5.1 organizacion politicca las instituciones en la baja edad media el reino de castilla y corona de aragon (andres y henrik)
1.
2. El reino de Aragón más que un reino unificado fue una confederación de
reinos, Aragón, Valencia y Mallorca, y el Principado de Cataluña que poseían
distintas instituciones y leyes.
A menudo se caracteriza la monarquía aragonesa como una monarquia
pactista, en la que el poder del monarca era débil y el rey debía de pactar con
los estamentos privilegiados y respetar las leyes de cada reino a la hora de
tomar una decisión.
Al frente de cada reino había un lugarteniente del Rey que actuaba como su
delegado.
Otras instituciones eran el Consejo Real y la Audiencia.
En el siglo XIII nacieron las Cortes en los reinos de Cataluña, Aragón y
valencia. Fueron organismos independientes en cada reino y fueron
adquiriendo un creciente poder.
Las Cortes eran asambleas estamentales donde se reunían representantes de
los dos estamentos privilegiados y del patriciado urbano (alta burguesía de las
ciudades). Dominadas por la nobleza y el clero, controlaron el poder del
monarca y velaron por los intereses feudales del clero y la nobleza limitando
el poder del monarca.
4. Los reinos peninsulares presentaban una estructura política similar basada en tres
instituciones: Monarquía, Cortes y Municipios, aun que cada reino tenía sus
peculiaridades. Los reinos se consideraban patrimonio de la monarquía, que podía
unirlos o dividirlos según su interés, ejercía el poder supremo (dictaba leyes, impartía
justicia, acuñaba moneda, convocaba al ejercito…) , organiza la corte con el Consejo
Real (asesores), La Curia (justicia), La Chancillería (administración) y La Tesorería
(finanzas). El monarca castellano tiene mas poder autoritario. Llevando a cabo un
proceso de centralización con el Código de las Siete Partidas (Alfonso X) establecido
definitivamente con el Ordenamiento de Alcalá ( Alfonso XI). La estructura de la
Corona de Aragón es mas feudal por lo que se impulsó el pactismo, donde se
respetaba las leyes, instituciones y costumbres, fijados en el código (Fueros, Furs,
Usatger), de cada territorio. Las Cortes nacen en León, estaban formadas por tres
brazos (nobleza , clero y pueblo). En Castilla tenían un carácter consultivo y para
afrontar subsidios (financiación), en Aragón gozaran de una cierta función legislativa,
y en Navarra suponía una limitación al poder real. La Corona de Aragón es una
confederación de reinos: Aragón, Valencia, Mallorca y el principado de Catalunya. Los
monarcas son débiles por que tienen que hacer concesiones a la nobleza y a las
Cortes Generales, “monarquía pactista” y su base jurídica la encontramos en los
Privilegios Generales de 1283. estas Cortes Generales se reunían una vez al año,
poseen poder legislativo y son estamentales representando a los privilegiados y al
patriciado urbano. Cada territorio tenia sus fueros (privilegios), su capital, sus cortes,
que nacen en el siglo XIII. Al frente de cada territorio estaba un lugarteniente del rey
(Virrey) que actuaba como su delegado. En lo referente a las instituciones, existía el
Consejo Real (asesoramiento), La audiencia (justicia) y El Justicia Mayor (judicial),
velaba por los privilegios estamentales frente al poder del rey, Las Cortes
(administración) con las Juntas Permanentes: La Diputación o Generalitat, se
convierten en una especie de gobierno. El rey tenia dificultades para cobrar
impuestos, ya que chocaba con los intereses de las Cortes de cada reino. La
administración territorial se organizó en Merindades o veguerías.