1. EL FUNCIONARIO PÚBLICO Y LA É T I CA PÚBLICA - Presentation Transcript
1. INTEGRANTES: Bastidas Naileth Valera Ana Suárez Jorver RÉGIMEN LEGAL DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA PROFESOR: NOEL RIVAS
2. CONTENIDO:
o - El Funcionario Público – Concepto – Clasificación
o - El Régimen de Permanencia - Régimen de Desincorporación
o La Ley del Estatuto de la Función Pública - La Ley Orgánica del Trabajo - La Ley Orgánica de
Procedimientos Administrativos - La Ética en la Función Pública
3. INTRODUCCIÓN
4. LEYES QUE RIGEN LA FUNCIÓN PÚBLICA Y SU FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela
5.
6. LEYES QUE RIGEN LA FUNCIÓN PÚBLICA Y SU FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Fundamentos
legales CONSTITUCIÓNDE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA T ÍTULO IV DEL PODER
PÚBLICO SECCIÓN III DE LA FUNCIÓN PÚBLICA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (*) (G. O.
37.522 de 06-09-2002) 4º Disposición. Numeral 5 Art. 144º. LEY ORGÁNICA DE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS (*) (G. O. 37.305 del 17-09-2001) DISPOSICIONES TRANSITORIAS REFORMA DE
LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO (*) 4º Disposición. Numeral 3
7. LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO (L.O.T) Objeto LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO (L.O.T) (G. O. Nº.
38.280 del 26-09-2005) Artículo 1º Normar “… sobre las situaciones y relaciones jurídicas derivadas del
trabajo como hecho social”.
8. LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO (L.O.T) Estructura
o T Í TULOS:
o Normas fundamentales
o De la relación de trabajo
o De la remuneración
o De las condiciones de trabajo
o Regímenes especiales
o De la protección laboral de la maternidad y la familia
o Derecho colectivo del trabajo
o De los infortunios en el trabajo
o De la administración y el trabajo
o De la representación de los trabajadores en la gestión
o De las sanciones Disposiciones finales Disposiciones transitorias
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO (L.O.T) (G. O. Nº. 38.280 del 26-09-2005)
9. LA LEY DE ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (L.E.F.P.) Objeto LEY DE ESTATUTO DE LA FUNCIÓN
PÚBLICA (L.E.F.P) (G. O. Nº. 37.522 del 06-09-2002) Exposición de Motivos Normar “… sobre el ingreso,
ascenso, traslado, suspensión y retiro de los funcionarios de la Administración Pública”.
10. LEY ORGÁNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (L.O.P.A) Objeto LEY ORGÁNICA DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (L.O.P.A) (G. O. Nº. 32.818 del 01-07-1981) Artículo 1º. Normar
“… los procedimientos de la Administración Pública Nacional y de la Administración Pública
Descentralizada, además de las Administraciones Estadales y Municipales, la Contraloría General de la
República y la Fiscalía General de la República ”.
11. LEY ORGÁNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (L.O.P.A) Estructura Título I. Disposiciones
Fundamentales. Capítulo I: Disposiciones Generales Capítulo II: De los Actos Administrativos Título II. De
la Actividad Administrativa. Capítulo I: Disposiciones Generales Capítulo II: De las Inhibiciones Capítulo
III: De los Términos y Plazos Capítulo IV: De la Recepción de Documentos Título III. Del Procedimiento
Administrativo. Capítulo I. Del Procedimiento Ordinario Capítulo II: Del Procedimiento Sumario Capítulo III:
Del Procedimiento en Casos de Prescripción Capítulo IV: De la Publicación y Notificación de los Actos
Administrativos Capítulo V: De la Ejecución de los Actos Administrativos Título IV: De la Revisión de los
Actos en Vía Administrativa. Capítulo I: De la Revisión del Oficio Capítulo II: De los Recursos
Administrativos Título V: De las Sanciones Título VI: Disposiciones Transitorias LEY ORGÁNICA DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (L.O.P.A) (G. O. Nº. 32.818 del 01-07-1981)
12. EL CONCEPTO DE FUNCIONARIO PÚBLICO Concepto “ Los funcionarios de la administración pública
son las personas incorporadas a la misma por una relación de servicios profesionales y retribuidos ,
regulada por el Derecho Administrativo”. Técnicos Auxiliares de Biblioteca (4ta Edición).Biblioteca de la
Universidad Complutense. Editorial Complutense. Madrid. 2002. Pág. 227.
13. EL FUNCIONARIO PÚBLICO EN LA LEY DE ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (L.E.F.P.) Definición
LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (G. O. Nº. 5557 del 13-11-2001) T ÍTULO I CAP ÍTULO I
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Art. 3º (DEFINICIÓN DE FUNCIONARIO PÚBLICO ) “ Funcionario o
funcionaria público será toda persona natural que, en virtud de nombramiento expedido por la autoridad
competente, se desempeñe en el ejercicio de una función pública remunerada, con carácter permanente”.
14. DEL SERVICIO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Requisitos para optar a cargos públicos según la
L.E.F.P
o Ser venezolano o venezolana.
o Ser mayor de dieciocho años de edad.
2. o Tener título de educación media diversificada.
o No estar sujeto o sujeta a interdicción civil o inhabilitación política.
o No gozar de jubilación o pensión otorgada por algún organismo del Estado, salvo para ejercer
cargos de alto nivel, caso en el cual deberán suspender dicha jubilación o pensión. Se exceptúan de
éste requisito la jubilación o pensión proveniente del desempeño de cargos compatibles.
o Reunir los requisitos correspondientes al cargo.
o Cumplir con los procedimientos de ingreso establecidos en esta Ley y su Reglamento, si fuere el
caso.
o Presentar declaración jurada de bienes.
o Los demás requisitos establecidos en las leyes.
T Í TULO III CAP ÍTULO I DISPOSICIONES GENERAL Art. 17
15. LA CLASIFICACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS (I) Clasificación según la ley del Estatuto de la
Función Pública T Í TULO III CAP Í TULO I DISPOSICIONES GENERAL Art. 19 FUNCIONARIO PÚBLICO
Clasificación DE CARRERA LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓNALTO NIVEL DE CONFIANZA
16. LA CLASIFICACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS (II) Clasificación según la ley del Estatuto de la
Función Pública 1 Carrera. 2 Libre nombramiento y remoción. Son todos aquellos “…quienes habiendo
ganado el concurso público,..” Y quienes hayan “… superado el período de prueba y en virtud de
nombramiento, presten servicios remunerado y con carácter permanente”. Son todos aquellos “…que son
nombrados y removidos libremente de sus cargos”. Tales cargos pueden ser de alto nivel o de confianza.
17. LA CLASIFICACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS (III) Los cargos de alto nivel de los funcionarios
de libre nombramiento y remoción
o El Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutivo.
o Los ministros o ministras.
o Los jefes o jefas de las oficinas nacionales…
o Los comisionados o comisionadas presidenciales.
o Los viceministros o viceministras.
o Los directores o directoras generales, … al servicio de la Presidencia de la República,
o Vicepresidencia Ejecutiva y Ministerios.
o Los miembros de las juntas directivas de los institutos autónomos nacionales.
o Los directores o directoras generales,… y …en los institutos autónomos.
o Los registradores … y notarios … públicos.
o El Secretario … de Gobierno de los estados.
o Los directores generales sectoriales de las gobernaciones, los directores de las alcaldías…
o Las máximas autoridades de los institutos autónomos estadales y municipales,….
T Í TULO III CAP ÍTULO I DISPOSICIONES GENERAL Art. 20 CARGOS DE ALTO NIVEL
18. LA CLASIFICACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS (IV) Los cargos de confianza de los funcionario
de libre nombramiento y remoción “ Los cargos de confianza serán aquellos cuyas funciones requieren un
alto grado de confidencialidad en los despachos de las máximas autoridades de la Administración Pública ,
de los viceministros o viceministras, de los directores o directoras generales y de los directores o
directoras o sus equivalentes. También se considerarán cargos de confianza aquellos cuyas funciones
comprendan principalmente actividades de seguridad del estado, de fiscalización e inspección, rentas,
aduanas, control de extranjeros y fronteras , sin perjuicio de lo establecido en la ley”. T ÍTULO III
CAP ÍTULO I DISPOSICIONES GENERAL Art. 21 CARGOS DE CONFIANZA
19. EL RÉGIMEN DE PERMANENCIA Y DESINCORPORACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS En la
Ley del Estatuto de la Función Pública
20. EL RÉGIMEN DE PERMANENCIA En la Ley del Estatuto de la Función Pública
21. EL RÉGIMEN DE PERMANENCIA EN LA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (I) Estructura
T Í TULO III Funcionarios y funcionarias públicos CAP ÍTULO II De los derechos CAP ÍTULO III Derechos
exclusivos CAP Í TULO IV Deberes y prohibiciones CAP ÍTULO V Incompatibilidades
22. EL RÉGIMEN DE PERMANENCIA EN LA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (II) Derechos
y Beneficios T Í TULO III Capítulo I Derechos y Beneficios Art. 22º . Recibir información de la
organización Art. 23º. Percibir remuneración de acuerdo al cargo Art. 24º. Disfrute de vacaciones
(quinquenal) Art. 25º. Bonificación de fin de año (90 días) Art. 26º. Permisos y licencias con o sin goce de
sueldos Art. 27º. Protección integral (Seguridad social) Art. 28º. Prestaciones y antigüedad (L.O.T) Art. 29º.
Protección integral a la maternidad LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO T ÍTULO IV De la Relación de
Trabajo Capítulo VI De la terminación de la relación de trabajo Artículo 108º LEY ORGÁNICA DEL
TRABAJO T ÍTULO I Normas fundamentales Capítulo I Disposiciones generales Artículo 8º
23. EL RÉGIMEN DE PERMANENCIA EN LA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (III) Derechos
Exclusivos Art. 30. Estabilidad en el cargo Art. 31. Derecho a Ascenso laboral Art. 32. Derecho a la
Organización sindical T Í TULO III Capítulo III Derechos exclusivos
24. EL RÉGIMEN DE PERMANENCIA EN LA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (IV) Deberes y
Prohibiciones Art. 33. Respecto a algunas Obligaciones Art. 34. Respecto a algunas prohibiciones
T Í TULO III Capítulo IV Derechos y prohibiciones
25. EL RÉGIMEN DE PERMANENCIA EN LA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (V)
Incompatibilidades Art. 35. Prohibición de desempeñar varios cargos públicos salvo excepciones (Cargos
académicos, accidentales o docentes) T Í TULO III Capítulo V Incompatibilidades
3. 26. EL RÉGIMEN DE DESINCORPORACIÓN En la Ley del Estatuto de la Función Pública
27. EL RÉGIMEN DE DESINCORPORACIÓN EN LA LEY DL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (I) El
retiro y reingreso T Í TULO V SISTEMA DE ADMINISTRACIÓNDE PERSONAL CAP ÍTULO VIII RETIRO
Y REINGRESO CAP ÍTULO I RESPONSABILIDADES CAP ÍTULO II RÉGIMEN DISCIPLINARIO
T Í TULO VI RESPONSABILIDADES Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO
28. EL RÉGIMEN DE DESINCORPORACIÓN EN LA LEY DL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (II) El
retiro y Reingreso T Í TULO V SISTEMA DE ADMINISTRACIÓNDE PERSONAL CAP ÍTULO VIII RETIRO
Y REINGRESO Art. 78º. “ El retiro de la Administración Pública procederá en los siguientes casos: 1.-
Renuncia 2.- Perdida de nacionalidad 3.- Interdicción civil 4.- Jubilación e invalidez 5.- Reducción de
personal 6.- Incurso en causal de destitución
29. EL RÉGIMEN DE DESINCORPORACIÓN EN LA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (III)
Responsabilidades T ÍTULO V RESPONSABILIDADES Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO CAP ÍTULO I
RESPONSABILIDADES Art. 79º. “ Los funcionarios o funcionarias públicas responderán penal, civil,
administrativa y disciplinariamente por los delitos, faltas, hechos ilícitos e irregularidades administrativas
cometidas en el ejercicio de sus funciones. Art. 80º. Art. 81º.
30. EL RÉGIMEN DE DESINCORPORACIÓN EN LA LEY DL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (IV)
Régimen disciplinario T Í TULO V RESPONSABILIDADES Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO CAP ÍTULO II
RÉGIMEN DISCIPLINARIO Art. 82º. Independientemente de las sanciones previstas en otras leyes
aplicables a los funcionarios o funcionarias públicos en razón del desempeño de sus cargos, estos
quedarán sujetos a las siguientes sanciones disciplinarias: Art. 83º. Art. 84º. Art. 85º. Art. 86º. 1.-
Amonestación Escrita y, 2.- Destitución
31. EL RÉGIMEN DE DESINCORPORACIÓN EN LA LEY DL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (V)
Causales de amonestación SANCIONES DISCIPLINARIAS AMONESTACIÓN Prescripción a los 6 (seis)
meses (Art. 87º) Negligencia en el cumplimiento de los deberes inherentes al cargo DESTITUCIÓN
Prescripción a los 8 (ocho) meses (Art. 88º) CAUSALES Art. 83º CAUSALES Art. 86º Perjuicio material
causado por negligencia Falta de atención debida al público Irrespeto a superiores, subalternos o
compañeros Inasistencia injustificada durante dos día hábiles durante un lapso de treinta días Realizar
campaña de tipo político o proselitista Perjuicio material severo causado intencionalmente o por
negligencia Abandono injustificado al trabajo durante 3 días hábiles en un lapso de 30 días Condena penal
o auto de responsabilidad administrativa Solicitar o recibir dinero valiéndose de su condición de
funcionario público Revelación de asuntos reservados o confidenciales
32. EL RÉGIMEN DE DESINCORPORACIÓN EN LA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (VI)
Procedimiento disciplinario de amonestación ( Art. 84 y 85) El Supervisor inmediato notificará por escrito
del hecho que se le imputa y demás circunstancias del caso al funcionario Cumplido lo anterior el
Supervisor emitirá un informe que contendrá una relación sucinta de los hechos y de las conclusiones a
que haya llegado. Dentro de los 5 días hábiles, el funcionario formulará los alegatos que tenga a bien
esgrimir en su defensa. Si se comprobare la responsabilidad, el Supervisor aplicará la sanción de
amonestación escrita. Contra la amonestación escrita el funcionario público podrá interponer, con carácter
facultativo, recurso jerárquico, sin necesidad del ejercicio previo del recurso de reconsideración, por ante
la máxima autoridad del órgano , dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha de su
notificación. SUPERVISOR INMEDIATO FUNCIONARIO PÚBLICO OFICINA DE RRHH 1 3 2 4 5 LEY
ORGÁNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS T ÍTULO III - Sección III Capítulo IV De la
publicación y notificación de los actos administrativos Art. 73º . Notificación y sus reglas. Art. 74 ª . De las
notificaciones defectuosas Art. 75º. Normas para entrega de la notificación Art. 76º. Forma alterna para
hacer efectiva la notificación Art. 77º. Información errónea en la notificación
33. EL RÉGIMEN DE DESINCORPORACIÓN EN LA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA (VII)
Procedimiento disciplinario de destitución (Art. 89) El funcionario de mayor jerarquía de la respectiva
unidad, solicitará a la Oficina de RRHH . la apertura de la averiguación. La Oficina de RRHH instruirá
expediente y determinará los cargos a ser formulado al funcionario investigado, si fuere el caso. Una vez
instruido el expediente, la Oficina de RRHH notificará al funcionario, para que ejerza su derecho a la
defensa. Al 5º día la Oficina de RRHH formulará los cargos a que hubiere lugar En el lapso de los 5 días
siguientes, el funcionario consignará su escrito de descargo Concluido el lapso de descargo se abrirá un
lapso de 5 días hábiles, para promoción y evacuación de pruebas Dentro de los 2 días hábiles siguientes
al vencimiento del lapso de pruebas, se remitirá el expediente a la Consultoría Jurídica para que opine
sobre la procedencia o no de la destitución Dentro de los 10 días hábiles siguientes de recibido el
expediente, La Consultoría Jurídica , deberá emitir la opinión correspondiente. La máxima autoridad
notificará al funcionario, a los fines de que éste acuda, si así lo considera, a la vía jurisdiccional. Dentro de
los 5 días hábiles, la máxima autoridad del órgano decidirá sobre la destitución del funcionario RÉGIMEN
DE LA NOTIFICACIÓN SUSTANCIACIÓN DEL EXPEDIENTE INICIACIÓN TERMINACIÓN RRHH
FUNCIONARIO PÚBLICO CONSULTOR ÍA JUR ÍDICA 1 2 3 4 6 5 7 8 10 9 L.O.P.A L.O.P.A L.O.P.A
L.O.P.A
34. ÉTICA El Hombre y la Ética
35. ÉTICA El Hombre y la Ética (Cortina, 1995), define la ética como “… una parte de la filosofía que
reflexiona sobre la moral, y por eso recibe también el nombre de -Filosofía moral ”. (Hortal, 1994), por su
parte nos muestra que “ La Ética o Filosofía moral es la parte de la Filosofía que trata de decir cómo
debemos actuar las personas y los grupos, buscando fundamentar racionalmente las normas y criterios
por los que se deben regir las personas y los grupos en sus actuaciones ”.
36. ÉTICA El Hombre y la Ética Acuñó el término “ ética ” extraído del nominativo plural neutro del adjetivo
ethikos y ethos que significa – carácter, forma de ser (originariamente: morada, lugar donde habían los
hombres o pacen los animales). Etimológicamente, pues, la ethica significaría: las cosas referentes al
carácter. El ethos puede ser tanto individual como social y se pone de manifiesto en la manera habitual de
actuar de un individuo o grupo Aristóteles (384 - 322 a. C.),
37. ÉTICA El Hombre y la Ética ÉTICA, TÉRMINO MEDIO Y ÉTICA PRÁCTICA. El ser humano alcanza la
felicidad mediante el ejercicio de las virtudes (aquello que le es propio), las virtudes intelectuales
(dianoéticas). Pero como no solamente tiene alma intelectiva, debe además, realizar las virtudes éticas,
ejercitar el control y la moderación, es decir, llevar a cabo el uso de la razón en sus acciones
habitualmente, como costumbre, hallando el término medio entre dos vicios o dos extremos . Si se
4. practica el uso de la razón (dianoéticas) y la moderación o aplicación de la razón a las acciones como
costumbre (éticas) el hombre verá realizado su ser y será feliz. Eudemonismo. Aristóteles (384 - 322 a.
C.),
38. ÉTICA El Hombre y la Ética La moral se refiere a la conducta del hombre que obedece a unos criterios
valorativos acerca del bien y del mal, mientras que la ética estudia la reflexión acerca de tales criterios,
así como de todo lo referente a la moralidad. Aristóteles (384 - 322 a. C.),
39. ÉTICA El Hombre y la Ética La ética pública es toda acción que ejerce el servidor público sin ocultar
ninguna información sobre sus hechos en el ejercicio de su desempeño laboral, en tanto que la ética
interactúa en la organización pública bajo la premisa de que las personas con calidad humana dan lugar a
una cultura de mayor calidad, ya que la cultura depende de quienes forman la organización, con sus
principios, valores y moral facilitando lo que se realiza y actuando bien, con acciones transparentes
40. Video El Hombre y la Ética
41. CONSTITUCION DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Fundamentos del servicio de los
ciudadanos y las ciudadanas en la Administración Pública
42. CONSTITUCION DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Fundamentos del servicio de los
ciudadanos y las ciudadanas en la Administración Pública T ÍTULO IV DEL PODER PÚBLICO Capítulo I
De las Disposiciones Fundamentales Sección Segunda: De la administración pública Artículo 141. La
Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios
de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y
responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho.
43. PRINCIPIOS Y VALORES Normas que enmarcan la conducta del funcionario público en el cumplimiento
de sus funciones. Ley del Estatuto de la Función Pública. Título III Capítulo II - (arts. 22º al 29 ) De los
Derechos de los Funcionarios o Funcionarias Públicos Capítulo III (art. 32º ) Derechos Exclusivos de los
Funcionarios o Funcionarias Públicos de Carrera Capítulo IV (artículos 33º y 34º ) Deberes y Prohibiciones
de los Funcionarios o Funcionarias Públicos
44. CÓDIGO DE CONDUCTA DE SERVIDORES PÚBLICOS Vigencia Rojas Pérez, M. (2006). La Ética en la
Administración Pública y el Código de Conducta de los Servidores Públicos. Caracas: FUDENA. “ Vale la
pena resaltar la plena vigencia del Código de Conducta de los Servidores Públicos. La promulgación del
Código de Conducta de los Servidores Públicos s realizó en plena videncia de la Ley de carrera
administrativa y su reglamento, bajo la égida de la derogada Constitución de 1961, lo cual podría hacer
dudar más de una persona sobre la validez del Código. Sin embargo, La CRBV en su disposición
derogatoria única, señala que todo lo que no contradiga los postulados constitucionales mantendrá su
plena vigencia. Y siendo que el CCSP en nada contraría la carta Magna de 1999, éste se encuentra
constitucionalmente en plena actualidad y por tanto perfectamente aplicable”
45. CÓDIGO DE CONDUCTA DE SERVIDORES PÚBLICOS Principios Éticos (art. 4º) Honestidad Equidad
Decoro Lealtad La vocación de servicio Disciplina Eficacia Responsabilidad Puntualidad Transparencia y
pulcritud.
46. CONCLUSIONES
47. Nota Periodística (L.O.T) http://www.radiofeyalegrianoticias.net/index.php?
option=com_content&view=article&id=4447%3Anueva-ley-organica-del-trabajo-debe-romper-dominacion-
&catid=70%3Aavances&Itemid=71
48. LA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA Y SU FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Normativa
Legal CONSTITUCIÓNDE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA T ÍTULO IV DEL PODER
PÚBLICO SECCIÓN III DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Art. 144º. “ La ley establecerá el Estatuto de la función
pública mediante normas sobre el ingreso, ascenso, traslado, suspensión y retiro de los funcionarios o
funcionarias de la Administración Pública, y proveerá su incorporación a la seguridad social. La ley
determinará las funciones y requisitos que deben cumplir los funcionarios públicos y funcionarias públicas
para ejercer sus cargos”.
49. LA LEY ORGÁNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SU FUNDAMENTO
CONSTITUCIONAL Normativa Legal Cuarta: Dentro del primer año, contado a partir de su instalación, la
Asamblea Nacional aprobará: CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DISPOSICIONES TRANSITORIAS 4º Disposición. Numeral 5 “ 5. La legislación referida al Sistema
Judicial, a la Administración Pública Nacional, al Poder Ciudadano, al Poder Electoral y a la legislación
tributaria, de régimen presupuestario y de crédito público”.
50. LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO Y SU FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Normativa Legal Cuarta:
Dentro del primer año, contado a partir de su instalación, la Asamblea Nacional aprobará:
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DISPOSICIONES TRANSITORIAS
4º Disposición. Numeral 3 “ 3. Mediante la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, un nuevo régimen para
el derecho a prestaciones sociales reconocido en el artículo 92 de esta Constitución, el cual integrará el
pago de este derecho de forma proporcional al tiempo de servicio y calculado de conformidad con el último
salario devengado, estableciendo un lapso para su prescripción de diez años. Durante este lapso,
mientras no entre en vigencia la reforma de la ley seguirá aplicándose de forma transitoria el régimen de la
prestación de antigüedad establecido en la Ley Orgánica del Trabajo vigente. Asimismo, contemplará un
conjunto de normas integrales que regulen la jornada laboral y propendan a su disminución progresiva,
en los términos previstos en los acuerdos y convenios de la Organización Internacional del Trabajo
suscritos por la República”.
51. LA LEY ORGÁNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (L.O.P.A) Y EL RÉGIMEN DE LA
NOTIFICACIÓN (I) En el Procedimiento disciplinario de amonestación y destitución LEY ORGÁNICA DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS T ÍTULO III - Sección III Capítulo IV De la publicación y
notificación de los actos administrativos Art. 73º . Se notificará a los interesados todo acto administrativo
de carácter particular que afecte sus derechos, debiendo contener la notificación el texto íntegro del acto,
e indicar si fuere el caso, los recursos que proceden con expresión de los términos para ejercerlos y de
los órganos o tribunales ante los cuales deban interponerse. Art. 74 ª . Las notificaciones que no llenen
todas las menciones señaladas en el artículo anterior se considerarán defectuosas y no producirán ningún
efecto. Art. 75º. La notificación se entregará en el domicilio o residencia del interesado o de su apoderado
y se exigirá recibo firmado en el cual se dejará constancia de la fecha en que se realiza el acto y del
contenido de la notificación, así como el nombre y cédula de identidad de la persona que la reciba. Art.
5. 76º. Cuando resulta impracticable la notificación en la forma prescrita en el artículo anterior, se procederá
a la publicación del acto en un diario de mayor circulación de la entidad territorial donde la autoridad que
conoce el asunto tenga su sede, y, en este caso, se entenderá notificado al interesado quince días
después de la publicación, circunstancia que se advertirá en forma expresa. Parágrafo único: En el caso de
no existir prensa diaria en la referida entidad territorial, la publicación se hará en un diario de gran
circulación de la capital de la República Art. 77º. Si sobre la base de información errónea, contenida en la
notificación, el interesado hubiere intentado algún procedimiento improcedente, el tiempo trascurrido no
será tomado en cuenta a los efectos de determinar el vencimiento de los plazos que le corresponden para
interponer el recurso apropiado .
52. LA LEY ORGÁNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (L.O.P.A) Y EL RÉGIMEN DE LA
NOTIFICACIÓN (II) En el Procedimiento disciplinario de amonestación y destitución LEY ORGÁNICA DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS T ÍTULO III - Sección III Capítulo IV De la publicación y
notificación de los actos administrativos Art. 73º . Se notificará a los interesados todo acto administrativo
de carácter particular que afecte sus derechos, debiendo contener la notificación el texto íntegro del acto,
e indicar si fuere el caso, los recursos que proceden con expresión de los términos para ejercerlos y de
los órganos o tribunales ante los cuales deban interponerse. Art. 74 ª . Las notificaciones que no llenen
todas las menciones señaladas en el artículo anterior se considerarán defectuosas y no producirán ningún
efecto. Art. 75º. La notificación se entregará en el domicilio o residencia del interesado o de su apoderado
y se exigirá recibo firmado en el cual se dejará constancia de la fecha en que se realiza el acto y del
contenido de la notificación, así como el nombre y cédula de identidad de la persona que la reciba. Art.
76º. Cuando resulta impracticable la notificación en la forma prescrita en el artículo anterior, se procederá
a la publicación del acto en un diario de mayor circulación de la entidad territorial donde la autoridad que
conoce el asunto tenga su sede, y, en este caso, se entenderá notificado al interesado quince días
después de la publicación, circunstancia que se advertirá en forma expresa. Parágrafo único: En el caso de
no existir prensa diaria en la referida entidad territorial, la publicación se hará en un diario de gran
circulación de la capital de la República Art. 77º. Si sobre la base de información errónea, contenida en la
notificación, el interesado hubiere intentado algún procedimiento improcedente, el tiempo trascurrido no
será tomado en cuenta a los efectos de determinar el vencimiento de los plazos que le corresponden para
interponer el recurso apropiado .
53. LA LEY ORGÁNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (L.O.P.A) El Procedimiento
Administrativo ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Iniciación Sustanciación
Terminación Es la primera y necesaria etapa de todo procedimiento. Iníciese de oficio o a solicitud de
parte interesada, todo procedimiento debe regirse por los principios y reglas de alcance general,
consagrados en esta ley. Artículo 48º (L.O.P.A) Etapa I T ÍTULO I – Del procedimiento administrativo
CAP ÍTULO I – Del procedimiento ordinario SECCIÓNI – De la iniciación del expediente
54. LA LEY ORGÁNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (L.O.P.A) El Procedimiento
Administrativo ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Iniciación Sustanciación
Terminación La instrucción o sustanciación del procedimiento constituye la etapa o fase fundamental del
mismo, ya que en ella (en su desarrollo o transcurso) se deben realizar los actos en virtud de los cuales
han de determinarse, conocerse y comprobarse los datos (de hecho y de derecho) sobre los que se va a
fundamentar la solución definitiva del procedimiento. Esto significa que la mayoría de los actos de
ordenación se llevan a cabo durante la instrucción. Etapa II Artículos 51 al 59º (L.O.P.A) T ÍTULO I – Del
procedimiento administrativo CAP ÍTULO I – Del procedimiento ordinario SECCIÓNII – De la
sustanciación del expediente
55. LA LEY ORGÁNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (L.O.P.A) El Procedimiento
Administrativo ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Iniciación Sustanciación
Terminación Es la etapa final del procedimiento. Consiste en adoptar el acto que pone fin al mismo. Es
fundamental acotar que todo procedimiento debería tener un fin normal, es decir a través de un acto
resolutorio que decide sobre lo planteado, esto ocurre durante la etapa de sustanciación. Sin embargo,
existen formas que se escapan de esta normalidad de la terminación del procedimiento, pero que el
ordenamiento jurídico atribuye la misma eficacia de darlo por terminado, como son la perención y el
desistimiento y por otra parte, el silencio administrativo de efectos negativos. Etapa III Artículos 60º al 66º
(L.O.P.A) T ÍTULO I – Del procedimiento administrativo CAP ÍTULO I – Del procedimiento ordinario
SECCIÓN III – De la terminación del procedimiento
56. LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO (L.O.T) Artículo 8º . Los funcionarios o empleados públicos
Nacionales, Estadales o Municipales se regirán por las normas sobre Carrera Administrativa Nacionales,
Estadales o Municipales, según sea el caso, en todo lo relativo a su ingreso, ascenso, traslado,
suspensión, retiro, sistemas de remuneración, estabilidad y régimen jurisdiccional; y gozarán de los
beneficios acordados por esta Ley en todo lo no previsto en aquellos ordenamientos. Los funcionarios o
empleados públicos que desempeñen cargos de carrera, tendrán derecho a la negociación colectiva, a la
solución pacífica de los conflictos y a la huelga , de conformidad con lo previsto en el Título VII de esta
Ley, en cuanto sea compatible con la índole de los servicios que prestan y con las exigencias de las
Administración Pública. Los obreros al servicio de los entes públicos estarán amparados por las
disposiciones de esta Ley. LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO T ÍTULO I Normas fundamentales Capítulo I
Disposiciones generales Artículo 8º
57. LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO (L.O.T) Régimen de Prestaciones. PARÁGRAFO SEXTO.- Los
funcionarios o empleados públicos nacionales, estadales o municipales, se regirán por lo dispuesto en este
artículo. LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO T ÍTULO IV De la Relación de Trabajo Capítulo VI De la
terminación de la relación de trabajo Artículo 108º
58. LA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA Y LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO Derechos y
Beneficios T Í TULO III Capítulo I Derechos y Beneficios Art. 22º . Recibir información de la organización
Art. 23º. Percibir remuneración de acuerdo al cargo Art. 24º. Disfrute de vacaciones (quinquenal) Art. 25º.
Bonificación de fin de año (90 días) Art. 26º. Permisos y licencias con o sin goce de sueldos Art. 27º.
Protección integral (Seguridad social) Art. 28º. Prestaciones y antigüedad (L.O.T) Art. 29º. Protección
integral a la maternidad LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO T ÍTULO IV De la Relación de Trabajo Capítulo
VI De la terminación de la relación de trabajo Artículo 108º LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO T ÍTULO I
Normas fundamentales Capítulo I Disposiciones generales Artículo 8º
6. 59. LA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA Derechos Exclusivos Art. 32. Derecho a la
Organización sindical T Í TULO III Capítulo III Derechos exclusivos
60. LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓNPÚBLICA Deberes y Prohibiciones Art. 33. Respecto a algunas
Obligaciones Art. 34. Respecto a algunas prohibiciones T ÍTULO III Capítulo IV Derechos y prohibiciones