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Nuevo Reglamento de
    Extranjería y otras
    novedades.
Autoras:
Fernanda Martínez
Liboreiro                 CEAIN, 2011
María Beato Ruiz
Coordinadora-editora:
Begoña Olabarrieta
MÓDULOS DEL CURSO
MÓDULO   1:  CONTEXTO  SOCIAL,
 NORMATIVO Y DE EJERCICIO DE
 DERECHOS DE LAS PERSONAS
 EXTRANJERAS EN ESPAÑA

MÓDULO 2: EL NUEVO REGLAMENTO
 DE EXTRANJERÍA

MÓDULO 3: LOS CAMBIOS EN EL
 REGLAMENTO DE COMUNITARIOS

ANEXO: Recursos de Extranjería en la
 Web
MÓDULO 1: CONTEXTO SOCIAL, NORMATIVO Y
DE EJERCICIO DE DERECHOS DE LAS
PERSONAS EXTRANJERAS EN ESPAÑA
UNIDAD DIDÁCTICA 1- Cifras y futuro de la
inmigración en España
UNIDAD DIDÁCTICA 2.-- Normativa y distintos
regímenes de Extranjería
UNIDAD DIDÁCTICA 3.- Algunos derechos básicos
de las personas extranjeras contenidos en la Ley de
Extranjería 4/2000 en su redacción dada por la Ley
Orgánica 2/2009
MÓDULO 2: EL NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA
UNIDAD DIDÁCTICA 4.-Presentación del Real Decreto 557/2011.
UNIDAD DIDÁCTICA 5.- Régimen General de Entrada, Estancia,
Permanencia
y Regreso a territorio español
UNIDAD DIDÁCTICA 6.- Regímenes de estancia
UNIDAD DIDÁCTICA 7.-Resdiencia temporal
UNIDAD DIDÁCTICA 8.- Otras fórmulas de residencia y trabajo
temporal
menos conocidas, pero no por ello menos importantes
UNIDAD DIDÁCTICA 9.- Residencias por circunstancias
excepcionales
UNIDAD DIDÁCTICA 10.- Nuevas fórmulas legales pata protección
de mujeres
en situación irregular
UNIDAD DIDÁCTICA 11- Menores extranjeros y jóvenes extutelados
UNIDAD DIDÁCTICA 12.- Residencia de larga duración y residencia
de larga
duración UE
UNIDAD DIDÁCTICA 13.- Extinción y modificación de autorizaciones
UNIDAD DIDÁCTICA 14.- Procedimiento sancionador
MÓDULO 3: LOS CAMBIOS EN EL
REGLAMENTO DE COMUNITARIOS
UNIDAD DIDÁCTICA 15.-Novedades en el
Régimen de Comunitarios




ANEXO: Recursos de Extranjería en la Web
¿Crees que estamos ante un
cambio del ciclo migratorio?
   Los expertos señalan que si hoy tenemos un 12’1 %
    de población extranjera en España, esta cifra se va a
    mantener e incluso se incrementará en un futuro, de tal
    forma, que en los próximos años, un 15% de las
    personas que conviven con nosotros de forma estable
    serán de otra nacionalidad que no es la española.
   La crisis no anulará los datos de la estructura
    demográfica española ni europea que necesitará a
    medio y largo plazo mano de obra venida de otros
    países
   Por lo tanto , es necesario manejar nociones de
    extranjería para gestionar correctamente la diversidad
    en el seno de nuestra sociedad, desde los servicios
    públicos y privados.
¿QUÉ CAMBIOS
NORMATIVOS SE HAN
DADO EN LOS DOS
ÚLTIMOS AÑOS?
Reforma de la ley de extranjería LO 4/2000 por la ley orgánica 2/2009 de 11
                               de diciembre.




               Nuevo Reglamento de Extranjería 557/2011


Modificación del RD de Comunitarios 240/2007por sentencia del TS ganada
                     por Andalucía Acoge y la APDHA

Se está preparando una nueva ley de igualdad de trato y no discriminación
que está en fase de proyecto y ha comenzado su andadura parlamentaria

Otras leyes muy importantes que han aparecido en este intervalo de tiempo
 son la ley de Asilo o la reforma del Código Penal que también nos afecta.
Algunos derechos de los
extranjeros en España

Derecho al voto       : La Campaña “Aquí vivo aquí voto” y la plataforma
“Tod@s iguales , t@dos ciudadan@s”

Libertades de reunión y manifestación, Libertad de asociación, Libertad de
sindicación y huelga. STC 234/2007

Derecho a la educación STC 234/2007


Asistencia sanitaria, problemas prácticos.


El proyecto de ley de Igualdad de Trato y No discriminación
Asistencia sanitaria

               Toda persona sin medios económicos
               tiene derecho a asistencia sanitaria si
                  no la tiene reconocida en ningún
              régimen de Seguridad Social. Estamos
                      hablando de extranjeros
               extracomunitarios o Ciudadanos de la
                 Unión empadronados en Andalucia.




              El centro de salud correspondiente no
              puede negarse a asignarnos médico, y
                 mientras tramita la solicitud debe
               asignar facultativo provisionalmente.
RD 557/2011

NUEVO REGLAMENTO
DE EXTRANJERÍA
Antes de comenzar

ALGUNOS CONCEPTOS
PREVIOS
Normativas que manejamos
 Ley Orgánica de Extranjería 4/2000. Última reforma LO 2/2009.




 Reglamento de Extranjería RD 2393/2004. que será sustituido el 30 de
   junio por el 557/2011.

 RD 240/2007 de comunitarios y sus familiares. Modificado por la STS
   1/6/2010 (Andalucía Acoge-APDHA)
 Normativa específica para apátridas, protección internacional (ley de
    Asilo)

 OTRAS NORMAS DE INTERÉS: Ley del Registro Civil , Código Civil y normas de
 Derecho internacional privado, Leyes procesales, Directivas europeas ,
 Instrucciones generales de la Dirección General de Inmigración, Instrucciones del
 ministerio fiscal, normativa sectorial que afecte de forma distinta a los extranjeros
 (SS, educación, sanidad, etc)
QUÉ REGÍMENES
JURÍDICOS TIENEN LOS
EXTRANJEROS EN ESPAÑA
RÉGIMEN GENERAL
 DE EXTRANJERÍA.
 NACIONALES DE
TERCEROS PAÍSES.

                     NACIONALES: Un
                   certificado verde deben
RÉGIMEN          acompañar a su pasaporte
COMUNITARIO.      FAMILIARES: una tarjeta
Nacionales de UE,
EEE y Suiza. Y sus
familiares.


Otros poco comunes:
 asilados, apátridas,
         etc.
-- no han
                            entrado
                            por puesto
                            fronterizo
                                             En ambos
¿En que                                       casos:
                            -- han
situación     Situación     entrado
de            irregular.    con visado
extranjería                 o sin él
                            para una       Con pasaporte,
se puede                    estancia y        cédula de
encontrar                   se han        inscripción , DNI
                            quedado          comunitario
un nacional                                 __________
                            más
de tercer                   tiempo
país en                     - regulares   indocumentado
                            y han                 s
España?                                    sin documento
                            perdido la
                            autorizació    de su país que
                Situación   n que           lo identifique

                 regular    tenían)
Residencia temporal:
                                                Inicial (1 año)
                                         Primera renovación (2 años)
RÉGIMEN GENERAL                         Segunda renovación (2 años)
 DE EXTRANJERÍA.                        Victimas de violencia (5 años)
 NACIONALES DE                            Menores ( renovable cada
TERCEROS PAÍSES.                                     año)
    Tipos según                          Excepcionales (renovable cada
      duración                                              año)

                                         Residencia de larga duración/
                                           larga duración UE (cinco
                                                    años)

 TIPOS DE RESIDENCIAS SEGÚN FINALIDAD : no lucrativas, reagrupación
 familiar, Residencias y trabajo por cuenta propia o ajena, víctimas de violencia
 de género, Circunstancias excepcionales (arraigo social, familiar, laboral),
 enfermedad, colaboración con la justicia, víctimas de trata, menores no
 acompañados y extutelados, investigadores , blue card, trabajadores de
 temporada, trabajadores transfronterizos y prestación transnacional de
 servicios residencia de apátridas y refugiados.
TÍTULO XIII

DOCUMENTACIÓN DE LOS
EXTRANJEROS DEL
RÉGIMEN GENERAL
PASAPORTE                                                    NIE .TENER NIE NO IMPLICA ESTAR
Lo expide el país de la nacionalidad y acredita la           REGULAR
identidad
                                                             Se asigna a todo extranjero comunitario o extracomunitario
                                                             que tenga un procedimiento de extranjería o que quiera
                                                             realizar cualquier trámite legal o económico en España.. Si es a
                                                             instancia del interesado para que se lo den no puede estar en
   VISADO                                                    situación irregular

   Es una pegatina que se
   adhiere al pasaporte, que
   se solicita en el Consulado
   y permite que las
   autoridades de frontera                                                                  CÉDULA DE INSCRIPCIÓN
   permitan la entrada de la
   persona extranjera en
                                           TÍTULO DE VIAJE
                                                                                            Se emite para aquellas personas que no
   territorio español                      La tramitación es igual que la de la             puede ser documentado por la misión
                                           cédula de inscripción. Se concede a              diplomática u oficina consular y
                                           los extranjeros que se encuentren                demuestren su identidad y la
                                           en España, carezcan de pasaporte y               concurrencia de razones excepcionales de
                                           demuestren una necesidad                         índole humanitaria, interés público o, en
                                           excepcional de salir del territorio              su caso, el cumplimiento de compromisos
                                           español. Puede contener o no una                 de España, que justifiquen su
                                           autorización de regreso a territorio             documentación por parte de las
                                           español.                                         autoridades españolas.

                                                                                            Se prevé ahora expresamente en los casos
                                                                                            de MENAS o Trata , en los que la
                                                                                            indocumentación es muy frecuente.
                   TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjeros)
                   acreditar su situación legal en España.
En rojo las que vamos a abordar especialmente

ESTRUCTURA DEL
REGLAMENTO
Título I. Régimen de entrada y salida de territorio español



Título II. Tránsito aeroportuario.


Título III. La estancia en España.


Título IV. Residencia temporaL


Título V. Residencia temporal por circunstancias excepcionales.


Título VI. Residencia de larga duración.


Título VII. Extinción de las autorizaciones de residencia o de residencia y trabajo.


Gestión colectiva de contrataciones en origen
Título VIII. Gestión colectiva de contrataciones en origen.

Título IX. Procedimiento especial para grandes empresas o sectores estratégicos.

Título X. Trabajadores transfronterizos.

Título XI. Menores extranjeros.

Título XII. Modificación de las situaciones de los extranjeros en España.

Título XIII. Documentación de los extranjeros.

Título XIV. Infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador.

Título XV Oficinas de Extranjería y Centros de migraciones.
Lluvia de ideas

UNA PRIMERA
VALORACIÓN DE LAS
PRINCIPALES NOVEDADES
Lluvia de ideas
                                                Las Oficinas
                                                     de
 El nuevo informe de Esfuerzo de                Extranjeros
 integración. Siempre se valora en                 pasan a
 positivo. Diplomas de haber hecho cursos.        llamarse
                                                Oficinas de
En las renovaciones, además de los              Extranjería
requisitos de cada tipo de autorización,
se valorara:
-carencia de antecedentes penales
-no tener deudas en Seguridad Social
                                             Se fomenta la
y Hacienda
                                             movilidad entre
-tener a los menores a cargo
                                             países de la
escolarizados. Si no están
                                             Unión Europea
escolarizados tenemos 30 días para
                                             para nacionales
hacerlo o nos denegarán.
                                             de terceros países
- Si falla algún requisito , podemos
aportar el informe autonómico del
esfuerzo de integración , siempre en
positivo
Por fin, se establecen
con claridad,
refiriéndose a              REAGRUPACIÓN FAMILIAR
PORCENTAJES DEL             Se puede reagrupar a parejas
IPREM ( 532’51€ )           de hecho incluso no
CUALES SON LOS              registradas
MEDIOS                      Se delimita claramente la
ECONÓMICOS                  reagrupación de ascendientes
MÍNIMOS                     Se necesitará nuevo informe de
NECESARIOS en
                            vivienda en las renovaciones si
reagrupaciones,
familiares residencias      se cambia de domicilio
no lucrativas, medios
de vida de los
extutelados para
quedarse en España,
medios económicos de     Por orden ministerial podrán
los empleadores          meter cuando quieran la SNE
personas físicas, etc,   en el arraigo social , lo que
                         equivale a eliminar en la
                         práctica la figura
Se complica y se hace
La persona que no tenga a los      más larga la tramitación
   menores a su cargo              de ofertas en el SAE y
   escolarizados NO PODRÁ          el certificado de que no
   RENOVAR. Se le da 30 días       aparecen trabajadores
   para que lo haga.               tiene un contenido más
                                   extenso

       Mejora la protección de
       las víctimas de violencia
       de género y de sus
       hijos menores: Se les
       da una autorización de
       residencia y trabajo         Mejora la protección
       provisional y si hay          de las víctimas de
       condena una residencia y        trata y de las
       trabajo de 5 años para          personas que
       ella y sus hijos.            colaboran contra las
                                     redes organizadas
En arraigo social es posible         Se arbitran soluciones para
presentar dos contratos              los trabajadores que llegan
concatenados de 6 meses en           de su país y ha fallecido o
agricultura, y varios a tiempo       desaparecido el empleador o
parcial para una misma               no puede contratarlos. Se les
actividad, con un mínimo de 30       permite un plazo para buscar
horas                                nuevo empleador en la
                                     misma actividad
    En arraigo familiar , por
    fin, los padres en
    situación irregular de
    niños españoles podrán
    obtener la residencia por    Los informes de arraigo y de
    arraigo.                     vivienda los siguen haciendo
                                 los Ayuntamientos en
                                 Andalucía. Se permite que si
   En arraigo laboral se         no se emiten en plazo de 30
   reduce de un año a 6          días se acredite el arraigo por
   meses el tiempo que           otros medios de prueba
     hay que acreditar
Se establece un nuevo
                                                régimen para
Se regula el retorno voluntario,
                                                menores, con
por programas o fuera de ellos,
                                           renovación cada año, y
con una prohibición general de
                                                 se establecen
regreso de 3 años.
                                            requisitos económicos
                                              imposibles para los
                                             jóvenes ex tutelados
                                                que cumplen la
                                               mayoría de edad

 Aparecen nuevas figuras de                         Se consagra la
 residencia y de residencia y trabajo:              distinción entre
 Altamente cualificados con tarjeta azul            residencia de larga
 UE, investigadores, se establecen                  duración y
 procedimientos preferentes para                    residencia de larga
 grandes empresas y sectores                        duración UE, y se
 estratégicos de la economía, etc.                  establece la
                                                    posibilidad de
                                                    recuperación por una
                                                    fórmula muy sencilla
Se olvida de regular el
trabajo de extranjeros
   en tercer grado y
libertad condicional a
pesar de que lo hemos
         pedido




                           Queda pendiente regular los
                           CIEs, espacios sin derechos.
                           Campaña “Que el derecho no
                           se pare a la puerta de los
                           CIEs”
Residencia por
situación   situación de                                                  Residencia                            Residencia de
                                          circunstancias
irregular     estancia                                                     temporal                             larga duración
                                          excepcionales


               para visita (h. 90 días       arraigo : laboral, social,
                                                                                  no lucrativa                             larga duración
                      prorrog)                       familiar




                                                  por protección
                                             internacional, seguridad
             por estudios, voluntariado     nacional, colaboración con     por reagrupación familiar
                                                                                                                         larga duración UE
              y prácticas no laborales         autoridades públicas,
                                            colaboración contra redes
                                                   organizadas,




                                                                             Residencia temporal y
                                              razones humanitarias
                                                                           trabajo por cuenta ajena y
                                                  (enfermedad)
                                                                                 cuenta propia




                                              Mujeres víctimas de
                                             violencia y victimas de       Residencia y trabajo para la investigación, blue card, residencia con
                                                      trata                  excepción para trabajar, cuenta ajena de duración determinada,
                                                                                       prestaciones transnacionales de servicios




                                                  Menores No
                                                Acompañados y
                                                  Extutelados
                                                                             Autorización para
                                                                          quienes hayan retornado
                                                                              voluntariamente
ENTRADA EN ESPAÑA:
¿CÓMO CRUZAR UNA
FRONTERA?
Formato europeo de visado
Schengen.
Entrar por puesto habilitado con pasaporte o título de viaje



Tener Visado para una estancia o residencia/Hay países que
  no necesitan visado para estancias de hasta tres meses.



      Justificar el objeto y condiciones de la estancia



     Acreditar medios económicos suficientes o poder
                       conseguirlos



            Certificados sanitarios (no siempre)



No tener una prohibición de entrada o no haber adquirido un
compromiso voluntario durante un tiempo a territorio español


   No ser un peligro para el orden público o la seguridad
           nacional ( v.gr.no tener antecedentes)
Autorización de regreso.
¿Cuándo la pedimos?

               La tarjeta está caducada en
                   tiempo de renovación



                 En caso de hurto , robo,
                pérdida o destrucción y han
                   pedido DUPLICADO


                 se tenga YA la resolución
               favorable de la primera tarjeta
                  pero no la tarjeta en sí.
RÉGIMEN DE ESTANCIA,
POR VISITAS DE CORTA
DURACIÓN Y POR
ESTUDIOS
Estacias de corta duración
 ( visita turística, cultural,
de negocios o familiar) de
 90 días prorrogables por
          otros 90.



  Estancias por estudios,
  movilidad de alumnos,
 prácticas no laborales y
 servicios de voluntariado
ESTANCIA DE CORTA
DURACIÓN POR RAZONES
DE TURISMO, VISITA,
PROFESIONALES,
ESTUDIOS (90 DÍAS,
PRORROGABLES POR
OTROS 90 DÍAS)
Pasaporte o título de viaje válido


          Billete de ida y vuelta


 Demostrar los motivos y finalidad del
                viaje.


   Posesión de medios económicos.


 Seguro médico y requisitos sanitarios
cuando lo diga el Ministerio del Interior y

 No tener prohibición de entrada ni ser
   un peligro para el orden público
Cómo demostrar los motivos del
viaje
Para un viaje familiar o turístico
 Reserva de hotel
 Reserva de un viaje organizado
 Carta de invitación :
  http://www.mir.es/SGACAVT/modelos/extranjeria/
  Solic_Carta__Inv.pdf. Tasa 103 €
Para un viaje de negocios
 Invitación de una empresa para participar en
  reuniones de carácter comercial
 Documentos que demuestren relaciones
  comerciales
 Tarjetas de acceso a ferias y congresos
Otros
Qué medios económicos me
piden
Durante el año 2011, la cantidad mínima a acreditar es de 64,14
euros por persona y día, con un mínimo de 577,26 euros o su
equivalente legal en moneda extranjera.

Novedad: tiene en cuenta que en la carta de invitación se diga que
el invitante asume la manutención


Por qué medios se prueba:

 • Exhibiéndolos si son en efectivo
 • Cheques certificados
 • Cheques de viaje
 • cartas de pago
 • tarjetas de crédito, que deberán ir acompañadas del extracto de la cuenta
   bancaria o una libreta bancaria puesta al día
CABE LA PRÓRROGA , CON
    REGLAS DISTINTAS EN
    CASO DE QUE SE HAYA
    ENTRADO CON VISADO
  (NORMATIVA DE LA UNIÓN
   EUROPEA) O SIN VISADO
(TRES MESES, RESOLUCIÓN
       EN 72 HORAS,
ACREDITACIÓN DE MOTIVOS
 EXCEPCIONALES, MEDIOS
 DE VIDA, SEGURO MÉDICO,
  BILLETE DE VUELTA, ETC)
AUTORIZACIÓN DE ESTANCIA POR
ESTUDIOS, MOVILIDAD DE
ALUMNOS, PRÁCTICAS NO
LABORALES O SERVICIOS DE
VOLUNTARIADO
estudios en un centro de enseñanza autorizado
                                 en un programa de tiempo completo, que
                                     conduzca a un título o certificado


                              Realización de actividades de investigación o
                                               formación



Se computa la mitad del       Participación en un programa de movilidad de
tiempo de estancia de             alumnos, para seguir un programa de
estudios para la residencia      enseñanza secundaria y/o bachillerato
de larga duración.


                               Realización de prácticas no laborales en un
                                 organismo o entidad pública o privada.



                              Prestación de un servicio de voluntariado con
                                      objetivos de interés general.
El visado de estudios y demás se piden desde el país de origen



Hay que demostrar a comprobar por el Consulado.

 • Si quien viaja es menor de edad tiene autorización de sus padres-
 • Además del coste de los estudios, demostrar para mantenerse el 100% IPREM, salvo que el alojamiento ya esté
   pagado o lo pague el programa de movilidad.
 • Si viene con familiares 75% para el primero + 50% para sucesivos
 • Seguro de enfermedad
 • Si la estancia es superior a 6 meses: Certificado sanitario y Antecedentes penales en su país de origen


Hay que demostrar a comprobar por la Subdelegación del Gobierno

 • Antecedentes penales en España
 • La comprobación de la admisión en el centro de estudios, de investigación, la participación en un programa de
   movilidad (secundaria o bachillerato) o las condiciones de la prestación de un servicio de voluntariado

Se puede reagrupar al cónyuge o pareja de hecho y a los hijos menores de 18 años o
discapacitados de forma simultánea o posterior a la solicitud de visado y NO PODRÁN
TRABAJAR

El estudiante sólo puede trabajar a tiempo parcial si es compatible con los estudios y no
es el medio de vida para costear su estancia en España. Lo solicita su empleador
personalmente en la Subdelegación y no se le aplica la Situación Nacional de Empleo
PRIMERAS RESIDENCIAS
TEMPORALES: NO
LUCRATIVA,
REAGRUPACIÓN FAMILIAR Y
RESIDENCIA Y TRABAJO
POR CUENTA AJENA
RESIDENCIA NO
LUCRATIVA
La persona extranjera es autorizada a permanecer en
          España porque tiene medios para vivir holgadamente sin
          necesidad de trabajar.

                                                      2.130’04 €


Se pide desde el Consulado del país de origen



Hay que demostrar como medios económicos; Para sí: 400% del IPREM y
Por cada uno de los familiares que le acompañen: un 100% del IPREM
adicional.




La dan por un año y se renueva por dos años y dos años hasta larga duración.
REAGRUPACIÓN
FAMILIAR
La persona extranjera es autorizada a permanecer en España en virtud del
    derecho a la reagrupación familiar ejercido por un extranjero residente.




                                                Condiciones del tiempo de
REQUISITOS                                      residencia del reagrupante
A VALORAR
                                             Acreditar parentesco y que sea
                                              uno de los que permite la ley



                                             Acreditar medios económicos



                                              Tener una vivienda adecuada
UN AÑO COMO REGLA GENERAL . El reagrupante tiene que
              tener una autorización para residir en España durante un año y
               solicitado la autorización para residir por, al menos, otro año.
 TIEMPO DE
 RESIDENCIA
    DEL
REAGRUPANTE        LARGA DURACIÓN PARA LA REAGRUPACIÓN DE
              ASCENDIENTES tendrá que ser titular de una autorización de
              residencia de larga duración o de larga duración-UE concedida
                                        en España




                    SIN ESPERAR UN AÑO ALGUNOS REGÍMENES
               PRIVILEGIADOS: Los extranjeros residentes en España en
              base a su previa condición de residentes de larga duración-UE
              en otro Estado miembro de la Unión Europea, titulares de una
                 Tarjeta azul-UE o beneficiarios del régimen especial de
                                     investigadores.



                  REAGRUPACIÓN POR FAMILIARES REAGRUPADOS:
                  Tienen que independizar su residencia. Los ascendientes
               tienen que esperar a la larga duración salvo para reagrupar a
                                hijos menores o incapaces.
FAMILIARES
REAGRUPABLE
      S




              Cónyuge o pareja

              Hijos o tutelados

              Ascendientes en primer grado
Cónyuge, siempre que no se encuentre separado de hecho o de derecho y
que el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley.


Pareja de hecho registrada.



Pareja de hecho no registrada.



Hijos o los de su cónyuge o pareja incluidos los adoptados:

 • menores de dieciocho años /-discapacitados no sean objetivamente capaces de proveer a
   sus propias necesidades
 • sobre quienes se ostente la patria potestad en solitario o se tenga la custodia y estén
   efectivamente a cargo del reagrupante.

Representados legalmente por el reagrupante, cuando sean menores de
dieciocho años o tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces
de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud
Ascendientes en primer grado, o los de su cónyuge o pareja, cuando:
 • el reagrupante sea residentes de larga duración ,
 • sus ascendientes estén a su cargo (51% del producto interior bruto per cápita, en
   cómputo anual, del país de residencia de éste),
 • sean mayores de sesenta y cinco años
 • y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España
 • Si no tienen 65 años que existan circunstancias humanitarias.
   • ascendiente conviviera con el reagrupante en el país de origen en el momento en que
     este último obtuvo su autorización;
   • cuando el ascendiente sea incapaz y su tutela esté otorgada al extranjero residente o a
     su cónyuge o pareja reagrupada;
   • o cuando el ascendiente no sea objetivamente capaz de proveer a sus propias
     necesidades.
   • Cuando se quiera reagrupar a padre y madre y uno de ellos sea más joven de 65.
Si reagrupa a UNA PERSONA: 150% DEL IPREM
                                MENSUAL
   MEDIOS
ECONÓMICOS
REAGRUPANTE
                 SI YA SON DOS DE FAMILIA POR CADA
                PERSONA ADICIONAL UN 50% DEL IPREM
                             MENSUAL



                 perspectiva de mantenimiento de medios
              económicos valorando los 6 meses previos. (si
                se hace con la renovación la reagrupación se
                           comprueba de oficio)¡


              se pueden rebajar las exigencias económicas
              para hacer valer el principio de interés superior
                   del menor o en casos humanitarios
                individualizados PREVIO INFORME DE la
                     Dirección General de Inmigración.
INFORME DE
                                            VIVIENDA
En Andalucía siguen haciendo los informes de vivienda los
Ayuntamientos por la ley de autonomía local Andaluza (art.
9.28)


Plazo 30 días. Si no se cumple el interesado puede utilizar
todos los medios de prueba admisibles en Derecho


Contenido del informe de vivienda

• título que habilite para la ocupación de la vivienda, (reagrupante o cualquier
  otra persona de la unidad familiar)
• número de habitaciones,
• uso al que se destina cada una de las dependencias de la vivienda,
• número de personas que la habitan y condiciones de habitabilidad y
  equipamiento.
Independencia de
             autorización
CÓNYUGE O PAREJA QUE SIGUE CASAD@
 • No tener deudas en Hacienda o en Seguridad Social
 • tener medios económicos para no lucrativa, contrato o contratos de duración de un año con SMI o cuenta propia.

DIVORCIO O NULIDAD. Se conserva con dos años de residencia casados .

Si es VÍCTIMA DE VIOLENCIA, se le da una residencia por 5 años. Tiene tramitación
preferente.

VIUDAS O VIUDOS del reagrupante también conservan la residencia.
 • Al independizar la tarjeta del reagrupante, el resto de reagrupados que de ellos dependan conservan la residencia y
   renovarán con la persona de quien dependan.

RESIDENCIA INDEPENDIENTE DE HIJOS Y MENORES :
 • mayoría de edad y suficiencia de recursos
 • mayoría de edad y 5 años de residencia.

RESIDENCIA INDEPENDIENTE DE ASCENDIENTES REAGRUPADOS: cuando obtengan
una autorización para trabajar.

La residencia independiente se da por un año, pero teniendo en cuenta el tiempo previo
que se lleve residiendo.
Se presenta 60 días antes o 90 días después de la caducidad de la tarjeta de
reagrupado y teniendo el reagrupante su tarjeta en vigor.

Puede CAMBIARSE DE REAGRUPANTE si la persona que reagrupó no cumple
los requisitos (tendrá que ser residente en España y parte de la unidad
familiar o progenitor residente aunque no sea parte de la unidad familiar.)


Requisitos novedosos:

 • Tener escolarizados a los menores en edad de escolarización obligatoria
 • Medios económicos a demostrar: el 100% del IPREM y se pueden computar los ingresos
   provenientes del sistema de asistencia social.
 • Que la vivienda habitual sea adecuada: si es la misma se presenta el título para él o para alguien de su
   unidad familiar , si cambia hay NUEVO INFORME DE VIVIENDA.
 • Se valora antecedentes penales, deudas en materia tributaria y de Seguridad Social y Esfuerzo de
   integración


Silencio positivo a los tres meses


La fecha de la tarjeta del reagrupado se extiende hasta la duración de la del
reagrupante.
RESIDENCIA TEMPORAL
Y TRABAJO POR
CUENTA AJENA
Ostenta     esta    autorización    de
residencia la persona extranjera
mayor de 16 años autorizada a
permanecer en España por un periodo
superior a 90 días e inferior a 5 años,
y a ejercer una actividad laboral por
cuenta ajena.
El empleador va a la
procedimiento                       Subdelegación a hacer una
                                    contratación en origen para
                                    un extranjero que está en su
                                    país. se le aplica la situación
                                     nacional de empleo salvo
                                             art. 40LOEX




      Se envía a origen donde la                                      Va a la oficina de extranjeros
        persona extranjera pide                                       , presenta el EX01+contrato
     visado aportando el contrato                                        para un año+ medios y
     entra en España y se da de                                         situación económica del
    alta en SS en tres meses, TIE                                              empresario+
               un mes                                                   documentación y paga la
                                                                        tasa. Minimo 190 euros




                                    resolución favorable de la
                                          Subdelegación

                                                                                       Novedad
                                                                                         es
Se establecen los MEDIOS DE VIDA DEL EMPLEADOR PERSONA FÍSICA EN UN 100 %
DEL IPREM después de deducir los costes salariales. Sólo se computan subvenciones por
dependencia y cuidado de menores.

POSIBILIDAD DE CAMBIAR DE EMPLEADOR, si el trabajador llega a España y su
empleador a fallecido, o ha desaparecido la empresa o por imposibilidad sobrevenida del
empresario que ha de comunicarlo.

Se establecen ESPECIALIDADES DE PROCEDIMIENTO PARA LAS COMUNIDADES
AUTÓNOMAS QUE TENGAN TRANSFERIDAS LAS COMPETENCIAS (Cataluña y
Andalucía, si bien parece que no se materializará en breve respecto de esta última)

En el ART. 69 HAY CAUSAS DE DENEGACIÓN MUY PREOCUPANTES: Nuevas causas de
denegación de las iniciales por causas imputables al empleador (no haber tenido de alta el año
en contratos anteriores, haber amortizado puestos de trabajo, etc.)
En las RENOVACIONES, art 71, también se pueden denegar también por esas causas del
art. 69 y la vuelven la necesidad de escolarizacion , la falta de antecedentes, estar al corriente
en hacienda y ss y el esfuerzo de integración , además de las renovaciones normales.


Para determinar la Situación Nacional de empleo, la TRAMITACIÓN DE OFERTA ANTE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO ES MÁS LARGA Y EL CONTENIDO DE LOS
CERTIFICADOS es muy discutible para la eficacia de la correcta gestión de las migraciones.
OTRAS   RESIDENCIAS    TEMPORALES:
RESIDENCIA Y TRABAJO PARA LA
INVESTIGACIÓN, TARJETA AZUL UE,
CUENTA     AJENA    DE    DURACIÓN
DETERMINADA,      CUENTA    PROPIA
PRESTACIONES TRANSNACIONALES DE
SERVICIOS, RESIDENCIA TEMPORAL CON
EXCEPCIÓN       PARA      TRABAJAR
NOVEDAD
RESIDENCIA TEMPORAL Y
TRABAJO PARA LA
INVESTIGACIÓN
Es una autorización que autoriza a residir y trabajar
con contrato , sólo en el marco de un convenio de
investigación, por un tiempo entre tres meses y 5
años. Hay que firmar un convenio de acogida de
investigación con un organismo de investigación o
de desarrollo tecnológico oficialmente acreditado
por la Administración. La titulación de la persona
investigadora que se va a contratar ha de ser
habilitante para hacer el doctorado.
Si viene de una situación similar desde un país de la UE
se le permite presentar la solicitud en España. En caso
contrario es como un cuenta ajena y necesitará visado.


Resolución en 45 días en lugar de 3 meses



Reagrupación familiar no exige ningún plazo de espera



Se renueva año a año hasta larga duración.
NOVEDAD
RESIDENCIA TEMPORAL Y
TRABAJO DE PROFESIONALES
ALTAMENTE CUALIFICADOS
TITULARES DE UNA TARJETA
AZUL-UE. (BLUE CARD)
Es una contratación de un extranjero
muy cualificado que está en su país
de origen o en otro estado europeo.
Se aplican trámites muy rápidos. El
puesto que venga a cubrir debe estar
mejor remunerado que en el
convenio colectivo.
DEFINICIÓN DE ALTAMENTE CUALIFICADO; titulados superiores (mínimo tres años de estudios que
dé acceso a una profesión de alto nivel de capacitación o para ingresar en un programa de investigación
avanzada) o acrediten un mínimo de cinco años de experiencia profesional

El salario bruto anual medio debe ser 1’5 el que señale el convenio colectivo aplicable, o bien 1’2 para
algunas profesiones de los grupos 1 u 2 de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones en
que haya especial necesidad


Necesita visado, salvo casos de movilidad desde una situación similar desde un país UE . Se aplica la
situación nacional de empleo



El plazo de resolución es preferente de 45 días y 15 días para el visado. La inicial es por un año, y
renueva por dos y por dos años. Pero no se le exige tiempos mínimos de cotización.


Reagrupación familiar : inmediata


Si llevas 18 meses en otro país de la UE con una tarjeta azul, puedes venir a España y ser
contratado, pero tiene que solicitarlo el empleador en el plazo máximo de un mes desde la entrada. Te
expiden mientras resuelven una autorización de estancia provisional.
RESIDENCIA TEMPORAL Y
TRABAJO POR CUENTA
AJENA DE DURACIÓN
DETERMINADA
Es una contratación TEMPORAL de trabajadores
extranjeros para campañas agrícolas, contratos de
temporada, o contratos de obra y servicio. Prevé que
regresen a sus países cuando finalice el contrato.
QUÉ
                                                                      ACTIVIDADES
    De temporada o campaña.(Máximo 9 meses en un
                    período de 12)



 -De obras o servicios (máximo 12 meses , prorrogable excepcionalmente
por causas sobrevenidas y si lo permite la normativa laboral) para el montaje
de plantas, construcción de infraestructuras, instalación y mantenimiento de
                            equipos productivos



  De carácter temporal realizadas por personal de alta dirección, deportistas
  profesionales, artistas, así como otros colectivos que se determinen por el
                                   gobierno.




                       De formación y realización de
                         prácticas profesionales.
El empresario debe poner a disposición del interesado un alojamiento
adecuado, salvo excepciones y organizar los viajes de ida y vuelta y costear
como mínimo el primero


Los requisitos con como un cuenta ajena inicial


El trabajador tiene que firmar un compromiso de no retorno, y si no podrá
sancionársele con la no concesión de una autorización durante tres años


Si se gestiona para más de 10 trabajadores puede utilizarse el procedimiento
de la gestión colectiva de contrataciones en origen.

No se aplica la Situación Nacional de Empleo para la instalación de equipos
productivos y para los trabajadores de temporada que hayan regresado dos
años consecutivos a sus países


Los trabajadores de temporada o campaña no tendrán TIE
RESIDENCIA TEMPORAL Y
TRABAJO POR CUENTA
PROPIA.
Es la autorización para empresarios o
autónomos extranjeros mayores de 18
años que realizan una actividad por
cuenta propia hasta que cumple los 5
años de residencia.
Se pide desde el Consulado del país de origen, aunque también podemos presentar
arraigo social con un proyecto empresarial

Los requisitos generales no han cambiado, e incluyen como siempre, entre los
generales tener las licencias oportunas, la cualificación requerida, y un plan de
empresa con su previsión de viabilidad.

Los medios económicos que debe acreditar para su manutención son los de
reagrupación familiar.


La limitación de la autorización es autonómica limitada a una sola actividad



Hay alguna novedad en las renovaciones ya que:

 • Si hay descubiertos en la cotización , se puede renovar si se demuestra la actividad
 • Podrá renovar si el cónyuge o pareja tiene medios económicos suficientes, conforme a las normas de
   reagrupación familiar.
 • Si el interesado está cobrando la protección de Seguridad Social de autónomos por cese de actividad.
RESIDENCIA TEMPORAL Y
TRABAJO EN EL MARCO DE
PRESTACIONES
TRANSNACIONALES DE
SERVICIOS.
Es la autorización que obtendrá el trabajador extranjero que
trabaja con un contrato para una empresa extranjera no
comunitaria y viene a España a través de ese contrato para:
-prestar servicios a alguien que está establecido en España
-viene a un centro de trabajo de esa empresa en España
-o es una persona altamente cualificada que viene a España
como asesor para empresas que están en España y van a
realizar obras y servicios fuera de la Unión Europea
RESIDENCIA TEMPORAL
CON EXCEPCIÓN DE LA
AUTORIZACIÓN DE
TRABAJO.
Una cosa es la autorización de residencia o
estancia que se rige por sus normas y necesita
    sus correspondientes visados y otra la
autorización para trabajar por cuenta propia o
ajena. Teniendo la primera, hay personas que,
     por sus circunstancias especiales, no
 necesitarán la segunda y podrán desarrollar
una actividad laboral con una excepción para
                    trabajar


  ¿QUIÉNES SON
 ESAS PERSONAS?
Técnicos, investigadores y científicos , profesores invitados por la Administración o Universidades o
Personal directivo o profesorado de instituciones culturales o docentes de reconocido prestigio

funcionarios civiles o militares de las Administraciones estatales extranjeras por acuerdos de
cooperación

Corresponsales


Artistas


Miembros de misiones científicas internacionales


Ministros religiosos , aunque no seminaristas ni novicios


Representantes de sindicatos y organizaciones empresariales


Menores extranjeros en edad laboral tutelados
novedad




RESIDENCIA TEMPORAL
DE LA PERSONA
EXTRANJERA QUE HA
RETORNADO
VOLUNTARIAMENTE A
SU PAÍS.
Ser residente legal de carácter
   A qué         temporal en España (aunque ya
personas se   hemos visto que por error también se
   aplica      lo aplican a los residentes de larga
                             duración).



              Se acojan a un programa de retorno
                 voluntario financiado por una
              Administración (OIM, SPEE, otros)



              retornen por sus medios a su país al
                margen de cualquier programa y
              decidan ir al Consulado y adoptar un
               compromiso de no retorno durante
                            tres años.
Hay que renunciar a la residencia
que se tiene y entregar la tarjeta
en el Consulado
Se acepta no regresar a España
durante el período de tres años,
ampliable por orden ministerial
sine die.
Si el retorno fue a través de un programa, cuando
 quiera volver no se le aplicará la Situación Nacional
  de Empleo. Sí se aplica la SNE si el retorno se hace
                 fuera de un programa.
 Se les puede hacer ofertas nominativas a través del
  antiguo contingente (actual gestión colectiva de
 contrataciones en origen). Tienen preferencia para
         ser escogidos si no son nominativas.
La tramitación es preferente y se reduce el plazo de la
        resolución para la concesión a 45 días.
ATENCIÓN ¡¡EL TIEMPO DE RESIDENCIA TEMPORAL ANTERIOR, SE
  COMPUTARÁ A LOS EFECTOS DE LA RESIDENCIA CONTINUADA
 PARA LA OBTENCIÓN DE LA RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN!!
GESTIÓN COLECTIVA DE
CONTRATACIONES EN
ORIGEN (ANTIGUO
CONTINGENTE)
La gestión colectiva de contrataciones en origen se regula todos los
años por orden ministerial y establece el procedimiento y el número
y características de los puestos de trabajo de carácter estable que
necesita el mercado laboral español para personas que estén en el
extranjero.
También regula algunos visados para búsqueda de empleo de tres
meses de duración para hijos y nietos de españoles o actividades
determinadas.
Las personas trabajadoras serán seleccionadas en sus países de
origen a partir de ofertas genéricas, y en algún caso nominativas,
presentadas por los empresarios, con tramitación especial.
pueden valerse de este tipo de trámites las ofertas de duración
determinada cuando afecten a más de 10 trabajadores. La persona
que venga a residir y trabajar a España a través de la gestión
colectiva de la contratación en origen tiene especialidades en el
procedimiento de solicitud de visado. La gestión y selección puede
hacerse por asociaciones empresariales.
Los plazos de tramitación son muy cortos, e intervienen los
sindicatos y se informa a la Comisión Laboral Tripartita.
PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZAR LA
ENTRADA, RESIDENCIA Y TRABAJO EN
ESPAÑA, DE EXTRANJEROS EN CUYA
ACTIVIDAD PROFESIONAL CONCURRAN
RAZONES DE INTERÉS ECONÓMICO,
SOCIAL O LABORAL, O CUYO OBJETO SEA
LA REALIZACIÓN DE TRABAJOS DE
INVESTIGACIÓN O DESARROLLO O
DOCENTES, QUE REQUIERAN ALTA
CUALIFICACIÓN, O DE ACTUACIONES
ARTÍSTICAS DE ESPECIAL INTERÉS
Personal directivo o altamente cualificado de muy grandes empresas
(+500 trabajadores, volumen de negocio de 200-100 millones de euros,
etc)

Personal directivo o altamente cualificado para PYMES en los siguientes
sectores:
 • tecnología de la información y las comunicaciones, energías renovables, medioambiente,
   agua y tratamiento de aguas, ciencias de salud, biofarma y biotecnología y aeronáutica y
   aeroespacial y otros que autorice la Secretaria General de Inmigración.

Persona directivo o altamente cualificado para un proyecto empresarial
de interés público por crear empleo, ser una inversión extraordinaria o
sea una innovación relevante.
 • También pueden ir por esta vía:


En determinados casos profesores de universidad , técnicos y científicos
de universidades y centros I+D o empresas


Artistas en un proyecto de reconocido prestigio internacional que tenga
interés cultural.
Para pedir qué tipo de
autorización
por cuenta ajena.

prestación transnacional de servicios.

Tarjeta azul-UE.

investigación.

duración determinada
Qué ventajas tiene

Se tramita ante la Dirección General de Inmigración




El plazo de resolución es UN MES Y el plazo de visado
es de 10 días.


Muchas ventajas en la reagrupación: Puede hacerse
desde el primer momento , puede autorizar a trabajar,
Resolución de la reagrupación tiene el plazo de un mes y
la concesión del visado ha de hacerse en 10 días.
TRABAJADORES
TRANSFRONTERIZOS
Nacional de tercer país
                   Que reside en el Extranjero, en una zona fronteriza con España




     Que ejerce actividades por cuenta ajena (se le aplica la SNE) o propia en territorio español




       No puede tener antecedentes penales ni figurar como rechazable en territorio Schengen




        La duración de la autorización oscila entre tres meses y un año. Se renueva año a año




La autorización se limita a un espacio geográfico y a una actividad concreta y no da ningún derecho de
     residencia, aunque cuando se solicite una autorización , podrá aportarse para su valoración.
REGULACIÓN DE LA
RESIDENCIA Y TRABAJO DE
PENADOS EN TERCER
GRADO Y LIBERTAD
CONDICIONAL: PETICIÓN
DE ANDALUCÍA ACOGE
DURANTE LA SOLICITUD DE
RESIDENCIA.
Extranjer@s en prisión =                         Carencia
                          Grupo vulnerable                              de redes
 Desconocimiento del                                                    sociales
 idioma                            Necesidad de
                                                                    Insuficiencia de
                                   formación en
                                                                    recursos de
                                   extranjería por
                                                                    ONGs y
                                   par te de los
                                                                    penitenciarios
                                   profesionales
Desorientación                                                      que puedan
ante el sistema                                                     realizar los
jurídico español          Prácticas                                 trámites fuera o
                                                                    recursos
                          admin. no
                                           Prioridad de la          habitacionales
                          ajustadas        extranjería frente       para salidas
                              a la         al derecho
                           legalidad       individual de
     Pérdida de                            reinserción social
     documentación                                                 Falta de una
     y de identidad                                             debida gestión de
                                                                  la diversidad
                               Trámites                         dentro de prisión
                               transnacionales                  para adaptar a las
     Falta de apoyo por        muy                                cárceles a las
     parte de sus                                                 necesidades
                               complicados y
                                                                 derivadas de la
     propios                   normativas                        nueva realidad
     Consulados                complejas
Propuesta por ahora
desoída y olvidada, a la
   espera de unas
    Instrucciones
   Propuesta Andalucía acoge al
    Reglamento de extranjería
 PROPUESTA    DE UN NUEVO CAPÍTULO
 XI, DENTRO DEL TÍTULO IV
 (RESIDENCIA TEMPORAL): Residencia
 y Trabajo de penados extranjeros
RESIDENCIAS POR
CIRCUNSTANCIAS
EXCEPCIONALES
arraigo: laboral, social, familiar


Protección internacional: ley de asilo y protección internacional

Razones humanitarias: víctimas de determinados delitos, enfermedad, peligro de
regreso a por el visado a su país.

Colaboración con autoridades públicas o razones de seguridad nacional o interés
público

Víctimas de violencia y víctimas de trata

El Consejo de Ministros cuando circunstancias de naturaleza económica, social o
laboral lo aconsejen (a propuesta y con informe de determinados órganos)

El titular de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, podrá otorgar
autorizaciones individuales no previstas en el Reglamento
LOS ARRAIGOS
Arraigo laboral
Arraigo social

Arraigo familiar
ARRAIGO
LABORAL
                      2 años de estancia continuada en territorio
                                      Español




                     Acreditar una relación laboral no inferior a 6
                       meses, reconocida por sentencia, o por
          NOVEDAD     resolución administrativa confirmatoria del
                    acta de infacción de la Inspección de Trabajo.
                        (Exige que se denuncie al trabajador)




                    Carecer de antecedentes penales ni aquí ni en
                     el país donde se haya residido los últimos 5
                                        años.
MEDIOS DE VIDA
                                          un contrato de trabajo de un año de duración para
   ARRAIGO SOCIAL                         un solo empleador
                                          SECTOR AGRARIO: podrán ser dos de 6 meses
                                          para distintos empleadores concatenados
  Demostrar tres años de estancia         TIEMPO PARCIAL: varios contratos de la misma
       continuada en España               actividad con un mínimo de 30 horas.
  Carecer de antecedentes penales         Tener un proyecto empresarial para darse de alta
                                          por cuenta propia
                                          Demostrar medios económicos suficientes y que
                                          así lo recomiende el informe de arraigo




   Presentar INFORME DE ARRAIGO
SOCIAL EMITIDO POR LA COMUNIDAD
                                             En principio no se aplica la SNE , pero
 AUTÓNOMA O EL AYUNTAMIENTO, O
                                               por orden ministerial en cualquier
 JUSTIFICARLO POR OTROS MEDIOS
                                            momento nos pueden aplicar el catálogo
 DE PRUEBA , o alternativamente tener
                                              de difícil cobertura o la necesidad de
cónyuge, pareja registrada, ascendiente
                                               gestionar una oferta ante el SAE.
 o descendiente en primer grado y línea
directa residiendo legalmente en España
MEDIOS DE VIDA
• un contrato de trabajo de un año de duración para un
  solo empleador
• SECTOR AGRARIO. podrán ser dos de 6 meses para
  distintos empleadores concatenados
• TIEMPO PARCIAL VARIOS EMPLEADORES
  (EMPLEO DOMÉSTICO DISCONTINUO) todos de la
  misma actividad con un mínimo de 30 horas con
  duración todos ellos de un año
• Tener un proyecto empresarial para darse de alta por
  cuenta propia
• Demostrar medios económicos suficientes y que así lo
  recomiende el informe de arraigo
QUIEN HACE EL
INFORME DE ARRAIGO
                         LA COMUNIDAD AUTÓNOMA, que deberá
                       emitirlo en el plazo máximo de 30 días desde la
                       solicitud y dar cuenta telemática a la Oficina de
                                           Extranjería.




                       EL AYUNTAMIENTO si por acuerdo la Comunidad
                      Autónoma con las Entidades Locales se decide que
                        sean estas sigan haciéndolo, comunicándolo a la
                        Secretaría General de Inmigración. El plazo es el
                       mismo, 30 días, con igual obligación de dar cuenta
                              telemática a la Oficina de Extranjería
          Andalucía


                        En caso de que el informe no haya sido emitido
                           en plazo,, podrá justificarse el arraigo por
                        cualquier medio de prueba admitido en Derecho
Andalucía es la única Comunidad Autónoma
que tiene ya solucionado de forma
generalizada por una ley que los informes de
arraigo y vivienda lo asumen Ayuntamiento:


9.28 Ley 5/2010 de Autonomía Local de
Andalucía: “Ejecución de las políticas de
inmigración a través de la acreditación del
arraigo para la integración social de
inmigrantes, así como la acreditación de la
adecuación de la vivienda para el
reagrupamiento familiar de inmigrantes.”
Contenido del informe
  Tiempo de permanencia en el domicilio
  habitual donde debe estar empadronado

  Medios económicos, recomendando la
  concesión si no hay contrato


  Vínculos familiares


  Esfuerzo de integración


  Otros
ARRAIGO FAMILIAR

                             Padre o madre de niñ@
                                     español@
                                     a su cargo
                          que conviva con éste/ o esté al
             Novedad
                           corriente de sus obligaciones
                                   paternofiliales
             IMPORTANTE




                          Hij@s de padre o madre que
                          hubieran sido originariamente
                                   españoles
Cualquier Arraigo permite trabajar



Cuando se renueva el primer año
 con contrato pasamos a cuenta
ajena inicial: 190 euros de tasas.
  Las debe pagar el empleador
Otras circunstancias
excepcionales: víctimas de
determinados delitos

      - Algunos delitos contra derechos de los trabajadores
 -Negarse a prestar un servicio público o profesional a una
 persona por el hecho de ser extranjera.
 -Delitos con agravante por conductas racistas
 -Delitos de violencia en el ámbito familiar

 Tiene que haber recaído sentencia donde se confirme que
 el solicitante es víctima
Enfermedad sobrevenida o prolongación de la
estancia de menores que han venido por
tratamiento médico


    CASO GENERAL ENFERMEDAD
    -Sobrevenida
    - Grave
    -Asistencia especializada a la que no se tenga acceso en el país
    de origen
    -Grave peligro para la salud o la vida
    -Acreditado por informe clínico




      NOVEDAD: Menor extranjero que haya
      venido por tratamiento médico y se le ha
      acabado el tiempo de estancia
Otras: peligro de regreso al país.
Colaboración con las
autoridades.
             RIESGO DE REGRESO AL PAÍS PARA RECOGER
             EL VISADO: Las personas que lo solicitan
             deben cumplir todos los requisitos para
             tener una autorización excepto la del visado.




 Colaborar con las autoridades administrativas , policiales , fiscales
 o judiciales (no en la lucha contra redes organizadas que tiene sus
 propios artículos)
 -Razones de interés público
 -ATENCIÓN : La competencia para resolver es de la Secretaría de
 Estado de Seguridad o la Secretaría de Estado de Inmigración y
 Emigración y no de la Subdelegación del Gobierno de la provincia.
VÍCTIMAS DE VIOLENCIA
DE GÉNERO
Con la orden de alejamiento o informe del Ministerio
Fiscal se dará de oficio una autorización de residencia y
  trabajo PROVISIONAL para ella y sus hijos menores
                 que autoriza a trabajar



   Una vez haya sentencia CONDENATORIA PARA EL
     AGRESOR se le dará UNA AUTORIZACIÓN DE
  RESIDENCIA Y TRABAJO POR 5 AÑOS, para ella y sus
            hijos menores o discapacitados



 Si la sentencia es ABSOLUTORIA PARA EL AGRESOR no
aprecia que hubo violencia PODRÁ reactivarse o incoarse el
          procedimiento sancionador de extranjería
En principio a la víctima no se le
abre o se suspende el
procedimiento sancionador de
extranjería



Tramitación preferente.




La víctima puede pedirlo por sí o
por medio de representante.
Se solicitará una autorización de residencia y trabajo
desde que haya una orden de protección a su favor o
un informe del Ministerio Fiscal



Automáticamente de oficio se le debe emitir una
autorización de residencia y trabajo provisional que
no tiene limitaciones geográficas ni de actividad


También podrá pedir autorización de residencia por
circunstancias excepcionales para sus hijos menores
de edad, y de trabajo (sin limitación) si tienen más
de 16 años. También para los hijos discapacitados de
cualquier edad si no se valen por sí mismos.
En el plazo de un mes de la concesión debe pedir tarjeta,
de duración anual.


También podrá pedir autorización de residencia por
circunstancias excepcionales para sus hijos menores de
edad, y de trabajo (sin limitación) si tienen más de 16 años.
También para los hijos discapacitados de cualquier edad i


La subdelegación informa al Juzgado sobre esta situación
en el procedimiento penal.
Cuando recae sentencia, el Ministerio Fiscal lo comunica
a Extranjería

Si la sentencia confirma que hay violencia:

    • si ha solicitado autorización de residencia y trabajo, se le concede
      en el plazo de 20 días, por cinco años.
    • Si no tiene solicitada autorización, el Ministerio Fiscal debe
      informarle de la posibilidad de autorización para ella y sus hijos .
      EL PLAZO ES DE 6 MESES
    • En cualquier caso se archiva cualquier procedimiento sancionador

Si la sentencia es absolutoria y no demuestra la
violencia:
•   Se deniega la autorización
•   Pierde eficacia las autorizaciones provisionales
•   No computa el tiempo de residencia provisional a ningún efecto
•   Se reabre o inicia procedimiento sancionador.
HAY NOVEDADES MUY IMPORTANTES
 EN PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS
 DE TRATA Y PARA LAS PERSONAS
 QUE COLABORAN CONTRA REDES
     ORGANIZADAS. 5 AÑOS DE
     RESIDENCIA, PERIODO DE
  REFLEXIÓN , RETORNO ASISTIDO
MENORES EXTRANJEROS
Y JÓVENES EXTUTELADOS
Residencia de hijos de
   residente legal

  Desplazamiento
temporal de menores

     Menores no
    acompañados

Jóvenes Extutelados
RESIDENCIA DE HIJO DE
RESIDENTE LEGAL
RESIDENCIA DE HIJO DE RESIDENTE QUE
NACE EN ESPAÑA.

• Adquiere automáticamente la misma autorización del
  progenitor residente legal.

HIJO O HIJA NACIDA EN ESPAÑA DE
PERSONA A SU VEZ REAGRUPADA POR
RESIDENTE LEGAL .
• Adquiere automáticamente una autorización de
  residencia por reagrupación que depende de su
  progenitor directo
• Al renovar se aplican las normas de reagrupación familiar
  y se computan los medios de vida y la vivienda del primer
  reagrupante y del padre o madre reagrupada.
RESIDENCIA DE HIJO NO NACIDO EN ESPAÑA DE
RESIDENTE LEGAL, QUE SE ENCUENTRA EN ESPAÑA
Y NO HA SEGUIDO EL TRÁMITE DE REAGRUPACIÓN .
• Para regularizar su situación legal en España tendrá que acreditar:
  • dos años de estancia continuada
  • Medios económicos del progenitor
  • Informe de vivienda
  • Escolarización durante el tiempo de estancia
• La duración de la residencia es la misma que la que aparece en la TIE
  del progenitor o tutor, salvo que sea comunitario en cuyo caso será de 5
  años.

Todas estas autorizaciones AUTORIZAN A TRABAJAR
DESDE LA EDAD LABORAL


Se renuevan por las normas de REAGRUPACIÓN
FAMILIAR.
DESPLAZAMIENTO
TEMPORAL DE MENORES
EXTRANJEROS
Son desplazamientos de menores por un máximo
              de 90 días a nuestro país desde un tercer país.
             (Ejemplo: Vacaciones por la Paz) promovidos por
              Administraciones, fundaciones, asociaciones sin
               ánimo de lucro con fin de tratamiento médico,
                        vacaciones o escolarización



Se intensifica el control de la Administración para evitar que los niños
se queden en territorio español en familias de acogida sin título legal
alguno, en guardas de hecho
• Autorización de los padres, informes de la Subdelegación y de las CCAA, compromiso de
  no adopción de las familias acogedoras si las hay, garantías para el regreso al país de
  origen.




       Si el fin es escolarización se documenta como estudios,
    podría ser anual , pero se ha de renovar el programa todos los
                     años con los mismos requisitos.
MENORES NO
ACOMPAÑADOS
Determinación de la edad cuando hay dudas por decreto del
Ministerio Fiscal basándose en la documentación o en pruebas
médicas (oseométricas)




Si es menor: desamparo y guarda inmediata. Constitución de la
tutela por los servicios de protección de menores.



REPATRIACIÓN. Principio general : volver con sus padres o ponerlo
a disposición de los servicios de protección de menores del país de
procedencia, siempre teniendo en cuenta el interés superior del
niño. En este reglamento MUCHAS MÁS GARANTÍAS PARA LA
DEFENSA DEL MENOR SI NO QUIERE MARCHARSE.
Obligatoriamente, se le da una autorización residencia cuando se demuestre la
imposibilidad de repatriación o a los 9 meses de estar a disposición de los servicios de
protección


EFECTOS RETROACTIVOS



Si no tiene pasaporte y no puede obtenerlo : CÉDULA DE INSCRIPCIÓN.



Se renueva AÑO A AÑO. Es un nuevo régimen



TRAMITACIÓN PREFERENTE: Resolución en un mes.


Mayor control por las autoridades de extranjería y actuaciones de oficio. La tarjeta se pide
ante la Oficina de extranjería


AUTORIZACIÓN PARA TRABAJAR: No está clara. Parece que hay que solicitarla para el
tiempo que el niño tiene garantizada la actividad.
JÓVENES
EXTUTELADOS
SI ACCEDE A LA MAYORÍA DE
EDAD Y TIENE
AUTORIZACIÓN DE
RESIDENCIA.
 Se renueva una vez le caduque, aunque ya haya cumplido la
  mayoría de edad, no antes.
 Si no tiene un trabajo, OBTENDRÁ UNA AUTORIZACIÓN DE
  RESIDENCIA NO LUCRATIVA SI:
    ◦ Demuestre medios económicos mensuales que representen el 100% del
      IPREM.
    ◦ Se valorará que cuente con informes positivos sobre su grado de inserción
      que se refieran a:
         Respeto a las normas de convivencia del centro.
         Conocimiento de las lenguas oficiales.
         Existencia de lazos familiares en territorio español.
         El tiempo que ha estado sujeto a un acogimiento, guarda o tutela de hecho por
          ciudadano o institución española.
         Continuidad en sus estudios.
         Existencia de una oferta o contrato de trabajo.
         La participación en itinerarios de formación.
   MODIFICACIÓN DE RESIDENCIA POR MINORÍA DE EDAD O NO
    LUCRATIVA A RESIDENCIA Y TRABAJO: La puede pedir , con
    UNO O VARIOS CONTRATOS SUCESIVOS, cumpliendo los
    requisitos de la modificación de autorizaciones.
SI ACCEDE A LA MAYORÍA DE EDAD SIN AUTORIZACIÓN DE
RESIDENCIA: PUEDE OBTENER UNA AUTORIZACIÓN DE
RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES.

   Lo pide el propio niño PERSONALMENTE 60 días
    antes de cumplir la mayoría de edad, o ya siendo
    mayor de edad durante los 90 días siguientes a la
    fecha de su cumpleaños.
   Aportará:
   Una certificación del servicio de protección
    recomendando la concesión.
   Y suficiencia de medios económicos consistentes en :
    ◦ Contar con ingresos que sean como mínimo el 100% del
      IPREM.
    ◦ Contar con un contrato o varios contratos de vigencia
      sucesiva
    ◦ Tener un plan de negocio viable que previsiblemente
      provea una ganancia del 100% del IPREM.
   Si hay actividad lucrativa la residencia conlleva derecho
    a trabajar y está condicionada a darse de alta en
    Seguridad Social en el plazo de un mes.
RESIDENCIA DE LARGA
DURACIÓN Y RESIDENCIA
DE LARGA DURACIÓN UE.
SON LIGERAMENTE
DISTINTAS.
RESIDENCIA DE LARGA
 DURACIÓN

Residencia que se renueva por cinco años


No se pierde por caducidad de la tarjeta


Nos piden informe de escolarización para obtenerla

Tiene un régimen privilegiado de recuperación si se
pierde en determinados supuestos.
Residentes continuados durante 5 años en España o titulares de blue card que hayan
residido 5 años en la UE y los dos últimos años en España, con un máximo de ausencias.

Residentes que tengan una pensión española de jubilación contributiva

Residentes que tengan una pensión española contributiva de incapacidad permanente
absoluta o gran invalidez , u otra, de cuantía suficiente para su sostenimiento.

Residentes nacidos en España, que antes de la mayoría de edad hayan residido en
España tres años consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud.

Españoles de origen que hayan perdido la nacionalidad española

Residentes que al llegar a la mayoría de edad hayan estado 5 años bajo la tutela de una
entidad pública española

Apátridas, refugiados o beneficiarios de protección subsidiaria si su situación ha sido
reconocida legalmente.

Personas que hayan contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o
cultural de España o a la proyección de España en el exterior.
Para que LA RESIDENCIA SE ENTIENDA CONTINUADA A
LOS EFECTOS DE CONSEGUIR UNA RESIDENCIA DE
LARGA DURACIÓN (igual para la larga duración UE)

Residencia legal y continuada durante 5 años, ausencia
permitida:
• 6 meses continuados, siempre que durante los 5 años no se haya
  ausentado más de 10 meses.
• Por motivos laborales, ausencias de 6 meses continuados, y un total de
  un año a lo largo de los 5 años

Haber residido con una tarjeta azul-UE durante 5 años en
territorio de la Unión Europea si los dos últimos ha residido
en territorio español, ausencia permitida:
• Se pueden ausentar de la Unión Europea hasta 12 meses seguidos, y un
  máximo de 18 meses dentro de los cinco años.
Residencia de larga duración UE
             5 años de residencia continuada (con las
             mismas ausencias que la anterior figura)




             Seguro de enfermedad público o privado




              Medios de vida (reagrupación familiar)




              Siendo residente legal, se computa para
             la residencia de larga duración UE el 50%
                 del tiempo de estancia por estudios
Si soy residente de larga duración en otro país de la UE, puedo
trasladarme dentro de la Unión durante un período de tres meses con
absoluta libertad.


Si decido quedarme a residir en España en el plazo de esos tres meses:

 • Si no quiero trabajar , acreditaré los medios de vida y alojamiento para la obtención de una
   RESIDENCIA NO LUCRATIVA.
 • Si quiero TRABAJAR: No se me aplica la Situación Nacional de Empleo, aunque sí debo
   cumplir los requisitos de la autorización correspondiente. Hay que darse de alta en la SS
   en el plazo de tres meses desde la resolución.


El plazo para la resolución es de 45 días.



La autorización que obtenga tiene una duración de 5 años.


Cuando cumpla los requisitos de residencia de larga duración UE en
España perderá la condición de residente de larga duración en otro país
de la UE.
PARA REAGRUPARA A MI FAMILIA Por supuesto,
no tienes que esperar un año ni nada parecido.
Puedes pedir la reagrupación
•   conjuntamente contigo
•   posteriormente
•   antes de llegar a España
•   Después de entrar en territorio español, y si ellos están aquí el
    plazo legal de permanencia es de tres meses.


No necesitan visado si viven ya en un país de la UE.


Resuelve el Subdelegado del Gobierno de la
provincia donde vayáis a residir.
RECUPERAR LA
RESIDENCIA DE LARGA
DURACIÓN O LARGA
DURACIÓN UE
Recuperar Larga duración

 • Perdió la residencia de larga duración por los motivos tasados
   • Ausencia de más de 12 meses
   • Haber adquirido la larga duración en otro estado miembro
   • Compromiso de no retorno
 • No tiene antecedentes
 • No tiene enfermedades del Reglamento sanitario internacional
 • ha pagado la tasa
 • No ha incumplido el compromiso de no retorno (no se computan estancias de turismo o visita
   por tres meses)

Recuperar
Larga duración UE
 • Perdió la residencia de larga duración UE por los siguientes motivos:
   - Ausencia de territorio de la UE por más de 12 meses
   - Hubiese adquirido la residencia de larga duraición en otro país UE
   -Ausencia de España por más de 6 años
 • No tener antecedentes
 • recursos fijos y regulares suficientes
 • Seguro público o privado de enfermedad
EXTINCIÓN DE
AUTORIZACIONES
EXTINCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL

DE FORMA AUTOMÁTICA SIN NECESIDAD DE PRONUNCIAMIENTO ADMINISTRATIVO
    -Porque caduquen y no se renueven en plazo
-Porque no se renueven de forma extraordinaria en los supuestos de estados de alarma,
excepción y sitio.
-Por tener una prohibición de entrada en territorio español.
SIGUIENDO EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO PARA EL OTORGAMIENTO,
MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE AUTORIZACIONES PREVISTO LEGALMENTE.
    -Cuando se cambie o pierda la nacionalidad, sin perjuicio de la obtención de una
    nueva residencia.
-Cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron su concesión.
-Cuando se compruebe la inexactitud grave de las circunstancias alegadas.
-Cuando deje de tener pasaporte, salvo que realice los trámites de renovación o
recuperación
-Por ausencias de más de 6 meses. (salvo que sea en una relación laboral de
cooperación o por un programa de movilidad por estudios en la UE.
EXTINCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA
TEMPORAL Y TRABAJO POR INVESTIGACIÓN o ALTAMENTE
CUALIFICADOS
DE FORMA AUTOMÁTICA SIN              NECESIDAD DE PRONUNCIAMIENTO
ADMINISTRATIVO
    -Porque caduquen y no se renueven en plazo
-Porque no se renueven de forma extraordinaria en los supuestos de estados
de alarma, excepción y sitio.
SIGUIENDO EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO PARA EL OTORGAMIENTO,
MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE AUTORIZACIONES PREVISTO LEGALMENTE.
    -Cuando se hubiese obtenido fraudulentamente
-Cuando desaparezcan las circunstancias que concurrían para su concesión
-Cuando se resida en España para fines distintos (investigación o trabajo de
alta cualificación)
EXTINCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA
TEMPORAL Y TRABAJO PARA VÍCTIMAS SDE TRATA
DE FORMA AUTOMÁTICA SIN              NECESIDAD DE PRONUNCIAMIENTO
ADMINISTRATIVO
    -Porque caduquen y no se renueven en plazo
-Porque no se renueven de forma extraordinaria en los supuestos de estados
de alarma, excepción y sitio.
CON PROCEDIMIENTO- PARA LOS CASOS DE QUE SE HAYA OTORGADO EN
ATENCIÓN A LA COOPERACIÓN DE LA VÍCTIMA CON LAS AUTORIDADES
    -Que un juez declare que la denuncia es fraudulenta o infundada o en
    caso de fraude en la cooperación de la presunta víctima.
-Cuando desaparezcan las circunstancias que concurrían para su concesión.
-Cuando deje de cooperar.
-Cuando reanude las relaciones con los autores del delito voluntaria y
activamente.
EXTINCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE
RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN y LARGA
DURACIÓN UE
   -Fraude en su obtención
-Orden de expulsión legalmente impuesta
-Ausencias de más de 12 meses consecutivos fuera de la
UE (salvo actividades de cooperación en el extranjero)
-Haber adquirido la residencia de larga duración- UE en
otro estado miembro
MODIFICACIÓN DE LAS
SITUACIONES
ADMINISTRATIVAS
Residencia y trabajo o
                                                     residencia con
                                                     excepción para
Estudios, investigación,                             trabajar, altamente
formación o prácticas                                cualificados,
                                                     investigación




                        Tener un contrato de trabajo o una actividad por cuenta propia a desarrollar que cumpla
                        los requisitos para cada tipo de autorización.
                -Llevar tres años en España
                -Ha superado los estudios con aprovechamiento
                -No haya sido becado en programas de cooperación
                -También en ese momento puede pedir residencia para sus familiares cumpliendo los requisitos
                de reagrupación familiar.
                -La solitud de modificación si se hace antes de la caducidad prorroga la estancia hasta la
                resolución.
                -Una vez hay resolución favorable hay que darse de alta en el plazo de un mes en Seguridad
                Social.

                           -OJO NOVEDAD: EXCEPCIONALMENTE PUEDE REDUCIRSE EL PLAZO DE
                           TRES AÑOS en algunos casos de Ciencias de la Salud o Médicos militares (se contempla
                           hasta una autorización provisional)

                           -OJO NOVEDAD: Si no cumple los requisitos para la modificación, pero sí para una
                           residencia inicial, se da la autorización, condicionándola a presentar el correspondiente
                           visado.
Residencia y trabajo
                                                            por cuenta ajena o
                                                            propia o residencia
                                                            con excepción para
    Residencia /                                            trabajar,
                                                            investigadores, alta
Residencia comunitaria                                      cualificación




                          Quien lleva un año de residencia sin autorización para trabajar puede pedir el cambio.

                          -Se da un mes desde la resolución que lo consienta para darse de alta en la Seguridad Social.


                          -Si es para cambiar a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena:

                                         oEs el empleador quien ha de ir a la Subdelegación del Gobierno a presentar la solicitud
                                         de modificación personalmente
                   oNo se aplica la Situación Nacional de Empleo.

                          -También se contempla el caso del comunitario o familiar de comunitario que dejan de serlo y deciden
                          pasar a régimen general.
                                        oEn este caso hay que conocer también la regulación y los motivos por el RD 240/2007,
                                        que regula el Régimen comunitario.
Compatibilidad cuenta propia y ajena o compatibilidad de varias autorizaciones
de cuenta propia con ámbito geográfico distinto




                 PARA COMPABILIDAD CUENTA PROPIA Y CUENTA AJENA:


                         Hay que cumplir los requisitos de ambas autorizaciones.
          Hay que demostrar que es compatible la realización simultánea ambas
         actividades


                                  La compatibilidad se da por todo el tiempo de vigencia de la
                                 renovación que se trate salvo que se pida aportando contrato
                                 concreto de duración inferior.

         PARA REALIZAR ACTIVIDADES DE CUENTA PROPIA EN DISTINTAS
         COMUNIDADES AUTÓNOMAS:
                                  Hay que solicitarlo siempre para el mismo sector de
                                 actividad. (probablemente es ilegal)
Residencia por
circunstancias                                    Residencia, residencia y
excepcionales                                     trabajo o residencia con
                                                  exceptuación de la
                                                  autorización de trabajo,
                                                  altamente cualificados,
                                                  investigadores




                             ATENCIÓN: Se confirma legalmente, sin mucha lógica, ya que le aplican la normativa de
                            requisitos de renovación de cuenta ajena (art. 71) que la renovación de los arraigos que permiten
                            trabajar no se consideran una renovación de autorización de trabajo (tasa de 76 euros) , sino una
                            autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena, por lo que se pagan las tasas superiores a
                            190 euros.

                             SI LA AUTORIZACIÓN QUE TENÍA AUTORIZABA A TRABAJAR:

                                   oLo presenta el interesado
             oTiene que cumplir los requisitos de renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo (art. 71)
             oLa autorización es por dos años y se conserva el tiempo de residencia anterior.
             oPero tiene la consideración de cuenta ajena inicial


                             SI LA AUTORIZACIÓN QUE TENÍA NO AUTORIZABA A TRABAJAR
                                   oLo presenta el empleador
             oNo se aplica la Situación Nacional de Empleo
             oTiene un mes para darse de alta en la Seguridad Social desde la resolución
             oTambién es para dos años e igualmente se le computa el tiempo de residencia anterior.
Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo.




CAMBIO DEL LÍMITE GEOGRÁFICO O DE ACTIVIDAD DE UNA AUTORIZACIÓN INICIAL



         El interesado puede pedir el cambio de limitación geográfica o de actividad.
 Se le aplica la situación nacional de empleo
 Es competente el órgano donde se vaya a empezar la nueva actividad


CAMBIO DE CUENTA PROPIA A CUENTA AJENA Y VICEVERSA.

         Hay que esperar a tener la autorización renovada, o en trámite de renovación (salvo excepciones) y cumplir los requisitos:
 Para pasar a cuenta propia: haber cotizado lo suficiente como para renovar
 Para pasar a cuenta ajena:
                otener un contrato de duración suficiente +
o estar al corriente de las obligaciones de Seguridad Social y tributarias


CAMBIO DE CUENTA PROPIA O AJENA A RESIDENCIA NO LUCRATIVA, ALTA CUALIFICACIÓN, INVESTIGADORES, RESIDENCIA CON EXCEPCION
PARA TRABAJAR.

       Tiene que haber renovado
 Cumplir los requisitos de cotización de la anterior autorización y los requisitos para acceder a la nueva.


EXCEPCIONALMENTE SE PUEDE PEDIR ANTES DE LA RENOVACIÓN CUANDO HAYA CAUSAS SOBREVENIDAS Y SEA NECESARIO PARA SUBSISTIR.



LA DURACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN MODIFICADA ES LA QUE RESTE O LA CORRESPONDIENTE A LA RENOVACIÓN.
PROCEDIMIENTO
SANCIONADOR
INFRACCIONES
LEVES


No comunicar a las autoridades cambios de
nacionalidad, estado civil o domicilio u otras
circunstancias.



Presentar la renovación de las autorizaciones dentro
de los tres meses siguientes a la caducidad.




Trabajar por cuenta propia sin autorización de trabajo
teniendo residencia legal.
                                                         Multa de hasta 500 euros


Trabajar en actividad o ámbito geográfico fuera de la
limitación de la tarjeta.


Contratar a un trabajador extranjero para una
ocupación o ámbito geográfico que no le permita su
tarjeta
GRAVES
Encontrarse en España en situación
irregular
Estar trabajando sin autorización de
residencia
Ocultar con mala fe los cambios de
nacionalidad, estado civil o domicilio y
falsear los datos del padrón (es decir,
que se manifieste que se vive en un
lugar siendo falso)                        Multas de 501 hasta 10000 euros
No cumplir las medidas de seguridad        y PODRA SUSTITUIRSE POR
                                           EXPULSIÓN
pública, presentación periódica o
alejamiento de fronteras o lugares
impuestos.
Cometer la tercera infracción leve en
un año de la misma naturaleza
Participar en actividades graves
contrarias al orden público
Salir de territorio español por puestos no
habilitados, no presentar documentación o                       GRAVES
incumplir una prohibición de salida.

No pedir la expedición de la Tarjeta de Identificación
de Extranjeros (TIE)
El empresario: No dar de alta al extranjero si se pide
una autorización para él o no registrar el contrato
en las condiciones que se pactaron salvo que
justifique por qué no ha podido hacerlo.
                                                         Multas de 501 hasta 10000 euros

Casarse por conveniencia o simular una pareja de
hecho o asumir la tutela de alguien , si se hace por
dinero o por conseguir indebidamente un derecho
de residencia.


Hacer una carta de invitación y consentir que la
persona extranjera invitada permanezca a su cargo
tras la expiración del visado.

Titular de la vivienda: Consentir la inscripción de un
extranjero en el Padrón no siendo real.
Participar en actividades contrarias a la   MUY GRAVES
seguridad o el interés nacional, o
contrarias al orden público muy graves
Promover para enriquecerse la
inmigración clandestina
Realizar conductas discriminatorias por
motivos raciales, étnicos, nacionales o
religiosos.
                                            Con carácter
Contratar a trabajadores sin permiso de     general de desde
residencia y trabajo                        10.001 hasta
                                            100.000 euros
Titular de una vivienda que empadrona       (excepciones) O
a un extranjero a cambio de dinero          EXPULSIÓN

Simular una relación laboral que no
existe con un extranjero
Cometer la tercera infracción grave en
un año
El incumplimiento de determinadas
obligaciones por parte de los
transportistas como no comprobar si
tienen documentación o no asumir la
repatriación.
Es causa de expulsión LA CONDENA
dentro o fuera de España, por una
conducta dolosa que constituya en
nuestro país delito sancionado con pena
privativa de libertad superior a un año,
salvo que los antecedentes penales
hubieran sido cancelados
PROCEDIMIENTOS PARA
IMPONER SANCIONES
Procedimiento preferente, para
 determinados casos de expulsiones.


Procedimiento ordinario, para las todas
las infraciones sin no se dice otra cosa.


  Procedimiento simplificado para las
          infracciones leves


  Procedimiento por infracciones del
            orden social



Procedimento de imposición de multas
LA EXPULSIÓN Y SUS
PROCEDIMIENTOS
No cabe sancionar con multa y expulsion, O UNA U OTRA.



La expulsión conlleva la pérdida de la autorización de residencia que tuviéramos.


Si la persona en situación irregular reside legalmente en otro estado de la UE se le conmina a
que vuelva a él de forma inmediata.

Hay casos protegidos contra la expulsión (en la práctica no funciona con quienes tienen
antecedentes penales aunque acabamos de tener una sentencia favorable)
  • nacidos en España que hayan residido legalmente en los últimos cinco años.
  • Residentes de larga duración (en la resolución hay que valorar antes de expulsar todos los vínculos con España, familiares
    , tiempo de residencia, etc)
  • Españoles de origen que hubiesen perdido la nacionalidad.
  • Beneficiarios de una prestación de incapacidad permanente, desempleo o una prestación asistencial
  • Familiares de cualquiera de los anteriores si ha residido dos años legalmente en España (cónyuge, ascendientes e hijos
    menores o mayores con discapacidad)
  • Embarazadas cuando haya riesgo para la gestación.

La expulsión conlleva una prohibición de entrada sin límite mínimo y 5 años de máximo. En
casos graves de orden público podría llegar a los 10 años.

Cabe no imponerla cuando abandone durante el procedimiento de expulsión el territorio o
revocarla si se ha ido en período de cumplimiento voluntario


Atención porque una expulsión SE PUEDE REVOCAR en determinados supuestos.
Una expulsión puede revocarse:
víctimas de violencia o de trata o
en casos de colaboración contra
redes organizadas. Se valorará
caso por caso, la revocación,
cuando se presente una solicitud
de autorización de residencia por
circunstancias excepcionales
Procedimiento ordinario, con carácter general.




 Procedimiento preferente, cuando hay riesgo de fuga o falta de
       colaboración o en caso de personas condenadas.


Procedimiento del art. 57.7 de la LOEX para expulsar a personas que
 ya tienen expulsión y que están incursas en un procedimento penal
    para el que se prevean penas inferiores a 6 años. Aún no hay
                              sentencia


  Art. 89 del Código Penal, ya hay condena inferior a 6 años. Se da
               audiencia a todas las partes interesadas.
PROCEDIMIENTO
ORDINARIO: REGLA
GENERAL
Acuerdo de Iniciación, 15
                                      días para alegar y para
                                         proponer prueba,
                                     abriéndose un período de
                                      prueba de 10 a 30 días
                                                                          viendo el resultado de las
Si se trata de expulsión se da                                               pruebas, se formula
UN PERÍODO VOLUNTARIO                                                         PROPUESTA DE
   de 15 días, minimo de 7,                                               RESOLUCIÓN , fijando la
máximo de 30. Salvo menores                                                 sancion y las medidas
 escolarizados hasta final de                                            cautelares que no podrá ser
 curso, salvo otro progenitor.                                              INTERNAMIENTO, O
                                                                               ARCHIVANDO
Si no se va , se puede detener
   y expulsar en 72 horas o
      ingresar en el CIE.




                                                         Trámite de 15 días para
                                                        alegaciones y se manda a
                  La resolución por la                   Subdelegación para que
                Subdelegación se en 10                          resuelva.
                 días salvo actuaciones
                complementarias en que
                se dará audiencia 7 días:
                 Se decreta expulsión o
                          multa
PROCEDIMIENTO
PREFERENTE: SUPUESTOS
Y TRÁMITES
Encontrarse irregularmente en territorio español si además
concurre:
 • Riesgo de incomparecencia.
 • Que el extranjero evite o dificulte la expulsión, sin perjuicio de las actuaciones en
   ejercicio de sus derechos.
 • Que el extranjero represente un riesgo para el orden público, la seguridad pública
   o la seguridad nacional.

Actividades contrarias a la seguridad nacional, orden público o
perjudiciales para las relaciones internacionales de España.

Favorecer con ánimo de lucro, individualmente la inmigración
clandestina

Incumplimiento de las medidas impuestas por razón de seguridad
pública

Realización de actividades contrarias al orden público graves

Condena por pena superior a un año salvo antecedentes
cancelados
Acuerdo de Iniciación
                                 con abogado e
   La ejecución se            intérprete, dando 48
   realiza de forma            horas para alegar.
inmediata solicitando
  al juez el cese del
 internamiento si se                                            En las alegaciones el
hubiese ya acordado                                              letrado puede pedir
  para la expulsión.                                                prueba que se
                                                               celebrará en tres días si
  La expulsión ha de                                                  se admite
    comunicarse al
    consulado o al
Ministerio de Asuntos
      Exteriores.




                                                 se hace una propuesta
                                                 de resolución y se dan
                                                  48 horas al interesado
            La resolución por la                 para alegar y se manda
           Subdelegación se dicta                   a Subdelegación
             de forma inmediata
Como medida cautelar el
instructor puede pedir
motivadamente al juez de
instrucción el ingreso en el CIE
por el tiempo imprescindible con
un máximo de 60 días. El juez
decide el internamiento. Si el juez
lo deniega, el instructor podrá
adoptar otras medidas:
   -Retirar pasaporte
-Presentación periódica
-Residencia obligatoria en un
lugar
TRÁMITES A SEGUIR PARA
EXPULSAR A PERSONA
EXTRANJERA CON
EXPULSIÓN DECRETADA E
INCURSA EN UN
PROCEDIMIENTO PENAL
El art. 57.7. Expulsión mixta. Especialidad
       administrativa y penal para extranjeros
    IMPUTADOS EN SITUACIÓN IRREGULAR:
 En vía administrativa el extranjero ya está sancionado
  con expulsión ,
 además está incurso en un procedimiento penal de
  delito o falta
 se le puede sustituir el procesamiento por esa expulsión
  con prohibición de entrada de hasta 10 años, siempre
  que la pena prevista para el delito del que se le acusa
  sea inferior a 6 años (art. 57.7 de la LOEX) .
 No cabe: En los casos en los artículos 312.1, 313.1 y
  318 bis del Código Penal la expulsión se llevará a efecto
  una vez cumplida la pena privativa de libertad.
EXPULSIÓN DE PERSONA
EXTRANJERA CONDENADA
A DELITOS DE MENOS DE 6
AÑOS EN SUSTITUCIÓN DE
LA CONDENA
Art. 89 CP- para personas CONDENADAS no
                     residentes legales
PENAS INFERIORES A 6 AÑOS :
     REGLA GENERAL Se sustituye la
     pena por expulsión salvo que el
     juez motivadamente aprecie
     razones que justifiquen el
     cumplimiento en España/
- Se decide en sentencia. Tb en auto          CUALQUIERA QUE SEA LA PENA AL
     motivado posterior                         ACCEDER AL TERCER GRADO O A
-    archiva cualquier solicitud para           LAS ¾ PARTES DE CONDENA : Lo
     residir y trabajar                         tiene que pedir el Ministerio fiscal
-     lleva aparejada prohibición de
     entrada de 5 a 10 años. (modulado)
- Si regresa cumple prisión/ si es en
     frontera lo vuelven a expulsar y
     reanudación del cómputo de la
     prohibición de entrada.

            NORMAS COMUNES
            siempre con audiencia del penado que podrá exponer sus razones de

            arraigo y oponerse
            No es aplicable no en 312, 313, 318 bis

            si no está privado de libertad puede acordarse el internamiento en CIE

            con los límites de la LOEX
            Si no se puede ejecutar , se cumple la condena o suspensión o

            sustitución del art. 88.
            ATENCIÓN : NO DEBE SER RETROACTIVO SI NO ES MÁS FAVORABLE
PRESCRIPCIÓN DE LOS
PROCEDIMIENTOS
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GUIA EPJCT 2011-2012
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Horario 2011-2012
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Nuevo Reglamento de Extranjería y cambios normativos

  • 1. Nuevo Reglamento de Extranjería y otras novedades. Autoras: Fernanda Martínez Liboreiro CEAIN, 2011 María Beato Ruiz Coordinadora-editora: Begoña Olabarrieta
  • 3. MÓDULO 1: CONTEXTO SOCIAL, NORMATIVO Y DE EJERCICIO DE DERECHOS DE LAS PERSONAS EXTRANJERAS EN ESPAÑA MÓDULO 2: EL NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA MÓDULO 3: LOS CAMBIOS EN EL REGLAMENTO DE COMUNITARIOS ANEXO: Recursos de Extranjería en la Web
  • 4. MÓDULO 1: CONTEXTO SOCIAL, NORMATIVO Y DE EJERCICIO DE DERECHOS DE LAS PERSONAS EXTRANJERAS EN ESPAÑA UNIDAD DIDÁCTICA 1- Cifras y futuro de la inmigración en España UNIDAD DIDÁCTICA 2.-- Normativa y distintos regímenes de Extranjería UNIDAD DIDÁCTICA 3.- Algunos derechos básicos de las personas extranjeras contenidos en la Ley de Extranjería 4/2000 en su redacción dada por la Ley Orgánica 2/2009
  • 5. MÓDULO 2: EL NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA UNIDAD DIDÁCTICA 4.-Presentación del Real Decreto 557/2011. UNIDAD DIDÁCTICA 5.- Régimen General de Entrada, Estancia, Permanencia y Regreso a territorio español UNIDAD DIDÁCTICA 6.- Regímenes de estancia UNIDAD DIDÁCTICA 7.-Resdiencia temporal UNIDAD DIDÁCTICA 8.- Otras fórmulas de residencia y trabajo temporal menos conocidas, pero no por ello menos importantes UNIDAD DIDÁCTICA 9.- Residencias por circunstancias excepcionales UNIDAD DIDÁCTICA 10.- Nuevas fórmulas legales pata protección de mujeres en situación irregular UNIDAD DIDÁCTICA 11- Menores extranjeros y jóvenes extutelados UNIDAD DIDÁCTICA 12.- Residencia de larga duración y residencia de larga duración UE UNIDAD DIDÁCTICA 13.- Extinción y modificación de autorizaciones UNIDAD DIDÁCTICA 14.- Procedimiento sancionador
  • 6. MÓDULO 3: LOS CAMBIOS EN EL REGLAMENTO DE COMUNITARIOS UNIDAD DIDÁCTICA 15.-Novedades en el Régimen de Comunitarios ANEXO: Recursos de Extranjería en la Web
  • 7. ¿Crees que estamos ante un cambio del ciclo migratorio?  Los expertos señalan que si hoy tenemos un 12’1 % de población extranjera en España, esta cifra se va a mantener e incluso se incrementará en un futuro, de tal forma, que en los próximos años, un 15% de las personas que conviven con nosotros de forma estable serán de otra nacionalidad que no es la española.  La crisis no anulará los datos de la estructura demográfica española ni europea que necesitará a medio y largo plazo mano de obra venida de otros países  Por lo tanto , es necesario manejar nociones de extranjería para gestionar correctamente la diversidad en el seno de nuestra sociedad, desde los servicios públicos y privados.
  • 8. ¿QUÉ CAMBIOS NORMATIVOS SE HAN DADO EN LOS DOS ÚLTIMOS AÑOS?
  • 9. Reforma de la ley de extranjería LO 4/2000 por la ley orgánica 2/2009 de 11 de diciembre. Nuevo Reglamento de Extranjería 557/2011 Modificación del RD de Comunitarios 240/2007por sentencia del TS ganada por Andalucía Acoge y la APDHA Se está preparando una nueva ley de igualdad de trato y no discriminación que está en fase de proyecto y ha comenzado su andadura parlamentaria Otras leyes muy importantes que han aparecido en este intervalo de tiempo son la ley de Asilo o la reforma del Código Penal que también nos afecta.
  • 10. Algunos derechos de los extranjeros en España Derecho al voto : La Campaña “Aquí vivo aquí voto” y la plataforma “Tod@s iguales , t@dos ciudadan@s” Libertades de reunión y manifestación, Libertad de asociación, Libertad de sindicación y huelga. STC 234/2007 Derecho a la educación STC 234/2007 Asistencia sanitaria, problemas prácticos. El proyecto de ley de Igualdad de Trato y No discriminación
  • 11. Asistencia sanitaria Toda persona sin medios económicos tiene derecho a asistencia sanitaria si no la tiene reconocida en ningún régimen de Seguridad Social. Estamos hablando de extranjeros extracomunitarios o Ciudadanos de la Unión empadronados en Andalucia. El centro de salud correspondiente no puede negarse a asignarnos médico, y mientras tramita la solicitud debe asignar facultativo provisionalmente.
  • 13. Antes de comenzar ALGUNOS CONCEPTOS PREVIOS
  • 14. Normativas que manejamos Ley Orgánica de Extranjería 4/2000. Última reforma LO 2/2009. Reglamento de Extranjería RD 2393/2004. que será sustituido el 30 de junio por el 557/2011. RD 240/2007 de comunitarios y sus familiares. Modificado por la STS 1/6/2010 (Andalucía Acoge-APDHA) Normativa específica para apátridas, protección internacional (ley de Asilo) OTRAS NORMAS DE INTERÉS: Ley del Registro Civil , Código Civil y normas de Derecho internacional privado, Leyes procesales, Directivas europeas , Instrucciones generales de la Dirección General de Inmigración, Instrucciones del ministerio fiscal, normativa sectorial que afecte de forma distinta a los extranjeros (SS, educación, sanidad, etc)
  • 15. QUÉ REGÍMENES JURÍDICOS TIENEN LOS EXTRANJEROS EN ESPAÑA
  • 16. RÉGIMEN GENERAL DE EXTRANJERÍA. NACIONALES DE TERCEROS PAÍSES. NACIONALES: Un certificado verde deben RÉGIMEN acompañar a su pasaporte COMUNITARIO. FAMILIARES: una tarjeta Nacionales de UE, EEE y Suiza. Y sus familiares. Otros poco comunes: asilados, apátridas, etc.
  • 17. -- no han entrado por puesto fronterizo En ambos ¿En que casos: -- han situación Situación entrado de irregular. con visado extranjería o sin él para una Con pasaporte, se puede estancia y cédula de encontrar se han inscripción , DNI quedado comunitario un nacional __________ más de tercer tiempo país en - regulares indocumentado y han s España? sin documento perdido la autorizació de su país que Situación n que lo identifique regular tenían)
  • 18. Residencia temporal: Inicial (1 año) Primera renovación (2 años) RÉGIMEN GENERAL Segunda renovación (2 años) DE EXTRANJERÍA. Victimas de violencia (5 años) NACIONALES DE Menores ( renovable cada TERCEROS PAÍSES. año) Tipos según Excepcionales (renovable cada duración año) Residencia de larga duración/ larga duración UE (cinco años) TIPOS DE RESIDENCIAS SEGÚN FINALIDAD : no lucrativas, reagrupación familiar, Residencias y trabajo por cuenta propia o ajena, víctimas de violencia de género, Circunstancias excepcionales (arraigo social, familiar, laboral), enfermedad, colaboración con la justicia, víctimas de trata, menores no acompañados y extutelados, investigadores , blue card, trabajadores de temporada, trabajadores transfronterizos y prestación transnacional de servicios residencia de apátridas y refugiados.
  • 19. TÍTULO XIII DOCUMENTACIÓN DE LOS EXTRANJEROS DEL RÉGIMEN GENERAL
  • 20. PASAPORTE NIE .TENER NIE NO IMPLICA ESTAR Lo expide el país de la nacionalidad y acredita la REGULAR identidad Se asigna a todo extranjero comunitario o extracomunitario que tenga un procedimiento de extranjería o que quiera realizar cualquier trámite legal o económico en España.. Si es a instancia del interesado para que se lo den no puede estar en VISADO situación irregular Es una pegatina que se adhiere al pasaporte, que se solicita en el Consulado y permite que las autoridades de frontera CÉDULA DE INSCRIPCIÓN permitan la entrada de la persona extranjera en TÍTULO DE VIAJE Se emite para aquellas personas que no territorio español La tramitación es igual que la de la puede ser documentado por la misión cédula de inscripción. Se concede a diplomática u oficina consular y los extranjeros que se encuentren demuestren su identidad y la en España, carezcan de pasaporte y concurrencia de razones excepcionales de demuestren una necesidad índole humanitaria, interés público o, en excepcional de salir del territorio su caso, el cumplimiento de compromisos español. Puede contener o no una de España, que justifiquen su autorización de regreso a territorio documentación por parte de las español. autoridades españolas. Se prevé ahora expresamente en los casos de MENAS o Trata , en los que la indocumentación es muy frecuente. TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjeros) acreditar su situación legal en España.
  • 21. En rojo las que vamos a abordar especialmente ESTRUCTURA DEL REGLAMENTO
  • 22. Título I. Régimen de entrada y salida de territorio español Título II. Tránsito aeroportuario. Título III. La estancia en España. Título IV. Residencia temporaL Título V. Residencia temporal por circunstancias excepcionales. Título VI. Residencia de larga duración. Título VII. Extinción de las autorizaciones de residencia o de residencia y trabajo. Gestión colectiva de contrataciones en origen
  • 23. Título VIII. Gestión colectiva de contrataciones en origen. Título IX. Procedimiento especial para grandes empresas o sectores estratégicos. Título X. Trabajadores transfronterizos. Título XI. Menores extranjeros. Título XII. Modificación de las situaciones de los extranjeros en España. Título XIII. Documentación de los extranjeros. Título XIV. Infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador. Título XV Oficinas de Extranjería y Centros de migraciones.
  • 24. Lluvia de ideas UNA PRIMERA VALORACIÓN DE LAS PRINCIPALES NOVEDADES
  • 25. Lluvia de ideas Las Oficinas de El nuevo informe de Esfuerzo de Extranjeros integración. Siempre se valora en pasan a positivo. Diplomas de haber hecho cursos. llamarse Oficinas de En las renovaciones, además de los Extranjería requisitos de cada tipo de autorización, se valorara: -carencia de antecedentes penales -no tener deudas en Seguridad Social Se fomenta la y Hacienda movilidad entre -tener a los menores a cargo países de la escolarizados. Si no están Unión Europea escolarizados tenemos 30 días para para nacionales hacerlo o nos denegarán. de terceros países - Si falla algún requisito , podemos aportar el informe autonómico del esfuerzo de integración , siempre en positivo
  • 26. Por fin, se establecen con claridad, refiriéndose a REAGRUPACIÓN FAMILIAR PORCENTAJES DEL Se puede reagrupar a parejas IPREM ( 532’51€ ) de hecho incluso no CUALES SON LOS registradas MEDIOS Se delimita claramente la ECONÓMICOS reagrupación de ascendientes MÍNIMOS Se necesitará nuevo informe de NECESARIOS en vivienda en las renovaciones si reagrupaciones, familiares residencias se cambia de domicilio no lucrativas, medios de vida de los extutelados para quedarse en España, medios económicos de Por orden ministerial podrán los empleadores meter cuando quieran la SNE personas físicas, etc, en el arraigo social , lo que equivale a eliminar en la práctica la figura
  • 27. Se complica y se hace La persona que no tenga a los más larga la tramitación menores a su cargo de ofertas en el SAE y escolarizados NO PODRÁ el certificado de que no RENOVAR. Se le da 30 días aparecen trabajadores para que lo haga. tiene un contenido más extenso Mejora la protección de las víctimas de violencia de género y de sus hijos menores: Se les da una autorización de residencia y trabajo Mejora la protección provisional y si hay de las víctimas de condena una residencia y trata y de las trabajo de 5 años para personas que ella y sus hijos. colaboran contra las redes organizadas
  • 28. En arraigo social es posible Se arbitran soluciones para presentar dos contratos los trabajadores que llegan concatenados de 6 meses en de su país y ha fallecido o agricultura, y varios a tiempo desaparecido el empleador o parcial para una misma no puede contratarlos. Se les actividad, con un mínimo de 30 permite un plazo para buscar horas nuevo empleador en la misma actividad En arraigo familiar , por fin, los padres en situación irregular de niños españoles podrán obtener la residencia por Los informes de arraigo y de arraigo. vivienda los siguen haciendo los Ayuntamientos en Andalucía. Se permite que si En arraigo laboral se no se emiten en plazo de 30 reduce de un año a 6 días se acredite el arraigo por meses el tiempo que otros medios de prueba hay que acreditar
  • 29. Se establece un nuevo régimen para Se regula el retorno voluntario, menores, con por programas o fuera de ellos, renovación cada año, y con una prohibición general de se establecen regreso de 3 años. requisitos económicos imposibles para los jóvenes ex tutelados que cumplen la mayoría de edad Aparecen nuevas figuras de Se consagra la residencia y de residencia y trabajo: distinción entre Altamente cualificados con tarjeta azul residencia de larga UE, investigadores, se establecen duración y procedimientos preferentes para residencia de larga grandes empresas y sectores duración UE, y se estratégicos de la economía, etc. establece la posibilidad de recuperación por una fórmula muy sencilla
  • 30. Se olvida de regular el trabajo de extranjeros en tercer grado y libertad condicional a pesar de que lo hemos pedido Queda pendiente regular los CIEs, espacios sin derechos. Campaña “Que el derecho no se pare a la puerta de los CIEs”
  • 31. Residencia por situación situación de Residencia Residencia de circunstancias irregular estancia temporal larga duración excepcionales para visita (h. 90 días arraigo : laboral, social, no lucrativa larga duración prorrog) familiar por protección internacional, seguridad por estudios, voluntariado nacional, colaboración con por reagrupación familiar larga duración UE y prácticas no laborales autoridades públicas, colaboración contra redes organizadas, Residencia temporal y razones humanitarias trabajo por cuenta ajena y (enfermedad) cuenta propia Mujeres víctimas de violencia y victimas de Residencia y trabajo para la investigación, blue card, residencia con trata excepción para trabajar, cuenta ajena de duración determinada, prestaciones transnacionales de servicios Menores No Acompañados y Extutelados Autorización para quienes hayan retornado voluntariamente
  • 32. ENTRADA EN ESPAÑA: ¿CÓMO CRUZAR UNA FRONTERA?
  • 33. Formato europeo de visado Schengen.
  • 34. Entrar por puesto habilitado con pasaporte o título de viaje Tener Visado para una estancia o residencia/Hay países que no necesitan visado para estancias de hasta tres meses. Justificar el objeto y condiciones de la estancia Acreditar medios económicos suficientes o poder conseguirlos Certificados sanitarios (no siempre) No tener una prohibición de entrada o no haber adquirido un compromiso voluntario durante un tiempo a territorio español No ser un peligro para el orden público o la seguridad nacional ( v.gr.no tener antecedentes)
  • 35. Autorización de regreso. ¿Cuándo la pedimos? La tarjeta está caducada en tiempo de renovación En caso de hurto , robo, pérdida o destrucción y han pedido DUPLICADO se tenga YA la resolución favorable de la primera tarjeta pero no la tarjeta en sí.
  • 36. RÉGIMEN DE ESTANCIA, POR VISITAS DE CORTA DURACIÓN Y POR ESTUDIOS
  • 37. Estacias de corta duración ( visita turística, cultural, de negocios o familiar) de 90 días prorrogables por otros 90. Estancias por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales y servicios de voluntariado
  • 38. ESTANCIA DE CORTA DURACIÓN POR RAZONES DE TURISMO, VISITA, PROFESIONALES, ESTUDIOS (90 DÍAS, PRORROGABLES POR OTROS 90 DÍAS)
  • 39. Pasaporte o título de viaje válido Billete de ida y vuelta Demostrar los motivos y finalidad del viaje. Posesión de medios económicos. Seguro médico y requisitos sanitarios cuando lo diga el Ministerio del Interior y No tener prohibición de entrada ni ser un peligro para el orden público
  • 40. Cómo demostrar los motivos del viaje Para un viaje familiar o turístico  Reserva de hotel  Reserva de un viaje organizado  Carta de invitación : http://www.mir.es/SGACAVT/modelos/extranjeria/ Solic_Carta__Inv.pdf. Tasa 103 € Para un viaje de negocios  Invitación de una empresa para participar en reuniones de carácter comercial  Documentos que demuestren relaciones comerciales  Tarjetas de acceso a ferias y congresos Otros
  • 41. Qué medios económicos me piden Durante el año 2011, la cantidad mínima a acreditar es de 64,14 euros por persona y día, con un mínimo de 577,26 euros o su equivalente legal en moneda extranjera. Novedad: tiene en cuenta que en la carta de invitación se diga que el invitante asume la manutención Por qué medios se prueba: • Exhibiéndolos si son en efectivo • Cheques certificados • Cheques de viaje • cartas de pago • tarjetas de crédito, que deberán ir acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria puesta al día
  • 42. CABE LA PRÓRROGA , CON REGLAS DISTINTAS EN CASO DE QUE SE HAYA ENTRADO CON VISADO (NORMATIVA DE LA UNIÓN EUROPEA) O SIN VISADO (TRES MESES, RESOLUCIÓN EN 72 HORAS, ACREDITACIÓN DE MOTIVOS EXCEPCIONALES, MEDIOS DE VIDA, SEGURO MÉDICO, BILLETE DE VUELTA, ETC)
  • 43. AUTORIZACIÓN DE ESTANCIA POR ESTUDIOS, MOVILIDAD DE ALUMNOS, PRÁCTICAS NO LABORALES O SERVICIOS DE VOLUNTARIADO
  • 44. estudios en un centro de enseñanza autorizado en un programa de tiempo completo, que conduzca a un título o certificado Realización de actividades de investigación o formación Se computa la mitad del Participación en un programa de movilidad de tiempo de estancia de alumnos, para seguir un programa de estudios para la residencia enseñanza secundaria y/o bachillerato de larga duración. Realización de prácticas no laborales en un organismo o entidad pública o privada. Prestación de un servicio de voluntariado con objetivos de interés general.
  • 45. El visado de estudios y demás se piden desde el país de origen Hay que demostrar a comprobar por el Consulado. • Si quien viaja es menor de edad tiene autorización de sus padres- • Además del coste de los estudios, demostrar para mantenerse el 100% IPREM, salvo que el alojamiento ya esté pagado o lo pague el programa de movilidad. • Si viene con familiares 75% para el primero + 50% para sucesivos • Seguro de enfermedad • Si la estancia es superior a 6 meses: Certificado sanitario y Antecedentes penales en su país de origen Hay que demostrar a comprobar por la Subdelegación del Gobierno • Antecedentes penales en España • La comprobación de la admisión en el centro de estudios, de investigación, la participación en un programa de movilidad (secundaria o bachillerato) o las condiciones de la prestación de un servicio de voluntariado Se puede reagrupar al cónyuge o pareja de hecho y a los hijos menores de 18 años o discapacitados de forma simultánea o posterior a la solicitud de visado y NO PODRÁN TRABAJAR El estudiante sólo puede trabajar a tiempo parcial si es compatible con los estudios y no es el medio de vida para costear su estancia en España. Lo solicita su empleador personalmente en la Subdelegación y no se le aplica la Situación Nacional de Empleo
  • 46. PRIMERAS RESIDENCIAS TEMPORALES: NO LUCRATIVA, REAGRUPACIÓN FAMILIAR Y RESIDENCIA Y TRABAJO POR CUENTA AJENA
  • 48. La persona extranjera es autorizada a permanecer en España porque tiene medios para vivir holgadamente sin necesidad de trabajar. 2.130’04 € Se pide desde el Consulado del país de origen Hay que demostrar como medios económicos; Para sí: 400% del IPREM y Por cada uno de los familiares que le acompañen: un 100% del IPREM adicional. La dan por un año y se renueva por dos años y dos años hasta larga duración.
  • 50. La persona extranjera es autorizada a permanecer en España en virtud del derecho a la reagrupación familiar ejercido por un extranjero residente. Condiciones del tiempo de REQUISITOS residencia del reagrupante A VALORAR Acreditar parentesco y que sea uno de los que permite la ley Acreditar medios económicos Tener una vivienda adecuada
  • 51. UN AÑO COMO REGLA GENERAL . El reagrupante tiene que tener una autorización para residir en España durante un año y solicitado la autorización para residir por, al menos, otro año. TIEMPO DE RESIDENCIA DEL REAGRUPANTE LARGA DURACIÓN PARA LA REAGRUPACIÓN DE ASCENDIENTES tendrá que ser titular de una autorización de residencia de larga duración o de larga duración-UE concedida en España SIN ESPERAR UN AÑO ALGUNOS REGÍMENES PRIVILEGIADOS: Los extranjeros residentes en España en base a su previa condición de residentes de larga duración-UE en otro Estado miembro de la Unión Europea, titulares de una Tarjeta azul-UE o beneficiarios del régimen especial de investigadores. REAGRUPACIÓN POR FAMILIARES REAGRUPADOS: Tienen que independizar su residencia. Los ascendientes tienen que esperar a la larga duración salvo para reagrupar a hijos menores o incapaces.
  • 52. FAMILIARES REAGRUPABLE S Cónyuge o pareja Hijos o tutelados Ascendientes en primer grado
  • 53. Cónyuge, siempre que no se encuentre separado de hecho o de derecho y que el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley. Pareja de hecho registrada. Pareja de hecho no registrada. Hijos o los de su cónyuge o pareja incluidos los adoptados: • menores de dieciocho años /-discapacitados no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades • sobre quienes se ostente la patria potestad en solitario o se tenga la custodia y estén efectivamente a cargo del reagrupante. Representados legalmente por el reagrupante, cuando sean menores de dieciocho años o tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud
  • 54. Ascendientes en primer grado, o los de su cónyuge o pareja, cuando: • el reagrupante sea residentes de larga duración , • sus ascendientes estén a su cargo (51% del producto interior bruto per cápita, en cómputo anual, del país de residencia de éste), • sean mayores de sesenta y cinco años • y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España • Si no tienen 65 años que existan circunstancias humanitarias. • ascendiente conviviera con el reagrupante en el país de origen en el momento en que este último obtuvo su autorización; • cuando el ascendiente sea incapaz y su tutela esté otorgada al extranjero residente o a su cónyuge o pareja reagrupada; • o cuando el ascendiente no sea objetivamente capaz de proveer a sus propias necesidades. • Cuando se quiera reagrupar a padre y madre y uno de ellos sea más joven de 65.
  • 55. Si reagrupa a UNA PERSONA: 150% DEL IPREM MENSUAL MEDIOS ECONÓMICOS REAGRUPANTE SI YA SON DOS DE FAMILIA POR CADA PERSONA ADICIONAL UN 50% DEL IPREM MENSUAL perspectiva de mantenimiento de medios económicos valorando los 6 meses previos. (si se hace con la renovación la reagrupación se comprueba de oficio)¡ se pueden rebajar las exigencias económicas para hacer valer el principio de interés superior del menor o en casos humanitarios individualizados PREVIO INFORME DE la Dirección General de Inmigración.
  • 56. INFORME DE VIVIENDA En Andalucía siguen haciendo los informes de vivienda los Ayuntamientos por la ley de autonomía local Andaluza (art. 9.28) Plazo 30 días. Si no se cumple el interesado puede utilizar todos los medios de prueba admisibles en Derecho Contenido del informe de vivienda • título que habilite para la ocupación de la vivienda, (reagrupante o cualquier otra persona de la unidad familiar) • número de habitaciones, • uso al que se destina cada una de las dependencias de la vivienda, • número de personas que la habitan y condiciones de habitabilidad y equipamiento.
  • 57. Independencia de autorización CÓNYUGE O PAREJA QUE SIGUE CASAD@ • No tener deudas en Hacienda o en Seguridad Social • tener medios económicos para no lucrativa, contrato o contratos de duración de un año con SMI o cuenta propia. DIVORCIO O NULIDAD. Se conserva con dos años de residencia casados . Si es VÍCTIMA DE VIOLENCIA, se le da una residencia por 5 años. Tiene tramitación preferente. VIUDAS O VIUDOS del reagrupante también conservan la residencia. • Al independizar la tarjeta del reagrupante, el resto de reagrupados que de ellos dependan conservan la residencia y renovarán con la persona de quien dependan. RESIDENCIA INDEPENDIENTE DE HIJOS Y MENORES : • mayoría de edad y suficiencia de recursos • mayoría de edad y 5 años de residencia. RESIDENCIA INDEPENDIENTE DE ASCENDIENTES REAGRUPADOS: cuando obtengan una autorización para trabajar. La residencia independiente se da por un año, pero teniendo en cuenta el tiempo previo que se lleve residiendo.
  • 58. Se presenta 60 días antes o 90 días después de la caducidad de la tarjeta de reagrupado y teniendo el reagrupante su tarjeta en vigor. Puede CAMBIARSE DE REAGRUPANTE si la persona que reagrupó no cumple los requisitos (tendrá que ser residente en España y parte de la unidad familiar o progenitor residente aunque no sea parte de la unidad familiar.) Requisitos novedosos: • Tener escolarizados a los menores en edad de escolarización obligatoria • Medios económicos a demostrar: el 100% del IPREM y se pueden computar los ingresos provenientes del sistema de asistencia social. • Que la vivienda habitual sea adecuada: si es la misma se presenta el título para él o para alguien de su unidad familiar , si cambia hay NUEVO INFORME DE VIVIENDA. • Se valora antecedentes penales, deudas en materia tributaria y de Seguridad Social y Esfuerzo de integración Silencio positivo a los tres meses La fecha de la tarjeta del reagrupado se extiende hasta la duración de la del reagrupante.
  • 59. RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO POR CUENTA AJENA
  • 60. Ostenta esta autorización de residencia la persona extranjera mayor de 16 años autorizada a permanecer en España por un periodo superior a 90 días e inferior a 5 años, y a ejercer una actividad laboral por cuenta ajena.
  • 61. El empleador va a la procedimiento Subdelegación a hacer una contratación en origen para un extranjero que está en su país. se le aplica la situación nacional de empleo salvo art. 40LOEX Se envía a origen donde la Va a la oficina de extranjeros persona extranjera pide , presenta el EX01+contrato visado aportando el contrato para un año+ medios y entra en España y se da de situación económica del alta en SS en tres meses, TIE empresario+ un mes documentación y paga la tasa. Minimo 190 euros resolución favorable de la Subdelegación Novedad es
  • 62. Se establecen los MEDIOS DE VIDA DEL EMPLEADOR PERSONA FÍSICA EN UN 100 % DEL IPREM después de deducir los costes salariales. Sólo se computan subvenciones por dependencia y cuidado de menores. POSIBILIDAD DE CAMBIAR DE EMPLEADOR, si el trabajador llega a España y su empleador a fallecido, o ha desaparecido la empresa o por imposibilidad sobrevenida del empresario que ha de comunicarlo. Se establecen ESPECIALIDADES DE PROCEDIMIENTO PARA LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS QUE TENGAN TRANSFERIDAS LAS COMPETENCIAS (Cataluña y Andalucía, si bien parece que no se materializará en breve respecto de esta última) En el ART. 69 HAY CAUSAS DE DENEGACIÓN MUY PREOCUPANTES: Nuevas causas de denegación de las iniciales por causas imputables al empleador (no haber tenido de alta el año en contratos anteriores, haber amortizado puestos de trabajo, etc.) En las RENOVACIONES, art 71, también se pueden denegar también por esas causas del art. 69 y la vuelven la necesidad de escolarizacion , la falta de antecedentes, estar al corriente en hacienda y ss y el esfuerzo de integración , además de las renovaciones normales. Para determinar la Situación Nacional de empleo, la TRAMITACIÓN DE OFERTA ANTE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO ES MÁS LARGA Y EL CONTENIDO DE LOS CERTIFICADOS es muy discutible para la eficacia de la correcta gestión de las migraciones.
  • 63. OTRAS RESIDENCIAS TEMPORALES: RESIDENCIA Y TRABAJO PARA LA INVESTIGACIÓN, TARJETA AZUL UE, CUENTA AJENA DE DURACIÓN DETERMINADA, CUENTA PROPIA PRESTACIONES TRANSNACIONALES DE SERVICIOS, RESIDENCIA TEMPORAL CON EXCEPCIÓN PARA TRABAJAR
  • 64. NOVEDAD RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO PARA LA INVESTIGACIÓN
  • 65. Es una autorización que autoriza a residir y trabajar con contrato , sólo en el marco de un convenio de investigación, por un tiempo entre tres meses y 5 años. Hay que firmar un convenio de acogida de investigación con un organismo de investigación o de desarrollo tecnológico oficialmente acreditado por la Administración. La titulación de la persona investigadora que se va a contratar ha de ser habilitante para hacer el doctorado.
  • 66. Si viene de una situación similar desde un país de la UE se le permite presentar la solicitud en España. En caso contrario es como un cuenta ajena y necesitará visado. Resolución en 45 días en lugar de 3 meses Reagrupación familiar no exige ningún plazo de espera Se renueva año a año hasta larga duración.
  • 67. NOVEDAD RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO DE PROFESIONALES ALTAMENTE CUALIFICADOS TITULARES DE UNA TARJETA AZUL-UE. (BLUE CARD)
  • 68. Es una contratación de un extranjero muy cualificado que está en su país de origen o en otro estado europeo. Se aplican trámites muy rápidos. El puesto que venga a cubrir debe estar mejor remunerado que en el convenio colectivo.
  • 69. DEFINICIÓN DE ALTAMENTE CUALIFICADO; titulados superiores (mínimo tres años de estudios que dé acceso a una profesión de alto nivel de capacitación o para ingresar en un programa de investigación avanzada) o acrediten un mínimo de cinco años de experiencia profesional El salario bruto anual medio debe ser 1’5 el que señale el convenio colectivo aplicable, o bien 1’2 para algunas profesiones de los grupos 1 u 2 de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones en que haya especial necesidad Necesita visado, salvo casos de movilidad desde una situación similar desde un país UE . Se aplica la situación nacional de empleo El plazo de resolución es preferente de 45 días y 15 días para el visado. La inicial es por un año, y renueva por dos y por dos años. Pero no se le exige tiempos mínimos de cotización. Reagrupación familiar : inmediata Si llevas 18 meses en otro país de la UE con una tarjeta azul, puedes venir a España y ser contratado, pero tiene que solicitarlo el empleador en el plazo máximo de un mes desde la entrada. Te expiden mientras resuelven una autorización de estancia provisional.
  • 70. RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO POR CUENTA AJENA DE DURACIÓN DETERMINADA
  • 71. Es una contratación TEMPORAL de trabajadores extranjeros para campañas agrícolas, contratos de temporada, o contratos de obra y servicio. Prevé que regresen a sus países cuando finalice el contrato.
  • 72. QUÉ ACTIVIDADES De temporada o campaña.(Máximo 9 meses en un período de 12) -De obras o servicios (máximo 12 meses , prorrogable excepcionalmente por causas sobrevenidas y si lo permite la normativa laboral) para el montaje de plantas, construcción de infraestructuras, instalación y mantenimiento de equipos productivos De carácter temporal realizadas por personal de alta dirección, deportistas profesionales, artistas, así como otros colectivos que se determinen por el gobierno. De formación y realización de prácticas profesionales.
  • 73. El empresario debe poner a disposición del interesado un alojamiento adecuado, salvo excepciones y organizar los viajes de ida y vuelta y costear como mínimo el primero Los requisitos con como un cuenta ajena inicial El trabajador tiene que firmar un compromiso de no retorno, y si no podrá sancionársele con la no concesión de una autorización durante tres años Si se gestiona para más de 10 trabajadores puede utilizarse el procedimiento de la gestión colectiva de contrataciones en origen. No se aplica la Situación Nacional de Empleo para la instalación de equipos productivos y para los trabajadores de temporada que hayan regresado dos años consecutivos a sus países Los trabajadores de temporada o campaña no tendrán TIE
  • 74. RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO POR CUENTA PROPIA.
  • 75. Es la autorización para empresarios o autónomos extranjeros mayores de 18 años que realizan una actividad por cuenta propia hasta que cumple los 5 años de residencia.
  • 76. Se pide desde el Consulado del país de origen, aunque también podemos presentar arraigo social con un proyecto empresarial Los requisitos generales no han cambiado, e incluyen como siempre, entre los generales tener las licencias oportunas, la cualificación requerida, y un plan de empresa con su previsión de viabilidad. Los medios económicos que debe acreditar para su manutención son los de reagrupación familiar. La limitación de la autorización es autonómica limitada a una sola actividad Hay alguna novedad en las renovaciones ya que: • Si hay descubiertos en la cotización , se puede renovar si se demuestra la actividad • Podrá renovar si el cónyuge o pareja tiene medios económicos suficientes, conforme a las normas de reagrupación familiar. • Si el interesado está cobrando la protección de Seguridad Social de autónomos por cese de actividad.
  • 77. RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO EN EL MARCO DE PRESTACIONES TRANSNACIONALES DE SERVICIOS.
  • 78. Es la autorización que obtendrá el trabajador extranjero que trabaja con un contrato para una empresa extranjera no comunitaria y viene a España a través de ese contrato para: -prestar servicios a alguien que está establecido en España -viene a un centro de trabajo de esa empresa en España -o es una persona altamente cualificada que viene a España como asesor para empresas que están en España y van a realizar obras y servicios fuera de la Unión Europea
  • 79. RESIDENCIA TEMPORAL CON EXCEPCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE TRABAJO.
  • 80. Una cosa es la autorización de residencia o estancia que se rige por sus normas y necesita sus correspondientes visados y otra la autorización para trabajar por cuenta propia o ajena. Teniendo la primera, hay personas que, por sus circunstancias especiales, no necesitarán la segunda y podrán desarrollar una actividad laboral con una excepción para trabajar ¿QUIÉNES SON ESAS PERSONAS?
  • 81. Técnicos, investigadores y científicos , profesores invitados por la Administración o Universidades o Personal directivo o profesorado de instituciones culturales o docentes de reconocido prestigio funcionarios civiles o militares de las Administraciones estatales extranjeras por acuerdos de cooperación Corresponsales Artistas Miembros de misiones científicas internacionales Ministros religiosos , aunque no seminaristas ni novicios Representantes de sindicatos y organizaciones empresariales Menores extranjeros en edad laboral tutelados
  • 82. novedad RESIDENCIA TEMPORAL DE LA PERSONA EXTRANJERA QUE HA RETORNADO VOLUNTARIAMENTE A SU PAÍS.
  • 83. Ser residente legal de carácter A qué temporal en España (aunque ya personas se hemos visto que por error también se aplica lo aplican a los residentes de larga duración). Se acojan a un programa de retorno voluntario financiado por una Administración (OIM, SPEE, otros) retornen por sus medios a su país al margen de cualquier programa y decidan ir al Consulado y adoptar un compromiso de no retorno durante tres años.
  • 84. Hay que renunciar a la residencia que se tiene y entregar la tarjeta en el Consulado Se acepta no regresar a España durante el período de tres años, ampliable por orden ministerial sine die.
  • 85. Si el retorno fue a través de un programa, cuando quiera volver no se le aplicará la Situación Nacional de Empleo. Sí se aplica la SNE si el retorno se hace fuera de un programa. Se les puede hacer ofertas nominativas a través del antiguo contingente (actual gestión colectiva de contrataciones en origen). Tienen preferencia para ser escogidos si no son nominativas. La tramitación es preferente y se reduce el plazo de la resolución para la concesión a 45 días. ATENCIÓN ¡¡EL TIEMPO DE RESIDENCIA TEMPORAL ANTERIOR, SE COMPUTARÁ A LOS EFECTOS DE LA RESIDENCIA CONTINUADA PARA LA OBTENCIÓN DE LA RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN!!
  • 86. GESTIÓN COLECTIVA DE CONTRATACIONES EN ORIGEN (ANTIGUO CONTINGENTE)
  • 87. La gestión colectiva de contrataciones en origen se regula todos los años por orden ministerial y establece el procedimiento y el número y características de los puestos de trabajo de carácter estable que necesita el mercado laboral español para personas que estén en el extranjero. También regula algunos visados para búsqueda de empleo de tres meses de duración para hijos y nietos de españoles o actividades determinadas. Las personas trabajadoras serán seleccionadas en sus países de origen a partir de ofertas genéricas, y en algún caso nominativas, presentadas por los empresarios, con tramitación especial. pueden valerse de este tipo de trámites las ofertas de duración determinada cuando afecten a más de 10 trabajadores. La persona que venga a residir y trabajar a España a través de la gestión colectiva de la contratación en origen tiene especialidades en el procedimiento de solicitud de visado. La gestión y selección puede hacerse por asociaciones empresariales. Los plazos de tramitación son muy cortos, e intervienen los sindicatos y se informa a la Comisión Laboral Tripartita.
  • 88. PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZAR LA ENTRADA, RESIDENCIA Y TRABAJO EN ESPAÑA, DE EXTRANJEROS EN CUYA ACTIVIDAD PROFESIONAL CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS ECONÓMICO, SOCIAL O LABORAL, O CUYO OBJETO SEA LA REALIZACIÓN DE TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN O DESARROLLO O DOCENTES, QUE REQUIERAN ALTA CUALIFICACIÓN, O DE ACTUACIONES ARTÍSTICAS DE ESPECIAL INTERÉS
  • 89. Personal directivo o altamente cualificado de muy grandes empresas (+500 trabajadores, volumen de negocio de 200-100 millones de euros, etc) Personal directivo o altamente cualificado para PYMES en los siguientes sectores: • tecnología de la información y las comunicaciones, energías renovables, medioambiente, agua y tratamiento de aguas, ciencias de salud, biofarma y biotecnología y aeronáutica y aeroespacial y otros que autorice la Secretaria General de Inmigración. Persona directivo o altamente cualificado para un proyecto empresarial de interés público por crear empleo, ser una inversión extraordinaria o sea una innovación relevante. • También pueden ir por esta vía: En determinados casos profesores de universidad , técnicos y científicos de universidades y centros I+D o empresas Artistas en un proyecto de reconocido prestigio internacional que tenga interés cultural.
  • 90. Para pedir qué tipo de autorización por cuenta ajena. prestación transnacional de servicios. Tarjeta azul-UE. investigación. duración determinada
  • 91. Qué ventajas tiene Se tramita ante la Dirección General de Inmigración El plazo de resolución es UN MES Y el plazo de visado es de 10 días. Muchas ventajas en la reagrupación: Puede hacerse desde el primer momento , puede autorizar a trabajar, Resolución de la reagrupación tiene el plazo de un mes y la concesión del visado ha de hacerse en 10 días.
  • 93. Nacional de tercer país Que reside en el Extranjero, en una zona fronteriza con España Que ejerce actividades por cuenta ajena (se le aplica la SNE) o propia en territorio español No puede tener antecedentes penales ni figurar como rechazable en territorio Schengen La duración de la autorización oscila entre tres meses y un año. Se renueva año a año La autorización se limita a un espacio geográfico y a una actividad concreta y no da ningún derecho de residencia, aunque cuando se solicite una autorización , podrá aportarse para su valoración.
  • 94. REGULACIÓN DE LA RESIDENCIA Y TRABAJO DE PENADOS EN TERCER GRADO Y LIBERTAD CONDICIONAL: PETICIÓN DE ANDALUCÍA ACOGE DURANTE LA SOLICITUD DE RESIDENCIA.
  • 95. Extranjer@s en prisión = Carencia Grupo vulnerable de redes Desconocimiento del sociales idioma Necesidad de Insuficiencia de formación en recursos de extranjería por ONGs y par te de los penitenciarios profesionales Desorientación que puedan ante el sistema realizar los jurídico español Prácticas trámites fuera o recursos admin. no Prioridad de la habitacionales ajustadas extranjería frente para salidas a la al derecho legalidad individual de Pérdida de reinserción social documentación Falta de una y de identidad debida gestión de la diversidad Trámites dentro de prisión transnacionales para adaptar a las Falta de apoyo por muy cárceles a las parte de sus necesidades complicados y derivadas de la propios normativas nueva realidad Consulados complejas
  • 96. Propuesta por ahora desoída y olvidada, a la espera de unas Instrucciones Propuesta Andalucía acoge al Reglamento de extranjería  PROPUESTA DE UN NUEVO CAPÍTULO XI, DENTRO DEL TÍTULO IV (RESIDENCIA TEMPORAL): Residencia y Trabajo de penados extranjeros
  • 98. arraigo: laboral, social, familiar Protección internacional: ley de asilo y protección internacional Razones humanitarias: víctimas de determinados delitos, enfermedad, peligro de regreso a por el visado a su país. Colaboración con autoridades públicas o razones de seguridad nacional o interés público Víctimas de violencia y víctimas de trata El Consejo de Ministros cuando circunstancias de naturaleza económica, social o laboral lo aconsejen (a propuesta y con informe de determinados órganos) El titular de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, podrá otorgar autorizaciones individuales no previstas en el Reglamento
  • 101. ARRAIGO LABORAL 2 años de estancia continuada en territorio Español Acreditar una relación laboral no inferior a 6 meses, reconocida por sentencia, o por NOVEDAD resolución administrativa confirmatoria del acta de infacción de la Inspección de Trabajo. (Exige que se denuncie al trabajador) Carecer de antecedentes penales ni aquí ni en el país donde se haya residido los últimos 5 años.
  • 102. MEDIOS DE VIDA un contrato de trabajo de un año de duración para ARRAIGO SOCIAL un solo empleador SECTOR AGRARIO: podrán ser dos de 6 meses para distintos empleadores concatenados Demostrar tres años de estancia TIEMPO PARCIAL: varios contratos de la misma continuada en España actividad con un mínimo de 30 horas. Carecer de antecedentes penales Tener un proyecto empresarial para darse de alta por cuenta propia Demostrar medios económicos suficientes y que así lo recomiende el informe de arraigo Presentar INFORME DE ARRAIGO SOCIAL EMITIDO POR LA COMUNIDAD En principio no se aplica la SNE , pero AUTÓNOMA O EL AYUNTAMIENTO, O por orden ministerial en cualquier JUSTIFICARLO POR OTROS MEDIOS momento nos pueden aplicar el catálogo DE PRUEBA , o alternativamente tener de difícil cobertura o la necesidad de cónyuge, pareja registrada, ascendiente gestionar una oferta ante el SAE. o descendiente en primer grado y línea directa residiendo legalmente en España
  • 103. MEDIOS DE VIDA • un contrato de trabajo de un año de duración para un solo empleador • SECTOR AGRARIO. podrán ser dos de 6 meses para distintos empleadores concatenados • TIEMPO PARCIAL VARIOS EMPLEADORES (EMPLEO DOMÉSTICO DISCONTINUO) todos de la misma actividad con un mínimo de 30 horas con duración todos ellos de un año • Tener un proyecto empresarial para darse de alta por cuenta propia • Demostrar medios económicos suficientes y que así lo recomiende el informe de arraigo
  • 104. QUIEN HACE EL INFORME DE ARRAIGO LA COMUNIDAD AUTÓNOMA, que deberá emitirlo en el plazo máximo de 30 días desde la solicitud y dar cuenta telemática a la Oficina de Extranjería. EL AYUNTAMIENTO si por acuerdo la Comunidad Autónoma con las Entidades Locales se decide que sean estas sigan haciéndolo, comunicándolo a la Secretaría General de Inmigración. El plazo es el mismo, 30 días, con igual obligación de dar cuenta telemática a la Oficina de Extranjería Andalucía En caso de que el informe no haya sido emitido en plazo,, podrá justificarse el arraigo por cualquier medio de prueba admitido en Derecho
  • 105. Andalucía es la única Comunidad Autónoma que tiene ya solucionado de forma generalizada por una ley que los informes de arraigo y vivienda lo asumen Ayuntamiento: 9.28 Ley 5/2010 de Autonomía Local de Andalucía: “Ejecución de las políticas de inmigración a través de la acreditación del arraigo para la integración social de inmigrantes, así como la acreditación de la adecuación de la vivienda para el reagrupamiento familiar de inmigrantes.”
  • 106. Contenido del informe Tiempo de permanencia en el domicilio habitual donde debe estar empadronado Medios económicos, recomendando la concesión si no hay contrato Vínculos familiares Esfuerzo de integración Otros
  • 107. ARRAIGO FAMILIAR Padre o madre de niñ@ español@ a su cargo que conviva con éste/ o esté al Novedad corriente de sus obligaciones paternofiliales IMPORTANTE Hij@s de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles
  • 108. Cualquier Arraigo permite trabajar Cuando se renueva el primer año con contrato pasamos a cuenta ajena inicial: 190 euros de tasas. Las debe pagar el empleador
  • 109. Otras circunstancias excepcionales: víctimas de determinados delitos - Algunos delitos contra derechos de los trabajadores -Negarse a prestar un servicio público o profesional a una persona por el hecho de ser extranjera. -Delitos con agravante por conductas racistas -Delitos de violencia en el ámbito familiar Tiene que haber recaído sentencia donde se confirme que el solicitante es víctima
  • 110. Enfermedad sobrevenida o prolongación de la estancia de menores que han venido por tratamiento médico CASO GENERAL ENFERMEDAD -Sobrevenida - Grave -Asistencia especializada a la que no se tenga acceso en el país de origen -Grave peligro para la salud o la vida -Acreditado por informe clínico NOVEDAD: Menor extranjero que haya venido por tratamiento médico y se le ha acabado el tiempo de estancia
  • 111. Otras: peligro de regreso al país. Colaboración con las autoridades. RIESGO DE REGRESO AL PAÍS PARA RECOGER EL VISADO: Las personas que lo solicitan deben cumplir todos los requisitos para tener una autorización excepto la del visado. Colaborar con las autoridades administrativas , policiales , fiscales o judiciales (no en la lucha contra redes organizadas que tiene sus propios artículos) -Razones de interés público -ATENCIÓN : La competencia para resolver es de la Secretaría de Estado de Seguridad o la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y no de la Subdelegación del Gobierno de la provincia.
  • 113. Con la orden de alejamiento o informe del Ministerio Fiscal se dará de oficio una autorización de residencia y trabajo PROVISIONAL para ella y sus hijos menores que autoriza a trabajar Una vez haya sentencia CONDENATORIA PARA EL AGRESOR se le dará UNA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR 5 AÑOS, para ella y sus hijos menores o discapacitados Si la sentencia es ABSOLUTORIA PARA EL AGRESOR no aprecia que hubo violencia PODRÁ reactivarse o incoarse el procedimiento sancionador de extranjería
  • 114. En principio a la víctima no se le abre o se suspende el procedimiento sancionador de extranjería Tramitación preferente. La víctima puede pedirlo por sí o por medio de representante.
  • 115. Se solicitará una autorización de residencia y trabajo desde que haya una orden de protección a su favor o un informe del Ministerio Fiscal Automáticamente de oficio se le debe emitir una autorización de residencia y trabajo provisional que no tiene limitaciones geográficas ni de actividad También podrá pedir autorización de residencia por circunstancias excepcionales para sus hijos menores de edad, y de trabajo (sin limitación) si tienen más de 16 años. También para los hijos discapacitados de cualquier edad si no se valen por sí mismos.
  • 116. En el plazo de un mes de la concesión debe pedir tarjeta, de duración anual. También podrá pedir autorización de residencia por circunstancias excepcionales para sus hijos menores de edad, y de trabajo (sin limitación) si tienen más de 16 años. También para los hijos discapacitados de cualquier edad i La subdelegación informa al Juzgado sobre esta situación en el procedimiento penal.
  • 117. Cuando recae sentencia, el Ministerio Fiscal lo comunica a Extranjería Si la sentencia confirma que hay violencia: • si ha solicitado autorización de residencia y trabajo, se le concede en el plazo de 20 días, por cinco años. • Si no tiene solicitada autorización, el Ministerio Fiscal debe informarle de la posibilidad de autorización para ella y sus hijos . EL PLAZO ES DE 6 MESES • En cualquier caso se archiva cualquier procedimiento sancionador Si la sentencia es absolutoria y no demuestra la violencia: • Se deniega la autorización • Pierde eficacia las autorizaciones provisionales • No computa el tiempo de residencia provisional a ningún efecto • Se reabre o inicia procedimiento sancionador.
  • 118. HAY NOVEDADES MUY IMPORTANTES EN PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE TRATA Y PARA LAS PERSONAS QUE COLABORAN CONTRA REDES ORGANIZADAS. 5 AÑOS DE RESIDENCIA, PERIODO DE REFLEXIÓN , RETORNO ASISTIDO
  • 120. Residencia de hijos de residente legal Desplazamiento temporal de menores Menores no acompañados Jóvenes Extutelados
  • 121. RESIDENCIA DE HIJO DE RESIDENTE LEGAL
  • 122. RESIDENCIA DE HIJO DE RESIDENTE QUE NACE EN ESPAÑA. • Adquiere automáticamente la misma autorización del progenitor residente legal. HIJO O HIJA NACIDA EN ESPAÑA DE PERSONA A SU VEZ REAGRUPADA POR RESIDENTE LEGAL . • Adquiere automáticamente una autorización de residencia por reagrupación que depende de su progenitor directo • Al renovar se aplican las normas de reagrupación familiar y se computan los medios de vida y la vivienda del primer reagrupante y del padre o madre reagrupada.
  • 123. RESIDENCIA DE HIJO NO NACIDO EN ESPAÑA DE RESIDENTE LEGAL, QUE SE ENCUENTRA EN ESPAÑA Y NO HA SEGUIDO EL TRÁMITE DE REAGRUPACIÓN . • Para regularizar su situación legal en España tendrá que acreditar: • dos años de estancia continuada • Medios económicos del progenitor • Informe de vivienda • Escolarización durante el tiempo de estancia • La duración de la residencia es la misma que la que aparece en la TIE del progenitor o tutor, salvo que sea comunitario en cuyo caso será de 5 años. Todas estas autorizaciones AUTORIZAN A TRABAJAR DESDE LA EDAD LABORAL Se renuevan por las normas de REAGRUPACIÓN FAMILIAR.
  • 125. Son desplazamientos de menores por un máximo de 90 días a nuestro país desde un tercer país. (Ejemplo: Vacaciones por la Paz) promovidos por Administraciones, fundaciones, asociaciones sin ánimo de lucro con fin de tratamiento médico, vacaciones o escolarización Se intensifica el control de la Administración para evitar que los niños se queden en territorio español en familias de acogida sin título legal alguno, en guardas de hecho • Autorización de los padres, informes de la Subdelegación y de las CCAA, compromiso de no adopción de las familias acogedoras si las hay, garantías para el regreso al país de origen. Si el fin es escolarización se documenta como estudios, podría ser anual , pero se ha de renovar el programa todos los años con los mismos requisitos.
  • 127. Determinación de la edad cuando hay dudas por decreto del Ministerio Fiscal basándose en la documentación o en pruebas médicas (oseométricas) Si es menor: desamparo y guarda inmediata. Constitución de la tutela por los servicios de protección de menores. REPATRIACIÓN. Principio general : volver con sus padres o ponerlo a disposición de los servicios de protección de menores del país de procedencia, siempre teniendo en cuenta el interés superior del niño. En este reglamento MUCHAS MÁS GARANTÍAS PARA LA DEFENSA DEL MENOR SI NO QUIERE MARCHARSE.
  • 128. Obligatoriamente, se le da una autorización residencia cuando se demuestre la imposibilidad de repatriación o a los 9 meses de estar a disposición de los servicios de protección EFECTOS RETROACTIVOS Si no tiene pasaporte y no puede obtenerlo : CÉDULA DE INSCRIPCIÓN. Se renueva AÑO A AÑO. Es un nuevo régimen TRAMITACIÓN PREFERENTE: Resolución en un mes. Mayor control por las autoridades de extranjería y actuaciones de oficio. La tarjeta se pide ante la Oficina de extranjería AUTORIZACIÓN PARA TRABAJAR: No está clara. Parece que hay que solicitarla para el tiempo que el niño tiene garantizada la actividad.
  • 130. SI ACCEDE A LA MAYORÍA DE EDAD Y TIENE AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA.  Se renueva una vez le caduque, aunque ya haya cumplido la mayoría de edad, no antes.  Si no tiene un trabajo, OBTENDRÁ UNA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA NO LUCRATIVA SI: ◦ Demuestre medios económicos mensuales que representen el 100% del IPREM. ◦ Se valorará que cuente con informes positivos sobre su grado de inserción que se refieran a:  Respeto a las normas de convivencia del centro.  Conocimiento de las lenguas oficiales.  Existencia de lazos familiares en territorio español.  El tiempo que ha estado sujeto a un acogimiento, guarda o tutela de hecho por ciudadano o institución española.  Continuidad en sus estudios.  Existencia de una oferta o contrato de trabajo.  La participación en itinerarios de formación.  MODIFICACIÓN DE RESIDENCIA POR MINORÍA DE EDAD O NO LUCRATIVA A RESIDENCIA Y TRABAJO: La puede pedir , con UNO O VARIOS CONTRATOS SUCESIVOS, cumpliendo los requisitos de la modificación de autorizaciones.
  • 131. SI ACCEDE A LA MAYORÍA DE EDAD SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA: PUEDE OBTENER UNA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES.  Lo pide el propio niño PERSONALMENTE 60 días antes de cumplir la mayoría de edad, o ya siendo mayor de edad durante los 90 días siguientes a la fecha de su cumpleaños.  Aportará:  Una certificación del servicio de protección recomendando la concesión.  Y suficiencia de medios económicos consistentes en : ◦ Contar con ingresos que sean como mínimo el 100% del IPREM. ◦ Contar con un contrato o varios contratos de vigencia sucesiva ◦ Tener un plan de negocio viable que previsiblemente provea una ganancia del 100% del IPREM.  Si hay actividad lucrativa la residencia conlleva derecho a trabajar y está condicionada a darse de alta en Seguridad Social en el plazo de un mes.
  • 132. RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN Y RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN UE. SON LIGERAMENTE DISTINTAS.
  • 133. RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN Residencia que se renueva por cinco años No se pierde por caducidad de la tarjeta Nos piden informe de escolarización para obtenerla Tiene un régimen privilegiado de recuperación si se pierde en determinados supuestos.
  • 134. Residentes continuados durante 5 años en España o titulares de blue card que hayan residido 5 años en la UE y los dos últimos años en España, con un máximo de ausencias. Residentes que tengan una pensión española de jubilación contributiva Residentes que tengan una pensión española contributiva de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez , u otra, de cuantía suficiente para su sostenimiento. Residentes nacidos en España, que antes de la mayoría de edad hayan residido en España tres años consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud. Españoles de origen que hayan perdido la nacionalidad española Residentes que al llegar a la mayoría de edad hayan estado 5 años bajo la tutela de una entidad pública española Apátridas, refugiados o beneficiarios de protección subsidiaria si su situación ha sido reconocida legalmente. Personas que hayan contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España o a la proyección de España en el exterior.
  • 135. Para que LA RESIDENCIA SE ENTIENDA CONTINUADA A LOS EFECTOS DE CONSEGUIR UNA RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN (igual para la larga duración UE) Residencia legal y continuada durante 5 años, ausencia permitida: • 6 meses continuados, siempre que durante los 5 años no se haya ausentado más de 10 meses. • Por motivos laborales, ausencias de 6 meses continuados, y un total de un año a lo largo de los 5 años Haber residido con una tarjeta azul-UE durante 5 años en territorio de la Unión Europea si los dos últimos ha residido en territorio español, ausencia permitida: • Se pueden ausentar de la Unión Europea hasta 12 meses seguidos, y un máximo de 18 meses dentro de los cinco años.
  • 136. Residencia de larga duración UE 5 años de residencia continuada (con las mismas ausencias que la anterior figura) Seguro de enfermedad público o privado Medios de vida (reagrupación familiar) Siendo residente legal, se computa para la residencia de larga duración UE el 50% del tiempo de estancia por estudios
  • 137. Si soy residente de larga duración en otro país de la UE, puedo trasladarme dentro de la Unión durante un período de tres meses con absoluta libertad. Si decido quedarme a residir en España en el plazo de esos tres meses: • Si no quiero trabajar , acreditaré los medios de vida y alojamiento para la obtención de una RESIDENCIA NO LUCRATIVA. • Si quiero TRABAJAR: No se me aplica la Situación Nacional de Empleo, aunque sí debo cumplir los requisitos de la autorización correspondiente. Hay que darse de alta en la SS en el plazo de tres meses desde la resolución. El plazo para la resolución es de 45 días. La autorización que obtenga tiene una duración de 5 años. Cuando cumpla los requisitos de residencia de larga duración UE en España perderá la condición de residente de larga duración en otro país de la UE.
  • 138. PARA REAGRUPARA A MI FAMILIA Por supuesto, no tienes que esperar un año ni nada parecido. Puedes pedir la reagrupación • conjuntamente contigo • posteriormente • antes de llegar a España • Después de entrar en territorio español, y si ellos están aquí el plazo legal de permanencia es de tres meses. No necesitan visado si viven ya en un país de la UE. Resuelve el Subdelegado del Gobierno de la provincia donde vayáis a residir.
  • 139. RECUPERAR LA RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN O LARGA DURACIÓN UE
  • 140. Recuperar Larga duración • Perdió la residencia de larga duración por los motivos tasados • Ausencia de más de 12 meses • Haber adquirido la larga duración en otro estado miembro • Compromiso de no retorno • No tiene antecedentes • No tiene enfermedades del Reglamento sanitario internacional • ha pagado la tasa • No ha incumplido el compromiso de no retorno (no se computan estancias de turismo o visita por tres meses) Recuperar Larga duración UE • Perdió la residencia de larga duración UE por los siguientes motivos: - Ausencia de territorio de la UE por más de 12 meses - Hubiese adquirido la residencia de larga duraición en otro país UE -Ausencia de España por más de 6 años • No tener antecedentes • recursos fijos y regulares suficientes • Seguro público o privado de enfermedad
  • 142. EXTINCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL DE FORMA AUTOMÁTICA SIN NECESIDAD DE PRONUNCIAMIENTO ADMINISTRATIVO -Porque caduquen y no se renueven en plazo -Porque no se renueven de forma extraordinaria en los supuestos de estados de alarma, excepción y sitio. -Por tener una prohibición de entrada en territorio español. SIGUIENDO EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO PARA EL OTORGAMIENTO, MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE AUTORIZACIONES PREVISTO LEGALMENTE. -Cuando se cambie o pierda la nacionalidad, sin perjuicio de la obtención de una nueva residencia. -Cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron su concesión. -Cuando se compruebe la inexactitud grave de las circunstancias alegadas. -Cuando deje de tener pasaporte, salvo que realice los trámites de renovación o recuperación -Por ausencias de más de 6 meses. (salvo que sea en una relación laboral de cooperación o por un programa de movilidad por estudios en la UE.
  • 143. EXTINCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO POR INVESTIGACIÓN o ALTAMENTE CUALIFICADOS DE FORMA AUTOMÁTICA SIN NECESIDAD DE PRONUNCIAMIENTO ADMINISTRATIVO -Porque caduquen y no se renueven en plazo -Porque no se renueven de forma extraordinaria en los supuestos de estados de alarma, excepción y sitio. SIGUIENDO EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO PARA EL OTORGAMIENTO, MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE AUTORIZACIONES PREVISTO LEGALMENTE. -Cuando se hubiese obtenido fraudulentamente -Cuando desaparezcan las circunstancias que concurrían para su concesión -Cuando se resida en España para fines distintos (investigación o trabajo de alta cualificación)
  • 144. EXTINCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO PARA VÍCTIMAS SDE TRATA DE FORMA AUTOMÁTICA SIN NECESIDAD DE PRONUNCIAMIENTO ADMINISTRATIVO -Porque caduquen y no se renueven en plazo -Porque no se renueven de forma extraordinaria en los supuestos de estados de alarma, excepción y sitio. CON PROCEDIMIENTO- PARA LOS CASOS DE QUE SE HAYA OTORGADO EN ATENCIÓN A LA COOPERACIÓN DE LA VÍCTIMA CON LAS AUTORIDADES -Que un juez declare que la denuncia es fraudulenta o infundada o en caso de fraude en la cooperación de la presunta víctima. -Cuando desaparezcan las circunstancias que concurrían para su concesión. -Cuando deje de cooperar. -Cuando reanude las relaciones con los autores del delito voluntaria y activamente.
  • 145. EXTINCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN y LARGA DURACIÓN UE -Fraude en su obtención -Orden de expulsión legalmente impuesta -Ausencias de más de 12 meses consecutivos fuera de la UE (salvo actividades de cooperación en el extranjero) -Haber adquirido la residencia de larga duración- UE en otro estado miembro
  • 147. Residencia y trabajo o residencia con excepción para Estudios, investigación, trabajar, altamente formación o prácticas cualificados, investigación Tener un contrato de trabajo o una actividad por cuenta propia a desarrollar que cumpla los requisitos para cada tipo de autorización. -Llevar tres años en España -Ha superado los estudios con aprovechamiento -No haya sido becado en programas de cooperación -También en ese momento puede pedir residencia para sus familiares cumpliendo los requisitos de reagrupación familiar. -La solitud de modificación si se hace antes de la caducidad prorroga la estancia hasta la resolución. -Una vez hay resolución favorable hay que darse de alta en el plazo de un mes en Seguridad Social. -OJO NOVEDAD: EXCEPCIONALMENTE PUEDE REDUCIRSE EL PLAZO DE TRES AÑOS en algunos casos de Ciencias de la Salud o Médicos militares (se contempla hasta una autorización provisional) -OJO NOVEDAD: Si no cumple los requisitos para la modificación, pero sí para una residencia inicial, se da la autorización, condicionándola a presentar el correspondiente visado.
  • 148. Residencia y trabajo por cuenta ajena o propia o residencia con excepción para Residencia / trabajar, investigadores, alta Residencia comunitaria cualificación Quien lleva un año de residencia sin autorización para trabajar puede pedir el cambio. -Se da un mes desde la resolución que lo consienta para darse de alta en la Seguridad Social. -Si es para cambiar a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena: oEs el empleador quien ha de ir a la Subdelegación del Gobierno a presentar la solicitud de modificación personalmente oNo se aplica la Situación Nacional de Empleo. -También se contempla el caso del comunitario o familiar de comunitario que dejan de serlo y deciden pasar a régimen general. oEn este caso hay que conocer también la regulación y los motivos por el RD 240/2007, que regula el Régimen comunitario.
  • 149. Compatibilidad cuenta propia y ajena o compatibilidad de varias autorizaciones de cuenta propia con ámbito geográfico distinto PARA COMPABILIDAD CUENTA PROPIA Y CUENTA AJENA: Hay que cumplir los requisitos de ambas autorizaciones. Hay que demostrar que es compatible la realización simultánea ambas actividades La compatibilidad se da por todo el tiempo de vigencia de la renovación que se trate salvo que se pida aportando contrato concreto de duración inferior. PARA REALIZAR ACTIVIDADES DE CUENTA PROPIA EN DISTINTAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS: Hay que solicitarlo siempre para el mismo sector de actividad. (probablemente es ilegal)
  • 150. Residencia por circunstancias Residencia, residencia y excepcionales trabajo o residencia con exceptuación de la autorización de trabajo, altamente cualificados, investigadores ATENCIÓN: Se confirma legalmente, sin mucha lógica, ya que le aplican la normativa de requisitos de renovación de cuenta ajena (art. 71) que la renovación de los arraigos que permiten trabajar no se consideran una renovación de autorización de trabajo (tasa de 76 euros) , sino una autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena, por lo que se pagan las tasas superiores a 190 euros. SI LA AUTORIZACIÓN QUE TENÍA AUTORIZABA A TRABAJAR: oLo presenta el interesado oTiene que cumplir los requisitos de renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo (art. 71) oLa autorización es por dos años y se conserva el tiempo de residencia anterior. oPero tiene la consideración de cuenta ajena inicial SI LA AUTORIZACIÓN QUE TENÍA NO AUTORIZABA A TRABAJAR oLo presenta el empleador oNo se aplica la Situación Nacional de Empleo oTiene un mes para darse de alta en la Seguridad Social desde la resolución oTambién es para dos años e igualmente se le computa el tiempo de residencia anterior.
  • 151. Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo. CAMBIO DEL LÍMITE GEOGRÁFICO O DE ACTIVIDAD DE UNA AUTORIZACIÓN INICIAL El interesado puede pedir el cambio de limitación geográfica o de actividad. Se le aplica la situación nacional de empleo Es competente el órgano donde se vaya a empezar la nueva actividad CAMBIO DE CUENTA PROPIA A CUENTA AJENA Y VICEVERSA. Hay que esperar a tener la autorización renovada, o en trámite de renovación (salvo excepciones) y cumplir los requisitos: Para pasar a cuenta propia: haber cotizado lo suficiente como para renovar Para pasar a cuenta ajena: otener un contrato de duración suficiente + o estar al corriente de las obligaciones de Seguridad Social y tributarias CAMBIO DE CUENTA PROPIA O AJENA A RESIDENCIA NO LUCRATIVA, ALTA CUALIFICACIÓN, INVESTIGADORES, RESIDENCIA CON EXCEPCION PARA TRABAJAR. Tiene que haber renovado Cumplir los requisitos de cotización de la anterior autorización y los requisitos para acceder a la nueva. EXCEPCIONALMENTE SE PUEDE PEDIR ANTES DE LA RENOVACIÓN CUANDO HAYA CAUSAS SOBREVENIDAS Y SEA NECESARIO PARA SUBSISTIR. LA DURACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN MODIFICADA ES LA QUE RESTE O LA CORRESPONDIENTE A LA RENOVACIÓN.
  • 154. LEVES No comunicar a las autoridades cambios de nacionalidad, estado civil o domicilio u otras circunstancias. Presentar la renovación de las autorizaciones dentro de los tres meses siguientes a la caducidad. Trabajar por cuenta propia sin autorización de trabajo teniendo residencia legal. Multa de hasta 500 euros Trabajar en actividad o ámbito geográfico fuera de la limitación de la tarjeta. Contratar a un trabajador extranjero para una ocupación o ámbito geográfico que no le permita su tarjeta
  • 155. GRAVES Encontrarse en España en situación irregular Estar trabajando sin autorización de residencia Ocultar con mala fe los cambios de nacionalidad, estado civil o domicilio y falsear los datos del padrón (es decir, que se manifieste que se vive en un lugar siendo falso) Multas de 501 hasta 10000 euros No cumplir las medidas de seguridad y PODRA SUSTITUIRSE POR EXPULSIÓN pública, presentación periódica o alejamiento de fronteras o lugares impuestos. Cometer la tercera infracción leve en un año de la misma naturaleza Participar en actividades graves contrarias al orden público
  • 156. Salir de territorio español por puestos no habilitados, no presentar documentación o GRAVES incumplir una prohibición de salida. No pedir la expedición de la Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE) El empresario: No dar de alta al extranjero si se pide una autorización para él o no registrar el contrato en las condiciones que se pactaron salvo que justifique por qué no ha podido hacerlo. Multas de 501 hasta 10000 euros Casarse por conveniencia o simular una pareja de hecho o asumir la tutela de alguien , si se hace por dinero o por conseguir indebidamente un derecho de residencia. Hacer una carta de invitación y consentir que la persona extranjera invitada permanezca a su cargo tras la expiración del visado. Titular de la vivienda: Consentir la inscripción de un extranjero en el Padrón no siendo real.
  • 157. Participar en actividades contrarias a la MUY GRAVES seguridad o el interés nacional, o contrarias al orden público muy graves Promover para enriquecerse la inmigración clandestina Realizar conductas discriminatorias por motivos raciales, étnicos, nacionales o religiosos. Con carácter Contratar a trabajadores sin permiso de general de desde residencia y trabajo 10.001 hasta 100.000 euros Titular de una vivienda que empadrona (excepciones) O a un extranjero a cambio de dinero EXPULSIÓN Simular una relación laboral que no existe con un extranjero Cometer la tercera infracción grave en un año El incumplimiento de determinadas obligaciones por parte de los transportistas como no comprobar si tienen documentación o no asumir la repatriación.
  • 158. Es causa de expulsión LA CONDENA dentro o fuera de España, por una conducta dolosa que constituya en nuestro país delito sancionado con pena privativa de libertad superior a un año, salvo que los antecedentes penales hubieran sido cancelados
  • 160. Procedimiento preferente, para determinados casos de expulsiones. Procedimiento ordinario, para las todas las infraciones sin no se dice otra cosa. Procedimiento simplificado para las infracciones leves Procedimiento por infracciones del orden social Procedimento de imposición de multas
  • 161. LA EXPULSIÓN Y SUS PROCEDIMIENTOS
  • 162. No cabe sancionar con multa y expulsion, O UNA U OTRA. La expulsión conlleva la pérdida de la autorización de residencia que tuviéramos. Si la persona en situación irregular reside legalmente en otro estado de la UE se le conmina a que vuelva a él de forma inmediata. Hay casos protegidos contra la expulsión (en la práctica no funciona con quienes tienen antecedentes penales aunque acabamos de tener una sentencia favorable) • nacidos en España que hayan residido legalmente en los últimos cinco años. • Residentes de larga duración (en la resolución hay que valorar antes de expulsar todos los vínculos con España, familiares , tiempo de residencia, etc) • Españoles de origen que hubiesen perdido la nacionalidad. • Beneficiarios de una prestación de incapacidad permanente, desempleo o una prestación asistencial • Familiares de cualquiera de los anteriores si ha residido dos años legalmente en España (cónyuge, ascendientes e hijos menores o mayores con discapacidad) • Embarazadas cuando haya riesgo para la gestación. La expulsión conlleva una prohibición de entrada sin límite mínimo y 5 años de máximo. En casos graves de orden público podría llegar a los 10 años. Cabe no imponerla cuando abandone durante el procedimiento de expulsión el territorio o revocarla si se ha ido en período de cumplimiento voluntario Atención porque una expulsión SE PUEDE REVOCAR en determinados supuestos.
  • 163. Una expulsión puede revocarse: víctimas de violencia o de trata o en casos de colaboración contra redes organizadas. Se valorará caso por caso, la revocación, cuando se presente una solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales
  • 164. Procedimiento ordinario, con carácter general. Procedimiento preferente, cuando hay riesgo de fuga o falta de colaboración o en caso de personas condenadas. Procedimiento del art. 57.7 de la LOEX para expulsar a personas que ya tienen expulsión y que están incursas en un procedimento penal para el que se prevean penas inferiores a 6 años. Aún no hay sentencia Art. 89 del Código Penal, ya hay condena inferior a 6 años. Se da audiencia a todas las partes interesadas.
  • 166. Acuerdo de Iniciación, 15 días para alegar y para proponer prueba, abriéndose un período de prueba de 10 a 30 días viendo el resultado de las Si se trata de expulsión se da pruebas, se formula UN PERÍODO VOLUNTARIO PROPUESTA DE de 15 días, minimo de 7, RESOLUCIÓN , fijando la máximo de 30. Salvo menores sancion y las medidas escolarizados hasta final de cautelares que no podrá ser curso, salvo otro progenitor. INTERNAMIENTO, O ARCHIVANDO Si no se va , se puede detener y expulsar en 72 horas o ingresar en el CIE. Trámite de 15 días para alegaciones y se manda a La resolución por la Subdelegación para que Subdelegación se en 10 resuelva. días salvo actuaciones complementarias en que se dará audiencia 7 días: Se decreta expulsión o multa
  • 168. Encontrarse irregularmente en territorio español si además concurre: • Riesgo de incomparecencia. • Que el extranjero evite o dificulte la expulsión, sin perjuicio de las actuaciones en ejercicio de sus derechos. • Que el extranjero represente un riesgo para el orden público, la seguridad pública o la seguridad nacional. Actividades contrarias a la seguridad nacional, orden público o perjudiciales para las relaciones internacionales de España. Favorecer con ánimo de lucro, individualmente la inmigración clandestina Incumplimiento de las medidas impuestas por razón de seguridad pública Realización de actividades contrarias al orden público graves Condena por pena superior a un año salvo antecedentes cancelados
  • 169. Acuerdo de Iniciación con abogado e La ejecución se intérprete, dando 48 realiza de forma horas para alegar. inmediata solicitando al juez el cese del internamiento si se En las alegaciones el hubiese ya acordado letrado puede pedir para la expulsión. prueba que se celebrará en tres días si La expulsión ha de se admite comunicarse al consulado o al Ministerio de Asuntos Exteriores. se hace una propuesta de resolución y se dan 48 horas al interesado La resolución por la para alegar y se manda Subdelegación se dicta a Subdelegación de forma inmediata
  • 170. Como medida cautelar el instructor puede pedir motivadamente al juez de instrucción el ingreso en el CIE por el tiempo imprescindible con un máximo de 60 días. El juez decide el internamiento. Si el juez lo deniega, el instructor podrá adoptar otras medidas: -Retirar pasaporte -Presentación periódica -Residencia obligatoria en un lugar
  • 171. TRÁMITES A SEGUIR PARA EXPULSAR A PERSONA EXTRANJERA CON EXPULSIÓN DECRETADA E INCURSA EN UN PROCEDIMIENTO PENAL
  • 172. El art. 57.7. Expulsión mixta. Especialidad administrativa y penal para extranjeros IMPUTADOS EN SITUACIÓN IRREGULAR:  En vía administrativa el extranjero ya está sancionado con expulsión ,  además está incurso en un procedimiento penal de delito o falta  se le puede sustituir el procesamiento por esa expulsión con prohibición de entrada de hasta 10 años, siempre que la pena prevista para el delito del que se le acusa sea inferior a 6 años (art. 57.7 de la LOEX) .  No cabe: En los casos en los artículos 312.1, 313.1 y 318 bis del Código Penal la expulsión se llevará a efecto una vez cumplida la pena privativa de libertad.
  • 173. EXPULSIÓN DE PERSONA EXTRANJERA CONDENADA A DELITOS DE MENOS DE 6 AÑOS EN SUSTITUCIÓN DE LA CONDENA
  • 174. Art. 89 CP- para personas CONDENADAS no residentes legales PENAS INFERIORES A 6 AÑOS : REGLA GENERAL Se sustituye la pena por expulsión salvo que el juez motivadamente aprecie razones que justifiquen el cumplimiento en España/ - Se decide en sentencia. Tb en auto CUALQUIERA QUE SEA LA PENA AL motivado posterior ACCEDER AL TERCER GRADO O A - archiva cualquier solicitud para LAS ¾ PARTES DE CONDENA : Lo residir y trabajar tiene que pedir el Ministerio fiscal - lleva aparejada prohibición de entrada de 5 a 10 años. (modulado) - Si regresa cumple prisión/ si es en frontera lo vuelven a expulsar y reanudación del cómputo de la prohibición de entrada. NORMAS COMUNES siempre con audiencia del penado que podrá exponer sus razones de arraigo y oponerse No es aplicable no en 312, 313, 318 bis si no está privado de libertad puede acordarse el internamiento en CIE con los límites de la LOEX Si no se puede ejecutar , se cumple la condena o suspensión o sustitución del art. 88. ATENCIÓN : NO DEBE SER RETROACTIVO SI NO ES MÁS FAVORABLE
  • 175. PRESCRIPCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES, DE LAS INFRACCIONES DE EXTRANJERÍA Y DE LAS SANCIONES