1. EL SINDICALISMO
“Los derechos sindicales son derechos fundamentales que se erigen
en un plano internacional y cuyos preceptos en la legislación
laboral han sido permeados por la Corte Constitucional
colombiana a partir de la Constitución de 1991”.
2. El sindicalismo es producto de la Revolución industrial.
Los primeros sindicatos se crearon en Europa Occidental y en EEUU
a finales del siglo XVIII y principios del XIX, como reacción ante el
desarrollo del Capitalismo.
En Inglaterra aparecieron las primeras asociaciones de este tipo, las
cuales reunían a sastres y tejedores que tenían como propósito
fortalecer su posición frente a las grandes industrias. Este exceso de
oferta de mano de obra aumento la dependencia de la clase
trabajadora. Para reducir esta dependencia se crearon los primeros
Sindicatos, sobre todo entre los artesanos, que veían amenazada su
actividad laboral, y que ya contaban con cierta tradición de unidad en
los gremios.
3. ORIGEN Y EVOLUCION
La historia sindical comenzó con la Revolución Industrial y
la Democracia Moderna, cuando la esclavitud comenzó a
ser abolida legalmente y el trabajo asalariado a
generalizarse, a menudo se pone como precedente la
revolución francesa, que provoco la quiebra del sistema
feudal y el reconocimiento por primera vez de ciertos
derechos de la clase obrera. Durante mas de un siglo, la
acción colectiva de los
trabajadores(Sindicatos, huelga, convenios colectivos) fue
considerada generalizadamente como un crimen. Es en
Europa, y mas concretamente en Inglaterra, donde
aparecen los primeros movimientos obreros, como el
Ludismo conducido por Ned Ludd, rompedores de
maquinas (1810,1811).
4. SINDICALISMO EN COLOMBIA
La historia del sindicalismo en Colombia, data desde el
mismo momento en que empezaron a formarse las
primeras fabricas y empresas en el país, sin embargo,
hablar de sindicalismo propiamente dicho, se remonta a
comienzos de los años 1918- 1920, cuando se empiezan a
formar las primeras organizaciones sociales de los
trabajadores.
5. SINDICALISMO EN COLOMBIA
En Colombia, el primer sindicato aparece en 1847
gracias a la creación de la Sociedad de artesanos
de Bogotá, cuyo fin era el de presionar un alza en
los impuestos de aduana para que los productos
elaborados por ellos pudieran competir en igual de
condiciones con los traídos de otros países.
6. En Colombia sólo se inició el proceso de industrialización
al concluir el siglo XIX;
la Constitución de 1886 establecía restricciones al
derecho de asociación.
En el país no existía una reglamentación del trabajo que
protegiera a los asalariados de las empresas
industriales, que aunque modestas, abusaban de los
derechos de los trabajadores.
7. SINDICALISMO EN COLOMBIA
El trabajo humano subordinado sólo se encontraba
regulado el en Código Civil bajo el título de
«arrendamiento de criados domésticos».
En 1918 tiene lugar uno de los primeros movimientos
huelguísticos; los trabajadores de los puertos de
Cartagena, Barranquilla y Santa Marta suspenden
actividades en demanda de mejores salarios.
8. SINDICALISMO EN COLOMBIA
Al llegar en 1930 el Partido Liberal al poder comenzó una
«era de oro» para la historia del sindicalismo. Algunos de los
hechos más sobresalientes son:
En 1931 se expidió la Ley 83 sobre organización sindical. A través
de esta Ley se definió lo que sería el sindicato de base, se realizó la
distinción entre sindicatos gremiales y sindicatos industriales, se
establecieron normas sobre declaración de huelgas.
En el mismo año se estableció que la personalidad jurídica de los
sindicatos fuese otorgada por el Ministerio de Gobierno, previo
concepto favorable de las gobernaciones departamentales, y con la
expedición del decreto 2169 de 1931.
9. SINDICALISMO EN COLOMBIA
La Ley 10 de 1934 define por primera vez lo que se
entiende por «Contrato de trabajo».
En 1938 se crea el Ministerio de Trabajo, Higiene y
Previsión Social, mediante la Ley 69.
En 1948, mediante el Código legislativo Núm. 2158, se
expidió el Código Procesal del Trabajo.
10. SINDICALISMO EN COLOMBIA
Es durante el gobierno de Alfonso López Pumarejo
que la lucha sindical comienza a ser respaldada por el
Gobierno.
En 1935 se fundó la primera central obrera: la CST
(Confederación sindical de trabajadores), la cual,
tres años más tarde, se convirtió en la Confederación
de trabajadores de Colombia, formada por
trabajadores liberales y comunistas.
11. Tratados internacionales que regulan el Derecho de Asociación
1. Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
• Esta Declaración fue el primer instrumento en el ámbito internacional.
• Promulgada en Bogotá en mayo de 1948, fue aprobada por la Asamblea
General de las Naciones Unidas el 1O de diciembre del mismo año.
2. Convención Americana sobre Derechos Humanos
(Pacto de San José de Costa Rica 22/11/1969).
• Esta convención consagra en su artículo 16 la Libertad de Asociación.
• Comprende la posibilidad de establecer asociaciones de tipo político,
ideológico, religioso, económico, laboral, social, cultural, deportivo, etc.
12. 3. Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre DDHH.
(Protocolo de San Salvador). ratificado por Colombia el 23/12/97,
• Este protocolo consagra en su artículo 8 los derechos sindicales
así:
Por un lado, la obligación que surge de los estados parte en la
misma de garantizar la posibilidad de que los trabajadores organicen
Sindicatos y puedan afiliarse al de su elección.
por otro, el derecho de huelga, el cual no puede ser limitado sino
únicamente a los miembros de las Fuerzas Armadas y de Policía,
al igual que a las personas que presten servicios públicos esenciales.
13. 4. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
• Este pacto consagra el Derecho de Asociación Sindical
casi en los mismos términos que lo hace el Protocolo
Adicional ala Convención Americana sobre Derechos
Humanos.
• Y compromete a los estados parte a garantizar el derecho
de las personas a fundar sindicatos y a afiliarse al de su
elección; formar federaciones o confederaciones
nacionales.
14. Carácter Multilateral
OIT ESTADOS
reconocida por la ONU e integrante del conjunto de Agencias
Internacionales que con ésta interactúan
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO
Principio Tripartismo
Estructura Tripartita
Participación Tres Estamentos
1 2 3
Sindicatos Empleadores Gobiernos
Representación Agrupaciones Embajadores
1 Trabajadores 1 Gremiales 2
Ad-hoc
Dialogo Social
Voz y Voto
formulación y aprobación
Independiente
LEYES Económico, Laboral o Social
Conferencia Internacional del Trabajo
analizar las políticas más generales y los temas emergentes
Junio, Ginebra, Suiza y relevantes a nivel internacional del Derecho Laboral y
Social, y fija las políticas generales de la OIT.
15. CONSTITUCION
Articulo 38 Libertad de asociación
Articulo 39 Derecho de Asociación sindical y empresarial
Articulo 55. Derecho de negociación colectiva
Articulo 56. Se garantiza el derecho de huelga.