2. OBJETIVO:
MEJORAR LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN,
DEBIENDO LLEGAR ÉSTA
A TODOS LOS JÓVENES, SIN EXCLUSIONES.
CALIDAD EQUIDAD
DOS PRINCIPIOS INDISOCIABLES
3. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
1.- PROPORCIONAR UNA EDUCACIÓN DE CALIDAD A
TODOS LOS CIUDADANOS DE AMBOS SEXOS, EN
TODOS LOS NIVELES DEL SISTEMA EDUCATIVO.
Se trata de conseguir que todos los ciudadanos alcancen el
máximo desarrollo posible de sus capacidades, para lo que
necesitan recibir una educación de calidad adaptada a sus
necesidades.
Al mismo tiempo, se debe garantizar a todos los alumnos
una igualdad efectiva de oportunidades, mediante los
apoyos necesarios, tanto para los alumnos que lo requieran
como para los centros en los que están escolarizados.
4. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
2.- EL PRINCIPIO ANTERIOR EXIGE INELUDIBLEMENTE
LA REALIZACIÓN DE UN ESFUERZO COMPARTIDO. LA
NECESIDAD DE QUE TODOS LOS COMPONENTES DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA COLABOREN
Sin un esfuerzo personal, fruto de una actitud responsable
y comprometida con la propia formación, es muy difícil
conseguir el pleno desarrollo de las capacidades
individuales.
La responsabilidad del éxito escolar de todo el alumnado
no sólo recae sobre los alumnos y las alumnas
individualmente considerados, sino también sobre sus
familias, el profesorado, los centros docentes, las
Administraciones educativas y, en última instancia, sobre la
sociedad en su conjunto.
5. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Las familias habrán de colaborar estrechamente y deberán
comprometerse con el trabajo cotidiano de sus hijos y con la vida
de los centros docentes.
Los centros y el profesorado deberán esforzarse por construir
entornos de aprendizaje ricos, motivadores y exigentes
Las Administraciones educativas tendrán que facilitar a todos los
componentes de la comunidad escolar el cumplimiento de sus
funciones, proporcionándoles los recursos que necesitan y
reclamándoles al mismo tiempo su compromiso y esfuerzo
La sociedad, en suma, habrá de apoyar al sistema educativo y
crear un entorno favorable para la formación personal a lo largo
de toda la vida.
6. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Una de las consecuencias más relevantes del principio del
esfuerzo compartido consiste en la necesidad de llevar a cabo
una escolarización equitativa del alumnado entre los distintos
centros docentes
Se trata de que todos los centros, tanto los de titularidad
pública como los concertados, asuman su compromiso
social con la educación y realicen una escolarización sin
exclusiones, acentuando así el carácter complementario
de ambas redes escolares, aunque sin perder su
singularidad.
A cambio, todos los centros sostenidos con fondos
públicos deberán recibir los recursos materiales y
humanos necesarios para cumplir sus tareas.
7. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
3.- COMPROMISO DECIDIDO CON LOS OBJETIVOS
EDUCATIVOS PLANTEADOS POR LA UNIÓN
EUROPEA PARA LOS PRÓXIMOS AÑOS.
La Unión Europea se ha propuesto mejorar la calidad y la eficacia
de los sistemas de educación y de formación, lo que implica:
• mejorar la capacitación de los docentes,
• desarrollar las aptitudes necesarias para la sociedad del
conocimiento,
• garantizar el acceso de todos a las TICs,
• aumentar la matriculación en los estudios científicos y técnicos
• aprovechar al máximo los recursos disponibles.
Facilitar el acceso generalizado a los sistemas de educación y formación
Abrir estos sistemas al mundo exterior, lo que exige reforzar los lazos
con la vida laboral, con la investigación y con la sociedad en general,
desarrollar el espíritu emprendedor, mejorar el aprendizaje de idiomas
extranjeros, aumentar la movilidad y los intercambios y reforzar la
cooperación europea.
8. Enseñanzas del Sistema Educativo
DE RÉGIMEN GENERAL
• Educación superior:
• Educación infantil – F. P. Grado Superior
• Educación primaria – Enseñanzas artísticas
• Educación Secundaria: superiores
– Enseñanzas de Artes
– Educación Secundaria Plásticas y Diseño de
Obligatoria Grado superior
– Educación Secundaria – Enseñanzas deportivas de
Postobligatoria:
Grado Medio
• Bachillerato – Enseñanzas Universitarias
• F. P. de Grado Medio
• Enseñanzas de Artes
Plásticas y Diseño de Grado DE RÉGIMEN ESPECIAL :
Medio
• Enseñanzas deportivas de
Grado Medio • Enseñanzas Artísticas
• Enseñanzas de Idiomas
• Enseñanzas Deportivas
9. ENSEÑANZA BÁSICA
La enseñanza básica comprende
la Educación Primaria y
la Educación Secundaria Obligatoria.
La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
La enseñanza básica incluye diez años de escolaridad.
Se iniciará a los seis años de edad y
se extenderá hasta los dieciséis.
No obstante, los alumnos tendrán derecho
a permanecer en régimen ordinario
cursando la enseñanza básica
hasta los dieciocho años de edad
10. CURRíCULO
Se entiende por currículo el conjunto de objetivos,
competencias básicas, contenidos, métodos
pedagógicos y criterios de evaluación
Con el fin de asegurar una formación común y garantizar la
validez de los títulos correspondientes, el Gobierno fijará, en
relación con los objetivos, competencias básicas, contenidos
y criterios de evaluación, los aspectos básicos del currículo
que constituyen las enseñanzas mínimas
Los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas
requerirán el 55 por ciento de los horarios escolares para las
Comunidades Autónomas que tengan lengua cooficial y el 65
por ciento para aquéllas que no la tengan.
11. EDUCACIÓN INFANTIL
• La educación infantil tiene carácter voluntario
• Su finalidad es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo,
social e intelectual de los niños.
• La educación infantil contribuirá a desarrollar en los niños y
niñas las capacidades que les permitan:
– a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades
de acción y aprender a respetar las diferencias
– b) Observar y explorar su entorno familiar, natural y social.
– c) Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades
habituales.
– d) Desarrollar sus capacidades afectivas.
– e) Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas
elementales de convivencia y relación social y ejercitarse en la
resolución pacífica de conflictos.
– f) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y
formas de expresión.
– g) Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lecto-
escritura y en el movimiento, el gesto y el ritmo .
12. EDUCACIÓN INFANTIL
• La etapa de educación infantil se organiza en dos
ciclos:
– El primero comprende hasta los tres años, y
– el segundo, desde los tres a los seis años de edad.
• En ambos ciclos se atenderá:
– al desarrollo afectivo,
– al movimiento y los hábitos de control corporal,
– a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje,
– a las pautas elementales de convivencia y relación social y
– al descubrimiento de las características físicas y sociales del
medio en el que viven
Se facilitará que:
– elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y
– adquieran autonomía personal.
13. EDUCACIÓN INFANTIL
− Los contenidos educativos de la educación infantil se
organizarán en áreas correspondientes a ámbitos
propios de la experiencia y del desarrollo infantil y se
abordarán por medio de actividades globalizadas que
tengan interés y significado para los niños.
– Se procurará que niños y niñas:
• aprendan a hacer uso del lenguaje,
• descubran las características físicas y sociales del medio
en el que viven,
• elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y
• adquieran los hábitos básicos de comportamiento que les
permitan una elemental autonomía personal.
14. EDUCACIÓN INFANTIL
• Las Administraciones educativas fomentarán:
– una primera aproximación a la lengua extranjera en el
segundo ciclo, especialmente en el último año.
– una primera aproximación a la lectura y a la escritura
– experiencias de iniciación temprana en habilidades
numéricas básicas
– la iniciación temprana en el uso de las tecnologías de la
información y de la comunicación.
– La expresión visual y musical
• Los métodos de trabajo en ambos ciclos
– se basarán en las experiencias, las actividades y el juego y
– se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, para
potenciar su autoestima e integración social.
15. PROFESORADO DE EDUCACIÓN INFANTIL
• Primer ciclo:
– Profesionales que posean el título de Maestro con la
especialización en educación infantil y, en su caso, de otro
personal con la debida titulación para la atención a las
niñas y niños de esta edad.
– En todo caso, la elaboración y seguimiento de la propuesta
pedagógica estarán bajo la responsabilidad de un
profesional con el título de Maestro de educación infantil.
• Segundo ciclo:
– Será impartido por profesores con el título de Maestro y la
especialidad en educación infantil y podrán ser apoyados,
en su labor docente, por maestros de otras especialidades
cuando las enseñanzas impartidas lo requieran.
16. EDUCACIÓN INFANTIL
• Las Administraciones públicas promoverán un
incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en
el primer ciclo. A tal fin, determinarán las condiciones
en las que podrán establecerse convenios con las
corporaciones locales, otras Administraciones y
entidades privadas sin fines de lucro.
• El segundo ciclo de la educación infantil será gratuito.
• Las Administraciones educativas garantizarán la
existencia de plazas suficientes en los centros públicos
y concertarán con centros privados en el contexto de su
programación educativa.
17. EDUCACIÓN PRIMARIA
• La educación primaria comprende seis cursos académicos, que se
cursarán ordinariamente entre los seis y los doce años de edad.
• La finalidad de la educación primaria es proporcionar a todos los
niños y niñas una educación que permita:
– Afianzar su desarrollo personal y su propio bienestar,
– Adquirir las habilidades culturales básicas relativas a
• la expresión y comprensión oral,
• la lectura, la escritura y el cálculo,
– Desarrollar:
• las habilidades sociales,
• los hábitos de trabajo y estudio,
• el sentido artístico, la creatividad y la afectividad.
• La acción educativa en esta etapa procurará la integración de las
distintas experiencias y aprendizajes del alumnado y se adaptará
a sus ritmos de trabajo.
18. EDUCACIÓN PRIMARIA
• Se organizará en tres ciclos de dos años cada uno
• Las áreas de esta etapa serán:
– Conocimiento del medio natural, social y cultural.
– Educación artística.
– Educación física.
– Lengua castellana
– Lengua extranjera.
– Matemáticas.
• En uno de los cursos del tercer ciclo de la etapa, se añadirá la de
educación para la ciudadanía y los derechos humanos, en la que se
prestará especial atención a la igualdad entre hombres y mujeres.
• En el tercer ciclo de la etapa, las Administraciones educativas podrán
añadir una segunda lengua extranjera.
• La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo del
alumnado.
19. EDUCACIÓN PRIMARIA
• En esta etapa se pondrá especial énfasis en la atención a la
diversidad del alumnado, en la atención individualizada, en la
prevención de las dificultades de aprendizaje y en la puesta
en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se
detecten estas dificultades.
• Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las áreas
de la etapa,
– la comprensión lectora,
– la expresión oral y escrita,
– la comunicación audiovisual,
– las tecnologías de la información y la comunicación y
– la educación en valores,
se trabajarán en todas las áreas.
• A fin de fomentar el hábito de la lectura se dedicará un
tiempo diario a la misma.
20. EDUCACIÓN PRIMARIA
EVALUACIÓN:
– Continua y global y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de
las áreas.
– Los alumnos que no hayan alcanzado alguno de los objetivos podrán
pasar al ciclo siguiente siempre que esa circunstancia no les impida
seguir con aprovechamiento el nuevo curso. En este caso recibirán
los apoyos necesarios para recuperar dichos objetivos.
– Cuando un alumno no haya alcanzado las competencias básicas,
podrá permanecer un curso más en el mismo ciclo . Esta medida
podrá adoptarse una sola vez a lo largo de la Educación Primaria y
con un plan específico de refuerzo o recuperación de sus
competencias básicas.
– Cada alumno dispondrá al finalizar la etapa de un informe sobre su
aprendizaje, los objetivos alcanzados y las competencias básicas
adquiridas.
– Se establecerán medidas de coordinación para garantizar la
continuidad de su proceso de formación
21. EDUCACIÓN PRIMARIA
– EVALUACIÓN de DIAGNÓSTICO:
Al finalizar el segundo ciclo de la educación primaria todos
los centros realizarán una evaluación de diagnóstico de las
competencias básicas alcanzadas por sus alumnos.
Esta evaluación, competencia de las Administraciones
educativas, tendrá carácter formativo y orientador para los
centros e informativo para las familias y para el conjunto de
la comunidad educativa.
22. PROFESORADO DE EDUCACIÓN PRIMARIA
– Para impartir las enseñanzas de educación primaria
será necesario:
• Tener el título de Maestro de educación primaria, sin
perjuicio de la habilitación de otras titulaciones
universitarias que, a efectos de docencia pudiera establecer
el Gobierno para determinadas áreas.
– La educación primaria será impartida por maestros,
que tendrán competencia en todas las áreas de este
nivel.
– La enseñanza de la música, de la educación física,
de los idiomas extranjeros o de aquellas otras
enseñanzas que determine el Gobierno, serán
impartidas por maestros con la especialización o
cualificación correspondiente.
23. PROPUESTA DE DECRETO DE
ENSEÑANZA DE EDUCACIÓN
PRIMARIA DE ANDALUCÍA
(ASPECTOS DESTACABLES)
24. Decreto de Enseñanza de Educación
Primaria de Andalucía (Aspectos destacables)
• COMPETENCIAS BÁSICAS como referente
• La LECTURA como factor esencial en el desarrollo de las competencias
básicas. Para ello, los centros dedicarán a la lectura un tiempo diario no
inferior a 30 minutos en todos los cursos de la etapa.
• Organización de las enseñanzas: Áreas de conocimiento:
conocimiento
– a) Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural.
– b) Educación Artística.
– c) Educación Física.
– d) Lengua Castellana y Literatura
– e) Lengua Extranjera.
– f) Matemáticas.
– Educación para la ciudadanía y los derechos humanos en tercer ciclo.
– Segunda lengua extranjera en tercer ciclo.
• Matemáticas, Lengua castellana y literatura y Lengua extranjera se les
otorga carácter instrumental.
• Uso de las TIC en los procesos de E-A y en el trabajo del alumnado.
25. Decreto de Enseñanza de Educación Primaria de
Andalucía (Aspectos destacables)
ÁREAS 1º CICLO 2º CICLO 3º CICLO
Conocimiento del medio natural, 175/5/6 175/5 140/4
social y cultural
Educación artística 105/3/4 105/3 105/3
Educación física 105/3/6 105/3 105/3
Lengua castellana y literatura 315/9/10 280/8 280/8
Lengua extranjera 105/3/5 140/4 140/4
Matemáticas 175/5/10 210/6 175/5
Religión 105/3/4 105/3 105/3
Educación para la ciudadanía y los - - 50/1,4
derechos humanos
Recreo …/…/5
Segunda lengua Extranjera ?
TOTAL 1.085/31/50 1.120/32/50 1.100/31,4/50
26. Decreto de Enseñanza de Educación
Primaria de Andalucía (Aspectos destacables)
• Evaluación:
– Continua y global, través de la observación continuada de la evolución
del proceso de aprendizaje y de la maduración personal.
– Referente fundamental: los criterios de evaluación de las áreas.
– Medidas de refuerzo educativo: cuando el progreso de un alumno no sea el
adecuado, se adoptarán en cualquier momento del curso.
– El profesorado está obligado a evaluar la propia práctica docente.
• Promoción del alumnado.
– Por decisión colegiada del equipo docente, con el asesoramiento del
orientador, oída su familia o tutores legales.
– Cuando se considere que ha alcanzado el desarrollo correspondiente de las
competencias básicas y el adecuado grado de madurez o que los
aprendizajes no alcanzados no impidan seguir con aprovechamiento (el
alumnado recibiría ayuda para recuperar dichos aprendizajes).
– Informe de aprendizaje: al finalizar la etapa e incluirá los objetivos
alcanzados y las competencias básicas adquiridas.
– Repetición: Una sola vez a lo largo de la etapa y deberá ir acompañada de
un programa específico de recuperación.
27. Decreto de Enseñanza de Educación
Primaria de Andalucía (Aspectos destacables)
• Los centros educativos incluirán en sus proyectos
educativos las medidas de atención a la diversidad, tanto
organizativas como curriculares, tan pronto como se
detecten dificultades de aprendizaje.
• Medidas.
– Concreción y desarrollo del currículo
– Agrupamientos flexibles abiertos y no discriminatorios
– Desdoblamientos de grupos
– Apoyo en grupos ordinarios
– Programas de apoyo, refuerzo y recuperación
– Programas de adaptación curricular.
28. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
• La etapa de educación secundaria obligatoria comprende
cuatro cursos, que se seguirán ordinariamente entre los
doce y los dieciséis años.
• La finalidad de la educación secundaria obligatoria es:
– lograr que los alumnos y alumnas adquieran los elementos
básicos de la cultura, especialmente en sus aspectos
humanístico, artístico, científico y tecnológico ;
– desarrollar y consolidar en ellos hábitos de estudio y de
trabajo;
– prepararles para su incorporación a estudios posteriores y para
su inserción laboral y
– formarlos para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la
vida como ciudadanos.
• Se prestará especial atención a la orientación educativa
y profesional del alumnado.
29. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
• Las Administraciones educativas regularán las medidas de atención a
la diversidad, organizativas y curriculares, que permitan a los centros
una organización flexible de las enseñanzas. Entre estas medidas:
– las adaptaciones del currículo,
– La integración de materias en ámbitos
– los agrupamientos flexibles,
– los desdoblamientos de grupos,
– la oferta de materias optativas,
– programas de refuerzo, y programas de tratamiento personalizado
para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo.
• Los centros educativos tendrán autonomía para organizar los
grupos y las materias de manera flexible y para adoptar las
medidas de atención a la diversidad adecuadas a las
características de su alumnado.
• Las medidas de atención a la diversidad no podrán, en ningún
caso, suponer una discriminación que impida a los alumnos
alcanzar dichos objetivos y la titulación correspondiente.
30. Organización de las materias
CURSOS DE 1º, 2º Y 3º
En todos los cursos En al menos uno de Optativas
ellos
• Ciencias de la • Educación para la La oferta de optativas
Naturaleza* ciudadanía y los deberá incluir:
• Educación Física derechos humanos.
• CC.SS.: Geografía e • Una segunda lengua
En alguno/s de ellos
Historia extranjera
• Lengua castellana y • Educación plástica y
Literatura visual
• Cultura Clásica
• Lengua Extranjera • Música
• Matemáticas • Tecnologías
*En el tercer curso podrá desdoblarse en Biología-Geología y Física-Química
En los cursos primero y segundo los alumnos cursarán un máximo de
dos materias más que en sexto curso de educación Primaria
31. Organización de las materias
CUARTO CURSO
Todos los alumnos: Tres materias de las siguientes:
• Educación Física • Biología y geología
• Educación ético-cívica • Educación Plástica y visual
• CC. SS.: Geografía e Historia • Física y química
• Lengua castellana y Literatura • Informática
• Lengua Extranjera • Latín
• Matemáticas • Música
• Segunda lengua extranjera
• Tecnología
Una o más materias optativas
• A fin de orientar la elección de los alumnos, se podrán establecer
agrupaciones de estas materias en diferentes opciones.
• Los centros deberán ofrecer la totalidad de las materias y opciones
citadas en los apartados anteriores. Sólo se podrá limitar la elección de
materias y opciones a los alumnos cuando haya un número insuficiente de
los mismos para alguna de ellas según los criterios de la Administración
32. OTROS ASPECTOS DE INTERÉS
Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de
las materias de la etapa:
• la comprensión lectora,
• la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual,
• las tecnologías de la información y la comunicación y
• la educación en valores
se trabajarán en todas las áreas.
Los centros educativos podrán organizar, de acuerdo con lo
que regulen las Administraciones educativas, programas de
refuerzo de las capacidades básicas para aquellos alumnos
que, en virtud del informe (de primaria), así lo requieran, para
poder seguir con aprovechamiento las enseñanzas de la
educación secundaria.
33. PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS
• Tener en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje
• Favorecer la capacidad de aprender por sí mismos
• Promover el trabajo en equipo
En esta etapa se prestará una atención especial a la adquisición y el
desarrollo de las competencias básicas, la correcta expresión oral y
escrita y el uso de las matemáticas. Para promover el hábito de la
lectura se dedicará un tiempo a la misma en todas las materias.
En los primeros cursos de la etapa, los profesores con la debida
cualificación podrán impartir más de una materia al mismo grupo de
alumnos.
La tutoría personal de los alumnos y el funcionamiento de mecanismos
de orientación constituirán un elemento fundamental en la ordenación
de esta etapa.
Se proveerán soluciones específicas para la atención de aquellos
alumnos que manifiesten dificultades especiales de aprendizaje o de
integración en la actividad ordinaria de los centros, de los alumnos de
alta capacidad intelectual y de los alumnos con discapacidad.
34. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
EVALUACIÓN
• La evaluación del proceso de aprendizaje será continua y
diferenciada según las distintas áreas del currículo.
• Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a
otro, dentro de la etapa, y sobre la obtención del título al final de la
misma serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de
profesores del alumno respectivo, atendiendo a la consecución de
las competencias básicas y los objetivos del curso o la etapa.
• Promoción de curso:
– Cuando el alumno haya superado los objetivos de las materias
cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo.
– Repetirán cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias.
– Excepcionalmente con evaluación negativa en tres materias si el
equipo docente considera que la naturaleza de las misma no le impide
seguir con éxito el curso siguiente, considera que tiene expectativas
de recuperación y que dicha promoción beneficiará su evolución
académica.
35. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
EVALUACIÓN
• Con el fin de facilitar a los alumnos la recuperación de las materias con
evaluación negativa, los centros organizarán las oportunas pruebas
extraordinarias en las condiciones que se determinen.
• Los alumnos que promocionen sin haber superado todas las materias
seguirán los programas de refuerzo que en su caso establezca el equipo
docente y deberán superar las evaluaciones correspondientes a dichos
programas de refuerzo.
• El alumno podrá repetir curso una sola vez y dos veces como máximo
dentro de la etapa. Cuando esta segunda repetición se produzca en el
último curso de la etapa se prolongará en un año el límite de edad.
Excepcionalmente, un alumno podrá repetir una segunda vez en cuarto
curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa
• Los alumnos de cuarto curso de educación secundaria obligatoria
podrán realizar una prueba extraordinaria de las materias que no hayan
superado.
36. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
– EVALUACIÓN de DIAGNÓSTICO:
Al finalizar el segundo curso de la educación secundaria
obligatoria todos los centros realizarán una evaluación de
diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas por sus
alumnos.
Esta evaluación, competencia de las Administraciones
educativas, tendrá carácter formativo y orientador para los
centros e informativo para las familias y para el conjunto de
la comunidad educativa.
37. PROPUESTA DE DECRETO DE ENSEÑANZA
DE EDUCACIÓN SECUNDARIA DE
ANDALUCÍA (ASPECTOS DESTACABLES)
38. Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de
Andalucía (Aspectos Destacables)
• Disposiciones de carácter general:
– Carácter obligatorio y gratuito (12 a 16 años y hasta 18,
cumplidos en el año en que finalice el curso)
– Organización en materias y, en su caso, ámbitos.
– Organización conforme a los principios de educación común
y atención a la diversidad.
– Coherencia con la primaria y con las enseñanzas posteriores.
– Mayor énfasis en las materias de carácter instrumental.
39. Decreto de Enseñanza de Educación
Decreto de Enseñanza de Educación
Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)
Secundaria de Andalucía
• Currículo:
– Los elementos que lo conforman: objetivos, competencias básicas,
contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación, se
desarrollarán por Orden.
• Incluirá:
– Elementos transversales: el fortalecimiento de los derechos humanos, las
libertades fundamentales, los valores de una sociedad libre y
democrática.
– El conocimiento y el respeto a los valores de la Constitución Española y
el Estatuto de Autonomía para Andalucía.
– El aprecio de la contribución de las mujeres a la historia de la
humanidad.
– La educación para la adquisición de hábitos de vida saludable, para el
desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente.
– La presencia de contenidos y actividades relacionadas con el medio
natural, la historia, la cultura y otros hechos diferenciadores de
Andalucía.
– Formación suficiente para la utilización de las T.I.C.
40. Decreto de Enseñanza de Educación
Decreto de Enseñanza de Educación
Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)
Secundaria de Andalucía
• Define e incluye las competencias básicas (8) establecidas en el Marco Europeo de
Referencia (Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa):
– De comunicación lingüística
– De razonamiento matemático
– De conocimiento e interacción con el mundo físico y natural
– De conocimiento digital y de tratamiento de la información
– Social y ciudadana
– Cultural y artística
– De actitudes para el aprendizaje autónomo a lo largo de la vida
– Para la autonomía e iniciativa personal.
• La organización y funcionamiento de los centros, las actividades docentes, las
formas de relación que se establezcan entre los integrantes de la comunidad
educativa y las actividades complementarias y extraescolares contribuirán al logro
de las competencias básicas.
• La lectura constituye un factor esencial para el desarrollo de las competencias
básicas. Los centros programarán un tiempo semanal, no inferior a una hora,
dedicado a la lectura en todos los cursos de la etapa.
41. Decreto de Enseñanza de Educación
Decreto de Enseñanza de Educación
Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)
Secundaria de Andalucía
Los métodos pedagógicos estarán enfocados:
• Consideración de la atención a la diversidad y del acceso de
todo el alumnado a la educación común.
• Trabajo individual y cooperativo del alumnado.
• Trabajo en equipo y multidisciplinar del profesorado.
Coordinación entre los miembros del equipo docente.
• Inclusión obligatoria en las programaciones didácticas de
actividades para que el alumnado lea, escriba y se exprese de
forma oral.
42. Decreto de Enseñanza de Educación
Decreto de Enseñanza de Educación
Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)
Secundaria de Andalucía
• Los centros dispondrán de autonomía.
– Para la elaboración de las propuestas pedagógicas de cada una de las
materias y, en su caso, ámbitos.
– Para organizar y distribuir el tiempo escolar.
– Para establecer los procedimientos y criterios de evaluación.
– Para la aplicación de las medidas de atención a la diversidad
– El Plan de Orientación y Acción Tutorial.
– Para planificar la cooperación con las familias.
– Para las experimentaciones, planes de trabajo, etc.
– Para que los departamentos desarrollen las programaciones de las
distintas materias. Estas contemplarán: medidas de atención a la
diversidad trabajos con el alumnado de carácter interdisciplinar,
proyectos documentales integrados, etc.
43. Decreto de Enseñanza de Educación
Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)
Organización de las enseñanzas: 1º y 2º
• Materias obligatorias en 1º y 2º:
– a) Ciencias de la Naturaleza
– b) Educación Física
– c) Ciencias Sociales, Geografía e Historia
– d) Lengua Castellana y Literatura
– e) Primera Lengua Extranjera
– f) Matemáticas
• Música y Educación Plástica y Visual se cursarán en en 1º ó 2º,
sin que puedan coincidir en el mismo curso.
• Tecnologías se cursará en 2º.
44. Decreto de Enseñanza de Educación
Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)
Organización de las enseñanzas: 1º y 2º
• Optativas: El alumnado cursará una materia (si cursa
programas de refuerzo de materias instrumentales
básicas podrá quedar exento).
– En 1º los centros educativos ofertarán obligatoriamente:
• una Segunda Lengua Extranjera,
• Cambios Sociales y Género
• Tecnología Aplicada
– En 2º los centros educativos ofertarán obligatoriamente:
• una Segunda Lengua Extranjera
• Cambios Sociales y Género
• Métodos de la Ciencia
45. Decreto de Enseñanza de Educación
Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables
Organización de las enseñanzas: 3º
• Materias obligatorias:
– a) Ciencias de la Naturaleza (podrá ser desdoblada por cuatrimestres en las
disciplinas Biología y Geología y Física y Química, manteniendo su carácter
unitario a efectos de evaluación y promoción del alumnado).
– b) Educación Física.
– c) Ciencias Sociales, Geografía e Historia.
– d) Lengua castellana y Literatura.
– e) Primera lengua extranjera.
– f) Matemáticas.
– g) Tecnologías.
– h) Educación para la ciudadanía y los derechos humanos
• Materias Optativas: El alumnado cursará una materia.
• Los centros educativos ofertarán obligatoriamente:
– una Segunda Lengua Extranjera,
– Cambios Sociales y Género
– Cultura Clásica.
– otras materias optativas elegidas por el propio centro.
46. Decreto de Enseñanza de Educación
Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables
Organización de las enseñanzas: 4º
• Materias obligatorias: • Además, el alumnado cursará
tres materias entre:
– a) Educación Física
– b) Educación Ético-Cívica – a) Biología y Geología
– c) Ciencias Sociales, – b) educación Plástica y Visual
Geografía e Historia – c) Física y Química
– d) Lengua Castellana y – d) Informática
Literatura – e) Latín
– e) Matemáticas. – f) Música
– f) Primera Lengua – g) Segunda Lengua Extranjera
Extranjera.
– h) Tecnología.
Los centros educativos:
• Podrán establecer agrupaciones de materias en diferentes opciones,
dado el carácter orientador del cuarto curso.
• Podrán ofertar la materia de Matemáticas organizada en dos opciones.
48. Decreto de Enseñanza de Educación
Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)
EVALUACIÓN
La evaluación se caracteriza:
• Por ser continua y diferenciada según las materias.
• Por realizarse por el profesorado, preferentemente, a través de la observación
continuada de la evolución del proceso de aprendizaje de cada alumno o
alumna.
• Por la actuación del equipo docente de manera colegiada bajo la
coordinación del tutor.
• Por la aplicación de medidas de refuerzo educativo cuando el progreso de
un alumno no sea el adecuado. Decisión que se adoptará en cualquier momento
del curso
• Porque el profesorado está obligado a evaluar la planificación de la enseñanza
y su propia práctica docente, la programación didáctica y el desarrollo real
del currículo en relación con el contexto y las especificidades del alumnado.
49. Decreto de Enseñanza de Educación
Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)
PROMOCIÓN
• Se decidirá por el equipo docente de forma colegiada y asesorada por el
departamento de orientación.
• Paso al curso siguiente con evaluación negativa hasta en dos materias, como
máximo.
• Excepcionalmente con tres si la naturaleza de las materias no impide seguir
con éxito el curso siguiente, tiene expectativas favorables de recuperación, a
partir de las competencias básicas alcanzadas, y dicha promoción beneficiará su
evolución académica y personal.
• Programa de recuperación de los aprendizajes para quien promocione con
materias pendientes o de refuerzo si son instrumentales.
• Repetición:
– Una sola vez en el mismo curso.
– Dos veces como máximo a lo largo de la etapa.
– Dos veces en 4º curso si no ha repetido con anterioridad en la etapa.
• La repetición irá acompañada de un Plan específico personalizado y orientado
a que supere las dificultades detectadas.
• - Pruebas extraordinarias de recuperación: Serán organizadas a criterio de
los centros.
50. Decreto de Enseñanza de Educación
Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)
TITULACIÓN
El título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria lo
obtendrán:
– Cuando se superen todas las materias, y en su caso ámbitos, de la etapa
– Cuando, con evaluación negativa en 1 o 2 materias, y, excepcionalmente,
en 3, el equipo docente considere que su naturaleza y peso en el conjunto
de la etapa, no impide alcanzar las competencias básicas y los objetivos.
– Los alumnos que cursen programas de diversificación curricular:
• si superan todos los ámbitos y materias que integran el programa
• si superan dos ámbitos, si tienen evaluación negativa en 1 o 2 materias, y,
excepcionalmente, en 3, siempre que el equipo docente considere que han
alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa.
– Si cursan un programa de cualificación profesional inicial y superan los
módulos de carácter voluntario.
– El alumnado que al finalizar la etapa no haya obtenido el título
dispondrá de 2 años de convocatorias anuales para su obtención, siempre
que el número de éstas no sea superior a 5.
51. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
Los alumnos que al terminar la educación secundaria obligatoria
hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la
etapa obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria.
El título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
permitirá acceder al bachillerato, a la formación profesional de
grado medio, a los ciclos de grado medio de artes plásticas y
diseño, a las enseñanzas deportivas de grado medio y al mundo
laboral.
Los alumnos que cursen la educación secundaria obligatoria y no
obtengan el título al que se refiere este artículo recibirán un
certificado de escolaridad en el que consten los años cursados.
52. BACHILLERATO
• El Bachillerato tiene como finalidad
– proporcionar a los alumnos formación, madurez
intelectual y humana,
– conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar
funciones sociales e incorporarse a la vida activa con
responsabilidad y competencia.
– Asimismo, capacitará a los alumnos para acceder a la
educación superior.
• Podrán acceder a los estudios del bachillerato los
alumnos que estén en posesión del título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
53. BACHILLERATO
• El Bachillerato comprenderá dos cursos académicos.
• Los alumnos podrán permanecer cursando el Bachillerato en
régimen ordinario durante cuatro años.
• Las modalidades:
a) Artes
b) Ciencias y Tecnología
c) Humanidades y Ciencias Sociales
• Cada una de las modalidades podrá organizarse en distintas
vías que faciliten una especialización de los alumnos para su
incorporación a los estudios posteriores o a la vida activa.
54. BACHILLERATO
El Bachillerato se organizará en:
Asignaturas Asignaturas Asignaturas de
comunes específicas optativas
Contribuirán a la Proporcionarán al alumnado una formación
formación general de más especializada, preparándolos y
los alumnos orientándolos hacia estudios posteriores y
hacia la actividad profesional.
Materias Comunes:
• Ciencias para el Mundo Contemporáneo
• Educación Física
• Filosofía y ciudadanía
• Historia de la Filosofía
• Historia de España
• Lengua Castellana y Literatura
• Lengua Extranjera
55. BACHILLERATO
• Los centros ofrecerán la totalidad de las materias y, en su
caso, vías de cada modalidad.
• Sólo se podrá limitar la elección de materias y vías por parte de
los alumnos cuando haya un número insuficiente de los
mismos, según los criterios objetivos establecidos
previamente.
• Cuando la oferta de materias en un centro quede limitada por
razones organizativas, las Administraciones educativas
facilitarán que los alumnos puedan cursar alguna materia en
otros centros o mediante la modalidad de educación a
distancia.
• Se regulará el régimen de reconocimiento recíproco entre los
estudios de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio
a fin de que puedan ser tenidos en cuenta los estudios
superados, aun cuando no se haya alcanzado la titulación
correspondiente.
56. BACHILLERATO
Principios Pedagógicos
• Las actividades educativas en el Bachillerato
favorecerán:
– la capacidad del alumno para aprender por sí mismo,
– para trabajar en equipo y
– para aplicar los métodos de investigación apropiados.
• Se promoverán las medidas necesarias para que
en las distintas materias
– se desarrollen actividades que estimulen el interés y el
hábito de la lectura y
– la capacidad de expresarse correctamente en público
57. BACHILLERATO
EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
•El profesor correspondiente decidirá, al término de cada
curso, si el alumno ha superado los objetivos de la materia.
•Los alumnos promocionarán de primero a segundo de
bachillerato cuando hayan superado las materias cursadas
o tengan evaluación negativa en dos materias, como
máximo. En este caso, deberán matricularse en segundo
curso de las materias pendientes de primero. Los centros
educativos deberán organizar las consiguientes actividades
de recuperación y la evaluación de las materias pendientes.
•Los alumnos podrán realizar una prueba extraordinaria de
las materias que no hayan superado.
58. BACHILLERATO
• Los alumnos que cursen satisfactoriamente el
bachillerato en cualquiera de sus modalidades
recibirán el Título de Bachiller, que tendrá efectos
laborales y académicos.
• Para obtener el título será necesaria la evaluación
positiva en los dos cursos de bachillerato.
• El título de Bachiller facultará para acceder a las
distintas enseñanzas que constituyen la educación
superior
59. FORMACIÓN PROFESIONAL
La formación profesional comprende el conjunto de acciones
formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las
diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación
activa en la vida social, cultural y económica.
Incluye:
– las enseñanzas propias de la formación profesional inicial,
– las acciones de inserción y reinserción laboral de los trabajadores
– las acciones orientadas a la formación continua en las empresas,
que permitan la adquisición y actualización permanente de las
competencias profesionales.
La regulación contenida en la presente Ley se refiere a la
formación profesional inicial que forma parte del sistema
educativo
La formación profesional en el sistema educativo comprende un
conjunto de ciclos formativos de grado medio y de grado
superior, que estarán referidos al Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales y constituirán, respectivamente, la
formación profesional de grado medio y la formación profesional
de grado superior
60. FORMACIÓN PROFESIONAL
La formación profesional, en el sistema educativo,
tiene por finalidad:
– preparar a los alumnos y las alumnas para la
actividad en un campo profesional y facilitar su
adaptación a las modificaciones laborales que
pueden producirse a lo largo de su vida,
– contribuir a su desarrollo personal y
– al ejercicio de una ciudadanía democrática.
61. FORMACIÓN PROFESIONAL
Podrán cursar la formación profesional:
– De grado medio quienes se hallen en posesión del título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
– De grado superior quienes se hallen en posesión del título de
Bachiller.
– Prueba de acceso:
Grado Medio: Mayores de diecisiete años
Grado Superior: Mayores de diecinueve años o dieciocho si
posee un Título de Técnico relacionado con el que se desea
obtener
Quedarán exentos de parte de las pruebas quienes hayan
superado un programa de cualificación profesional inicial,
un ciclo formativo de grado medio, estén en posesión de
un certificado de profesionalidad relacionado con el ciclo
formativo que se pretende cursar o acrediten una
determinada cualificación o experiencia laboral.
Las Administraciones educativas podrán programar y
ofertar cursos destinados a la preparación de estas
pruebas
62. FORMACIÓN PROFESIONAL
EVALUACIÓN:
– La evaluación del aprendizaje del alumnado en los ciclos formativos se
realizará por módulos profesionales.
– La superación de un ciclo formativo requerirá la evaluación positiva en
todos los módulos que lo componen.
TITULACIÓN Y CONVALIDACIONES
– Los alumnos que superen las enseñanzas de formación profesional de
grado medio recibirán el título de Técnico de la correspondiente
profesión. El título de Técnico, permitirá el acceso directo a todas las
modalidades de Bachillerato.
– Los alumnos que superen las enseñanzas de formación profesional de
grado superior obtendrán el título de Técnico Superior. El título de
Técnico Superior permitirá el acceso a los estudios universitarios que
se determinen.
– El Gobierno, regulará el régimen de convalidaciones entre estudios
universitarios y estudios de formación profesional de grado superior.
– Aquellos alumnos que no superen en su totalidad las enseñanzas de
cada uno de los ciclos formativos recibirán un certificado académico
de los módulos superados que tendrá efectos de acreditación parcial
acumulable de las competencias profesionales adquiridas en relación
con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.
63. EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN
Alumnado con necesidad específica de
apoyo educativo:
Alumnado que presenta necesidades educativas
especiales.
Alumnado con altas capacidades intelectuales
Alumnado con integración tardía en el sistema
educativo español.
Compensación de las desigualdades en
educación
Escolarización en centros públicos y
concertados
64. CENTROS DOCENTES
Tipología:
Centros públicos, son aquellos cuyo titular sea
una administración pública.
Centros privados son aquellos cuyo titular sea
una persona física o jurídica de carácter privado
Centros privados concertados los centros
privados acogidos al régimen de conciertos
legalmente establecido.
65. ENSEÑANZA DE LA RELIGIÓN
– La enseñanza de la religión católica, será de oferta
obligatoria para los centros y voluntaria para los alumnos.
A tal fin, se incluirá la religión católica en los niveles
educativos que corresponda.
– La enseñanza de otras religiones se ajustará a los
acuerdos suscritos, o que pudieran suscribirse, entre el
Estado español y las correspondientes confesiones
religiosas (actualmente: Federación de Entidades
Religiosas Evangelistas, Federación de Comunidades
Israelitas y Comisión Islámica de España).
– Los profesores que impartan la enseñanza de las
religiones deberán cumplir los requisitos de titulación
establecidos para las distintas enseñanzas reguladas en la
presente Ley.
66. CALENDARIO DE APLICACIÓN
Antes del 31/12/2006:
– Las enseñanzas mínimas de Ed. Infantil,
Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
– Las características básicas de la Prueba de
Acceso a la Universidad.
– Regulación de la Ordenación general de la FP
– Enseñanzas mínimas y efectos de los certificados
de las Escuelas Oficiales de Idiomas
– PDC
67. CALENDARIO DE APLICACIÓN
Antes del 31/12/2007:
– Los requisitos mínimos de los centros de 0-3 años. (tres
años para la adaptación)
Curso 2007/2008:
– Se implantan 1º y 2º de Ed. Primaria
– Se implantan 1º y 3º de E.S.O.
Curso 2008/2009:
– Se implanta la Educación Infantil (1º y 2º Ciclo)
– Se implantan 3º y 4º de Ed. Primaria.
– Se implantan 2º y 4º de ESO
– Implantación de los PCPI
– Evaluación de diagnóstico
– Se implanta 1º de Bachillerato
68. CALENDARIO DE APLICACIÓN
Curso 2009/2010:
– Se implantan 5º y 6º de Ed. Primaria
– Cada alumno, informe de su aprendizaje.
– Se implanta 2º de Bachillerato
– PAU conforme a la LOE