Programa Introductorio al Comercio Exterior (Sesión 4): Promoción Comercial, fuentes de financiamientos y medios de pago (Parte 2)
1. Programa Introductorio al Comercio Exterior
(Sesión 4) PROMOCIÓN COMERCIAL, FUENTES
DE FINANCIAMIENTO Y MEDIOS DE PAGO
2. CONSIDERACIONES EN CASO DE EMERGENCIA:
En caso de un incendio o sismo, por favor tomar en cuenta
las siguientes reglas:
• Salir en calma.
• Mujeres embarazadas y colaboradores discapacitados
tendrán prioridad en la salida.
• Coordinar con un compañero el apoyo necesario.
• De ser posible mujeres no utilizar tacos para evacuar.
• No lleve consigo ningún material ni objeto.
• Salir en calma con los brazos sobre la cabeza.
• Evacuación en filas cruzadas, no empujarse.
• Salir por la puerta hasta punto de encuentro,
enumerarse.
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3. 4.1 COMPLICACIONES COMPRA
VENTA INTERNACIONALES
– El tiempo que la mercancía está viajando (tránsito).
– Posibles percances en el viaje.
– Formalidades aduaneras.
– Regulaciones de comercio exterior y los controles de cambio
(diferencia de legislaciones entre países).
– Desconocimiento mutuo entre el importador y el exportador.
– Distintos idiomas, divisas, costumbres, etc.
4. • Exportador: quiere asegurarse que le cancelen
• Importador: quiere asegurarse que le entreguen la mercadería
8. CRÉDITO DOCUMENTARIO
Es un convenio en virtud del cual un Banco, actuando a petición de un
importador y de conformidad con sus instrucciones, se compromete a
efectuar un pago a un exportador contra presentación de una serie de
documentos exigidos dentro de un tiempo límite especificado, siempre y
cuando se hayan cumplido los términos y las condiciones del crédito.
9. CRÉDITO DOCUMENTARIO
El exportador deberá presentar al Banco los documentos que evidencien el
envío de la mercadería. Contra la presentación de los documentos
conformes a las condiciones establecidas en el Crédito, obtendrá el pago o
compromiso. El importador con los documentos podrá retirar la mercancía.
Los Bancos nunca trabajan con mercancías, siempre lo hacen con
documentos
11. PARTES DE UN CRÉDITO
DOCUMENTARIO
Beneficiario. Persona a cuyo favor se emite el crédito y que puede exigir el
pago al Banco Emisor o al pagador una vez ha cumplido las condiciones
estipuladas en el crédito. Es el exportador.
Ordenante. Persona o entidad que solicita la apertura del crédito a su
Banco comprometiéndose a efectuar el pago. Es el importador.
Banco avisador. Es el Banco Corresponsal del Banco Emisor en el país del
exportador. Sólo adquiere el compromiso de avisar al beneficiario de la
apertura del crédito.
12. PARTES DE UN CRÉDITO
DOCUMENTARIO
Banco Confirmador. Garantiza el pago por parte del Banco
Emisor. Se usa cuando las garantías que ofrece el Banco Emisor
no se consideran suficientes. Suele ser el Banco Avisador.
Banco Emisor. Banco elegido por el importador. Confecciona y
realiza la apertura del crédito. Paga el crédito si se cumplen las
condiciones exigidas en el mismo. Es el Banco del Importador.
Banco Negociador. Compra (descuenta) un efecto al
exportador. Aunque el pago suela ser diferido, el exportador cobra
a la vista (con o sin intereses).
Banco Pagador. Generalmente es un Banco en el país del
exportador, que recibe el mandato del Banco Emisor para pagar o
comprometerse al pago contra presentación de la documentación
exigida Para el exportador es conveniente que exista un Banco
Pagador en su país
13. A TENER EN CUENTA
1- Las condiciones del Crédito Documentario concuerden con el
contrato de compraventa.
2- El tipo de crédito sea el acordado. Rechazar créditos revocables.
3- Nuestros datos (nombre y dirección) son correctos.
4- No haya condiciones inaceptables o que no estén bajo nuestro
control.
5- Los documentos puedan obtenerse tal y como indican las
condiciones del Crédito Documentario
6- La descripción de los productos y los precios unitarios coinciden
con el contrato.
7- Sea correcto el importe.
8- Somos responsables por cargos de intereses no previstos.
9- Los gastos bancarios corran por cuenta de la parte estipulada en
el contrato.
14. 10- Las fechas de embarque y vencimiento de presentación de
documentos permitan un margen de tiempo suficiente para
procesar el pedido, embarcarlo, obtener los documentos y
presentarlos al Banco.
11- Sean correctos los puertos de embarque y desembarque o los
lugares de entrega y recepción de la mercancía.
12- La mercancía pueda enviarse de la forma señalada.
13- Los Incoterms sean correctos.
14- Qué tipo de embarque (parcial) y transbordo permite. Si no
especifica nada se entiende que están permitidos.
15- Si la mercancía viaja en cubierta, el crédito permita la carga
On Deck .
16- El seguro coincida con el contrato.
17- Si es pagadero a plazo o a la vista.
18- El Agente de Aduanas tenga una copia de las condiciones.
15. CONVENIO DE CRÉDITOS Y PAGOS
RECÍPROCOS ALADI
Para las operaciones que se cursen entre los países participantes de la
Asociación Latinoamericana de Integración, ALADI se recomienda emplear el
Convenio de Créditos y Pagos Recíprocos, que en la práctica permite contar
con la garantía de los bancos centrales de los países firmantes de dicho
convenio, a saber, Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador,
Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela. Es un mecanismo creado para evitar la
salida de divisas de estos países. Básicamente se trata de una cuenta de
compensación entre los bancos centrales de los países firmantes.
La operatoria es la habitual del medio de pago utilizado, con la excepción de
que debe hacerse expreso en el contrato de compraventa que la operación
se canalizará por dicho convenio. Las partes procederán de acuerdo al medio
de pago pactado, por ejemplo una carta de crédito, haciendo las gestiones
en sus respectivos bancos y solicitando en los mismos la canalización por el
Convenio.
16. CONVENIO DE CRÉDITOS Y PAGOS
RECÍPROCOS ALADI
Una vez cumplimentados los requisitos, el exportador cobrará la operación
en su banco local, el cuál se reembolsará a través del banco central del país
exportador. Los bancos centrales mantienen una cuenta de compensación
que se va saldando periódicamente.
Cabe aclarar que este mecanismo funciona para mercaderías originarias y
negociadas entre los países participantes y que los bancos centrales cuentan
con un listado de bancos autorizados para realizar dicha operatoria. Así, el
exportador beneficiario de una operación, cuenta con la garantía de cobro a
través del banco central de su país, por lo que no debería preocuparle la
situación de solvencia del importador ni de su banco, pudiéndose evitarse la
confirmación del banco del exportador, por ejemplo, si se trata de un crédito
documentario. La utilización de este sistema tiene un costo a favor de los
bancos centrales, que habrá que evaluar a la hora de conjugar la ecuación
de COSTOS-SEGURIDAD-RAPIDEZ de la operatoria de pagos.
17.
18. Sistema Unitario de Compensación
Regional de Pagos (S.U.C.R.E)
Es una unidad de cuenta utilizada en las diferentes transacciones comerciales
de los países miembros del ALBA, a través del Banco del ALBA, los estados
participantes colocan sumas de capital en dicho banco, creando un Fondo de
compensación y otros mecanismos regulatorios.
El propósito fundamental de este mecanismo impulsar la expansión del
comercio intraregional, bajo esquemas de complementariedad productiva,
facilitando los pagos internacionales.
19.
20.
21. INTEGRANTES DEL ALBA
Antigua y Barbuda
Bolivia
Cuba
Dominica
Ecuador
Nicaragua
San Vicente y las Granadinas
Venezuela
Honduras
23. EJEMPLO DE CRÉDITO
DOCUMENTARIO
Imagine que Ud. va a realizar su primera venta con un cliente de Nigeria
(África). El importe de la operación es de 150,000 USD. El IncotermS
seleccionado es FOB. La información que dispone es que Nigeria es un país
en el que hay que asegurar al máximo los cobros. Además, no dispone de
una información financiera suficiente sobre este cliente.
24. Seguramente Ud. pensará que lo mejor y dado que es un país
"delicado" es cobrar por adelantado. De esta forma seguro que
no tiene ningún riesgo en esta operación. Pero el importador
puede tener las mismas dudas sobre Ud. es decir no le conoce
como proveedor y no sabe si le enviará la mercancía (o la
enviará con otro nivel de calidad) si le paga por adelantado.
Además, el cliente Nigeriano tiene otros proveedores externos,
probablemente ingleses, que no le exigen pago por
adelantado, sino con crédito documentario. Por otra parte, en
estos mercados es habitual que los importadores estén
habituados a trabajar con créditos documentarios.
25. Así, ambas partes acuerdan que la forma de pago será CRÉDITO
DOCUMENTARIO IRREVOCABLE. Recuerde que nunca se usan los
revocables.
Ahora deberán negociar las condiciones del crédito, es decir, todos aquellos
documentos y fechas que Ud. deberá cumplir para poder cobrar. Se estipula
que Ud. deberá presentar un certificado de origen, un packing list, facturas y
proformas.
Se ponen unas fechas máximas de embarque y de presentación de
documentos. Ud. observa que todas estas condiciones podrá cumplirlas sin
problemas.
26. Sin embargo, decide ir a su Banco y comentarle esta operación; nunca está
de más tener otra opinión.
El Banco, le dice que mucho cuidado con Nigeria, que en este país hay que
tomar las máximas precauciones. Se han dado casos de créditos
documentarios emitidos por Bancos que no existían por lo que aconseja
CONFIRMAR el crédito.
Por ello, en la investigación de mercados deberemos analizar cual es la forma
de pago adecuada y los costes que implicará, para incluirlos en nuestros
precios.
27. 4.3 CÓDIGO SWIFT
(Society for Worldwide Interbank Financial Telecomunication), es una
sociedad con sede en Bélgica. Es una red telemática bancaria para
procesar transacciones internacionales. Abarca más de 80 países.
Para los créditos recibidos por correo o telex hay que mencionarlo
explícitamente, sin embargo, si el crédito se emite vía SWIFT no hace
falta.
29. DEFINICIÓN
Es un contrato por el cual el Asegurador se
obliga a INDEMNIZAR al asegurado, las
pérdidas finales que experimente a
consecuencia del impago de las facturas,
debido a la Insolvencia de hecho o derecho
de sus deudores
30. Flujo Existente en un Seguro de
Crédito
Proveedor =
“Asegurado”
No hay relación contractual;
La asegurador aprueba los
límites de crédito a los riesgos
Póliza de Seguro
de Crédito
Las deudas son aseguradas
hasta el límite de crédito
Ej.: Revendedor,
minorista
Ej.: Fabricante de ropa
Cliente =
"Riesgo"
Aseguradora
31. CARACTERÍSTICAS
1. Se incorporan Créditos a corto Plazo: Varían desde los 30 hasta los
90 días, excepcionalmente hasta 180 días.
2. Inicio de cobertura: Comienza con la entrega del producto o servicio al
comprador.
3. Vigencia: Un año renovable
32. Cobertura de Riesgo
Comercial
Insolvencia declarada:
quiebra, cesación de pagos a
acreedores.
Insolvencia presunta (mora
prolongada)
Cobertura de Riesgo Político
(Seguro de Crédito a la
Exportación)
Cancelación de Licencias.
Embargo a la exportación -
importación.
Inconvertibilidad de divisas.
Confiscación, expropiación, guerra,
guerra civil, conmoción civil, huelgas.
Cancelación unilateral del contrato
por parte del gobierno de un país,
siendo el Estado el comprador.
33. Aviso de siniestro para Seguro de Crédito a la Exportación
Vencimiento
Pago Factura
Recibió
conforme
el
producto
o servicio
Período
de
Crédito
BANCARROTA:
Indemnización dentro
del mes
VENTAS NO
CUBIERTAS
60 días Gestión de cobro por
parte del Asegurado
20 días máximo
Registrar el aviso
del siniestro
RECUPERACIÓN
Presunta Insolvencia
(Período de impago)
Indemnización
/ Pago
180 días
Gestión de cobro
por parte de
ASEGURADOR
120 días Gestión
ASEGURADOR