SlideShare uma empresa Scribd logo
1 de 30
Derecho Civil
Obligaciones II
¿Cómo extinguir el
vinculo?
1630- cualquiera
puede pagar por el
deudor
Excepto
no capacidad de
disposición
Intuito Personae
Según la doctrina
La obligación se
extingue de 2 modos
Directo
Ataca directamente
la prestación (pago)
Indirecto
Ataca la fuente que le
da nacimiento a la
obligación (contrato)
El CC- 1625 – modos
de extinción
Convención extintiva 1602-1609 Voluntad de la partes
Crear
Extinguir (mutuo
disenso)
Revocación unilateral
Muerte del acreedor
o del deudor
Por nulidad
Resolución judicial
Revocación judicial
Pacto comisorio
Revocación
unilateral
¿Que es?
Facultad que se le
confiere a las partes
Permite por mutuo
propio extinguir una
obligación
Cualquiera de las
partes
El contrato se
termina
Pero se deben pagar
los perjuicios
La misma ley los
determina
Ejemplos
Mandato 2142-2189
Arrendamiento
Ley 820/03 –
art.1973-2066
Contrato laboral Art.64 CST
Pacto en arras Art.1829
Confección de obras
materiales
Muerte del acreedor o
del deudor
No extingue la
obligación
Existe es una traslación
de la obligación
Cuando existe
condición el legatario
podrá aceptar o
rechazar
Excepto
Obligación intuito
Personae
Plazo extintivo
Se extingue con el
hecho
Condición resolutoria
Se extingue con el
cumplimiento de la
condición
Agotamiento del fondo
Se extingue agotado el
fondo
Extinción de la
obligación por
nulidades
Requisitos de
validez
son
Capacidad 1740
Consentimiento
libre de vicios
1502
Causa 1504 Licita, real
Objeto Licito, real
No lesión
enorme
El juez declara
Nulo
Características
Absoluta
1742- no se
sanean
Ni con el tiempo
Ni con acuerdo
de voluntades
El juez la declara
De oficio
A petición
de parte
del ministerio
publico
de un tercero
por interés
publico o jurídico
Relativa
No es oficiosa –
1743
Es saneable
Por ratificación
Por paso del
tiempo
Resolución
judicial
Es un proceso
declarativo
(incumplimiento)
Se puede pedir
la resolución
O El
cumplimiento
mas la
indemnización de
perjuicios
1602-1618-1609
1546
Busca
“las cosas
vuelvan a su
estado anterior”
1609- nadie
puede alegar su
propia mora
Pacto
comisorio(Contrato
de venta)
1935-1930-1936-
1937
Con mora
No paga el precio al
tiempo convenido
Resolución
precio
Mas perjuicios
24 horas siguientes
al notificación para
que page
A favor del
vendedor
Si el comprador, No
paga el valor
El contrato se
resuelve
automáticamente
Extingue la
obligación
Requiere
declaratoria judicial
Revocación
judicial
Dos momentos
Acción de
simulación
Que es?
1766
No es un delito en
Colombia
¿se perjudica el
estado?
Acuerdo para
defraudar
Cuando afecta el
patrimonio
Se debe restituir
el patrimonio
Se puede
presentar acción
de simulación
El juez lo nulita
por causa ilícita
Se presenta en:
El precio
Voluntad
Querida
Oculta
Acción pauliana
La transacción Contrato
Las partes ceden
a favor de otras
Evitar o terminar
el conflicto
La conciliación Diligencia
Hecha por un
tercero facultado
por la ley
Las partes ceden
a favor de otra
Evitar o terminar
el conflicto
Derecho Civil obligaciones II
El pago de la obligación
¿Qué es?
Art. 1626
Prestación de lo
que se debe
Modo directo de
extinción de la
obligación
¿Cómo se obliga?
Por medio de un
contrato
¿Qué se paga?
Prestación,
acreencia ,
crédito
Dar, hacer, no
hacer.
Naturaleza
jurídica
Convención
Acuerdo de
voluntades
Acto jurídico
Manifestación de
la voluntad
Extinguir la
obligación
Pago puro y
simple
Ninguna
modalidad
Régimen del pago
Causalidad – real,
licita, justa
Eficiente Existió una fuente
Final
La intención de
extinguir la
obligación
¿Quién puede pagar por el
deudor?
Los herederos
Por honor
Como una carga
dejada en el
testamento
Le correspondió
pagar
Legatario o
asignatario
Se le impuso la
carga de pagar
(testamento)
Representante
legal
Tutor, curador,
mandatario,
diputado.
Pagan a nombre
del deudor
No hay
subrogación
Efecto
La obligación se
extingue por
activa y pasiva
Excepto
Pago parcial
Intuito personae
Depende el
efecto
La traslación del
patrimonio y las
obligaciones
Paga el Codeudor
solidario
Se subroga por
mandato de la ley
Se extingue para
el acreedor – no
para el deudor.
Los privilegios
pasan al
subrogado
Prelación de
créditos
Garantías
La solidaridad se
extingue
Los codeudores se vuelven
deudores de cuota
La cesión
Es un contrato
Cedente cede al
cesionario un
derecho crediticio
Ojo la solidaridad
se mantiene
Pago de un codeudor
solidario de obligación
indivisible
La obligación se extingue
para todos
No hay subrogación
Tiene derecho a ser
indemnizado
Proceso declarativo,
ordinario (acción de
repetición)
No hay privilegios
Cuando la obligación es
una cosa y está
individualizada paga quien
la tiene
No se puede dividir
materialmente o las partes
han hecho que no se
pueda dividir. (una vaca)
Paga el 3º que
garantizo el crédito
con hipoteca
Leer 2361 SS
Fianza, hipoteca,
prenda
Si es titular del
dominio
No hay
subrogación
Solución cesión
Si es poseedor
Se subroga en
todos los
privilegios
pago que hace un
acreedor de grado
inferior (quirografario)
1630 cualquiera puede
pagar
a nadie le perjudica que
a alguien le mejoren su
situación
mejora su garantía
2493, 2494, 2497 inc.
3º, 2499, 1668 inc. 1º.
cesión
que se haga con
conocimiento del
deudor
mandato , efecto
subrogación- 2149,
1668
sin conocimiento
1631, 2304 -
reembolso, repetición
contra la voluntad del
deudor
(1632) no reembolso
2309 si reembolso
Se aplica la norma
posterior leer art. 10
Pago en las
obligaciones de
Dar
Nadie puede dar
un mejor derecho
del que tiene
No todos pueden
trasladar el
dominio.(art. 740)
El dueño
Capacidad de
enajenar
Si el pago está
sometido a
solemnidades
Deberá someterse
a estos
Pago valido
Existencia
actual o potencial
1518,1869,1820
Comerciable Trafico comercial
Determinado
Concreto
(individualizado)
Voluntad de pago
Causa eficiente Licita (contrato)
Causa final Extinguir
Pago exentó de
vicios
No obligado
Capacidad Plenamente
Facultad de
disposición
Titularidad
Solemnidades dar
¿A quien se le
debe pagar?
Regla general Al acreedor
También a:
Los subrogados
Los herederos
(titulo universal)
Los legatarios
(titulo singular)
Los cesionarios
(titulo singular)
El mandatario
El tutor
El curador
El albacea
El liquidador
El diputado
El poseedor de
buena fe (titulo)
Legitimación por
activa para
recibir el crédito
Efectos del pago
La obligación se
extingue
Si quien pago fue a
nombre del deudor
Erga omnes
Ar
Dr
Si quien pago es un
3º
Se extingue solo
para el acreedor
Si la obligación se
extinguió
El acreedor no tiene
acción
El deudor queda
librado frente al
acreedor
también
El codeudor, fiador,
asegurador, titular
del bien hipotecado
Liberación de la
garantía
La solidaridad se
extingue
El vinculo se rompe
Cuando el pago se hace
a personas que no
están legitimadas
El vinculo no se rompe
La obligación continua
en las mismas
condiciones en que
estaba
Sin perjuicio de la
acción de repetición
Si el deudor ratifica el
pago hecho (sanear el
pago)
Expresamente
Devuelve el titulo
Carta de pago
Tácitamente Se queda callado
Al incapaz
Se puede ratificar por
medio de la ley
Representante legal
Pago valido si el incapaz
se beneficia 1747,1636
Mal pago
Leer 1636, 963, 964,
1504, 2243, 2309, 1747
El pago se le hace
al hijo del acreedor
y este muere
Se debe hacer la
compensación
Favorecido en la
vida por el padre
Por ministerio de
la ley
El pago al legatario
Se debe
compensar
Si este recibe el
dinero después de
la muerte
¿Cuándo el pago es
nulo?
Se pago al incapaz
No tenia libre
administración de sus
bienes
Excepto 1747
El crédito estaba
embargado
Objeto ilícito
Por que cuando se
decreta el embargo del
crédito notifica a los
deudores
Los deudores deberán
pagar al secuestre
El acreedor se
encuentra en
liquidación obligatoria
(ley 222/95)
El pago debe hacerse al
liquidador
Si no es nulo por
objeto ilícito
¿Donde se debe pagar?
Art. 76-83-1645-1646-
1647del CC- 23 del CPC-
876 del C de C
Si la obligación es de dar
En el lugar del deudor si
es civil
En el lugar del acreedor
si es comercial
¿Cuando debe hacerse
el pago?
Cuando se pacta en el
contrato
Según la convención
Cuando se cumpla el
plazo o condición
Imputación del pago
Regla general
El deudor está en la
facultad de imputar el
pago
Excepto
1653cc; los abonos se
imputan a los intereses
salvo carta de pago que
recibió al capital
881 C de C
Si el deudor no esta en
mora le corresponden
los gasto del pago al
acreedor
Prueba de pago
Pago con beneficio de
competencia
se concede a ciertos deudores
para no ser obligados a pagar
más de lo que buenamente
puedan
dejándoseles en consecuencia lo
indispensable para una modesta
subsistencia, según su clase y
circunstancias, y con cargo de
devolución cuando mejoren de
fortuna (art.1625).
Dación en pago
acuerdo entre el
acreedor y el deudor
para que éste entregue
una cosa distinta de la
que constituyó el
objeto de la obligación
constituye un modo de
extinguir las
obligaciones
en materia tributaria
no ha sido
reglamentada y, por lo
tanto, no puede
aplicarse.
La novación
modo de extinguir las
obligaciones
requiere la preexistencia
de una relación jurídica y
la voluntad inequívoca de
las partes
dar por terminada la
misma y sustituirla por
una nueva obligación
elemento esencial
la voluntad irrestricta de
las partes
extinguir la relación
contractual anterior y
sustituirla por una nueva
La simple modificación
condiciones de tasa,
plazo y monto de la cuota
no se debe entender
automáticamente como
una novación
la sustitución de una
nueva obligación a otra
anterior, la cual queda
por tanto extinguida
LA COMPENSACION
cuando dos personas,
por derecho propio
reúnen la calidad de
deudor y acreedor
recíprocamente
cualesquiera que sean
las causas de una y otra
deuda
hasta donde alcance la
menor
desde el tiempo en que
ambas comenzaron a
coexistir
La Remisión
una convención
se perfecciona por el
sólo consentimiento
del acreedor
renuncia a su crédito
y del deudor que
acepta esta renuncia
No establece la ley
por regla general
solemnidad alguna
no es necesario
consentimiento
expreso
acreedor o del
deudor
la remisión puede
ser, ya expresa, ya
tácita
LA CONFUSIÓN
modo de extinguir las
obligaciones
concurren las calidades
de deudor y acreedor
en una sola persona.
Requisitos y efectos
Ocurre cuando
transmisión de
obligaciones
Causa de muerte
Entre vivos
recae
derecho personal o un
derecho real
Cuando es personal efecto
la extinción de la
obligación principal con
todos sus accesorios
En los casos deudores
solidarios
la confusión sólo
extinguirá la cuota del
deudor confundido
el acreedor podrá
dirigirse contra los
deudores restantes por
las cuotas faltantes
Prescripción
liberatoria
La doctrina afirma
adquisitiva o
usucapión
adquisición de los
derechos reales
de manera especial,
en el de la propiedad
extintiva o liberatoria
la extinción de las
obligaciones y
acciones en general.
la sanción, es la
inactividad del
acreedor
la no exigencia del
crédito por el titular
del derecho personal

Mais conteúdo relacionado

Mais procurados

Origen de las obligaciones
Origen de las obligacionesOrigen de las obligaciones
Origen de las obligacionesLeopoldo Godoy
 
Diapositivas obligaciones
Diapositivas obligacionesDiapositivas obligaciones
Diapositivas obligacionesmariisabel_18
 
Clasificación de las Obligaciones
Clasificación de las ObligacionesClasificación de las Obligaciones
Clasificación de las Obligacionesjkbaptista969
 
Derecho de obligaciones
Derecho de obligacionesDerecho de obligaciones
Derecho de obligacionesosinariss
 
Clase Fuentes de la Obligaciones
Clase Fuentes de la ObligacionesClase Fuentes de la Obligaciones
Clase Fuentes de la ObligacionesElmer
 
Clasificacion de las obligaciones (i bimestre)
Clasificacion de las obligaciones (i bimestre)Clasificacion de las obligaciones (i bimestre)
Clasificacion de las obligaciones (i bimestre)UTPL UTPL
 
Efectos de las Obligaciones
Efectos de las ObligacionesEfectos de las Obligaciones
Efectos de las ObligacionesHernan Osorio
 
El derecho de dominio o propiedad,
El derecho de dominio o propiedad,El derecho de dominio o propiedad,
El derecho de dominio o propiedad,Elmer
 
Contratos con prestaciones reciprocas
Contratos con prestaciones reciprocasContratos con prestaciones reciprocas
Contratos con prestaciones reciprocasterricola84
 
LAS GARANTIAS DE LOS CONTRATOS
LAS GARANTIAS DE LOS CONTRATOSLAS GARANTIAS DE LOS CONTRATOS
LAS GARANTIAS DE LOS CONTRATOSMarianela Ramírez
 
Mapas conceptuales Cumplimiento de las Obligaciones
Mapas conceptuales   Cumplimiento de las ObligacionesMapas conceptuales   Cumplimiento de las Obligaciones
Mapas conceptuales Cumplimiento de las Obligacionescpradoa69
 
7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivas
7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivas7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivas
7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivasJose Carlos Romero Rodriguez
 
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demandaCuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demandamarianela vasquez
 

Mais procurados (20)

Origen de las obligaciones
Origen de las obligacionesOrigen de las obligaciones
Origen de las obligaciones
 
Diapositivas obligaciones
Diapositivas obligacionesDiapositivas obligaciones
Diapositivas obligaciones
 
Clasificación de las Obligaciones
Clasificación de las ObligacionesClasificación de las Obligaciones
Clasificación de las Obligaciones
 
Cesion de derechos
Cesion de derechos Cesion de derechos
Cesion de derechos
 
Derecho de Sucesiones en el Perú (2)
Derecho de Sucesiones en el Perú (2)Derecho de Sucesiones en el Perú (2)
Derecho de Sucesiones en el Perú (2)
 
Presentacion de obligaciones de hacer y no hacer
Presentacion de obligaciones de hacer y no hacerPresentacion de obligaciones de hacer y no hacer
Presentacion de obligaciones de hacer y no hacer
 
Derecho de obligaciones
Derecho de obligacionesDerecho de obligaciones
Derecho de obligaciones
 
Clase Fuentes de la Obligaciones
Clase Fuentes de la ObligacionesClase Fuentes de la Obligaciones
Clase Fuentes de la Obligaciones
 
Clasificacion de las obligaciones (i bimestre)
Clasificacion de las obligaciones (i bimestre)Clasificacion de las obligaciones (i bimestre)
Clasificacion de las obligaciones (i bimestre)
 
Clausula penal
Clausula penalClausula penal
Clausula penal
 
Principios contractuales.
Principios contractuales.Principios contractuales.
Principios contractuales.
 
Efectos de las Obligaciones
Efectos de las ObligacionesEfectos de las Obligaciones
Efectos de las Obligaciones
 
El derecho de dominio o propiedad,
El derecho de dominio o propiedad,El derecho de dominio o propiedad,
El derecho de dominio o propiedad,
 
Contratos con prestaciones reciprocas
Contratos con prestaciones reciprocasContratos con prestaciones reciprocas
Contratos con prestaciones reciprocas
 
LAS GARANTIAS DE LOS CONTRATOS
LAS GARANTIAS DE LOS CONTRATOSLAS GARANTIAS DE LOS CONTRATOS
LAS GARANTIAS DE LOS CONTRATOS
 
EL CONTRATO DE MUTUO - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
EL  CONTRATO DE MUTUO - ANDRÉS CUSI ARREDONDOEL  CONTRATO DE MUTUO - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
EL CONTRATO DE MUTUO - ANDRÉS CUSI ARREDONDO
 
Mapas conceptuales Cumplimiento de las Obligaciones
Mapas conceptuales   Cumplimiento de las ObligacionesMapas conceptuales   Cumplimiento de las Obligaciones
Mapas conceptuales Cumplimiento de las Obligaciones
 
7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivas
7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivas7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivas
7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivas
 
Dacion En Pago
Dacion En PagoDacion En Pago
Dacion En Pago
 
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demandaCuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
 

Semelhante a El pago de la obligación - derecho civil

LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docx
LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docxLOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docx
LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docxBenitaOrtiz
 
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.ARIADNASA
 
Presentacion-obligaciones-uft
Presentacion-obligaciones-uftPresentacion-obligaciones-uft
Presentacion-obligaciones-uftyosmerlys moreno
 
(007) obligaciones (3) modos de extinguir[1]
(007) obligaciones (3) modos de extinguir[1](007) obligaciones (3) modos de extinguir[1]
(007) obligaciones (3) modos de extinguir[1]google
 
Modos de extinguir las obligaciones
Modos de extinguir las obligacionesModos de extinguir las obligaciones
Modos de extinguir las obligacionesJefferson Guaman
 
Material para Derecho Civil Obligaciones II
Material para Derecho Civil Obligaciones IIMaterial para Derecho Civil Obligaciones II
Material para Derecho Civil Obligaciones IINéstor Toro-Hinostroza
 
Obligaciones y contratos
Obligaciones y contratosObligaciones y contratos
Obligaciones y contratosUTPL UTPL
 
Capitulo 9
Capitulo 9Capitulo 9
Capitulo 9vglibota
 
Trabajo Investigativo modos de extinguirse las obligaciones
Trabajo Investigativo  modos de extinguirse las obligaciones Trabajo Investigativo  modos de extinguirse las obligaciones
Trabajo Investigativo modos de extinguirse las obligaciones Uniandes
 
Extinciones
ExtincionesExtinciones
ExtincionesMECR24
 
Extinción de las obligaciones 484..pptx
Extinción de las obligaciones 484..pptxExtinción de las obligaciones 484..pptx
Extinción de las obligaciones 484..pptxDiegoOrtiz745986
 
modos de extinsion de las obligaciones.pptx
modos de extinsion de las obligaciones.pptxmodos de extinsion de las obligaciones.pptx
modos de extinsion de las obligaciones.pptxcarlosromero606050
 
Yulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uft
Yulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uftYulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uft
Yulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uftARIANGELITOS
 
Yulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uft
Yulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uftYulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uft
Yulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uftAlain Colina Pinto
 
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 5
Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 5Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 5
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 5edgardoquispe
 

Semelhante a El pago de la obligación - derecho civil (20)

Cuadro sinoptico
Cuadro sinopticoCuadro sinoptico
Cuadro sinoptico
 
LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docx
LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docxLOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docx
LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docx
 
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
 
Presentacion-obligaciones-uft
Presentacion-obligaciones-uftPresentacion-obligaciones-uft
Presentacion-obligaciones-uft
 
(007) obligaciones (3) modos de extinguir[1]
(007) obligaciones (3) modos de extinguir[1](007) obligaciones (3) modos de extinguir[1]
(007) obligaciones (3) modos de extinguir[1]
 
Modos de extinguir las obligaciones
Modos de extinguir las obligacionesModos de extinguir las obligaciones
Modos de extinguir las obligaciones
 
Extincion de las Obligaciones
Extincion de las ObligacionesExtincion de las Obligaciones
Extincion de las Obligaciones
 
Material para Derecho Civil Obligaciones II
Material para Derecho Civil Obligaciones IIMaterial para Derecho Civil Obligaciones II
Material para Derecho Civil Obligaciones II
 
Tema 14
Tema 14Tema 14
Tema 14
 
Obligaciones y contratos
Obligaciones y contratosObligaciones y contratos
Obligaciones y contratos
 
Capitulo 9
Capitulo 9Capitulo 9
Capitulo 9
 
Camy w2
Camy w2Camy w2
Camy w2
 
Trabajo Investigativo modos de extinguirse las obligaciones
Trabajo Investigativo  modos de extinguirse las obligaciones Trabajo Investigativo  modos de extinguirse las obligaciones
Trabajo Investigativo modos de extinguirse las obligaciones
 
Obligaciones
ObligacionesObligaciones
Obligaciones
 
Extinciones
ExtincionesExtinciones
Extinciones
 
Extinción de las obligaciones 484..pptx
Extinción de las obligaciones 484..pptxExtinción de las obligaciones 484..pptx
Extinción de las obligaciones 484..pptx
 
modos de extinsion de las obligaciones.pptx
modos de extinsion de las obligaciones.pptxmodos de extinsion de las obligaciones.pptx
modos de extinsion de las obligaciones.pptx
 
Yulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uft
Yulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uftYulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uft
Yulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uft
 
Yulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uft
Yulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uftYulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uft
Yulimaralonzohidalgo.extinciondeobligaciones.uft
 
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 5
Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 5Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 5
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 5
 

Último

Iniciativa de Morena para el Fondo de Pensiones del Bienestar.pdf
Iniciativa de Morena para el Fondo de Pensiones del Bienestar.pdfIniciativa de Morena para el Fondo de Pensiones del Bienestar.pdf
Iniciativa de Morena para el Fondo de Pensiones del Bienestar.pdfPérez Esquer
 
Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...
Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...
Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...freymatayeand
 
HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.
HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.
HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.estebangonzalezlopez2
 
PENITENCIARIA. DERECHO PENAL VENEZOLANO
PENITENCIARIA.  DERECHO PENAL VENEZOLANOPENITENCIARIA.  DERECHO PENAL VENEZOLANO
PENITENCIARIA. DERECHO PENAL VENEZOLANOjose dorantes
 
REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES CONTRA LA EXPLOTACIÓN MINE...
REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES CONTRA LA EXPLOTACIÓN MINE...REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES CONTRA LA EXPLOTACIÓN MINE...
REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES CONTRA LA EXPLOTACIÓN MINE...Alfredo Zaconeta
 
Los tipos de Pactos en el derecho romano.pptx
Los tipos de Pactos en el derecho romano.pptxLos tipos de Pactos en el derecho romano.pptx
Los tipos de Pactos en el derecho romano.pptxwanorer541
 
PRESENTACIÓN DE FE PUBLICA DERECHO NOTARIAL.ppt
PRESENTACIÓN DE FE PUBLICA DERECHO NOTARIAL.pptPRESENTACIÓN DE FE PUBLICA DERECHO NOTARIAL.ppt
PRESENTACIÓN DE FE PUBLICA DERECHO NOTARIAL.pptleoalmadaeduardo
 
Medios_de_impugnación_materia_electoral.ppt
Medios_de_impugnación_materia_electoral.pptMedios_de_impugnación_materia_electoral.ppt
Medios_de_impugnación_materia_electoral.pptCarlosErnestoSimonel
 
LOS INICIOS DE LA REPUBLICA EN EL DERECHO ROMANO
LOS INICIOS DE LA REPUBLICA EN EL DERECHO ROMANOLOS INICIOS DE LA REPUBLICA EN EL DERECHO ROMANO
LOS INICIOS DE LA REPUBLICA EN EL DERECHO ROMANOCarlosEduardoAgustin
 
herramientas tecnologicas p abogadospptx
herramientas tecnologicas p abogadospptxherramientas tecnologicas p abogadospptx
herramientas tecnologicas p abogadospptxcindysimo2
 
Herramientas Tecnologicas para Abogados.pptx
Herramientas Tecnologicas para Abogados.pptxHerramientas Tecnologicas para Abogados.pptx
Herramientas Tecnologicas para Abogados.pptxladymendia
 
MAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINO
MAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINOMAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINO
MAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINOgledymar2016
 
presentacion delitos informaticos en Venezuela
presentacion delitos informaticos en Venezuelapresentacion delitos informaticos en Venezuela
presentacion delitos informaticos en VenezuelaAndreaAlcal9
 
Suficiencia recaudatoria. DERECHO FISCAL Y TRIBUTARIO
Suficiencia recaudatoria. DERECHO FISCAL Y TRIBUTARIOSuficiencia recaudatoria. DERECHO FISCAL Y TRIBUTARIO
Suficiencia recaudatoria. DERECHO FISCAL Y TRIBUTARIOMirkaVilln
 
INTRODUCCIÓN A DERECHO INTERNACIONAL P.Ú
INTRODUCCIÓN A DERECHO INTERNACIONAL P.ÚINTRODUCCIÓN A DERECHO INTERNACIONAL P.Ú
INTRODUCCIÓN A DERECHO INTERNACIONAL P.Úlavayenzully
 
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptxHerramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptxnormacherreram
 
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptxHerramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptxarelyavila70
 
RRNN y Constitución Política del Perú - panorama actual
RRNN y Constitución Política del Perú - panorama actualRRNN y Constitución Política del Perú - panorama actual
RRNN y Constitución Política del Perú - panorama actualjuliajimenezbarrante1
 
Keibis Vargas - Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el Sector...
Keibis Vargas - Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el Sector...Keibis Vargas - Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el Sector...
Keibis Vargas - Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el Sector...KeibisVargasCibrian
 

Último (20)

Iniciativa de Morena para el Fondo de Pensiones del Bienestar.pdf
Iniciativa de Morena para el Fondo de Pensiones del Bienestar.pdfIniciativa de Morena para el Fondo de Pensiones del Bienestar.pdf
Iniciativa de Morena para el Fondo de Pensiones del Bienestar.pdf
 
Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...
Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...
Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...
 
HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.
HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.
HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.
 
PENITENCIARIA. DERECHO PENAL VENEZOLANO
PENITENCIARIA.  DERECHO PENAL VENEZOLANOPENITENCIARIA.  DERECHO PENAL VENEZOLANO
PENITENCIARIA. DERECHO PENAL VENEZOLANO
 
REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES CONTRA LA EXPLOTACIÓN MINE...
REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES CONTRA LA EXPLOTACIÓN MINE...REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES CONTRA LA EXPLOTACIÓN MINE...
REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES CONTRA LA EXPLOTACIÓN MINE...
 
Los tipos de Pactos en el derecho romano.pptx
Los tipos de Pactos en el derecho romano.pptxLos tipos de Pactos en el derecho romano.pptx
Los tipos de Pactos en el derecho romano.pptx
 
PROTOCOLO DE ATENCION AL USUSARIO DEL TSJ
PROTOCOLO DE ATENCION AL USUSARIO DEL TSJPROTOCOLO DE ATENCION AL USUSARIO DEL TSJ
PROTOCOLO DE ATENCION AL USUSARIO DEL TSJ
 
PRESENTACIÓN DE FE PUBLICA DERECHO NOTARIAL.ppt
PRESENTACIÓN DE FE PUBLICA DERECHO NOTARIAL.pptPRESENTACIÓN DE FE PUBLICA DERECHO NOTARIAL.ppt
PRESENTACIÓN DE FE PUBLICA DERECHO NOTARIAL.ppt
 
Medios_de_impugnación_materia_electoral.ppt
Medios_de_impugnación_materia_electoral.pptMedios_de_impugnación_materia_electoral.ppt
Medios_de_impugnación_materia_electoral.ppt
 
LOS INICIOS DE LA REPUBLICA EN EL DERECHO ROMANO
LOS INICIOS DE LA REPUBLICA EN EL DERECHO ROMANOLOS INICIOS DE LA REPUBLICA EN EL DERECHO ROMANO
LOS INICIOS DE LA REPUBLICA EN EL DERECHO ROMANO
 
herramientas tecnologicas p abogadospptx
herramientas tecnologicas p abogadospptxherramientas tecnologicas p abogadospptx
herramientas tecnologicas p abogadospptx
 
Herramientas Tecnologicas para Abogados.pptx
Herramientas Tecnologicas para Abogados.pptxHerramientas Tecnologicas para Abogados.pptx
Herramientas Tecnologicas para Abogados.pptx
 
MAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINO
MAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINOMAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINO
MAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINO
 
presentacion delitos informaticos en Venezuela
presentacion delitos informaticos en Venezuelapresentacion delitos informaticos en Venezuela
presentacion delitos informaticos en Venezuela
 
Suficiencia recaudatoria. DERECHO FISCAL Y TRIBUTARIO
Suficiencia recaudatoria. DERECHO FISCAL Y TRIBUTARIOSuficiencia recaudatoria. DERECHO FISCAL Y TRIBUTARIO
Suficiencia recaudatoria. DERECHO FISCAL Y TRIBUTARIO
 
INTRODUCCIÓN A DERECHO INTERNACIONAL P.Ú
INTRODUCCIÓN A DERECHO INTERNACIONAL P.ÚINTRODUCCIÓN A DERECHO INTERNACIONAL P.Ú
INTRODUCCIÓN A DERECHO INTERNACIONAL P.Ú
 
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptxHerramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptx
 
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptxHerramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptx
 
RRNN y Constitución Política del Perú - panorama actual
RRNN y Constitución Política del Perú - panorama actualRRNN y Constitución Política del Perú - panorama actual
RRNN y Constitución Política del Perú - panorama actual
 
Keibis Vargas - Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el Sector...
Keibis Vargas - Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el Sector...Keibis Vargas - Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el Sector...
Keibis Vargas - Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el Sector...
 

El pago de la obligación - derecho civil

  • 2. ¿Cómo extinguir el vinculo? 1630- cualquiera puede pagar por el deudor Excepto no capacidad de disposición Intuito Personae Según la doctrina La obligación se extingue de 2 modos Directo Ataca directamente la prestación (pago) Indirecto Ataca la fuente que le da nacimiento a la obligación (contrato) El CC- 1625 – modos de extinción Convención extintiva 1602-1609 Voluntad de la partes Crear Extinguir (mutuo disenso) Revocación unilateral Muerte del acreedor o del deudor Por nulidad Resolución judicial Revocación judicial Pacto comisorio
  • 3. Revocación unilateral ¿Que es? Facultad que se le confiere a las partes Permite por mutuo propio extinguir una obligación Cualquiera de las partes El contrato se termina Pero se deben pagar los perjuicios La misma ley los determina Ejemplos Mandato 2142-2189 Arrendamiento Ley 820/03 – art.1973-2066 Contrato laboral Art.64 CST Pacto en arras Art.1829 Confección de obras materiales
  • 4. Muerte del acreedor o del deudor No extingue la obligación Existe es una traslación de la obligación Cuando existe condición el legatario podrá aceptar o rechazar Excepto Obligación intuito Personae Plazo extintivo Se extingue con el hecho Condición resolutoria Se extingue con el cumplimiento de la condición Agotamiento del fondo Se extingue agotado el fondo
  • 5. Extinción de la obligación por nulidades Requisitos de validez son Capacidad 1740 Consentimiento libre de vicios 1502 Causa 1504 Licita, real Objeto Licito, real No lesión enorme El juez declara Nulo Características Absoluta 1742- no se sanean Ni con el tiempo Ni con acuerdo de voluntades El juez la declara De oficio A petición de parte del ministerio publico de un tercero por interés publico o jurídico Relativa No es oficiosa – 1743 Es saneable Por ratificación Por paso del tiempo
  • 6. Resolución judicial Es un proceso declarativo (incumplimiento) Se puede pedir la resolución O El cumplimiento mas la indemnización de perjuicios 1602-1618-1609 1546 Busca “las cosas vuelvan a su estado anterior” 1609- nadie puede alegar su propia mora
  • 7. Pacto comisorio(Contrato de venta) 1935-1930-1936- 1937 Con mora No paga el precio al tiempo convenido Resolución precio Mas perjuicios 24 horas siguientes al notificación para que page A favor del vendedor Si el comprador, No paga el valor El contrato se resuelve automáticamente Extingue la obligación Requiere declaratoria judicial
  • 8. Revocación judicial Dos momentos Acción de simulación Que es? 1766 No es un delito en Colombia ¿se perjudica el estado? Acuerdo para defraudar Cuando afecta el patrimonio Se debe restituir el patrimonio Se puede presentar acción de simulación El juez lo nulita por causa ilícita Se presenta en: El precio Voluntad Querida Oculta Acción pauliana La transacción Contrato Las partes ceden a favor de otras Evitar o terminar el conflicto La conciliación Diligencia Hecha por un tercero facultado por la ley Las partes ceden a favor de otra Evitar o terminar el conflicto
  • 9. Derecho Civil obligaciones II El pago de la obligación
  • 10. ¿Qué es? Art. 1626 Prestación de lo que se debe Modo directo de extinción de la obligación ¿Cómo se obliga? Por medio de un contrato ¿Qué se paga? Prestación, acreencia , crédito Dar, hacer, no hacer. Naturaleza jurídica Convención Acuerdo de voluntades Acto jurídico Manifestación de la voluntad Extinguir la obligación Pago puro y simple Ninguna modalidad Régimen del pago Causalidad – real, licita, justa Eficiente Existió una fuente Final La intención de extinguir la obligación
  • 11. ¿Quién puede pagar por el deudor? Los herederos Por honor Como una carga dejada en el testamento Le correspondió pagar Legatario o asignatario Se le impuso la carga de pagar (testamento) Representante legal Tutor, curador, mandatario, diputado. Pagan a nombre del deudor No hay subrogación Efecto La obligación se extingue por activa y pasiva Excepto Pago parcial Intuito personae Depende el efecto La traslación del patrimonio y las obligaciones
  • 12. Paga el Codeudor solidario Se subroga por mandato de la ley Se extingue para el acreedor – no para el deudor. Los privilegios pasan al subrogado Prelación de créditos Garantías La solidaridad se extingue Los codeudores se vuelven deudores de cuota La cesión Es un contrato Cedente cede al cesionario un derecho crediticio Ojo la solidaridad se mantiene
  • 13. Pago de un codeudor solidario de obligación indivisible La obligación se extingue para todos No hay subrogación Tiene derecho a ser indemnizado Proceso declarativo, ordinario (acción de repetición) No hay privilegios Cuando la obligación es una cosa y está individualizada paga quien la tiene No se puede dividir materialmente o las partes han hecho que no se pueda dividir. (una vaca)
  • 14. Paga el 3º que garantizo el crédito con hipoteca Leer 2361 SS Fianza, hipoteca, prenda Si es titular del dominio No hay subrogación Solución cesión Si es poseedor Se subroga en todos los privilegios
  • 15. pago que hace un acreedor de grado inferior (quirografario) 1630 cualquiera puede pagar a nadie le perjudica que a alguien le mejoren su situación mejora su garantía 2493, 2494, 2497 inc. 3º, 2499, 1668 inc. 1º. cesión que se haga con conocimiento del deudor mandato , efecto subrogación- 2149, 1668 sin conocimiento 1631, 2304 - reembolso, repetición contra la voluntad del deudor (1632) no reembolso 2309 si reembolso Se aplica la norma posterior leer art. 10
  • 16. Pago en las obligaciones de Dar Nadie puede dar un mejor derecho del que tiene No todos pueden trasladar el dominio.(art. 740) El dueño Capacidad de enajenar Si el pago está sometido a solemnidades Deberá someterse a estos
  • 17. Pago valido Existencia actual o potencial 1518,1869,1820 Comerciable Trafico comercial Determinado Concreto (individualizado) Voluntad de pago Causa eficiente Licita (contrato) Causa final Extinguir Pago exentó de vicios No obligado Capacidad Plenamente Facultad de disposición Titularidad Solemnidades dar
  • 18. ¿A quien se le debe pagar? Regla general Al acreedor También a: Los subrogados Los herederos (titulo universal) Los legatarios (titulo singular) Los cesionarios (titulo singular) El mandatario El tutor El curador El albacea El liquidador El diputado El poseedor de buena fe (titulo) Legitimación por activa para recibir el crédito
  • 19. Efectos del pago La obligación se extingue Si quien pago fue a nombre del deudor Erga omnes Ar Dr Si quien pago es un 3º Se extingue solo para el acreedor Si la obligación se extinguió El acreedor no tiene acción El deudor queda librado frente al acreedor también El codeudor, fiador, asegurador, titular del bien hipotecado Liberación de la garantía La solidaridad se extingue El vinculo se rompe
  • 20. Cuando el pago se hace a personas que no están legitimadas El vinculo no se rompe La obligación continua en las mismas condiciones en que estaba Sin perjuicio de la acción de repetición Si el deudor ratifica el pago hecho (sanear el pago) Expresamente Devuelve el titulo Carta de pago Tácitamente Se queda callado Al incapaz Se puede ratificar por medio de la ley Representante legal Pago valido si el incapaz se beneficia 1747,1636 Mal pago Leer 1636, 963, 964, 1504, 2243, 2309, 1747
  • 21. El pago se le hace al hijo del acreedor y este muere Se debe hacer la compensación Favorecido en la vida por el padre Por ministerio de la ley El pago al legatario Se debe compensar Si este recibe el dinero después de la muerte
  • 22. ¿Cuándo el pago es nulo? Se pago al incapaz No tenia libre administración de sus bienes Excepto 1747 El crédito estaba embargado Objeto ilícito Por que cuando se decreta el embargo del crédito notifica a los deudores Los deudores deberán pagar al secuestre El acreedor se encuentra en liquidación obligatoria (ley 222/95) El pago debe hacerse al liquidador Si no es nulo por objeto ilícito
  • 23. ¿Donde se debe pagar? Art. 76-83-1645-1646- 1647del CC- 23 del CPC- 876 del C de C Si la obligación es de dar En el lugar del deudor si es civil En el lugar del acreedor si es comercial ¿Cuando debe hacerse el pago? Cuando se pacta en el contrato Según la convención Cuando se cumpla el plazo o condición Imputación del pago Regla general El deudor está en la facultad de imputar el pago Excepto 1653cc; los abonos se imputan a los intereses salvo carta de pago que recibió al capital 881 C de C Si el deudor no esta en mora le corresponden los gasto del pago al acreedor Prueba de pago
  • 24. Pago con beneficio de competencia se concede a ciertos deudores para no ser obligados a pagar más de lo que buenamente puedan dejándoseles en consecuencia lo indispensable para una modesta subsistencia, según su clase y circunstancias, y con cargo de devolución cuando mejoren de fortuna (art.1625).
  • 25. Dación en pago acuerdo entre el acreedor y el deudor para que éste entregue una cosa distinta de la que constituyó el objeto de la obligación constituye un modo de extinguir las obligaciones en materia tributaria no ha sido reglamentada y, por lo tanto, no puede aplicarse.
  • 26. La novación modo de extinguir las obligaciones requiere la preexistencia de una relación jurídica y la voluntad inequívoca de las partes dar por terminada la misma y sustituirla por una nueva obligación elemento esencial la voluntad irrestricta de las partes extinguir la relación contractual anterior y sustituirla por una nueva La simple modificación condiciones de tasa, plazo y monto de la cuota no se debe entender automáticamente como una novación la sustitución de una nueva obligación a otra anterior, la cual queda por tanto extinguida
  • 27. LA COMPENSACION cuando dos personas, por derecho propio reúnen la calidad de deudor y acreedor recíprocamente cualesquiera que sean las causas de una y otra deuda hasta donde alcance la menor desde el tiempo en que ambas comenzaron a coexistir
  • 28. La Remisión una convención se perfecciona por el sólo consentimiento del acreedor renuncia a su crédito y del deudor que acepta esta renuncia No establece la ley por regla general solemnidad alguna no es necesario consentimiento expreso acreedor o del deudor la remisión puede ser, ya expresa, ya tácita
  • 29. LA CONFUSIÓN modo de extinguir las obligaciones concurren las calidades de deudor y acreedor en una sola persona. Requisitos y efectos Ocurre cuando transmisión de obligaciones Causa de muerte Entre vivos recae derecho personal o un derecho real Cuando es personal efecto la extinción de la obligación principal con todos sus accesorios En los casos deudores solidarios la confusión sólo extinguirá la cuota del deudor confundido el acreedor podrá dirigirse contra los deudores restantes por las cuotas faltantes
  • 30. Prescripción liberatoria La doctrina afirma adquisitiva o usucapión adquisición de los derechos reales de manera especial, en el de la propiedad extintiva o liberatoria la extinción de las obligaciones y acciones en general. la sanción, es la inactividad del acreedor la no exigencia del crédito por el titular del derecho personal