1. Universidad Fermín Toro
Facultad de Ciencias Económicas y Sociales
Escuela de Relaciones Industriales.
Integrantes:
Colmenarez Genessy C.I.: 23.364.645.
2. ¿Qué es la descentralización? Es el
mecanismo desarrollativo del Estado, viene a
ser una forma jurídica, en que se organiza la
administración pública, mediante la creación
de entes públicos. A través de esta forma de
organización y acción administrativa, que es
la descentralización, se atienden
fundamentalmente servicios públicos
específicos.
La descentralización tiene además
elementos que posibilitan su desarrollo; la
disponibilidad de recursos propios por el ente
descentralizado, la coordinación de las acciones de
diferentes entidades públicas en el territorio del ente
descentralizado, la tendencia progresiva a
entregar responsabilidad al ente descentralizado, vía
delegación, de los servicios que se presten en su
territorio y que se dirigen principalmente a
la población de ese territorio y el desarrollo de
nuevos y más amplios dispositivos de participación
política y social.
3. Transferencias de competencias desde
la administración central a nuevos
entes morales o jurídicos.
El estado dota de entidad jurídica al Se le asigna un patrimonio propio y
órgano descentralizado una gestión independiente de la
administración central.
Se basa en un principio
de autarquía (organización política y
El estado solo ejerce tutela sobre estos
económica de un Estado fundada en el
autoabastecimiento)
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descentralización fiscal (Barreto, 2003).
5. Los Consejos Comunales: A partir del 2006, el Ejecutivo Nacional ha estimulado la
creación de los consejos comunales, a los cuales por leyes les transfirió competencia en
la formulación, ejecución, control y evaluación de proyectos sociales, con el objeto de
satisfacer las necesidades más apremiantes de las comunidades.
Se han creado más de 34.564 consejos comunales (Fundación Centro Gumilla, 2009),
y la mayoría han recibido cuantiosos recursos del Ejecutivo Nacional. Pero la
participación activa y creadora de las comunidades no puede darse sin la construcción de
capacidades para el desarrollo y el pluralismo, sino se corre el riesgo de consolidar el
caciquismo local en detrimento de la participación de los vecinos.
Las Comunas: En marzo de 2009 fue creado el Ministerio del Poder Popular para las
Comunas y Participación Social. Las comunas resultan de la integración de los consejos
comunales y sus ámbitos geográficos. Para propiciar su conformación este Ministerio
estimula, a través de funcionarios acreditados, la creación de Salas de Batalla Sociales en
los municipios, espacios de confluencia de los voceros de los consejos comunales, en
donde se promueve la participación ciudadana.
6. Creado por Ley en febrero de 2010, este organismo está
definiendo los distritos motores de desarrollo y otros
mecanismos de transferencia de competencias a las
comunidades organizadas.
Es presidido por el Vicepresidente Ejecutivo de la República.
Los procesos de descentralización y participación ciudadana
están siendo estimulados "desde arriba"; por tanto se
desconoce aun su trascendencia e integración a la
idiosincrasia venezolana.
No obstante, han generado un sincero deseo de participar en
los asuntos públicos por parte de cuantiosos sectores de la
sociedad civil.
Consejo Estadal: Es el órgano encargado de la
planificación integral del Municipio.
Diseña el Plan de Desarrollo Municipal y los demás
planes municipales.