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Acceso al empleo e igualdad de oportunidades.


Eduardo Rojo Torrecilla1.

I. Introducción.
Hace ya dos años y medio redacté, con este mismo título, un documento de trabajo para
el alumnado del curso. Dado que la dirección me pidió que lo revisara y actualizara para
la segunda edición del curso me ha parecido útil e interesante para todas las personas
participantes mantener aquello que sigue siendo válido del primer texto e incorporar el
estudio de las políticas de empleo en el ámbito internacional, de la Unión Europea y de
España que se han llevado a cabo en este período de tiempo tan marcado por la crisis
económica y social, crisis ya conocida y sufrida en agosto de 2009 pero que en el
momento que redacto el nuevo documento ha alcanzado cotas preocupantes por el
elevado número de trabajadores en situación de desempleo y de personas que se sitúan
en la frontera, siempre inestable, de la exclusión social.
Además, si hay algo por lo que deba caracterizarse, desgraciadamente, este período que
media entra la primera y la segunda edición del texto, es por el aumento de las
desigualdades sociales (1.400 millones de personas viven con menos de 1,25 dólares
USA según el Banco Mundial), que amenaza con poner en cuestión la cohesión social
conseguida mediante la creación, fortalecimiento y desarrollo del Estado del Bienestar.
Traigo a colación algunas citas de autoridad, intelectual y política, para refrendar estar
tesis: para politólogo Michael Wierviorka, en la actualidad ―No hablamos únicamente
del paro o de la exclusión, como es el caso desde los años 80; hablamos crecientemente
de las desigualdades sociales y su ahondamiento. Y más, ampliamente, observamos
hasta qué punto la cuestión social, disimulada y escondida en el debate, merece situarse
en el corazón de la vida pública‖2. Por su parte, el Comisario europeo responsable de
Empleo Lazlo Andor ha puesto de relieve que ―La crisis de los últimos años han
incrementado sin duda el sentimiento de que la igualdad se ha incrementado, y los
hechos confirman esta percepción. Europa es menos igual durante los últimos 30 años, y
las disparidades de riqueza han subido hasta límites no vistos desde la segunda guerra
mundial. Una de las amenazas con las que se encuentra ahora Europa es justamente que
las desigualdades son muy grandes, y (en el debate económico) se ha de tomar en
consideración no sólo la eficiencia económica, sino también la social‖3, o dicho en

1
 Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Autónoma de Barcelona.
eduardo.rojo@uab.cat Fecha de finalización: 10 de enero de 2012.
2
 “Europa, más allá de la crisis”. Vanguardia Dossier, “El declive de Occidente”. Número 42, enero-
marzo 2012, págs. 36 a 42.
3
   "Evaluating flexicurity in the economic, employment and social crisis" High-level Conference on
Flexicurity.                Brussels              14               November                   2011
http://europa.eu/rapid/pressReleasesAction.do?reference=SPEECH/11/751&format=HTML&aged=0&la
nguage=EN&guiLanguage=fr

                                                                                                   1
términos más contundentes ―quienes están en la parte más alta del mercado de trabajo se
están llevando una parte cada vez mayor del pastel‖4. Por su parte, la Comisión Europea
ha publicado recientemente un informe sobre la evolución del empleo y la situación
social en Europa, en el que destaca que la crisis económica ―ha provocado el incremento
de las desigualdades de renta en Europa y la desaparición de empleos de salarios
medios, en especial en la industria manufacturera y en la construcción. Además, más de
un 8 % de los trabajadores europeos están expuestos al riesgo de pobreza, es decir son
los ―trabajadores pobres‖5.
Reitero algo que dije en su momento y que sigue siendo plenamente válido: mi artículo
aportará poco al conocimiento de la temática del empleo y la igualdad de oportunidades
si no se consultan por el alumnado las referencias de los documentos consultados
(publicados en diferentes idiomas). En un curso on-line las herramientas electrónicas
adquieren una importancia de primera magnitud, y de ahí que haya incorporado todas
esas referencias, o como mínimo las que he considerado más relevantes, para facilitar el
estudio de las personas matriculadas, así como también para azuzar su interés por todas
las cuestiones que afectan al mundo del empleo en general, y al de los colectivos
desfavorecidos en particular.

II. La igualdad y la discriminación en el empleo.
A) Partamos de unas consideraciones previas, de especial interés para el estudio de las
políticas de empleo dirigidas a colectivos desfavorecidos: es necesario garantizar la
igualdad de oportunidades para todos, conocer si existen discriminaciones en el mundo
laboral (ya adelanto que la respuesta es afirmativa, aunque en ocasiones la frontera
jurídica entre discriminación y diferencia de trato puede ser jurídicamente borrosa), y
determinar si hay que tomar medidas, y de qué tipo, para corregirlas y tener a su
desaparición.
En este sentido debemos referirnos a la Decisión no 771/2006/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 20066, que estableció 2007 como el año
europeo de la igualdad de oportunidades para todos. La norma tenía por finalidad fijar
una serie de objetivos para conseguirlo y plantear la adopción de las medidas más
adecuadas para ello, sin olvidar que cualquier medida que se adoptara debería tomar en
consideración la dimensión de género, o por decirlo con las mismas palabras de la
Decisión, ―las distintas maneras en que hombres y mujeres experimentan la
discriminación sobre la base del origen racial o étnico, religión o convicciones,
discapacidad, edad u orientación sexual‖. Los objetivos perseguidos por la norma
comunitaria eran los siguientes: concienciar sobre el derecho a la igualdad y a no sufrir
discriminación, así como sobre la problemática de la discriminación múltiple; estimular
el debate sobre cómo aumentar la participación en la sociedad de los grupos víctimas de

4
 "Europe 2020 as a framework for reducing inequalities and building sustainable welfare states in the
EU". Conference on Inequalities in Europe and the Future of the Welfare State Brussels, 6 December
2011.
http://europa.eu/rapid/pressReleasesAction.do?reference=SPEECH/11/856&format=HTML&aged=0&la
nguage=EN&guiLanguage=en
5
    http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=fr&catId=89&newsId=1137&furtherNews=yes
6
    http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:146:0001:0007:ES:PDF

                                                                                                   2
discriminación, y una participación equilibrada de hombres y mujeres; facilitar y
celebrar la diversidad y la igualdad; promover una sociedad más cohesionada. La
partida presupuestaria asignada era de 15 millones de euros para los años 2006 y 2007.
En la Comunicación de la Comisión Europea de 19 de junio de 2009 7, en la que se
efectúa balance del año europeo, se plantea que hay que aprovechar su ímpetu en la
época actual de crisis, manifestando que ―frente al aumento del desempleo y del riesgo
de pobreza y de exclusión en estos momentos de recesión económica, la UE y los
Estados miembros deben cumplir y reforzar su compromiso a favor de la igualdad y de
la lucha contra la discriminación. La Historia ha demostrado que el miedo y las
dificultades se han utilizado para exacerbar la persecución de los grupos minoritarios y
la violación de derechos fundamentales‖. La Comisión ha multiplicado sus actividades
de sensibilización para poder garantizar el acceso a una información precisa, y desea
transmitir un claro mensaje ―de que la discriminación y los estereotipos son
inaceptables, además de perjudiciales para la recuperación económica‖.
B) Existe discriminación en el acceso al empleo, y en las condiciones laborales, en los
Estados miembros de la UE. Así lo demuestra el eurobarómetro presentado en julio de
2008 sobre las percepciones, experiencias y actitudes de la ciudadanía europea sobre
esta cuestión8.
El documento toma como punto de referencia para la encuesta las dos Directivas del año
2000 sobre prohibición de discriminación9, entre otros ámbitos, en el acceso al empleo
por diferentes motivos, entre ellos el racial o étnico10. Recuérdese que las seis formas
de discriminación prohibidas por la UE son las basadas en el sexo, el origen étnico o la
raza, la religión o creencias, la edad, la discapacidad y la orientación sexual.
Un apartado del eurobarómetro se dedica a la valoración de los encuestados sobre la
igualdad de oportunidades en el trabajo. Se considera que la igualdad de oportunidades
en el trabajo dista de ser una realidad, considerándose que la ―apariencia‖ (forma de
vestir, presentación del candidato) es el factor más importante (aunque repárese en que
no es propiamente una causa de discriminación), ya que es citada en el 50 % de las
respuestas. La edad se sitúa en segundo lugar (45 %, pudiendo entenderse que se refiere
mayoritariamente a la difícil situación en el mercado laboral de las personas de edad
avanzada), el color de la piel o el origen étnico (42 %, y puede relacionarse con la
importancia que adquiere en la actualidad el debate sobre los ―currículos ocultos‖ para
no prejuzgar de entrada la selección), y la discapacidad (41 %).
Relacionados con la apariencia del candidato, se encuentran a mi parecer los factores de
posible discriminación no jurídicos referidos a su apariencia física general (38 %) y la
manera de hablar y su acento (34 %), y guarda relación indirecta con esta y también con

7
    http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2009:0269:FIN:ES:PDF
8
    http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/ebs/ebs_296_en.pdf
9
     http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2000:303:0016:0022:ES:PDF
10
     http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2000:180:0022:0026:ES:PDF



                                                                                            3
el origen étnico o el color de la piel el nombre del candidato (14 %) y su dirección (13
%). Puede también añadirse en este aspecto global el hecho de que el candidato sea
fumador o no, ya que el 18 % considera que la respuesta positiva puede significar un
trato de disfavor hacia el candidato. Por ello, los autores del informe quieren destacar
que ―en el ejercicio de numerosas funciones, la apariencia profesional reviste una
importancia idéntica a la de las competencias y cualificaciones‖, importancia que se
valora especialmente, y creo que no podría ser de otra forma, por quienes deben tomar
decisiones de contratación (por ejemplo, la apariencia, forma de vestir o presentación,
es considerar como muy importante por el 63 % de los directivos encargados de las
tareas de selección).
Tienen menor importancia, al menos según esta encuesta, las convicciones o creencias
religiosas (26 %, si bien creo que el porcentaje podría ser mayor si dichas creencias
afectaran a la organización del trabajo y a las relaciones con los clientes o usuarios), el
sexo (22 %) y la orientación sexual (21 %). Es agradable observar que un 5 % de las
personas encuestadas cree que no hay ninguna causa de discriminación en la vida
laboral.
C) Si hemos constatado que los ciudadanos europeos creen que hay discriminación en el
mundo laboral, no parece extraño que un elevado porcentaje considere necesario la
adopción por los poderes públicos de medidas para promover la igualdad en cada
ámbito concreto, que van desde el 83 % en el caso de las diferencias por discapacidad
hasta un 66 % por la orientación sexual. Obsérvese además que la petición de medidas
de promoción de la igualdad es pedida en un 80 % de los encuestados cuando se trata de
la edad, de un 77 % en el sexo, del 72 % cuando se trata del origen étnico o la raza, y
del 70 % por la religión o creencias. Dentro de los elevados porcentajes a los que me
acabo de referir, hay un ligero predominio de la intervención correctora de las personas
con orientación política de centro o de izquierda, que en el caso de las diferencias por
motivos étnicos va desde el 75 % de quienes se orientan políticamente a la izquierda
hasta el 67 % de los escorados a la derecha.
D) El interés del barómetro de 2008 con relación a la problemática de la discriminación
por motivos étnicos o de raza radica en que hay una pregunta específica sobre la
cuestión, solicitando el parecer sobre la vigilancia de la composición del personal en las
empresas y sobre la de los procedimientos de selección, para conseguir en ambos casos
que las minorías étnicas tengan igualdad de oportunidades con respecto al resto de
personas. También hay una opinión mayoritaria de apoyo a ambas medidas, si bien la
segunda aparece bastante por delante de la primera (71 y 57 %, respectivamente).
III. La política de empleo en el ámbito internacional. Qué medidas se proponen
por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para facilitar el acceso al
empleo, en especial de los colectivos más desfavorecidos.
1. Informe anual sobre el trabajo en el mundo 201111.



11

http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/@dgreports/@dcomm/@publ/documents/publication/wcm
s_166405.pdf

                                                                                         4
1. Es conocida la preocupación de la OIT por el desempleo juvenil, preocupación
también compartida por los responsables de las organizaciones sindicales y
empresariales internacionales, que en una declaración conjunta presentada a la reunión
del G20 que tuvo lugar en noviembre de 2011 en la ciudad francesa de Cannes y en la
que pidieron que hagan de la situación del empleo juvenil su prioridad dada la situación
alarmante del empleo de los jóvenes y que requiere de ―medidas urgentes de parte de los
Gobiernos y de los interlocutores sociales para proporcionar empleos reales, incluidos
los aprendizajes y prácticas profesionales relacionados con las oportunidades de
formación que proporcionen cualificaciones, perfeccionen las competencias y
conocimientos relacionados con el trabajo y mejoren la empleabilidad‖.
La OIT ha manifestado su preocupación por la situación global (negativa) del empleo en
el mundo, y lo ha hecho en su Informe anual sobre el trabajo en el mundo 2011,
presentado el 31 de octubre. La lectura de este documento es altamente recomendable
para conocer la gravedad de la situación social que se está viviendo en muchos países y
a qué grupos afecta con mayor virulencia (jóvenes, trabajadores con baja cualificación,
inmigrantes, mujeres).
Junto al Informe, es recomendable la lectura del documento presentado el 28 de octubre
a la 312ª reunión del Consejo de Administración de la OIT, y cuyo título da debida
cuenta de la situación: ―¿Un empeoramiento de la situación. Evolución reciente y
perspectivas actuales del empleo y la dimensión social de la globalización‖12.
Igualmente, es de mucho interés el reciente informe del grupo de expertos sobre cómo
poner en marcha un nivel mínimo de protección social en todos los países, en el que se
destaca que en 2011 el 75 % de la población mundial no dispone de dicha protección.
La preocupación por la situación social es claramente compartida por el mundo sindical
internacional, que en su declaración a la reunión del G20 en Cannes13 afirmó que ―la
desaceleración del crecimiento y el aumento del desempleo, combinado con la creciente
desigualdad en los ingresos, en la mayoría del G20 durante la década que precedió a la
crisis, amenazan la recuperación, debilitan el crecimiento a largo plazo e incrementan el
riesgo de una explosión social de gran magnitud así como de la inestabilidad política‖,
exigiendo como medida totalmente necesaria el cambio de tendencia de la creciente
desigualdad de ingresos ―mediante la consolidación de los salarios mínimos, ya sea a
través de la legislación o de convenios colectivos así como una fiscalidad progresiva‖.
La OIT, en la misma línea, constata que la desigualdad de ingresos ha aumentado
durante los últimos veinte años y que las políticas sociales redistributivas (el debate
sobre la puesta en marcha de un nivel mínimo de protección social en todos los países
adquiere ahora especial importancia) solamente han podido compensar de forma parcial
las diferencias, manifestando con total claridad, y lanzando un mensaje directo de
atención a los responsables políticos, que ―unas grandes desigualdades de ingresos
provocan efectos negativos que ponen en peligro la cohesión social y los resultados
económicos‖.
2. En el documento de trabajo presentado a la reunión del Consejo de Administración se
ponen claramente de manifiesto las dudas existentes sobre la difícil situación de la

12
     http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/---relconf/documents/meetingdocument/wcms_166510.pdf

13
     http://www.ituc-csi.org/IMG/pdf/No_37_-_G20_-_Statement_ES.pdf

                                                                                                               5
economía mundial y muy en especial en las economía desarrolladas y con un (negativo)
destacado papel de varias economías de países europeos, afirmándose que la
inestabilidad y la fragilidad financiera de las mismas ―están contribuyendo de manera
importante a la desaceleración de la recuperación y aumentan el riesgo de una segunda
recesión‖, y manifestando la preocupación porque parece que volvemos a un nivel de
tensión financiera como el que se registro hace tres años, provocando todo ello ―graves
consecuencias para los trabajadores y las empresas productivas‖.
Las consecuencias de la crisis sobre la creación/destrucción de empleo son claras y
evidentes: los informes elaborados por la OIT plantean la necesidad de un crecimiento
anual del 1,3 % como mínimo en los países del G20, que suponen alrededor del 63 %
del empleo total en el mundo, para volver al nivel anterior a la crisis en… 2015. Ahora
bien, la OIT se muestra muy pesimista al respecto ante los datos disponibles para el
período 2008-2010 y con las previsiones venideras. Según tales datos, en ese período se
crearon 19 millones de empleos menos de los que hubieran sido necesarios para volver a
la etapa pre-crisis, y ante la posibilidad de un débil crecimiento hasta finales de 2012,
que el documento cifra en un 0,8 %, ―el déficit de empleos en los países del G20
aumentaría en aproximadamente 20 millones hasta alcanzar un total de alrededor de 40
millones‖.
3. El Informe 2011 tiene un subtítulo que demuestra claramente qué mensaje se quiere
transmitir y aquello que no se ha hecho hasta el presente, ―los mercados al servicio del
empleo‖, destacando la tesis de la importancia de las acciones que se emprendan en los
próximos meses si se desea evitar, a escala internacional, ―una recaída del empleo y, por
lo tanto, un marcado empeoramiento del descontento social‖. Un descontento que cada
vez se percibe, y se manifiesta, con mayor nitidez en muchos países, y los datos
estadísticos (además de la realidad social cotidiana) no dejan lugar a dudas: en el 58 por
ciento de los 119 países en los que pudo realizarse estimaciones sobre la situación
social, ha aumentado el porcentaje de personas ―que afirman que sus condiciones de
vida han empeorado‖, con un creciente descontento basado fundamentalmente, según el
Informe, tanto en la evolución del empleo como (y muy importante a mi parecer) ―en la
percepción de que el peso de la crisis no se está compartiendo de forma equitativa‖. Se
critica con dureza que el empleo haya quedado relegado frente a la importancia
otorgada por la mayor parte de Estados a los objetivos financieros y se haya convertido,
olvidando que afecta a la vida de las personas, a ―un tema de segunda instancia‖.
Sorprende mucho que en una situación de dificultades sociales como la que estamos
viviendo en muchos países la mayor parte de ellos ―cuentan, actualmente, con planes de
consolidación fiscal‖, mientras que sólo una economía avanzada, Estados Unidos, ―ha
anunciado un plan nacional generador de empleos‖.
La OIT, en coherencia con el subtítulo del documento, pide poner los mercados al
servicio del empleo. Para ello (¿quieren tomar nota algunos responsables políticos de
los llamados países desarrollados?) pide en primer lugar replantear el uso de las
medidas de moderación salarial porque no ha generado, en la pasada década, ―una
mayor inversión real‖, y porque tal moderación ―ha contribuido a exacerbar los
desequilibrios globales, lo cual, aunado a las ineficiencias del sistema financiero, dio
paso a la crisis y la sigue perpetuando‖, y pide reforzar el vínculo entre salarios y
productividad por medio de políticas basadas en el diálogo social (un buen ejemplo en
Cataluña lo tenemos en el Acuerdo Interprofesional suscrito el pasado 3 de noviembre)
y con atención a las características propias de cada país. Desde la perspectiva
                                                                                        6
económica, se pide también reforzar la inversión real mediante una reforma financiera
que facilite la obtención del crédito por parte de las pequeñas empresas, destacando (el
datos es especialmente significativo) que en la UE una quinta parte de estas empresas
manifiestan que el principal problema que afrontan es ―la falta de acceso adecuado al
financiamiento‖.
La crítica a los recortes realizados en los programas públicos de apoyo al empleo y de
protección social frente al desempleo, puestos en marcha en 2008 y 2009 y con
paulatina desaparición después, es clara por parte de la OIT, que toma en consideración
la importancia de reducir la deuda pública y el déficit de cada Estado pero al mismo
tiempo critica que no se hayan evaluado suficientemente los efectos positivos que estos
programas tienen, tanto directos como indirectos. Pone como ejemplo que los recortes
en los programas de apoyo a la renta pueden generar ciertamente reducción de costos a
corto plazo, ―pero también podría dar paso a un aumento de la pobreza y a una
disminución del consumo, lo que tendría efectos a largo plazo sobre el potencial de
crecimiento y el bienestar de los individuos‖.
La doctrina de la OIT es la misma que viene defendiendo desde hace bastante tiempo y
no sólo desde el inicio de la crisis, por lo que baste ahora aquí repetir una tesis recogida
en el Informe: ―Los programas que favorecen el empleo y que son diseñados
meticulosamente impulsan la demanda, al mismo tiempo que promueven un regreso
más rápido a las condiciones del mercado del trabajo que existían antes de la crisis.
Brindar apoyo en las primeras etapas de la crisis es positivo ya que reduce el riesgo de
la exclusión del mercado del trabajo y genera ganancias en la productividad. Los efectos
positivos que puede tener un servicio más activo de puesta en relación de la demanda y
la oferta de trabajo, compensa cualquier efecto negativo que resulte de la exclusión del
sector privado‖.
Por fin, y en sintonía con la declaración de los Ministros de Trabajo y de Empleo del
G2o tras su reunión de los días 26 y 27 de septiembre en París, se pide que la temática
del empleo vuelva a ser la prioridad en las agendas tanto nacionales como
internacionales, y se recuerda que desde la propia OIT ya se propusieron en 2009 un
amplio número de medidas recogidas en el Pacto Mundial por el empleo que guardan
relación con programas de protección social, regulaciones de salarios mínimos y
medidas de política de empleo, y todo ello ―en el marco de un diálogo social
productivo‖.

2. La igualdad en el trabajo. Un objetivo que sigue pendiente de cumplirse14.
Analizo el Informe presentado por el Director General de la OIT, con arreglo al
seguimiento de la Declaración relativa a los principios y derechos fundamentales en el
trabajo, a la 100ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo celebrada en
Ginebra del 1 al 17 de junio de 2011.
Se trata de un documento de muy interesante lectura, ya que te permite tener una visión
global de aquello que está ocurriendo a escala mundial en materia de igualdad (o más
exactamente de no igualdad y discriminación) en los ámbitos del empleo y la ocupación,


14
     http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/---relconf/documents/meetingdocument/wcms_154780.pdf


                                                                                                               7
en el marco de una situación de crisis económica y social que ha tenido, y sigue
teniendo, amplias repercusiones sobre las personas trabajadoras.
El texto, cuya finalidad según puede leerse en el resumen de la obra es ―proporcionar
una visión dinámica de las tendencias de los últimos cuatro años y presentar algunas
observaciones, conclusiones y recomendaciones para la acción futura de la OIT y de sus
mandantes‖, pone de manifiesto los aspectos positivos que pueden destacarse en el
balance, como son una mayor número de normas e iniciativas legales para corregir las
situaciones de desigualdad, junto con un crecimiento de la conciencia social sobre la
importancia de luchar contra todo tipo de discriminación; pero por otra, destaca también
aquello que queda por hacer, que es mucho, y alerta sobre la falta de voluntad política
en ocasiones para avanzar, así como también sobre las consecuencias de la recesión
económica que está agravando las discriminaciones estructurales existentes, destacando
en el ámbito de mi explicación las del acceso a los puestos de trabajo y el aumento de
trabajadores que son vulnerables a la pobreza (―working poors‖).
Es muy positivo a mi entender que los dos Convenios más importantes en la materia de
que se ocupa el Informe, el relativo a la igualdad de remuneración (número 100) y el
que trata sobre la discriminación (empleo y ocupación, número 111), hayan sido
ratificados por 168 y 169 Estados miembros respectivamente, sobre un total de 183
Estados que forman parte del foro social mundial internacional, dado estadístico que los
convierte en ―el quinto y cuarto convenios más ratificados de la OIT‖.
2. Además, la situación económica ha tenido lógicamente impacto sobre la situación en
el mercado de trabajo, de tal forma, que haya o no discriminación directa o indirecta
desde la perspectiva jurídica, hay colectivos especialmente afectados, como son las
personas que tienen empleos temporales o de duración determinada, aquellos que
disponen de un bajo nivel de cualificación, las personas de mayor edad y los migrantes,
con una mención expresa en el documento a ―quienes buscan su primer empleo,
incluidos los graduados universitarios‖.
Sobre los jóvenes, y en concreto sobre las discriminaciones que pueden producirse por
razón de edad, conviene evitar no la existencia de prácticas contrarias a derecho, sino
también la creación de estereotipos sobre las dificultades para contratar a jóvenes por su
falta de experiencia en algunos casos y de cualificación en otros, alertándose sobre la
importancia, y coincido plenamente con el parecer del Informe, de poner en marcha
medidas de promoción y fomento del empleo para el colectivo juvenil, con una
adecuada selección en atención a las diversas necesidades existentes, de tal manera que
será importante evitar que las medidas que se adopten ―sean involuntariamente
discriminatorias, tanto en el caso de los que proceden de los niveles educativos
superiores como en el de los que no poseen ninguna cualificación‖.
Con respecto a las mujeres, las diferencias existentes en los distintos países no permiten
llegar a una conclusión general sobre cómo está impactando la crisis en términos de
reducción de su volumen de empleo, aunque se alerta sobre el crecimiento del empleo
informal en algunos países y de la pérdida de empleo en otros. Queda mucho por hacer,
en cualquier caso, en el terreno de la discriminación por razón de género en el mercado
de trabajo, no sólo en el acceso al empleo sino también en las condiciones laborales y
las medidas de protección social. Hace bien en recordar el Informe que sigue existiendo
una brecha salarial (las mujeres perciben entre un 70 y 90 % del salario de los hombres)
a pesar del incremento educativo femenino, ya que hay un número importante de
                                                                                        8
trabajadoras que tienen empleos de bajos ingresos y, consiguientemente, de bajos
salarios que contribuyen a esa brecha salarial, diferencia que se explica en términos
globales en gran parte ―por la segregación ocupacional y sectorial‖. También, y aunque
sean formalmente de aplicación a todas las personas con independencia de su sexo o
género, es obvio que medidas que potencien los servicios de guardería, una
organización flexible de los horarios de trabajo, e incluso fórmulas de actividad laboral
fuera del centro de trabajo (como el teletrabajo), ayudan en general a corregir
situaciones reales, aunque en ocasiones sin intervención jurídica, de discriminación para
las personas trabajadores que tienen responsabilidades familiares, y muy en especial
para las trabajadoras.
3. El Informe pasa revista a los aspectos positivos antes citados y pone de manifiesto
que se constatan avances importantes en materia de protección contra la discriminación
por motivos de discapacidad y edad, y también el reforzamiento de las medidas de
protección por razón de raza o sexo, constatando de contrario el tímido avance
experimentando en el último cuatrienio sobre otros motivos de discriminación, entre los
que se cita de forma expresa a ―la ascendencia nacional, el origen social y las opiniones
políticas‖.
Me interesa destacar especialmente las referencias a la normativa de los Estados de la
Unión Europea y la constatación de la progresiva armonización existentes en todos ellos
en los campos de las definiciones de las discriminaciones y de la carga de la prueba a
las Directivas comunitarias. Igualmente, la creación de oficinas del defensor del pueblo,
el incremento de las inspecciones de trabajo y de instancias administrativas y judiciales
especializadas en este ámbito, y mecanismos legales de protección adecuada contra todo
tipo de discriminación y de reparación de los daños ocasionados. Pero, si nos vamos
ahora a los aspectos negativos, el documento constata algo que los juristas conocemos
perfectamente por nuestra experiencia profesional (y que en mi caso siempre trato de
explicar en todos los foros académicos y profesionales en los que desarrollo mi
actividad): no basta con tener buenas leyes y sistemas jurídicos (aunque sea un paso
previo obligado, y muy importante), sino que ―es preciso lograr que estos sistemas
funcionen efectivamente‖.
Piénsese, por ejemplo, en la carencia de recursos económicos y humanos para aplicar
eficazmente las normas, o en algo menos perceptible directamente pero que adquiere
una especial importancia en situaciones de crisis económica y social como la que
estamos viviendo desde 2008, cual es que estas políticas quedan relegadas en muchas
ocasiones ante la necesidad de proceder a ajustes económicos y a la creación de empleo
sin importar en qué condiciones y de qué calidad. Igualmente, y es digno de ser
destacado, el documento alerta sobre los déficits en materia estadística, algo que impide
tener un buen conocimiento de todo aquello que se está haciendo y de cómo se están
corrigiendo, o no, las prácticas discriminatorias, poniendo de manifiesto (e insisto en
que se trata de documento internacional y que, por consiguiente, la lectura propia de la
situación de cada Estado puede variar) que ―uno de los grandes obstáculos en materia de
capacidad es que los gobiernos no dedican suficientes recursos humanos, técnicos y
financieros a mejorar la recopilación de datos en el plano nacional‖.
4. Una buena síntesis de las diferentes medidas y políticas adoptadas para luchar contra
los diferentes supuestos de discriminación puede leerse en el amplio resumen del


                                                                                       9
Informe, en el que además de los ámbitos de actuación ya citados se encuentras otros,
como los relativos a la discriminación por acoso sexual, o raza y origen étnico.
Igualmente, la lucha por la igualdad de derechos de los trabajadores migrantes, y la
adopción de medidas de ámbito internacional, europeo o estatal para avanzar en ese
camino, es destacada en el Informe, que alerta sobre una situación que se da en
numerosos países y que consiste en que las condiciones de trabajo de los migrantes son
abusivas con relación a las de los trabajadores autóctonos, enfatizando que ello se
produce ―tanto en los países desarrollados como en los países en desarrollo‖, y
haciéndose una urgente llamada de atención, que es al mismo tiempo una muy buena
reflexión, a evitar que las situaciones de crisis de empleo repercutan negativamente
sobre las políticas de igualdad dirigidas a este colectivo, ya que tales políticas no dejan
de ser en definitiva de interés para todos. Más exactamente, el Informe pide luchar
contra todo tipo de medidas populistas que atizan el racismo y la xenofobia, y apostar
por políticas coherentes de integración en el ámbito laboral, ya que ―con el aumento de
la inseguridad económica de la población en general, las minorías y los trabajadores
extranjeros o nacidos en el extranjero corren el riesgo de convertirse en chivos
expiatorios‖.
Por otra parte, el informe destaca la importancia de respetar los principios de igualdad
de trato y no discriminación en el ámbito laboral, subrayando la importancia de la
integración de dicha población, recordando que contribuyen al crecimiento y desarrollo
de los países de acogida (se valora la participación laboral de personas trabajadores de
diferentes países en un mundo globalizado y en donde las empresas necesitan adaptarse
―a unos entornos cada vez más dinámicos), y manifestando su preocupación por la
aparición de ciertas tendencias (según un estudio elaborado por el Instituto británico de
Relaciones Raciales) en donde la integración se vincula menos a factores vinculados al
mundo del trabajo (participación, ingresos, desigualdades, …) y más a ―indicadores
nuevos y menos definidos, relacionados con los valores y la identidad‖.
También se detiene el documento en las medidas que hay que adoptar para evitar
discriminaciones por razón de religión, opiniones políticas, origen social, VIH/SIDA
(destacando en este caso que como muchas de las personas a las que les afecta están
trabajando, ―el lugar de trabajo sigue siendo un ámbito clave para luchar contra la
pandemia y sus efectos‖), y orientación sexual (en donde se recuerda la importancia de
la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea como primer instrumento
internacional de derechos humanos que prohíbe por completo la discriminación por este
motivo). De forma más innovadora con respecto a informes anteriores se hace
referencia a posibles discriminaciones por ―estilo de vida‖ entre las que se citan el
tabaquismo y la obesidad, afirmándose que en algunos países se han constatado
discriminaciones por tales motivos, si bien el Informe matiza que ello sólo se da en un
número limitado de países industrializados (añado yo ahora que el Informe se refiere a
países desarrollados en los que pueden darse esos estilos de vida), y de ahí que sólo se
apunte la tendencia y se remita a un seguimiento e investigación del fenómeno que
debería llevar a ―arrojar luz sobre los patrones que comiencen a perfilarse‖, y que
servirán de esa forma para ―definir la orientación y las intervenciones de los gobiernos y
los interlocutores sociales‖.
No menos importante, en fin, el Informe presta especial atención a las actuaciones
discriminatorias en materia de empleo y ocupación que sufren las personas con
                                                                                        10
discapacidad (derivadas en muchas ocasiones de las diferencias injustificadas de trato
en el ámbito educativo), valorándose de forma muy positiva la aprobación en 2008 de la
Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con
discapacidad, y destacando lo mucho que queda por hacer para lograr la igualdad, ya
que de los 650 millones de personas que sufren alguna discapacidad más de 470 están
en edad de trabajar.
5. Por último, como propuestas prácticas de actuación para el inmediato futuro el
informe propone establecer cuatro ámbitos prioritarios: promoción de la ratificación y
aplicación de los Convenios antes citados; desarrollar e intercambiar conocimientos
sobre cómo puede acabarse con la discriminación en el ámbito laboral; desarrollar la
capacidad de la propia OIT para participar más activamente en el cumplimiento del
derecho a la no discriminación; en fin, fortalecer alianzas internacionales con los
principales actores en materia de igualdad.
3. La reunión de París (26 y 27 de septiembre de 2011) de los Ministros de Trabajo
y Empleo del G20. Documentos de trabajo y conclusiones.
1. La OIT y la OCDE presentaron cuatro documentos de indudable interés sobre el
impacto de la crisis y la necesidad de adoptar medidas urgentes en diferentes ámbitos de
actuación. En un discurso conjunto15 del Director general de la OIT, Juan Somavia, y
del Secretario General de la OECD, Ángel Gurría, con ocasión de la inauguración de la
reunión, ambos responsables pusieron de manifiesto que los documentos presentados
tenían como finalidad disponer de herramientas adecuadas para analizar el desarrollo de
los mercados de trabajo, examinar las respuestas adoptadas frente a la crisis, y ayudar a
los gobiernos a compartir información sobre buenas prácticas y políticas en el mercado
de trabajo, con la colaboración de las organizaciones sociales.
A) Un primer documento16 llama a la promoción de políticas coherentes para alcanzar el
trabajo decente y para promover el pleno empleo productivo, poniendo el acento en una
mayor cooperación entre las diferentes organizaciones internacionales y en una
cooperación reforzada entre los Estados, dada la cada vez mayor interdependencia de la
economía global. Del documento me interesa destacar en especial la preocupación
manifestada por las dos organizaciones sobre el creciente incremento de las
desigualdades en el ámbito salarial y la disminución de la participación de los salarios
en la renta nacional, algo que a su parecer corre el riesgo, si es que no lo ha hecho ya, de
provocar importantes desajustes internos y externos, y que ―amenaza la cohesión
social‖.
Cabe recordar aquí que la preocupación por el trabajo decente no es de ahora sino que
data de hace ya más de una década, con la presentación de la Memoria del Director
General de la OIT a la 87ª reunión anual celebrada en junio de 1999. En dicha Memoria
se defendía que el trabajo decente era el punto de convergencia de los cuatro objetivos

15
  http://www.ilo.org/global/about-the-ilo/press-and-media-centre/statements-and-
speeches/WCMS_163854/lang--en/index.htm
16

http://www.ilo.org/public/libdoc/jobcrisis/download/g20_2011/policy_note_promoting_policy_cohere
nce_web.pdf

                                                                                              11
estratégicos de la OIT, la promoción de los derechos fundamentales en el trabajo, el
empleo, la protección social y el díalogo social, y que debía ―orientar las decisiones de
la Organización y definir su cometido internacional en los próximos años‖.
B) El segundo texto17 aborda la protección social y los niveles mínimos que deberían
existir en cada Estado. El informe efectúa una valoración positiva de las medidas
adoptadas en este ámbito durante la primera fase de la crisis, poniendo de manifiesto
que tales medidas se adoptaron para estabilizar, por una parte, la demanda agregada, y
por otra para contribuir a la finalidad perseguida de un crecimiento fuerte, sostenible y
equilibrado, y que un nivel mínimo de protección sigue siendo necesario para conseguir
mantener tales objetivos. El documento se remite, en cuanto a los contenidos concretos
de esa protección, al informe presentado a la reunión por la Presidenta del grupo
consultivo sobre protección social, Michael Bachellet. El informe sostiene que la puesta
en práctica de diferentes niveles de protección social a escala nacional (en razón de las
condiciones de cada Estado) ―es una alternativa política factible en todas las
sociedades‖, y efectúa un llamamiento a los países del G20 para que adopten este tema
como una prioridad política.
C) La situación de los jóvenes y su (buena) incorporación al mercado de trabajo está
presente en un tercer documento18, en el que se manifiesta una seria preocupación por
cómo están accediendo buena parte de los jóvenes al mercado laboral en empleos
temporales o informales, con un escaso nivel de protección social y extraordinariamente
vulnerables a las fluctuaciones de la demanda laboral. La preocupación se amplía por el
importante número de jóvenes que desean acceder al mundo laboral y no encuentran
empleos disponibles, y también por la situación de todos aquellos que han abandonado
el ámbito educativo pero que tampoco se han incorporado al ámbito laboral.
El documento pone el acento en una serie de medidas que, no por ser ya conocidas y
aplicadas (o que se han intentado aplicar) en distintos países, dejan de ser importantes.
Con carácter general, el crecimiento de la demanda agregada para animar a los
empleadores a crear más oportunidades de empleo para los jóvenes; con carácter más
específico, la mejora de las transiciones del mundo educativo al laboral, con adquisición
de unos conocimientos y habilidades básicas que les han de ser de utilidad en el
mercado laboral; programas de información, orientación y asistencia al empleo (o
autoempleo).
Tampoco se olvida el documento (aquí la influencia de la OCDE es clarísima a mi
parecer) de destacar la menor protección jurídica de que gozan los jóvenes en el
mercado de trabajo frente a los mayores o las personas con estabilidad en el empleo, y
recuerda, sin entrar en mayores análisis sobre la bondad de dichas medidas, que algunos
países del G20 están valorando ―la conveniencia de introducir reformas que tiendan a
reducir tales diferencias o incluso eliminarlas enteramente‖.



17

http://www.ilo.org/public/libdoc/jobcrisis/download/g20_2011/revised_policy_note_social_protection
_web.pdf
18
     http://www.ilo.org/public/libdoc/jobcrisis/download/g20_2011/policy_note_youth_start_web.pdf

                                                                                                    12
D) Por último, fue presentado un documento marco sobre las perspectivas de empleo a
corto plazo y los principales retos con los que se van a enfrentar los países del G20 en
materia de empleo en el inmediato futuro19. Se trata de un informe crítico con la
situación actual y que anuncia una situación aún más difícil en los próximos años si no
se adoptan medidas adecuadas para crear empleo (como mínimo para recuperar los
niveles anteriores a la crisis de 2008), en el que se manifiesta una gran preocupación por
el elevado número de personas en situación de desempleo, cerca de 200 millones, unas
cifras ―cerca del punto máximo registrado durante el momento más crítico de la Gran
Recesión‖.

El informe conjunto de la OIT y la OCDE dice que el empleo debería crecer a una tasa
anual de al menos 1,3 por ciento para llegar al 2015 con una tasa de empleo igual a la
que existía antes de la crisis. Una tasa de crecimiento de tal grado permitiría crear unos
21 millones de empleos adicionales por año, recuperar los puestos de trabajo que se han
perdido desde 2008 y absorber el incremento de la población en edad laboral. Sin
embargo, el informe advierte que ―el empleo puede terminar creciendo a una tasa justo
por debajo de 1 por ciento (0,8) hasta finales 2012. Ello haría que existiera un hueco de
unos 40 millones de puestos de trabajo en el G20 el año próximo, y un hueco mucho
mayor en el 2015‖.

3. Las conclusiones se inspiran lógicamente en las cuatro prioridades de contenido
social planteadas por la presidencia francesa durante su mandato del G20: favorecer el
empleo de los jóvenes y de los colectivos vulnerables; mantener o instrumentar
mecanismos de protección social que garantice el acceso de todos los ciudadanos a los
servicios sociales esenciales (educación y formación profesional, salud y servicios de
empleo), y transferencias sociales a personas que no dispongan de medios de
subsistencia; lograr el respeto de los derecho sociales y laborales, promoviendo el
trabajo decente y velando para que se respete su cumplimiento en todo los países y que,
al mismo tiempo, no se invoque el cumplimiento de las normas internacionales de
trabajo con fines comerciales proteccionistas; favorecer una mejor coordinación entre
las diferentes organizaciones internacionales, de tal manera que la dimensión social sea
tomada en consideración por todas ellas en sus respectivas políticas.

A) Con respecto a los jóvenes y los colectivos vulnerables, el G20 afirma que una
prioridad esencial es asegurar la transición entre los períodos educativos/de aprendizaje
y el acceso al mundo del trabajo, y pide reformas estructurales asociadas a políticas
activas de mercado de trabajo y a instituciones de trabajo eficaces ―que inciten a
incrementan el empleo formal y de calidad‖. Quizás lo más significativo sea la
propuesta de poner en marcha un grupo de trabajo (―task force‖) compuesta por
representantes de los países que forman el G20 y que tendría como primera prioridad
tratar el empleo de los jóvenes con el objetivo de ―intercambiar experiencias recíprocas,
buenas prácticas y respuestas políticas a los desafíos que los países del G20 tienen ante
sí en materia de empleo‖. Igualmente, se pide vincular estrechamente las políticas
económicas de protección de las personas desempleadas con las medidas que les
permitan un rápido acceso al empleo.


19
     http://www.ilo.org/public/libdoc/jobcrisis/download/g20_2011/policy_note_youth_start_web.pdf

                                                                                                    13
B) En el ámbito de la protección social se resalta la importancia de disponer de unos
sistemas eficaces de protección que permitan, como la experiencia empírica ya ha
demostrado, contribuir a reforzar la resistencia frente a los vaivenes económicos,
amortiguar el impacto de las crisis y favorecer un reequilibrio del crecimiento a largo
plazo. Por consiguiente, las conclusiones recomiendan el desarrollo de niveles de
protección social a definir por cada Estado que permitan un crecimiento fuerte,
sostenible y equilibrado y que promueva la cohesión social. La protección debe incluir
el acceso a la sanidad, garantía de rentas para las personas de edad y las discapacitadas,
prestaciones familiares por hijos a cargo, y prestaciones económicas para personas
desempleadas y para aquellas carentes de recursos, unidas a programas públicos de
ayuda al retorno al empleo.

A tal efecto, los Ministros de Trabajo y Empleo del G20 demandan a las organizaciones
internacionales una mejor coordinación de sus acciones para ayudar a los Estados a
desarrollar sus niveles de protección social, así como también que se refuerce la
cooperación y el intercambio de conocimientos en los distintos ámbitos territoriales. La
financiación de las políticas de protección social pasa por una acción decidida de los
poderes públicos en tal sentido, pero al mismo tiempo los Ministros llaman también
tanto a los donantes privados como a las organizaciones no gubernamentales a
contribuir a la puesta en marcha de la protección.

C) La promoción de la aplicación efectiva de los derechos sociales y laborales es
asumida como compromiso por el G20, llamando a una coordinación estrecha con la
política de la OIT y con las organizaciones empresariales y sindicales para que ello sea
posible, y tomando como punto de referencia el Pacto Mundial para el Empleo adoptado
por la OIT en 2009. No hay aquí novedades a destacar, ya que no creo que sea
especialmente novedoso recomendar a los Jefes de Estado y de Gobierno del G20 que
garanticen el pleno respeto de los principios y derechos fundamentales en el trabajo tal
como están enunciados por la OIT desde 1998, como tampoco lo es la constatación de
la importancia de disponer de dispositivos nacionales eficaces para asegurar el respeto
de las normas internacionales del trabajo, en concreto de ―sistemas eficaces de
administración y de inspección de trabajo‖.

D) Por último, los Ministros constatan que reforzar la coherencia de las políticas
económicas y sociales es esencial para tomar en consideración la dimensión social de la
mundialización, y que tal coherencia, tanto a escala internacional como de cada Estado,
es fundamental para alcanzar los objetivos marcados ―en materia de empleo, protección
social y derechos laborales‖. De ahí que el documento llame a la plena aplicación de la
Declaración de la OIT de 2008 sobre la justicia social para una globalización equitativa,
insistiendo en que ninguna ventaja comparativa puede estar basada en la violación de
derechos fundamentales y que no puede invocarse el cumplimiento de las normas
internacionales de trabajo con fines comerciales proteccionistas. Por fin, la mayor
coordinación entre las organizaciones internacionales que trabajan en los ámbitos
económicos y sociales se considera de primera importancia para discutir conjuntamente
de todas las cuestiones que afectan al mundo del trabajo.

4. Como siempre, habrá que esperar a ver y saber cómo se concretan estas
recomendaciones. Y a diferencia de etapas históricas anteriores, ahora el tiempo
apremia, y millones de personas necesitan medidas de urgencia y que tengan proyección
                                                                                       14
de futuro para mejorar sus condiciones de vida y de trabajo y no verse afectados por el
riesgo de exclusión social. Especialmente en el ámbito de la UE, la polarización en el
mercado de trabajo y el incremento de las desigualdades económicas entre quienes están
en los niveles más altos y aquellos que se encuentran en las escalas inferiores amenaza
seriamente la cohesión social, y los estudios realizados por la Fundación Europea para
la mejora de las condiciones de vida y de trabajo nos alertan sobre el incremento de esta
desigualdad y su impacto social en los colectivos más vulnerables. A la política de
empleo europea me refiero a continuación.

IV. La política de empleo en el ámbito de la Unión Europea.
1. Las orientaciones de política de empleo para el período 2011-2014.
En la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a un
programa de la UE para el cambio y la innovación sociales, presentada el 6 de octubre
de 201120, y más concretamente en su exposición de motivos se recogen de forma muy
concreta algunos de los más importantes problemas a los que debe enfrentarse la UE (y
que por consiguiente afectan a su modelo social), que recojo a continuación.
 ― -- elevadas tasas de desempleo, especialmente entre las personas menos cualificadas,
los jóvenes, los trabajadores de más edad, los inmigrantes y las personas con
discapacidad;
– un mercado de trabajo cada vez más fragmentado, en el que están surgiendo pautas de
trabajo más flexibles y otros desafíos que inciden en la seguridad del empleo y en las
condiciones de trabajo;
– una mano de obra menguante y una creciente presión sobre los sistemas de protección
social a consecuencia del cambio demográfico;
– la dificultad de conciliar el trabajo y las responsabilidades familiares, y conseguir un
equilibrio sostenible entre actividad laboral y vida privada, lo que merma el desarrollo
personal y familiar;
– un número inaceptablemente elevado de personas que viven por debajo del umbral de
la pobreza y en situación de exclusión social.
Frente a estos problemas deben actuar las políticas de empleo de la UE, cuyas líneas
básicas se encuentran en las orientaciones aprobadas por el Consejo el 21 de octubre21 y
que paso a explicar a continuación.
A) Directriz número 7. Aumentar la participación en el mercado laboral y reducir el
desempleo estructural.
En el texto presentado por la Comisión, que finalmente se ha convertido en definitivo,
se disponía lo siguiente: ―La meta principal de la UE, en la que se basarán los Estados
miembros para fijar sus objetivos nacionales, es procurar llegar para 2020 a un índice de

20
     http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2011:0609:FIN:ES:PDF
21
     http://register.consilium.europa.eu/pdf/es/10/st14/st14338.es10.pdf

                                                                                       15
ocupación del 75 % de los hombres y mujeres con edades comprendidas entre los 20 y
los 64 años, incrementando la participación de los jóvenes, los trabajadores de mayor
edad y los trabajadores con bajas cualificaciones e integrando mejor a los inmigrantes
en situación regular‖. Por su parte, la enmienda, primero, de la Comisión de Empleo y
Asuntos Sociales del PE, y después del Pleno, disponía que ―Los Estados miembros
fijarán sus objetivos nacionales en el aumento del índice de ocupación de los hombres y
mujeres hasta alcanzar el 75 % en 2020, en particular incrementando la participación de
los jóvenes, los trabajadores de mayor edad y las personas con discapacidad e
integrando mejor a los inmigrantes en situación regular. Además, los Estados miembros
fijarán sus objetivos nacionales de tal forma que el porcentaje de los hombres y mujeres
entre 20 y 24 años de edad en formación o empleados alcance el 90 %‖. Por su parte, el
Comité de Empleo se alineó con la tesis de la Comisión y en su informe presentado al
Consejo EPSCO de 8 de junio expuso que no creía necesario fijar objetivos vinculantes
de empleo a escala comunitaria para los colectivos referenciados, pues ―la tasa de
actividad de cada uno de estos grupos y las necesidades correspondientes de actuación
difieren en gran medida según cada Estado miembro‖, si bien animaba a los Estados
miembros a definir y establecer sus propios objetivos nacionales al respecto (a título
sólo de ejemplo, entre los criterios recogidos en el anexo II del informe, se incluían los
posibles indicadores de objetivos nacionales relativos a los trabajadores migrantes
legales, indicándose que podrían ser la tasa de empleo de nacionales de terceros países,
o la tasa de empleo de las personas nacidas fuera de la UE con edades comprendidas
entre 20 y 64 años).
Obsérvese, dicho sea incidentalmente, la referencia concreta a la cobertura de los
inmigrantes ―en situación regular‖, referencia que se repite en la directriz número 10
dedicada a la promoción de la inclusión social y la lucha contra la pobreza. No creo que
se trate de una referencia casual, sino que constata el deseo de los poderes de la UE de
potenciar la situación de regularidad de las personas inmigrantes con el pleno ejercicio
de sus derechos, dejando sólo, o al menos así me lo parece, la protección básica en
materia de protección social para quienes se encuentren en territorio europeo en
situación irregular.
Con respecto a la población femenina, y a la política de la UE en materia de igualdad
entre mujeres y hombres, hemos de hacer referencia a la nueva estrategia 2010- 2015,
presentada por la Comisión el 21 de septiembre de 201022. Los cinco ejes sobre los que
asienta esta nueva estrategia son:
a) Adopción de medidas que faciliten la incorporación de un mayor número de mujeres
al mercado de trabajo. De esta manera, se contribuye también a intentar alcanzar el
objetivo marcado en la Estrategia Europa 2020 de lograr una tasa de empleo del 75 %
de empleo para hombres y mujeres de 20 a 64 años.
Tras recordar con satisfacción que de los 12,5 millones de empleo creados en la UE
durante el período comprendido entre los años 2000 y 2009 9,8 millones han sido
ocupados por mujeres, la Comisión constata que todavía queda mucho por hacer para
mejorar las tasas de empleo de grupos especialmente desfavorecidos en el mercado de
trabajo como son las mujeres de edad avanzadas, madres solteras, personas con
discapacidad, inmigrantes y mujeres pertenecientes a minorías étnicas. Se trata de seguir
22
     http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2010:0491:FIN:FR:PDF

                                                                                       16
adoptando medidas que interesan a todas las personas, pero que sin duda benefician
especialmente a las mujeres, que faciliten la conciliación de la vida familiar tales como
la puesta en marcha de servicios de acogida (tanto para menores como para personas
dependientes de edad avanzada) que sean de buena calidad y con un coste que permita
el acceso a los mismos.
Por otra parte, la Comisión se detiene de forma específica en la población femenina
inmigrante para resaltar que su participación en el mercado laboral es escasa durante los
tres primeros años de estancia en el país de acogida, y de ahí que se proponga
facilitarles ayuda en el primer período de estancia y hacer un seguimiento,
informándoles de sus derechos y facilitándoles el acceso a la educación y a la sanidad.
En el bien entendido, que la Comisión destaca que el objetivo de promover la igualdad
entre hombres y mujeres debe estar presente en todas las iniciativas relativas a las
políticas de inmigración y a la integración de los inmigrantes.
b) Dictar medidas específicas que aumenten el número de altas ejecutivas en puestos de
toma de decisión económica, medida que se comprende fácilmente cuando se conoce
que las mujeres son sólo el 10 % de los miembros de los Consejos de Administración de
sociedades que cotizan en bolsa, y no superan el 3 % del porcentaje de las que ocupan
cargos de dirección. Se plantea también seguir la progresión hacia el objetivo marcado
el año 2005 de conseguir que sean mujeres el 25 % de las personas que ocupen cargos
de responsabilidad en el ámbito de la investigación (19 % en 2009), constatando que ese
desequilibrio entre hombres y mujeres ―representa un importante obstáculo al objeto
europeo de una mejora de la competitividad y de una mejor explotación del potencial de
innovación‖.
c) Promover el empresariado femenino y el autoempleo. Se trata de incrementar el
número de mujeres emprendedoras en la UE (un 33 % del total según datos de 2008), y
para ello la Comisión confía en la aplicación de la nueva directiva sobre el trabajo
autónomo y la puesta en marcha de la iniciativa ―Juventud en movimiento‖.
d) Establecer anualmente una jornada europea de la igualdad de remuneración. Según
datos de Eurostat, las mujeres ingresan de media casi un 18 % menos que los hombres
en la UE, si bien las diferencias entre los distintos Estados son importantes, yendo del
30,9 % en Estonia al 4,9 % en Italia. Además, se buscará potenciar la participación de la
mujer en el mercado de trabajo en ámbitos de actividad ―no tradicionales‖, con cita
expresa de las profesiones verdes e innovadoras, y se premiará a las empresas que
potencien esas políticas de igualdad.
e) Colaborar con todos los Estados miembros en la lucha contra la violencia a la mujer,
erradicando especialmente la mutilación genital femenina en Europa y fuera de Europa,
y asegurar que la legislación europea en materia de asilo tome en consideración las
cuestiones de igualdad, de tal manera que se incorporen a los programas financiados por
el fondo europeo para los refugiados. La Comisión destaca que la UE puede influir en la
puesta en marcha de políticas de igualdad y de emancipación de las mujeres en el resto
del mundo gracias a su política exterior, colaborando estrechamente con todas las
organizaciones internacionales
B) Directriz número 8. Conseguir una población activa cualificada que responda a las
necesidades del mercado laboral, promover la calidad del trabajo y el aprendizaje
permanente.
                                                                                      17
Se mantienen las grandes líneas de las Directrices anteriores, con una llamada específica
a garantizar que todos los adultos puedan conseguir ―un nivel superior de cualificación‖
y que las políticas de inmigración e integración sean adaptadas para atender
debidamente al importante número de personas extracomunitarias que se encuentran en
territorio europeo y que ya están o quieren incorporarse al mercado de trabajo. La
formación permanente se configura como uno de los retos de futuro de la política
europea, para cuya financiación se apunta la conveniencia de que exista una
participación de los propios ciudadanos junto a la de los gobiernos y de los empresarios,
y para los jóvenes que quieren acceder al empleo por primera vez se propone arbitrar
mecanismos adecuados que les permitan acceder directamente al ámbito laboral por la
vía de una relación contractual o bien mediante actividades formativas de carácter
práctico pero sin vínculo jurídico contractual.
Las nuevas necesidades del mercado laboral pasan por conseguir que la movilidad del
personal se desarrolle de forma voluntaria en atención a las posibilidades que la mejora
de los conocimientos y habilidades profesionales permita, y así se manifiesta un
documento del Comité de Empleo de 7 de octubre de 2010, ―Sacar provecho de las
transiciones‖, que fue conocido y debatido en el Consejo EPSCO de 21 de octubre, y en
donde se plantea que cualquier análisis de las transiciones ha de hacerse, no en un
cambio de puesto de trabajo sino en los cambios que van a, o pueden producirse, a lo
largo de toda la vida, de tal manera que el marco normativo garantizara ―que se
reincorporaran fácilmente al mercado laboral después de períodos dedicados al cuidado
de familiares dependientes o al estudio, pasando del desempleo al empleo, de la
enseñanza y formación al empleo, o cambiando de trabajo a lo largo de toda la vida‖.
Para que las transiciones puedan ser provechosas para todas las personas, el Comité
identifica varias condiciones que deben cumplirse: transparencia del mercado laboral y
posibilidades de acceso a la formación para todos; oportunidades de formación para
todos; organización flexible del trabajo y conciliación de la vida familiar y laboral;
derechos sociales garantizados y adecuados durante los períodos de transición (es decir,
cobertura de protección social adecuada en períodos de interrupción o suspensión de la
actividad laboral); servicios de mediación y orientación laboral accesibles (es decir,
conocimiento de los puestos de trabajo vacantes en toda la UE); en fin, ―evolución de
los trabajadores hacia trabajos dignos y de calidad, como principio importante para
lograr una activación real‖.
C) Directriz número 9. Mejorar los resultados de los sistemas educativos y de formación
en todos los niveles e incrementar la participación en la enseñanza superior.
El objetivo comunitario es el ya fijado en la Estrategia Europea 2020, es decir reducir el
índice de abandono escolar a un 10 % y el aumento al menos hasta el 40 % de las
personas con edades comprendidas entre 30 y 34 años que finalicen la enseñanza
superior o equivalente durante la próxima década.
Para el período 2010-2014 se siguen manteniendo los grandes ejes del período anterior,
desde el objetivo marco que ha de inspirar toda la política comunitaria en el ámbito
educativo, cual es el de garantizar el acceso universal a una educación y formación de
calidad y mejorar los resultados educativos de la población, permitiéndole adquirir, ya
sea por vía formal o informal, las competencias fundamentales para triunfar, así se dice,
en una economía basada en el conocimiento, ―especialmente en términos de inserción
laboral, de formación complementaria o cualificaciones en tecnologías de información y
                                                                                       18
comunicación‖. Nuevamente se insiste en la necesidad de estrechar los lazos entre el
mundo educativo y el laboral, y de adoptar las medidas más adecuadas para prevenir el
fracaso escolar.
Con respecto a los jóvenes cabe hacer mención especial de la iniciativa ―Juventud en
movimiento‖23 puesta en marcha a partir de la aprobación de la Estrategia Europa 2020.
En efecto, la Comisión Europea presentó el 15 de septiembre una importante
Comunicación en la que fija los grandes objetivos de la política de juventud para el
próximo decenio, en desarrollo de una de las iniciativas apuntadas como emblemáticas
en la Estrategia Europa 2020, la dedicada a impulsar el potencial de los jóvenes ―para
lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la Unión Europea‖,
refiriéndose a la población comprendida entre 15 y 30 años de edad, aproximadamente
el 20 % de la población europea según datos de Eurostat de 2009.
Las actuaciones de la UE para el próximo decenio, según se describe en la
Comunicación, se concentrarán en cuatro líneas de actuación: la potenciación del
aprendizaje permanente para desarrollar competencias claves y mejorar los resultados,
teniendo en consideración las necesidades del mercado laboral; la adopción de medidas
que incremente el porcentaje de jóvenes que participan en la enseñanza superior o
equivalente, por la importancia del conocimiento en la sociedad del siglo XXI y para
responder a los retos que plantean otros países desarrollados; el reforzamiento de las
políticas de movilidad en el seno de la UE para conseguir que todos los jóvenes puedan
realizar actividades educativas regladas y formativas laborales en otros Estados; último,
pero no menos importante, la adopción de medidas tendentes a la reducción del
desempleo juvenil, cerca del 21 %, de tal manera que se reduzca el número de jóvenes
que no participan ni en actividades educativas ni tampoco en laborales, y potenciando
igualmente la puesta en práctica de proyectos emprendedores.
La propuesta de la Comisión completa otras ya efectuadas con anterioridad y las
reordena y amplia para abordar los retos del próximo decenio, partiendo de la premisa
previa de que son necesarios niveles de inversión ―mejor orientados, sostenidos y
reforzados en educación y formación para lograr una alta calidad en la educación y
formación, el aprendizaje permanente y el desarrollo de las capacidades‖.
En el último bloque del documento la Comisión apunta la necesidad de adoptar medidas
para crear empleo y reducir el desempleo juvenil, medidas que pasan no sólo por
incentivos para facilitar su contratación por cuenta ajena o su establecimiento por cuenta
propia, sino también por algo más (aparentemente) sencillo como es el cumplimiento de
la normativa laboral y de protección social, y por el establecimiento de redes de
seguridad adecuadas que combinen la protección económica con la activación
profesional. Hay que adoptar medidas para dar respuesta a una difícil situación de buena
parte de la juventud europea afectada por alguno de los problemas que se enumeran en
todos los documentos comunitarios: una salida prematura del ámbito educativo si
cualificación: falta de competencias apropiadas y de experiencia profesional; empleos
precarios seguidos por períodos de desempleo; posibilidades limitadas de formación;
programas de políticas activas de mercado de trabajo insuficientes o inapropiados.



23
     http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2010:0477:FIN:ES:PDF

                                                                                       19
Es decir, se deben adoptar medidas por parte de los Estados miembros para facilitar el
acceso de los jóvenes a su primer empleo y el inicio de su carrera profesional, velando
especialmente por evitar políticas contractuales que contribuyan a la segmentación del
mercado laboral; ayudar decididamente a los jóvenes que están fuera tanto del ámbito
educativo como del laboral (se calcula que son un 15 % de los jóvenes europeos),
dándole una prioridad absoluta en las acciones a emprender; proporcionar redes de
seguridad que permitan una cobertura económica, con especial atención a los jóvenes
más vulnerables o desfavorecidos, vinculadas a una intervención activa por su parte en
actividades formativas o de búsqueda de empleo, afirmándose con claridad en el
documento que ―las prestaciones se concedan sólo si el joven en cuestión busca trabajo
activamente o si sigue estudiando o formándose‖; apoyo a los jóvenes que deseen poner
en marcha proyectos emprendedores, con políticas adecuadas de información,
orientación y asesoramiento, así como el soporte del instrumento europeo de
microfinanciación Progress.
En la reciente Comunicación de la Comisión Europea de 20 de diciembre de 2011 sobre
―Iniciativa para el empleo de los jóvenes‖24, y también en otros documentos dedicados a
la juventud, se formulan propuestas en esta misma a los Estados miembros: garantizar
que todos los jóvenes que finalicen sus estudios obligatorios puedan trabajar, seguir
estudiando o participar en medidas de activación ―en un plazo de cuatro meses‖;
vincular muy estrechamente los derechos a prestaciones y las medidas de activación; un
aumento importante de la oferta de aprendizaje en la UE, como vía para permitir a los
jóvenes adquirir una mejor cualificación profesional y poder insertarse con vocación de
estabilidad en el mercado de trabajo, subrayando que ―una progresión del 10 % desde
ahora a final de 2012 supondría un total de 370.000 nuevos contratos de aprendizaje‖;
en fin, una propuesta muy polémica a mi parecer, y mucho más en el debate actual en
España sobre la reforma laboral, cuál es la creación de un ―contrato único indefinido‖
cuyo contenido se define de la siguiente manera en la Comunicación: ―con un periodo
de prueba suficientemente largo y un aumento gradual de los derechos de protección,
acceso a formación, aprendizaje permanente y orientación profesional para todos los
empleados. Introducir unos ingresos mínimos específicos para jóvenes, así como costes
no salariales con discriminación positiva, a fin de que los contratos fijos para jóvenes
sean más atractivos y aborden la segmentación del mercado laboral, de conformidad con
los principios comunes de flexiguridad‖.
D) Directriz número 10. Promover la inclusión social y luchar contra la pobreza.
El objetivo a conseguir es la reducción de un 25 % del número de ciudadanos europeos
que viven por debajo de los umbrales nacionales de pobreza. De conseguirlo, saldrían
de la pobreza más de 20 millones de personas. Para definir dicha situación se tomarán
en consideración los criterios aprobados por el Comité de Empleo de 8 de junio de
2010, que define a la población en situación de riesgo de pobreza o de exclusión como
el número de personas que se encuentran en tal situación de de acuerdo con los tres
indicadores siguientes:
a) Riesgo de pobreza (personas que vivan con menos del 60% de la renta nacional
media).

24
     http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2011:0933:FIN:EN:PDF

                                                                                      20
b) Privación material (personas que sufren al menos 4 de las 9 situaciones de privación).
c) Personas que viven en hogares de desempleados (población que se define en relación
a una intensidad de trabajo igual a cero o muy baja a lo largo de un año completo a fin
de reflejar de manera apropiada una perspectiva dinámica de la pobreza vinculada a
situaciones de exclusión prolongada del mercado laboral.
También se acordó que los Estados miembros serán libres de establecer sus objetivos
nacionales sobre la base de los indicadores más adecuados, ―teniendo en cuenta sus
respectivas circunstancias y prioridades nacionales‖, y que en este proceso tomarán en
consideración el hecho de que sus objetivos nacionales respectivos ―deberían contribuir
a la consecución del objetivo a escala de la UE‖. Cabe destacar que la propuesta de
reforma del Fondo Social Europeo, a la que me he referido con anterioridad, considera
el fomento de la inclusión social y la lucha contra la pobreza uno de los cuatro ejes
temáticos de futuro (junto con los de fomento de empleo y movilidad laboral, inversión
en educación, competencias profesionales y aprendizaje permanente, y mejora de la
capacidad institucional y de la eficacia de la administración pública), proponiendo
destinar ―como mínimo‖ el 20 % de la dotación económica presupuestada.
2. La difícil situación del empleo en Europa y las dificultades para cumplir con los
objetivos de la Estrategia Europa 2020.
1. La Comisión Europea presentó el 23 de noviembre de 2011 un conjunto de medidas
para abordar la grave crisis económica en que se encuentran buena parte de los países de
la Unión Europea. El documento marco de referencia es el Estudio Prospectivo Anual
sobre el Crecimiento de 2012 (EPAC), al que se acompañan varios documentos anexos,
dos de los cuales deseo ahora comentar. Se trata del informe sobre cómo avanzan los
objetivos marcados en la Estrategia Europa 202025 y del proyecto de informe conjunto
sobre el empleo26.
2. ¿Se van cumpliendo los objetivos marcados en la Estrategia Europa 202027 en los
ámbitos del empleo y la protección social? Recordemos en primer lugar cuáles son:
A) El 75 % de la población de entre 20 y 64 años debería estar empleada. Alcanzar este
porcentaje implica incrementar en 6 puntos la tasa de empleo de cerca del 69 %
existente en el momento de aprobación de la Estrategia.
B) El porcentaje de abandono escolar debería ser inferior al 10 % y al menos el 40 % de
la generación más joven debería tener estudios superiores completos. Alcanzar este
objetivo significaría reducir en 5 puntos la tasa de abandono e incrementar en 9 el de
personas entre 30 y 34 años que finaliza la enseñanza superior. En el análisis de la
problemática educativa-laboral de la población europea, cabe también destacar el dato
de que cerca del 50 % del alumnado alcanza un nivel de cualificaciones medias ―pero a
menudo no adaptadas a las necesidades del mercado laboral‖.


25
     http://ec.europa.eu/commission_2010-2014/president/news/documents/pdf/annex_1_en.pdf
26
     http://ec.europa.eu/commission_2010-2014/president/news/documents/pdf/annex_3_en.pdf
27
     http://ec.europa.eu/commission_2010-2014/president/news/documents/pdf/20100303_1_es.pdf

                                                                                               21
C) El riesgo de pobreza debe amenazar a 20 millones de personas menos. O dicho en
otros términos, la reducción debe aparejar que un 25 % menos de los europeos de los
que estaban en 2010 se encuentren, en 2020, en dicha situación.
Pues bien, el documento de la Comisión es pesimista al respecto, en cuanto que sólo se
ha avanzado en materia de educación desde la aprobación de la Estrategia. La tasa de
fracaso escolar era del 14,1 % en 2010 (14,4 % en 2009) y de seguir en la misma línea
sólo llegaría al 10,5 % en 2020. En cambio, en el acceso a la educación superior el
porcentaje ha pasado del 32,3 % en 2009 al 33,6 % en 2010, dato que lleva a creer a la
Comisión que puede alcanzarse el objetivo previsto del 40 % para las personas entre 30
y 34 años.
En materia de tasa de empleo el documento constata con preocupación que no se ha
producido ningún avance durante este año y que muy probablemente se esté un poco por
encima del 68,6 % de 2010 pero bastante por detrás del 70’3 % que había antes del
inicio de la crisis. Por consiguiente, siendo estando pendiente de cumplir, y queda
menos tiempos, el incremento de 17,6 millones de personas en el mercado de trabajo, y
si se cumplen todos los objetivos marcados en los planes nacionales de reformas todavía
faltaría entre 1 y 1,3 puntos para alcanzar el objetivo del 75 %. Otro dato importante, y
preocupante, a tomar en consideración, es el incremento del desempleo de larga
duración, que supone ya el 40 % del total frente al ―sólo‖ 30 % de hace dos años,
habiéndose incrementado el número de personas en hogares con ―muy débil intensidad
de trabajo‖ en 12 de los 15 estados miembros para los que hay cifras disponibles.
Con respecto a los jóvenes, y al analizar el desarrollo de la iniciativa marco sobre los
mismos incluida en la Estrategia (―Juventud en movimiento‖) el documento alerta
sobre la gravedad de los datos de desempleo (más del 20 %) y plantea la adopción de
nuevas medidas para permitir su acceso al mercado de trabajo, incrementar las
posibilidades de formación y potenciar su movilidad, sin olvidar efectuar alguna
referencia a la polémica figura del ―contrato único‖ de duración indeterminada con el
que, siempre según la Comisión, se podría reducir la segmentación del mercado de
trabajo, aún cuando creo que sería mucho más efectiva otra de las propuestas como es la
activación de los jóvenes en un período máximo de cuatro meses desde la finalización
de sus estudios. Los datos más recientes, y que ponen sobre la mesa la urgente
necesidad de prestar atención al empleo, subempleo y desempleo juvenil, indican que en
2010 uno de cada seis jóvenes de 18 a 24 no se encontraba ni en el ámbito educativo ni
en el mercado laboral, con un incremento de 2,6 puntos desde 2008, y con diferencias
porcentuales muy importantes entre los Estados de la UE (desde menos del 7 % en los
Países bajos hasta más del 25 % en Bulgaria).
Por fin, en el ámbito de lucha contra la pobreza, las previsiones más optimistas, con los
datos disponibles, sitúan su reducción en 12 millones de personas, o incluso un 25 %
más si avanzan las estrategias de protección de menores y de lucha contra el desempleo
de larga duración, pero aún en tal supuesto el documento calcula que llegaríamos a 2020
con un 25 % (cinco millones de personas) menos sobre el objetivo marcado de
conseguir que, como mínimo, 20 millones salgan de la situación de pobreza.
3. El Proyecto de informe conjunto sobre el empleo 2012 tampoco es una mirada
precisamente optimista a la situación del empleo en la UE. Al igual que los informes
anuales anteriores, el documento se basa en la aplicación de las Directivas comunitarias

                                                                                      22
sobre empleo y su aplicación por los respectivos Estados miembros tal como aparecen
en los planes naciones de reformas.
El proyecto analiza en primer lugar cuáles son los rasgos más relevantes del mercado de
trabajo europeo, y muestra su preocupación por el leve crecimiento del empleo
experimentado en los últimos meses, que además no se distribuye de manera
homogénea en los Estados miembros como ponen de manifiesto los datos facilitados
por Eurostat, de tal manera que el incremento de 1,5 millones de empleo hasta mediados
de 2011 es una cantidad muy pequeña para contrarrestar los 6 millones perdidos desde
el inicio de la crisis. El colectivo masculino ha sido el más afectado, con un impacto
especial para los trabajadores poco cualificados, y jóvenes, en la industria
manufacturera y en la construcción. La crisis ha afectado menos a la población de edad
avanzada, y el empleo femenino se está viendo ahora más afectado por el impacto de la
crisis también en sectores (enseñanza, sanidad, servicios públicos en general) donde su
presencia cuantitativa es importante. Sobre el desempleo juvenil, las cifras son
semejantes a las citadas en el documento anterior, si bien lo más preocupante es el
incremento de la tasa de desempleo en más de cinco puntos en sólo tres años (del 15,5
% de 2008 al 20,9 % en 2010), acompañado de un incremento de la tasa de inactividad
desde el 55,6 al 56,9 % en el mismo período (el incremento de la participación en el
ámbito educativo probablemente tiene mucho que ver con estas cifras).
Con respecto al incremento del número de personas desempleadas en el período 2007-
2010, casi el 75 % se debe sólo a cuatro países: España, Reino Unido, Italia y Francia.
El desempleo de larga duración supone ya el 43 % del total en el segundo trimestre de
este año, algo que pone de manifiesto, tal como constata el documento, que la salida de
la situación de desempleo y el tránsito hacia el retorno al empleo ―es cada vez más
lento‖. Además, el incremento de personas desempleadas lleva a una mayor
competencia por los puestos de trabajo disponibles, y de ahí que salgan perjudicados los
trabajadores menos cualificados, ya que los puestos de trabajos son ocupados por
aquellos que tienen mejor cualificación, con independencia de la relación mayor o
menor que pueda existir entre aquella y el puesto de trabajo ocupado. Todo ello lleva a
una mayor polarización o diferenciación en el mercado de trabajo por la pérdida de
presencia de trabajadores de mediana cualificación, y medianos salarios, en los sectores
manufactureros y de la construcción, acompañado por una disminución importante de
ingresos de las personas que trabajan involuntariamente a tiempo parcial. No se olvida,
no obstante, el documento, de constatar la existencia de desajustes entre puestos de
trabajo que se crean y personal cualificado para ocuparlos, alertando sobre la necesidad
de una rápida readaptación del personal desempleado para que pueda ser empleado en
los empleos de nueva creación en nuevos sectores o subsectores y que requieren de
renovados conocimientos, destrezas y habilidades.
El documento alerta sobre el deterioro de la calidad del empleo, dado que el incremento
referenciado con anterioridad se ha producido en gran medida por el aumento de
contratos de duración determinada y por los de jornada a tiempo parcial, combinado con
una disminución de los empleos a tiempo completo (recuérdese en este punto, dicho sea
incidentalmente, el dato de la Encuesta de Población activa española del tercer
trimestre, en el que un 54 % de las personas que prestan servicios a tiempo parcial
manifiestan que no lo hacen de forma voluntaria). Se pone de manifiesto la
preocupación por el incremento de las personas en riesgo de pobreza (entre las que se

                                                                                     23
incluye a los trabajadores pobres por no alcanzar su salario el mínimo necesario para
permitirles salir de esa situación).
El proyecto de Informe apunta cuáles son las medidas a adoptar en el próximo futuro,
partiendo de la base de que las previstas para el año en curso siguen siendo validas (en
coherencia con las orientaciones de política de empleo para todo el período 2011-2014),
pero que es necesario ―desplegar un esfuerzo adicional en algunas áreas‖. De tal manera
se pide la adopción de medidas que permitan acelerar la capacidad de creación de
empleo en la UE, y nuevamente se insiste en la adopción de políticas de flexiseguridad,
control de la actividad irregular, promoción de la movilidad geográfica y funcional,
mejor funcionamiento de los servicios públicos de empleo y más estrecha relación con
los operadores privados. Como aportación que deseo destacar, y que creo que va en una
buena línea de reforzar la protección social, se encuentra la propuesta de disponer de
una protección adecuada para los trabajadores con contratos de duración determinada y
parta aquellos que prestan sus servicios por cuenta propia, dado que ello ―puede
minimizar la precariedad y hacer la actividad más atractiva‖.
Hay una atención especial, nuevamente, a los jóvenes, proponiendo avanzar de forma
decidida en las medidas apuntadas en la iniciativa marco ―Juventud en movimiento‖,
para reducir sustancialmente el número de jóvenes que no pueden acceder al mercado
de trabajo y también el de quienes se encuentran fuera del ámbito educativo. Destaca la
petición de una más estrecha implicación y actuación conjunta entre las instituciones
educativas y laborales, agentes sociales y mundo empresarial, con particular atención a
los ámbitos territoriales regionales y locales, y una mejor utilización de los fondos
estructurales de la UE para crear empleo y reducir desempleo juvenil.
La pérdida de capital humano y de calificación profesional son dos grandes problemas
que plantea el incremento del desempleo de larga duración en la UE. El documento de
la Comisión insiste en la importancia de potenciar itinerarios de inserción
individualizados que permitan la readaptación y reincorporación al mercado laboral, y
una más estrecha relación entre todos los operadores, públicos y privados, que actúan
en el mercado de trabajo. No menos relevante es garantizar una protección social
adecuada para quienes están fuera del ámbito laboral y agotan las prestaciones
vinculadas a su anterior presencia en el mercado de trabajo, con lo que el debate sobre
las rentas mínimas, vinculadas a procesos de activación que faciliten la reincorporación
de personas desempleadas al mundo laboral si se encuentran en condiciones de hacerlo,
sigue vigente en toda Europa, y España no es desde luego una excepción como lo
demuestran los debates existentes en varias Comunidades Autónoma sobre el mejor uso
posible de las rentas mínimas de inserción (que con ese u otro nombre distinto existen
en todas ellas y que deban adaptarse a una población sensiblemente superior a las
previsiones iniciales, como consecuencia de la crisis).
Último, pero no menos importante, la referencia a la adecuación entre conocimientos
teóricos y prácticos y los puestos de trabajo que pueden ser ocupados, con un renovado
énfasis por parte de la Comisión (no es la primera, ni a buen seguro que será última vez)
en el incremento de titulados en ámbitos científicos, el desarrollo de habilidades
empresariales y un uso lo más eficiente posible de los recursos destinados al ámbito
educativo.

V. La política de empleo en el ámbito estatal español.

                                                                                      24
1. La Estrategia de empleo general y la dedicada a los trabajadores de edad
avanzada. Los documentos que el gobierno socialista deja a su sucesor.
1. ¿Qué ocurrirá con los documentos en materia de empleo aprobados por el gobierno
socialista en la última fase de su mandato? ¿Serán tomados en consideración por el
nuevo gobierno del Partido Popular, aunque sólo sea como punto de referencia para un
mejor conocimiento de la realidad laboral sobre la que este ha de operar, o serán
guardados en un cajón de alguna oficina (o en algún fichero informático) del nuevo
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Como uno sólo sabe, o intenta saber, de aquello a lo que se dedica y estudia, no puedo
ponerme en la piel de la nueva Ministra Fátima Báñez ni del resto del gobierno, y por
ello el propósito de mi comentario es más académico, ya que voy a examinar los
contenidos más relevantes de dos documentos marco aprobados por el gobierno
socialista para el período 2012-2014, la Estrategia General de Empleo28 y la más
concreta estrategia para las personas de edad avanzada, entendiendo por tales a las
personas de 55 años y más (como ahí estoy presente, supongo que la voy a estudiar con
―cariño‖)29.
Pero antes, sugiero también la lectura detallada del reciente informe de la C.S. de
CCOO sobre el balance de la economía española en la última década y las propuestas de
futuro30, del que sólo destaco en mi texto cuatro puntos que deben merecer especial
atención: el progresivo agotamiento de las prestaciones contributivas por desempleo; la
destrucción de empleo a tiempo completo y el crecimiento, aunque limitado, del de
tiempo parcial; la importante caída de empleo en el sector de la construcción que lleva a
que la cifra actual de personas ocupadas (1.370.000) sea similar a la de 1998, algo que a
juicio de los autores del estudio ―da cuenta de la paralización del mercado inmobiliario
y del recorte de la inversión pública en infraestructura‖; gran parte del incremento del
desempleo desde el inicio de la crisis (56 % del total) afecta a personas cuyo nivel de
estudios es de enseñanza obligatoria o inferior.
2. La Estrategia Española de Empleo 2012-2014 (EEE) fue aprobada por el Consejo de
Ministros del 28 de octubre y publicada en el Boletín Oficial del Estado del 19 de
noviembre, es decir un día antes de las elecciones generales. Está estructurada en ocho
grandes bloques: el primero, ubica la EEE en el marco normativo, es decir dónde
encuentra su razón de ser; el segundo, de alcance más teórico, analiza la situación y las
tendencias del mercado de trabajo en las que deberían actuar, si el documento se aplica,
las propuestas contenidas en la EEE; la relación de la propuesta española con la
Estrategia Europa 2020, es objeto de atención detallada en el apartado tercero; a
continuación, los dos bloques siguientes prestan muy detallada atención a cómo han
actuado los servicios públicos de empleo en el marco de la norma reguladora de su
actuación, la Ley 56/2003 de 16 de diciembre, de Empleo (recordemos que modificada
ampliamente por el Real Decreto-ley 3/2011 de 18 de febrero) y qué políticas activas de
empleo se han puesto en marcha, o más exactamente los ―ámbitos‖ de tales políticas,

28
     http://www.boe.es/boe/dias/2011/11/19/pdfs/BOE-A-2011-18146.pdf
29
     http://www.boe.es/boe/dias/2011/11/24/pdfs/BOE-A-2011-18500.pdf
30
     http://www.ccoo.es/comunes/temp/recursos/1/1115304.pdf

                                                                                      25
que según el documento pueden concentrarse en nueve grandes campos de actuación
como son la orientación profesional, formación y recualificación, oportunidades de
empleo y fomento de la contratación, oportunidades de empleo y formación, fomento de
la igualdad de oportunidades en el empleo, oportunidades para colectivos con especiales
dificultades, autoempleo y creación de empresas, promoción del desarrollo y la
actividad económica territorial, y fomento de la movilidad. Los últimos tres grandes
bloques del documento son los que se refieren propiamente al futuro del empleo en
España, marcando los objetivos de la EEE para su período de aplicación, su periódico
seguimiento y evaluación y, último pero muy importante, la dotación presupuestaria
para llevar a cabo todas las acciones y medidas propuestas (24.468.045,27 euros – el
grueso de esa cantidad, casi diez millones y medio de euros para ―oportunidades de
empleo y fomento de la contratación -, previéndose la vinculación entre financiación y
cumplimiento de objetivos, ―así como corresponsabilidad en la ejecución de las
acciones y medidas incluidas en la misma, en especial en las cofinanciadas por el Fondo
Social Europeo y los Servicios Públicos de Empleo autonómicos‖).

Conviene explicar los seis grandes objetivos de política de empleo fijados en la EEE,
que a mi parecer pueden ser tenidos perfectamente en consideración también por el
nuevo gobierno y que toman en consideración la estructura territorial española y el
traspaso de competencias en materia de políticas activas de empleo, de tal manera que
con la EEE se pretende, según las propias palabras del documento, establecer ―objetivos
comunes y reglas coherentes entre el nivel legislativo y el nivel de ejecución de la
política de empleo‖.

A) La elevación de la tasa de participación en el mercado de trabajo hasta acercarse,
aunque sin alcanzarlo, al objetivo de la Estrategia Europea (tasa de empleo del 75 %
para la población de 20 a 64 años en 2020, y del 70 % para la población femenina),
proponiéndose el objetivo para España del 74 y 68,5 %, respectivamente. Recuérdese
ahora que las cuatro directrices en materia de empleo de la Estrategia Europa 2020 son
el aumento de las tasas de participación en el mercado laboral, la mejora de la
cualificación profesional, el incremento de la calidad y la mejora del sistema educativo,
la promoción de la inclusión social y la lucha contra la pobreza.

B) Reducción de la temporalidad y segmentación del mercado de trabajo. El debate es si
esa reducción se realiza por la vía de la mejora de las condiciones laborales del personal
temporal o por la de reducción de derechos del personal estable, cuestión obviamente
que no es de menor importancia.

C) Potenciar el trabajo a tiempo parcial (¿se recuperarán algunos borradores de cambios
legales que circularon el mes de agosto y que otorgaban una mayor flexibilidad a la
articulación de las horas complementarias?) y la flexibilidad interna en la empresa
(flexibilidad que puede ser pactada o unilateral por decisión empresarial, y ahí está uno
de los debates más importantes del futuro cambio normativo si llega a producirse);

D) Mejora y adecuación de las competencias profesionales a las necesidades del
mercado (habrá que definir cuáles son esas necesidades en razón de los intereses del
conjunto de la ciudadanía y no sólo de un reducido número de intereses).



                                                                                       26
E) Promoción de una rápida y adecuada reinserción de las personas en el mercado de
trabajo. No habrá desacuerdo político sobre la importancia de los servicios y atención
personalizada en materia de empleo, y la puesta en marcha de políticas formativas que
eleven el nivel de cualificación profesional de aquel importante colectivo de personas
desempleadas que así lo necesitan, con un objetivo político de primera importancia cual
es conseguir la universalización de la atención personalizada y especializada a las
personas desempleadas en 2013.

F) En fin, la promoción de la igualdad de género en el mundo laboral (no falla el marco
jurídico, aunque siempre se puede avanzar por la senda de las medidas de acción
positiva debidamente seleccionadas para que obtengan resultados positivos).

Para seguir cómo evolucionan los objetivos estratégicos marcados en la EEE se diseñan
una serie de indicadores para determinar cómo y de qué forma se avanza en su logro
(tasas de empleo de diferentes colectivos, tasas de desempleo, número de
contrataciones, número de personas trabajando a tiempo parcial, tasas de abandono
escolar y de población con estudios superiores, etc.)

3. Destaco a continuación algunos de los contenidos de la EEE que deben merecer a mi
parecer una especial atención.

A) La EEE pretende ser, de acuerdo a lo previsto en el RDL 3/2011 el fiel reflejo de
todas las políticas de empleo que se desarrollan en el territorio español, ya sea en el
ámbito público o privado y potenciando la complementariedad entre ambos, de tal
manera que según sus redactores ello la diferenciaría claramente de ―un mero conjunto
de medidas o programas, que es la fórmula que se había utilizado hasta este momento
para articular la normativa de empleo española‖. La EEE opta por apartarse del modelo
de gestión de la política de empleo ―basado en subvenciones‖ para redefinirlo como ―un
modelo de servicios a la ciudadanía‖, y por actualizar de forma obligada y necesaria el
marco normativo vigente de programas en materia de políticas activas de empleo, ―para
adecuarlo a sus destinatarios y a los distintos territorios en que operan‖. En el enfoque
territorial deberá prestarse especial atención a la dimensión local por considerarlo ―un
marco idóneo para la detección y aprovechamiento de nuevas posibilidades productivas
no explotadas todavía‖, y de ahí que según la EEE resulte imprescindible ―impulsar y
gestionar en él actuaciones que tengan por objeto la creación de empleo y la actividad
empresarial‖.

B) Del análisis efectuado de la situación y las tendencias del mercado de trabajo, cabe
destacar el impacto de la crisis desde mediados de 2007, que se concreta en una caída
de la población ocupada de más de dos millones de personas hasta mediados de 2011, y
en un crecimiento de más de tres millones de personas desempleadas al haberse
mantenido el crecimiento de la población activa – con un aumento destacado del
desempleo de larga duración -, y todo ello acompañado de un importante incremento del
número de personas perceptoras de prestaciones por desempleo (de 1,4 millones en
2007 a 2,8 millones en 2011). En cuanto a las tendencias a tener cuenta para elaborar las
políticas de empleo en el inmediato futuro, hay que partir del proceso de envejecimiento
de la población; cambios sectoriales y ocupaciones que requerirán ―importantes
procesos de recualificación y recolocación de la población en el mercado de trabajo‖;
tendencias mayores requerimientos de cualificación y, en relación directa, más
                                                                                      27
Acceso al empleo e igualdad de oportunidades.
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Acceso al empleo e igualdad de oportunidades.

  • 1. Acceso al empleo e igualdad de oportunidades. Eduardo Rojo Torrecilla1. I. Introducción. Hace ya dos años y medio redacté, con este mismo título, un documento de trabajo para el alumnado del curso. Dado que la dirección me pidió que lo revisara y actualizara para la segunda edición del curso me ha parecido útil e interesante para todas las personas participantes mantener aquello que sigue siendo válido del primer texto e incorporar el estudio de las políticas de empleo en el ámbito internacional, de la Unión Europea y de España que se han llevado a cabo en este período de tiempo tan marcado por la crisis económica y social, crisis ya conocida y sufrida en agosto de 2009 pero que en el momento que redacto el nuevo documento ha alcanzado cotas preocupantes por el elevado número de trabajadores en situación de desempleo y de personas que se sitúan en la frontera, siempre inestable, de la exclusión social. Además, si hay algo por lo que deba caracterizarse, desgraciadamente, este período que media entra la primera y la segunda edición del texto, es por el aumento de las desigualdades sociales (1.400 millones de personas viven con menos de 1,25 dólares USA según el Banco Mundial), que amenaza con poner en cuestión la cohesión social conseguida mediante la creación, fortalecimiento y desarrollo del Estado del Bienestar. Traigo a colación algunas citas de autoridad, intelectual y política, para refrendar estar tesis: para politólogo Michael Wierviorka, en la actualidad ―No hablamos únicamente del paro o de la exclusión, como es el caso desde los años 80; hablamos crecientemente de las desigualdades sociales y su ahondamiento. Y más, ampliamente, observamos hasta qué punto la cuestión social, disimulada y escondida en el debate, merece situarse en el corazón de la vida pública‖2. Por su parte, el Comisario europeo responsable de Empleo Lazlo Andor ha puesto de relieve que ―La crisis de los últimos años han incrementado sin duda el sentimiento de que la igualdad se ha incrementado, y los hechos confirman esta percepción. Europa es menos igual durante los últimos 30 años, y las disparidades de riqueza han subido hasta límites no vistos desde la segunda guerra mundial. Una de las amenazas con las que se encuentra ahora Europa es justamente que las desigualdades son muy grandes, y (en el debate económico) se ha de tomar en consideración no sólo la eficiencia económica, sino también la social‖3, o dicho en 1 Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Autónoma de Barcelona. eduardo.rojo@uab.cat Fecha de finalización: 10 de enero de 2012. 2 “Europa, más allá de la crisis”. Vanguardia Dossier, “El declive de Occidente”. Número 42, enero- marzo 2012, págs. 36 a 42. 3 "Evaluating flexicurity in the economic, employment and social crisis" High-level Conference on Flexicurity. Brussels 14 November 2011 http://europa.eu/rapid/pressReleasesAction.do?reference=SPEECH/11/751&format=HTML&aged=0&la nguage=EN&guiLanguage=fr 1
  • 2. términos más contundentes ―quienes están en la parte más alta del mercado de trabajo se están llevando una parte cada vez mayor del pastel‖4. Por su parte, la Comisión Europea ha publicado recientemente un informe sobre la evolución del empleo y la situación social en Europa, en el que destaca que la crisis económica ―ha provocado el incremento de las desigualdades de renta en Europa y la desaparición de empleos de salarios medios, en especial en la industria manufacturera y en la construcción. Además, más de un 8 % de los trabajadores europeos están expuestos al riesgo de pobreza, es decir son los ―trabajadores pobres‖5. Reitero algo que dije en su momento y que sigue siendo plenamente válido: mi artículo aportará poco al conocimiento de la temática del empleo y la igualdad de oportunidades si no se consultan por el alumnado las referencias de los documentos consultados (publicados en diferentes idiomas). En un curso on-line las herramientas electrónicas adquieren una importancia de primera magnitud, y de ahí que haya incorporado todas esas referencias, o como mínimo las que he considerado más relevantes, para facilitar el estudio de las personas matriculadas, así como también para azuzar su interés por todas las cuestiones que afectan al mundo del empleo en general, y al de los colectivos desfavorecidos en particular. II. La igualdad y la discriminación en el empleo. A) Partamos de unas consideraciones previas, de especial interés para el estudio de las políticas de empleo dirigidas a colectivos desfavorecidos: es necesario garantizar la igualdad de oportunidades para todos, conocer si existen discriminaciones en el mundo laboral (ya adelanto que la respuesta es afirmativa, aunque en ocasiones la frontera jurídica entre discriminación y diferencia de trato puede ser jurídicamente borrosa), y determinar si hay que tomar medidas, y de qué tipo, para corregirlas y tener a su desaparición. En este sentido debemos referirnos a la Decisión no 771/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 20066, que estableció 2007 como el año europeo de la igualdad de oportunidades para todos. La norma tenía por finalidad fijar una serie de objetivos para conseguirlo y plantear la adopción de las medidas más adecuadas para ello, sin olvidar que cualquier medida que se adoptara debería tomar en consideración la dimensión de género, o por decirlo con las mismas palabras de la Decisión, ―las distintas maneras en que hombres y mujeres experimentan la discriminación sobre la base del origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual‖. Los objetivos perseguidos por la norma comunitaria eran los siguientes: concienciar sobre el derecho a la igualdad y a no sufrir discriminación, así como sobre la problemática de la discriminación múltiple; estimular el debate sobre cómo aumentar la participación en la sociedad de los grupos víctimas de 4 "Europe 2020 as a framework for reducing inequalities and building sustainable welfare states in the EU". Conference on Inequalities in Europe and the Future of the Welfare State Brussels, 6 December 2011. http://europa.eu/rapid/pressReleasesAction.do?reference=SPEECH/11/856&format=HTML&aged=0&la nguage=EN&guiLanguage=en 5 http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=fr&catId=89&newsId=1137&furtherNews=yes 6 http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:146:0001:0007:ES:PDF 2
  • 3. discriminación, y una participación equilibrada de hombres y mujeres; facilitar y celebrar la diversidad y la igualdad; promover una sociedad más cohesionada. La partida presupuestaria asignada era de 15 millones de euros para los años 2006 y 2007. En la Comunicación de la Comisión Europea de 19 de junio de 2009 7, en la que se efectúa balance del año europeo, se plantea que hay que aprovechar su ímpetu en la época actual de crisis, manifestando que ―frente al aumento del desempleo y del riesgo de pobreza y de exclusión en estos momentos de recesión económica, la UE y los Estados miembros deben cumplir y reforzar su compromiso a favor de la igualdad y de la lucha contra la discriminación. La Historia ha demostrado que el miedo y las dificultades se han utilizado para exacerbar la persecución de los grupos minoritarios y la violación de derechos fundamentales‖. La Comisión ha multiplicado sus actividades de sensibilización para poder garantizar el acceso a una información precisa, y desea transmitir un claro mensaje ―de que la discriminación y los estereotipos son inaceptables, además de perjudiciales para la recuperación económica‖. B) Existe discriminación en el acceso al empleo, y en las condiciones laborales, en los Estados miembros de la UE. Así lo demuestra el eurobarómetro presentado en julio de 2008 sobre las percepciones, experiencias y actitudes de la ciudadanía europea sobre esta cuestión8. El documento toma como punto de referencia para la encuesta las dos Directivas del año 2000 sobre prohibición de discriminación9, entre otros ámbitos, en el acceso al empleo por diferentes motivos, entre ellos el racial o étnico10. Recuérdese que las seis formas de discriminación prohibidas por la UE son las basadas en el sexo, el origen étnico o la raza, la religión o creencias, la edad, la discapacidad y la orientación sexual. Un apartado del eurobarómetro se dedica a la valoración de los encuestados sobre la igualdad de oportunidades en el trabajo. Se considera que la igualdad de oportunidades en el trabajo dista de ser una realidad, considerándose que la ―apariencia‖ (forma de vestir, presentación del candidato) es el factor más importante (aunque repárese en que no es propiamente una causa de discriminación), ya que es citada en el 50 % de las respuestas. La edad se sitúa en segundo lugar (45 %, pudiendo entenderse que se refiere mayoritariamente a la difícil situación en el mercado laboral de las personas de edad avanzada), el color de la piel o el origen étnico (42 %, y puede relacionarse con la importancia que adquiere en la actualidad el debate sobre los ―currículos ocultos‖ para no prejuzgar de entrada la selección), y la discapacidad (41 %). Relacionados con la apariencia del candidato, se encuentran a mi parecer los factores de posible discriminación no jurídicos referidos a su apariencia física general (38 %) y la manera de hablar y su acento (34 %), y guarda relación indirecta con esta y también con 7 http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2009:0269:FIN:ES:PDF 8 http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/ebs/ebs_296_en.pdf 9 http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2000:303:0016:0022:ES:PDF 10 http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2000:180:0022:0026:ES:PDF 3
  • 4. el origen étnico o el color de la piel el nombre del candidato (14 %) y su dirección (13 %). Puede también añadirse en este aspecto global el hecho de que el candidato sea fumador o no, ya que el 18 % considera que la respuesta positiva puede significar un trato de disfavor hacia el candidato. Por ello, los autores del informe quieren destacar que ―en el ejercicio de numerosas funciones, la apariencia profesional reviste una importancia idéntica a la de las competencias y cualificaciones‖, importancia que se valora especialmente, y creo que no podría ser de otra forma, por quienes deben tomar decisiones de contratación (por ejemplo, la apariencia, forma de vestir o presentación, es considerar como muy importante por el 63 % de los directivos encargados de las tareas de selección). Tienen menor importancia, al menos según esta encuesta, las convicciones o creencias religiosas (26 %, si bien creo que el porcentaje podría ser mayor si dichas creencias afectaran a la organización del trabajo y a las relaciones con los clientes o usuarios), el sexo (22 %) y la orientación sexual (21 %). Es agradable observar que un 5 % de las personas encuestadas cree que no hay ninguna causa de discriminación en la vida laboral. C) Si hemos constatado que los ciudadanos europeos creen que hay discriminación en el mundo laboral, no parece extraño que un elevado porcentaje considere necesario la adopción por los poderes públicos de medidas para promover la igualdad en cada ámbito concreto, que van desde el 83 % en el caso de las diferencias por discapacidad hasta un 66 % por la orientación sexual. Obsérvese además que la petición de medidas de promoción de la igualdad es pedida en un 80 % de los encuestados cuando se trata de la edad, de un 77 % en el sexo, del 72 % cuando se trata del origen étnico o la raza, y del 70 % por la religión o creencias. Dentro de los elevados porcentajes a los que me acabo de referir, hay un ligero predominio de la intervención correctora de las personas con orientación política de centro o de izquierda, que en el caso de las diferencias por motivos étnicos va desde el 75 % de quienes se orientan políticamente a la izquierda hasta el 67 % de los escorados a la derecha. D) El interés del barómetro de 2008 con relación a la problemática de la discriminación por motivos étnicos o de raza radica en que hay una pregunta específica sobre la cuestión, solicitando el parecer sobre la vigilancia de la composición del personal en las empresas y sobre la de los procedimientos de selección, para conseguir en ambos casos que las minorías étnicas tengan igualdad de oportunidades con respecto al resto de personas. También hay una opinión mayoritaria de apoyo a ambas medidas, si bien la segunda aparece bastante por delante de la primera (71 y 57 %, respectivamente). III. La política de empleo en el ámbito internacional. Qué medidas se proponen por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para facilitar el acceso al empleo, en especial de los colectivos más desfavorecidos. 1. Informe anual sobre el trabajo en el mundo 201111. 11 http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/@dgreports/@dcomm/@publ/documents/publication/wcm s_166405.pdf 4
  • 5. 1. Es conocida la preocupación de la OIT por el desempleo juvenil, preocupación también compartida por los responsables de las organizaciones sindicales y empresariales internacionales, que en una declaración conjunta presentada a la reunión del G20 que tuvo lugar en noviembre de 2011 en la ciudad francesa de Cannes y en la que pidieron que hagan de la situación del empleo juvenil su prioridad dada la situación alarmante del empleo de los jóvenes y que requiere de ―medidas urgentes de parte de los Gobiernos y de los interlocutores sociales para proporcionar empleos reales, incluidos los aprendizajes y prácticas profesionales relacionados con las oportunidades de formación que proporcionen cualificaciones, perfeccionen las competencias y conocimientos relacionados con el trabajo y mejoren la empleabilidad‖. La OIT ha manifestado su preocupación por la situación global (negativa) del empleo en el mundo, y lo ha hecho en su Informe anual sobre el trabajo en el mundo 2011, presentado el 31 de octubre. La lectura de este documento es altamente recomendable para conocer la gravedad de la situación social que se está viviendo en muchos países y a qué grupos afecta con mayor virulencia (jóvenes, trabajadores con baja cualificación, inmigrantes, mujeres). Junto al Informe, es recomendable la lectura del documento presentado el 28 de octubre a la 312ª reunión del Consejo de Administración de la OIT, y cuyo título da debida cuenta de la situación: ―¿Un empeoramiento de la situación. Evolución reciente y perspectivas actuales del empleo y la dimensión social de la globalización‖12. Igualmente, es de mucho interés el reciente informe del grupo de expertos sobre cómo poner en marcha un nivel mínimo de protección social en todos los países, en el que se destaca que en 2011 el 75 % de la población mundial no dispone de dicha protección. La preocupación por la situación social es claramente compartida por el mundo sindical internacional, que en su declaración a la reunión del G20 en Cannes13 afirmó que ―la desaceleración del crecimiento y el aumento del desempleo, combinado con la creciente desigualdad en los ingresos, en la mayoría del G20 durante la década que precedió a la crisis, amenazan la recuperación, debilitan el crecimiento a largo plazo e incrementan el riesgo de una explosión social de gran magnitud así como de la inestabilidad política‖, exigiendo como medida totalmente necesaria el cambio de tendencia de la creciente desigualdad de ingresos ―mediante la consolidación de los salarios mínimos, ya sea a través de la legislación o de convenios colectivos así como una fiscalidad progresiva‖. La OIT, en la misma línea, constata que la desigualdad de ingresos ha aumentado durante los últimos veinte años y que las políticas sociales redistributivas (el debate sobre la puesta en marcha de un nivel mínimo de protección social en todos los países adquiere ahora especial importancia) solamente han podido compensar de forma parcial las diferencias, manifestando con total claridad, y lanzando un mensaje directo de atención a los responsables políticos, que ―unas grandes desigualdades de ingresos provocan efectos negativos que ponen en peligro la cohesión social y los resultados económicos‖. 2. En el documento de trabajo presentado a la reunión del Consejo de Administración se ponen claramente de manifiesto las dudas existentes sobre la difícil situación de la 12 http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/---relconf/documents/meetingdocument/wcms_166510.pdf 13 http://www.ituc-csi.org/IMG/pdf/No_37_-_G20_-_Statement_ES.pdf 5
  • 6. economía mundial y muy en especial en las economía desarrolladas y con un (negativo) destacado papel de varias economías de países europeos, afirmándose que la inestabilidad y la fragilidad financiera de las mismas ―están contribuyendo de manera importante a la desaceleración de la recuperación y aumentan el riesgo de una segunda recesión‖, y manifestando la preocupación porque parece que volvemos a un nivel de tensión financiera como el que se registro hace tres años, provocando todo ello ―graves consecuencias para los trabajadores y las empresas productivas‖. Las consecuencias de la crisis sobre la creación/destrucción de empleo son claras y evidentes: los informes elaborados por la OIT plantean la necesidad de un crecimiento anual del 1,3 % como mínimo en los países del G20, que suponen alrededor del 63 % del empleo total en el mundo, para volver al nivel anterior a la crisis en… 2015. Ahora bien, la OIT se muestra muy pesimista al respecto ante los datos disponibles para el período 2008-2010 y con las previsiones venideras. Según tales datos, en ese período se crearon 19 millones de empleos menos de los que hubieran sido necesarios para volver a la etapa pre-crisis, y ante la posibilidad de un débil crecimiento hasta finales de 2012, que el documento cifra en un 0,8 %, ―el déficit de empleos en los países del G20 aumentaría en aproximadamente 20 millones hasta alcanzar un total de alrededor de 40 millones‖. 3. El Informe 2011 tiene un subtítulo que demuestra claramente qué mensaje se quiere transmitir y aquello que no se ha hecho hasta el presente, ―los mercados al servicio del empleo‖, destacando la tesis de la importancia de las acciones que se emprendan en los próximos meses si se desea evitar, a escala internacional, ―una recaída del empleo y, por lo tanto, un marcado empeoramiento del descontento social‖. Un descontento que cada vez se percibe, y se manifiesta, con mayor nitidez en muchos países, y los datos estadísticos (además de la realidad social cotidiana) no dejan lugar a dudas: en el 58 por ciento de los 119 países en los que pudo realizarse estimaciones sobre la situación social, ha aumentado el porcentaje de personas ―que afirman que sus condiciones de vida han empeorado‖, con un creciente descontento basado fundamentalmente, según el Informe, tanto en la evolución del empleo como (y muy importante a mi parecer) ―en la percepción de que el peso de la crisis no se está compartiendo de forma equitativa‖. Se critica con dureza que el empleo haya quedado relegado frente a la importancia otorgada por la mayor parte de Estados a los objetivos financieros y se haya convertido, olvidando que afecta a la vida de las personas, a ―un tema de segunda instancia‖. Sorprende mucho que en una situación de dificultades sociales como la que estamos viviendo en muchos países la mayor parte de ellos ―cuentan, actualmente, con planes de consolidación fiscal‖, mientras que sólo una economía avanzada, Estados Unidos, ―ha anunciado un plan nacional generador de empleos‖. La OIT, en coherencia con el subtítulo del documento, pide poner los mercados al servicio del empleo. Para ello (¿quieren tomar nota algunos responsables políticos de los llamados países desarrollados?) pide en primer lugar replantear el uso de las medidas de moderación salarial porque no ha generado, en la pasada década, ―una mayor inversión real‖, y porque tal moderación ―ha contribuido a exacerbar los desequilibrios globales, lo cual, aunado a las ineficiencias del sistema financiero, dio paso a la crisis y la sigue perpetuando‖, y pide reforzar el vínculo entre salarios y productividad por medio de políticas basadas en el diálogo social (un buen ejemplo en Cataluña lo tenemos en el Acuerdo Interprofesional suscrito el pasado 3 de noviembre) y con atención a las características propias de cada país. Desde la perspectiva 6
  • 7. económica, se pide también reforzar la inversión real mediante una reforma financiera que facilite la obtención del crédito por parte de las pequeñas empresas, destacando (el datos es especialmente significativo) que en la UE una quinta parte de estas empresas manifiestan que el principal problema que afrontan es ―la falta de acceso adecuado al financiamiento‖. La crítica a los recortes realizados en los programas públicos de apoyo al empleo y de protección social frente al desempleo, puestos en marcha en 2008 y 2009 y con paulatina desaparición después, es clara por parte de la OIT, que toma en consideración la importancia de reducir la deuda pública y el déficit de cada Estado pero al mismo tiempo critica que no se hayan evaluado suficientemente los efectos positivos que estos programas tienen, tanto directos como indirectos. Pone como ejemplo que los recortes en los programas de apoyo a la renta pueden generar ciertamente reducción de costos a corto plazo, ―pero también podría dar paso a un aumento de la pobreza y a una disminución del consumo, lo que tendría efectos a largo plazo sobre el potencial de crecimiento y el bienestar de los individuos‖. La doctrina de la OIT es la misma que viene defendiendo desde hace bastante tiempo y no sólo desde el inicio de la crisis, por lo que baste ahora aquí repetir una tesis recogida en el Informe: ―Los programas que favorecen el empleo y que son diseñados meticulosamente impulsan la demanda, al mismo tiempo que promueven un regreso más rápido a las condiciones del mercado del trabajo que existían antes de la crisis. Brindar apoyo en las primeras etapas de la crisis es positivo ya que reduce el riesgo de la exclusión del mercado del trabajo y genera ganancias en la productividad. Los efectos positivos que puede tener un servicio más activo de puesta en relación de la demanda y la oferta de trabajo, compensa cualquier efecto negativo que resulte de la exclusión del sector privado‖. Por fin, y en sintonía con la declaración de los Ministros de Trabajo y de Empleo del G2o tras su reunión de los días 26 y 27 de septiembre en París, se pide que la temática del empleo vuelva a ser la prioridad en las agendas tanto nacionales como internacionales, y se recuerda que desde la propia OIT ya se propusieron en 2009 un amplio número de medidas recogidas en el Pacto Mundial por el empleo que guardan relación con programas de protección social, regulaciones de salarios mínimos y medidas de política de empleo, y todo ello ―en el marco de un diálogo social productivo‖. 2. La igualdad en el trabajo. Un objetivo que sigue pendiente de cumplirse14. Analizo el Informe presentado por el Director General de la OIT, con arreglo al seguimiento de la Declaración relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, a la 100ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo celebrada en Ginebra del 1 al 17 de junio de 2011. Se trata de un documento de muy interesante lectura, ya que te permite tener una visión global de aquello que está ocurriendo a escala mundial en materia de igualdad (o más exactamente de no igualdad y discriminación) en los ámbitos del empleo y la ocupación, 14 http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/---relconf/documents/meetingdocument/wcms_154780.pdf 7
  • 8. en el marco de una situación de crisis económica y social que ha tenido, y sigue teniendo, amplias repercusiones sobre las personas trabajadoras. El texto, cuya finalidad según puede leerse en el resumen de la obra es ―proporcionar una visión dinámica de las tendencias de los últimos cuatro años y presentar algunas observaciones, conclusiones y recomendaciones para la acción futura de la OIT y de sus mandantes‖, pone de manifiesto los aspectos positivos que pueden destacarse en el balance, como son una mayor número de normas e iniciativas legales para corregir las situaciones de desigualdad, junto con un crecimiento de la conciencia social sobre la importancia de luchar contra todo tipo de discriminación; pero por otra, destaca también aquello que queda por hacer, que es mucho, y alerta sobre la falta de voluntad política en ocasiones para avanzar, así como también sobre las consecuencias de la recesión económica que está agravando las discriminaciones estructurales existentes, destacando en el ámbito de mi explicación las del acceso a los puestos de trabajo y el aumento de trabajadores que son vulnerables a la pobreza (―working poors‖). Es muy positivo a mi entender que los dos Convenios más importantes en la materia de que se ocupa el Informe, el relativo a la igualdad de remuneración (número 100) y el que trata sobre la discriminación (empleo y ocupación, número 111), hayan sido ratificados por 168 y 169 Estados miembros respectivamente, sobre un total de 183 Estados que forman parte del foro social mundial internacional, dado estadístico que los convierte en ―el quinto y cuarto convenios más ratificados de la OIT‖. 2. Además, la situación económica ha tenido lógicamente impacto sobre la situación en el mercado de trabajo, de tal forma, que haya o no discriminación directa o indirecta desde la perspectiva jurídica, hay colectivos especialmente afectados, como son las personas que tienen empleos temporales o de duración determinada, aquellos que disponen de un bajo nivel de cualificación, las personas de mayor edad y los migrantes, con una mención expresa en el documento a ―quienes buscan su primer empleo, incluidos los graduados universitarios‖. Sobre los jóvenes, y en concreto sobre las discriminaciones que pueden producirse por razón de edad, conviene evitar no la existencia de prácticas contrarias a derecho, sino también la creación de estereotipos sobre las dificultades para contratar a jóvenes por su falta de experiencia en algunos casos y de cualificación en otros, alertándose sobre la importancia, y coincido plenamente con el parecer del Informe, de poner en marcha medidas de promoción y fomento del empleo para el colectivo juvenil, con una adecuada selección en atención a las diversas necesidades existentes, de tal manera que será importante evitar que las medidas que se adopten ―sean involuntariamente discriminatorias, tanto en el caso de los que proceden de los niveles educativos superiores como en el de los que no poseen ninguna cualificación‖. Con respecto a las mujeres, las diferencias existentes en los distintos países no permiten llegar a una conclusión general sobre cómo está impactando la crisis en términos de reducción de su volumen de empleo, aunque se alerta sobre el crecimiento del empleo informal en algunos países y de la pérdida de empleo en otros. Queda mucho por hacer, en cualquier caso, en el terreno de la discriminación por razón de género en el mercado de trabajo, no sólo en el acceso al empleo sino también en las condiciones laborales y las medidas de protección social. Hace bien en recordar el Informe que sigue existiendo una brecha salarial (las mujeres perciben entre un 70 y 90 % del salario de los hombres) a pesar del incremento educativo femenino, ya que hay un número importante de 8
  • 9. trabajadoras que tienen empleos de bajos ingresos y, consiguientemente, de bajos salarios que contribuyen a esa brecha salarial, diferencia que se explica en términos globales en gran parte ―por la segregación ocupacional y sectorial‖. También, y aunque sean formalmente de aplicación a todas las personas con independencia de su sexo o género, es obvio que medidas que potencien los servicios de guardería, una organización flexible de los horarios de trabajo, e incluso fórmulas de actividad laboral fuera del centro de trabajo (como el teletrabajo), ayudan en general a corregir situaciones reales, aunque en ocasiones sin intervención jurídica, de discriminación para las personas trabajadores que tienen responsabilidades familiares, y muy en especial para las trabajadoras. 3. El Informe pasa revista a los aspectos positivos antes citados y pone de manifiesto que se constatan avances importantes en materia de protección contra la discriminación por motivos de discapacidad y edad, y también el reforzamiento de las medidas de protección por razón de raza o sexo, constatando de contrario el tímido avance experimentando en el último cuatrienio sobre otros motivos de discriminación, entre los que se cita de forma expresa a ―la ascendencia nacional, el origen social y las opiniones políticas‖. Me interesa destacar especialmente las referencias a la normativa de los Estados de la Unión Europea y la constatación de la progresiva armonización existentes en todos ellos en los campos de las definiciones de las discriminaciones y de la carga de la prueba a las Directivas comunitarias. Igualmente, la creación de oficinas del defensor del pueblo, el incremento de las inspecciones de trabajo y de instancias administrativas y judiciales especializadas en este ámbito, y mecanismos legales de protección adecuada contra todo tipo de discriminación y de reparación de los daños ocasionados. Pero, si nos vamos ahora a los aspectos negativos, el documento constata algo que los juristas conocemos perfectamente por nuestra experiencia profesional (y que en mi caso siempre trato de explicar en todos los foros académicos y profesionales en los que desarrollo mi actividad): no basta con tener buenas leyes y sistemas jurídicos (aunque sea un paso previo obligado, y muy importante), sino que ―es preciso lograr que estos sistemas funcionen efectivamente‖. Piénsese, por ejemplo, en la carencia de recursos económicos y humanos para aplicar eficazmente las normas, o en algo menos perceptible directamente pero que adquiere una especial importancia en situaciones de crisis económica y social como la que estamos viviendo desde 2008, cual es que estas políticas quedan relegadas en muchas ocasiones ante la necesidad de proceder a ajustes económicos y a la creación de empleo sin importar en qué condiciones y de qué calidad. Igualmente, y es digno de ser destacado, el documento alerta sobre los déficits en materia estadística, algo que impide tener un buen conocimiento de todo aquello que se está haciendo y de cómo se están corrigiendo, o no, las prácticas discriminatorias, poniendo de manifiesto (e insisto en que se trata de documento internacional y que, por consiguiente, la lectura propia de la situación de cada Estado puede variar) que ―uno de los grandes obstáculos en materia de capacidad es que los gobiernos no dedican suficientes recursos humanos, técnicos y financieros a mejorar la recopilación de datos en el plano nacional‖. 4. Una buena síntesis de las diferentes medidas y políticas adoptadas para luchar contra los diferentes supuestos de discriminación puede leerse en el amplio resumen del 9
  • 10. Informe, en el que además de los ámbitos de actuación ya citados se encuentras otros, como los relativos a la discriminación por acoso sexual, o raza y origen étnico. Igualmente, la lucha por la igualdad de derechos de los trabajadores migrantes, y la adopción de medidas de ámbito internacional, europeo o estatal para avanzar en ese camino, es destacada en el Informe, que alerta sobre una situación que se da en numerosos países y que consiste en que las condiciones de trabajo de los migrantes son abusivas con relación a las de los trabajadores autóctonos, enfatizando que ello se produce ―tanto en los países desarrollados como en los países en desarrollo‖, y haciéndose una urgente llamada de atención, que es al mismo tiempo una muy buena reflexión, a evitar que las situaciones de crisis de empleo repercutan negativamente sobre las políticas de igualdad dirigidas a este colectivo, ya que tales políticas no dejan de ser en definitiva de interés para todos. Más exactamente, el Informe pide luchar contra todo tipo de medidas populistas que atizan el racismo y la xenofobia, y apostar por políticas coherentes de integración en el ámbito laboral, ya que ―con el aumento de la inseguridad económica de la población en general, las minorías y los trabajadores extranjeros o nacidos en el extranjero corren el riesgo de convertirse en chivos expiatorios‖. Por otra parte, el informe destaca la importancia de respetar los principios de igualdad de trato y no discriminación en el ámbito laboral, subrayando la importancia de la integración de dicha población, recordando que contribuyen al crecimiento y desarrollo de los países de acogida (se valora la participación laboral de personas trabajadores de diferentes países en un mundo globalizado y en donde las empresas necesitan adaptarse ―a unos entornos cada vez más dinámicos), y manifestando su preocupación por la aparición de ciertas tendencias (según un estudio elaborado por el Instituto británico de Relaciones Raciales) en donde la integración se vincula menos a factores vinculados al mundo del trabajo (participación, ingresos, desigualdades, …) y más a ―indicadores nuevos y menos definidos, relacionados con los valores y la identidad‖. También se detiene el documento en las medidas que hay que adoptar para evitar discriminaciones por razón de religión, opiniones políticas, origen social, VIH/SIDA (destacando en este caso que como muchas de las personas a las que les afecta están trabajando, ―el lugar de trabajo sigue siendo un ámbito clave para luchar contra la pandemia y sus efectos‖), y orientación sexual (en donde se recuerda la importancia de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea como primer instrumento internacional de derechos humanos que prohíbe por completo la discriminación por este motivo). De forma más innovadora con respecto a informes anteriores se hace referencia a posibles discriminaciones por ―estilo de vida‖ entre las que se citan el tabaquismo y la obesidad, afirmándose que en algunos países se han constatado discriminaciones por tales motivos, si bien el Informe matiza que ello sólo se da en un número limitado de países industrializados (añado yo ahora que el Informe se refiere a países desarrollados en los que pueden darse esos estilos de vida), y de ahí que sólo se apunte la tendencia y se remita a un seguimiento e investigación del fenómeno que debería llevar a ―arrojar luz sobre los patrones que comiencen a perfilarse‖, y que servirán de esa forma para ―definir la orientación y las intervenciones de los gobiernos y los interlocutores sociales‖. No menos importante, en fin, el Informe presta especial atención a las actuaciones discriminatorias en materia de empleo y ocupación que sufren las personas con 10
  • 11. discapacidad (derivadas en muchas ocasiones de las diferencias injustificadas de trato en el ámbito educativo), valorándose de forma muy positiva la aprobación en 2008 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, y destacando lo mucho que queda por hacer para lograr la igualdad, ya que de los 650 millones de personas que sufren alguna discapacidad más de 470 están en edad de trabajar. 5. Por último, como propuestas prácticas de actuación para el inmediato futuro el informe propone establecer cuatro ámbitos prioritarios: promoción de la ratificación y aplicación de los Convenios antes citados; desarrollar e intercambiar conocimientos sobre cómo puede acabarse con la discriminación en el ámbito laboral; desarrollar la capacidad de la propia OIT para participar más activamente en el cumplimiento del derecho a la no discriminación; en fin, fortalecer alianzas internacionales con los principales actores en materia de igualdad. 3. La reunión de París (26 y 27 de septiembre de 2011) de los Ministros de Trabajo y Empleo del G20. Documentos de trabajo y conclusiones. 1. La OIT y la OCDE presentaron cuatro documentos de indudable interés sobre el impacto de la crisis y la necesidad de adoptar medidas urgentes en diferentes ámbitos de actuación. En un discurso conjunto15 del Director general de la OIT, Juan Somavia, y del Secretario General de la OECD, Ángel Gurría, con ocasión de la inauguración de la reunión, ambos responsables pusieron de manifiesto que los documentos presentados tenían como finalidad disponer de herramientas adecuadas para analizar el desarrollo de los mercados de trabajo, examinar las respuestas adoptadas frente a la crisis, y ayudar a los gobiernos a compartir información sobre buenas prácticas y políticas en el mercado de trabajo, con la colaboración de las organizaciones sociales. A) Un primer documento16 llama a la promoción de políticas coherentes para alcanzar el trabajo decente y para promover el pleno empleo productivo, poniendo el acento en una mayor cooperación entre las diferentes organizaciones internacionales y en una cooperación reforzada entre los Estados, dada la cada vez mayor interdependencia de la economía global. Del documento me interesa destacar en especial la preocupación manifestada por las dos organizaciones sobre el creciente incremento de las desigualdades en el ámbito salarial y la disminución de la participación de los salarios en la renta nacional, algo que a su parecer corre el riesgo, si es que no lo ha hecho ya, de provocar importantes desajustes internos y externos, y que ―amenaza la cohesión social‖. Cabe recordar aquí que la preocupación por el trabajo decente no es de ahora sino que data de hace ya más de una década, con la presentación de la Memoria del Director General de la OIT a la 87ª reunión anual celebrada en junio de 1999. En dicha Memoria se defendía que el trabajo decente era el punto de convergencia de los cuatro objetivos 15 http://www.ilo.org/global/about-the-ilo/press-and-media-centre/statements-and- speeches/WCMS_163854/lang--en/index.htm 16 http://www.ilo.org/public/libdoc/jobcrisis/download/g20_2011/policy_note_promoting_policy_cohere nce_web.pdf 11
  • 12. estratégicos de la OIT, la promoción de los derechos fundamentales en el trabajo, el empleo, la protección social y el díalogo social, y que debía ―orientar las decisiones de la Organización y definir su cometido internacional en los próximos años‖. B) El segundo texto17 aborda la protección social y los niveles mínimos que deberían existir en cada Estado. El informe efectúa una valoración positiva de las medidas adoptadas en este ámbito durante la primera fase de la crisis, poniendo de manifiesto que tales medidas se adoptaron para estabilizar, por una parte, la demanda agregada, y por otra para contribuir a la finalidad perseguida de un crecimiento fuerte, sostenible y equilibrado, y que un nivel mínimo de protección sigue siendo necesario para conseguir mantener tales objetivos. El documento se remite, en cuanto a los contenidos concretos de esa protección, al informe presentado a la reunión por la Presidenta del grupo consultivo sobre protección social, Michael Bachellet. El informe sostiene que la puesta en práctica de diferentes niveles de protección social a escala nacional (en razón de las condiciones de cada Estado) ―es una alternativa política factible en todas las sociedades‖, y efectúa un llamamiento a los países del G20 para que adopten este tema como una prioridad política. C) La situación de los jóvenes y su (buena) incorporación al mercado de trabajo está presente en un tercer documento18, en el que se manifiesta una seria preocupación por cómo están accediendo buena parte de los jóvenes al mercado laboral en empleos temporales o informales, con un escaso nivel de protección social y extraordinariamente vulnerables a las fluctuaciones de la demanda laboral. La preocupación se amplía por el importante número de jóvenes que desean acceder al mundo laboral y no encuentran empleos disponibles, y también por la situación de todos aquellos que han abandonado el ámbito educativo pero que tampoco se han incorporado al ámbito laboral. El documento pone el acento en una serie de medidas que, no por ser ya conocidas y aplicadas (o que se han intentado aplicar) en distintos países, dejan de ser importantes. Con carácter general, el crecimiento de la demanda agregada para animar a los empleadores a crear más oportunidades de empleo para los jóvenes; con carácter más específico, la mejora de las transiciones del mundo educativo al laboral, con adquisición de unos conocimientos y habilidades básicas que les han de ser de utilidad en el mercado laboral; programas de información, orientación y asistencia al empleo (o autoempleo). Tampoco se olvida el documento (aquí la influencia de la OCDE es clarísima a mi parecer) de destacar la menor protección jurídica de que gozan los jóvenes en el mercado de trabajo frente a los mayores o las personas con estabilidad en el empleo, y recuerda, sin entrar en mayores análisis sobre la bondad de dichas medidas, que algunos países del G20 están valorando ―la conveniencia de introducir reformas que tiendan a reducir tales diferencias o incluso eliminarlas enteramente‖. 17 http://www.ilo.org/public/libdoc/jobcrisis/download/g20_2011/revised_policy_note_social_protection _web.pdf 18 http://www.ilo.org/public/libdoc/jobcrisis/download/g20_2011/policy_note_youth_start_web.pdf 12
  • 13. D) Por último, fue presentado un documento marco sobre las perspectivas de empleo a corto plazo y los principales retos con los que se van a enfrentar los países del G20 en materia de empleo en el inmediato futuro19. Se trata de un informe crítico con la situación actual y que anuncia una situación aún más difícil en los próximos años si no se adoptan medidas adecuadas para crear empleo (como mínimo para recuperar los niveles anteriores a la crisis de 2008), en el que se manifiesta una gran preocupación por el elevado número de personas en situación de desempleo, cerca de 200 millones, unas cifras ―cerca del punto máximo registrado durante el momento más crítico de la Gran Recesión‖. El informe conjunto de la OIT y la OCDE dice que el empleo debería crecer a una tasa anual de al menos 1,3 por ciento para llegar al 2015 con una tasa de empleo igual a la que existía antes de la crisis. Una tasa de crecimiento de tal grado permitiría crear unos 21 millones de empleos adicionales por año, recuperar los puestos de trabajo que se han perdido desde 2008 y absorber el incremento de la población en edad laboral. Sin embargo, el informe advierte que ―el empleo puede terminar creciendo a una tasa justo por debajo de 1 por ciento (0,8) hasta finales 2012. Ello haría que existiera un hueco de unos 40 millones de puestos de trabajo en el G20 el año próximo, y un hueco mucho mayor en el 2015‖. 3. Las conclusiones se inspiran lógicamente en las cuatro prioridades de contenido social planteadas por la presidencia francesa durante su mandato del G20: favorecer el empleo de los jóvenes y de los colectivos vulnerables; mantener o instrumentar mecanismos de protección social que garantice el acceso de todos los ciudadanos a los servicios sociales esenciales (educación y formación profesional, salud y servicios de empleo), y transferencias sociales a personas que no dispongan de medios de subsistencia; lograr el respeto de los derecho sociales y laborales, promoviendo el trabajo decente y velando para que se respete su cumplimiento en todo los países y que, al mismo tiempo, no se invoque el cumplimiento de las normas internacionales de trabajo con fines comerciales proteccionistas; favorecer una mejor coordinación entre las diferentes organizaciones internacionales, de tal manera que la dimensión social sea tomada en consideración por todas ellas en sus respectivas políticas. A) Con respecto a los jóvenes y los colectivos vulnerables, el G20 afirma que una prioridad esencial es asegurar la transición entre los períodos educativos/de aprendizaje y el acceso al mundo del trabajo, y pide reformas estructurales asociadas a políticas activas de mercado de trabajo y a instituciones de trabajo eficaces ―que inciten a incrementan el empleo formal y de calidad‖. Quizás lo más significativo sea la propuesta de poner en marcha un grupo de trabajo (―task force‖) compuesta por representantes de los países que forman el G20 y que tendría como primera prioridad tratar el empleo de los jóvenes con el objetivo de ―intercambiar experiencias recíprocas, buenas prácticas y respuestas políticas a los desafíos que los países del G20 tienen ante sí en materia de empleo‖. Igualmente, se pide vincular estrechamente las políticas económicas de protección de las personas desempleadas con las medidas que les permitan un rápido acceso al empleo. 19 http://www.ilo.org/public/libdoc/jobcrisis/download/g20_2011/policy_note_youth_start_web.pdf 13
  • 14. B) En el ámbito de la protección social se resalta la importancia de disponer de unos sistemas eficaces de protección que permitan, como la experiencia empírica ya ha demostrado, contribuir a reforzar la resistencia frente a los vaivenes económicos, amortiguar el impacto de las crisis y favorecer un reequilibrio del crecimiento a largo plazo. Por consiguiente, las conclusiones recomiendan el desarrollo de niveles de protección social a definir por cada Estado que permitan un crecimiento fuerte, sostenible y equilibrado y que promueva la cohesión social. La protección debe incluir el acceso a la sanidad, garantía de rentas para las personas de edad y las discapacitadas, prestaciones familiares por hijos a cargo, y prestaciones económicas para personas desempleadas y para aquellas carentes de recursos, unidas a programas públicos de ayuda al retorno al empleo. A tal efecto, los Ministros de Trabajo y Empleo del G20 demandan a las organizaciones internacionales una mejor coordinación de sus acciones para ayudar a los Estados a desarrollar sus niveles de protección social, así como también que se refuerce la cooperación y el intercambio de conocimientos en los distintos ámbitos territoriales. La financiación de las políticas de protección social pasa por una acción decidida de los poderes públicos en tal sentido, pero al mismo tiempo los Ministros llaman también tanto a los donantes privados como a las organizaciones no gubernamentales a contribuir a la puesta en marcha de la protección. C) La promoción de la aplicación efectiva de los derechos sociales y laborales es asumida como compromiso por el G20, llamando a una coordinación estrecha con la política de la OIT y con las organizaciones empresariales y sindicales para que ello sea posible, y tomando como punto de referencia el Pacto Mundial para el Empleo adoptado por la OIT en 2009. No hay aquí novedades a destacar, ya que no creo que sea especialmente novedoso recomendar a los Jefes de Estado y de Gobierno del G20 que garanticen el pleno respeto de los principios y derechos fundamentales en el trabajo tal como están enunciados por la OIT desde 1998, como tampoco lo es la constatación de la importancia de disponer de dispositivos nacionales eficaces para asegurar el respeto de las normas internacionales del trabajo, en concreto de ―sistemas eficaces de administración y de inspección de trabajo‖. D) Por último, los Ministros constatan que reforzar la coherencia de las políticas económicas y sociales es esencial para tomar en consideración la dimensión social de la mundialización, y que tal coherencia, tanto a escala internacional como de cada Estado, es fundamental para alcanzar los objetivos marcados ―en materia de empleo, protección social y derechos laborales‖. De ahí que el documento llame a la plena aplicación de la Declaración de la OIT de 2008 sobre la justicia social para una globalización equitativa, insistiendo en que ninguna ventaja comparativa puede estar basada en la violación de derechos fundamentales y que no puede invocarse el cumplimiento de las normas internacionales de trabajo con fines comerciales proteccionistas. Por fin, la mayor coordinación entre las organizaciones internacionales que trabajan en los ámbitos económicos y sociales se considera de primera importancia para discutir conjuntamente de todas las cuestiones que afectan al mundo del trabajo. 4. Como siempre, habrá que esperar a ver y saber cómo se concretan estas recomendaciones. Y a diferencia de etapas históricas anteriores, ahora el tiempo apremia, y millones de personas necesitan medidas de urgencia y que tengan proyección 14
  • 15. de futuro para mejorar sus condiciones de vida y de trabajo y no verse afectados por el riesgo de exclusión social. Especialmente en el ámbito de la UE, la polarización en el mercado de trabajo y el incremento de las desigualdades económicas entre quienes están en los niveles más altos y aquellos que se encuentran en las escalas inferiores amenaza seriamente la cohesión social, y los estudios realizados por la Fundación Europea para la mejora de las condiciones de vida y de trabajo nos alertan sobre el incremento de esta desigualdad y su impacto social en los colectivos más vulnerables. A la política de empleo europea me refiero a continuación. IV. La política de empleo en el ámbito de la Unión Europea. 1. Las orientaciones de política de empleo para el período 2011-2014. En la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a un programa de la UE para el cambio y la innovación sociales, presentada el 6 de octubre de 201120, y más concretamente en su exposición de motivos se recogen de forma muy concreta algunos de los más importantes problemas a los que debe enfrentarse la UE (y que por consiguiente afectan a su modelo social), que recojo a continuación. ― -- elevadas tasas de desempleo, especialmente entre las personas menos cualificadas, los jóvenes, los trabajadores de más edad, los inmigrantes y las personas con discapacidad; – un mercado de trabajo cada vez más fragmentado, en el que están surgiendo pautas de trabajo más flexibles y otros desafíos que inciden en la seguridad del empleo y en las condiciones de trabajo; – una mano de obra menguante y una creciente presión sobre los sistemas de protección social a consecuencia del cambio demográfico; – la dificultad de conciliar el trabajo y las responsabilidades familiares, y conseguir un equilibrio sostenible entre actividad laboral y vida privada, lo que merma el desarrollo personal y familiar; – un número inaceptablemente elevado de personas que viven por debajo del umbral de la pobreza y en situación de exclusión social. Frente a estos problemas deben actuar las políticas de empleo de la UE, cuyas líneas básicas se encuentran en las orientaciones aprobadas por el Consejo el 21 de octubre21 y que paso a explicar a continuación. A) Directriz número 7. Aumentar la participación en el mercado laboral y reducir el desempleo estructural. En el texto presentado por la Comisión, que finalmente se ha convertido en definitivo, se disponía lo siguiente: ―La meta principal de la UE, en la que se basarán los Estados miembros para fijar sus objetivos nacionales, es procurar llegar para 2020 a un índice de 20 http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2011:0609:FIN:ES:PDF 21 http://register.consilium.europa.eu/pdf/es/10/st14/st14338.es10.pdf 15
  • 16. ocupación del 75 % de los hombres y mujeres con edades comprendidas entre los 20 y los 64 años, incrementando la participación de los jóvenes, los trabajadores de mayor edad y los trabajadores con bajas cualificaciones e integrando mejor a los inmigrantes en situación regular‖. Por su parte, la enmienda, primero, de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales del PE, y después del Pleno, disponía que ―Los Estados miembros fijarán sus objetivos nacionales en el aumento del índice de ocupación de los hombres y mujeres hasta alcanzar el 75 % en 2020, en particular incrementando la participación de los jóvenes, los trabajadores de mayor edad y las personas con discapacidad e integrando mejor a los inmigrantes en situación regular. Además, los Estados miembros fijarán sus objetivos nacionales de tal forma que el porcentaje de los hombres y mujeres entre 20 y 24 años de edad en formación o empleados alcance el 90 %‖. Por su parte, el Comité de Empleo se alineó con la tesis de la Comisión y en su informe presentado al Consejo EPSCO de 8 de junio expuso que no creía necesario fijar objetivos vinculantes de empleo a escala comunitaria para los colectivos referenciados, pues ―la tasa de actividad de cada uno de estos grupos y las necesidades correspondientes de actuación difieren en gran medida según cada Estado miembro‖, si bien animaba a los Estados miembros a definir y establecer sus propios objetivos nacionales al respecto (a título sólo de ejemplo, entre los criterios recogidos en el anexo II del informe, se incluían los posibles indicadores de objetivos nacionales relativos a los trabajadores migrantes legales, indicándose que podrían ser la tasa de empleo de nacionales de terceros países, o la tasa de empleo de las personas nacidas fuera de la UE con edades comprendidas entre 20 y 64 años). Obsérvese, dicho sea incidentalmente, la referencia concreta a la cobertura de los inmigrantes ―en situación regular‖, referencia que se repite en la directriz número 10 dedicada a la promoción de la inclusión social y la lucha contra la pobreza. No creo que se trate de una referencia casual, sino que constata el deseo de los poderes de la UE de potenciar la situación de regularidad de las personas inmigrantes con el pleno ejercicio de sus derechos, dejando sólo, o al menos así me lo parece, la protección básica en materia de protección social para quienes se encuentren en territorio europeo en situación irregular. Con respecto a la población femenina, y a la política de la UE en materia de igualdad entre mujeres y hombres, hemos de hacer referencia a la nueva estrategia 2010- 2015, presentada por la Comisión el 21 de septiembre de 201022. Los cinco ejes sobre los que asienta esta nueva estrategia son: a) Adopción de medidas que faciliten la incorporación de un mayor número de mujeres al mercado de trabajo. De esta manera, se contribuye también a intentar alcanzar el objetivo marcado en la Estrategia Europa 2020 de lograr una tasa de empleo del 75 % de empleo para hombres y mujeres de 20 a 64 años. Tras recordar con satisfacción que de los 12,5 millones de empleo creados en la UE durante el período comprendido entre los años 2000 y 2009 9,8 millones han sido ocupados por mujeres, la Comisión constata que todavía queda mucho por hacer para mejorar las tasas de empleo de grupos especialmente desfavorecidos en el mercado de trabajo como son las mujeres de edad avanzadas, madres solteras, personas con discapacidad, inmigrantes y mujeres pertenecientes a minorías étnicas. Se trata de seguir 22 http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2010:0491:FIN:FR:PDF 16
  • 17. adoptando medidas que interesan a todas las personas, pero que sin duda benefician especialmente a las mujeres, que faciliten la conciliación de la vida familiar tales como la puesta en marcha de servicios de acogida (tanto para menores como para personas dependientes de edad avanzada) que sean de buena calidad y con un coste que permita el acceso a los mismos. Por otra parte, la Comisión se detiene de forma específica en la población femenina inmigrante para resaltar que su participación en el mercado laboral es escasa durante los tres primeros años de estancia en el país de acogida, y de ahí que se proponga facilitarles ayuda en el primer período de estancia y hacer un seguimiento, informándoles de sus derechos y facilitándoles el acceso a la educación y a la sanidad. En el bien entendido, que la Comisión destaca que el objetivo de promover la igualdad entre hombres y mujeres debe estar presente en todas las iniciativas relativas a las políticas de inmigración y a la integración de los inmigrantes. b) Dictar medidas específicas que aumenten el número de altas ejecutivas en puestos de toma de decisión económica, medida que se comprende fácilmente cuando se conoce que las mujeres son sólo el 10 % de los miembros de los Consejos de Administración de sociedades que cotizan en bolsa, y no superan el 3 % del porcentaje de las que ocupan cargos de dirección. Se plantea también seguir la progresión hacia el objetivo marcado el año 2005 de conseguir que sean mujeres el 25 % de las personas que ocupen cargos de responsabilidad en el ámbito de la investigación (19 % en 2009), constatando que ese desequilibrio entre hombres y mujeres ―representa un importante obstáculo al objeto europeo de una mejora de la competitividad y de una mejor explotación del potencial de innovación‖. c) Promover el empresariado femenino y el autoempleo. Se trata de incrementar el número de mujeres emprendedoras en la UE (un 33 % del total según datos de 2008), y para ello la Comisión confía en la aplicación de la nueva directiva sobre el trabajo autónomo y la puesta en marcha de la iniciativa ―Juventud en movimiento‖. d) Establecer anualmente una jornada europea de la igualdad de remuneración. Según datos de Eurostat, las mujeres ingresan de media casi un 18 % menos que los hombres en la UE, si bien las diferencias entre los distintos Estados son importantes, yendo del 30,9 % en Estonia al 4,9 % en Italia. Además, se buscará potenciar la participación de la mujer en el mercado de trabajo en ámbitos de actividad ―no tradicionales‖, con cita expresa de las profesiones verdes e innovadoras, y se premiará a las empresas que potencien esas políticas de igualdad. e) Colaborar con todos los Estados miembros en la lucha contra la violencia a la mujer, erradicando especialmente la mutilación genital femenina en Europa y fuera de Europa, y asegurar que la legislación europea en materia de asilo tome en consideración las cuestiones de igualdad, de tal manera que se incorporen a los programas financiados por el fondo europeo para los refugiados. La Comisión destaca que la UE puede influir en la puesta en marcha de políticas de igualdad y de emancipación de las mujeres en el resto del mundo gracias a su política exterior, colaborando estrechamente con todas las organizaciones internacionales B) Directriz número 8. Conseguir una población activa cualificada que responda a las necesidades del mercado laboral, promover la calidad del trabajo y el aprendizaje permanente. 17
  • 18. Se mantienen las grandes líneas de las Directrices anteriores, con una llamada específica a garantizar que todos los adultos puedan conseguir ―un nivel superior de cualificación‖ y que las políticas de inmigración e integración sean adaptadas para atender debidamente al importante número de personas extracomunitarias que se encuentran en territorio europeo y que ya están o quieren incorporarse al mercado de trabajo. La formación permanente se configura como uno de los retos de futuro de la política europea, para cuya financiación se apunta la conveniencia de que exista una participación de los propios ciudadanos junto a la de los gobiernos y de los empresarios, y para los jóvenes que quieren acceder al empleo por primera vez se propone arbitrar mecanismos adecuados que les permitan acceder directamente al ámbito laboral por la vía de una relación contractual o bien mediante actividades formativas de carácter práctico pero sin vínculo jurídico contractual. Las nuevas necesidades del mercado laboral pasan por conseguir que la movilidad del personal se desarrolle de forma voluntaria en atención a las posibilidades que la mejora de los conocimientos y habilidades profesionales permita, y así se manifiesta un documento del Comité de Empleo de 7 de octubre de 2010, ―Sacar provecho de las transiciones‖, que fue conocido y debatido en el Consejo EPSCO de 21 de octubre, y en donde se plantea que cualquier análisis de las transiciones ha de hacerse, no en un cambio de puesto de trabajo sino en los cambios que van a, o pueden producirse, a lo largo de toda la vida, de tal manera que el marco normativo garantizara ―que se reincorporaran fácilmente al mercado laboral después de períodos dedicados al cuidado de familiares dependientes o al estudio, pasando del desempleo al empleo, de la enseñanza y formación al empleo, o cambiando de trabajo a lo largo de toda la vida‖. Para que las transiciones puedan ser provechosas para todas las personas, el Comité identifica varias condiciones que deben cumplirse: transparencia del mercado laboral y posibilidades de acceso a la formación para todos; oportunidades de formación para todos; organización flexible del trabajo y conciliación de la vida familiar y laboral; derechos sociales garantizados y adecuados durante los períodos de transición (es decir, cobertura de protección social adecuada en períodos de interrupción o suspensión de la actividad laboral); servicios de mediación y orientación laboral accesibles (es decir, conocimiento de los puestos de trabajo vacantes en toda la UE); en fin, ―evolución de los trabajadores hacia trabajos dignos y de calidad, como principio importante para lograr una activación real‖. C) Directriz número 9. Mejorar los resultados de los sistemas educativos y de formación en todos los niveles e incrementar la participación en la enseñanza superior. El objetivo comunitario es el ya fijado en la Estrategia Europea 2020, es decir reducir el índice de abandono escolar a un 10 % y el aumento al menos hasta el 40 % de las personas con edades comprendidas entre 30 y 34 años que finalicen la enseñanza superior o equivalente durante la próxima década. Para el período 2010-2014 se siguen manteniendo los grandes ejes del período anterior, desde el objetivo marco que ha de inspirar toda la política comunitaria en el ámbito educativo, cual es el de garantizar el acceso universal a una educación y formación de calidad y mejorar los resultados educativos de la población, permitiéndole adquirir, ya sea por vía formal o informal, las competencias fundamentales para triunfar, así se dice, en una economía basada en el conocimiento, ―especialmente en términos de inserción laboral, de formación complementaria o cualificaciones en tecnologías de información y 18
  • 19. comunicación‖. Nuevamente se insiste en la necesidad de estrechar los lazos entre el mundo educativo y el laboral, y de adoptar las medidas más adecuadas para prevenir el fracaso escolar. Con respecto a los jóvenes cabe hacer mención especial de la iniciativa ―Juventud en movimiento‖23 puesta en marcha a partir de la aprobación de la Estrategia Europa 2020. En efecto, la Comisión Europea presentó el 15 de septiembre una importante Comunicación en la que fija los grandes objetivos de la política de juventud para el próximo decenio, en desarrollo de una de las iniciativas apuntadas como emblemáticas en la Estrategia Europa 2020, la dedicada a impulsar el potencial de los jóvenes ―para lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la Unión Europea‖, refiriéndose a la población comprendida entre 15 y 30 años de edad, aproximadamente el 20 % de la población europea según datos de Eurostat de 2009. Las actuaciones de la UE para el próximo decenio, según se describe en la Comunicación, se concentrarán en cuatro líneas de actuación: la potenciación del aprendizaje permanente para desarrollar competencias claves y mejorar los resultados, teniendo en consideración las necesidades del mercado laboral; la adopción de medidas que incremente el porcentaje de jóvenes que participan en la enseñanza superior o equivalente, por la importancia del conocimiento en la sociedad del siglo XXI y para responder a los retos que plantean otros países desarrollados; el reforzamiento de las políticas de movilidad en el seno de la UE para conseguir que todos los jóvenes puedan realizar actividades educativas regladas y formativas laborales en otros Estados; último, pero no menos importante, la adopción de medidas tendentes a la reducción del desempleo juvenil, cerca del 21 %, de tal manera que se reduzca el número de jóvenes que no participan ni en actividades educativas ni tampoco en laborales, y potenciando igualmente la puesta en práctica de proyectos emprendedores. La propuesta de la Comisión completa otras ya efectuadas con anterioridad y las reordena y amplia para abordar los retos del próximo decenio, partiendo de la premisa previa de que son necesarios niveles de inversión ―mejor orientados, sostenidos y reforzados en educación y formación para lograr una alta calidad en la educación y formación, el aprendizaje permanente y el desarrollo de las capacidades‖. En el último bloque del documento la Comisión apunta la necesidad de adoptar medidas para crear empleo y reducir el desempleo juvenil, medidas que pasan no sólo por incentivos para facilitar su contratación por cuenta ajena o su establecimiento por cuenta propia, sino también por algo más (aparentemente) sencillo como es el cumplimiento de la normativa laboral y de protección social, y por el establecimiento de redes de seguridad adecuadas que combinen la protección económica con la activación profesional. Hay que adoptar medidas para dar respuesta a una difícil situación de buena parte de la juventud europea afectada por alguno de los problemas que se enumeran en todos los documentos comunitarios: una salida prematura del ámbito educativo si cualificación: falta de competencias apropiadas y de experiencia profesional; empleos precarios seguidos por períodos de desempleo; posibilidades limitadas de formación; programas de políticas activas de mercado de trabajo insuficientes o inapropiados. 23 http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2010:0477:FIN:ES:PDF 19
  • 20. Es decir, se deben adoptar medidas por parte de los Estados miembros para facilitar el acceso de los jóvenes a su primer empleo y el inicio de su carrera profesional, velando especialmente por evitar políticas contractuales que contribuyan a la segmentación del mercado laboral; ayudar decididamente a los jóvenes que están fuera tanto del ámbito educativo como del laboral (se calcula que son un 15 % de los jóvenes europeos), dándole una prioridad absoluta en las acciones a emprender; proporcionar redes de seguridad que permitan una cobertura económica, con especial atención a los jóvenes más vulnerables o desfavorecidos, vinculadas a una intervención activa por su parte en actividades formativas o de búsqueda de empleo, afirmándose con claridad en el documento que ―las prestaciones se concedan sólo si el joven en cuestión busca trabajo activamente o si sigue estudiando o formándose‖; apoyo a los jóvenes que deseen poner en marcha proyectos emprendedores, con políticas adecuadas de información, orientación y asesoramiento, así como el soporte del instrumento europeo de microfinanciación Progress. En la reciente Comunicación de la Comisión Europea de 20 de diciembre de 2011 sobre ―Iniciativa para el empleo de los jóvenes‖24, y también en otros documentos dedicados a la juventud, se formulan propuestas en esta misma a los Estados miembros: garantizar que todos los jóvenes que finalicen sus estudios obligatorios puedan trabajar, seguir estudiando o participar en medidas de activación ―en un plazo de cuatro meses‖; vincular muy estrechamente los derechos a prestaciones y las medidas de activación; un aumento importante de la oferta de aprendizaje en la UE, como vía para permitir a los jóvenes adquirir una mejor cualificación profesional y poder insertarse con vocación de estabilidad en el mercado de trabajo, subrayando que ―una progresión del 10 % desde ahora a final de 2012 supondría un total de 370.000 nuevos contratos de aprendizaje‖; en fin, una propuesta muy polémica a mi parecer, y mucho más en el debate actual en España sobre la reforma laboral, cuál es la creación de un ―contrato único indefinido‖ cuyo contenido se define de la siguiente manera en la Comunicación: ―con un periodo de prueba suficientemente largo y un aumento gradual de los derechos de protección, acceso a formación, aprendizaje permanente y orientación profesional para todos los empleados. Introducir unos ingresos mínimos específicos para jóvenes, así como costes no salariales con discriminación positiva, a fin de que los contratos fijos para jóvenes sean más atractivos y aborden la segmentación del mercado laboral, de conformidad con los principios comunes de flexiguridad‖. D) Directriz número 10. Promover la inclusión social y luchar contra la pobreza. El objetivo a conseguir es la reducción de un 25 % del número de ciudadanos europeos que viven por debajo de los umbrales nacionales de pobreza. De conseguirlo, saldrían de la pobreza más de 20 millones de personas. Para definir dicha situación se tomarán en consideración los criterios aprobados por el Comité de Empleo de 8 de junio de 2010, que define a la población en situación de riesgo de pobreza o de exclusión como el número de personas que se encuentran en tal situación de de acuerdo con los tres indicadores siguientes: a) Riesgo de pobreza (personas que vivan con menos del 60% de la renta nacional media). 24 http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2011:0933:FIN:EN:PDF 20
  • 21. b) Privación material (personas que sufren al menos 4 de las 9 situaciones de privación). c) Personas que viven en hogares de desempleados (población que se define en relación a una intensidad de trabajo igual a cero o muy baja a lo largo de un año completo a fin de reflejar de manera apropiada una perspectiva dinámica de la pobreza vinculada a situaciones de exclusión prolongada del mercado laboral. También se acordó que los Estados miembros serán libres de establecer sus objetivos nacionales sobre la base de los indicadores más adecuados, ―teniendo en cuenta sus respectivas circunstancias y prioridades nacionales‖, y que en este proceso tomarán en consideración el hecho de que sus objetivos nacionales respectivos ―deberían contribuir a la consecución del objetivo a escala de la UE‖. Cabe destacar que la propuesta de reforma del Fondo Social Europeo, a la que me he referido con anterioridad, considera el fomento de la inclusión social y la lucha contra la pobreza uno de los cuatro ejes temáticos de futuro (junto con los de fomento de empleo y movilidad laboral, inversión en educación, competencias profesionales y aprendizaje permanente, y mejora de la capacidad institucional y de la eficacia de la administración pública), proponiendo destinar ―como mínimo‖ el 20 % de la dotación económica presupuestada. 2. La difícil situación del empleo en Europa y las dificultades para cumplir con los objetivos de la Estrategia Europa 2020. 1. La Comisión Europea presentó el 23 de noviembre de 2011 un conjunto de medidas para abordar la grave crisis económica en que se encuentran buena parte de los países de la Unión Europea. El documento marco de referencia es el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento de 2012 (EPAC), al que se acompañan varios documentos anexos, dos de los cuales deseo ahora comentar. Se trata del informe sobre cómo avanzan los objetivos marcados en la Estrategia Europa 202025 y del proyecto de informe conjunto sobre el empleo26. 2. ¿Se van cumpliendo los objetivos marcados en la Estrategia Europa 202027 en los ámbitos del empleo y la protección social? Recordemos en primer lugar cuáles son: A) El 75 % de la población de entre 20 y 64 años debería estar empleada. Alcanzar este porcentaje implica incrementar en 6 puntos la tasa de empleo de cerca del 69 % existente en el momento de aprobación de la Estrategia. B) El porcentaje de abandono escolar debería ser inferior al 10 % y al menos el 40 % de la generación más joven debería tener estudios superiores completos. Alcanzar este objetivo significaría reducir en 5 puntos la tasa de abandono e incrementar en 9 el de personas entre 30 y 34 años que finaliza la enseñanza superior. En el análisis de la problemática educativa-laboral de la población europea, cabe también destacar el dato de que cerca del 50 % del alumnado alcanza un nivel de cualificaciones medias ―pero a menudo no adaptadas a las necesidades del mercado laboral‖. 25 http://ec.europa.eu/commission_2010-2014/president/news/documents/pdf/annex_1_en.pdf 26 http://ec.europa.eu/commission_2010-2014/president/news/documents/pdf/annex_3_en.pdf 27 http://ec.europa.eu/commission_2010-2014/president/news/documents/pdf/20100303_1_es.pdf 21
  • 22. C) El riesgo de pobreza debe amenazar a 20 millones de personas menos. O dicho en otros términos, la reducción debe aparejar que un 25 % menos de los europeos de los que estaban en 2010 se encuentren, en 2020, en dicha situación. Pues bien, el documento de la Comisión es pesimista al respecto, en cuanto que sólo se ha avanzado en materia de educación desde la aprobación de la Estrategia. La tasa de fracaso escolar era del 14,1 % en 2010 (14,4 % en 2009) y de seguir en la misma línea sólo llegaría al 10,5 % en 2020. En cambio, en el acceso a la educación superior el porcentaje ha pasado del 32,3 % en 2009 al 33,6 % en 2010, dato que lleva a creer a la Comisión que puede alcanzarse el objetivo previsto del 40 % para las personas entre 30 y 34 años. En materia de tasa de empleo el documento constata con preocupación que no se ha producido ningún avance durante este año y que muy probablemente se esté un poco por encima del 68,6 % de 2010 pero bastante por detrás del 70’3 % que había antes del inicio de la crisis. Por consiguiente, siendo estando pendiente de cumplir, y queda menos tiempos, el incremento de 17,6 millones de personas en el mercado de trabajo, y si se cumplen todos los objetivos marcados en los planes nacionales de reformas todavía faltaría entre 1 y 1,3 puntos para alcanzar el objetivo del 75 %. Otro dato importante, y preocupante, a tomar en consideración, es el incremento del desempleo de larga duración, que supone ya el 40 % del total frente al ―sólo‖ 30 % de hace dos años, habiéndose incrementado el número de personas en hogares con ―muy débil intensidad de trabajo‖ en 12 de los 15 estados miembros para los que hay cifras disponibles. Con respecto a los jóvenes, y al analizar el desarrollo de la iniciativa marco sobre los mismos incluida en la Estrategia (―Juventud en movimiento‖) el documento alerta sobre la gravedad de los datos de desempleo (más del 20 %) y plantea la adopción de nuevas medidas para permitir su acceso al mercado de trabajo, incrementar las posibilidades de formación y potenciar su movilidad, sin olvidar efectuar alguna referencia a la polémica figura del ―contrato único‖ de duración indeterminada con el que, siempre según la Comisión, se podría reducir la segmentación del mercado de trabajo, aún cuando creo que sería mucho más efectiva otra de las propuestas como es la activación de los jóvenes en un período máximo de cuatro meses desde la finalización de sus estudios. Los datos más recientes, y que ponen sobre la mesa la urgente necesidad de prestar atención al empleo, subempleo y desempleo juvenil, indican que en 2010 uno de cada seis jóvenes de 18 a 24 no se encontraba ni en el ámbito educativo ni en el mercado laboral, con un incremento de 2,6 puntos desde 2008, y con diferencias porcentuales muy importantes entre los Estados de la UE (desde menos del 7 % en los Países bajos hasta más del 25 % en Bulgaria). Por fin, en el ámbito de lucha contra la pobreza, las previsiones más optimistas, con los datos disponibles, sitúan su reducción en 12 millones de personas, o incluso un 25 % más si avanzan las estrategias de protección de menores y de lucha contra el desempleo de larga duración, pero aún en tal supuesto el documento calcula que llegaríamos a 2020 con un 25 % (cinco millones de personas) menos sobre el objetivo marcado de conseguir que, como mínimo, 20 millones salgan de la situación de pobreza. 3. El Proyecto de informe conjunto sobre el empleo 2012 tampoco es una mirada precisamente optimista a la situación del empleo en la UE. Al igual que los informes anuales anteriores, el documento se basa en la aplicación de las Directivas comunitarias 22
  • 23. sobre empleo y su aplicación por los respectivos Estados miembros tal como aparecen en los planes naciones de reformas. El proyecto analiza en primer lugar cuáles son los rasgos más relevantes del mercado de trabajo europeo, y muestra su preocupación por el leve crecimiento del empleo experimentado en los últimos meses, que además no se distribuye de manera homogénea en los Estados miembros como ponen de manifiesto los datos facilitados por Eurostat, de tal manera que el incremento de 1,5 millones de empleo hasta mediados de 2011 es una cantidad muy pequeña para contrarrestar los 6 millones perdidos desde el inicio de la crisis. El colectivo masculino ha sido el más afectado, con un impacto especial para los trabajadores poco cualificados, y jóvenes, en la industria manufacturera y en la construcción. La crisis ha afectado menos a la población de edad avanzada, y el empleo femenino se está viendo ahora más afectado por el impacto de la crisis también en sectores (enseñanza, sanidad, servicios públicos en general) donde su presencia cuantitativa es importante. Sobre el desempleo juvenil, las cifras son semejantes a las citadas en el documento anterior, si bien lo más preocupante es el incremento de la tasa de desempleo en más de cinco puntos en sólo tres años (del 15,5 % de 2008 al 20,9 % en 2010), acompañado de un incremento de la tasa de inactividad desde el 55,6 al 56,9 % en el mismo período (el incremento de la participación en el ámbito educativo probablemente tiene mucho que ver con estas cifras). Con respecto al incremento del número de personas desempleadas en el período 2007- 2010, casi el 75 % se debe sólo a cuatro países: España, Reino Unido, Italia y Francia. El desempleo de larga duración supone ya el 43 % del total en el segundo trimestre de este año, algo que pone de manifiesto, tal como constata el documento, que la salida de la situación de desempleo y el tránsito hacia el retorno al empleo ―es cada vez más lento‖. Además, el incremento de personas desempleadas lleva a una mayor competencia por los puestos de trabajo disponibles, y de ahí que salgan perjudicados los trabajadores menos cualificados, ya que los puestos de trabajos son ocupados por aquellos que tienen mejor cualificación, con independencia de la relación mayor o menor que pueda existir entre aquella y el puesto de trabajo ocupado. Todo ello lleva a una mayor polarización o diferenciación en el mercado de trabajo por la pérdida de presencia de trabajadores de mediana cualificación, y medianos salarios, en los sectores manufactureros y de la construcción, acompañado por una disminución importante de ingresos de las personas que trabajan involuntariamente a tiempo parcial. No se olvida, no obstante, el documento, de constatar la existencia de desajustes entre puestos de trabajo que se crean y personal cualificado para ocuparlos, alertando sobre la necesidad de una rápida readaptación del personal desempleado para que pueda ser empleado en los empleos de nueva creación en nuevos sectores o subsectores y que requieren de renovados conocimientos, destrezas y habilidades. El documento alerta sobre el deterioro de la calidad del empleo, dado que el incremento referenciado con anterioridad se ha producido en gran medida por el aumento de contratos de duración determinada y por los de jornada a tiempo parcial, combinado con una disminución de los empleos a tiempo completo (recuérdese en este punto, dicho sea incidentalmente, el dato de la Encuesta de Población activa española del tercer trimestre, en el que un 54 % de las personas que prestan servicios a tiempo parcial manifiestan que no lo hacen de forma voluntaria). Se pone de manifiesto la preocupación por el incremento de las personas en riesgo de pobreza (entre las que se 23
  • 24. incluye a los trabajadores pobres por no alcanzar su salario el mínimo necesario para permitirles salir de esa situación). El proyecto de Informe apunta cuáles son las medidas a adoptar en el próximo futuro, partiendo de la base de que las previstas para el año en curso siguen siendo validas (en coherencia con las orientaciones de política de empleo para todo el período 2011-2014), pero que es necesario ―desplegar un esfuerzo adicional en algunas áreas‖. De tal manera se pide la adopción de medidas que permitan acelerar la capacidad de creación de empleo en la UE, y nuevamente se insiste en la adopción de políticas de flexiseguridad, control de la actividad irregular, promoción de la movilidad geográfica y funcional, mejor funcionamiento de los servicios públicos de empleo y más estrecha relación con los operadores privados. Como aportación que deseo destacar, y que creo que va en una buena línea de reforzar la protección social, se encuentra la propuesta de disponer de una protección adecuada para los trabajadores con contratos de duración determinada y parta aquellos que prestan sus servicios por cuenta propia, dado que ello ―puede minimizar la precariedad y hacer la actividad más atractiva‖. Hay una atención especial, nuevamente, a los jóvenes, proponiendo avanzar de forma decidida en las medidas apuntadas en la iniciativa marco ―Juventud en movimiento‖, para reducir sustancialmente el número de jóvenes que no pueden acceder al mercado de trabajo y también el de quienes se encuentran fuera del ámbito educativo. Destaca la petición de una más estrecha implicación y actuación conjunta entre las instituciones educativas y laborales, agentes sociales y mundo empresarial, con particular atención a los ámbitos territoriales regionales y locales, y una mejor utilización de los fondos estructurales de la UE para crear empleo y reducir desempleo juvenil. La pérdida de capital humano y de calificación profesional son dos grandes problemas que plantea el incremento del desempleo de larga duración en la UE. El documento de la Comisión insiste en la importancia de potenciar itinerarios de inserción individualizados que permitan la readaptación y reincorporación al mercado laboral, y una más estrecha relación entre todos los operadores, públicos y privados, que actúan en el mercado de trabajo. No menos relevante es garantizar una protección social adecuada para quienes están fuera del ámbito laboral y agotan las prestaciones vinculadas a su anterior presencia en el mercado de trabajo, con lo que el debate sobre las rentas mínimas, vinculadas a procesos de activación que faciliten la reincorporación de personas desempleadas al mundo laboral si se encuentran en condiciones de hacerlo, sigue vigente en toda Europa, y España no es desde luego una excepción como lo demuestran los debates existentes en varias Comunidades Autónoma sobre el mejor uso posible de las rentas mínimas de inserción (que con ese u otro nombre distinto existen en todas ellas y que deban adaptarse a una población sensiblemente superior a las previsiones iniciales, como consecuencia de la crisis). Último, pero no menos importante, la referencia a la adecuación entre conocimientos teóricos y prácticos y los puestos de trabajo que pueden ser ocupados, con un renovado énfasis por parte de la Comisión (no es la primera, ni a buen seguro que será última vez) en el incremento de titulados en ámbitos científicos, el desarrollo de habilidades empresariales y un uso lo más eficiente posible de los recursos destinados al ámbito educativo. V. La política de empleo en el ámbito estatal español. 24
  • 25. 1. La Estrategia de empleo general y la dedicada a los trabajadores de edad avanzada. Los documentos que el gobierno socialista deja a su sucesor. 1. ¿Qué ocurrirá con los documentos en materia de empleo aprobados por el gobierno socialista en la última fase de su mandato? ¿Serán tomados en consideración por el nuevo gobierno del Partido Popular, aunque sólo sea como punto de referencia para un mejor conocimiento de la realidad laboral sobre la que este ha de operar, o serán guardados en un cajón de alguna oficina (o en algún fichero informático) del nuevo Ministerio de Empleo y Seguridad Social Como uno sólo sabe, o intenta saber, de aquello a lo que se dedica y estudia, no puedo ponerme en la piel de la nueva Ministra Fátima Báñez ni del resto del gobierno, y por ello el propósito de mi comentario es más académico, ya que voy a examinar los contenidos más relevantes de dos documentos marco aprobados por el gobierno socialista para el período 2012-2014, la Estrategia General de Empleo28 y la más concreta estrategia para las personas de edad avanzada, entendiendo por tales a las personas de 55 años y más (como ahí estoy presente, supongo que la voy a estudiar con ―cariño‖)29. Pero antes, sugiero también la lectura detallada del reciente informe de la C.S. de CCOO sobre el balance de la economía española en la última década y las propuestas de futuro30, del que sólo destaco en mi texto cuatro puntos que deben merecer especial atención: el progresivo agotamiento de las prestaciones contributivas por desempleo; la destrucción de empleo a tiempo completo y el crecimiento, aunque limitado, del de tiempo parcial; la importante caída de empleo en el sector de la construcción que lleva a que la cifra actual de personas ocupadas (1.370.000) sea similar a la de 1998, algo que a juicio de los autores del estudio ―da cuenta de la paralización del mercado inmobiliario y del recorte de la inversión pública en infraestructura‖; gran parte del incremento del desempleo desde el inicio de la crisis (56 % del total) afecta a personas cuyo nivel de estudios es de enseñanza obligatoria o inferior. 2. La Estrategia Española de Empleo 2012-2014 (EEE) fue aprobada por el Consejo de Ministros del 28 de octubre y publicada en el Boletín Oficial del Estado del 19 de noviembre, es decir un día antes de las elecciones generales. Está estructurada en ocho grandes bloques: el primero, ubica la EEE en el marco normativo, es decir dónde encuentra su razón de ser; el segundo, de alcance más teórico, analiza la situación y las tendencias del mercado de trabajo en las que deberían actuar, si el documento se aplica, las propuestas contenidas en la EEE; la relación de la propuesta española con la Estrategia Europa 2020, es objeto de atención detallada en el apartado tercero; a continuación, los dos bloques siguientes prestan muy detallada atención a cómo han actuado los servicios públicos de empleo en el marco de la norma reguladora de su actuación, la Ley 56/2003 de 16 de diciembre, de Empleo (recordemos que modificada ampliamente por el Real Decreto-ley 3/2011 de 18 de febrero) y qué políticas activas de empleo se han puesto en marcha, o más exactamente los ―ámbitos‖ de tales políticas, 28 http://www.boe.es/boe/dias/2011/11/19/pdfs/BOE-A-2011-18146.pdf 29 http://www.boe.es/boe/dias/2011/11/24/pdfs/BOE-A-2011-18500.pdf 30 http://www.ccoo.es/comunes/temp/recursos/1/1115304.pdf 25
  • 26. que según el documento pueden concentrarse en nueve grandes campos de actuación como son la orientación profesional, formación y recualificación, oportunidades de empleo y fomento de la contratación, oportunidades de empleo y formación, fomento de la igualdad de oportunidades en el empleo, oportunidades para colectivos con especiales dificultades, autoempleo y creación de empresas, promoción del desarrollo y la actividad económica territorial, y fomento de la movilidad. Los últimos tres grandes bloques del documento son los que se refieren propiamente al futuro del empleo en España, marcando los objetivos de la EEE para su período de aplicación, su periódico seguimiento y evaluación y, último pero muy importante, la dotación presupuestaria para llevar a cabo todas las acciones y medidas propuestas (24.468.045,27 euros – el grueso de esa cantidad, casi diez millones y medio de euros para ―oportunidades de empleo y fomento de la contratación -, previéndose la vinculación entre financiación y cumplimiento de objetivos, ―así como corresponsabilidad en la ejecución de las acciones y medidas incluidas en la misma, en especial en las cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y los Servicios Públicos de Empleo autonómicos‖). Conviene explicar los seis grandes objetivos de política de empleo fijados en la EEE, que a mi parecer pueden ser tenidos perfectamente en consideración también por el nuevo gobierno y que toman en consideración la estructura territorial española y el traspaso de competencias en materia de políticas activas de empleo, de tal manera que con la EEE se pretende, según las propias palabras del documento, establecer ―objetivos comunes y reglas coherentes entre el nivel legislativo y el nivel de ejecución de la política de empleo‖. A) La elevación de la tasa de participación en el mercado de trabajo hasta acercarse, aunque sin alcanzarlo, al objetivo de la Estrategia Europea (tasa de empleo del 75 % para la población de 20 a 64 años en 2020, y del 70 % para la población femenina), proponiéndose el objetivo para España del 74 y 68,5 %, respectivamente. Recuérdese ahora que las cuatro directrices en materia de empleo de la Estrategia Europa 2020 son el aumento de las tasas de participación en el mercado laboral, la mejora de la cualificación profesional, el incremento de la calidad y la mejora del sistema educativo, la promoción de la inclusión social y la lucha contra la pobreza. B) Reducción de la temporalidad y segmentación del mercado de trabajo. El debate es si esa reducción se realiza por la vía de la mejora de las condiciones laborales del personal temporal o por la de reducción de derechos del personal estable, cuestión obviamente que no es de menor importancia. C) Potenciar el trabajo a tiempo parcial (¿se recuperarán algunos borradores de cambios legales que circularon el mes de agosto y que otorgaban una mayor flexibilidad a la articulación de las horas complementarias?) y la flexibilidad interna en la empresa (flexibilidad que puede ser pactada o unilateral por decisión empresarial, y ahí está uno de los debates más importantes del futuro cambio normativo si llega a producirse); D) Mejora y adecuación de las competencias profesionales a las necesidades del mercado (habrá que definir cuáles son esas necesidades en razón de los intereses del conjunto de la ciudadanía y no sólo de un reducido número de intereses). 26
  • 27. E) Promoción de una rápida y adecuada reinserción de las personas en el mercado de trabajo. No habrá desacuerdo político sobre la importancia de los servicios y atención personalizada en materia de empleo, y la puesta en marcha de políticas formativas que eleven el nivel de cualificación profesional de aquel importante colectivo de personas desempleadas que así lo necesitan, con un objetivo político de primera importancia cual es conseguir la universalización de la atención personalizada y especializada a las personas desempleadas en 2013. F) En fin, la promoción de la igualdad de género en el mundo laboral (no falla el marco jurídico, aunque siempre se puede avanzar por la senda de las medidas de acción positiva debidamente seleccionadas para que obtengan resultados positivos). Para seguir cómo evolucionan los objetivos estratégicos marcados en la EEE se diseñan una serie de indicadores para determinar cómo y de qué forma se avanza en su logro (tasas de empleo de diferentes colectivos, tasas de desempleo, número de contrataciones, número de personas trabajando a tiempo parcial, tasas de abandono escolar y de población con estudios superiores, etc.) 3. Destaco a continuación algunos de los contenidos de la EEE que deben merecer a mi parecer una especial atención. A) La EEE pretende ser, de acuerdo a lo previsto en el RDL 3/2011 el fiel reflejo de todas las políticas de empleo que se desarrollan en el territorio español, ya sea en el ámbito público o privado y potenciando la complementariedad entre ambos, de tal manera que según sus redactores ello la diferenciaría claramente de ―un mero conjunto de medidas o programas, que es la fórmula que se había utilizado hasta este momento para articular la normativa de empleo española‖. La EEE opta por apartarse del modelo de gestión de la política de empleo ―basado en subvenciones‖ para redefinirlo como ―un modelo de servicios a la ciudadanía‖, y por actualizar de forma obligada y necesaria el marco normativo vigente de programas en materia de políticas activas de empleo, ―para adecuarlo a sus destinatarios y a los distintos territorios en que operan‖. En el enfoque territorial deberá prestarse especial atención a la dimensión local por considerarlo ―un marco idóneo para la detección y aprovechamiento de nuevas posibilidades productivas no explotadas todavía‖, y de ahí que según la EEE resulte imprescindible ―impulsar y gestionar en él actuaciones que tengan por objeto la creación de empleo y la actividad empresarial‖. B) Del análisis efectuado de la situación y las tendencias del mercado de trabajo, cabe destacar el impacto de la crisis desde mediados de 2007, que se concreta en una caída de la población ocupada de más de dos millones de personas hasta mediados de 2011, y en un crecimiento de más de tres millones de personas desempleadas al haberse mantenido el crecimiento de la población activa – con un aumento destacado del desempleo de larga duración -, y todo ello acompañado de un importante incremento del número de personas perceptoras de prestaciones por desempleo (de 1,4 millones en 2007 a 2,8 millones en 2011). En cuanto a las tendencias a tener cuenta para elaborar las políticas de empleo en el inmediato futuro, hay que partir del proceso de envejecimiento de la población; cambios sectoriales y ocupaciones que requerirán ―importantes procesos de recualificación y recolocación de la población en el mercado de trabajo‖; tendencias mayores requerimientos de cualificación y, en relación directa, más 27