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GESTIÓN DE LA SALUD EN EL TRABAJO 
Instrumentos de la Vigilancia Médica Ocupacional 
VMO 
DIPLOMATURA DEL MODERNO SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN (SIG) 
SALUD, SEGURIDAD, AMBIENTE Y PRODUCCIÓN BASADO EN LA CALIDAD 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
gilberto_bt@hotmail.com 
24/10/2014 
(GESTIÓN PREVENTIVA FB4)
1. Salud Ocupacional: Definiciones importantes. 
2. Principales Normas Legales (Interpretación de las Nuevas Normas Legales). 
3. La Vigilancia Médica Ocupacional (VMO) en la gestión de la SST. 
4. Sistemas VMO. 
5. Sistemas Preventivos Promocionales. 
6. Ejemplos de Formatos de Seguimiento y Vigilancia. 
7. Ejemplo de un Programa VMO. 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
AGENDA: 
24/10/2014
SALUD OCUPACIONAL: 
DEFINICIONES IMPORTANTES 
SALUD: 
Es un derecho fundamental que supone un estado de completo bienestar 
físico, mental y social y no solamente la ausencia de afecciones o 
enfermedades o de incapacidad. 
Reglamento de la Ley de SST y Organización Mundial de la Salud (OMS). 
SALUD OCUPACIONAL: 
Rama de la Salud Pública, que tiene como finalidad promover y mantener 
el mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en 
todas las ocupaciones; prevenir todo daño (enfermedad o accidente) a la 
salud, causado por las condiciones de trabajo y por los factores de riesgo 
(en sus conceptos de posibilidad y verbo arriesgar); y adecuar el trabajo 
al colaborador; atendiendo sus aptitudes y capacidades. 
Compatible con el Reglamento de la Ley 29783 de SST 
NOTA: Dentro del marco general de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, está la 
definición técnica de Salud Ocupacional. 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
SALUD OCUPACIONAL: 
DEFINICIONES IMPORTANTES 
VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL (VMO): 
La VMO es el análisis , interpretación y difusión sistemática de datos 
colectados en forma metodológica teniendo como herramienta a las 
evaluaciones médico ocupacionales de los trabajadores, con el objetivo 
de observar o anticipar cambios, que requieran acciones oportunas, 
como la investigación o la aplicación de medidas de prevención y control. 
Raúl Gomero Cuadra , Juan Palomino Baldeón , Carlos Llap Yesán . Los Programas de 
Vigilancia Médica ocupacional en los Centros de Trabajo . Rev Med Hered 17 (2) , 2006 115-116. 
ENFERMEDAD OCUPACIONAL: 
Es la Enfermedad contraída como resultado de la exposición a factores 
de peligro y riesgo (como agentes físicos, químicos, biológicos, 
ergonómicos y psicolaborales), relacionadas al trabajo. 
Reglamento de la Ley de SST 
NOTA: El término Enfermedad Profesional (según RM-480-2008-SA) se utiliza con fines 
legales (en demandas o denuncias) e indemnizatorios (por Seguros o EPS). 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
SALUD OCUPACIONAL 
EMPRESA 
Peligros 
Físicos 
Peligros 
químicos 
Factores de 
Riesgo 
Ergonómicos 
Peligros 
Biológicos 
Factores de 
Riesgo 
Psicosocial 
Peligros de 
Seguridad 
Control de Riesgos 
de Salud 
Ocupacional 
Anual Examen Médico 
Enfermedades 
Ocupacionales 
Accidentes de 
Trabajo 
Enfermedades y 
Accidentes 
Comunes 
Ingreso 
Examen Médico 
Pre Ocupacional 
Atención 
Médica USOE 
Examen Médico 
Ocupacional 
Respuesta a 
emergencias 
médicas 
Ocupacional de 
Retiro 
Salida 
Definir casos de 
Enf. Ocupacional 
Evaluaciones de 
Exposición a 
Peligros 
Ocupacionales 
Rescate 
Asesoría en Salud 
Ocupacional 
Dr. Gilberto Blancas Torres
1. Identificación y 
evaluación del Riesgo 
2. Control del Riesgo 
3. Vigilancia y 
promoción de Salud 
4. Asistencia de 
Salud 
5. Recuperación 
Gestión Multidisciplinaria 
Ergonomía 
Higiene Ocupacional 
Medicina Ocupacional 
Psicología Ocupacional 
Enfermería Ocupacional 
Derecho Laboral y Sanitario. Normas Salud Ocup. 
Medio Ambiente (Gestión 
compartida) 
Seguridad Industrial 
(Gestión compartida) 
SALUD OCUPACIONAL 
24/10/2014 6
SALUD OCUPACIONAL 
Clases de Peligros y Riesgos que causan enfermedades (agentes): 
Físicos 
Químicos 
Ergonómicos 
Biológicos 
Psicosociales 
Ruido, Radiación, Vibración, Temperaturas Extremas (Frío y Calor), Cambios 
de Presión Atmosférica, baja Iluminación 
Sustancias Químicas en diferentes estados (Polvo, Gases, Humos, 
Vapores). 
Trabajo con carga, Movimiento repetitivo, malas posturas. 
Bacterias. Virus, Parásitos, Hongos. 
Carga laboral, supervisión autoritaria, Mooving, Grupo de trabajo Agresivo, 
Sobrecarga de trabajo. 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
SALUD OCUPACIONAL 
Clases de Peligros que causan Riesgos (Posibilidad) de accidente o enfermedad: 
Mecánicos 
Eléctricos 
Químicos 
Ergonómicos 
Biológicos 
Físicos 
Trabajos en altura, partes en movimiento, herramientas punzo cortantes. 
Trabajos en altura, Partes en movimiento, trabajo a desnivel. 
Sustancias Químicas en diferentes estados (Gases, Humos, Vapores). 
Trabajo con carga 
Bacterias. Virus, Parásitos, Hongos. 
Calor, frío 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
SALUD OCUPACIONAL 
Ejemplos de Peligros y daños: 
PELIGROS OCUPACIONALES, Ej. 
DAÑOS, Ej. 
Ruido Pérdida Inducida por Ruido (PAIR) 
ENFERMEDAD 
Polvo Neumoconiosis 
ENFERMEDAD 
Plomo Intoxicación crónica por Plomo 
ENFERMEDAD 
Cianuro Intoxicación Aguda 
ACCIDENTE 
Ejemplos de Riesgos y daños: 
RIESGOS OCUPACIONALES, Ej. 
DAÑOS, Ej. 
Manipulación de carga Desgarro de tendones 
ACCIDENTE 
Ingreso al área con gas fuera del LMP 
(Límite Máximo Permisible) 
Pérdida de conocimiento o muerte 
POSIBLE ACCIDENTE MORATAL 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 
El ignorar la Gestión de la Seguridad Industrial y la Salud 
Ocupacional tiene dos tipos de consecuencias: 
 Una humana, para el Individuo 
 Otra financieras, para la Organización 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014 10
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 
Use ahora, o… Use después? Oido sano: Oido expuesto a ruido: 
11 
11 
COSTOS PARA EL INDIVIDUO: 
Implementos durante la VMO….… o después?: 
24/10/2014
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 
12 
COSTOS PARA LA ORGANIZACION: 
24/10/2014
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 
Una gestión bien realizada en seguridad y salud 
ocupacional, se orienta hacia la confianza y 
satisfacción de los empleados y los accionistas; porque, 
los peligros y riesgos existentes, identificados y 
evaluados, se encontrarán controlados. 
24/10/2014 13
Requisitos Generales OHSAS 18001:2007 
Recursos, funciones, 
responsabilidad, 
responsabilidad 
laboral y autoridad 
Entrenamiento, 
competencia y 
concientización 
Comunicación, 
participación y 
consulta 
Documentación 
Control de 
Documentos 
Control operativo 
Preparación y 
respuesta ante 
emergencias 
Identificación 
de Peligros, 
Evaluación de 
Riesgos y 
Determinación 
de Controles 
Requisitos 
legales y otros 
Objetivos y 
programas 
Medición del 
desempeño y 
monitoreo 
Investigación de 
incidentes, no 
conformidad, 
acciones correctivas 
y preventivas 
Control de 
Registros 
Auditorias 
Internas 
4.2 
POLÍTICA 
4.3 
PLANIFICACIÓN 
4.4 
IMPLEMENTACIÓN Y 
OPERACIÓN 
4.5 VERIFICACIÓN 
Y ACCIONES 
CORRECTIVAS 
4.6 REVISIÓN 
POR LA 
DIRECCIÓN 
Evaluación 
cumplimiento 
legal 
24/10/2014 14
MATRIZ OPERATIVA DE TODO EL PLAN 
Política de SST 
Planeamiento 1. Peligros y Riesgos 
2. Requisitos legales y otros 
3. Objetivos y Programas 
1. Medicion de desempeño y monitoreo 
2. Evaluación de cumplimiento legal, 
3. Investigación de Incidentes, no 
conformidad, acción correctiva y 
preventiva 
4. Control de Registros 
5. Auditoría Interna 
1. Recursos, funciones, 
responsabilidad laboral y autoridad 
2. Entrenamiento, competencia y 
concientización 
3. Comunicación, participacion y 
consulta 
4. Documentación 
5. Control de documentos 
6. Control operativo 
7. Preparación y respuesta a 
emergencias 
Mejora 
Evaluación Continua 
Control y acciones de mejora 
Implementación y 
Ejecución 
1. Revisión por la 
Dirección 
DE SALUD OCUPACIONAL 
24/10/2014 15
MATRIZ OPERATIVA DE TODO EL PLAN 
DE SALUD OCUPACIONAL 
Plan Anual de Salud Ocupacional (PASO): Ejemplo operativo. 
ENE 
FEB 
MAR 
ABR 
MAY 
J UN 
J UL 
AGO 
S ET 
OCT 
NOV 
DIC 
#REF! 
#REF! 
#REF! 
#REF! 
#REF! 
#REF! 
#REF! 
#REF! 
#REF! 
#REF! 
#REF! 
#REF! 
X% 
PROGRAMADO ### ### ### ### ### ### ### ### ### ### ### ### 
AVANZADO ### ### ### ### ### ### ### ### ### ### ### ### 
OBJ ESTRAT 
xxxxxxx yyyyyy 
1 yyyyyy 25/03/201 1 X% 
OBJET ESPECIF 1 xxxxxxx sss x 23/1 2/201 1 Y% 
1 1 1 1 xxxxxx 
1 1 1 1 1 1 1 
1 1 1 1 
OBJET ESPECIF 2 aaaaaa sss 1 xxxxxx Cumplido B% 
1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 
1 1 1 1 1 
1 1 
1 1 
1 A% 
1 
1 
A% 
1 
xxxxxx 26/1 2/201 1 
OBJET ESPECIF 3 Control de riesgos yyyyyy 3 B% 
1 1 1 1 1 1 1 A% 
Mas ter de Vale y 
el de Contratas 
1 1 1 1 1 xxxxxx 
PASO 2011 
xxxxxx 
26/1 2/201 1 
xxxxxx 
xxxxxx 
xxxxxx 
26/1 2/201 1 
ACTIV 2.1 xxxxxxx xxxx 
100 26/1 2/201 1 
ACTIV 2.1 xxxxxxx xxxx 
100 
ACTIV 2.1 xxxxxxx xxxx 
100 
27/1 2/201 1 
ACTIV 1.1 yyyy yyyyyy 
1 25/03/201 1 
CODIGO 
OBJ ET IVO / 
ACT IVIDAD 
META 
ACTIV 1.2 yyyy yyyyyy 
4 
Jus tificac ión del 
incumplimiento 
INDICADOR Res pons able PLAZO Evidenc ia 
xxxxxx 
xxxxxx 
Z% 
xxxxxx 
N% 
Z% 
ACTIV 2.1 xxxxxxx xxxx 
100 26/1 2/201 1 
ACTIV 2.1 xxxxxxx xxxx 
100 
A% xxxxxx 
xxxxxx 
xxxxxx 
xxxxxx 
xxxxxx 
Cumplimi 
ento por 
objetivo/a 
Cronograma 201 1 
24/10/2014 Dr. Gilberto Blancas Torres 16
Documento para 
Registro de Gestión de Acciones de Mejora 
(REGAM): 
REGISTRO DE ACCIONES DE MEJORA - RAM 
SIEMPRE XX 
día de semana 
LOGO DE LA 
EMPRESA 
Nro 
Fecha de 
origen 
Acción de Mejora 
ORIGEN DE LA 
ACCIÓN 
Responsable Fecha 1er Plazo 
Nro 
postergaciones 
Fecha Plazo 
Postergado 
Días de Retraso Estatus a la Fecha 
Comentarios / Sustento de 
cumplimiento 
0 
0 
0 
0 
0 
0 
0 
0 
0 
0 
0 
0 
0 
REGISTRO 
Siglas/Codigo 
VERSION NºXX 
DD/MM/AA 
FECHA RESPONSABLE DEL RAM: XXXX DE ACTUALIZACION 
24/10/2014 Dr. Gilberto Blancas Torres 17
PRINCIPALES NORMAS LEGALES EN 
SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
Ley Nº 26842: Ley General de Salud: 
Cap. VII: De la Higiene y Seguridad en los 
Ambientes de Trabajo: 
Art 100: “Quienes conduzcan o administren 
actividades de extracción, producción, 
transporte y comercio de bienes o servicios, 
cualesquiera que éstos sean, tienen la 
obligación de adoptar las medidas 
necesarias para garantizar la protección de 
la salud y la seguridad de los trabajadores y 
de terceras personas en sus instalaciones o 
ambientes de trabajo”.
Ley Nº 29783: Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo del 20/08/11 
(su modificatoria: Ley 30222): 
Art 26 (c): “El empleador está obligado a: … Disponer de una supervisión efectiva, para 
asegurar la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores”; VIDEO1. 
Art 29 y 30: Comité de SST y Supervisor de SST, con funciones definidas en el Reglamento 
de SST. 
Art 36: Los Servicios de SST tienen 11 funciones: IPERC, Asesoría, Vigilancia Ambiental y 
de Salud, Capacitaciones, Organización de PPAA y Atenciones de Urgencias, Participación 
en Análisis de Accidentes y Enfermedades Laborales; 
Art 37: Elaboración de la Línea Base del SGSST a través de una evaluación inicial del 
diagnóstico del estado de SST; 
Art 49 (d): “Obligaciones del empleador: … Practicar Exámenes Médicos antes, durante y 
al término de la relación laboral a los trabajadores, acordes con los riesgos a los que están 
expuestos en sus labores, a cargo del empleador”; 
Art 79 (e): “Obligaciones del trabajador: … Someterse a los exámenes médicos a que 
estén obligados por norma expresa, siempre y cuando se garantice la confidencialidad el 
acto médico”; y, 
Art 36 (f): “Servicios de salud y seguridad en el trabajo: … Vigilancia de la salud de los 
trabajadores en relación con el trabajo”. 
NOTA: La RM-050-2013-TR, especifica el modelo de “Línea Base” (Check List de Lineamientos del SGSST) 
24/10/2014 19
DS-005-2012-TR: Reglamento de Ley de SST del 25/04/12 
(modificatoria: DS-006-2014-TR): 
Art 33: “Los registros obligatorios del SGSST son ocho: 1- Registro de Accidentes de Trabajo 
y Enfermedades Ocupacionales, Incidentes Peligrosos y otros incidentes, con la investigación 
respectiva y las medidas correctivas; 2- Registro de Exámenes Médicos Ocupacionales; 3- 
Registro del Monitoreo de Agentes Físicos, Químicos, Ergonómicos, Biológicos y 
Psicosociales; 4- Registro de Inspecciones Internas de SST; 5- Registro de Estadísticas de 
Seguridad y Salud; 6- Registro de Equipos de Seguridad o Emergencia; 7- Registro de 
Inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia; 8- Registro de 
Auditorías. 
Art 38, 39 y 42: Comité de SST, Supervisor de SST, Funciones. 
Art 101: “El empleador debe realizar los exámenes médicos comprendidos en el inciso d) del 
Art 49 de la Ley, acorde a las labores desempeñadas por el trabajador en su récord histórico 
en la organización, dándole énfasis a los riesgos a los que estuvo expuesto a lo largo del 
desempeño laboral. Los exámenes médicos deben ser realizados respetando lo dispuesto en 
los Documentos Técnicos de la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores expedidos por el 
Ministero de Salud, o por el organismo competente según corresponda”. 
Art 107: “… los exámenes médicos son aquellos expresamente catalogados como 
obligatorios, según las normas expedidas por el MINSA. La negativa del trabajador a 
someterse a exámenes no obligatorios no podrá considerarse como falta sujeta a sanción 
por parte del empleador, con excepción de aquellos exámenes exigidos por normas internas 
de la organización en el caso de tratarse de actividades del alto riesgo …”. 
24/10/2014 20
RM-312-2011-TR: Protocolos de Exámenes Médicos Ocupacionales y Guías de Diagnóstico de los 
Exámenes Médicos Obligatorios por Actividad (modificatorias: RM-004-2014-TR y RM-571-2014-SA) 
III Objetivo: “Establecer el procedimiento de vigilancia de la salud de los trabajadores para identificar y 
controlar los riesgos ocupacionales en el trabajador, proporcionando información probatoria para 
fundamentar las medidas de prevención y control en los ambientes de trabajo”. 
VI: 6.3: “VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES: Hay dos tipos: 
a) Evaluaciones del Estado de Salud de los Trabajadores: Son evaluaciones médicas de la salud de los 
trabajadores antes, a intervalos periódicos, y después de terminar el desarrollo de las actividades en 
un puestos de trabajo, que entrañen riesgos susceptibles de provocar perjuicios para su salud o de 
contribuir a tales perjuicios. Así como en el análisis de la ocurrencia de accidentes de trabajo, 
enfermedades relacionadas al trabajo y de estados pre patogénicos en un periodo de tiempo.”… 
b) Evaluaciones de Riesgos para la Salud de los Trabajadores: “Evaluaciones cualitativas de los agentes 
o factores de riesgo de naturaleza físico, químico, y biológicos de acuerdo la metodologías de la 
Gestión del Riesgo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo del Perú (MTPE), del National 
Institut for Occupational Safety and Health de los EE.UU. (NIOSH) o de la Occupational Safety y Health 
Administration de los EE.UU. (OSHA). 
Evaluaciones cuantitativas para aquellos agentes o factores de riesgos físicos y químicos en las que se 
precise medir las intensidades, concentraciones o nivel de presencia de acuerdo a las disposiciones de 
Higiene Ocupacional establecidas por la Autoridad de Salud en el Reglamento del Capítulo VII de la 
Higiene y Seguridad de los Ambientes de Trabajo, de la Ley N 
26842, Ley General de Salud, y de 
evaluaciones especificas, para los factores de riesgos psicosociales y disergonómicos relacionadas con 
las características y el rol del trabajo, y con la organización del trabajo. 
VI: 6.5: Exámenes Médicos Obligatorios por Actividad. 
-Anexo 2: Ficha Médico-Ocupacional. / Anexo 3: Ficha Psicológica-Ocupacional. / Anexo 4: Informe 
Técnico de la Salud de los Trabajadores. / Anexo 5: Ficha de Supervisión de la Vigilancia de Salud de los 
Trabajadores.
DS-055-2010-EM: Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería: 
Art 7: “… Definiciones… : … Indice de Frecuencia, Indice de Accidentabilidad, Indice de Severidad…”. 
Art 38: Programa de SST. 
Art 61, 62 y 63: Comité de SST, Supervisor de SST y Funciones. 
Art 88, 89, 90, 91 y 92: IPERC, Mapas de Riesgos, Anexo 15 (Estándares, PETS y ATS) y Anexo 19. 
Art 108: Examenes Médicos Ocupacionales – Anexo 7C. 
Art 109: “Los trabajadores se someterán, por cuenta de su empleador, a los exámenes médicos 
preocupacionales, de control anual y de retiro… considerará la realización de aquellos exámenes que el 
equipo de salud ocupacional recomiende en base a su identificación de peligros y la evaluación y control 
de riesgos”. 
Art 113: Actualización con Ficha de Antecedentes Ocupacionales – Anexo 7C. 
Art 116: Archivo de EMOs en Área de Salud Ocupacional por 05 (activo) y 40 (pasivo) años. 
Art 117: Evaluación Médica para Ascenso a Grandes Altitudes” – Anexo 7D. 
Art 151: Investigación de Incidentes y Accidentes. 
RM-085-2013-TR Aprueban sistema simplificado de registros del SGSST para MYPES. 
En sus Anexos describen los 3 formatos de la Micro y 5 formatos de la Pequeña Empresa (ya no 8 como 
la RM-050 establece). 
24/10/2014 22
INTERPRETACION DE LAS NUEVAS 
NORMAS LEGALES EN SALUD 
OCUPACIONAL 
(Ley 30222, RM-571-2014-SA y DS-006-2014-TR) 
Para la elaboración de un Programa de SST eficiente…. 
Dr. Gilberto Blancas Torres
Ley 30222 (11-07-14) 
Modifica la Ley 29783 (Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo) 
 Modifica, entre otros, el inciso “d” del Art 49 de la Ley 29783: 
 “Practicar exámenes médicos cada dos años, de manera obligatoria, a 
cargo del empleador. Los exámenes médicos de salida son facultativos, y 
podrán realizarse a solicitud del empleador o trabajador…”, se interpreta: 
Al reemplazar el Inc “d” del Art 49 la Ley 29783, no menciona la 
obligatoriedad expresa de los exámenes médicos pre-ocupacionales 
(EMPO), pero como la periodicidad de cada 2 años debe tener un punto 
de partida, el EMPO debe seguir realizándose. 
24/10/2014 24
Ley 30222 (11-07-14) 
Modifica la Ley 29783 (Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo) 
 “… En el caso de los trabajadores que realizan actividades de alto riesgo, el empleador 
se encuentra obligado a realizar los exámenes médicos antes, durante y al término de la 
relación laboral …”: 
 Las actividades de “alto” riesgo son como mínimo, las mencionadas en las normas 
legales como actividades de “riesgo”: 
a) DS-003-98-SA : Norma Técnica del SCTR con 26 actividades de “riesgo”. 
b) Ley 27866 (2002): Adiciona Manipuleo de Carga en Actividad Portuaria, para SCTR. 
c) Ley 28081 (2003): Adiciona Periodismo de Campo, para SCTR. 
d) Ley 28806 (2006): Adiciona Inspectores del Trabajo del MINTRA , para SCTR. 
 La calificación de “alto” riesgo ya está incluida dentro de riesgo (IPERC). 
 La periodicidad de EMOs se establecerá de los controles administrativos del IPERC. 
Bastará realizar el examen auxiliar específico para la tarea de “alto” riesgo con potencial 
de Enf. Ocup. (Ej: Sólo Audiometría semestral en expuestos a ruido por encima de 
98dB) y no todo el EMO completo. 
 NOTA: El Art 36 del DS-009-97-EM (Reglamento de Seguridad Radiológica) prohíbe 
radiografías con fines ocupacionales, pero obligatorio para Minería (DS-055-2010-EM). 
24/10/2014 25
Ley 30222 (11-07-14) 
Modifica la Ley 29783 (Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo) 
 “En el reglamento se establecen los registros obligatorios a cargo del empleador, los 
que pueden llevarse por separado o en un solo libro o registro electrónico. Las micro, 
pequeñas y medianas empresas (MIPYME) y las entidades o empresas que no realicen 
actividades de alto riesgo, llevarán registros simplificados …”: 
 Se ha subrayado lo adicionado por la modificatoria. La novedad es que en esta 
“simplificación” incluye a las empresas que no son de alto riesgo, pero la RM-085- 
2013-TR sólo menciona formatos simplificados (resumidos) para las Micro (Anexo 2) y 
Pequeñas (Anexo 3), pudiendo ser digitales. 
 Como no hay una norma legal específica de formatos simplificados para empresas de 
bajo riesgo que no sean PYMES, entonces aplicamos "temporalmente" el Anexo 3 para 
Pequeñas empresas, hasta que aparezca la norma legal específica (actualmente no 
existe). 
 OJO: Aplican los formatos simplificados para las PYMES aún siendo empresas de alto 
riesgo (porque la norma no lo niega). 
24/10/2014 26
RM-571-2014-SA (25-07-14) 
Modifica 6.7.2 de RM-312-2011-SA (Protocolos y Guías de EMOs por Actividad) 
 “Están exceptuadas las empresas que realizan actividades de alto riesgo 
según el Anexo 5 de la Norma Técnica del SCTR (DS-003-98-SA)...“: 
 Tiene 2 características: 
a) Está ubicada inmediatamente después del inciso "b" del ítem 6.7.2. 
b) No menciona la relevancia del número de trabajadores para estos casos 
 Entonces, se refiere a que están exceptuadas de la aplicación del inciso 
"b" del ítem 6.7.2, es decir, que NO se exige un mínimo de horas 
presenciales para el médico ocupacional, en empresas y/o ambientes con 
500 ó menos trabajadores, sin importar el número de trabajadores que 
tengan. En consecuencia: Por Lógica, la negación de una negación origina 
una afirmación: Se aplica el inciso "a" del ítem 6.7.2, que SI exige un 
mínimo de 30 horas semanales (5d/sem, 6h/d), en empresas y/o 
ambientes con más de 500 trabajadores, pero al no importar el número 
de trabajadores, se aplica aunque tengan menos de 500 trabajadores. 
 NOTA: Esto último es discutible porque la norma no lo afirma expresamente. 
24/10/2014 27
RM-571-2014-SA (25-07-14) 
Modifica 6.7.2 de RM-312-2011-SA (Protocolos y Guías de EMOs por Actividad) 
 Además, menciona que estas empresas de alto riesgo "deberán 
cumplir los estándares mínimos de sus respectivos sectores, 
establecidos en coordinación con el MINSA“: 
 Pero existen empresas calificadas dentro de los rubros de alto riesgo, 
según DS-003-98-SA, que NO tienen una norma legal específica sobre 
seguridad y salud ocupacional (Ej: Elaboración de productos químicos, 
de plásticos y geomembranas, etc), entonces se rigen por las normas 
legales comunes sobre SST (Ley 29783, su Reglamento DS-005-2012- 
TR, RM-312-2011-SA, etc). 
24/10/2014 28
RM-571-2014-SA (25-07-14) 
Modifica 6.7.2 de RM-312-2011-SA (Protocolos y Guías de EMOs por Actividad) 
 “Para empresas y/o ambientes de trabajo que dada su proximidad 
física reúnan a más de 500 trabajadores, también se exige la presencia de 
un médico ocupacional mínimo 30 hrs/sem (5d/sem, 6h/d). La presente 
condición no se aplica a las empresas cuya actividad es considerada de 
alto riesgo", se refiere que: 
 Las empresas con actividades de alto riesgo NO se pueden agrupar para 
tener un médico ocupacional en conjunto, al margen de la cantidad de 
trabajadores que tengan, y deben tenerlos "por separado", con un 
mínimo de 30 hrs/sem, cada una, aunque tengan menos de 500 
trabajadores. 
24/10/2014 29
RM-571-2014-SA (25-07-14) 
Modifica 6.7.2 de RM-312-2011-SA (Protocolos y Guías de EMOs por Actividad) 
 En conclusión, cualquier empresa que esté presente en la lista de 
actividades de riesgo (DS-003-98/MINSA): 
 Conclusión 1: Debe tener un médico ocupacional con una permanencia 
mínima de 30 hrs/semana (5días/sem, 6hrs/día) aunque tengan menos 
de 500 trabajadores. 
 Conclusión 2: Si tuviera ambientes y/o empresas del grupo con 
proximidad física que reúnan a más de 500 trabajadores, NO se pueden 
agrupar para tener un sólo médico ocupacional, por lo que deben contar 
con la presencia del médico ocupacional 30 hrs/semana (5 días/sem, 6 
hrs/día) por cada ambiente y/o empresa del grupo, aunque tengan 
menos de 500 trabajadores. 
24/10/2014 30
DS-006-2014-TR (09-08-14) 
Modifica el DS-005-2012-TR (Reglamento de la Ley de SST). 
 Modifica, entre otros, el inciso “d” del Art 49 de la Ley de SST: 
 “a) Al inicio de la relación laboral o, para el inicio de la relación laboral, 
se realiza un examen médico ocupacional que acredite el estado de salud 
del trabajador. Los trabajadores deberán acreditar su estado de salud 
mediante un certificado médico ocupacional que tendrá validez por un 
período de dos (2) años, siempre y cuando se mantengan en la misma 
actividad económica. Los certificados de los exámenes médicos 
ocupacionales que se realizan durante la relación laboral, tienen igual 
período de validez …”. 
 La forma de demostrar la “misma actividad económica” se demuestra 
mediante el IPERC por “puestos de trabajo” (no por áreas ni por 
procesos). 
24/10/2014 31
DS-006-2014-TR (09-08-14) 
Modifica el DS-005-2012-TR (Reglamento de la Ley de SST). 
 “b) Los trabajadores o empleadores de empresas podrán solicitar, al 
término de la relación laboral, la realización de un examen médico 
ocupacional adicional que debe ser pagado por el empleador. La 
obligación del empleador ... se genera al existir la solicitud escrita del 
trabajador”. 
 Si no existe la solicitud por escrito del trabajador, la empresa no está 
obligada a realizar el examen médico de retiro y se libera de 
responsabilidad: Administrativa (multas), Penal (denuncias - prisión) y 
Civil (demandas - indemnización). 
24/10/2014 32
DS-006-2014-TR (09-08-14) 
Modifica el DS-005-2012-TR (Reglamento de la Ley de SST). 
 “c) Los estándares anteriores no se aplican a las empresas que realizan 
actividades de alto riesgo, las cuales deberán cumplir con los estándares 
mínimos de sus respectivos Sectores”. Se refiere a las del DS-003-98-SA. 
 Los exámenes de ingreso, “periódicos” y de retiro, tendrán periodicidad 
menor según sus normas legales específicas (Ej: DS-055-2010-EM para 
Minería, DS-043-2007-EM para Hidrocarburos, RM-111-2013-EM para 
Electricidad, RD-268-2006-DCG y RD-212-2007-DCG para Pesquería, DS- 
009-97-EM para Radiología, etc) y de los hallazgos del IPERC de cada una. 
 Si un trabajador se niega al examen periódico, la empresa puede 
despedirlo (Art 23 del DS-003-97-TR: Ley de Productividad y 
Competitividad Laboral, como “causa justa de despido”); y si se niega al 
examen de retiro, la empresa le envía una carta notarial y se libera de 
responsabilidad. En Minería el DS-055-2010-EM señala 2 convocatorias 
de 30 y 15 días (luego del cese), respectivamente (la 1ra con “cargo”). No 
se realizará examen de retiro si hubo un EMO en los últimos 2 meses 
(inciso “c” del ítem 6.4.3 de la RM-312-2011-SA). 
24/10/2014 33
DS-006-2014-TR (09-08-14) 
Modifica el DS-005-2012-TR (Reglamento de la Ley de SST). 
 “d) En el caso de las relaciones laborales que excedan el periodo de 
prueba y no cumplan el periodo señalado por el inciso d) del mencionado 
artículo 49, el examen médico de inicio es válido, siempre y cuando se 
mantenga en la misma actividad económica, para todo efecto y será 
presentado por el trabajador ante el próximo empleador, en caso de que 
no hayan transcurrido dos (02) años desde el examen médico ocupacional 
inicial mencionado”. 
El periodo de prueba son 3 meses (Art 10 del DS-003-97-TR: Ley de 
Productividad y Competitividad Laboral) y el examen pre-ocupacional 
vale para el examen de retiro cuando no hayan transcurrido 2 años y se 
mantenga la misma actividad económica (demostrada por el IPERC) ya 
que especifica “para todo efecto” de lo señalado en el Art 49 de la Ley de 
SST que dice: Practicar exámenes médicos antes, durante y al término de 
la relación laboral… Además su validez incluye para presentar a otras 
empresas dentro de los 2 años de vigencia. No aplica para actividades de 
alto riesgo. 
24/10/2014 34
DS-006-2014-TR (09-08-14) 
Modifica el DS-005-2012-TR (Reglamento de la Ley de SST). 
 e) En ningún caso, el costo del examen médico debe recaer en el 
trabajador. 
 El alcance de esta norma incluye a las reevaluaciones y levantamiento 
de observaciones por causa ocupacional (Ej: Repetir Audiometría en 30 
días por STS, Repetir Audiometría/Espirometría por estar resfriado, 
Lavado de Oídos para Audiometría, I/C a Neumología para D/c TBC o 
Neumoconiosis, I/C Cardiología por HTA o Arritmias, Repetir 
Parasitológico seriado al hallarse eosinofilia, etc). 
 Asimismo, el Ministerio de Salud pública los precios referenciales de las 
pruebas y exámenes auxiliares que realizan las empresas registradas 
que brindan servicios de apoyo al médico ocupacional. ” 
24/10/2014 35
SISTEMAS DE VIGILANCIA MÉDICA OCUPACIONAL 
1. Identificación y 
evaluación del 
Riesgo 
2. Control del 
Riesgo 
3. Vigilancia 
Médica 
Ocupacional 
4. Asistencia de 
Salud 
5. Recuperación 
Exámenes de Salud Ocupacionales: 
Pre ocupacionales, Anuales y Retiro 
Protocolos de examen según riesgos 
Criterios Limitantes 
Vigilancia de GES 
Registros: Ficha Médica, Informes para el 
trabajador, Informes para la Empresa, Reporte 
Estadístico 
Identificación temprana de Enfermedades 
Relacionadas al Trabajo en los EMO. 
REPORTE MINSA, MINTRA 
Procedimiento para diagnóstico 
Seguimiento de los casos de Accidente de 
Trabajo y Enfermedades Relacionadas al 
Trabajo. 
Indicadores de Salud Ocupacional: 
Índice de Frecuencia de EO 
Índice de Severidad de EO 
Incidencia y prevalencia por puestos o GES 
Las VMO en la Gestión de la SST 
(VMO) 
24/10/2014
Objetivos de la VMO: 
1. Nos permite detectar tempranamente las alteraciones 
producidas debido a la exposición de los trabajadores a los 
diferentes Peligros Ocupacionales usando protocolos 
validados de evaluación médica. 
2. Detectar tempranamente enfermedades comunes. 
3. Determinar las causas de las enfermedades relacionadas al 
trabajo. 
4. Evaluar la distribución epidemiológica de la patología 
ocupacional mediante indicadores. 
5. Vigilar la evolución de enfermedades relacionadas 
declaradas. 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
Las VMO en la Gestión de la SST 
24/10/2014
Finalidad (propósito) de la VMO: 
1. Protección de la Salud de los 
Trabajadores. 
2. Evaluar la Prevención Primaria. 
3. Evaluar la capacidad funcional del 
trabajador. 
4. Mejorar la calidad de vida del 
trabajador. 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
Las VMO en la Gestión de la SST 
24/10/2014
Las VMO en la Gestión de la SST 
La VMO en el enfoque preventivo de la Salud Ocupacional: 
Identificación 
del Peligro 
Físicos Físicos VIGILANCIA 
MEDICA 
OCUPACIONAL 
•EMOA 
•Exámenes según 
Riesgo 
•Diagnóstico de 
Enfermedades 
Relacionadas al 
Trabajo 
•Evaluación de 
Indicadores 
•Identificación 
indirecta de fuentes 
Biológicos 
Psicosociales 
Mecánicos 
•Tratamiento 
Temprano 
•Trabajo restringido 
•Reubicación 
Laboral 
•Rehabilitación 
Ocupacional 
Mediciones de 
Fuente 
Mediciones de 
dosis a 
trabajadores 
Nivel de Riesgo 
Factores de Riesgo 
•Priorización del 
riesgo 
•Métodos de 
control 
•Comunicación 
•Monitoreo el 
Riesgo 
•Selección del 
personal: Examen 
médico pre ocup. 
Ergonómicos 
Evaluación del 
Riesgo 
Gestión del 
Riesgo 
Identificación 
Temprana 
Tratamiento y 
Rehabilitación 
Prevención Primaria Prevención 
Secundaria 
Prevención 
Terciaria 
•Vigilar evolución de 
ERT declaradas 
•Vigilar las fuentes 
de riesgo 
Físicos Químicos 
24/10/2014
Ejemplo de un diagrama de VMO 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
Las VMO en la Gestión de la SST 
24/10/2014
EMPO para prevención de lesiones o enfermedades ocupacioanles 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
Las VMO en la Gestión de la SST 
24/10/2014
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
1. Los Programas específicos de Vigilancia Médica Ocupacional 
(VMO) deberán ser diseñados e implementados en base a 
lineamientos generales (técnicos, legales, políticos) que toda 
institución laboral debe tener. 
2. Esta VMO se desarrollará mediante una serie de fuentes de 
información, entre las cuales tenemos: 
2.1 Exámenes de Salud Ocupacional: En cumplimiento con 
la legislación, todos los trabajadores deben pasar Exámenes 
de Salud Ocupacional, los cuales serán realizados en función 
a los peligros y riesgos del puesto de trabajo, incluyendo los 
exámenes auxiliares y tipos de exámenes clínicos adecuados 
para dichos riesgos y condiciones técnicas definidas en el 
XXX (documento interno de la institución). Algunos Grupos 
de Vigilancia serían: 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
Programa de Conservación Auditiva (1) 
a) Vigilancia en Trabajadores Expuestos a Ruido: 
 Audiometrías con metodología CAOHC con STS 
(umbral auditivo) respecto ALB para repetir en 30d. 
 La Audiometría de Línea Base será considerada 
incluso 6 meses “después” de la contratación 
(OSHA) ó 30 días “antes” de la contratación (NIOSH). 
 Por encima del Nivel de Acción (50% del LMP) (82dB 
en 8h y 80 dB en 12h) serán audiometrías anuales. 
 Por encima del LMP (85dB en 8h y 83 dB en 12h) 
deberán pasar una audiometría anual. 
 Los trabajadores que excedan el 800% del LMP (94 
dB para turnos de 8hrs o 92 dB para turnos de 
12hrs) serán audiometrías semestrales. 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
Programa de Conservación Auditiva (2) 
a) Vigilancia en Trabajadores Expuestos a Ruido: 
 En trabajadores no expuestos (Ej: labores en oficinas 
fuera de plantas) no es necesario realizar 
audiometrías o podría considerarse cada 5 años. 
 En trabajadores de alta concentración o exigencia 
intelectual el ruido es < 65dB (RM-375-2008-TR) y en 
gestantes el LMP es 80dB para 8hrs (RM-374-2008-TR). 
 La Tasa Anual Objetivo del STS es hasta 3% (Curso 
“Supervisor Médico” CAOHC). 
 Efectividad del Programa de Conservación Auditiva 
(PCA): Estadística “mejor-peor” (%BW): <26% es 
aceptable; 26-40% es marginal; y >40% es 
inaceptable (Curso “Supervisor Médico” CAOHC). Según 
ANSI: Efectividad con cambios de 15 dB en 1 año. 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
Programa de Conservación Auditiva (3) 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
Programa de Protección Respiratoria (1) 
b) Vigilancia en Trabajadores Expuestos a Polvo: 
 Radiografías según metodología de la OIT. 
 Espirometrías según metodología NIOSH. 
 Desde por encima del Nivel de Acción para 8 hrs 
(1.5mg/m3) ó 12 hrs (1.4mg/m3) debe realizarse 
radiografía de tórax y espirometría en forma anual. 
 Para polvo y otras exposiciones (humos, vapores, 
gases, etc), se utilizarán los LMP según ACGIH 2011 
(DS-015-2005-SA = ACGIH 2004) y el área de Seguridad 
Industrial seleccionará los EPP respiratorios según 
características, color y mantenimiento. 
 Casos de sospecha, recurrir a 2da opinión 
especializada. 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
Programa de Protección Respiratoria (2) 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
Programa de Protección Ergonómica (1) 
c) Vigilancia en Trabajadores con Riesgo Ergonómico: 
 Trabajadores con riesgo disergonómico (según RM- 
375-2008-TR) “importante” que según la evaluación 
ergonómica del puesto de trabajo, requieren 
cambios urgentes en el puesto, deben de pasar una 
evaluación musculo-esquelética específica (RM-313- 
2011-TR) en forma anual. 
 La periodicidad se origina de los “controles 
administrativos” del IPERC, según el instrumento 
que se haya utilizado. 
 Los casos sospechosos deben ser confirmados con 
pruebas clínicas objetivas y en caso necesario con 
exámenes auxiliares como radiografías , ecografías o 
resonancia magnética. 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
Programa de Protección Ergonómica (2) 
Fuerza excesiva 
50Kg 
Mala Postura Movimientos repetitivos Vibración 
Dr. Gilberto Blancas Torres
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
Programa de Protección para Metales 
d) Vigilancia en Trabajadores Expuestos a Metales: 
 Por encima del Nivel de Acción, los trabajadores que 
se expongan a metales en estado de partículas 
(polvos humos, nieblas) o vapores, deberán de tener 
un examen de metales en sangre u orina (según 
metal y método) por lo menos de forma anual. 
 Si algún caso es identificado por superar algún límite 
biológico (según NIOSH, OIT o Reglamento Interno) por 
exposición a metales, debe de seguir el manejo de 
protocolo correspondiente. 
 El examen clínico ocupacional debe apuntar a los 
riesgos químicos identificados en el puesto de 
trabajo (IPERL y su Control). 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
Programa de Protección para Radiaciones UV 
e) Vigilancia en Trabajadores Expuestos a Radiación UV: 
 Los GES que laboran en ambientes sin techo deben 
de estar identificados y los trabajadores en los 
exámenes de salud ocupacionales periódicos deben 
de pasar una evaluación dermatológica dirigida a 
identificar lesiones sospechosas. 
 De identificarse alguna, el caso debe ser referido al 
especialista quien debe de considerar la biopsia en 
caso lo requiera. 
 Los LMP para radiaciones son según la ACGIH, pero 
en gestantes el LMP para radiaciones ionizantes es 
<2mSv en 9 meses ó 1/20 del Límite Anual de 
Incorporación en 9 meses (RM-374-2008-TR). 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
2.2 Desde las Consultas Médicas: Mediante consultas 
ambulatorias realizadas por el mismo trabajador en los 
servicios de salud asistencial en las que puede aparecer la 
sospecha de Enfermedad Ocupacional (EO). Para tal efecto 
en la consulta debe de manejarse algunos criterios para 
establecer una posible relación ocupacional. Los casos de 
sospecha deben de ser interconsultados con el médico 
ocupacional. 
2.3 Desde la Identificación Directa de Condiciones de 
Salud relacionadas a la labor por parte del mismo 
trabajador , de los supervisores u otros trabajadores. 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
3. Las EO “sospechosas” deben de ser evaluados por un Médico 
Ocupacional competente y el área de Higiene y Ergonomía, 
de modo que se pueda determinar la relación “causa-efecto” 
y tiempo de exposición, entre la lesión y el riesgo del puesto 
de trabajo siguiendo un procedimiento específico (RM-480- 
2008-SA es “abierta” demuestrando esta relación). 
4. La EO “confirmada” (por médico ocupacional y EPS donde 
tenga SCTR o EsSalud o INR) debe reportarse al MINTRA por 
el Centro Médico “Asistencial” en un plazo de 5 días hábiles 
(Art. 110 del DS-005-2012-TR: Reglamento de la Ley de SST). 
5. Registrar los casos de EO y los GES (Grupos de Exposición 
Similar) a los que corresponden para establecer la frecuencia 
de los casos y la incidencia por GES. Esto permitirá identificar 
los GES con mayor consecuencia debido a riesgos de salud. 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
6. Registrar el número de días con descanso médico por EO 
para fines estadísticos y como indicador de severidad. 
7. Mensualmente se actualizarán los indicadores relacionados a 
EO, según las siguientes fórmulas: 
a) Según RM-312-2011-SA: 
 Tasa de Prevalencia de EO (Casos “existentes”): 
Nro. total anual de Enf. Relac. al Trabajo x 100n / Nro. total de Trabajadores. 
 Tasa de Incidencia de EO (Casos “nuevos”): 
Nro. total anual de Enf. Relac. al Trabajo x 100n / Nro. total de Trabajadores. 
 Índice de Frecuencia de Estados Pre-Patológicos: 
Nro. total anual de Est. Pre-patológicos x 100n / Nro total de Trabajadores. 
b) Según RM-050-2013-SA (“referencial”): 
 Tasa de Incidencia de EO específica: 
Nro de Enf Ocup x 1000000 / Total de trabajadores "expuestos al agente". 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
8. En Accidentes de Trabajo, los indicadores “legales” son: 
a) Según RM-312-2011-SA: 
 Tasa de Incidencia de Accidentes: 
Nro total anual de accidentes de trabajo x 100n / Nro total de trabajadores. 
 Tasa de Frecuencia de Accidentes: 
Nro total de Incapacidades "Temporales" x 100n / "Exposición" de HH. 
 Índice de Gravedad de Accidentes: 
Nro total de días cargados (descanso médico) x 100n / "Exposición"de HH. 
b) Según RM-050-2013-SA (“referencial”): 
 Índice de Frecuencia: 
Nro de Accid Incapacitantes x 1000000 / HHT. 
 Índice de Gravedad: 
Nro total de días perdidos x 1000000 / HHT. 
 Índice de Accidentabilidad: 
Indice de Frec x Ind de Grav / 1000. 
c) Según DS-055-2010-EM: 
 Índice de Frecuencia de Accidentes: 
Nro de "Accid Mort" e Incapacitantes x 1000000 / HHT. 
 Índice de Severidad de Accidentes: 
Nro de días perdidos o cargados x 1000000 / HHT. 
 Índice de Frecuencia de Accidentes: 
Indice de Frec x Ind de Sev / 1000. 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
9. Las observaciones de salud que sean encontradas, 
incluyendo enfermedades comunes, serían clasificadas en 
tres niveles de criticidad para su seguimiento. Estos 
parámetros servirían se referencia y cada caso será analizado 
individualmente con el soporte especializado. 
10. Todos los casos de EO confirmados ingresarán a un programa 
se seguimiento, según el XXX (documento interno de la 
institución). 
11. Los casos identificados como EO deben de ser registrados 
como caso de un GES, el cual al tener un número poblacional 
permitiría calcular la Incidencia Específica en el GES, 
equivalente a: 1/Nro Población del GES x 100 en el mes que 
ocurre el diagnóstico ocupacional. Ello para un agente causal 
determinado. 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 
12. Los Exámenes Médicos 
Ocupacionales realizados en 
centros médicos autorizados 
(acreditados) deben de ser 
auditados mediante selección 
al azar de casos que acaben 
de pasar un preocupacional o 
anual, y evaluados 
presencialmente de nuevo. 
Estos casos auditados deben 
de ser registrados con sus 
hallazgos y observaciones por 
cada centro médico 
autorizado. 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
SISTEMAS PREVENTIVO PROMOCIONALES 
1. Los Programas específicos Preventivo Promocionales 
deberán ser diseñados e implementados en base a 
lineamientos generales (técnicos, legales, políticos) que 
toda institución laboral debe tener. 
2. Estos programas se desarrollarán teniendo en cuenta: 
2.1 Celebración de Efemérides: Todas las fechas festivas 
y/o efemérides, según día, semana o mes, serán 
celebradas con banners, afiches y/o dípticos, definidas en 
el cronograma XXX (documento interno de la institución). 
Algunos ejemplos: Día Mundial de la SST, Día Mundial de la 
Salud, Día Internacional de la Concientización sobre el 
Ruido, Día Mundial del No Fumador, Día Mundial de la 
Nutrición/Obesidad, Día Mundial de Lucha contra el 
Cáncer, etc. 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
SISTEMAS PREVENTIVO PROMOCIONALES 
2.2 Capacitación en enfermedades prevalentes: Se 
desarrollarán charlas de sensibilización sobre 
enfermedades prevalentes, la región de trabajo. Algunos 
ejemplos: Hipertensión Arterial, Diabetes, Obesidad, 
Tuberculosis, Depresión/Ansiedad, Parasitosis, Malaria, 
Fiebre Amarilla, Leishmaniasis, Enfermedades 
Dermatológicas, etc. 
2.3 Capacitación en temas de interés: Se desarrollarán 
charlas sobre temas de interés general en la región de 
trabajo. Algunos ejemplos: Enfermedad Diarreica Aguda y 
Lavado de Manos, Verano saludable, Tétanos y Vacunación, 
Salud Bucal, Enfermedades Cancerígenas, Alcoholismo, 
Drogadicción, Tabaquismo, Métodos de Planificación 
Familiar, Cuide su Salud en las Fiestas de Fin de Año, etc. 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
FORMATOS DE SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA 
 Formato de Registro de 
Enfermedades Ocupacionales 
(RM-050-2013-TR). 
 No hay un formato “legal” del 
registro de Exámenes de Salud 
Ocupacionales (la RM-050-2013-TR, 
lo menciona pero no lo contempla) 
 El formato de base de datos de 
los resultados de los Exámenes 
de Salud Ocupacional, es a 
criterio del médico ocupacional 
(sugerimos con “lista de 
desplegables). 
24/10/2014
FORMATOS DE SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA 
 Ejemplo: Formato de Registro y Seguimiento 
Semanal Interno de Enf. Comunes y Ocup. 
N° 
APELIDOS Y NOMBRES DEL 
TRABAJADOR 
EMPRESA 
GERENCIA-AREA / 
PUESTO 
TIPO CASO (Enf 
Común / Enf 
Ocup) 
ORIGEN 
(EMPO / 
EMOA / 
EMOR) 
FECHA DE 
INICIO SEG. 
Días de 
DM a la 
fecha 
DIAGNOSTICO / DESCRIPCION DEL 
CASO 
04/08/2014 11/08/2014 20/08/2014 
1 
XXXXX 
Cel. 995998170. Dr. NNNNN, 
Especialidad: NNNNNNN, Cel. 
#########, Clínica NNNNNN 
EC EMPO 
DIABETES MELLITUS NO CONTROLADA. 
Antecedente: 2000, en Tx con Metformina 
y Glibenclamida. Tuvo Lectura Elevada 
de la Presión Arterial (140/90), 
Hiperglicemia (318), y Obesidad (32.8). 
Además tuvo Neumonía (2009) y TBC 
pulmonar (hace 30 años). 
¿SINTOMAS? Controles periódicos de Glicemia, 
Presión Arterial y Peso. Plan: Interconsulta a 
Endocrinología. Seguir con los controles de glicemia 
en ayunas. Dieta hipoglúcida e Hipocalórica. 
Implementar controles periódicos de Presión Arterial 
y de Peso; si en caso persiste la PA alta, se enviará a 
Cardiólogo. ¿CONTROL? 
2 
XXXXX 
Cel. 996479374. Dr. NNNNN, 
Especialidad: NNNNNNN, Cel. 
#########, Clínica NNNNNN 
EC EMPO 
HIPERTENSION ARTERIAL 
CONTROLADA. Antecedente 2010, en 
tratamiento con Enalapril 1 tb cada 12 
horas. Además presenta Obsesidad 
(32.6), Dislipidemia en Tx con 
hipolipemiantes (2010). 
¿SINTOMAS? Controles periódicos de Presión 
Arterial y Peso. Plan: Dieta Hipocalórica e Hipograsa. 
Implementar controles periódicos de Presión Arterial 
y Peso. CONTROL? 
6 XXXXX EC EMPO 
ASMA BRONQUIAL E 
HIPERCOLESTEROLEMIA SEVERA. 
7 XXXXX EC EMPO 
ARTRITIS REUMATOIDE, 
HIPOTIROIDISMO Y VITILIGO. 
9 XXXXX EC EMOA 
DIABETES MELLITUS NO CONTROLADA 
E HIPERTENSION ARTERIAL NO 
CONTROLADA. 
10 XXXXX EC EMOA OBESIDAD 2º 
11 XXXXX EO EMOA 
TRAUMA ACUSTICO SEVERO: Tiene 
trabajando 8 años. En 2012 tuvo TA 
severo bilateral. Antecedentes ORL 
de importancia: Paperas. Se expone 
a ruido.y usa protección auditiva 
estricta. 
¿SINTOMAS? 
Plan: Reforzar capacitaciones en el uso y 
conservación de EPP auditivo. ¿CONTROL? 
REGISTRO DE SEGUIMIENTO ENFERMEDADES COMUNES / OCUPACIONALES - EMPRESA XXX - 2014 
NOTA: Puede utilizarse el método del semáforo, para determinar la periodicidad.
FORMATOS DE SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA 
 Ejemplo: Formato de Reporte Diario Interno de 
Descansos Médicos 
REPORTE DIARIO DE DESCANSOS MEDICOS 
FECHA ACTUAL 
Periodo de los Descansos 
Médicos. 
Inicio 1 Fin 1 
Total 
Días 
Motivo Cita Médica 
E AP AI 
Lugares de 
atención 
Médicos 
Tratantes 
Especialidad 
Empleado Área Dirección 
N° 
1 XXXX 02/11/2010 02/11/2010 1 X Médico Cirujano 
GERENCIA DE RR.HH. - CENTRO MEDICO DE EMPRESA XXX 
Diagnóstico CIE 10 Comentarios 
Celulitis herida en 
ceja derecha 
Teléfono 
* Total de días con 
Descanso médico, de 
Enero 2014 a la fecha 
L03.8 1 
5 XXXX 02/11/2010 04/11/2010 3 X Neurocirujano 
Lumbalgia Aguda 
post Esfuerzo 
M54.5 45 
3 XXXX 07/09/2010 81 X 
Méd Gen/ Neurológo 
/ Neurocirujano 
Tumor Cerebral C71. 82 
5 XXXX 20/10/2010 38 X Mèdico General Depresiòn Menor F32.0 39 
16 XXXX 24/11/2010 3 X Mèdico Cirujano Uña encarnada L60.0 7 
Periodo de los Descansos 
Médicos. 
Inicio 1 Fin 1 
Total 
Días 
Motivo 
E AP AI 
PRACTICANTES 
Lugares de 
atención 
Cita Médica 
Médicos 
Tratantes 
Especialidad 
Empleado 
Área Dirección 
1 XXXX 18/11/2010 19/11/2010 2 X Cirujano Dentista 
Diagnóstico 
Pérdida de diente 
por accidente 
* Total de días con 
Descanso médico, de 
Enero 2014 a la fecha 
Teléfono 
Comentarios 
K80.1 4 
Periodo de los Descansos 
Médicos. 
Inicio 1 Fin 1 
Total 
Días 
GESTANTES 
Lugares de 
atención 
Cita Médica 
Médicos 
Tratantes 
Especialidad 
Área Dirección 
Diagnóstico 
* Total de días con 
Descanso médico, de 
Enero 2014 a la fecha 
Comentarios Teléfono 
Empleado 
MOTIVO 
Pre y Post Natal 
1 XXXX 03/08/2010 01/11/2010 90 Ginecología Post cesareada 91 
Pre y Post Natal 
2 XXXX 13/10/2010 45 Ginecología Puerpera 49
FORMATOS DE SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA 
 Ejemplo: Formato de Reporte Semanal Interno de 
Incidentes / Accidentes Laborales 
Incidentes 
Inicio 1 Fin 1 
Total días 
calendario 
Tiempo Perdido 
(Días perdidos 
efectivos) 
Fecha de 
Inicio 
Fecha de 
Fin 
Total de días 
calendario 
Días de 
Trabajo 
restringido 
efectivos 
Incapacidad 
(Tiempo 
perdido) 
Leve 
(Atención Médica / 
Trabajo restringido) 
Primeros 
auxilios 
(SI / NO) 
Lugares de 
atención 
Médicos 
Tratantes 
Especialidades 
1 XXXX 
2 XXXX 
Empresa Área 
Fecha del 
Accidente 
Periodo de los Descansos Médicos 
("Incapacidad" con tiempo perdido) 
Periodo de Trabajo restringido Clasificación Accidentes Cita Médica 
Diagnóstico 
Comentarios y 
visitas del Dr. 
REPORTE SEMANAL DE INCIDENTES / ACCIDENTES LABORALES 2014 
CENTRO MEDICO DE EMPRESA 
XXX 
REPORTE CORRESPONDIENTE AL: FECHA 
N° Empleado 
Dr. Gilberto Blancas Torres
EJEMPLO: 
Programa de Vigilancia Médica Ocupacional 
por exposición a Plomo en una minera 
Etapa de XXXX 
Ubicación: XXXX 
Metales: XXXX 
24/10/2014 64
PUESTOS DE TRABAJO 
Puesto Exposición Riesgo 
Cortador de roca y ayudante 
Puesto rotativo, mayor exposición del cortador. Jornada 10 hrs (8 x 6), sólo turnos diurnos. 
Cortador 4-8 hrs, ambiente cerrado, bipedestación, posturas sostenidas con inclinación leve de espalda y 
extensión de brazos. Ambiente con polvo, ruido y humedad (sierra circular). 
Ayudante detrás del cortador; asiste entregando las muestras para corte, y recepcionando las muestras 
cortadas, para luego ordenarlas y codificarlas. 
Ambos puestos utilizan respirador con filtro para particulados P100. 
Puesto Exposición Riesgo 
Ayudante de geometalurgia 
Polvo total 
Bajo 
Jornada de 10 horas en 8 x 6, turnos sólo diurnos. 
generado durante 
Chancado manual y cuarteado de muestras para envío a laboratorio, entre 4 a 6 horas al día. 
el chancado 
Respirador con filtro para particulados P100. 
manual 
Practicante de laboratorio 
Jornada de 5 horas, en 6 x 1, turnos sólo diurnos. 
Pulverizado, cuarteado y homogenizado de muestras, con aparatos eléctricos bajo campanas extractoras. 
Trabaja con el material pulverizado para embeberlo en resina epóxica. 
Respirador con filtro para particulados P100. 
Polvo respirable 
generado durante 
el pulverizado y 
manipulación del 
mismo 
Bajo 
Mantenimiento (tareas con pintura) 
Jornadas diversas. 
Lijado y pintado con herramientas manuales o equipos eléctricos; exposición muy variable, entre 2 a 10 
horas. Trabajos son temporales. 
Respirador con filtro para vapores orgánicos y particulados P100. Actividades al aire libre. Pinturas libres de 
plomo con aprobación de sustancias químicas. 
Particulados del 
retiro de pinturas 
(partículas 
respirables); y 
vapores orgánicos 
en el pintado 
Bajo 
Soldador 
Jornada de 12 horas, en 20 x 10, con turnos sólo diurnos. 
Soldadura con arco eléctrico (oxiacetileno), bipedestación prolongada, posturas sostenidas, 1 a 2 horas 
promedio, esporádicamente 6 horas. 
Taller al aire libre, respirador con filtro humos de soldadura, P100. Accesorios libres de plomo 
Humo de soldadura 
(respirable) 
Medio 
Polvo respirable 
generado durante 
el corte de las 
muestras de 
mineral 
Medio
POBLACION OBJETIVO 
 Expuestos a la generación de partículas de mineral, y humos 
de soldadura o pintura con potencial contenido de plomo 
 XX corte de roca 
 XX en geometalurgia 
 XX practicantes de laboratorio 
 XX soldadores de 3 contratistas de perforación 
 XX Trabajadores de mantenimiento que realicen tareas de 
pintado 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
POBLACION OBJETIVO 
SOLDADURA ACUMULADORES 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
EVALUACION DEL RIESGO 
 Identificación 
 Dosimetrías. Metodología NIOSH / AIHA para obtener del 
UCL95% para los GES establecidos (con un muestreo que 
considere el 95% del Top 10%) 
 Comparación con el LEO ajustado a la jornada laboral. 
 LEO-TWA(8) = 0.05 mg/m3 
 Monitoreo ambiental. Sólo en investigaciones higiénico / 
epidemiológicas 
 Impacto en los trabajadores 
 Dosaje de plomo en sangre por absorción atómica. 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
EVALUACION DEL RIESGO 
 Controles a considerar 
 Ambientes abiertos o sistemas de ventilación exhaustivos 
(formalmente evaluados) 
 Respirador con filtro para particulados P100 
 Prohibido comer, beber y fumar 
 Duchas 
 Ropa de trabajo no debe ser llevada 
 En áreas con acumulación potencial limpieza con aspirado 
agua 
 Trabajadores y supervisión comunicados y entrenados 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
EVALUACION DEL RIESGO 
 Nivel 2; nivel 3 sólo para riesgos altos y críticos 
Grupos de exposición similar 
(Puestos de interés) – Área(s) 
de interés 
Probabilidad Consecuencia Riesgo 
Corte de roca (Cortador de roca y 
ayudante) – Sala de corte de roca 
Improbable 
Controles aplicados y consistentes 
Exposición diaria ≤ 50% LEO 
Seria 
Intoxicación crónica 
por plomo 
Medio 
Trabajos en almacén de testigos 
(Ayudante de geometalurgia) – 
Almacén Nº 3 
Improbable 
Controles aplicados y consistentes 
Exposición diaria ≤ 10% LEO 
Media 
Plomo sérico en niveles 
inseguros 
Bajo 
Laboratorio (Practicante de 
laboratorio) – Laboratorio Qemscan 
Improbable 
Controles aplicados y consistentes 
Exposición intermitente 6 días/mes ≤l 25% LEO 
Media 
Plomo sérico en niveles 
inseguros 
Bajo 
Mantenimiento (tareas con pintura) 
– Todas las áreas del campamento y 
zonas operativas 
Improbable 
Controles aplicados y consistentes 
Exposición intermitente ≤ 10% LEO 
Media 
Plomo sérico en niveles 
inseguros 
Bajo 
Mantenimiento mecánico eléctrico 
(Soldador) – Talleres de soldadura 
contratistas 
Improbable 
Controles aplicados y consistentes 
Exposición diaria ≤ 10% LEO 
Seria 
Intoxicación crónica 
por plomo 
Medio 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
METODOLOGÍA DE ESTUDIO PARA EL 
ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS 
4. Evaluación por los Métodos Generalizados: (RM-050-2013-TR) 
Este 4to método, cuenta con (3) tres Modelos de Evaluación: Modelo 1, Modelo 2 y Modelo 3: 
 Modelo 1: 
Utiliza la “Matriz de Evaluación 6 x 6”: 
Severidad de las Consecuencias Vs Probabilidad o Frecuencia. 
24/10/2014 
71
METODOLOGÍA DE ESTUDIO PARA EL 
ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS 
4. Evaluación por los Métodos Generalizados: 
Así mismo, este 4to método, en su: 
 Modelo 1: 
“Matriz de Evaluación 6 x 6”: 
Cuenta con una «Tabla de Valoración de Riesgos», mostrada a continuación: 
24/10/2014 
72
DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO 
 Definición 
- Ingreso de plomo al organismo humano que genera 
alteraciones bioquímicas, subclínicas y clínicas. 
- 40 ug/dL varones o 30 ug/dL mujeres en edad fértil. 
 Etiología 
Número atómico 82; metal pesado de color azuloso, 
flexible, inelástico, se funde con facilidad; forma sales, 
óxidos y compuestos organometálicos; en labores 
mineras de extracción, fundición y refinería 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
UBICACIÓN DEL PLOMO 
AGUA 
ALIMENTOS 
SUELO 
AIRE 
OCUPACIONAL 
“INDUSTRIAL” 
NO OCUPACIONAL 
“COMUNIDAD” 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
UBICACIÓN DEL PLOMO 
Rábano 
Papas 
Zanahoria 
Dr. Gilberto Blancas Torres
DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO 
 Toxicología: 
 Absorción respiratorio y gastrointestinal. 
 Condicionantes de mayor absorción: deficiencia nutricional 
de hierro, bajo consumo de calcio en la dieta, y la ingesta 
con estómago vacío. 
 99% se une a eritrocitos circulantes y alcanza los tejidos a 
través de la sangre. 
 Cruza barreras hemato-placentaria y hemato-encefálica, 
pero ingreso a SNC es más lento que a otros tejidos blandos. 
 Eliminación con modelo cinético de multicompartimiento: 
compartimiento de eliminación rápida (sangre y tejidos 
blandos; 1 a 2 meses de vida media), y compartimiento de 
eliminación lenta (huesos; vida media de años a décadas) 
 Más del 90% de la excreción es por vía urinaria 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO 
Ingestion 
Contacto 
Distribución Eliminación 
Tracto digestivo 
Sangre 
Eritrocitos 
92-99% 
Hígado 
Piel 
Glándulas 
Huesos 
(deposito) 
Músculo 
Cerebro 
Riñones 
Inhalación Tracto respiratorio 
Agua 
Alimentos 
Aire 
Excretas 
85-90% 
Sudor, pelo, 
uñas 
Saliva, leche 
Orina 
75 % 
Aire 
exhalado 
16 % 
Adultos 92-94% 
Niños 79-75 % 
Absorción 
10-15 % 
adultos 
Absorción 
30-50%(adultos) 
Mayor en niños 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO 
 Cuadro clínico: 
Sistema Intoxicación Aguda Intoxicación Crónica 
Sistema Nervioso 
Central 
Fatiga, malestar 
Cefalea 
Encefalopatía (delirio , ataxia, 
convulsiones, estupor, coma) 
Fatiga, malestar 
Irritabilidad, ánimo depresivo 
Disminución de la libido 
Disfunción neuropsicológica 
Cefalea 
Tremor 
Encefalopatía (delirio , ataxia, convulsiones, 
estupor, coma) 
Sistema Nervioso 
Periférico 
Debilidad motora 
Gastrointestinal 
Anorexia 
Náuseas 
Dolor abdominal cólico 
Transaminasemia 
Anorexia 
Náuseas 
Estreñimiento 
Pérdida de peso 
Dolor abdominal cólico 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO 
 Cuadro clínico: 
Sistema Intoxicación Aguda Intoxicación Crónica 
Sangre (heme) 
Anemia (particularmente 
hemolítica) 
Punteado basófilo 
Anemia (hipocrómica-microcítica o 
normocítica) 
Punteado basófilo 
Renal 
En niños, pseudo síndrome de 
Fanconi 
Insuficiencia renal crónica 
Nefritis intersticial 
Proteinuria de bajo grado 
Reumatológico 
Mialgias, artralgias Mialgias, artralgias 
Gota 
Cardiovascular Hipertensión 
Reproductivo 
Aborto espontáneo Aborto espontáneo 
Déficit cognitivo, bajo peso al nacer, retardo 
en el crecimiento 
Oligospermia 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
VIGILANCIA MEDICA 
 Monitoreo Biológico 
 Dosaje de plomo en sangre (método de absorción atómica). 
 Evaluación médica dirigida 
 Historia clínica estandarizada con énfasis en los antecedentes ocupacionales y 
otras potenciales fuentes de exposición; 
 Examen físico con énfasis en los órganos y sistemas comprometidos; y 
 Mini mental test y/o pruebas psiconeurológicas. 
 Otros exámenes de laboratorio específicos 
 La literatura no recomienda su aplicación rutinaria en la vigilancia laboral por lo 
que su aplicación será condicionada a la opinión del Toxicólogo (interconsulta). 
 Incluyen Protoporfirina Zinc, Fluorescencia con Rayos X, Dosaje en orina de: Zinc 
Coproporfirina, ácido delta aminolevulínico y plomo. 
 Otros exámenes de laboratorio inespecíficos 
 Hemograma completo, creatininina 
 Educación acerca del plomo y sus riesgos 
 Charla para los trabajadores y los supervisores de frecuencia anual. 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
VIGILANCIA MEDICA 
Monitoreo Biológico 
periódico 
Monitoreo Biológico 
extraordinario 
Evaluación 
Médica 
- Examen preocupacional 
(ingresantes). 
- Examen Anual (periódico) 
- Examen de retiro (terminan 
del vínculo laboral) 
- Trabajadores con plomo en 
sangre en límites seguros, 
asintomáticos y sin otros 
hallazgos de laboratorio 
Trabajadores con plomo en sangre en 
niveles inseguros, superiores a 20 ug/dL 
Evaluación 
Médica 
extraordinaria 
Trabajadores con plomo en 
sangre en niveles seguros, 
con signos, síntomas o 
hallazgos de laboratorio 
compatibles con daño por 
plomo 
Trabajadores con intoxicación por plomo 
(>30ug/dL en mujeres o 40 ug/dL en 
varones) o niveles en sangre mayores a 
20 ug/dL con síntomas o hallazgos de 
laboratorio sugerentes de intoxicación 
por plomo (todos estos rotarán de 
puesto temporalmente) 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO 
 Diagnóstico 
Criterios de Diagnóstico 
 Antecedente epidemiológico de exposición ocupacional. 
 Manifestaciones Clínicas compatibles con intoxicación por plomo 
 Dosaje de plomo en sangre por método de absorción atómica compatible. 
Definición de Casos 
 CASO PROBABLE DE INTOXICACIÓN OCUPACIONAL POR PLOMO 
Antecedente de exposición ocupacional y/o manifestaciones subclínicas, clínicas 
o hallazgos de laboratorio compatibles. 
La conducta en este caso es hacer el dosaje inmediato de plomo en sangre. 
Ante un dosaje en nivel seguro se consultará con el toxicólogo para ampliar los 
estudios. 
 CASO CONFIRMADO DE INTOXICACION OCUPACIONAL POR PLOMO 
Caso probable de intoxicación ocupacional en el que se encuentran niveles de 
plomo en sangre por encima del valor seguro. Todos los casos confirmados se 
deben notificar al MINSA y al MINTRA. 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO 
 Manejo de Casos 
 Verificar al ingreso niveles menores a 20 ug/dL 
Concentración de 
plomo en sangre 
(ug/dL) 
Manejo 
< 5 ug/dL 
Evaluación médica de vigilancia y monitoreo biológico periódico 
Incluir: 
Presión arterial (vigilancia de hipertensión) 
Hemograma (vigilancia de anemia causada por plomo, e indicio de deficiencia 
nutricional de hierro que es factor predisponente) 
Creatinina sérica (vigilancia de la función renal) 
Glicemia de ayuno (vigilancia de diabetes mellitas, condición que sinergiza en el 
deterioro renal) 
Ácido úrico sérico (gota) 
Mini mental/pruebas psiconeurológicas (disfunción cognitiva) 
Educación periódica en riesgos y prevención, incluir hábitos dietéticos e higiene 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO 
 Manejo de Casos 
Concentración de 
plomo en sangre 
(ug/dL) 
Manejo 
5 – 9.9 ug/dL 
Similar a < 5 ug/dL 
Reducir la exposición para mujeres gestantes o que desean gestar 
En caso de un aumento de 5 ug/dL o más sobre el control anterior, incidir sobre las medidas de 
prevención y realizar un control higiénico ocupacional 
10 – 19.9 ug/dL 
Similar a 5 – 9.9 ug/dL 
PARA MUJERES EN EDAD FÉRTIL SIN MÉTODO ANTICOCEPTIVO Y PERSONAS CON FACTORES DE RIESGO 
O CONDICIONES MÉDICAS QUE INCREMENTEN LA PROBABILIDAD DE DAÑO: 
Realizar control higiénico, rotación de puesto preventiva del involucrado y monitoreo biológico cada 4 
semanas hasta obtener 2 valores < 10 ug/dL, con lo cual podrá retornar a su labor habitual. 
Hemoglobina, Mini Mental/pruebas psiconeurológicas, creatinina y evaluación nutricional semestrales. 
VARONES SANOS SIN FACTORES DE RIESGO: 
Incidir en educación y realizar un control higiénico. Monitoreo biológico en 3 meses y de persistir con 
estos niveles, proceder como en el caso anterior (sólo es necesario un valor < 10 ug/dL). 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO 
 Manejo de Casos 
Concentración 
de plomo en 
sangre (ug/dL) 
Manejo 
20 – 29.9 ug/dL 
Control higiénico pronto; evaluación clínica y confirmación del monitoreo biológico en no más de 1 semana. 
Rotación de puesto preventiva del trabajador y monitoreo biológico cada 4 semanas hasta valores < 20 
ug/dL. 
Considerar suplemento dietético nutricional por 3 a 6 meses (calcio, hierro, zinc, proteínas) 
Hemoglobina, Mini Mental/pruebas psiconeurológicas, creatinina y evaluación nutricional semestrales 
30 – 39.9 ug/dL 
Control higiénico pronto; evaluación clínica y confirmación del monitoreo biológico en no más de 1 semana 
Rotación del trabajador por un periodo no menor de 3 meses a un área libre de exposición 
Monitoreo biológico y evaluación clínica por especialista cada 4 semanas o más frecuente si se indica 
Suplemento dietético nutricional por 3 a 6 meses (calcio, hierro, zinc, proteínas) 
Hemoglobina, Mini Mental/pruebas psiconeurológicas, creatinina y evaluación nutricional trimestrales 
Evaluar el retorno a la labor sólo si los niveles disminuyen a rango seguro 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO 
 Manejo de Casos 
Concentración 
de plomo en 
sangre (ug/dL) 
Manejo 
40 – 79.9 ug/dL 
Control higiénico a la brevedad y confirmación del monitoreo biológico en no más de 48 horas 
Referir para evaluación médica especializada urgente (institución acreditada con Nivel II de Atención o mayor) 
Exámenes auxiliares de acuerdo con sintomatología 
En caso de encefalopatía, referir al Nivel III de Atención 
Considerar terapia con quelantes en trabajadores sintomáticos con niveles mayores a 50 ug/dL 
Si es asintomático, dar suplemento nutricional dietético por 3 a 6 meses (calcio, hierro, proteínas) 
Hemoglobina, Mini Mental/pruebas psiconeurológicas, creatinina y evaluación nutricional trimestrales 
Rotación definitiva del trabajador a un área libre de exposición 
Monitoreo biológico y evaluación clínica más frecuentes, de acuerdo con la indicación del especialista 
>= 80 ug/dL 
Referir inmediatamente para evaluación médica especializada (institución acreditada con Nivel III de Atención) 
Todo lo señalado en 40 – 79.9 ug/dL 
Probable indicación de terapia con quelantes; si los niveles son > 100 ug/dL es mandatoria la terapia con 
quelantes 
Rotación definitiva del trabajador a un área libre de exposición 
Monitoreo biológico y evaluación clínica más frecuentes, de acuerdo con la indicación del especialista 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
ESTUDIO DE ENFERMEDAD PROFESIONAL Y 
RETORNO AL TRABAJO 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
ESTUDIO DE ENFERMEDAD PROFESIONAL Y 
RETORNO AL TRABAJO 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014
INDICADORES 
 Riesgo 
 Monitoreo Biológico 
Media y DS de Plomo Sérico 
Tasa de prevalencia (Nº trab Pb elevado / Nº expuestos) 
Intoxicación y rango inseguro 
 Excedencias de higiene 
Tasa de excedencias (Nº dosim Pb sobre los controles x 200,000 / HH 
trabajadas) 
Tasa de exposición (Nº trab de GES con UCL95% sobre los controles / 
Nº expuestos) 
Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
INDICADORES 
 Patología 
COMPUMET EIRL 
Tasa de incidencia (Nº casos en un año / total de 
trabajadores-año laborados) 
Casos probables y casos confirmados 
 Gestión del Sistema de Vigilancia 
 Mediciones 
Nº dosim realizadas / Nº dosim 
programadas x 100 
Nº monit amb realizados / Nº monit amb 
programados x 100 
 Cobertura de grupos objetivo 
Nº dosimetrías en el GES / Nº total de 
trabajadores en el GES x 100 
Nº trab con monitoreo biológico al día / Nº 
trab expuestos x 100 
Nº trab con examen médico al día / Nº trab 
expuestos x 100 
www.compumet.com.pe 
compumet_ingenieros@yahoo.com 
GRACIAS POR 
SU ATENCION ! 
Dr. Gilberto Blancas Torres 
24/10/2014

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Gestión de la Salud en el Trabajo

  • 1. GESTIÓN DE LA SALUD EN EL TRABAJO Instrumentos de la Vigilancia Médica Ocupacional VMO DIPLOMATURA DEL MODERNO SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN (SIG) SALUD, SEGURIDAD, AMBIENTE Y PRODUCCIÓN BASADO EN LA CALIDAD Dr. Gilberto Blancas Torres gilberto_bt@hotmail.com 24/10/2014 (GESTIÓN PREVENTIVA FB4)
  • 2. 1. Salud Ocupacional: Definiciones importantes. 2. Principales Normas Legales (Interpretación de las Nuevas Normas Legales). 3. La Vigilancia Médica Ocupacional (VMO) en la gestión de la SST. 4. Sistemas VMO. 5. Sistemas Preventivos Promocionales. 6. Ejemplos de Formatos de Seguimiento y Vigilancia. 7. Ejemplo de un Programa VMO. Dr. Gilberto Blancas Torres AGENDA: 24/10/2014
  • 3. SALUD OCUPACIONAL: DEFINICIONES IMPORTANTES SALUD: Es un derecho fundamental que supone un estado de completo bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades o de incapacidad. Reglamento de la Ley de SST y Organización Mundial de la Salud (OMS). SALUD OCUPACIONAL: Rama de la Salud Pública, que tiene como finalidad promover y mantener el mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones; prevenir todo daño (enfermedad o accidente) a la salud, causado por las condiciones de trabajo y por los factores de riesgo (en sus conceptos de posibilidad y verbo arriesgar); y adecuar el trabajo al colaborador; atendiendo sus aptitudes y capacidades. Compatible con el Reglamento de la Ley 29783 de SST NOTA: Dentro del marco general de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, está la definición técnica de Salud Ocupacional. Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 4. SALUD OCUPACIONAL: DEFINICIONES IMPORTANTES VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL (VMO): La VMO es el análisis , interpretación y difusión sistemática de datos colectados en forma metodológica teniendo como herramienta a las evaluaciones médico ocupacionales de los trabajadores, con el objetivo de observar o anticipar cambios, que requieran acciones oportunas, como la investigación o la aplicación de medidas de prevención y control. Raúl Gomero Cuadra , Juan Palomino Baldeón , Carlos Llap Yesán . Los Programas de Vigilancia Médica ocupacional en los Centros de Trabajo . Rev Med Hered 17 (2) , 2006 115-116. ENFERMEDAD OCUPACIONAL: Es la Enfermedad contraída como resultado de la exposición a factores de peligro y riesgo (como agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicolaborales), relacionadas al trabajo. Reglamento de la Ley de SST NOTA: El término Enfermedad Profesional (según RM-480-2008-SA) se utiliza con fines legales (en demandas o denuncias) e indemnizatorios (por Seguros o EPS). Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 5. SALUD OCUPACIONAL EMPRESA Peligros Físicos Peligros químicos Factores de Riesgo Ergonómicos Peligros Biológicos Factores de Riesgo Psicosocial Peligros de Seguridad Control de Riesgos de Salud Ocupacional Anual Examen Médico Enfermedades Ocupacionales Accidentes de Trabajo Enfermedades y Accidentes Comunes Ingreso Examen Médico Pre Ocupacional Atención Médica USOE Examen Médico Ocupacional Respuesta a emergencias médicas Ocupacional de Retiro Salida Definir casos de Enf. Ocupacional Evaluaciones de Exposición a Peligros Ocupacionales Rescate Asesoría en Salud Ocupacional Dr. Gilberto Blancas Torres
  • 6. 1. Identificación y evaluación del Riesgo 2. Control del Riesgo 3. Vigilancia y promoción de Salud 4. Asistencia de Salud 5. Recuperación Gestión Multidisciplinaria Ergonomía Higiene Ocupacional Medicina Ocupacional Psicología Ocupacional Enfermería Ocupacional Derecho Laboral y Sanitario. Normas Salud Ocup. Medio Ambiente (Gestión compartida) Seguridad Industrial (Gestión compartida) SALUD OCUPACIONAL 24/10/2014 6
  • 7. SALUD OCUPACIONAL Clases de Peligros y Riesgos que causan enfermedades (agentes): Físicos Químicos Ergonómicos Biológicos Psicosociales Ruido, Radiación, Vibración, Temperaturas Extremas (Frío y Calor), Cambios de Presión Atmosférica, baja Iluminación Sustancias Químicas en diferentes estados (Polvo, Gases, Humos, Vapores). Trabajo con carga, Movimiento repetitivo, malas posturas. Bacterias. Virus, Parásitos, Hongos. Carga laboral, supervisión autoritaria, Mooving, Grupo de trabajo Agresivo, Sobrecarga de trabajo. Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 8. SALUD OCUPACIONAL Clases de Peligros que causan Riesgos (Posibilidad) de accidente o enfermedad: Mecánicos Eléctricos Químicos Ergonómicos Biológicos Físicos Trabajos en altura, partes en movimiento, herramientas punzo cortantes. Trabajos en altura, Partes en movimiento, trabajo a desnivel. Sustancias Químicas en diferentes estados (Gases, Humos, Vapores). Trabajo con carga Bacterias. Virus, Parásitos, Hongos. Calor, frío Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 9. SALUD OCUPACIONAL Ejemplos de Peligros y daños: PELIGROS OCUPACIONALES, Ej. DAÑOS, Ej. Ruido Pérdida Inducida por Ruido (PAIR) ENFERMEDAD Polvo Neumoconiosis ENFERMEDAD Plomo Intoxicación crónica por Plomo ENFERMEDAD Cianuro Intoxicación Aguda ACCIDENTE Ejemplos de Riesgos y daños: RIESGOS OCUPACIONALES, Ej. DAÑOS, Ej. Manipulación de carga Desgarro de tendones ACCIDENTE Ingreso al área con gas fuera del LMP (Límite Máximo Permisible) Pérdida de conocimiento o muerte POSIBLE ACCIDENTE MORATAL Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 10. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El ignorar la Gestión de la Seguridad Industrial y la Salud Ocupacional tiene dos tipos de consecuencias:  Una humana, para el Individuo  Otra financieras, para la Organización Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014 10
  • 11. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Use ahora, o… Use después? Oido sano: Oido expuesto a ruido: 11 11 COSTOS PARA EL INDIVIDUO: Implementos durante la VMO….… o después?: 24/10/2014
  • 12. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 12 COSTOS PARA LA ORGANIZACION: 24/10/2014
  • 13. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Una gestión bien realizada en seguridad y salud ocupacional, se orienta hacia la confianza y satisfacción de los empleados y los accionistas; porque, los peligros y riesgos existentes, identificados y evaluados, se encontrarán controlados. 24/10/2014 13
  • 14. Requisitos Generales OHSAS 18001:2007 Recursos, funciones, responsabilidad, responsabilidad laboral y autoridad Entrenamiento, competencia y concientización Comunicación, participación y consulta Documentación Control de Documentos Control operativo Preparación y respuesta ante emergencias Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Determinación de Controles Requisitos legales y otros Objetivos y programas Medición del desempeño y monitoreo Investigación de incidentes, no conformidad, acciones correctivas y preventivas Control de Registros Auditorias Internas 4.2 POLÍTICA 4.3 PLANIFICACIÓN 4.4 IMPLEMENTACIÓN Y OPERACIÓN 4.5 VERIFICACIÓN Y ACCIONES CORRECTIVAS 4.6 REVISIÓN POR LA DIRECCIÓN Evaluación cumplimiento legal 24/10/2014 14
  • 15. MATRIZ OPERATIVA DE TODO EL PLAN Política de SST Planeamiento 1. Peligros y Riesgos 2. Requisitos legales y otros 3. Objetivos y Programas 1. Medicion de desempeño y monitoreo 2. Evaluación de cumplimiento legal, 3. Investigación de Incidentes, no conformidad, acción correctiva y preventiva 4. Control de Registros 5. Auditoría Interna 1. Recursos, funciones, responsabilidad laboral y autoridad 2. Entrenamiento, competencia y concientización 3. Comunicación, participacion y consulta 4. Documentación 5. Control de documentos 6. Control operativo 7. Preparación y respuesta a emergencias Mejora Evaluación Continua Control y acciones de mejora Implementación y Ejecución 1. Revisión por la Dirección DE SALUD OCUPACIONAL 24/10/2014 15
  • 16. MATRIZ OPERATIVA DE TODO EL PLAN DE SALUD OCUPACIONAL Plan Anual de Salud Ocupacional (PASO): Ejemplo operativo. ENE FEB MAR ABR MAY J UN J UL AGO S ET OCT NOV DIC #REF! #REF! #REF! #REF! #REF! #REF! #REF! #REF! #REF! #REF! #REF! #REF! X% PROGRAMADO ### ### ### ### ### ### ### ### ### ### ### ### AVANZADO ### ### ### ### ### ### ### ### ### ### ### ### OBJ ESTRAT xxxxxxx yyyyyy 1 yyyyyy 25/03/201 1 X% OBJET ESPECIF 1 xxxxxxx sss x 23/1 2/201 1 Y% 1 1 1 1 xxxxxx 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 OBJET ESPECIF 2 aaaaaa sss 1 xxxxxx Cumplido B% 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 A% 1 1 A% 1 xxxxxx 26/1 2/201 1 OBJET ESPECIF 3 Control de riesgos yyyyyy 3 B% 1 1 1 1 1 1 1 A% Mas ter de Vale y el de Contratas 1 1 1 1 1 xxxxxx PASO 2011 xxxxxx 26/1 2/201 1 xxxxxx xxxxxx xxxxxx 26/1 2/201 1 ACTIV 2.1 xxxxxxx xxxx 100 26/1 2/201 1 ACTIV 2.1 xxxxxxx xxxx 100 ACTIV 2.1 xxxxxxx xxxx 100 27/1 2/201 1 ACTIV 1.1 yyyy yyyyyy 1 25/03/201 1 CODIGO OBJ ET IVO / ACT IVIDAD META ACTIV 1.2 yyyy yyyyyy 4 Jus tificac ión del incumplimiento INDICADOR Res pons able PLAZO Evidenc ia xxxxxx xxxxxx Z% xxxxxx N% Z% ACTIV 2.1 xxxxxxx xxxx 100 26/1 2/201 1 ACTIV 2.1 xxxxxxx xxxx 100 A% xxxxxx xxxxxx xxxxxx xxxxxx xxxxxx Cumplimi ento por objetivo/a Cronograma 201 1 24/10/2014 Dr. Gilberto Blancas Torres 16
  • 17. Documento para Registro de Gestión de Acciones de Mejora (REGAM): REGISTRO DE ACCIONES DE MEJORA - RAM SIEMPRE XX día de semana LOGO DE LA EMPRESA Nro Fecha de origen Acción de Mejora ORIGEN DE LA ACCIÓN Responsable Fecha 1er Plazo Nro postergaciones Fecha Plazo Postergado Días de Retraso Estatus a la Fecha Comentarios / Sustento de cumplimiento 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 REGISTRO Siglas/Codigo VERSION NºXX DD/MM/AA FECHA RESPONSABLE DEL RAM: XXXX DE ACTUALIZACION 24/10/2014 Dr. Gilberto Blancas Torres 17
  • 18. PRINCIPALES NORMAS LEGALES EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Dr. Gilberto Blancas Torres Ley Nº 26842: Ley General de Salud: Cap. VII: De la Higiene y Seguridad en los Ambientes de Trabajo: Art 100: “Quienes conduzcan o administren actividades de extracción, producción, transporte y comercio de bienes o servicios, cualesquiera que éstos sean, tienen la obligación de adoptar las medidas necesarias para garantizar la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores y de terceras personas en sus instalaciones o ambientes de trabajo”.
  • 19. Ley Nº 29783: Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo del 20/08/11 (su modificatoria: Ley 30222): Art 26 (c): “El empleador está obligado a: … Disponer de una supervisión efectiva, para asegurar la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores”; VIDEO1. Art 29 y 30: Comité de SST y Supervisor de SST, con funciones definidas en el Reglamento de SST. Art 36: Los Servicios de SST tienen 11 funciones: IPERC, Asesoría, Vigilancia Ambiental y de Salud, Capacitaciones, Organización de PPAA y Atenciones de Urgencias, Participación en Análisis de Accidentes y Enfermedades Laborales; Art 37: Elaboración de la Línea Base del SGSST a través de una evaluación inicial del diagnóstico del estado de SST; Art 49 (d): “Obligaciones del empleador: … Practicar Exámenes Médicos antes, durante y al término de la relación laboral a los trabajadores, acordes con los riesgos a los que están expuestos en sus labores, a cargo del empleador”; Art 79 (e): “Obligaciones del trabajador: … Someterse a los exámenes médicos a que estén obligados por norma expresa, siempre y cuando se garantice la confidencialidad el acto médico”; y, Art 36 (f): “Servicios de salud y seguridad en el trabajo: … Vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con el trabajo”. NOTA: La RM-050-2013-TR, especifica el modelo de “Línea Base” (Check List de Lineamientos del SGSST) 24/10/2014 19
  • 20. DS-005-2012-TR: Reglamento de Ley de SST del 25/04/12 (modificatoria: DS-006-2014-TR): Art 33: “Los registros obligatorios del SGSST son ocho: 1- Registro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Ocupacionales, Incidentes Peligrosos y otros incidentes, con la investigación respectiva y las medidas correctivas; 2- Registro de Exámenes Médicos Ocupacionales; 3- Registro del Monitoreo de Agentes Físicos, Químicos, Ergonómicos, Biológicos y Psicosociales; 4- Registro de Inspecciones Internas de SST; 5- Registro de Estadísticas de Seguridad y Salud; 6- Registro de Equipos de Seguridad o Emergencia; 7- Registro de Inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia; 8- Registro de Auditorías. Art 38, 39 y 42: Comité de SST, Supervisor de SST, Funciones. Art 101: “El empleador debe realizar los exámenes médicos comprendidos en el inciso d) del Art 49 de la Ley, acorde a las labores desempeñadas por el trabajador en su récord histórico en la organización, dándole énfasis a los riesgos a los que estuvo expuesto a lo largo del desempeño laboral. Los exámenes médicos deben ser realizados respetando lo dispuesto en los Documentos Técnicos de la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores expedidos por el Ministero de Salud, o por el organismo competente según corresponda”. Art 107: “… los exámenes médicos son aquellos expresamente catalogados como obligatorios, según las normas expedidas por el MINSA. La negativa del trabajador a someterse a exámenes no obligatorios no podrá considerarse como falta sujeta a sanción por parte del empleador, con excepción de aquellos exámenes exigidos por normas internas de la organización en el caso de tratarse de actividades del alto riesgo …”. 24/10/2014 20
  • 21. RM-312-2011-TR: Protocolos de Exámenes Médicos Ocupacionales y Guías de Diagnóstico de los Exámenes Médicos Obligatorios por Actividad (modificatorias: RM-004-2014-TR y RM-571-2014-SA) III Objetivo: “Establecer el procedimiento de vigilancia de la salud de los trabajadores para identificar y controlar los riesgos ocupacionales en el trabajador, proporcionando información probatoria para fundamentar las medidas de prevención y control en los ambientes de trabajo”. VI: 6.3: “VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES: Hay dos tipos: a) Evaluaciones del Estado de Salud de los Trabajadores: Son evaluaciones médicas de la salud de los trabajadores antes, a intervalos periódicos, y después de terminar el desarrollo de las actividades en un puestos de trabajo, que entrañen riesgos susceptibles de provocar perjuicios para su salud o de contribuir a tales perjuicios. Así como en el análisis de la ocurrencia de accidentes de trabajo, enfermedades relacionadas al trabajo y de estados pre patogénicos en un periodo de tiempo.”… b) Evaluaciones de Riesgos para la Salud de los Trabajadores: “Evaluaciones cualitativas de los agentes o factores de riesgo de naturaleza físico, químico, y biológicos de acuerdo la metodologías de la Gestión del Riesgo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo del Perú (MTPE), del National Institut for Occupational Safety and Health de los EE.UU. (NIOSH) o de la Occupational Safety y Health Administration de los EE.UU. (OSHA). Evaluaciones cuantitativas para aquellos agentes o factores de riesgos físicos y químicos en las que se precise medir las intensidades, concentraciones o nivel de presencia de acuerdo a las disposiciones de Higiene Ocupacional establecidas por la Autoridad de Salud en el Reglamento del Capítulo VII de la Higiene y Seguridad de los Ambientes de Trabajo, de la Ley N 26842, Ley General de Salud, y de evaluaciones especificas, para los factores de riesgos psicosociales y disergonómicos relacionadas con las características y el rol del trabajo, y con la organización del trabajo. VI: 6.5: Exámenes Médicos Obligatorios por Actividad. -Anexo 2: Ficha Médico-Ocupacional. / Anexo 3: Ficha Psicológica-Ocupacional. / Anexo 4: Informe Técnico de la Salud de los Trabajadores. / Anexo 5: Ficha de Supervisión de la Vigilancia de Salud de los Trabajadores.
  • 22. DS-055-2010-EM: Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería: Art 7: “… Definiciones… : … Indice de Frecuencia, Indice de Accidentabilidad, Indice de Severidad…”. Art 38: Programa de SST. Art 61, 62 y 63: Comité de SST, Supervisor de SST y Funciones. Art 88, 89, 90, 91 y 92: IPERC, Mapas de Riesgos, Anexo 15 (Estándares, PETS y ATS) y Anexo 19. Art 108: Examenes Médicos Ocupacionales – Anexo 7C. Art 109: “Los trabajadores se someterán, por cuenta de su empleador, a los exámenes médicos preocupacionales, de control anual y de retiro… considerará la realización de aquellos exámenes que el equipo de salud ocupacional recomiende en base a su identificación de peligros y la evaluación y control de riesgos”. Art 113: Actualización con Ficha de Antecedentes Ocupacionales – Anexo 7C. Art 116: Archivo de EMOs en Área de Salud Ocupacional por 05 (activo) y 40 (pasivo) años. Art 117: Evaluación Médica para Ascenso a Grandes Altitudes” – Anexo 7D. Art 151: Investigación de Incidentes y Accidentes. RM-085-2013-TR Aprueban sistema simplificado de registros del SGSST para MYPES. En sus Anexos describen los 3 formatos de la Micro y 5 formatos de la Pequeña Empresa (ya no 8 como la RM-050 establece). 24/10/2014 22
  • 23. INTERPRETACION DE LAS NUEVAS NORMAS LEGALES EN SALUD OCUPACIONAL (Ley 30222, RM-571-2014-SA y DS-006-2014-TR) Para la elaboración de un Programa de SST eficiente…. Dr. Gilberto Blancas Torres
  • 24. Ley 30222 (11-07-14) Modifica la Ley 29783 (Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo)  Modifica, entre otros, el inciso “d” del Art 49 de la Ley 29783:  “Practicar exámenes médicos cada dos años, de manera obligatoria, a cargo del empleador. Los exámenes médicos de salida son facultativos, y podrán realizarse a solicitud del empleador o trabajador…”, se interpreta: Al reemplazar el Inc “d” del Art 49 la Ley 29783, no menciona la obligatoriedad expresa de los exámenes médicos pre-ocupacionales (EMPO), pero como la periodicidad de cada 2 años debe tener un punto de partida, el EMPO debe seguir realizándose. 24/10/2014 24
  • 25. Ley 30222 (11-07-14) Modifica la Ley 29783 (Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo)  “… En el caso de los trabajadores que realizan actividades de alto riesgo, el empleador se encuentra obligado a realizar los exámenes médicos antes, durante y al término de la relación laboral …”:  Las actividades de “alto” riesgo son como mínimo, las mencionadas en las normas legales como actividades de “riesgo”: a) DS-003-98-SA : Norma Técnica del SCTR con 26 actividades de “riesgo”. b) Ley 27866 (2002): Adiciona Manipuleo de Carga en Actividad Portuaria, para SCTR. c) Ley 28081 (2003): Adiciona Periodismo de Campo, para SCTR. d) Ley 28806 (2006): Adiciona Inspectores del Trabajo del MINTRA , para SCTR.  La calificación de “alto” riesgo ya está incluida dentro de riesgo (IPERC).  La periodicidad de EMOs se establecerá de los controles administrativos del IPERC. Bastará realizar el examen auxiliar específico para la tarea de “alto” riesgo con potencial de Enf. Ocup. (Ej: Sólo Audiometría semestral en expuestos a ruido por encima de 98dB) y no todo el EMO completo.  NOTA: El Art 36 del DS-009-97-EM (Reglamento de Seguridad Radiológica) prohíbe radiografías con fines ocupacionales, pero obligatorio para Minería (DS-055-2010-EM). 24/10/2014 25
  • 26. Ley 30222 (11-07-14) Modifica la Ley 29783 (Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo)  “En el reglamento se establecen los registros obligatorios a cargo del empleador, los que pueden llevarse por separado o en un solo libro o registro electrónico. Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) y las entidades o empresas que no realicen actividades de alto riesgo, llevarán registros simplificados …”:  Se ha subrayado lo adicionado por la modificatoria. La novedad es que en esta “simplificación” incluye a las empresas que no son de alto riesgo, pero la RM-085- 2013-TR sólo menciona formatos simplificados (resumidos) para las Micro (Anexo 2) y Pequeñas (Anexo 3), pudiendo ser digitales.  Como no hay una norma legal específica de formatos simplificados para empresas de bajo riesgo que no sean PYMES, entonces aplicamos "temporalmente" el Anexo 3 para Pequeñas empresas, hasta que aparezca la norma legal específica (actualmente no existe).  OJO: Aplican los formatos simplificados para las PYMES aún siendo empresas de alto riesgo (porque la norma no lo niega). 24/10/2014 26
  • 27. RM-571-2014-SA (25-07-14) Modifica 6.7.2 de RM-312-2011-SA (Protocolos y Guías de EMOs por Actividad)  “Están exceptuadas las empresas que realizan actividades de alto riesgo según el Anexo 5 de la Norma Técnica del SCTR (DS-003-98-SA)...“:  Tiene 2 características: a) Está ubicada inmediatamente después del inciso "b" del ítem 6.7.2. b) No menciona la relevancia del número de trabajadores para estos casos  Entonces, se refiere a que están exceptuadas de la aplicación del inciso "b" del ítem 6.7.2, es decir, que NO se exige un mínimo de horas presenciales para el médico ocupacional, en empresas y/o ambientes con 500 ó menos trabajadores, sin importar el número de trabajadores que tengan. En consecuencia: Por Lógica, la negación de una negación origina una afirmación: Se aplica el inciso "a" del ítem 6.7.2, que SI exige un mínimo de 30 horas semanales (5d/sem, 6h/d), en empresas y/o ambientes con más de 500 trabajadores, pero al no importar el número de trabajadores, se aplica aunque tengan menos de 500 trabajadores.  NOTA: Esto último es discutible porque la norma no lo afirma expresamente. 24/10/2014 27
  • 28. RM-571-2014-SA (25-07-14) Modifica 6.7.2 de RM-312-2011-SA (Protocolos y Guías de EMOs por Actividad)  Además, menciona que estas empresas de alto riesgo "deberán cumplir los estándares mínimos de sus respectivos sectores, establecidos en coordinación con el MINSA“:  Pero existen empresas calificadas dentro de los rubros de alto riesgo, según DS-003-98-SA, que NO tienen una norma legal específica sobre seguridad y salud ocupacional (Ej: Elaboración de productos químicos, de plásticos y geomembranas, etc), entonces se rigen por las normas legales comunes sobre SST (Ley 29783, su Reglamento DS-005-2012- TR, RM-312-2011-SA, etc). 24/10/2014 28
  • 29. RM-571-2014-SA (25-07-14) Modifica 6.7.2 de RM-312-2011-SA (Protocolos y Guías de EMOs por Actividad)  “Para empresas y/o ambientes de trabajo que dada su proximidad física reúnan a más de 500 trabajadores, también se exige la presencia de un médico ocupacional mínimo 30 hrs/sem (5d/sem, 6h/d). La presente condición no se aplica a las empresas cuya actividad es considerada de alto riesgo", se refiere que:  Las empresas con actividades de alto riesgo NO se pueden agrupar para tener un médico ocupacional en conjunto, al margen de la cantidad de trabajadores que tengan, y deben tenerlos "por separado", con un mínimo de 30 hrs/sem, cada una, aunque tengan menos de 500 trabajadores. 24/10/2014 29
  • 30. RM-571-2014-SA (25-07-14) Modifica 6.7.2 de RM-312-2011-SA (Protocolos y Guías de EMOs por Actividad)  En conclusión, cualquier empresa que esté presente en la lista de actividades de riesgo (DS-003-98/MINSA):  Conclusión 1: Debe tener un médico ocupacional con una permanencia mínima de 30 hrs/semana (5días/sem, 6hrs/día) aunque tengan menos de 500 trabajadores.  Conclusión 2: Si tuviera ambientes y/o empresas del grupo con proximidad física que reúnan a más de 500 trabajadores, NO se pueden agrupar para tener un sólo médico ocupacional, por lo que deben contar con la presencia del médico ocupacional 30 hrs/semana (5 días/sem, 6 hrs/día) por cada ambiente y/o empresa del grupo, aunque tengan menos de 500 trabajadores. 24/10/2014 30
  • 31. DS-006-2014-TR (09-08-14) Modifica el DS-005-2012-TR (Reglamento de la Ley de SST).  Modifica, entre otros, el inciso “d” del Art 49 de la Ley de SST:  “a) Al inicio de la relación laboral o, para el inicio de la relación laboral, se realiza un examen médico ocupacional que acredite el estado de salud del trabajador. Los trabajadores deberán acreditar su estado de salud mediante un certificado médico ocupacional que tendrá validez por un período de dos (2) años, siempre y cuando se mantengan en la misma actividad económica. Los certificados de los exámenes médicos ocupacionales que se realizan durante la relación laboral, tienen igual período de validez …”.  La forma de demostrar la “misma actividad económica” se demuestra mediante el IPERC por “puestos de trabajo” (no por áreas ni por procesos). 24/10/2014 31
  • 32. DS-006-2014-TR (09-08-14) Modifica el DS-005-2012-TR (Reglamento de la Ley de SST).  “b) Los trabajadores o empleadores de empresas podrán solicitar, al término de la relación laboral, la realización de un examen médico ocupacional adicional que debe ser pagado por el empleador. La obligación del empleador ... se genera al existir la solicitud escrita del trabajador”.  Si no existe la solicitud por escrito del trabajador, la empresa no está obligada a realizar el examen médico de retiro y se libera de responsabilidad: Administrativa (multas), Penal (denuncias - prisión) y Civil (demandas - indemnización). 24/10/2014 32
  • 33. DS-006-2014-TR (09-08-14) Modifica el DS-005-2012-TR (Reglamento de la Ley de SST).  “c) Los estándares anteriores no se aplican a las empresas que realizan actividades de alto riesgo, las cuales deberán cumplir con los estándares mínimos de sus respectivos Sectores”. Se refiere a las del DS-003-98-SA.  Los exámenes de ingreso, “periódicos” y de retiro, tendrán periodicidad menor según sus normas legales específicas (Ej: DS-055-2010-EM para Minería, DS-043-2007-EM para Hidrocarburos, RM-111-2013-EM para Electricidad, RD-268-2006-DCG y RD-212-2007-DCG para Pesquería, DS- 009-97-EM para Radiología, etc) y de los hallazgos del IPERC de cada una.  Si un trabajador se niega al examen periódico, la empresa puede despedirlo (Art 23 del DS-003-97-TR: Ley de Productividad y Competitividad Laboral, como “causa justa de despido”); y si se niega al examen de retiro, la empresa le envía una carta notarial y se libera de responsabilidad. En Minería el DS-055-2010-EM señala 2 convocatorias de 30 y 15 días (luego del cese), respectivamente (la 1ra con “cargo”). No se realizará examen de retiro si hubo un EMO en los últimos 2 meses (inciso “c” del ítem 6.4.3 de la RM-312-2011-SA). 24/10/2014 33
  • 34. DS-006-2014-TR (09-08-14) Modifica el DS-005-2012-TR (Reglamento de la Ley de SST).  “d) En el caso de las relaciones laborales que excedan el periodo de prueba y no cumplan el periodo señalado por el inciso d) del mencionado artículo 49, el examen médico de inicio es válido, siempre y cuando se mantenga en la misma actividad económica, para todo efecto y será presentado por el trabajador ante el próximo empleador, en caso de que no hayan transcurrido dos (02) años desde el examen médico ocupacional inicial mencionado”. El periodo de prueba son 3 meses (Art 10 del DS-003-97-TR: Ley de Productividad y Competitividad Laboral) y el examen pre-ocupacional vale para el examen de retiro cuando no hayan transcurrido 2 años y se mantenga la misma actividad económica (demostrada por el IPERC) ya que especifica “para todo efecto” de lo señalado en el Art 49 de la Ley de SST que dice: Practicar exámenes médicos antes, durante y al término de la relación laboral… Además su validez incluye para presentar a otras empresas dentro de los 2 años de vigencia. No aplica para actividades de alto riesgo. 24/10/2014 34
  • 35. DS-006-2014-TR (09-08-14) Modifica el DS-005-2012-TR (Reglamento de la Ley de SST).  e) En ningún caso, el costo del examen médico debe recaer en el trabajador.  El alcance de esta norma incluye a las reevaluaciones y levantamiento de observaciones por causa ocupacional (Ej: Repetir Audiometría en 30 días por STS, Repetir Audiometría/Espirometría por estar resfriado, Lavado de Oídos para Audiometría, I/C a Neumología para D/c TBC o Neumoconiosis, I/C Cardiología por HTA o Arritmias, Repetir Parasitológico seriado al hallarse eosinofilia, etc).  Asimismo, el Ministerio de Salud pública los precios referenciales de las pruebas y exámenes auxiliares que realizan las empresas registradas que brindan servicios de apoyo al médico ocupacional. ” 24/10/2014 35
  • 36. SISTEMAS DE VIGILANCIA MÉDICA OCUPACIONAL 1. Identificación y evaluación del Riesgo 2. Control del Riesgo 3. Vigilancia Médica Ocupacional 4. Asistencia de Salud 5. Recuperación Exámenes de Salud Ocupacionales: Pre ocupacionales, Anuales y Retiro Protocolos de examen según riesgos Criterios Limitantes Vigilancia de GES Registros: Ficha Médica, Informes para el trabajador, Informes para la Empresa, Reporte Estadístico Identificación temprana de Enfermedades Relacionadas al Trabajo en los EMO. REPORTE MINSA, MINTRA Procedimiento para diagnóstico Seguimiento de los casos de Accidente de Trabajo y Enfermedades Relacionadas al Trabajo. Indicadores de Salud Ocupacional: Índice de Frecuencia de EO Índice de Severidad de EO Incidencia y prevalencia por puestos o GES Las VMO en la Gestión de la SST (VMO) 24/10/2014
  • 37. Objetivos de la VMO: 1. Nos permite detectar tempranamente las alteraciones producidas debido a la exposición de los trabajadores a los diferentes Peligros Ocupacionales usando protocolos validados de evaluación médica. 2. Detectar tempranamente enfermedades comunes. 3. Determinar las causas de las enfermedades relacionadas al trabajo. 4. Evaluar la distribución epidemiológica de la patología ocupacional mediante indicadores. 5. Vigilar la evolución de enfermedades relacionadas declaradas. Dr. Gilberto Blancas Torres Las VMO en la Gestión de la SST 24/10/2014
  • 38. Finalidad (propósito) de la VMO: 1. Protección de la Salud de los Trabajadores. 2. Evaluar la Prevención Primaria. 3. Evaluar la capacidad funcional del trabajador. 4. Mejorar la calidad de vida del trabajador. Dr. Gilberto Blancas Torres Las VMO en la Gestión de la SST 24/10/2014
  • 39. Las VMO en la Gestión de la SST La VMO en el enfoque preventivo de la Salud Ocupacional: Identificación del Peligro Físicos Físicos VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL •EMOA •Exámenes según Riesgo •Diagnóstico de Enfermedades Relacionadas al Trabajo •Evaluación de Indicadores •Identificación indirecta de fuentes Biológicos Psicosociales Mecánicos •Tratamiento Temprano •Trabajo restringido •Reubicación Laboral •Rehabilitación Ocupacional Mediciones de Fuente Mediciones de dosis a trabajadores Nivel de Riesgo Factores de Riesgo •Priorización del riesgo •Métodos de control •Comunicación •Monitoreo el Riesgo •Selección del personal: Examen médico pre ocup. Ergonómicos Evaluación del Riesgo Gestión del Riesgo Identificación Temprana Tratamiento y Rehabilitación Prevención Primaria Prevención Secundaria Prevención Terciaria •Vigilar evolución de ERT declaradas •Vigilar las fuentes de riesgo Físicos Químicos 24/10/2014
  • 40. Ejemplo de un diagrama de VMO Dr. Gilberto Blancas Torres Las VMO en la Gestión de la SST 24/10/2014
  • 41. EMPO para prevención de lesiones o enfermedades ocupacioanles Dr. Gilberto Blancas Torres Las VMO en la Gestión de la SST 24/10/2014
  • 42. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 1. Los Programas específicos de Vigilancia Médica Ocupacional (VMO) deberán ser diseñados e implementados en base a lineamientos generales (técnicos, legales, políticos) que toda institución laboral debe tener. 2. Esta VMO se desarrollará mediante una serie de fuentes de información, entre las cuales tenemos: 2.1 Exámenes de Salud Ocupacional: En cumplimiento con la legislación, todos los trabajadores deben pasar Exámenes de Salud Ocupacional, los cuales serán realizados en función a los peligros y riesgos del puesto de trabajo, incluyendo los exámenes auxiliares y tipos de exámenes clínicos adecuados para dichos riesgos y condiciones técnicas definidas en el XXX (documento interno de la institución). Algunos Grupos de Vigilancia serían: Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 43. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL Programa de Conservación Auditiva (1) a) Vigilancia en Trabajadores Expuestos a Ruido:  Audiometrías con metodología CAOHC con STS (umbral auditivo) respecto ALB para repetir en 30d.  La Audiometría de Línea Base será considerada incluso 6 meses “después” de la contratación (OSHA) ó 30 días “antes” de la contratación (NIOSH).  Por encima del Nivel de Acción (50% del LMP) (82dB en 8h y 80 dB en 12h) serán audiometrías anuales.  Por encima del LMP (85dB en 8h y 83 dB en 12h) deberán pasar una audiometría anual.  Los trabajadores que excedan el 800% del LMP (94 dB para turnos de 8hrs o 92 dB para turnos de 12hrs) serán audiometrías semestrales. Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 44. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL Programa de Conservación Auditiva (2) a) Vigilancia en Trabajadores Expuestos a Ruido:  En trabajadores no expuestos (Ej: labores en oficinas fuera de plantas) no es necesario realizar audiometrías o podría considerarse cada 5 años.  En trabajadores de alta concentración o exigencia intelectual el ruido es < 65dB (RM-375-2008-TR) y en gestantes el LMP es 80dB para 8hrs (RM-374-2008-TR).  La Tasa Anual Objetivo del STS es hasta 3% (Curso “Supervisor Médico” CAOHC).  Efectividad del Programa de Conservación Auditiva (PCA): Estadística “mejor-peor” (%BW): <26% es aceptable; 26-40% es marginal; y >40% es inaceptable (Curso “Supervisor Médico” CAOHC). Según ANSI: Efectividad con cambios de 15 dB en 1 año. Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 45. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL Programa de Conservación Auditiva (3) Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 46. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL Programa de Protección Respiratoria (1) b) Vigilancia en Trabajadores Expuestos a Polvo:  Radiografías según metodología de la OIT.  Espirometrías según metodología NIOSH.  Desde por encima del Nivel de Acción para 8 hrs (1.5mg/m3) ó 12 hrs (1.4mg/m3) debe realizarse radiografía de tórax y espirometría en forma anual.  Para polvo y otras exposiciones (humos, vapores, gases, etc), se utilizarán los LMP según ACGIH 2011 (DS-015-2005-SA = ACGIH 2004) y el área de Seguridad Industrial seleccionará los EPP respiratorios según características, color y mantenimiento.  Casos de sospecha, recurrir a 2da opinión especializada. Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 47. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL Programa de Protección Respiratoria (2) Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 48. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL Programa de Protección Ergonómica (1) c) Vigilancia en Trabajadores con Riesgo Ergonómico:  Trabajadores con riesgo disergonómico (según RM- 375-2008-TR) “importante” que según la evaluación ergonómica del puesto de trabajo, requieren cambios urgentes en el puesto, deben de pasar una evaluación musculo-esquelética específica (RM-313- 2011-TR) en forma anual.  La periodicidad se origina de los “controles administrativos” del IPERC, según el instrumento que se haya utilizado.  Los casos sospechosos deben ser confirmados con pruebas clínicas objetivas y en caso necesario con exámenes auxiliares como radiografías , ecografías o resonancia magnética. Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 49. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL Programa de Protección Ergonómica (2) Fuerza excesiva 50Kg Mala Postura Movimientos repetitivos Vibración Dr. Gilberto Blancas Torres
  • 50. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL Programa de Protección para Metales d) Vigilancia en Trabajadores Expuestos a Metales:  Por encima del Nivel de Acción, los trabajadores que se expongan a metales en estado de partículas (polvos humos, nieblas) o vapores, deberán de tener un examen de metales en sangre u orina (según metal y método) por lo menos de forma anual.  Si algún caso es identificado por superar algún límite biológico (según NIOSH, OIT o Reglamento Interno) por exposición a metales, debe de seguir el manejo de protocolo correspondiente.  El examen clínico ocupacional debe apuntar a los riesgos químicos identificados en el puesto de trabajo (IPERL y su Control). Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 51. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL Programa de Protección para Radiaciones UV e) Vigilancia en Trabajadores Expuestos a Radiación UV:  Los GES que laboran en ambientes sin techo deben de estar identificados y los trabajadores en los exámenes de salud ocupacionales periódicos deben de pasar una evaluación dermatológica dirigida a identificar lesiones sospechosas.  De identificarse alguna, el caso debe ser referido al especialista quien debe de considerar la biopsia en caso lo requiera.  Los LMP para radiaciones son según la ACGIH, pero en gestantes el LMP para radiaciones ionizantes es <2mSv en 9 meses ó 1/20 del Límite Anual de Incorporación en 9 meses (RM-374-2008-TR). Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 52. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 2.2 Desde las Consultas Médicas: Mediante consultas ambulatorias realizadas por el mismo trabajador en los servicios de salud asistencial en las que puede aparecer la sospecha de Enfermedad Ocupacional (EO). Para tal efecto en la consulta debe de manejarse algunos criterios para establecer una posible relación ocupacional. Los casos de sospecha deben de ser interconsultados con el médico ocupacional. 2.3 Desde la Identificación Directa de Condiciones de Salud relacionadas a la labor por parte del mismo trabajador , de los supervisores u otros trabajadores. Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 53. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 3. Las EO “sospechosas” deben de ser evaluados por un Médico Ocupacional competente y el área de Higiene y Ergonomía, de modo que se pueda determinar la relación “causa-efecto” y tiempo de exposición, entre la lesión y el riesgo del puesto de trabajo siguiendo un procedimiento específico (RM-480- 2008-SA es “abierta” demuestrando esta relación). 4. La EO “confirmada” (por médico ocupacional y EPS donde tenga SCTR o EsSalud o INR) debe reportarse al MINTRA por el Centro Médico “Asistencial” en un plazo de 5 días hábiles (Art. 110 del DS-005-2012-TR: Reglamento de la Ley de SST). 5. Registrar los casos de EO y los GES (Grupos de Exposición Similar) a los que corresponden para establecer la frecuencia de los casos y la incidencia por GES. Esto permitirá identificar los GES con mayor consecuencia debido a riesgos de salud. Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 54. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 6. Registrar el número de días con descanso médico por EO para fines estadísticos y como indicador de severidad. 7. Mensualmente se actualizarán los indicadores relacionados a EO, según las siguientes fórmulas: a) Según RM-312-2011-SA:  Tasa de Prevalencia de EO (Casos “existentes”): Nro. total anual de Enf. Relac. al Trabajo x 100n / Nro. total de Trabajadores.  Tasa de Incidencia de EO (Casos “nuevos”): Nro. total anual de Enf. Relac. al Trabajo x 100n / Nro. total de Trabajadores.  Índice de Frecuencia de Estados Pre-Patológicos: Nro. total anual de Est. Pre-patológicos x 100n / Nro total de Trabajadores. b) Según RM-050-2013-SA (“referencial”):  Tasa de Incidencia de EO específica: Nro de Enf Ocup x 1000000 / Total de trabajadores "expuestos al agente". Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 55. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 8. En Accidentes de Trabajo, los indicadores “legales” son: a) Según RM-312-2011-SA:  Tasa de Incidencia de Accidentes: Nro total anual de accidentes de trabajo x 100n / Nro total de trabajadores.  Tasa de Frecuencia de Accidentes: Nro total de Incapacidades "Temporales" x 100n / "Exposición" de HH.  Índice de Gravedad de Accidentes: Nro total de días cargados (descanso médico) x 100n / "Exposición"de HH. b) Según RM-050-2013-SA (“referencial”):  Índice de Frecuencia: Nro de Accid Incapacitantes x 1000000 / HHT.  Índice de Gravedad: Nro total de días perdidos x 1000000 / HHT.  Índice de Accidentabilidad: Indice de Frec x Ind de Grav / 1000. c) Según DS-055-2010-EM:  Índice de Frecuencia de Accidentes: Nro de "Accid Mort" e Incapacitantes x 1000000 / HHT.  Índice de Severidad de Accidentes: Nro de días perdidos o cargados x 1000000 / HHT.  Índice de Frecuencia de Accidentes: Indice de Frec x Ind de Sev / 1000. Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 56. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 9. Las observaciones de salud que sean encontradas, incluyendo enfermedades comunes, serían clasificadas en tres niveles de criticidad para su seguimiento. Estos parámetros servirían se referencia y cada caso será analizado individualmente con el soporte especializado. 10. Todos los casos de EO confirmados ingresarán a un programa se seguimiento, según el XXX (documento interno de la institución). 11. Los casos identificados como EO deben de ser registrados como caso de un GES, el cual al tener un número poblacional permitiría calcular la Incidencia Específica en el GES, equivalente a: 1/Nro Población del GES x 100 en el mes que ocurre el diagnóstico ocupacional. Ello para un agente causal determinado. Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 57. SISTEMAS DE VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL 12. Los Exámenes Médicos Ocupacionales realizados en centros médicos autorizados (acreditados) deben de ser auditados mediante selección al azar de casos que acaben de pasar un preocupacional o anual, y evaluados presencialmente de nuevo. Estos casos auditados deben de ser registrados con sus hallazgos y observaciones por cada centro médico autorizado. Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 58. SISTEMAS PREVENTIVO PROMOCIONALES 1. Los Programas específicos Preventivo Promocionales deberán ser diseñados e implementados en base a lineamientos generales (técnicos, legales, políticos) que toda institución laboral debe tener. 2. Estos programas se desarrollarán teniendo en cuenta: 2.1 Celebración de Efemérides: Todas las fechas festivas y/o efemérides, según día, semana o mes, serán celebradas con banners, afiches y/o dípticos, definidas en el cronograma XXX (documento interno de la institución). Algunos ejemplos: Día Mundial de la SST, Día Mundial de la Salud, Día Internacional de la Concientización sobre el Ruido, Día Mundial del No Fumador, Día Mundial de la Nutrición/Obesidad, Día Mundial de Lucha contra el Cáncer, etc. Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 59. SISTEMAS PREVENTIVO PROMOCIONALES 2.2 Capacitación en enfermedades prevalentes: Se desarrollarán charlas de sensibilización sobre enfermedades prevalentes, la región de trabajo. Algunos ejemplos: Hipertensión Arterial, Diabetes, Obesidad, Tuberculosis, Depresión/Ansiedad, Parasitosis, Malaria, Fiebre Amarilla, Leishmaniasis, Enfermedades Dermatológicas, etc. 2.3 Capacitación en temas de interés: Se desarrollarán charlas sobre temas de interés general en la región de trabajo. Algunos ejemplos: Enfermedad Diarreica Aguda y Lavado de Manos, Verano saludable, Tétanos y Vacunación, Salud Bucal, Enfermedades Cancerígenas, Alcoholismo, Drogadicción, Tabaquismo, Métodos de Planificación Familiar, Cuide su Salud en las Fiestas de Fin de Año, etc. Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 60. FORMATOS DE SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA  Formato de Registro de Enfermedades Ocupacionales (RM-050-2013-TR).  No hay un formato “legal” del registro de Exámenes de Salud Ocupacionales (la RM-050-2013-TR, lo menciona pero no lo contempla)  El formato de base de datos de los resultados de los Exámenes de Salud Ocupacional, es a criterio del médico ocupacional (sugerimos con “lista de desplegables). 24/10/2014
  • 61. FORMATOS DE SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA  Ejemplo: Formato de Registro y Seguimiento Semanal Interno de Enf. Comunes y Ocup. N° APELIDOS Y NOMBRES DEL TRABAJADOR EMPRESA GERENCIA-AREA / PUESTO TIPO CASO (Enf Común / Enf Ocup) ORIGEN (EMPO / EMOA / EMOR) FECHA DE INICIO SEG. Días de DM a la fecha DIAGNOSTICO / DESCRIPCION DEL CASO 04/08/2014 11/08/2014 20/08/2014 1 XXXXX Cel. 995998170. Dr. NNNNN, Especialidad: NNNNNNN, Cel. #########, Clínica NNNNNN EC EMPO DIABETES MELLITUS NO CONTROLADA. Antecedente: 2000, en Tx con Metformina y Glibenclamida. Tuvo Lectura Elevada de la Presión Arterial (140/90), Hiperglicemia (318), y Obesidad (32.8). Además tuvo Neumonía (2009) y TBC pulmonar (hace 30 años). ¿SINTOMAS? Controles periódicos de Glicemia, Presión Arterial y Peso. Plan: Interconsulta a Endocrinología. Seguir con los controles de glicemia en ayunas. Dieta hipoglúcida e Hipocalórica. Implementar controles periódicos de Presión Arterial y de Peso; si en caso persiste la PA alta, se enviará a Cardiólogo. ¿CONTROL? 2 XXXXX Cel. 996479374. Dr. NNNNN, Especialidad: NNNNNNN, Cel. #########, Clínica NNNNNN EC EMPO HIPERTENSION ARTERIAL CONTROLADA. Antecedente 2010, en tratamiento con Enalapril 1 tb cada 12 horas. Además presenta Obsesidad (32.6), Dislipidemia en Tx con hipolipemiantes (2010). ¿SINTOMAS? Controles periódicos de Presión Arterial y Peso. Plan: Dieta Hipocalórica e Hipograsa. Implementar controles periódicos de Presión Arterial y Peso. CONTROL? 6 XXXXX EC EMPO ASMA BRONQUIAL E HIPERCOLESTEROLEMIA SEVERA. 7 XXXXX EC EMPO ARTRITIS REUMATOIDE, HIPOTIROIDISMO Y VITILIGO. 9 XXXXX EC EMOA DIABETES MELLITUS NO CONTROLADA E HIPERTENSION ARTERIAL NO CONTROLADA. 10 XXXXX EC EMOA OBESIDAD 2º 11 XXXXX EO EMOA TRAUMA ACUSTICO SEVERO: Tiene trabajando 8 años. En 2012 tuvo TA severo bilateral. Antecedentes ORL de importancia: Paperas. Se expone a ruido.y usa protección auditiva estricta. ¿SINTOMAS? Plan: Reforzar capacitaciones en el uso y conservación de EPP auditivo. ¿CONTROL? REGISTRO DE SEGUIMIENTO ENFERMEDADES COMUNES / OCUPACIONALES - EMPRESA XXX - 2014 NOTA: Puede utilizarse el método del semáforo, para determinar la periodicidad.
  • 62. FORMATOS DE SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA  Ejemplo: Formato de Reporte Diario Interno de Descansos Médicos REPORTE DIARIO DE DESCANSOS MEDICOS FECHA ACTUAL Periodo de los Descansos Médicos. Inicio 1 Fin 1 Total Días Motivo Cita Médica E AP AI Lugares de atención Médicos Tratantes Especialidad Empleado Área Dirección N° 1 XXXX 02/11/2010 02/11/2010 1 X Médico Cirujano GERENCIA DE RR.HH. - CENTRO MEDICO DE EMPRESA XXX Diagnóstico CIE 10 Comentarios Celulitis herida en ceja derecha Teléfono * Total de días con Descanso médico, de Enero 2014 a la fecha L03.8 1 5 XXXX 02/11/2010 04/11/2010 3 X Neurocirujano Lumbalgia Aguda post Esfuerzo M54.5 45 3 XXXX 07/09/2010 81 X Méd Gen/ Neurológo / Neurocirujano Tumor Cerebral C71. 82 5 XXXX 20/10/2010 38 X Mèdico General Depresiòn Menor F32.0 39 16 XXXX 24/11/2010 3 X Mèdico Cirujano Uña encarnada L60.0 7 Periodo de los Descansos Médicos. Inicio 1 Fin 1 Total Días Motivo E AP AI PRACTICANTES Lugares de atención Cita Médica Médicos Tratantes Especialidad Empleado Área Dirección 1 XXXX 18/11/2010 19/11/2010 2 X Cirujano Dentista Diagnóstico Pérdida de diente por accidente * Total de días con Descanso médico, de Enero 2014 a la fecha Teléfono Comentarios K80.1 4 Periodo de los Descansos Médicos. Inicio 1 Fin 1 Total Días GESTANTES Lugares de atención Cita Médica Médicos Tratantes Especialidad Área Dirección Diagnóstico * Total de días con Descanso médico, de Enero 2014 a la fecha Comentarios Teléfono Empleado MOTIVO Pre y Post Natal 1 XXXX 03/08/2010 01/11/2010 90 Ginecología Post cesareada 91 Pre y Post Natal 2 XXXX 13/10/2010 45 Ginecología Puerpera 49
  • 63. FORMATOS DE SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA  Ejemplo: Formato de Reporte Semanal Interno de Incidentes / Accidentes Laborales Incidentes Inicio 1 Fin 1 Total días calendario Tiempo Perdido (Días perdidos efectivos) Fecha de Inicio Fecha de Fin Total de días calendario Días de Trabajo restringido efectivos Incapacidad (Tiempo perdido) Leve (Atención Médica / Trabajo restringido) Primeros auxilios (SI / NO) Lugares de atención Médicos Tratantes Especialidades 1 XXXX 2 XXXX Empresa Área Fecha del Accidente Periodo de los Descansos Médicos ("Incapacidad" con tiempo perdido) Periodo de Trabajo restringido Clasificación Accidentes Cita Médica Diagnóstico Comentarios y visitas del Dr. REPORTE SEMANAL DE INCIDENTES / ACCIDENTES LABORALES 2014 CENTRO MEDICO DE EMPRESA XXX REPORTE CORRESPONDIENTE AL: FECHA N° Empleado Dr. Gilberto Blancas Torres
  • 64. EJEMPLO: Programa de Vigilancia Médica Ocupacional por exposición a Plomo en una minera Etapa de XXXX Ubicación: XXXX Metales: XXXX 24/10/2014 64
  • 65. PUESTOS DE TRABAJO Puesto Exposición Riesgo Cortador de roca y ayudante Puesto rotativo, mayor exposición del cortador. Jornada 10 hrs (8 x 6), sólo turnos diurnos. Cortador 4-8 hrs, ambiente cerrado, bipedestación, posturas sostenidas con inclinación leve de espalda y extensión de brazos. Ambiente con polvo, ruido y humedad (sierra circular). Ayudante detrás del cortador; asiste entregando las muestras para corte, y recepcionando las muestras cortadas, para luego ordenarlas y codificarlas. Ambos puestos utilizan respirador con filtro para particulados P100. Puesto Exposición Riesgo Ayudante de geometalurgia Polvo total Bajo Jornada de 10 horas en 8 x 6, turnos sólo diurnos. generado durante Chancado manual y cuarteado de muestras para envío a laboratorio, entre 4 a 6 horas al día. el chancado Respirador con filtro para particulados P100. manual Practicante de laboratorio Jornada de 5 horas, en 6 x 1, turnos sólo diurnos. Pulverizado, cuarteado y homogenizado de muestras, con aparatos eléctricos bajo campanas extractoras. Trabaja con el material pulverizado para embeberlo en resina epóxica. Respirador con filtro para particulados P100. Polvo respirable generado durante el pulverizado y manipulación del mismo Bajo Mantenimiento (tareas con pintura) Jornadas diversas. Lijado y pintado con herramientas manuales o equipos eléctricos; exposición muy variable, entre 2 a 10 horas. Trabajos son temporales. Respirador con filtro para vapores orgánicos y particulados P100. Actividades al aire libre. Pinturas libres de plomo con aprobación de sustancias químicas. Particulados del retiro de pinturas (partículas respirables); y vapores orgánicos en el pintado Bajo Soldador Jornada de 12 horas, en 20 x 10, con turnos sólo diurnos. Soldadura con arco eléctrico (oxiacetileno), bipedestación prolongada, posturas sostenidas, 1 a 2 horas promedio, esporádicamente 6 horas. Taller al aire libre, respirador con filtro humos de soldadura, P100. Accesorios libres de plomo Humo de soldadura (respirable) Medio Polvo respirable generado durante el corte de las muestras de mineral Medio
  • 66. POBLACION OBJETIVO  Expuestos a la generación de partículas de mineral, y humos de soldadura o pintura con potencial contenido de plomo  XX corte de roca  XX en geometalurgia  XX practicantes de laboratorio  XX soldadores de 3 contratistas de perforación  XX Trabajadores de mantenimiento que realicen tareas de pintado Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 67. POBLACION OBJETIVO SOLDADURA ACUMULADORES Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 68. EVALUACION DEL RIESGO  Identificación  Dosimetrías. Metodología NIOSH / AIHA para obtener del UCL95% para los GES establecidos (con un muestreo que considere el 95% del Top 10%)  Comparación con el LEO ajustado a la jornada laboral.  LEO-TWA(8) = 0.05 mg/m3  Monitoreo ambiental. Sólo en investigaciones higiénico / epidemiológicas  Impacto en los trabajadores  Dosaje de plomo en sangre por absorción atómica. Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 69. EVALUACION DEL RIESGO  Controles a considerar  Ambientes abiertos o sistemas de ventilación exhaustivos (formalmente evaluados)  Respirador con filtro para particulados P100  Prohibido comer, beber y fumar  Duchas  Ropa de trabajo no debe ser llevada  En áreas con acumulación potencial limpieza con aspirado agua  Trabajadores y supervisión comunicados y entrenados Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 70. EVALUACION DEL RIESGO  Nivel 2; nivel 3 sólo para riesgos altos y críticos Grupos de exposición similar (Puestos de interés) – Área(s) de interés Probabilidad Consecuencia Riesgo Corte de roca (Cortador de roca y ayudante) – Sala de corte de roca Improbable Controles aplicados y consistentes Exposición diaria ≤ 50% LEO Seria Intoxicación crónica por plomo Medio Trabajos en almacén de testigos (Ayudante de geometalurgia) – Almacén Nº 3 Improbable Controles aplicados y consistentes Exposición diaria ≤ 10% LEO Media Plomo sérico en niveles inseguros Bajo Laboratorio (Practicante de laboratorio) – Laboratorio Qemscan Improbable Controles aplicados y consistentes Exposición intermitente 6 días/mes ≤l 25% LEO Media Plomo sérico en niveles inseguros Bajo Mantenimiento (tareas con pintura) – Todas las áreas del campamento y zonas operativas Improbable Controles aplicados y consistentes Exposición intermitente ≤ 10% LEO Media Plomo sérico en niveles inseguros Bajo Mantenimiento mecánico eléctrico (Soldador) – Talleres de soldadura contratistas Improbable Controles aplicados y consistentes Exposición diaria ≤ 10% LEO Seria Intoxicación crónica por plomo Medio Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 71. METODOLOGÍA DE ESTUDIO PARA EL ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS 4. Evaluación por los Métodos Generalizados: (RM-050-2013-TR) Este 4to método, cuenta con (3) tres Modelos de Evaluación: Modelo 1, Modelo 2 y Modelo 3:  Modelo 1: Utiliza la “Matriz de Evaluación 6 x 6”: Severidad de las Consecuencias Vs Probabilidad o Frecuencia. 24/10/2014 71
  • 72. METODOLOGÍA DE ESTUDIO PARA EL ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS 4. Evaluación por los Métodos Generalizados: Así mismo, este 4to método, en su:  Modelo 1: “Matriz de Evaluación 6 x 6”: Cuenta con una «Tabla de Valoración de Riesgos», mostrada a continuación: 24/10/2014 72
  • 73. DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO  Definición - Ingreso de plomo al organismo humano que genera alteraciones bioquímicas, subclínicas y clínicas. - 40 ug/dL varones o 30 ug/dL mujeres en edad fértil.  Etiología Número atómico 82; metal pesado de color azuloso, flexible, inelástico, se funde con facilidad; forma sales, óxidos y compuestos organometálicos; en labores mineras de extracción, fundición y refinería Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 74. UBICACIÓN DEL PLOMO AGUA ALIMENTOS SUELO AIRE OCUPACIONAL “INDUSTRIAL” NO OCUPACIONAL “COMUNIDAD” Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 75. UBICACIÓN DEL PLOMO Rábano Papas Zanahoria Dr. Gilberto Blancas Torres
  • 76. DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO  Toxicología:  Absorción respiratorio y gastrointestinal.  Condicionantes de mayor absorción: deficiencia nutricional de hierro, bajo consumo de calcio en la dieta, y la ingesta con estómago vacío.  99% se une a eritrocitos circulantes y alcanza los tejidos a través de la sangre.  Cruza barreras hemato-placentaria y hemato-encefálica, pero ingreso a SNC es más lento que a otros tejidos blandos.  Eliminación con modelo cinético de multicompartimiento: compartimiento de eliminación rápida (sangre y tejidos blandos; 1 a 2 meses de vida media), y compartimiento de eliminación lenta (huesos; vida media de años a décadas)  Más del 90% de la excreción es por vía urinaria Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 77. DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO Ingestion Contacto Distribución Eliminación Tracto digestivo Sangre Eritrocitos 92-99% Hígado Piel Glándulas Huesos (deposito) Músculo Cerebro Riñones Inhalación Tracto respiratorio Agua Alimentos Aire Excretas 85-90% Sudor, pelo, uñas Saliva, leche Orina 75 % Aire exhalado 16 % Adultos 92-94% Niños 79-75 % Absorción 10-15 % adultos Absorción 30-50%(adultos) Mayor en niños Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 78. DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO  Cuadro clínico: Sistema Intoxicación Aguda Intoxicación Crónica Sistema Nervioso Central Fatiga, malestar Cefalea Encefalopatía (delirio , ataxia, convulsiones, estupor, coma) Fatiga, malestar Irritabilidad, ánimo depresivo Disminución de la libido Disfunción neuropsicológica Cefalea Tremor Encefalopatía (delirio , ataxia, convulsiones, estupor, coma) Sistema Nervioso Periférico Debilidad motora Gastrointestinal Anorexia Náuseas Dolor abdominal cólico Transaminasemia Anorexia Náuseas Estreñimiento Pérdida de peso Dolor abdominal cólico Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 79. DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO  Cuadro clínico: Sistema Intoxicación Aguda Intoxicación Crónica Sangre (heme) Anemia (particularmente hemolítica) Punteado basófilo Anemia (hipocrómica-microcítica o normocítica) Punteado basófilo Renal En niños, pseudo síndrome de Fanconi Insuficiencia renal crónica Nefritis intersticial Proteinuria de bajo grado Reumatológico Mialgias, artralgias Mialgias, artralgias Gota Cardiovascular Hipertensión Reproductivo Aborto espontáneo Aborto espontáneo Déficit cognitivo, bajo peso al nacer, retardo en el crecimiento Oligospermia Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 80. VIGILANCIA MEDICA  Monitoreo Biológico  Dosaje de plomo en sangre (método de absorción atómica).  Evaluación médica dirigida  Historia clínica estandarizada con énfasis en los antecedentes ocupacionales y otras potenciales fuentes de exposición;  Examen físico con énfasis en los órganos y sistemas comprometidos; y  Mini mental test y/o pruebas psiconeurológicas.  Otros exámenes de laboratorio específicos  La literatura no recomienda su aplicación rutinaria en la vigilancia laboral por lo que su aplicación será condicionada a la opinión del Toxicólogo (interconsulta).  Incluyen Protoporfirina Zinc, Fluorescencia con Rayos X, Dosaje en orina de: Zinc Coproporfirina, ácido delta aminolevulínico y plomo.  Otros exámenes de laboratorio inespecíficos  Hemograma completo, creatininina  Educación acerca del plomo y sus riesgos  Charla para los trabajadores y los supervisores de frecuencia anual. Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 81. VIGILANCIA MEDICA Monitoreo Biológico periódico Monitoreo Biológico extraordinario Evaluación Médica - Examen preocupacional (ingresantes). - Examen Anual (periódico) - Examen de retiro (terminan del vínculo laboral) - Trabajadores con plomo en sangre en límites seguros, asintomáticos y sin otros hallazgos de laboratorio Trabajadores con plomo en sangre en niveles inseguros, superiores a 20 ug/dL Evaluación Médica extraordinaria Trabajadores con plomo en sangre en niveles seguros, con signos, síntomas o hallazgos de laboratorio compatibles con daño por plomo Trabajadores con intoxicación por plomo (>30ug/dL en mujeres o 40 ug/dL en varones) o niveles en sangre mayores a 20 ug/dL con síntomas o hallazgos de laboratorio sugerentes de intoxicación por plomo (todos estos rotarán de puesto temporalmente) Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 82. DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO  Diagnóstico Criterios de Diagnóstico  Antecedente epidemiológico de exposición ocupacional.  Manifestaciones Clínicas compatibles con intoxicación por plomo  Dosaje de plomo en sangre por método de absorción atómica compatible. Definición de Casos  CASO PROBABLE DE INTOXICACIÓN OCUPACIONAL POR PLOMO Antecedente de exposición ocupacional y/o manifestaciones subclínicas, clínicas o hallazgos de laboratorio compatibles. La conducta en este caso es hacer el dosaje inmediato de plomo en sangre. Ante un dosaje en nivel seguro se consultará con el toxicólogo para ampliar los estudios.  CASO CONFIRMADO DE INTOXICACION OCUPACIONAL POR PLOMO Caso probable de intoxicación ocupacional en el que se encuentran niveles de plomo en sangre por encima del valor seguro. Todos los casos confirmados se deben notificar al MINSA y al MINTRA. Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 83. DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO  Manejo de Casos  Verificar al ingreso niveles menores a 20 ug/dL Concentración de plomo en sangre (ug/dL) Manejo < 5 ug/dL Evaluación médica de vigilancia y monitoreo biológico periódico Incluir: Presión arterial (vigilancia de hipertensión) Hemograma (vigilancia de anemia causada por plomo, e indicio de deficiencia nutricional de hierro que es factor predisponente) Creatinina sérica (vigilancia de la función renal) Glicemia de ayuno (vigilancia de diabetes mellitas, condición que sinergiza en el deterioro renal) Ácido úrico sérico (gota) Mini mental/pruebas psiconeurológicas (disfunción cognitiva) Educación periódica en riesgos y prevención, incluir hábitos dietéticos e higiene Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 84. DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO  Manejo de Casos Concentración de plomo en sangre (ug/dL) Manejo 5 – 9.9 ug/dL Similar a < 5 ug/dL Reducir la exposición para mujeres gestantes o que desean gestar En caso de un aumento de 5 ug/dL o más sobre el control anterior, incidir sobre las medidas de prevención y realizar un control higiénico ocupacional 10 – 19.9 ug/dL Similar a 5 – 9.9 ug/dL PARA MUJERES EN EDAD FÉRTIL SIN MÉTODO ANTICOCEPTIVO Y PERSONAS CON FACTORES DE RIESGO O CONDICIONES MÉDICAS QUE INCREMENTEN LA PROBABILIDAD DE DAÑO: Realizar control higiénico, rotación de puesto preventiva del involucrado y monitoreo biológico cada 4 semanas hasta obtener 2 valores < 10 ug/dL, con lo cual podrá retornar a su labor habitual. Hemoglobina, Mini Mental/pruebas psiconeurológicas, creatinina y evaluación nutricional semestrales. VARONES SANOS SIN FACTORES DE RIESGO: Incidir en educación y realizar un control higiénico. Monitoreo biológico en 3 meses y de persistir con estos niveles, proceder como en el caso anterior (sólo es necesario un valor < 10 ug/dL). Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 85. DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO  Manejo de Casos Concentración de plomo en sangre (ug/dL) Manejo 20 – 29.9 ug/dL Control higiénico pronto; evaluación clínica y confirmación del monitoreo biológico en no más de 1 semana. Rotación de puesto preventiva del trabajador y monitoreo biológico cada 4 semanas hasta valores < 20 ug/dL. Considerar suplemento dietético nutricional por 3 a 6 meses (calcio, hierro, zinc, proteínas) Hemoglobina, Mini Mental/pruebas psiconeurológicas, creatinina y evaluación nutricional semestrales 30 – 39.9 ug/dL Control higiénico pronto; evaluación clínica y confirmación del monitoreo biológico en no más de 1 semana Rotación del trabajador por un periodo no menor de 3 meses a un área libre de exposición Monitoreo biológico y evaluación clínica por especialista cada 4 semanas o más frecuente si se indica Suplemento dietético nutricional por 3 a 6 meses (calcio, hierro, zinc, proteínas) Hemoglobina, Mini Mental/pruebas psiconeurológicas, creatinina y evaluación nutricional trimestrales Evaluar el retorno a la labor sólo si los niveles disminuyen a rango seguro Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 86. DESCRIPCION DE LA INTOXICACION POR PLOMO  Manejo de Casos Concentración de plomo en sangre (ug/dL) Manejo 40 – 79.9 ug/dL Control higiénico a la brevedad y confirmación del monitoreo biológico en no más de 48 horas Referir para evaluación médica especializada urgente (institución acreditada con Nivel II de Atención o mayor) Exámenes auxiliares de acuerdo con sintomatología En caso de encefalopatía, referir al Nivel III de Atención Considerar terapia con quelantes en trabajadores sintomáticos con niveles mayores a 50 ug/dL Si es asintomático, dar suplemento nutricional dietético por 3 a 6 meses (calcio, hierro, proteínas) Hemoglobina, Mini Mental/pruebas psiconeurológicas, creatinina y evaluación nutricional trimestrales Rotación definitiva del trabajador a un área libre de exposición Monitoreo biológico y evaluación clínica más frecuentes, de acuerdo con la indicación del especialista >= 80 ug/dL Referir inmediatamente para evaluación médica especializada (institución acreditada con Nivel III de Atención) Todo lo señalado en 40 – 79.9 ug/dL Probable indicación de terapia con quelantes; si los niveles son > 100 ug/dL es mandatoria la terapia con quelantes Rotación definitiva del trabajador a un área libre de exposición Monitoreo biológico y evaluación clínica más frecuentes, de acuerdo con la indicación del especialista Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 87. ESTUDIO DE ENFERMEDAD PROFESIONAL Y RETORNO AL TRABAJO Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 88. ESTUDIO DE ENFERMEDAD PROFESIONAL Y RETORNO AL TRABAJO Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014
  • 89. INDICADORES  Riesgo  Monitoreo Biológico Media y DS de Plomo Sérico Tasa de prevalencia (Nº trab Pb elevado / Nº expuestos) Intoxicación y rango inseguro  Excedencias de higiene Tasa de excedencias (Nº dosim Pb sobre los controles x 200,000 / HH trabajadas) Tasa de exposición (Nº trab de GES con UCL95% sobre los controles / Nº expuestos) Dr. 24/10/2014 Gilberto Blancas Torres
  • 90. INDICADORES  Patología COMPUMET EIRL Tasa de incidencia (Nº casos en un año / total de trabajadores-año laborados) Casos probables y casos confirmados  Gestión del Sistema de Vigilancia  Mediciones Nº dosim realizadas / Nº dosim programadas x 100 Nº monit amb realizados / Nº monit amb programados x 100  Cobertura de grupos objetivo Nº dosimetrías en el GES / Nº total de trabajadores en el GES x 100 Nº trab con monitoreo biológico al día / Nº trab expuestos x 100 Nº trab con examen médico al día / Nº trab expuestos x 100 www.compumet.com.pe compumet_ingenieros@yahoo.com GRACIAS POR SU ATENCION ! Dr. Gilberto Blancas Torres 24/10/2014