9. La patente municipal es un impuesto anual, es decir, da derecho a ejercer la actividad durante 12 meses (año tributario de patente: desde el 01 de Julio de un año al 30 de Junio del año siguiente) y no es proporcional al tiempo trabajado. Se cancela en dos cuotas al inicio de cada semestre: Julio y Enero, respectivamente. Al cerrar un negocio se debe solicitar la anulación de la patente, debiendo encontrarse canceladas las dos cuotas del año tributario de patente. Si se trata de un cierre por cambio de comuna se debe presentar el Cambio de Domicilio tributario y se cancela solo la cuota correspondiente al semestre en curso. En un plazo de 10 días hábiles desde el término del proceso de Declaración de Renta ante el Servicio de Impuestos Internos (que finaliza el 30 de abril de cada año), debe realizarse en el Municipio el trámite de Declaración de Capital, en función de cuya información se calcula el valor de la patente a pagar. No cumplir con este trámite implica una presunción de aumento de capital en 50% y la aplicación de una multa equivalente al 50% del valor de la patente. Esta Declaración se puede realizar también a través de Internet ( www.nunoa.cl ).