Carta de Sabrina Shorff enviada al juez Kevin Castel
LA OIC
1. Organización para la Cooperación
Islámica
Organización para la Cooperación Islámica
2. Organización para la Cooperación
Islámica
es un organismo internacional que agrupa a los
estados de confesión musulmana, creado en 1969
durante la Conferencia de Rabat y formalizada dos
años después.
Su sede está en Yidda, en la costa de Arabia Saudí
con el mar Rojo. Sus miembros son 57, incluyendo a
la representación de la Autoridad Nacional
Palestina. El 28 de junio de 2011 se oficializó el
cambio de nombre,1 anteriormente se llamó:
Organización de la Conferencia Islámica.
3. Organización para la Cooperación
Islámica
Sus acciones se circunscriben a la actividad
colaborativa entre sus miembros, sobre todo en
la lucha contra el imperialismo, el
neocolonialismo y por la emancipación de
Palestina. Históricamente se celebraron diversos
congresos que contribuyeron con su desarrollo:
Lahore (1974), La Meca (1981), Casablanca
(1984), Kuwait (1987), Dakar (1991). Sus
repercusiones son menores que las de la Liga
Árabe.
5. OBJETIVOS
• Para mejorar y consolidar los lazos de fraternidad y
solidaridad entre los Estados miembros.
• A fin de salvaguardar y proteger los intereses comunes
y apoyar las causas legítimas de los Estados miembros
y coordinar y unificar los esfuerzos de los Estados
miembros en vista de los desafíos que enfrenta el
mundo islámico en particular ya la comunidad
internacional en general
• Respetar el derecho a la autodeterminación y la no
injerencia en los asuntos internos y respetar la
integridad de la soberanía, la independencia y
territorial de cada Estado miembro;
6. OBJETIVOS
• Para apoyar el restablecimiento de la plena soberanía y la
integridad territorial de cualquier Estado miembro en
virtud de la ocupación, como consecuencia de la agresión,
sobre la base del derecho internacional y de la cooperación
con las organizaciones internacionales y regionales
pertinentes.
• Para garantizar la participación activa de los Estados
Miembros en la decisión global política, económica y social
los procesos de toma de asegurar sus intereses comunes.
• Promover las relaciones interestatales basadas en la
justicia, el respeto mutuo y la buena vecindad para
garantizar la paz, la seguridad y la armonía.
• Hagan todos los esfuerzos para lograr el desarrollo
sostenible y humano integral y el bienestar económico en
un Estado miembro
7. OBJETIVOS
• Reafirmar su apoyo a los derechos de los pueblos tal como
se estipula en la Carta de las Naciones Unidas y el derecho
internacional.
• Para apoyar y empoderar al pueblo palestino a ejercer su
derecho a la libre determinación ya establecer su Estado
soberano con Alquds Alsharif como su capital,
salvaguardando al mismo tiempo su carácter histórico e
islámica, así como los lugares santos en el mismo.
• Fortalecer la cooperación intra-islámico económica y
comercial; para lograr integración económica que condujo
al establecimiento de un Mercado Común Islámico.
• Difundir, promover y preservar las enseñanzas y los valores
islámicos basados en la moderación y la tolerancia, la
promoción de la cultura islámica y salvaguardar el
patrimonio islámico.
8. OBJETIVOS
• Para proteger y defender la verdadera imagen del
Islam, para luchar contra la difamación del Islam y
fomentar el diálogo entre las civilizaciones y las
religiones.
• Mejorar y desarrollar la ciencia y la tecnología y
fomentar la investigación de una cooperación entre los
Estados miembros en estos ámbitos.
• Promover y proteger los derechos humanos y las
libertades fundamentales, incluidos los derechos de las
mujeres, niños, jóvenes, ancianos y personas con
necesidades especiales, así como la preservación de los
valores familiares islámicos.
• A destacar, proteger y promover el papel de la familia
como la unidad natural y fundamental de la sociedad
9. OBJETIVOS
• Para salvaguardar los derechos, la dignidad y la
identidad religiosa y cultural de las comunidades y
minorías musulmanas en los Estados no miembros.
• Promover y defender la posición unificada sobre
cuestiones de interés común en los foros
internacionales.
• Para cooperar en la lucha contra el terrorismo en todas
sus formas y manifestaciones, la delincuencia
organizada, el tráfico ilícito de drogas, la corrupción, el
lavado de dinero y tráfico de personas.
• Para cooperar y coordinar en las emergencias
humanitarias, como los desastres naturales.
• Promover la cooperación en los ámbitos social, cultural
y de información entre los Estados miembros
10. ORGANISMOS
• Cumbre Islámica
• Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores
• Comités Permanentes
• Comité Ejecutivo
• internacional
• Tribunal islámico de Justicia
• Comisión Independiente Permanente de los Derechos
Humanos
• Comité de Representantes Permanentes
• Secretaría General
• Órganos Subsidiarios
• Instituciones Especializadas
• Instituciones Afiliadas
11. AGENCIAS ESPECIALIZADAS
• Centro de Investigación y Formación
Estadística, Económica y Social
• Agencia Internacional Islámica de Noticias
• Banco Islámico de Desarrollo
12. FINANCIACION
El presupuesto de la Secretaría General y Órganos
Subsidiarios serán sufragados por Estados miembros en
proporción con sus ingresos nacionales.
La Organización podrá, con la aprobación de la Cumbre
Islámica o el Consejo de Ministros de Relaciones
Exteriores, creación de fondos especiales y dotaciones
(habices) sobre una base voluntaria aportada por los
Estados miembros, personas y organizaciones.
Estos fondos y fundaciones deberán someterse al sistema
financiero de la Organización y serán censuradas por el
Organo de Control de Finanzas anualmente
13. RATIFICACIÓN Y ENTRADA EN VIGOR
• La presente Carta será aprobado por el Consejo de
Ministros de Relaciones Exteriores por una mayoría de
dos tercio y estará abierto a la firma y ratificación por
los Estados miembros de conformidad con los
procedimientos constitucionales de cada Estado
miembro.
• Los instrumentos de ratificación se depositarán en
poder del Secretario General de la Organización.
• Esta carta sustituye a la Carta de la Organización de la
Conferencia Islámica que se registró de conformidad
con el artículo 102 de la Carta de las Naciones Unidas
para el 01 de febrero 1974
14. 57 PAISES MIEMBROS
• Afganistán
• Albania
• Arabia Saudita
• Argelia
• Azerbaiyán
• Baréin
• Bangladés
• Benín
• Brunéi
• Burkina Faso
• Camerún
• Catar
• Chad
• Comoras
• Costa de Marfil
15. 57 PAISES MIEMBROS
• Egipto
• Emiratos Árabes Unidos
• Gabón
• Gambia
• Guinea
• Guinea-Bisáu
• Guyana
• Indonesia
• Irán
• Irak
• Jordania
• Kazajistán
• Kirguistán
• Kuwait
• Líbano
• Libia
• Malasia
• Maldivas
17. Países observadores
• Bosnia y Herzegovina, desde 1994
• República Centroafricana, desde 1997
• República Turca del Norte de Chipre,
informalmente desde 1979, oficialmente
desde 2004
• Tailandia, desde 1998
• Rusia, desde 2005