Este documento presenta una capacitación sobre nulidades electorales dirigida a jurados electorales especiales. Explica los objetivos de aprendizaje, abreviaturas relevantes, definición de nulidad electoral, quiénes pueden solicitarla y el plazo para hacerlo. Además, detalla los tipos de nulidad parcial y total, los supuestos que las generan y los requisitos y procedimientos para resolver solicitudes de nulidad.
Juventudes afrodescendientes realidades y derechos incumplidos
Capacitación a los Jurados Electorales Especiales - agosto 2012 - Nulidades
1. Capacitación a los Jurados Electorales Especiales
-agosto 2012 -
Nulidades
2. Objetivos de aprendizaje:
Reconocer los supuestos y requisitos para solicitar la
nulidad de las elecciones con el fin de llevar a cabo el
correcto ejercicio de la función jurisdiccional.
Reconocer los tipos de nulidades y supuestos que se
podrían desarrollar en el periodo electoral del año 2012.
3. Abreviaturas
CPP - Constitución Política del Perú.
LOE - Ley Orgánica de Elecciones.
LOJNE - Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones.
LOONPE - Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales.
LDPCC - Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano.
LOM - Ley Orgánica de Municipalidades.
JNE - Jurado Nacional de Elecciones.
JEE - Jurado Electoral Especial.
ONPE - Oficina Nacional de Procesos Electorales.
ODPE - Oficina Descentralizada de Procesos Electorales.
4. Es la declaración de invalidez de las elecciones.
¿Qué es? Se determina a partir de supuestos de hecho
establecidos en la Ley Orgánica de Elecciones.
Pueden ser expuestos por los personeros legales ¿Quiénes
de los partidos políticos, alianzas de partidos,
pueden
agrupaciones o listas independientes.
solicitarla?
Se solicita ante el Jurado Nacional de Elecciones.
El plazo es de 3 días, contados desde el día
¿Cuál es el siguiente de la proclamación de los resultados o
plazo? de la publicación de la Resolución que origine el
recurso. (Art. 367 LOE).
5. Supuestos de nulidad parcial
Nulidad de votación en mesa Nulidad por hecho externo a
de sufragio. la mesa de sufragio.
6. Funciones
Conduce la votación.
Mesas de sufragio
Conduce el escrutinio.
Resuelve en primera instancia impugnaciones
planteadas durante la votación y el escrutinio.
Registra incidencias, observaciones y reclamos
formulados por personeros de mesa.
Conocimiento directo de hechos ocurridos en
sus respectivas mesas de sufragio.
7. Supuestos Literales a, c y d del art. 363° de la LOE.
Literal a Literal c Literal d
•Cuando la Mesa de
•Cuando los miembros •Cuando se
sufragio se haya
de la Mesa de sufragio compruebe que la
instalado en lugar
hayan ejercido mesa de sufragio
distinto del señalado o
violencia o admitió votos de
en condiciones
intimidación sobre los ciudadanos que no
diferentes de las
electores. figuraban en la lista de
establecidas por esta
la Mesa o rechazó
Ley, o después de las
votos de ciudadanos
doce (12:00) horas,
que figuraban en ella
siempre que tales
en número suficiente
hechos hayan
para hacer variar el
carecido de
resultado de la
justificación o
elección.
impedido el libre
ejercicio del derecho
de sufragio.
8. Requisitos
Estos pedidos de Las actas que
nulidad deben ser contengan pedidos
Estos pedidos
referidos a hechos de nulidad deben ser
Deben ser Deben ser NO son
producidos durante remitidos por las
formulados por registrados en el resueltos por la
la instalación, ODPE a los JEE
los personeros acta electoral, mesa de
sufragio o escrutinio, correspondientes
ante la MESA en la sección de sufragio, sino
y son de antes de efectuar el
DE SUFRAGIO. observaciones. por el
conocimiento directo cómputo, actas que
respectivo JEE.
de los miembros de la son consideradas
MESA DE SUFRAGIO. observadas.
9. Al recibir el De haberse Deben ser resueltos
ejemplar del acta Si se ha pagado pagado la tasa, por los JEE en un
electoral que o no la tasa hasta el JEE resolverá plazo que no
El JEE
contiene registrado el día miércoles con el acta, exceda los 3 días
devolverá el
un pedido de 03 DE OCTUBRE previo análisis del naturales contados
acta a la
nulidad, el JEE DEL 2012; de no informe del a partir del día
ODPE con la
deberá verificar si haberse pagado, FISCALIZADOR siguiente de la
resolución
en la parte de se declara su sobre los hechos recepción del acta
respectiva.
observaciones se RECHAZO suscitados en la que contiene
ha registrado dicho LIMINAR. mesa que se registrado el
pedido. cuestiona. pedido de nulidad.
10. Supuesto Literal b del Art. 363° de la LOE.
Se declara la nulidad de la
votación realizada en las mesas
de sufragio. Requisitos
Deben ser presentados por el
personero o el personero legal
Literal b acreditado ante el JEE, dentro
del plazo de 3 días naturales
• Cuando haya mediado contados a partir de la fecha
fraude, cohecho, soborno, de elección; es decir, hasta el 3
intimidación o violencia para de octubre del 2012.
inclinar la votación en favor de
una lista de candidatos o de
determinado candidato.
11. Para resolver los
pedidos de nulidad,
Los pedidos de nulidad el JEE deberá
por hechos externos a evaluar el informe
las mesas de sufragio del FISCALIZADOR a
deben ser resueltos por fin de tener mayores
los JEE en un plazo que elementos de juicio
no exceda los 3 días para resolver.
naturales contados a
partir del día siguiente
de su presentación.
El día 03 de octubre del 2012 al finalizar el horario de atención al público, el JEE deberá
elaborar un acta de cierre de TODOS los pedidos de nulidad presentados hasta esa
fecha. El horario de atención de los JEE esta publicado en el portal institucional del JNE.
12. Problemas en la instalación de
las mesas de sufragio.
Fraude electoral, soborno.
Nulidad parcial
S
Art. 363° , 364° y
247° LOE. U
Violencia hacia los electores P
TIPOS U
DE E
Conflicto entre el padrón
NULIDAD electoral y los votos. S
T
Los votos nulos o blancos, sumados o O
separadamente, superan los dos
Nulidad total tercios del número de votos válidos. S
Art. 365° LOE, Art.
184° CPP. Si se anulan los procesos electorales
de una o más circunscripciones que
en conjunto representen el tercio de
la votación nacional válida.
13. PERIODO DE APELACIÓN
TRÁMITE RESUELTO
RESOLUCIÓN
NO
MESA DE SUFRAGIO SI
DISTRITO ELECTORAL
ARCHIVO
APELACIÓN
- FUNDADO
- FUNDADO EN PARTE
- NULO
INFUNDADO