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REGLAMENTO SENA




El Sena es la entidad de mayor cobertura y trayectoria del país, ayudando al
desarrollo del perfil como libre pensador, con capacidad de liderazgo, de
crítica, de solidaridad, e igualmente capacidad emprendedora.

Al aceptar ser aprendiz del Sena sin importar la modalidad de formación
es decir, presencial, virtual, o combinada, esta afirmando la
responsabilidad que asume con respecto al reglamento y a todas las
normas que el Sena tiene.
Entre este compromiso esta mantener una buena conducta en cada
momento de formación y no realizar actos que afecte a los compañeros, así
mismo es mostrar, liderazgo, actitud positiva, honestidad,
responsabilidad, aspecto personal, solidaridad con los compañeros,
instructores y en general con todos los integrantes de la comunidad.

Todo lo nombrado anteriormente ayudará y hará parte del proceso de
formación del Sena.

A continuación nombraré los Doce (12) capítulos del Reglamento con una
breve explicación en forma de lista para hacer más sencillo el
entendimiento de estos.

CAPITULO 1:

*El presente reglamento se aplica a todas las personas matriculadas en los
programas de formación profesional del SENA


*Tecnoparques y Tecnoacademias; aplica también a los programas que se
desarrollen en ambientes virtuales de aprendizaje, incluidos los que se
desarrollan todo el tiempo por Internet.

* Este reglamento constituye la base mínima para la convivencia de la
comunidad educativa en todas las sedes del SENA

CAPITULO 2:
“Derechos Del Aprendiz Sena”

*El derecho es la facultad que tiene el Aprendiz de hacer lo establecido en
las normas vigentes del SENA, sin exclusión por razones de género, raza,
origen familiar o nacionalidad, lengua, religión, opinión política o
filosófica.

*Los derechos del Aprendiz Sena tienen dos clases:

1. comportamentales.
Ej: ☺ Expresar con libertad ideas y pensamientos, respetando el derecho a
      la educación, al trabajo, a la libertad de expresión y a la locomoción
      de los demás integrantes de la comunidad educativa, sin recurrir a la
      violencia, causar daños o perturbar el orden de las sedes del SENA,
      de los procesos de formación y del lugar en el que se adelante el
      aprendizaje.

2. académicos.
Ej: ☺ Recibir la certificación que le corresponda, una vez adquiera las
      competencias establecidas en el programa de formación.

CAPITULO 3:
“Deberes del Aprendiz Sena”

* Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje o
    del plan de mejoramiento, definidas durante su proceso de
    aprendizaje.
* Asumir con responsabilidad y participar en las actividades programadas
    como salidas, pasantías técnicas, intercambios de aprendices a nivel
    nacional e internacional, así como en las demás de carácter
    pedagógico.
*Conocer y asumir las políticas y directrices institucionales establecidas,
     así como el Reglamento del Aprendiz SENA, y convivir en
     comunidad de acuerdo con ellos.
*Respetar la dignidad, intimidad e integridad de los miembros de la
comunidad educativa

CAPITULO 4:
“Prohibiciones”

*Plagiar materiales, trabajos y demás documentos generados en los grupos
    de trabajo o producto del trabajo en equipo institucional.
*Realizar fraude en evaluaciones, en el proceso de formación o en
    concursos, juegos o competencias deportivas o culturales.
*Aportar documentación o información que difiera con la real, para el
    ingreso a la entidad o para obtener cualquier beneficio de la misma.
* Contribuir al desorden y/o al desaseo.

CAPITULO 5:
“Etapa practica del proceso de formación”

♣ La etapa práctica del programa de formación es aquella en la cual el
Aprendiz SENA aplica, complementa, fortalece y consolida sus
competencias, en términos de conocimiento, habilidades y destrezas,
actitudes y valores.
♣ La permanencia del Aprendiz en la etapa práctica podrá gestionarse con
el acceso a cualquiera de las alternativas planteadas en este artículo, o a la
combinación de varias de ellas durante el proceso de formación.
♣ Es responsabilidad del aprendiz registrarse en el Sistema de Gestión
Virtual de Aprendices, para poder optar a un contrato de aprendizaje.
♣ El seguimiento de la etapa práctica es obligatorio y se realizará de
manera virtual para todos los aprendices

CAPITULO 6:
“Tramites solicitados o realizados por el aprendiz Sena”

♣ Los trámites académicos son aquellas diligencias que los Aprendices
adelantan para obtener su registro académico o documentos originales o
duplicados
♣ Estas solicitudes deben ser presentadas por el Aprendiz ante el
Subdirector de Centro en el formato que corresponda, quien deberá
responderlas dentro de los diez (10) días hábiles
♣ El registro académico es el procedimiento que protocoliza las acciones
académicas y disciplinarias del Aprendiz SENA, y actualiza su ficha
académica durante el proceso de formación
♣ El Aprendiz podrá solicitar cualquiera de los siguientes trámites:
Aplazamiento, Reintegro y Retiro voluntario.

CAPITULO 7:
“Proceso de formación, incumplimiento, deserción”

♣ El incumplimiento justificado del Aprendiz se da cuando deja de cumplir
con la presentación de evidencias de aprendizaje, o participar en
actividades de aprendizaje presenciales o virtuales pactadas en la ruta de
aprendizaje, informando previamente al Instructor o a más tardar dentro de
los dos días hábiles siguientes a su ocurrencia

♣ Las incapacidades médicas que superen los treinta días hábiles darán
lugar a un aplazamiento, previa notificación al aprendiz.
♣ El incumplimiento del Aprendiz en la entrega de evidencias de
aprendizaje o participación en actividades de aprendizaje presenciales o
virtuales, pactadas en la ruta de aprendizaje, que no fueron reportadas ni
justificadas por el Aprendiz al Coordinador Académico, previamente o
dentro de los dos días hábiles siguientes a su ocurrencia.
♣ El Instructor o Tutor debe efectuar el seguimiento y reporte en el sistema
para la gestión de la formación.

CAPITULO 8:
“Faltas Académicas y disciplinarias”

♣ Se consideran faltas las acciones u omisiones que afectan el proceso de
formación y la convivencia
♣ Las faltas académicas y disciplinarias deben calificarse como:
- Leves, graves o gravísimas.
♣ Para hacer la calificación provisional y la calificación definitiva de la(s)
falta(s) en uno de los tres grados señalados anteriormente, se tendrán en
cuenta los siguientes criterios:

  1. Daño(s) causado(s) y sus efectos
  2. Grado de participación del Aprendiz
  3. Antecedentes del Aprendiz
  4. Rendimiento del aprendiz en su proceso de formación
  5. Confesión de la(s) falta(s)
  6. Haber procurado, por iniciativa propia, resarcir el daño causado o
     compensar el perjuicio causado
  7. Haber devuelto, restituido o reparado, el bien afectado con la
     conducta
  8. Los parámetros de calificación señalados en este reglamento


CAPITULO 9:
“Medidas formativas o sanciones”
♣ Llamado de atención verbal: Cuando se trate de hechos que contraríen en
menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes,
derechos y prohibiciones.
♣ Plan de Mejoramiento académico: Es una medida adoptada para definir
acciones de formación, concertadas entre el Aprendiz y el Instructor o el
Coordinador Académico, que se formula durante la ejecución del programa
de formación para garantizar el logro de los resultados de aprendizaje.
♣ Plan de mejoramiento disciplinario: Es una medida adoptada para definir
acciones de carácter comportamental, actitudinal o social, para propiciar en
el Aprendiz cambios en su conducta, cuando se le ha impuesto sanción
disciplinaria consistente en llamado de atención
♣ Las sanciones son las medidas adoptadas por el SENA ante una falta
académica o disciplinaria; tienen cobertura nacional en la Institución y
deben registrarse en el sistema de gestión de la formación.

CAPITULO 10:
“Procesos para la aplicación de sanciones”

♣ El procedimiento se inicia con el informe o queja presentada, por un
servidor público, contratista, Aprendiz, o cualquier persona que tenga
conocimiento sobre los hechos que puedan constituir falta disciplinaria o
académica determinada en este reglamento, con lo cual se debe abrir un
expediente, en el cual se deben acumular todos los documentos y pruebas
que se relacionen con el caso.
♣ Cuando la información o queja sea anónima, solo se dará trámite cuando
este informe o queja aporte datos que permitan ser verificados o prueba(s)
que pueda(n) llegar a demostrar la veracidad de los hechos.
♣ El Comité de Evaluación y Seguimiento se reunirá por lo menos una vez
cada trimestre, y cada vez que sea necesario para la aplicación del
procedimiento establecido en este reglamento.
♣ Contra el acto académico expedido por el Subdirector de Centro
procederá el recurso de reposición, que debe ser resuelto dentro de los
quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en que haya sido interpuesto.
♣ La sanción impuesta sólo será aplicable una vez el acto académico se
encuentre en firme, porque no se interpuso recurso contra éste dentro del
término indicado anteriormente, o porque el recurso interpuesto se haya
decidido.

CAPITULO 11:
“De la representación de los aprendices”

♣ La representación es un ejercicio democrático, avalado por la decisión
libre de la mayoría de votos de los aprendices, en virtud del cual un
Aprendiz es elegido como su representante ante La Dirección General del
SENA, la Regional o el Centro de Formación; implica un compromiso con
los Aprendices que representa, con la Institución y en general con la
comunidad educativa.

♣ Representante de los Aprendices en el Centro: Es el Aprendiz que en
consideración a su comportamiento, liderazgo, actitud crítica, competencia
innovadora, buen rendimiento en su proceso de aprendizaje y propuestas
para el desarrollo o mejoramiento del Centro, resulte elegido a través de
elección popular ejercida en voto secreto por sus compañeros del
respectivo Centro, que tengan vigente su matrícula en programas de
formación titulada y se encuentren en proceso de formación en ambientes
del Centro.
♣. Número de Representes y periodo: Por cada Jornada académica que
tenga un Centro (diurna, nocturna y 24 horas), se elegirá un representante,
es decir hasta tres por cada Centro. En todos los Centros se elegirá mínimo
dos representantes de los aprendices; y en aquellos Centros con sedes en
municipios alejados, se elegirá un aprendiz representante de Centro por
sede.
♣ En caso de requerir representatividad en eventos simultáneos que
requieran la presencia del Representante de los Aprendices del Centro, se
delegará la función a los otros representantes elegidos.
♣ El procedimiento de elección y de revocatoria quedará ratificado en acto
administrativo firmado por el Subdirector del Centro de Formación.

CAPTULO 12:
“De la representatividad de los lideres de programa”

♣ Aprendices líderes de programa: Son aquellos que desde la inducción
muestran capacidades de liderazgo positivo que benefician el hacer del
programa de formación y de la comunidad educativa.
♣ Elección de los líderes de programa: La elección se efectuará por la
postulación democrática realizada por los integrantes del programa, a partir
de la última semana de inducción, por un período mínimo de seis (6)
meses, en programas de formación titulada. Si el grupo lo conviene y la
duración del programa lo permite, podrá ser reelegido.
♣ Un líder de programa puede postularse como candidato a representante
de los Aprendices por el Centro.
♣ El procedimiento de elección y de revocatoria quedará ratificado en acto
administrativo, firmado por el Subdirector del Centro de Formación.
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  • 1. REGLAMENTO SENA El Sena es la entidad de mayor cobertura y trayectoria del país, ayudando al desarrollo del perfil como libre pensador, con capacidad de liderazgo, de crítica, de solidaridad, e igualmente capacidad emprendedora. Al aceptar ser aprendiz del Sena sin importar la modalidad de formación es decir, presencial, virtual, o combinada, esta afirmando la responsabilidad que asume con respecto al reglamento y a todas las normas que el Sena tiene. Entre este compromiso esta mantener una buena conducta en cada momento de formación y no realizar actos que afecte a los compañeros, así mismo es mostrar, liderazgo, actitud positiva, honestidad, responsabilidad, aspecto personal, solidaridad con los compañeros, instructores y en general con todos los integrantes de la comunidad. Todo lo nombrado anteriormente ayudará y hará parte del proceso de formación del Sena. A continuación nombraré los Doce (12) capítulos del Reglamento con una breve explicación en forma de lista para hacer más sencillo el entendimiento de estos. CAPITULO 1: *El presente reglamento se aplica a todas las personas matriculadas en los programas de formación profesional del SENA *Tecnoparques y Tecnoacademias; aplica también a los programas que se desarrollen en ambientes virtuales de aprendizaje, incluidos los que se desarrollan todo el tiempo por Internet. * Este reglamento constituye la base mínima para la convivencia de la comunidad educativa en todas las sedes del SENA CAPITULO 2:
  • 2. “Derechos Del Aprendiz Sena” *El derecho es la facultad que tiene el Aprendiz de hacer lo establecido en las normas vigentes del SENA, sin exclusión por razones de género, raza, origen familiar o nacionalidad, lengua, religión, opinión política o filosófica. *Los derechos del Aprendiz Sena tienen dos clases: 1. comportamentales. Ej: ☺ Expresar con libertad ideas y pensamientos, respetando el derecho a la educación, al trabajo, a la libertad de expresión y a la locomoción de los demás integrantes de la comunidad educativa, sin recurrir a la violencia, causar daños o perturbar el orden de las sedes del SENA, de los procesos de formación y del lugar en el que se adelante el aprendizaje. 2. académicos. Ej: ☺ Recibir la certificación que le corresponda, una vez adquiera las competencias establecidas en el programa de formación. CAPITULO 3: “Deberes del Aprendiz Sena” * Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje o del plan de mejoramiento, definidas durante su proceso de aprendizaje. * Asumir con responsabilidad y participar en las actividades programadas como salidas, pasantías técnicas, intercambios de aprendices a nivel nacional e internacional, así como en las demás de carácter pedagógico. *Conocer y asumir las políticas y directrices institucionales establecidas, así como el Reglamento del Aprendiz SENA, y convivir en comunidad de acuerdo con ellos. *Respetar la dignidad, intimidad e integridad de los miembros de la comunidad educativa CAPITULO 4: “Prohibiciones” *Plagiar materiales, trabajos y demás documentos generados en los grupos de trabajo o producto del trabajo en equipo institucional.
  • 3. *Realizar fraude en evaluaciones, en el proceso de formación o en concursos, juegos o competencias deportivas o culturales. *Aportar documentación o información que difiera con la real, para el ingreso a la entidad o para obtener cualquier beneficio de la misma. * Contribuir al desorden y/o al desaseo. CAPITULO 5: “Etapa practica del proceso de formación” ♣ La etapa práctica del programa de formación es aquella en la cual el Aprendiz SENA aplica, complementa, fortalece y consolida sus competencias, en términos de conocimiento, habilidades y destrezas, actitudes y valores. ♣ La permanencia del Aprendiz en la etapa práctica podrá gestionarse con el acceso a cualquiera de las alternativas planteadas en este artículo, o a la combinación de varias de ellas durante el proceso de formación. ♣ Es responsabilidad del aprendiz registrarse en el Sistema de Gestión Virtual de Aprendices, para poder optar a un contrato de aprendizaje. ♣ El seguimiento de la etapa práctica es obligatorio y se realizará de manera virtual para todos los aprendices CAPITULO 6: “Tramites solicitados o realizados por el aprendiz Sena” ♣ Los trámites académicos son aquellas diligencias que los Aprendices adelantan para obtener su registro académico o documentos originales o duplicados ♣ Estas solicitudes deben ser presentadas por el Aprendiz ante el Subdirector de Centro en el formato que corresponda, quien deberá responderlas dentro de los diez (10) días hábiles ♣ El registro académico es el procedimiento que protocoliza las acciones académicas y disciplinarias del Aprendiz SENA, y actualiza su ficha académica durante el proceso de formación ♣ El Aprendiz podrá solicitar cualquiera de los siguientes trámites: Aplazamiento, Reintegro y Retiro voluntario. CAPITULO 7: “Proceso de formación, incumplimiento, deserción” ♣ El incumplimiento justificado del Aprendiz se da cuando deja de cumplir con la presentación de evidencias de aprendizaje, o participar en actividades de aprendizaje presenciales o virtuales pactadas en la ruta de
  • 4. aprendizaje, informando previamente al Instructor o a más tardar dentro de los dos días hábiles siguientes a su ocurrencia ♣ Las incapacidades médicas que superen los treinta días hábiles darán lugar a un aplazamiento, previa notificación al aprendiz. ♣ El incumplimiento del Aprendiz en la entrega de evidencias de aprendizaje o participación en actividades de aprendizaje presenciales o virtuales, pactadas en la ruta de aprendizaje, que no fueron reportadas ni justificadas por el Aprendiz al Coordinador Académico, previamente o dentro de los dos días hábiles siguientes a su ocurrencia. ♣ El Instructor o Tutor debe efectuar el seguimiento y reporte en el sistema para la gestión de la formación. CAPITULO 8: “Faltas Académicas y disciplinarias” ♣ Se consideran faltas las acciones u omisiones que afectan el proceso de formación y la convivencia ♣ Las faltas académicas y disciplinarias deben calificarse como: - Leves, graves o gravísimas. ♣ Para hacer la calificación provisional y la calificación definitiva de la(s) falta(s) en uno de los tres grados señalados anteriormente, se tendrán en cuenta los siguientes criterios: 1. Daño(s) causado(s) y sus efectos 2. Grado de participación del Aprendiz 3. Antecedentes del Aprendiz 4. Rendimiento del aprendiz en su proceso de formación 5. Confesión de la(s) falta(s) 6. Haber procurado, por iniciativa propia, resarcir el daño causado o compensar el perjuicio causado 7. Haber devuelto, restituido o reparado, el bien afectado con la conducta 8. Los parámetros de calificación señalados en este reglamento CAPITULO 9: “Medidas formativas o sanciones” ♣ Llamado de atención verbal: Cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones.
  • 5. ♣ Plan de Mejoramiento académico: Es una medida adoptada para definir acciones de formación, concertadas entre el Aprendiz y el Instructor o el Coordinador Académico, que se formula durante la ejecución del programa de formación para garantizar el logro de los resultados de aprendizaje. ♣ Plan de mejoramiento disciplinario: Es una medida adoptada para definir acciones de carácter comportamental, actitudinal o social, para propiciar en el Aprendiz cambios en su conducta, cuando se le ha impuesto sanción disciplinaria consistente en llamado de atención ♣ Las sanciones son las medidas adoptadas por el SENA ante una falta académica o disciplinaria; tienen cobertura nacional en la Institución y deben registrarse en el sistema de gestión de la formación. CAPITULO 10: “Procesos para la aplicación de sanciones” ♣ El procedimiento se inicia con el informe o queja presentada, por un servidor público, contratista, Aprendiz, o cualquier persona que tenga conocimiento sobre los hechos que puedan constituir falta disciplinaria o académica determinada en este reglamento, con lo cual se debe abrir un expediente, en el cual se deben acumular todos los documentos y pruebas que se relacionen con el caso. ♣ Cuando la información o queja sea anónima, solo se dará trámite cuando este informe o queja aporte datos que permitan ser verificados o prueba(s) que pueda(n) llegar a demostrar la veracidad de los hechos. ♣ El Comité de Evaluación y Seguimiento se reunirá por lo menos una vez cada trimestre, y cada vez que sea necesario para la aplicación del procedimiento establecido en este reglamento. ♣ Contra el acto académico expedido por el Subdirector de Centro procederá el recurso de reposición, que debe ser resuelto dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en que haya sido interpuesto. ♣ La sanción impuesta sólo será aplicable una vez el acto académico se encuentre en firme, porque no se interpuso recurso contra éste dentro del término indicado anteriormente, o porque el recurso interpuesto se haya decidido. CAPITULO 11: “De la representación de los aprendices” ♣ La representación es un ejercicio democrático, avalado por la decisión libre de la mayoría de votos de los aprendices, en virtud del cual un Aprendiz es elegido como su representante ante La Dirección General del SENA, la Regional o el Centro de Formación; implica un compromiso con
  • 6. los Aprendices que representa, con la Institución y en general con la comunidad educativa. ♣ Representante de los Aprendices en el Centro: Es el Aprendiz que en consideración a su comportamiento, liderazgo, actitud crítica, competencia innovadora, buen rendimiento en su proceso de aprendizaje y propuestas para el desarrollo o mejoramiento del Centro, resulte elegido a través de elección popular ejercida en voto secreto por sus compañeros del respectivo Centro, que tengan vigente su matrícula en programas de formación titulada y se encuentren en proceso de formación en ambientes del Centro. ♣. Número de Representes y periodo: Por cada Jornada académica que tenga un Centro (diurna, nocturna y 24 horas), se elegirá un representante, es decir hasta tres por cada Centro. En todos los Centros se elegirá mínimo dos representantes de los aprendices; y en aquellos Centros con sedes en municipios alejados, se elegirá un aprendiz representante de Centro por sede. ♣ En caso de requerir representatividad en eventos simultáneos que requieran la presencia del Representante de los Aprendices del Centro, se delegará la función a los otros representantes elegidos. ♣ El procedimiento de elección y de revocatoria quedará ratificado en acto administrativo firmado por el Subdirector del Centro de Formación. CAPTULO 12: “De la representatividad de los lideres de programa” ♣ Aprendices líderes de programa: Son aquellos que desde la inducción muestran capacidades de liderazgo positivo que benefician el hacer del programa de formación y de la comunidad educativa. ♣ Elección de los líderes de programa: La elección se efectuará por la postulación democrática realizada por los integrantes del programa, a partir de la última semana de inducción, por un período mínimo de seis (6) meses, en programas de formación titulada. Si el grupo lo conviene y la duración del programa lo permite, podrá ser reelegido. ♣ Un líder de programa puede postularse como candidato a representante de los Aprendices por el Centro. ♣ El procedimiento de elección y de revocatoria quedará ratificado en acto administrativo, firmado por el Subdirector del Centro de Formación.