2. TEMARIO
ANTECEDENTES
• TRATADO DE ROMA
• TRATADO DE FUSIÓN
• TRATADO SOBRE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
• TRATADO DE ADHESIÓN
• TRATADO SOBRE LAS DISPOSICIONES FINANCIERAS
• TRATADO DE ADHESIÓN
• FIRMA DEL ACTA ÚNICA EUROPEA
• TRATADO MAASTRICHT
• TRATADO DE ÁMSTERDAM
• TRATADO DE NIZA
• TRATADO DE LISBOA
• CONSTITUCIÓN EUROPEA
VALORES COMPARTIDOS
• Idioma, Ciudadanía, Bandera, Himno, Lema, Tradiciones.
DIVERSAS POLÍTICAS
• FISCALIDAD
CONCLUSIONES
3. Abg. Pastora Seiva Aguilar
, integrada por Bélgica, los
Países Bajos (Holanda) y Luxemburgo en el año 1948.
En Movimiento Paneuropa.
en Viena primer congreso Paneuropa.
Unión Federal Europea.
Estados Unidos de Europa.
Segunda Guerra Mundial.
1. Conciencia de los Europeos de su propia debilidad.
2. La unidad era el camino para garantizar la paz
entre Francia y Alemania.
3. Deseo de crear un continente libre, justo y
próspero.
Discurso Universidad Zurich-Primer ex ministro
británico, Wiston Churchill.
Commonweilh:
• Zona de libre comercio, integrada por Inglaterra y las ex colonias
del Imperio Británico, para facilitar el intercambio de bienes a
través de la regulación de normas jurídicas unificadas en relación
con la reducción o eliminación de las barreras aduaneras.
4. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Plan Marschall. Organización para la Cooperación
Económica Europea (OCEE).
1. Agrupó gran parte de países de Europa Occidental.
2. Ayudo a liberalizar el comercio entre los estados miembros
3. Introdujo ideas sobre acuerdos monetarios, desarrollo y
cooperación económica.
Unión Aduanera Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo.
Arancel Exterior Común. (creado en 1944 antes 1er guerra
mundial).
Fundación de la OTAN- Europa-E.E.U.U y Canadá.
Concejo de Europa. Fomentar la cooperación política
entre los países Europeos. Reforzar el sistema democrático
y los D.H.
Declaración Schuman. Primer paso para la creación de la
CEE. Para Integrar y Gestionar en común la producción
franco-alemana del Carbón y del Acero (CECA).
5. Abg. Pastora Seiva Aguilar
"Señores, no es cuestión de vanas palabras, sino de un acto, atrevido y
constructivo. Francia actúa y las consecuencias de su acción pueden ser
inmensas. Así lo esperamos. Francia actúa por la paz (...) y asocia a
Alemania. Europa nace de esto, una Europa sólidamente unida y
fuertemente estructurada. Una Europa donde el nivel de vida se elevará
gracias a la agrupación de producciones y la ampliación de mercados que
provocarán el abaratamiento de los precios. (...) Europa no se hará de
golpe, ni en una obra de conjunto, se hará por medio de realizaciones
concretas, que creen, en primer lugar, una solidaridad de hecho. El
gobierno francés propone que se someta el conjunto de la producción
franco-alemana de carbón y acero bajo una autoridad común, en una
organización abierta a la participación de otros países de Europa. La
puesta en común de la producción del carbón y del acero asegurará
inmediatamente el establecimiento de bases comunes de desarrollo
económico, primera etapa de la Federación Europea…”
Declaración Schumann. 19 de Mayo de 1950
6. Abg. Pastora Seiva Aguilar
TRATADO DE ROMA
TRATADO DE FUSIÓN
TRATADO SOBRE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
TRATADO DE ADHESIÓN
TRATADO SOBRE LAS DISPOSICIONES FINANCIERAS
TRATADO DE ADHESIÓN
FIRMA DEL ACTA ÚNICA EUROPEA
TRATADO MAASTRICHT
TRATADO DE ÁMSTERDAM
TRATADO DE NIZA
TRATADO DE LISBOA
CONSTITUCIÓN EUROPEA
7. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Se materializó el Plan
Schuman, con el
tratado de París,
naciendo la primera
Comunidad Europea
del Carbón y el Acero,
(C.E.C.A.), presidida
por Jean Monnet, a la
cual se le unieron;
Francia, Alemania,
Italia, Bélgica, Países
Bajos y Luxemburgo,
conocido como el
grupo de Los Seis
En la conferencia de
Messina, los ministros
de asuntos exteriores
del grupo de los
seis, presidida por el
belga Paul
Spakk, lograron
acuerdos que hicieron
posible la
construcción de la
nueva Europa.
Firmó el
, Creó la
Comunidad
Económica Europea
(CEE) y la Comunidad
Europea de la
Energía Atómica
(EURATOM), para
desarrollar la
industria nuclear.
8. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Compromisos Adquiridos:
Establecimiento de los fundamentos de la unión.
Objetivo político de integración entre los diversos países
miembros. Sin embargo, lo que se creó prácticamente fue una
unión aduanera, derivando el Mercado Común.
Se acordó un término de 12 años, dividió en 4 etapas. Art. 8.
Extinguir los impuestos aduaneros entre los países miembros.
Adoptaron una política agrícola común (PAC).
Garantía a un nivel de ingresos suficiente al evitar la
competencia de estos productos de otros países.
En : Se creó en el Fondo Europeo de Orientación y
Garantía Agrícola (FEOGA), absorbiendo la mayor parte del
presupuesto comunitario el proyecto PAC.
9. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Prohibición de monopolios, algunas políticas comunes de
transportes, y la concesión de algunos privilegios comerciales a los
territorios coloniales de los estados miembros.
Creación de un mercado común, de una unión aduanera y de políticas
comunes. Precisando claramente que la principal misión para la cual
es creada la Comunidad, es para la constitución de un mercado
común, estableciendo las acciones tendentes al cumplimiento de su
objetivo.
Artículo 2:
“La comunidad tendrá por misión promover mediante el
establecimiento de un mercado común y la aproximación progresiva
de las políticas de los estados miembros, un desarrollo armonioso de
las actividades económicas en el conjunto de la Comunidad, un
desarrollo continuo y equilibrado, una mayor estabilidad, una
creciente elevación del nivel de vida y un estrechamiento de las
relaciones entre los estados miembros”
10. Abg. Pastora Seiva Aguilar
El mercado común establece cuatro libertades a saber: La libre
circulación de personas, servicios, mercancías y capitales. Igualmente
determina un espacio geográfico donde persigue instaurar la libre
comercialización entre los países miembros.
Instituciones legalmente constituidas con jerarquía supranacional:
El Consejo de Ministros: Conformado por los representantes de los
gobiernos de los Estados miembros. Detenta las competencias de la
toma de decisiones. Está asistido por el Comité de Representantes
Permanentes (COREPER), quienes preparan su trabajo y ejecutan los
mandatos.
La Comisión: Es un órgano colegiado independiente de los gobiernos
de los estado miembros, nombrado de común acuerdo, que formula
propuestas y actos comunitarios, representa el interés común.
Detenta el monopolio de la iniciativa legislativa al Concejo de
Ministros. Guardiana de los tratados, es la encargada de velar por la
aplicación de los tratados. Dispone de un conjunto de medios para
controlar a los Estados miembros y a las empresas, así como también
dispone de un poder de ejecución.
11. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Parlamento Europeo: Poder de dictamen y sus miembros aún no se
eligen por sufragio universal directo. Cumple una función consultiva.
El Comité Económico Social; interviene para casos específicos. .
12. Abg. Pastora Seiva Aguilar
La supresión de los derechos aduaneros entre los Estados miembros, el
control aduanero exterior común, acompañada de las políticas
comerciales común a nivel comunitario, es la diferencia que marca a
la unión aduanera de un asociación para libre comercio y la cual va a
permitir el desarrollo de las economías de los Estados que en esa
comunidad participan.
Artículo 235,preve que un Estado miembro, pueda proponer a la
comisión previa consulta al parlamento, cualquier acción que resulte
necesaria para lograr el funcionamiento del mercado común, hace
posible el ensanchamiento de los ámbitos que puede abarcar el
mercado común en beneficio de la comunidad.
Políticas comunes establecidas en el Tratado:
Política Agrícola común, establecida en los artículos 38 al 47.
Política Comercial Común, artículos 110 al 116.
Política de Transporte Común artículos 74 al 84.
13. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Fondo Social Europeo: Mejoramiento de la clase trabajadora, en
procura de una mejor calidad de vida. Las cuales persigue
desarrollarlas en toda la comunidad a través de los recursos
administrados por el Banco Europeo de Inversiones.
Seguidamente, la dinámica del comercio mismo, hizo posible que se
suscitarían cambios desde y durante la extinta CEE, ahora Unión
Económica, los cuales son agregados al Tratado de la Unión Europea,
como hoy en día pasó a ser, la comunidad económica europea, entre
los cuales tenemos:
En 1965, se firmó el Tratado de Bruselas, conocido como el Tratado de
Fusión. Se sustituyó a los consejos de Ministros de la CEE, CECA y
EURATOM, y a las Comisiones de la CEE y EURATOM. Así como también,
a la Alta Autoridad CECA, por un Concejo y una Comisión única. Y la
constitución de un presupuesto único para su funcionamiento.
14. Abg. Pastora Seiva Aguilar
En , Se sustituyó el
financiamiento de las Comunidades
por Contribuciones de los Estado
miembros, por el sistema de Recursos
Propios, y el establecimiento de un
presupuesto único.
15. Abg. Pastora Seiva Aguilar
1987 Primera de las reformas de los Tratados:
Entra en vigencia el Acta Única Europea aprobada en 1986, Se
modificaron los tratados suscritos que dieron nacimiento a la
integración de las comunidades europeas, tales como;
El Tratado de París de 1951, para crear la CECA, el Tratado de
Roma, constituyendo la CEE y el EURATOM. Donde se acordó la
extensión de casos donde se requiere mayoría cualificada en el
Concejo y se reforzó el Parlamento Europeo, en cuanto a los
procedimientos de cooperación y amplió las competencias
Comunitarias.
.
A través de la cual él presidente Francés; Jacques Delors dijo.
“El Acta única es, en una frase, la obligación de realizar
simultáneamente el gran mercado sin fronteras, más la cohesión
económica y social, una política europea de investigación y
tecnología, el reforzamiento del Sistema Monetario Europeo, el
comienzo de un espacio social europeo y de acciones significativas en
materia de medio ambiente”.
16. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Entre los principales cambios que se produjeron en el Acta única,
tenemos:
1.-En el plano institucional:
Creación del Concejo Europeo (CE), donde los jefes de estado y de
gobierno se reunirían periódicamente, para la implementación de las
estrategias en la búsqueda de grandes negociaciones políticas entre
los estados miembros.
Reforzó los poderes al Parlamento Europeo
Principales medidas:
“La comunidad adoptará medidas encaminadas al progresivo
establecimiento del mercado único durante un período que concluiría
el 31 de diciembre de 1992...(lo que significará) un área sin fronteras
en el que el libre movimiento de bienes, personas, servicios y capital
está asegurado”. Esta ambiciosa aspiración, concretada en 282
medidas concretas fue ampliamente alcanzada en el plazo previsto. El
mercado común se hacía una completa realidad.
17. Abg. Pastora Seiva Aguilar
2.- Implementación de medidas para coordinar las políticas
monetarias de los estados miembros, en la búsqueda de la
materialización de una unión desde el ámbito económico y monetario.
3.- Promover la integración de los derechos sociales, en cuanto a la
salud y la seguridad de los trabajadores, la investigación y
tecnología, y el medio ambiente.
4.- Reformar el apoyo financiero a los Fondos
Estructurales, (Orientación y Garantías Agrícolas (FEOGA)), Fondo
Social Europeo (FSE), Fondo Europeo de Desarrollo Regional
(FEDER), con el fin último de lograr una mayor cohesión económica-
social entre los países miembros.
18. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Tratado de la Unión Europea o Tratado de Maastricht (1986-1992)
Vocación de unidad política, al sobrepasar el objetivo
económico inicial de la Comunidad Europea.
Modificó el Tratado de París de 1951 que creó la CECA.
Modificó el Tratado de Roma de 1957, donde se instituyó la
CEE y el EURATOM.
Modificó el Acta única Europea de 1986.
Cambios realizados:
Consagra oficialmente el nombre de “UNIÓN EUROPEA”.
El término UNIÓN es utilizado desde el inicio del tratado para darle
significado histórico. Artículo A 2e:
“El presente Tratado constituye una nueva etapa en el proceso creador
de una Unión cada vez más estrecha entre los pueblos de Europa”
Su estructura se basa en tres pilares, que tienen que ver con la forma
como se toman las decisiones y con las competencias de las
instituciones comunitarias.
19. Abg. Pastora Seiva Aguilar
CENTRAL: Pilar Comunitario, recoge los tratados comunitarios y las
diferentes reformas; El Mercado único, La Unión Económica y
Monetaria, La PAC, los fondos estructurales y de cohesión. Las
decisiones se toman cada vez es por mayoría y el papel de las
instituciones comunitarias es esencial.
LATERALES: Basados en la cooperación entre los gobiernos, las
decisiones han de tomarse en consenso:
1.- Política Exterior y Seguridad Común (PESC):
2.- Justicia y Asuntos de Interior (JAI):
Principales Cambios del Pilar Comunitario:
1.- Reconocimiento de la Ciudadanía Europea.
2.- Creación de una moneda única, el EURO, en tres fases:
Entre 1990 al 31/12/1993: Plena liberación de la circulación de
capitales.
20. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Entre 01/01/1994 al 01/01/1999; Coordinación de políticas económicas
para lograr los CRITERIOS DE CONVERGENCIA:
2.1.- Reducción de la Inflación.
2.2.- De los tipos de interés y de las fluctuaciones del cambio
entre las monedas europeas
2.3- Control del déficit y de la deuda pública. .
A partir de 1999, se creó la moneda única, el EURO, y se fijó el
equivalente con las monedas de los países que participaron que
participaron en la creación del Banco Central Europeo (BCE):
Países que conformaron la zona euro: España, Portugal, Italia, países
Bajos, Luxemburgo, Francia, Alemania, Austria, Irlanda y
Finlandia, dentro de los cuales estaban y han quedado fuera de la zona
euro; Grecia, Reino Unido, Dinamarca y Suecia.
AQUÍ COLOCAR EL SIMBOLO DEL EURO Y LAS BANDERITAS DE LOS PAISES
DE LA ZONA EURO.
21. Abg. Pastora Seiva Aguilar
1994 nació el FONDO DE COHESIÓN: Transferencia de recursos de los
países miembros más prósperos y los menos prósperos, para
proporcionar ayuda financiera, en el medio ambiente y en materia de
infraestructura del transporte, destinado para los países miembros de
la Unión que tuvieran un PNB per cápita inferior al 90%, de la moneda
europea y que participaron llevando a cabo en las políticas de
convergencia.
Países de la Cohesión: España, Gracia, Portugal e Irlanda.
Avances en competencias comunitarias:
Política económica y monetaria, industrial, transporte,
educativas, redes transeuropeas, protección a los consumidores, la
investigación desarrollo tecnológico, el medio ambiente, política
agraria común (PAC).
Educación general y formación profesional: Promover la
cooperación entre los estados de la Comunidad, apoyando y
complementando las medidas educativas adoptadas por cada país.
Programa Sócrates: Se centra en la educación no universitaria
Programa Leonardo Da Vinci: Profesional.
Programa Erasmus: Superior.
22. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Novedades Institucionales:
El Parlamento aumenta sus poderes.
El Conceso de Ministros pasa a denominarse Consejo de la Unión
Europea.
La Comisión pasa a ser Comisión de las Comunidades Europeas.
El Tribunal de Justicia, el Tribunal de Cuentas y el Comité Económico y
Social, refuerzan sus competencias.
Se crea el Comité de Regiones, de carácter consultivo.
Banco Central Europeo, que se crea al iniciarse la tercera fase de la
unión económica y monetaria.
Segundo Pilar:
Cooperación entre los gobiernos:
Política Exterior y de Seguridad Común (PESC):
El Consejo Europeo, es el que define los principios y orientaciones
generales.
23. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Tercer Pilar:
Cooperación Intergubernamental
Justicia y los Asuntos de Interior (JAI): Para regular el
terrorismo, inmigración clandestina, políticas de asilo, tráfico de
drogas, delincuencia internacional, aduanas y cooperación judicial,
La Europol: Germen de una futura policía europea, es una de las
novedades más destacadas en este ámbito.
La Convención de Schegen: Firmada en 1990, en la búsqueda de la
construcción de la Europa Comunitaria sin fronteras.
.
24. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Protocolo “Opting Out”, cláusula de exclusión: No seguir a los demás
miembros en lo referente a la tercera fase de la U.E.M. Al igual que
Gran Bretaña y en lo relacionado con asuntos de defensa.
Países que ratificaron el tratado de Maastricht.
Entro en vigencia el 05 de noviembre de 1993
Dinamarca por una diferencia de 50 mil votos.
Francia con un 51%.
El pueblo Danés aprobó el 20/05/1993 con el 53.8% de los votos en un
referéndum.
Austria en 1989 presentó su candidatura al ingreso. Ratificada en 1994
Malta y Chipre en 1991.
Finlandia, Noruega y Suiza en 1992, este último la retiró meses
después.
Austria, Suecia, Finlandia y Noruega iniciaron las negociaciones en
1993, ratificadas en 1994, a excepción de Noruega donde triunfó el NO
con el 52,2%, por segunda vez
El 1/01/1995, se produjo la cuarta ampliación, nació la Europa de los
quince, con el ingreso de Austria, Finlandia y Suecia.
25. Abg. Pastora Seiva Aguilar
ANTECEDENTES:
En 1996, Conferencia Intergubernamental (CIG):
Desarrollar la Europa de los ciudadanos.
Fomentar el papel de la Unión Europea en la política
internacional.
Reformar las instituciones y abordar las perspectivas de una
nueva ampliación a los países aspirantes de Europa central y oriental.
Aprobado por el Consejo Europeo de Ámsterdam, el 16 y 17 de
junio de 1997, firmado el 08/10/1997, por los ministros de Asuntos
Exteriores de los quince países miembros de la Unión Europea.
Entró en vigencia el 01/05/1999, una vez ratificado por los
estados miembros.
SUGIERO: BANDERAS DE LOS QUINCE PAÍSES.
26. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Objetivo del Tratado de Ámsterdam:
1.- Adaptar las instituciones a una comunidad cada vez más
amplia.
2.- Ampliar las Instituciones para la Europa de los Quince,
pensando en las futuras adhesión de los países de Europa central y
oriental.
3.- Reforzar el poder de las instituciones comunitarias, (PESC
y JAI).
4.- Solucionar el déficit democrático de la Unión, con
participación popular, información suficiente y transparente.
5.- Potenciar el papel del parlamento.
6.- El texto del tratado debe ser fácilmente inteligible para
los ciudadanos y los agentes jurídicos, económicos y políticos,
para la comprensión de sus normas,
27. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Avances del Tratado de Ámsterdam
Libertad, Seguridad y Justicia.
1.- Redacción y aprobación de una Carta de Derechos
Fundamentales fundamentado en los principios de libertad y
democracia, respeto a los derechos humanos y de las libertades
fundamentales del Estado de Derecho, como lo afirma el tratado
del Unión Europea. Para comunitarizar los principios generales
expresados en el Convenio Europeo de Derechos Humanos
(CEDH), aprobado en 1950, en el Consejo de Europa.
28. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Derechos Sociales.
1.- Regulación de las medidas que puede adoptar la
Unión contra un estado miembro que viole los derechos
fundamentales recogidos en la Carta Comunitaria de Derechos
Sociales, aprobada en 1989, (Carta Social). Para que la Unión
pueda actuar en materia de salud y seguridad de los
trabajadores, condiciones de trabajo, integración de las personas
excluidas en el mercado laboral o en la igualdad de trato entre
hombres y mujeres.
Artículo 6.2. del TUE
“La unión respetará los derechos fundamentales tal y como se
garantizan en el Convenio Europeo de los derechos Humanos y de
las Libertades Fundamentales, firmado en Roma el 4 de noviembre
de 1950, y tal como resultan de las tradiciones constitucionales
comunes a los estados miembros, como principios generales del
derecho comunitario”
29. Abg. Pastora Seiva Aguilar
2.- El Concejo debe adoptar medidas contra la discriminación por
motivos de sexo, de origen racial o étnico, religión o
convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y reforzar
el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres. Todo ello en
atención al principio que establece la Unión de la no
discriminación y de la igualdad de oportunidades.
3.- Reforzar las garantías de protección de datos personales
dentro de la Unión, en pro de la libre circulación de personas en
la comunidad.
4.- Que la Unión establezca progresivamente, un espacio de
libertad, seguridad y justicia común.
5. Establecer gradualmente un control de las fronteras
exteriores, para la circulación de las personas en cuanto a
asilo, inmigración y cooperación judicial en materia civil.
6.- Quedan incluidos los acuerdos y el convenio de Schegen en
el Tratado, a excepción del Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, que
voluntariamente se reservan el derecho de ejercer el control
sobre las personas en sus fronteras.
30. Abg. Pastora Seiva Aguilar
El 28/07/2000, España, Italia, Alemania y Francia, eliminaron la
obligación del permiso de residencia a los ciudadanos de la Unión
Europea, extensivo a todos los nacionales de la
comunidad, aunque no haya reciprocidad.
6.- Se establece un programa gradual de fomento de las
actividades de la Europol u oficina de Policía, para facilitar la
colaboración entre las autoridades judiciales en la extradición
entre los Estados miembros y fomentar la colaboración policial en
materia penal. El cual seguirá incluido
Tercer pilar de Justicia y Asuntos de Interior (JAI).
7.- Establecimiento de medidas que pongan al ciudadano
común como el centro de las preocupaciones de la Unión.
8.- Fomento de la intervención comunitaria en lucha contra el
desempleo, el respeto al medio ambiente y la protección de
consumidores.
31. Abg. Pastora Seiva Aguilar
9.- Garantía del derecho de acceder a los documentos de las
instituciones de Unión Europea y a comunicarse en cualquiera de
las doce lenguas oficiales de la Unión; español, francés, italiano,
ingles, irlandés o gaélico, neerlandés, alemán, danés, sueco,
finlandés y griego.
10.- Establecimiento de condiciones y medios para actuar y
prevenir ante los acontecimientos exteriores. (PESC).
11.- La adopción a largo plazo de una política de defensa
común y la futura integración de la Unión Europea Occidental
(UEO), en la Unión Europea. Y la creación del Euroejército, que el
año 1992, se dio un paso hacia una política de defensa común.
12.- Finalmente se acordó la convocatoria de una Conferencia
Intergubernamental (CIG), para hacer una revisión general de las
instituciones de la comunidad, antes de que la comunidad llegara
a tener más de veinte miembros.
32. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Se Proclamó la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
Se reformaron los Tratados de la constitución de la CE y el de UE.
Se acordó una nueva ponderación de votos en el Consejo, para los
países actualmente miembros y para los futuros socios, a partir del
01/01/05.
29 votos a los países grandes: Alemania, Francia, Reino Unido e Italia
Paridad entre Francia y Alemania.
27 para España y Polonia, cuando ingrese.
03 votos para Malta, y para el resto de los países cuando ingresen
progresivamente.
Se estableció un sistema complicada de mayorías y minores, con el
ánimo de bloquear cualquier decisión del Consejo.
Al llegar a 27 miembros , el total de votos en el Consejo será de 345.
Firma del Acta 26/02/2001
33. Abg. Pastora Seiva Aguilar
La mayoría cualificada será de 255 votos.
La minoría de bloqueo será de 88 votos. (3 grandes y 1 pqño bloquean)
Existiendo mayoría cualificada, si por mayoría simple hay oposición, la
propuesta no se puede aprobar.
Cláusula de “Verificación Demográfica”, 62% del total de la población
de la Unión, se requiere para alcanzar la mayoría. Para dar mayor peso
a la Alemania, por ser el más poblado, con 82 millones de habitantes.
Berlín con dos países grandes podrá bloquear cualquier decisión.
Los grandes para ejercer el bloqueo requieren el concurso de los 4.
El Parlamento Europeo, para compensar las disparidades en el
Consejo, se compone de 732 escaños, de la siguiente manera:
99 diputados para Alemania. España y Polonia 50 y los otros 72.
En el 2005, los grandes que tenían 2 comisarios, pasaron a tener 1.
El N° definitivo de comisarios deberá ser < a 27, por unanimidad.
Sistema de Rotación Igualitaria. Controlar en la Comisión, el peso
demográfico de los miembros y las diversas zonas geográficas europeas.
Se reforzó los poderes del presidente de la Comisión, su designación
Es por mayoría cualificada, previa aprobación del Parlamento Europeo
34. Abg. Pastora Seiva Aguilar
A 40 aumentaron los temas de carácter técnico: por mayoría
cualificada.
Derecho de veto en aspectos sensibles: España; Asuntos Sociales y de
Cohesión. Para Reino Unido: la fiscalidad. Para Alemania: Asilo e
Inmigración. Y Francia: la Libertad comercial, en el ámbito cultural y
audiovisual.
“La Europa de las Velocidades”, algunos países pueden ir más de prisa
con la integración, con unos limites a la capacidad.
“Cooperación Reforzada”, mínimo 8 países, exceptuando las políticas
comunitarias , las relacionadas con el Tratado de Schegen, las que
afecten el mercado interior, defensa y fabricación de armamento.
En junio de 2005 los Irlandeses rechazaron el tratado, con el 53,87%
40. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Los criterios de sujeción de los países
miembros es competencia de los
gobiernos nacionales.
• A las Sociedades.
• A la Renta de las personas naturales.
• A las Plusvalía.
Sujetos a normas comunes:
• I.V.A.
• Alcohol, Gasolina y Tabaco.
• Energéticos.
• Plusvalía de los activos percibida en
estado miembro.
• Compensación de Pérdidas Transfronterizas.
41. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Unión Económica Plena
Unión Monetaria
Unión Económica
Mercado Único
Mercado Común
Unión Aduanera
Zona de Libre comercio
Acuerdo Preferencial
42. Abg. Pastora Seiva Aguilar
Unión Económica Plena
Unión Monetaria
Unión Económica
Mercado Único
Mercado Común
Unión Aduanera
Zona de Libre comercio
Acuerdo Preferencial