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RESOLUCION DE ALCALDIA N° 045-2014-MDP/ALC
Paracas, 15 de enero de 2014.
EL ALCALDE DE LA M U N IC IPA LID A D DISTRITAL DE PARACAS.
VISTO:
El Memorando N° 007-2014-MDP/GA, de fecha 09 de enero del año 2014, mediante
el cual la Gerencia de Administración remite el Proyecto de Directiva “Normas para el
Contrato Administrativo de Servicios por la Modalidad de Contratación Administrativa de
Servicios (CAS) en la Municipalidad Distrital de Paracas, durante el Ejercicio Fiscal 2014”
para su aprobación, asimismo solicita la conformación del Comité de Evaluación; y,
CONSIDERANDO :
Qué, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II
de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, prescribe que los Gobiernos Locales gozan
de autonomía política, económica y administrativa en ios asuntos de su competencia;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1057 de fecha 27 de junio de 2008, se regula el
Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios CAS, la misma que tiene por
objeto garantizar los principios de méritos y capacidad, igualdad de oportunidades y
profesionalismo de la administración pública;
Que, a través del Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, publicado con fecha 25 de
noviembre de 2008, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el
régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios. Por otro lado, precisa que para
suscribir un contrato administrativo de servicios se debe observar un procedimiento que
incluye las siguientes etapas: Preparatoria, Convocatoria, Selección, Suscripción y Registro
de Contrato, para todo requerimiento de contratación, ya sea para reemplazos o para nuevos
servicios, acorde a las necesidades;
Que, el Tribunal Constitucional emitió la Sentencia recaída sobre el expediente
N° 00002-2010-PI/TC por el cual se declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad
promovida contra el D, Leg. 1057, estableciéndose a su vez una interpretación para los
contratos CAS, los mismos que deben ser considerados como un régimen especial de
contratación laboral para el sector púbico, compartible con el marco constitucional.
Emitiéndose, posteriormente, el Decreto Supremo N° 065-2011-PCM que modifica
Reglamento del D. Leg. 1057; por lo cual se consolida el pronunciamiento del Tribunal
Constitucional, otorgándosele algunos beneficios a los trabajadores contratados bajo este
régimen especial;
Que, mediante el documento del visto, la Gerencia de Administración, remite el
proyecto de Directiva “Normas para el Contrato Administrativo de Servicios por la Modalidad
de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) en la Municipalidad Distrital de Paracas,
durante el Ejercicio Fiscal 2014”, en el cual se considera las modificaciones establecidas por
Decreto Supremo N° 065-2011-PCM; asi también solícita la conformación del Comité de
Evaluación que tendrá cargo la conducción del proceso de selección;
En ese sentido, resulta necesario aprobar el proyecto de Directiva presentado por la
Subgerencia de Recursos Humanos, por encontrarse de acuerdo a la normatívidad vigente;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, y de conformidad al D. Leg. 1057 y su Reqlamento aprobado
por D. S. N° 075-2008-PCM y modificado por el D. S. N° 065-2011-PCM; ~

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SE RESUELVE:
A rtíc u lo P rim e ro .- APROBAR la DIRECTIVA N° 001-2014-MDP “NORMAS PARA
EL CONTRATO ADMINISTRATIVO
DE SERVICIOS POR LA MODALIDAD DE
C O N íX A u W ION XDMINiSTRATSVA DE SERVICIOS (CAS) EN LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PARACAS, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2014”, el mismo que en
Anexo forma parte integrante del presente documento.
Artículo S eg u n d o - CONFORMAR el COMITÉ QUE SE ENCARGARA DE LOS
ACTOS PREPARATORIOS, CONVOCATORIAS, Y SELECCIÓN DEL PERSONAL, bajo el
Régimen Laboral del D. Leg. 1057 y sus modificatorias, estando conformado por los
siguientes:
>

PRESIDENTE

:

Gerente de Adm inistración.

>

MIEMBRO

:

Gerencia de Asesoría Jurídica.

>

MIEMBRO

:

Subgerencia de Recursos Humanos.

Articulo Tercero - Dejar sin efecto todo documento que se oponga a la presente.
Articulo Cuarto.- Encargar, a la Secretaria General la notificación y distribución de la
presente Resolución,
REGÍSTRESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS
DIRECTIVA N° 0Û1»2Û14~MDP
NORMAS PARA EL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS POR LA
MODALIDAD DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS (CAS),
EN LA MUNICIPALIDAD DISTRTAL DE PARACAS,
DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2014
FINALIDAD
1.1 Establecer normas y procedimientos para el proceso de contratación del personal por
la modalidad de Contrato Administrativo del Servicios (CAS) en la Municipalidad
Distrital de Paracas, durante el ejercicio fiscal 2014.
OBJETIVOS
2.1 Asegurar la uniformidad en el procedimiento que regula la contratación de persona
natural que requiere las diversas dependencias de la Municipalidad Distrital de
Paracas, bajo el régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057
Contratación Administrativa de Servicios-(CAS), garantizando los principios de
méritos, capacidad igualdad de oportunidades y profesionalismo.
2.2 Garantizar que el proceso de contratación administrativa de servicios de personal
para los servicios que brinda la Municipalidad Distrital de Paracas en sus diferentes
áreas, bajo el régimen especial del CAS, - y se realice de manera adecuada,
correcta y transparente el proceso.
BASE LEGAL
a)
b)

Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014.
Constitución Política del Perú 1993, modificado por la Ley N° 27680 Ley de Reforma
Constitucional del Capitulo XIV del Título IV, sobre descentralización
c) Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
d) Decreto Supremo 075-20G8-PCM - Reglamento del Decreto Legislativo 1057,
modificado por Decreto Supremo 065-2011 -PCM.
e) Ley N° 29849, Ley que estabelece la eliminación progresiva del regímen especial del
Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales.
Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
f)
g) Resolución Ministerial N° 417-2008-PCM, aprueba el modelo de Contrato
Administrativo de Servicios.
h) Sentencia contenida en el Expediente N° 00002-2010-PI/TC del Tribunal
Constitucional.
Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General.
i)
Ley N° 27815, Código de Ética de la Función Pública y normas complementarias.
j)
k) Decreto Legislativo N° 1023-Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional de
Servicio Civil, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos humanos.
Decreto Legislativo N° 1025-Decreto Legislativo que aprueba las normas de
capacitación y perfeccionamiento para el sector público.
m) Ley N 26771, que establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y
contratación de personal en el sector público, en casos
de parentesco y sus
Reglamentos: Decreto Supremo N 021-2000-PCM y Decreto Supremo N 017- 2002PCM.

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n)

o)
p)
q)

Ley N 27588, Ley que establece prohibiciones e incompatibilidades de
funcionarios y servidores, así como de las personas que presten servicios al Estado
bajo cualquier forma o modalidad contractual y su Reglamento, Decreto Supremo N
019-2002-PCM.
Ley N° 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Resolución de Presidencia Ejecutiva N 107-2011 ~SERVIR/PE.
Ley N° 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público.

IV.

ALCANCE
La presente Directiva es de aplicación en todas las dependencias de la Municipalidad
Distrital de Paracas.

V.

DISPOSICIONES GENERALES Y ESPECIFICAS.
Los contratos administrativos por el régimen especial de Contratación Administrativa de
Servicios, se efectuarán sólo en el número de requerimientos de personal debidamente
presupuestadas por la Gerencia de Planificación y Presupuesto de la Municipalidad
Distrital de Paracas, focalizadas en las Oficinas y Áreas internas de la Municipalidad
Distrital de Paracas, cuya necesidad y requerimiento de prestación de servicios sean
indispensables, remitidas expresamente y estén justificadas presupuestalmente según el
marco presupuestal informado por la Gerencia de Planificación y Presupuesto.
El Gerente, Subgerente de Oficina o Jefe de Área, según corresponda presentará Informe
y sustento de la demanda de servicios y el objetivo de Atención durante el ejercicio fiscal
2014.
El requerimiento será expreso y en concordancia con el número de personas que
requiera contratar para el servicio, considerando el perfil del servidor, que reúna
características para la prestación adecuada del servicio requerido, con el propósito
garantizar una eficiente y eficaz labor desde la fecha de ingreso hasta la conclusión
contrato.

se
las
de
del

5.3 Es responsabilidad del Comité de Evaluación: evaluar a los postulantes de acuerdo a la
necesidad del servicio y las características del personal, independientemente de los
requerimientos presentados; así como desarrollar el proceso de concurso público abierto
para la cobertura de los servicios focalizadas dentro
del Régimen especial de
Contratación Administrativa de Servicios. El Comité de Evaluación tiene Autonomía para
desestimar el requerimiento de alguna Oficina o Área, considerando únicamente lo
imprescindible.
5.4 E contrato de trabajo por servicios bajo el régimen especial de contratación administrativa
S
de servicios se suscribirá en un formato especial (SERVIR), especificando funciones,
horario, condiciones de trabajo, honorarios, vigencia y demás cláusulas específicas
relacionadas al puesto. El contrato se proyectará en la Subgerencia de Recursos
Humanos, en coordinación con la Gerencia de Asesoría Jurídica.
5.5 El proceso de evaluación para cubrir servicios vacantes por la modalidad del CAS, es
previo proceso de selección, en cumplimiento estricto a lo prescrito en el Decreto Supremo
N° 075-2008-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057 y su modificatoria Decreto
Supremo N° 065-2011-PCM, Ley N° 29849, Ley que estabelece la eliminación progresiva del
regímen especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga Derechos Laborales y la
Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 107-2011-SERVIR/PE. Las renovaciones
automática de contratos para el personal administrativo por esta modalidad solo se dan
cuando se está- inmerso en el numeral 5.2 del Artículo 5 del D.S. N 065-2011-PCM. Por
tanto, quienes laboraron en el año 2013 con contrato en plaza administrativa por esta
modalidad y cuentan con evaluación de desempeño laboral satisfactorio, participarán en el
proceso de evaluación conjuntamente con ios nuevos postulantes.

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5.6 El contrato de trabajo debidamente suscrito entre las partes, es el único documento y
condición indispensable e insustituible, para la prestación del servicio e inicio de labores
por esta modalidad, debiendo ser notificada personalmente de acuerdo a la normativa
establecida en la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444.
5.7 Los titulares de cada Oficina o Área, evaluarán el desempeño laboral del servidor
contratado en forma trimestral, con el objeto de comprobar su desempeño laboral y
^
garantizar su continuidad o determinar como causal de resolución del contrato suscrito.
8 Está totalmente PROHIBIDA la contratación de personal administrativo por la modalidad
de CAS, para luego efectuar destaque a otra institución, bajo responsabilidad
administrativa del funcionario que autorice tal acto.
9 Se encuentran impedidos de participar en el proceso de contracción por la modalidad de
CAS. Personas que no acrediten el requisito mínimo establecido para el puesto requerido
Expresamente:
- Servidores de carrera que estén cumpliendo sanción disciplinaria de cese temporal.
- Personas con 70 o más años de edad.
- Servidores nombrados que se encuentran en abandono de cargo, sin que a la fecha
haya sido resuelta su situación laboral, y/o servidores en horarios distintos a lo
establecido en otra entidad
- servidores destituidos o separados del servicio con sanción aplicada en el período del
2005 a la fecha de postulación inclusive.
- Ex - servidores sancionados con separación definitiva o destitución del servicio por
delitos de violación de la libertad sexual.
- Personas con antecedentes penales por delitos dolosos.
- Personas que estén cumpliendo condena condicional por delito doloso y los
suspendidos e inhabilitados judicialmente.
5.10 No procede la celebración de contratos por la modalidad de CAS, en los siguientes
casos:
- Por remplazo o suplencia de personal.
™ Por remplazo de personal que se encuentre con proceso administrativo disciplinario
en curso.
- Por remplazo de personal que se encuentra de vacaciones, capacitación o comisión de
servicios.
- Por remplazo de personal administrativo que se encuentra con licencia sindical
- Por remplazo de personal administrativo contratado que se encuentra con licencia
temporal por incapacidad para el trabajo.
5.11Son causales de resolución de contrato (causales que deben precisarse en el contrato
correspondiente).
•
•
•

•
•

El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones asignadas; así como la
ineficiencia o ineptitud comprobada en el desarrollo de las mismas.
Abandono injustificado del cargo, por más de 03 días consecutivos
Faltar a las disposiciones del Código de ética de la Función Pública, a la Ley de
Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual; así como a la Ley de Gestión de
Intereses en la Administración Pública Agresión física y psicológica a su inmediato
superior jerárquico, compañeros de trabajo y público usuario en general dentro de la
Institución.
Falsificación y/o adulteración de documentos relacionados con su actividad laboral y
profesional.
La renuncia o retiro voluntario.
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c a m b ia c o n s u

GENTE..!

# Mutuo acuerdo entre las partes.
• El fallecimiento del servidor
5.12 Son requisitos generales para postular en el proceso de contratación:
- Solicitud dirigida al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Paracas para Contratación
Administrativa de Servicios (CAS), precisando el puesto al que postula, y Currículo
Vitae documentado.
~ Copia certificada del Documento Nacional de Identidad.
- Certificado
de habilitación
profesional
expedida
por el Colegio Profesional
(solo en los casos donde ocuparon cargos de ejercicio profesional).
- Declaración Jurada Simple manifestando:
- Tener buena conducta y gozar de buena salud.
- No tener antecedentes penales por delito doloso.
~ No haber sido sancionado administrativamente con destitución o separación del
servicio, dentro del período comprendido entre el año 2007 a la fecha de
postulación.
~ No haber sido sancionado administrativamente con destitución o separación del servicio,
por delitos de violación sexual.
- Sistema pensionario ai que pertenece el postulante.
- No tener vínculo de parentesco con el Comité de Evaluación hasta el cuarto grado de
consanguinidad y segundo de afinidad
- La veracidad de la información y de la documentación que adjunta.
5.13 El pago de remuneraciones corresponde como contraprestacíón por el trabajo
efectivamente realizado, quedando prohibido dicho pago por días no laborados, con
excepción de las exoneraciones establecidas en la Ley.
5.14 La remuneración mensual del personal contratado en los cargos administrativos por la
modalidad de CAS, será de acuerdo a las características y complejidad del trabajo
establecido, pudiendo existir escalas diferentes según previsión presupuesta! y distinción
entre profesionales, técnicos y Auxiliares.
VI.

DEL COMITÉ DE EVALUACION.
6.1 El Comité de Evaluación de la Municipalidad Distrital de Paracas Estará conformado
por:
Titulares:
- Gerente de Administración (Presidente).
- Gerente de Asesoría Jurídica (Miembro)
- Subgerente de Recursos Humanos (Miembro)
Suplentes:
~ Gerente de Municipal (Presidente).
- Gerente de Servicios Comunales y medio Ambiente (Miembro)
- Gerencia de Planificación y Presupuesto (Miembro)
6.2 En caso que algún miembro del Comité de Evaluación, tenga relación de parentesco
con
alguno de los postulantes, hasta el cuarto grado de consanguinidad o
segundo de afinidad, Éste se abstendrá- de participar en dicho caso particular, siendo
reemplazado por su alterno y retomando sus funciones en los subsiguientes.
Los grados de consanguinidad son:
1
2
3
4

Padre, hijo
Abuelo, nieto, hermano
Bisabuelo, bisnieto, tío y sobrino
Primos hermanos entre

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Los grados de afinidad son:
1 Cónyuge, suegro;
2 Cuñados.
6.3 Son funciones de cada Comité de Evaluación.
- Publicar el Portal del Ministerio de Promoción del Trabajo, y portal de la Página WEB
de la Distrital de Paracas
~ Efectuar la evaluación y selección del personal - CAS.
- Publicar el cuadro de méritos una vez concluida la evaluación.
» Atender reclamos si los hubiera.
- Elaborar y publicar el cuadro de méritos definitivo.
- El Presidente del Comité de Evaluación remitirá los expedientes de los postulantes
ganadores a la Sub Gerencia de Recursos Humanos para la Proyección y suscripción
del contrato correspondiente.
6.4 El Comité de Evaluación para contratación mediante CAS podrá invitar COMO VEEDOR
al Jefe del Órgano de Control Institucional, a fin de dar mayor transparencia al desarrollo
del proceso de evaluación.

Vil

REQUISITOS Y ASPECTOS DE EVALUACION.

7.1 El proceso de contratación se efectuara de acuerdo con el cronograma aprobado por el
Comité de Evaluación.
7.2 Una vez publicadas las vacantes, los postulantes presentaran su expediente por
Mesa de Partes dentro del plazo establecido.
7.3 Los postulantes deben adjuntar los documentos que acrediten el cumplimiento de ios
requisitos, así como aquellos que servirán para la evaluación del expediente, según ios
criterios establecidos.
* 7.4 Los Expedientes se presentaran en un sobre cerrado y estará dirigido al Presidente del
Comité de Evaluación de la Municipalidad Distrital de Paracas.
7.5 En caso de no cumplir con los requisitos exigidos, el expediente presentado por el
postulante debe ser depurado por el Comité, dejándose constancia del caso.
7.6 El Comité de Evaluación elaborara el cuadro de méritos por cada servicio.
7.7 El Comité de Evaluación desarrollará un nuevo proceso de evaluación, en
vacantes generadas con posterioridad.
7.8

El postulante para solicitar su evaluación en un
acreditar necesariamente el perfil exigido para el puesto.

7.9 Los
criterios
(ANEX01).
a)
b)
c)
d)
e)

a evaluar

sobre

un

cargo

aquellas

administrativo, deberá

máximo de 100 puntos, son los siguientes

Formación Académica: máximo
Capacitaciones de los últimos 2 años: máximo
Experiencia laboral en el puesto máximo
Méritos máximo
Entrevista personal y psicológica máximo

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30
15
25
10
20

puntos,
puntos,
puntos:
puntos.
puntos

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EL PUNTAJE MINIMO PARA ACCEDER AL CONTRATO ES DE 65 PUNTOS
7.10 En caso de igualdad de puntaje, para determinar la prioridad en el cuadro de méritos,
se debe considerar de manera excluyente los puntajes obtenidos en:
a) Formación Académica.
b) Experiencia laboral.
c) Capacitaciones.
d) Méritos
7.11 La experiencia laboral se sustenta con la presentación de los contratos de trabajo,
Constancias y/o certificados de trabajos así como los recibos por honorarios
profesionales emitidos en los años anteriores.
7.12 Los certificados y diplomas de capacitación que se consideran validos para
presente concurso, son los otorgados por instituciones debidamente reconocidas por
Decretos Supremos, Resoluciones Ministeriales o Resoluciones Directorales, de los
últimos cinco años.
7.13 Los postulantes con capacidades especiales, debidamente acreditados con el
Certificado de Discapacidad emitido por el Ministerio de Salud, ESSALUD,
Ministerio de
Defensa, Ministerio de Interior o con
la Resolución Ejecuto de
Inscripción en el CONADIS y cumplan con los requisitos exigidos para el cargo,
obtendrán una bonificación adicional del 15% sobre el puntaje obtenido en el proceso
de evaluación.
7.14 La evaluación de los méritos se efectuará a través de los documentos y/o resoluciones
que contengan felicitaciones,
agradecimientos por labores sociales, conducta,
puntualidad en el trabajo.
VIII

DE LAS RESPONSABILIDADES.
8.1 Queda terminantemente prohibido suscribir contratos de trabajo, sin contar con
disponibilidad presupuesta!; los Servidores que incurran en esta falta serán
sancionados administrativa por incumplimiento de las normas
establecidas y
negligencia en el desempeño de sus funciones.
8.2

En caso de detectar irregularidades, falsificaciones o adulteraciones en la
documentación presentada por el postulante, no se suscribirá- el contrato de trabajo
correspondiente. La Municipalidad Distrital de Paracas podrá ejercitar las acciones
legales correspondientes por la comisión del presunto delito contra la fe pública.

8.3 El proceso de evaluación para contratación del personal bajo el régimen especial
del CAS en la sede de la Municipalidad Distrital de Paracas, se realizaran de acuerdo
al siguiente cronograma.

alcaüde

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.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARCAS
CRITERIOS O ASPECTOS A EVALUAR
CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS (CAS)
ANEXO 1
ASPECTOS A EVALUAR
Título Profesional Universitario y/o Técnico, según eí servicio a
requerir (30 puntos)
FORMACION
Grado de Bachiller Universitario (25 puntos )
ACADEMICA
Estudios concluidos de técnico, según el servicio a requerir (20
puntos)
Otro Título Técnico (15 puntos )
Estudios Universitarios y/o Técnicos No Concluidos, según el
servicio a requerir (13 puntos )
Estudios Secundarios Completos (10 puntos )
Capacitación en Gestión de Administración (15 puntos )
CAPACITACIONES
Capacitación Técnica (10 puntos )
EXPERIENCIA
Experiencia en el Servicio (máximo 02 años) (25 puntos).
LABORAL
Experiencia en el Servicio (Mínimo 01 año) (13 puntos)
MERITOS
Certificado de Desempeño laboral (de 02 años a mas) (10 puntos)
Certificado de Desempeño laboral (menor a 02 año (07 puntos)
ENTREVISTA
Conocimiento sobre el cargo en el postula desenvolviendo de
PERSONAL
Y Lenguaje Académico (10 puntos )
PSICOLÓGICA
Evaluación Psicológica (10 puntos)
IX

PUNT

MAX

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.

PRIMERA ~ La Municipalidad Distrital de Paracas deber efectuar la verificación en el Registro
Nacional de Sanciones de Destitución y Despido (RNSDD) de
la PCM, para tomar
conocimiento de la existencia de algún postulante que haya sido destituido o despedido, como
los casos de personas que han sido condenadas por el delito contra la libertad sexual.
SEGUNDA - Es nulo de oficio cualquier acto administrativo que se efectúe mediante
directivas internas y/o instrumentos técnicos que contravengan o Transgredan, ios contenidos
de la presenta Directiva.
TERCERA - Los vacíos y lagunas que podrían devenir de la interpretación de la presente
Directiva, se resolverán con la aplicación de normas conexas.
Paracas, Enero 2014

I

alcald e

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— ....................................._.................. ........ ................. ........ ......
....

CONVOCATORIA PARA CAS
CRONOGRAMA Y ETAPAS DEL PROCESO
Decreto Legislativo N 1057
D. S. N 075-2008-PCM y su modificatoria D. S. N 065-2011-PCM, Ley N° 29849, Ley que
estabelece la Eliminación Progresiva del Regimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga
Derechos Laborales
Resolución de Presidencia Ejecutiva N 107-2011-SERVIR/PE
AREA
ETAPAS DEL
PROCESO
Aprobación de la convocatoria
CONVOCATORIA
En el Portal de la Municipalidad
Distrital
de
Paracas.
www.muniparacas.gob.pe
En el portal del Ministerio de
Promoción del Trabajo

CRONOGRAMA

SELECCION
Evaluación del Expediente
(Formación Académica,
Capacitaciones, Experiencia Laboral
y Méritos)
Publicar los resultados de la
evaluación del expediente en el
Periódico Municipal y pagina WEB
de la Municipalidad. (Publicación de
Resultados de ios Aptos)
Entrevista Personal y Psicológico
Lugar : Auditorio de la Municipalidad
Distrital de Paracas
Publicación de Resultados en Mural
de la Municipalidad Distrital de
Paracas y Portal WEB
SUSCRIPCION Y REGISTRO DE CONTRATO
Suscripción de Contrato
Posesión de Cargo y registro de
Firmas
LA COMISIÓN

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RESPONSABLE
Comité Contrato CAS
Subgerencia
Técnico

de

Soporte

Comité Contrato CAS

Subgerencia
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Técnico
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Técnico

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GA, GAJ, SGRR.HH
RR. HH.

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Resolucion 045 2013

  • 1. i MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS PARACAS CAMBIA CON SU GENTE..! ALCALDIA RESOLUCION DE ALCALDIA N° 045-2014-MDP/ALC Paracas, 15 de enero de 2014. EL ALCALDE DE LA M U N IC IPA LID A D DISTRITAL DE PARACAS. VISTO: El Memorando N° 007-2014-MDP/GA, de fecha 09 de enero del año 2014, mediante el cual la Gerencia de Administración remite el Proyecto de Directiva “Normas para el Contrato Administrativo de Servicios por la Modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) en la Municipalidad Distrital de Paracas, durante el Ejercicio Fiscal 2014” para su aprobación, asimismo solicita la conformación del Comité de Evaluación; y, CONSIDERANDO : Qué, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, prescribe que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en ios asuntos de su competencia; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1057 de fecha 27 de junio de 2008, se regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios CAS, la misma que tiene por objeto garantizar los principios de méritos y capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo de la administración pública; Que, a través del Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, publicado con fecha 25 de noviembre de 2008, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios. Por otro lado, precisa que para suscribir un contrato administrativo de servicios se debe observar un procedimiento que incluye las siguientes etapas: Preparatoria, Convocatoria, Selección, Suscripción y Registro de Contrato, para todo requerimiento de contratación, ya sea para reemplazos o para nuevos servicios, acorde a las necesidades; Que, el Tribunal Constitucional emitió la Sentencia recaída sobre el expediente N° 00002-2010-PI/TC por el cual se declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad promovida contra el D, Leg. 1057, estableciéndose a su vez una interpretación para los contratos CAS, los mismos que deben ser considerados como un régimen especial de contratación laboral para el sector púbico, compartible con el marco constitucional. Emitiéndose, posteriormente, el Decreto Supremo N° 065-2011-PCM que modifica Reglamento del D. Leg. 1057; por lo cual se consolida el pronunciamiento del Tribunal Constitucional, otorgándosele algunos beneficios a los trabajadores contratados bajo este régimen especial; Que, mediante el documento del visto, la Gerencia de Administración, remite el proyecto de Directiva “Normas para el Contrato Administrativo de Servicios por la Modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) en la Municipalidad Distrital de Paracas, durante el Ejercicio Fiscal 2014”, en el cual se considera las modificaciones establecidas por Decreto Supremo N° 065-2011-PCM; asi también solícita la conformación del Comité de Evaluación que tendrá cargo la conducción del proceso de selección; En ese sentido, resulta necesario aprobar el proyecto de Directiva presentado por la Subgerencia de Recursos Humanos, por encontrarse de acuerdo a la normatívidad vigente; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad al D. Leg. 1057 y su Reqlamento aprobado por D. S. N° 075-2008-PCM y modificado por el D. S. N° 065-2011-PCM; ~ Av. Los Libertadores s/n Urb. El Golf Club - Paracas Teléfono (056) 530405
  • 2. r«m ALCALDIA upf ss®.fewr SE RESUELVE: A rtíc u lo P rim e ro .- APROBAR la DIRECTIVA N° 001-2014-MDP “NORMAS PARA EL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS POR LA MODALIDAD DE C O N íX A u W ION XDMINiSTRATSVA DE SERVICIOS (CAS) EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2014”, el mismo que en Anexo forma parte integrante del presente documento. Artículo S eg u n d o - CONFORMAR el COMITÉ QUE SE ENCARGARA DE LOS ACTOS PREPARATORIOS, CONVOCATORIAS, Y SELECCIÓN DEL PERSONAL, bajo el Régimen Laboral del D. Leg. 1057 y sus modificatorias, estando conformado por los siguientes: > PRESIDENTE : Gerente de Adm inistración. > MIEMBRO : Gerencia de Asesoría Jurídica. > MIEMBRO : Subgerencia de Recursos Humanos. Articulo Tercero - Dejar sin efecto todo documento que se oponga a la presente. Articulo Cuarto.- Encargar, a la Secretaria General la notificación y distribución de la presente Resolución, REGÍSTRESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE. Av. Los Libertadores s/n Urb. El Golf Club - Paracas Teléfono (056) 530405
  • 3. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS PARACAS CAMBIA CON SU G E N T E J MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS DIRECTIVA N° 0Û1»2Û14~MDP NORMAS PARA EL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS POR LA MODALIDAD DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS (CAS), EN LA MUNICIPALIDAD DISTRTAL DE PARACAS, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2014 FINALIDAD 1.1 Establecer normas y procedimientos para el proceso de contratación del personal por la modalidad de Contrato Administrativo del Servicios (CAS) en la Municipalidad Distrital de Paracas, durante el ejercicio fiscal 2014. OBJETIVOS 2.1 Asegurar la uniformidad en el procedimiento que regula la contratación de persona natural que requiere las diversas dependencias de la Municipalidad Distrital de Paracas, bajo el régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 Contratación Administrativa de Servicios-(CAS), garantizando los principios de méritos, capacidad igualdad de oportunidades y profesionalismo. 2.2 Garantizar que el proceso de contratación administrativa de servicios de personal para los servicios que brinda la Municipalidad Distrital de Paracas en sus diferentes áreas, bajo el régimen especial del CAS, - y se realice de manera adecuada, correcta y transparente el proceso. BASE LEGAL a) b) Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014. Constitución Política del Perú 1993, modificado por la Ley N° 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Título IV, sobre descentralización c) Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. d) Decreto Supremo 075-20G8-PCM - Reglamento del Decreto Legislativo 1057, modificado por Decreto Supremo 065-2011 -PCM. e) Ley N° 29849, Ley que estabelece la eliminación progresiva del regímen especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales. Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. f) g) Resolución Ministerial N° 417-2008-PCM, aprueba el modelo de Contrato Administrativo de Servicios. h) Sentencia contenida en el Expediente N° 00002-2010-PI/TC del Tribunal Constitucional. Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General. i) Ley N° 27815, Código de Ética de la Función Pública y normas complementarias. j) k) Decreto Legislativo N° 1023-Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional de Servicio Civil, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos humanos. Decreto Legislativo N° 1025-Decreto Legislativo que aprueba las normas de capacitación y perfeccionamiento para el sector público. m) Ley N 26771, que establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público, en casos de parentesco y sus Reglamentos: Decreto Supremo N 021-2000-PCM y Decreto Supremo N 017- 2002PCM. Av. Los Libertadores s/n Urb. El Golf Club - Paracas Teléfono (056) 530405
  • 4. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS PARACAS CAMBIA CON SU GENTE..! n) o) p) q) Ley N 27588, Ley que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores, así como de las personas que presten servicios al Estado bajo cualquier forma o modalidad contractual y su Reglamento, Decreto Supremo N 019-2002-PCM. Ley N° 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Resolución de Presidencia Ejecutiva N 107-2011 ~SERVIR/PE. Ley N° 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público. IV. ALCANCE La presente Directiva es de aplicación en todas las dependencias de la Municipalidad Distrital de Paracas. V. DISPOSICIONES GENERALES Y ESPECIFICAS. Los contratos administrativos por el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, se efectuarán sólo en el número de requerimientos de personal debidamente presupuestadas por la Gerencia de Planificación y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Paracas, focalizadas en las Oficinas y Áreas internas de la Municipalidad Distrital de Paracas, cuya necesidad y requerimiento de prestación de servicios sean indispensables, remitidas expresamente y estén justificadas presupuestalmente según el marco presupuestal informado por la Gerencia de Planificación y Presupuesto. El Gerente, Subgerente de Oficina o Jefe de Área, según corresponda presentará Informe y sustento de la demanda de servicios y el objetivo de Atención durante el ejercicio fiscal 2014. El requerimiento será expreso y en concordancia con el número de personas que requiera contratar para el servicio, considerando el perfil del servidor, que reúna características para la prestación adecuada del servicio requerido, con el propósito garantizar una eficiente y eficaz labor desde la fecha de ingreso hasta la conclusión contrato. se las de del 5.3 Es responsabilidad del Comité de Evaluación: evaluar a los postulantes de acuerdo a la necesidad del servicio y las características del personal, independientemente de los requerimientos presentados; así como desarrollar el proceso de concurso público abierto para la cobertura de los servicios focalizadas dentro del Régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios. El Comité de Evaluación tiene Autonomía para desestimar el requerimiento de alguna Oficina o Área, considerando únicamente lo imprescindible. 5.4 E contrato de trabajo por servicios bajo el régimen especial de contratación administrativa S de servicios se suscribirá en un formato especial (SERVIR), especificando funciones, horario, condiciones de trabajo, honorarios, vigencia y demás cláusulas específicas relacionadas al puesto. El contrato se proyectará en la Subgerencia de Recursos Humanos, en coordinación con la Gerencia de Asesoría Jurídica. 5.5 El proceso de evaluación para cubrir servicios vacantes por la modalidad del CAS, es previo proceso de selección, en cumplimiento estricto a lo prescrito en el Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057 y su modificatoria Decreto Supremo N° 065-2011-PCM, Ley N° 29849, Ley que estabelece la eliminación progresiva del regímen especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga Derechos Laborales y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 107-2011-SERVIR/PE. Las renovaciones automática de contratos para el personal administrativo por esta modalidad solo se dan cuando se está- inmerso en el numeral 5.2 del Artículo 5 del D.S. N 065-2011-PCM. Por tanto, quienes laboraron en el año 2013 con contrato en plaza administrativa por esta modalidad y cuentan con evaluación de desempeño laboral satisfactorio, participarán en el proceso de evaluación conjuntamente con ios nuevos postulantes. Av. Los Libertadores sin Urb. El Golf Club - Paracas Teléfono (056) 530405
  • 5. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS PARACAS CAMBIA CON SU GENTE..! 5.6 El contrato de trabajo debidamente suscrito entre las partes, es el único documento y condición indispensable e insustituible, para la prestación del servicio e inicio de labores por esta modalidad, debiendo ser notificada personalmente de acuerdo a la normativa establecida en la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444. 5.7 Los titulares de cada Oficina o Área, evaluarán el desempeño laboral del servidor contratado en forma trimestral, con el objeto de comprobar su desempeño laboral y ^ garantizar su continuidad o determinar como causal de resolución del contrato suscrito. 8 Está totalmente PROHIBIDA la contratación de personal administrativo por la modalidad de CAS, para luego efectuar destaque a otra institución, bajo responsabilidad administrativa del funcionario que autorice tal acto. 9 Se encuentran impedidos de participar en el proceso de contracción por la modalidad de CAS. Personas que no acrediten el requisito mínimo establecido para el puesto requerido Expresamente: - Servidores de carrera que estén cumpliendo sanción disciplinaria de cese temporal. - Personas con 70 o más años de edad. - Servidores nombrados que se encuentran en abandono de cargo, sin que a la fecha haya sido resuelta su situación laboral, y/o servidores en horarios distintos a lo establecido en otra entidad - servidores destituidos o separados del servicio con sanción aplicada en el período del 2005 a la fecha de postulación inclusive. - Ex - servidores sancionados con separación definitiva o destitución del servicio por delitos de violación de la libertad sexual. - Personas con antecedentes penales por delitos dolosos. - Personas que estén cumpliendo condena condicional por delito doloso y los suspendidos e inhabilitados judicialmente. 5.10 No procede la celebración de contratos por la modalidad de CAS, en los siguientes casos: - Por remplazo o suplencia de personal. ™ Por remplazo de personal que se encuentre con proceso administrativo disciplinario en curso. - Por remplazo de personal que se encuentra de vacaciones, capacitación o comisión de servicios. - Por remplazo de personal administrativo que se encuentra con licencia sindical - Por remplazo de personal administrativo contratado que se encuentra con licencia temporal por incapacidad para el trabajo. 5.11Son causales de resolución de contrato (causales que deben precisarse en el contrato correspondiente). • • • • • El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones asignadas; así como la ineficiencia o ineptitud comprobada en el desarrollo de las mismas. Abandono injustificado del cargo, por más de 03 días consecutivos Faltar a las disposiciones del Código de ética de la Función Pública, a la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual; así como a la Ley de Gestión de Intereses en la Administración Pública Agresión física y psicológica a su inmediato superior jerárquico, compañeros de trabajo y público usuario en general dentro de la Institución. Falsificación y/o adulteración de documentos relacionados con su actividad laboral y profesional. La renuncia o retiro voluntario. Av. Los Libertadores s/n Urb. El Golf Club - Paracas Teléfono (056) 530405
  • 6. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS PARACAS ^ c a m b ia c o n s u GENTE..! # Mutuo acuerdo entre las partes. • El fallecimiento del servidor 5.12 Son requisitos generales para postular en el proceso de contratación: - Solicitud dirigida al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Paracas para Contratación Administrativa de Servicios (CAS), precisando el puesto al que postula, y Currículo Vitae documentado. ~ Copia certificada del Documento Nacional de Identidad. - Certificado de habilitación profesional expedida por el Colegio Profesional (solo en los casos donde ocuparon cargos de ejercicio profesional). - Declaración Jurada Simple manifestando: - Tener buena conducta y gozar de buena salud. - No tener antecedentes penales por delito doloso. ~ No haber sido sancionado administrativamente con destitución o separación del servicio, dentro del período comprendido entre el año 2007 a la fecha de postulación. ~ No haber sido sancionado administrativamente con destitución o separación del servicio, por delitos de violación sexual. - Sistema pensionario ai que pertenece el postulante. - No tener vínculo de parentesco con el Comité de Evaluación hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad - La veracidad de la información y de la documentación que adjunta. 5.13 El pago de remuneraciones corresponde como contraprestacíón por el trabajo efectivamente realizado, quedando prohibido dicho pago por días no laborados, con excepción de las exoneraciones establecidas en la Ley. 5.14 La remuneración mensual del personal contratado en los cargos administrativos por la modalidad de CAS, será de acuerdo a las características y complejidad del trabajo establecido, pudiendo existir escalas diferentes según previsión presupuesta! y distinción entre profesionales, técnicos y Auxiliares. VI. DEL COMITÉ DE EVALUACION. 6.1 El Comité de Evaluación de la Municipalidad Distrital de Paracas Estará conformado por: Titulares: - Gerente de Administración (Presidente). - Gerente de Asesoría Jurídica (Miembro) - Subgerente de Recursos Humanos (Miembro) Suplentes: ~ Gerente de Municipal (Presidente). - Gerente de Servicios Comunales y medio Ambiente (Miembro) - Gerencia de Planificación y Presupuesto (Miembro) 6.2 En caso que algún miembro del Comité de Evaluación, tenga relación de parentesco con alguno de los postulantes, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, Éste se abstendrá- de participar en dicho caso particular, siendo reemplazado por su alterno y retomando sus funciones en los subsiguientes. Los grados de consanguinidad son: 1 2 3 4 Padre, hijo Abuelo, nieto, hermano Bisabuelo, bisnieto, tío y sobrino Primos hermanos entre Av. Los Libertadores s/n Urb. Eí Golf Club - Paracas Teléfono (056) 530405
  • 7. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS PARACAS CAMBIA CON SU GENTE..! Los grados de afinidad son: 1 Cónyuge, suegro; 2 Cuñados. 6.3 Son funciones de cada Comité de Evaluación. - Publicar el Portal del Ministerio de Promoción del Trabajo, y portal de la Página WEB de la Distrital de Paracas ~ Efectuar la evaluación y selección del personal - CAS. - Publicar el cuadro de méritos una vez concluida la evaluación. » Atender reclamos si los hubiera. - Elaborar y publicar el cuadro de méritos definitivo. - El Presidente del Comité de Evaluación remitirá los expedientes de los postulantes ganadores a la Sub Gerencia de Recursos Humanos para la Proyección y suscripción del contrato correspondiente. 6.4 El Comité de Evaluación para contratación mediante CAS podrá invitar COMO VEEDOR al Jefe del Órgano de Control Institucional, a fin de dar mayor transparencia al desarrollo del proceso de evaluación. Vil REQUISITOS Y ASPECTOS DE EVALUACION. 7.1 El proceso de contratación se efectuara de acuerdo con el cronograma aprobado por el Comité de Evaluación. 7.2 Una vez publicadas las vacantes, los postulantes presentaran su expediente por Mesa de Partes dentro del plazo establecido. 7.3 Los postulantes deben adjuntar los documentos que acrediten el cumplimiento de ios requisitos, así como aquellos que servirán para la evaluación del expediente, según ios criterios establecidos. * 7.4 Los Expedientes se presentaran en un sobre cerrado y estará dirigido al Presidente del Comité de Evaluación de la Municipalidad Distrital de Paracas. 7.5 En caso de no cumplir con los requisitos exigidos, el expediente presentado por el postulante debe ser depurado por el Comité, dejándose constancia del caso. 7.6 El Comité de Evaluación elaborara el cuadro de méritos por cada servicio. 7.7 El Comité de Evaluación desarrollará un nuevo proceso de evaluación, en vacantes generadas con posterioridad. 7.8 El postulante para solicitar su evaluación en un acreditar necesariamente el perfil exigido para el puesto. 7.9 Los criterios (ANEX01). a) b) c) d) e) a evaluar sobre un cargo aquellas administrativo, deberá máximo de 100 puntos, son los siguientes Formación Académica: máximo Capacitaciones de los últimos 2 años: máximo Experiencia laboral en el puesto máximo Méritos máximo Entrevista personal y psicológica máximo Av. Los Libertadores s/n Urb. El Golf Club - Paracas 30 15 25 10 20 puntos, puntos, puntos: puntos. puntos Teléfono (056) 530405
  • 8. J fllfiilil © MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS PARACAS CAMBIA CON SU GENTE..! EL PUNTAJE MINIMO PARA ACCEDER AL CONTRATO ES DE 65 PUNTOS 7.10 En caso de igualdad de puntaje, para determinar la prioridad en el cuadro de méritos, se debe considerar de manera excluyente los puntajes obtenidos en: a) Formación Académica. b) Experiencia laboral. c) Capacitaciones. d) Méritos 7.11 La experiencia laboral se sustenta con la presentación de los contratos de trabajo, Constancias y/o certificados de trabajos así como los recibos por honorarios profesionales emitidos en los años anteriores. 7.12 Los certificados y diplomas de capacitación que se consideran validos para presente concurso, son los otorgados por instituciones debidamente reconocidas por Decretos Supremos, Resoluciones Ministeriales o Resoluciones Directorales, de los últimos cinco años. 7.13 Los postulantes con capacidades especiales, debidamente acreditados con el Certificado de Discapacidad emitido por el Ministerio de Salud, ESSALUD, Ministerio de Defensa, Ministerio de Interior o con la Resolución Ejecuto de Inscripción en el CONADIS y cumplan con los requisitos exigidos para el cargo, obtendrán una bonificación adicional del 15% sobre el puntaje obtenido en el proceso de evaluación. 7.14 La evaluación de los méritos se efectuará a través de los documentos y/o resoluciones que contengan felicitaciones, agradecimientos por labores sociales, conducta, puntualidad en el trabajo. VIII DE LAS RESPONSABILIDADES. 8.1 Queda terminantemente prohibido suscribir contratos de trabajo, sin contar con disponibilidad presupuesta!; los Servidores que incurran en esta falta serán sancionados administrativa por incumplimiento de las normas establecidas y negligencia en el desempeño de sus funciones. 8.2 En caso de detectar irregularidades, falsificaciones o adulteraciones en la documentación presentada por el postulante, no se suscribirá- el contrato de trabajo correspondiente. La Municipalidad Distrital de Paracas podrá ejercitar las acciones legales correspondientes por la comisión del presunto delito contra la fe pública. 8.3 El proceso de evaluación para contratación del personal bajo el régimen especial del CAS en la sede de la Municipalidad Distrital de Paracas, se realizaran de acuerdo al siguiente cronograma. alcaüde Av. Los Libertadores s/n Urb. El Golf Club - Paracas Teléfono (056) 530405
  • 9. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS PARACAS CAMBIA CON SU GENTE. J . MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARCAS CRITERIOS O ASPECTOS A EVALUAR CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS (CAS) ANEXO 1 ASPECTOS A EVALUAR Título Profesional Universitario y/o Técnico, según eí servicio a requerir (30 puntos) FORMACION Grado de Bachiller Universitario (25 puntos ) ACADEMICA Estudios concluidos de técnico, según el servicio a requerir (20 puntos) Otro Título Técnico (15 puntos ) Estudios Universitarios y/o Técnicos No Concluidos, según el servicio a requerir (13 puntos ) Estudios Secundarios Completos (10 puntos ) Capacitación en Gestión de Administración (15 puntos ) CAPACITACIONES Capacitación Técnica (10 puntos ) EXPERIENCIA Experiencia en el Servicio (máximo 02 años) (25 puntos). LABORAL Experiencia en el Servicio (Mínimo 01 año) (13 puntos) MERITOS Certificado de Desempeño laboral (de 02 años a mas) (10 puntos) Certificado de Desempeño laboral (menor a 02 año (07 puntos) ENTREVISTA Conocimiento sobre el cargo en el postula desenvolviendo de PERSONAL Y Lenguaje Académico (10 puntos ) PSICOLÓGICA Evaluación Psicológica (10 puntos) IX PUNT MAX DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. PRIMERA ~ La Municipalidad Distrital de Paracas deber efectuar la verificación en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido (RNSDD) de la PCM, para tomar conocimiento de la existencia de algún postulante que haya sido destituido o despedido, como los casos de personas que han sido condenadas por el delito contra la libertad sexual. SEGUNDA - Es nulo de oficio cualquier acto administrativo que se efectúe mediante directivas internas y/o instrumentos técnicos que contravengan o Transgredan, ios contenidos de la presenta Directiva. TERCERA - Los vacíos y lagunas que podrían devenir de la interpretación de la presente Directiva, se resolverán con la aplicación de normas conexas. Paracas, Enero 2014 I alcald e Av, Los Libertadores s/n Urb. El Golf Club ~ Paracas Teléfono (056) 530405
  • 10. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS PARACAS CAMBIA CON SU GENTE..! — ....................................._.................. ........ ................. ........ ...... .... CONVOCATORIA PARA CAS CRONOGRAMA Y ETAPAS DEL PROCESO Decreto Legislativo N 1057 D. S. N 075-2008-PCM y su modificatoria D. S. N 065-2011-PCM, Ley N° 29849, Ley que estabelece la Eliminación Progresiva del Regimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga Derechos Laborales Resolución de Presidencia Ejecutiva N 107-2011-SERVIR/PE AREA ETAPAS DEL PROCESO Aprobación de la convocatoria CONVOCATORIA En el Portal de la Municipalidad Distrital de Paracas. www.muniparacas.gob.pe En el portal del Ministerio de Promoción del Trabajo CRONOGRAMA SELECCION Evaluación del Expediente (Formación Académica, Capacitaciones, Experiencia Laboral y Méritos) Publicar los resultados de la evaluación del expediente en el Periódico Municipal y pagina WEB de la Municipalidad. (Publicación de Resultados de ios Aptos) Entrevista Personal y Psicológico Lugar : Auditorio de la Municipalidad Distrital de Paracas Publicación de Resultados en Mural de la Municipalidad Distrital de Paracas y Portal WEB SUSCRIPCION Y REGISTRO DE CONTRATO Suscripción de Contrato Posesión de Cargo y registro de Firmas LA COMISIÓN Av. Los Libertadores s/n Urb. El Golf Club - Paracas RESPONSABLE Comité Contrato CAS Subgerencia Técnico de Soporte Comité Contrato CAS Subgerencia de Técnico Comité de CAS Soporte Comité CAS Subgerencia Técnico de GA, GAJ, SGRR.HH RR. HH. Teléfono (056) 530405 Soporte