegurar la protección y el efectivo restablecimiento de los derechos que han sido vulnerados. 5. Promover la convivencia pacífica en el orden familiar y social. 6. Investigar y sancionar severamente los delitos en los cuales los niños, las niñas y las adolescentes son víctimas, y garantizar la reparación del daño y el restablecimiento de sus derechos vulnerado.
  • 19. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 7. Resolver con carácter prevalente los recursos, peticiones o acciones judiciales que presenten los niños, las niñas y los adolescentes, su familia o la sociedad para la protección de sus derechos. 8. Promover en todos los estamentos de la sociedad, el respeto a la integridad física, psíquica e intelectual y el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes y la forma de hacerlos efectivos. 9. Formar a los niños, las niñas y los adolescentes y a las familias en la cultura del adolescentes respeto a la dignidad, el reconocimiento de los derechos de los demás, la convivencia democrática y los valores humanos y en la solución pacifica de los conflictos. 10. Apoyar a las familias para que estas puedan asegurarles a sus hijos e hijas puedan desde su gestación los alimentos necesarios para su desarrollo físico, psicológico e intelectual, por lo menos hasta que cumpla los 18 años de edad. 11. Garantizar y proteger la cobertura y calidad de la atención a las mujeres m gestantes y durante el parto; de manera integral durante los primeros 5 años de vida del niño, mediante servicios y programas de atención gratuita de calidad, incluida la vacunación obligatoria contra toda enfermedad prevenible, con agencia de responsabilidad familiar. nsabilidad 12. Garantizar la inscripción y el trámite del registro civil de nacimiento mediante un procedimiento eficaz y gratuito. Para el efecto, la Registradora Nacional Del Estado Civil y el Ministerio de la Protección Social conjuntamente reglamentarán el re trámite administrativo que garantice que el niño o niña salga del centro médico rámite donde nació, con su registro civil de nacimiento y certificado de nacido vivo. 13. Garantizar que los niños, las niñas y los adolescentes tengan acceso al sistema de seguridad social en salud de manera oportuna. Este derecho se hará efectivo mediante afiliación inmediata del recién nacido a uno de los regímenes de ley. 14. Reducir la morbilidad y mortalidad infantil, prevenir y erradicar la desnutrición, especialmente en los menores de 5 años, y adelantar los programas de ecialmente vacunación y prevención de las enfermedades que afectan a la infancia y a la adolescencia y de los factores de riesgo de la discapacidad. 15. Asegurar los servicios de salud y subsidios alimentarios definidos en la alimentarios legislación del sistema de seguridad social en salud para mujeres gestantes y lactantes, familias en situación de debilidad manifiesta y niños, niñas y ntes, manifiesta, adolecentes. 16. Prevenir y atender en forma prevalente, las diferentes formas de violencia y forma todo tipo de accidentes que atenten contra el derecho a la vida y la calidad de vida. 17. Garantizar las condiciones para que los niños y las niñas desde su nacimiento, tengan acceso a una educación idónea y de calidad, bien sea en institu instituciones
  • 20. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 educativas cercanas a su vivienda o mediante la utilización de tecnologías que garanticen dicho acceso, tanto en los entornos rurales como urbanos. 18. Asegurar los medios y condiciones que les garanticen la permanencia en el . sistema educativo y el cumplimiento de su ciclo completo de formación. 19. Garantizar un ambiente escolar respetuoso de la dignidad y los derechos . humanos de los niños, las niñas y los adolescentes y desarrollar programas de formación de maestros para la promoción del buen trato. trato 20. Erradicar del sistema educativo las prácticas pedagógicas discriminatorias o . excluyentes y las sanciones que conlleven maltrato, o menoscabo de la dignidad o integridad física, psicológica o moral de los niños, las niñas y los adolescentes 21. Atender las necesidades educativas específicas de los niños, las niñas y los r adolescentes con discapacidad, con capacidades excepcionales y en situaciones de emergencia. 22. Garantizar la etnoeducación para los niños, las niñas y los adolescentes indígenas y de otros grupos étnicos, de conformidad con la Constitución Política y la ley que regule la materia. 23. Diseñar y aplicar estrategias para la prevención y el control de la deserción escolar y para evitar la expulsión de los niños, las niñas, los niños y adolescentes adol del sistema educativo. 24. Fomentar el deporte, la recreación y las actividades de supervivencia, y facilitar los materiales y útiles necesarios para su práctica regular y continuada. 25. Fomentar la participación en la vida cultural y en las artes, la creatividad y arte producción artística, científica y tecnológica de niños, niñas y adolescentes y consagrar recursos especiales para esto. 26. Prevenir y atender la violencia sexual, las violencias dentro de la familia y el maltrato infantil y promover la difusión de los derechos sexuales y reproductivos. la 27. Prestar especial atención a los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en situación de riesgos, vulneración o emergencia. 28. Protegerlos contra los desplazamientos arbitrarios que los alejen de su hogar o de su lugar de residencia habitual. 29. Asegurar que no sean expuestos a ninguna forma de explotación económica o a la mendicidad y abstenerse de utilizarlos en actividades militares, operaciones psicológicas, campañas cívico cívico-militares y similares. 30. Protegerlo contra la vinculación y reclutamiento en grupos armados al margen de la ley. 31. Asegurar alimentos a los niños, las niñas y los adolescentes que se encuentran en proceso de protección y restablecimiento de sus derechos, sin perjuicio de las demás personas que deben prestar alimentos en los términos de la presente ley, y garantizar mecanismos efectivos de exigibilidad y cumplimiento de las obligaciones alimentarias.
  • 21. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 32. Erradicar las peores formas de trabajo infantil, el trabajo de los niños y las niñas menores de 15 años, proteger a los adolescentes autorizados para trabajar, y garantizar su acceso y la permanencia en el sistema educativo. 33. Promover estrategias de comunicación educativa para transformar los patrones culturales que toleran el trabajo infantil y resaltar el valor de la educación toleran como proceso fundamental para el desarrollo de la niñez. 34. Asegurar la presencia del niño, niña o adolescente en todas las actuaciones que sean de su interés o que lo involucren cualquiera sea su naturaleza, adoptar sea las medidas necesarias para salvaguardar su integridad física, sicológica y garantizar el cumplimiento de los términos señalados en la ley o en los reglamentos frente al debido proceso. Procurar la presencia en dichas actuaciones de sus padres, de las personas responsables o de su representante legal. e 35. Buscar y ubicar a la familia de origen o las personas con quien conviven a la mayor brevedad posible cuando sean menores de edad no acompañados. 36. Garantizar la asistencia de un traductor o un especialista en comunicación cuando las condiciones de edad, discapacidad o cultura de los niños, las niñas o los adolescentes lo exijan. 37. Promover el cumplimiento de las responsabilidades asignadas en el presente código a los medios de comunicación. c PARÁGRAFO: Esta enumeración no es taxativa y en todo caso el estado deberá garantizar de manera prevalente, el ejercicio de todos los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes consagrados en la constitución política, los tratados y convenios internacionales de derechos humanos y en este código. ARTÍCULO 17. DEBERES DE LA SOCIEDAD: (Código de infancia y adolescencia). En cuanto a la sociedad es pertinente lo dispuesto en el Art Artículo 40 del Título II. GARANTIA DE DERECHOS Y PREVENCION, CAPÍTULO I. OBLIGACIONES DE LA FAMILIA, LA SOCIEDAD Y EL ESTADO, de la Ley 1098 de 2006 En 2006. cumplimiento de los principios de corresponsabilidad y solidaridad, las organizaciones de la sociedad civil, las asociaciones, las empresas, el comerci comercio organizado, los gremios económicos y demás personas jurídicas, así como las personas naturales, tienen la obligación y la responsabilidad de tomar parte activa en el logro de la vigencia efectiva de los derechos y garantías de los niños, las niñas y los adolescentes. En este sentido, deberán: 1. Desarrollar acciones para prevenir las vulneraciones y asegurar el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
  • 22. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 2. Participar en la formulación, gestión, evaluación y seguimiento de las políticas públicas de la infancia y la adolescencia. 3. Denunciar a través de cualquier medio la vulneración de los derechos. ARTÍCULO 18. DEBERES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS (Código de infancia y adolescencia). Para cumplir con la Misión la institución educativa ha de garantizar lo contemplado educativa en los artículos 42, 43, 44 y 45 del Título II. GARANTIA DE DERECHOS Y PREVENCION, CAPÍTULO I. OBLIGACIONES DE LA FAMILIA, LA SOCIEDAD Y EL ESTADO, de la Ley 1098 de 2006. Según lo contemplado en al Artículo 42. (Código de infancia y adolescencia), la (Código Institución Educativa tendrá, entre otras, las siguientes obligaciones: 1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia. 2. Brindar una educación pertinente y de calidad. d 3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa. 4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. 5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento p del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa. 6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presente dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica. 7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad ed educativa para tal fin. 8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes y promover su producción artística, científica y tecnológica. 9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura. 10. Dotar al establecimiento de laboratorios y biblioteca adecuados, así como de otar establecimiento los implementos e insumos necesarios para convivir en un ambiente sano y limpio. 11. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación . del patrimonio ambienta, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. 12. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes . especiales.
  • 23. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 13. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, . condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus económica derechos. La Institución Educativa, respecto de su obligación ética fundamental, cumplirá con lo establecido en el Artículo 43. (Código de infancia y adolescencia). Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán: deberá 1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los derechos humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes nsiderado presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes. 2. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte humillación, de los demás compañeros y de los profesores. 3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivos, correctivos y reeducativos para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes amientos con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. En cuanto a sus Obligaciones Complementarias, la Institución Educativa tendrá en cuenta lo dispuesto en el Artículo 44 (Código de infancia y adolescencia). Los adolescencia) directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrá en marcha mecanismos para: 1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento. 2. Establecer la detección oportuna, el apoyo y orientación en caso de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluida las peores formas de trabajo infantil. 3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. 4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. convivencia 5. Proteger a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores.
  • 24. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter mecanismos disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física y psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia los niños, l niñas y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. 7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancia psicoactiva que produce dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de ones las instituciones educativas. 8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos, tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad. 9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. 10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja. ARTÍCULO 19. ESTIMULOS. La Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo IENSS, la asociación de padres de familia, docentes y otra entidad con la aprobación del consejo directivo otorgarán incentivos a los alumnos que se n otorgarán distingan por su rendimiento académico y comportamental, espíritu investigativo y n práctica pedagógica, cooperación o que sobresalga en certámenes deportivos, certámen culturales o científicos y por su perseverancia. Estos estímulos podrán ser: 1. Mención en actos públicos como: Izada de banderas, jornadas culturales y en públicos publicaciones escritas y radiales de la Institución. 2. Publicación o difusión de trabajos en los periódicos murales, en las carteleras, o cualquier otro medio. 3. Ser elegido para los cargos de representación de los estudiantes representante representación al consejo directivo, personero, delegado, mediador representante del grupo, monitor o cualquier otro. 4. Menciones especiales, con notificación al padre de familia y anotación en el libro “observador del alumno”. observador 5. Derecho a representar la Institución, en todo tipo de certamen o eventos de carácter local, nacional o internacional y con ayuda económica de la Institución Educativa, de la Asociación de Padres de Familia o de terceros. , 6. Integrar comisiones o redes como grupo de apoyo que promuevan la sana convivencia dentro y fuera de la Institución.
  • 25. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 7. Los estudiantes que obtengan el primer puesto por su rendimiento académico y comportamiento disciplinar se harán acreedores a la MATRICULA DE HONOR, igualmente los alumn que obtenga el mayor puntaje en las pruebas SABER e alumnos ICFES 8. Para el Pre-Escolar, todos los niños serán estimulados (reconocimiento) de Escolar, acuerdo a sus actitudes. 9. Exoneración al pago de matrícula del primer semestre del programa de formación docente a los estudiantes de 11º que ocupen primero y segundo puesto en las Pruebas ICFES ICFES. ARTÍCULO 20. FALTAS. Para los efectos del presente manual se considera faltas . todo incumplimiento de los deberes previstos en el capítulo IV del presente Manual de Convivencia. ARTÍCULO 21. CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS: Falta leve: Se consideran faltas leves, entre otras, las siguientes: 1. Llegar tarde a la Institución Educativa sin excusa justificada. 2. Asistir a la Institución Educativa con el uniforme incompleto o en forma poco adecuada. 3. El incumplimiento de los deberes escolares. 4. La falta de colaboración en el aseo del aula y su entorno. 5. Uso de celulares en las aulas durante el desarrollo de clases o cualquier evento institucional. 6. Descuido o abandono de prendas personales. 7. Arrojar basuras al piso. 8. Comprar en la tienda escolar en las horas de clase. 9. No traer excusa firmada por el acudiente. 10. Estar fuera en los cambios de clase una vez haya sonado el timbre. 11. No devolver los libros u otro material bibliográfico a la biblioteca en la fecha l indicada. 12. Vender accesorios y realizar rifas en la Institución Educativa sin autorización de la dirección. 13. Sentarse en la silla de profesor o utilizar elementos de su propiedad sin la debida autorización. 14. Sacar la silla del salón de clases sin autorización del director de grupo ó de de una autoridad de la Institución Educativa. 15. No portar el escudo del colegio.
  • 26. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 PARÁGRAFO 1: Previo control y seguimiento, la reincidencia por tres ocasiones la en violar los deberes o hacer caso omiso a los mismos, constituye falta grave. PARÁGRAFO 2: PROCEDIMIENTO PARA LOS CORRECTIVOS. Frente a la GRAFO ocurrencia de una falta calificada como leve se tendrá en cuenta el siguiente procedimiento: 1. Dialogar en primera instancia con las partes implicadas para reconocer los ialogar pa errores, promover la reconciliación y asumir el compromiso adquirido. El compromiso se evidenciará en el observador y/o acta de compromiso. 2. En segunda instancia interviene la mediación para comunicar al director de grupo y asentarlo en el observador de alumno. 3. En tercera instancia se hace el llamado al Padre de Familia o acudiente donde interviene el coordinador y el equipo de Bienestar Institucional. Cuando el padre de Familia se ha citado en más de una ocasión y no ha habido cambio cambios comportamentales se incurre en una falta grave. Falta Grave: Se consideran faltas graves, entre otras, las siguientes: 1. Uso inadecuado de los uniformes y presentación personal del estudiante so que ponga en detrimento la imagen de la Institución Educativa en cualquier escenario. 2. Hacer caso omiso a los llamados de atención de los docente directivos y acer docentes, administrativos de la Institución Educativa. 3. Agredir verbalmente a un compañero o cualquier miembro de la Comunidad edir Educativa. 4. Retirarse de la Institución sin permiso o autorización de autoridad sin competente. 5. El uso de vocabulario soez dentro de la Institución. 6. Interrumpir constantemente el desarrollo de las clases (saboteo). 7. Daños materiales a los bienes de la Institución. 8. Toda clase de hurto comprobado. 9. El porte ó uso de cualquier clase de armas. orte 10. No traer el acudiente o padre de familia sin la debida justificación cuando se le cite a la Institución. 11. Dejar de asistir a la Institución Educativa en el horario escolar sin el debido permiso de sus padres ó acudientes. 12. El manejo destructor de las baterías sanitarias. 13. Colocar letreros o grafitis en las paredes, sillas, baños y textos, entre otros, de la Institución Educativa.
  • 27. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 14. Irrespetar de palabra y de hecho a profesores, compañeros o cualquier miembro de la Comunidad Educativa. 15. Agredir físicamente a cualquier miembro de la Comunidad Educativa. omunidad 16. Falsificar firmas o documentos. 17. Fumar, ingerir o negociar con cigarrillos, o bebidas alcohólicas dentro de la Institución o en sus zonas aledañas. 18. Fumar, ingerir o negociar con sustancias alucinógenas o psicoactivas dentro o fuera de la Institución Educativa. entro 19. El acoso o abuso sexual a sus compañeros o miembros de la Comunidad Educativa. 20. La práctica comprobada de homosexualidad y aberraciones sexuales. 21. Traer revistas o material pornográfico. PARÁGRAFO 1: La evaluación y el seguimiento a los educandos se llevarán en el seguimiento observador diario, haciendo referencia de ello en los libros de control para acompañar el debido proceso. PARÁGRAFO 2: PROCEDIMIENTO PARA LOS CORRECTIVOS. Frente a la : ocurrencia de una falta grave, se tomará en cuenta una de las siguientes medidas: 1. Seguimiento de un programa especial con la orientación del equi eguimiento equipo de Bienestar Institucional (P (Psicólogo(a), Trabajador(a) Social y coordinador co el ocial con acompañamiento de los padres de familia). Si no se presenta el padre de f familia se enviará a casa al estudiante hasta cuando éste lo haga. 2. Agotado el debido proceso y el conducto regular preestablecido en el presente gotado Manual de Convivencia, si el estudiante reincide después de lo pactado y onvivencia, tudiante evidenciado en el observador del alumno, su situación quedará sometida bajo las directrices del Comité de Convivencia Institucional. 3. Dependiendo de su actitud y voluntad de rectificación ante el Comité de Convivencia Institucional, su m encia matrícula del grado que cursa y para el próximo grado quedará a la consideración del Consejo Directivo con alguna de las siguientes condiciones: Pérdida del cupo para el año siguiente. Cancelación inmediata de su matrícula. CAPITULO V. DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ARTÍCULO 22. NATURALEZA: El Comité de Convivencia de la IENSS, es un órgano consultor y asesor del Consejo Directivo y del Rector, que busca servir de Rector
  • 28. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 instancia en la solución acertada de conflictos a nivel escolar en el marco del e debido proceso. ARTÍCULO 23. JUSTIFICACIÓN: El Proyecto Educativo Institucional PEI de la IENSS no se reduce en exclusiva al desarrollo de la dimensión cognitiva y de las capacidades intelectuales de nuestros alumnos. Comprende también, el desarrollo de habilidades y actitudes que contribuyan a la construcción de una cultura escolar respetuosa de la dignidad de la persona y promotora de la colaboración y solidaridad. La IENSS propende porque sus estudiantes aprendan a vivir juntos y desarrollen desa capacidades para convertirse en ciudadanos que defiendan y promuevan la no violencia, el respeto mutuo y la cooperación, contribuyendo de esta manera a construir un mundo mejor. Para asegurar que estos aprendizajes y capacidades esenciales de los alumnos ara se desarrollen plenamente, es necesario el compromiso y la participación de toda la comunidad educativa, desde sus distintos estamentos y funciones, en especial, de la familia, el estudiante y la Institución Educativa. ARTÍCULO 24. OBJETIVOS: GENERAL: Orientar al estudiante para que adquiera una disciplina y una autonomía escolar desde su quehacer pedagógico, y que sea consciente y consecuente de la importancia del respeto a la norma para disfrutar de una sana convivencia escolar. ESPECÍFICOS: Fomentar una pedagogía de convivencia en la comunidad educativa de la IENSS para eliminar los manuales de convivencia represivos, que solo buscan formar personas sometidas, pasivas, sumisas e indiferentes a los problemas sociales y a su retroalimentación, a través de las acciones pedagógicas. Hacer de los comités de convivencia institucional un lugar de formación institucional permanente donde se potencie a la persona en todas sus dimensiones. persona Propiciar talleres de orientación y formación para la comunidad educativa en general, con expectativas a la cultura participativa y al respeto por la norma. Orientar a la comunidad educativa, para que adquiera criterios propios, ordene y clarifique sus acciones y esfuerzos, que le permitan tener capacidad de apoyar lo verdadero, lo justo y la acción por los demás.
  • 29. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 Revisar y proponer normas en los distintos ámbitos de la convivencia ámbitos escolar. Examinar los distintos ámbitos de la convivencia escolar y promover una mayor conciencia en relación a los aprendizajes que estamos fomentando desde las prácticas y normas que regulan la cotidianidad; buscando normas cotidianidad fortalecer los aprendizajes para la cooperación, el respeto mutuo, el diálogo y la solidaridad. Revisar y proponer sistemas de comunicación efectiva dentro de la comunidad escolar. Proponer y programar encuentros para establecer vínculos y fomentar el desarrollo socio emocional. ARTÍCULO 25. CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL: Anualmente, el Rector de la IENSS convocará a la constitución del Comité de Convivencia Institucional, levantando un acta de su constitución y declarando sus objetivos, naturaleza, composición y normas de funcionamiento. ARTÍCULO 26. COMPOSICIÓN DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL: El Comité será integrado, al menos, por los siguientes miembros: El Rector de la IENSS o su delegado (que lo presidirá) Un representante del Consejo Directivo Un representante del Consejo Académico Un representante de Consejo de Padres de Familia. del Un representante de Consejo Estudiantil del El personero de los estudiantes Los coordinadores Un representante del Equipo de Bienestar Institucion quipo Institucional (Psicólogo(a), Trabajador(a) Social). Un docente delegado de convivencia escolar por cada nivel educativo. ARTÍCULO 27. FUNCIONES FUNDAMENTALES FUNDAMENTALES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL DE LA IENSS: a. Revisar y proponer normas de convivencia escolar, expresadas en el presente oner Manual de Convivencia. b. Proponer y mejora los sistemas de comunicación interna. mejorar c. Proponer actividades que fomenten la convivencia entre la comunidad educativa.
  • 30. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 d. Proponer acciones para el encuentro, el intercambio, la colaboración y el establecimiento de vínculos dentro de la comunidad educativa e. Fijar directrices, criterios, mecanismos y procedimientos para el tratamiento de los conflictos y la construcción de convivencia al interior de la Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo IENSS. ormal f. Realizar una oportuna valoración de los ambientes educativos de la IENSS para orientar el Comité de Convivencia Institucional y Gobierno Escolar en el tratamiento de las situaciones que puedan generar conflicto y realizar seguimiento reali a su evolución. g. Desarrollar actividades para la divulgación de los derechos fundamentales, los esarrollar derechos del niño y las garantías que amparan la comunidad educativa. educativa h. Propiciar espacios de conciliación para resolver conflictos. espacio i. Evaluar y mediar los conflictos que se presenten entre docentes, docentes y estudiantes y los que surjan entre estos últimos, ARTÍCULO 28. REGLAMENTO GENERAL DEL COMITE: a. El Rector o su delegado convoca, preside y vela en todo momento por el buen funcionamiento del Comité de Convivencia Institucional. ionamiento b. En forma ordinaria e Comité de Convivencia Institucional se reunirá como el mínimo una vez por período escolar. c. El Rector o su delegado podrá convocar en forma extraordinaria para consultar sobre asuntos que considere pertinentes. d. Es fundamental que el Comité de Convivencia Institucional ordene sus acciones al y sesiones sobre la base de un plan de trabajo. e. El Comité de Convivencia Institucional elegirá por acuerdo un(a) secretario(a), cuyas funciones, entre otras, serán las siguientes: Registrar los contenidos y acuerdos tomados en las sesiones, por un egistrar miembro estable del Comité de Convivencia Institucional. onal. Elaborar, suscribir y conservar las actas de cada sesión sesión. Elaborar una base de datos que permita identificar y caracterizar los diferentes tipos de conflictos y el proceso o protocolo que se sigue en su tratamiento y presentarlo al comité. comité Convocar a los miembros del Comité para asistir a las sesiones, cuando así lo disponga el presidente del Comité. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas por quien preside el Comité de Convivencia Institucional. f. Después de agotado el debido proceso y el conducto regular preestablecido en el presente Manual de C Convivencia, se tendrá en cuenta el siguiente procedimiento:
  • 31. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 1. El Equipo de Bienestar Institucional (Psicólogo(a), Trabajador(a) Social), por autorización escrita del Consejo Directivo, citará al padre de familia y al estudiante para notificar por escrito (hora y día) que éste será remitido ante a el Comité de Convivencia Institucional como una opción de orientación y de ayuda pedagógica para aplicar los correctivos formativos necesarios, con el apoyo de la FAMILIA, el ESTUDIANTE y la INSTITUCION EDUCATIVA. 2. Se dará inicio al comité con la lectura del objetivo y la finalidad de éste, ará luego un representante del Equipo de Bienestar Institucional (Psicólogo(a), Trabajador(a) Social) hará una exposición a todos los integrantes del comité del proceso elaborado del estudiante citado, con los respectivos correctivos y acciones pedagógicas aplicadas de acuerdo al Manual de C Convivencia Institucional y los resultados obtenidos. 3. Después de escuchado lo anterior, el estudiante implicado y el padre de el familia pueden desvirtuar con razones bien sustentadas o aceptar lo objetado; luego se les solicita al padre de familia y al estudiante que se retiren un momento de la reunión para deliberar y aplicar los correctivos de acuerdo al Manual de Convivencia Institucional, luego se les solicita al C , padre de familia y al estudiante volver de nuevo a la reunión para informarles de los correctivos formativos y pedagógicos que se le aplicarán de acuerdo con la falta cometida, los cuales serán presentadas al Rector de cuales la IENSS junto con su historial de comportamiento para que sea avalado por éste. 4. En primera instancia, el estudiante no se expulsará de la institución el educativa, pero si será excluido de las actividades académicas y curriculares, para permanecer en las oficinas de Bienestar Institucional riculares, según el taller que le corresponda desarrollar recibiendo orientación y recomendaciones pertinentes. 5. Mientras éste suspendido de las actividades académicas, el Equipo de Bienestar Instit Institucional enviará excusa firmada a su aula de clase por los días que lo requiera. Cuando se reincorpore a su aula de clase el estudiante debe estar al día en todas sus actividades académicas y sustentar los talleres con la ayuda de su acudiente ante el Comité de Comit Convivencia Institucional; se le revisará el compromiso adquirido el cual debe estar firmado por su familia o acudiente y será evaluado por el Comité hasta que cumpla lo pactado. 6. El estudiante debe asistir a la Institución Educativa para recibir asesorías aseso según el horario establecido por el Equipo de Bienestar Institucional portando su uniforme y el diario de campo. 7. El estudiante tiene un día hábil, después de realizado el comité, para que se le notifique la suspensión y entregarle los talleres programados avalados pro por el señor R Rector o su delegado. Esta suspensión pedagógica y formativa .
  • 32. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: MANUAL DE CONVIVENCIA 18 – 08 – 2009 contempla de uno a cinco días, según las faltas cometidas y reseñadas por faltas el Manual de Convivencia Institucional. C 8. El estudiante podrá hacer uso de todos los servicios de Bienestar d Institucional que ofrece la IENSS como: restaurante escolar, servicio de biblioteca, aula bilingüismo e informática, orientación escolar y pedagógica, dialogo con sus profesores en horas que no estén orientando clase. 9. El personero de los estudiantes tiene voz, pero no poder de decisión al estudiantes aplicar los correctivos y acciones. PARÁGRAFO: Los correctivos serán aplicados por medio de talleres de formación integral según lo ameriten las causas, para ser desarrollados en familia a la vez que se elaborará un compromiso de comportamiento y convivencia con la institución educativa. Por lo general el estudiante es remitido ante el Comité de Convivencia Institucional cuando tiene una o varias faltas graves y amerita correctivos inmediatos. CAPITULO VI. DE LOS DOCENTES ARTÍCULO 29. El personal Docente se clasifica en Docentes, Docente orientador en: de grupo, Jefe de Área, Docente jefe de núcleo disciplinar y Docentes Directivos. efe DOCENTE: El que cumple una jornada laboral con una asignación de tiempo completo y dependen de los coordinadores. DOCENTE ORIENTADOR DE GRUPO: Orienta a los estudiante del grupo asignado sobre su rendimiento académico y comportamiento en coordinación con el equipo de Bienestar Institucional y los coordinadores. DOCENTE JEFE DE AREA: Es escogido por los docentes de áreas respectivas y es vocero ante el Consejo Académico. DOCENTE JEFE DE NÚCLEO DISCIPLINAR: Depende del coordinador y es elegido por los docentes integrantes de cada núcleo. Es el responsable integrantes del desarrollo de los procesos curriculares relativos a las áreas dentro de su núcleo y tiene autoridad funcional sobre los docentes del núcleo. DOCENTES DIRECTIVOS: Desarrollan funciones de dirección. Son directivos el rector y los coordinadores. os ARTÍCULO 30. ESTIMULOS PARA DOCENTES. Además de los contemplados . en el Decreto 2277 de 1979 y 1278 de 2002, los docentes de IENSS gozarán de los siguientes estímulos: