Este documento presenta una investigación sobre la historia de los procedimientos penales en México, dividiéndose en el derecho prehispánico de pueblos como los mayas, tarascos y aztecas; la época colonial donde se aplicó legislación española; y la época de independencia cuando se emitieron los primeros códigos penales mexicanos.
1. DERECHO PROCESAL PENAL
ALUMNO:
SERGIO A. ESCOBEDO MENDOZA
CATEDRATICO:
LIC. CARLOS CARVALLO
LICENCIATURA:
CRIMINOLOGIA
TRABAJO DE INVESTIGACION:
HISTORIA DEL DERECHO DE LOS PROCEDIMIENTOS
PENALES:
DERECHO PREHISPANICO, EPOCA COLONIAL, EPOCA DE
LA INDEPENDENCIA NACIONAL
2. INDICE
1.- derecho 1.1.- pueblo 1.2.- pueblo 1.3.- pueblo
prehispánico maya tarasco azteca
1.4.- pueblo 2.- época 3.- época de la
olmeca colonial independencia
nacional
4.- preguntas 5.-glosario 6.- bibliografia
4. Se entiende por Derecho Prehispánico el conjunto de normas,
instituciones y principios filosófico-jurídicos que regularon a los
pueblos autóctonos de América.
Se le llama así a todo lo que rigió hasta antes de la llegada de
Hernán Cortés.
El derecho prehispánico se refiere exclusivamente al derecho que se
aplicó en América antes de la llegada de los españoles, cuando
hablamos de esta forma de Derecho hacemos alusión a la América
primitiva aún no colonizada, ejemplos de éstas culturas son:
INDICE
5. PUEBLO MAYA:
En esta época existía los batasps
o caciques que eran los jueces
encargados de la impartición y
aplicación y de justicia, entre las
penas más frecuentes principales
se encontraba; la muerte y la
esclavitud la primera de ellas eran
para los adúlteros, homicidas y
violadores y la segunda se
aplicaba a aquellos que cometían
el delito de robo.
INDICE
6. PUEBLO TARASCO:
En seta época el emperador Calsonztin,
también aplicaba sanciones y penas y
esta no solo se aplicaba al infractor si no
que transcendían a toda su familia. Así
mismo existía un caso especifico para el
monarca y es cuando cometía el delito de
llevar una vida escandalosa se le mataba
junto con su servidumbre y por lo tanto se
le confiscaba sus bienes al forjador de
delitos sexuales rompían la boca hasta
las orejas, hasta hacerlo morir.
Al hecho histórico que cometía un delito
se le arrastraba vivo o se le lapidaba, a
quien robaba por primera vez
generalmente se le perdonaba y si
reincidía se le mandaba a golpear y lo
llevaban a un lugar desolado par a que
las aves se lo comieran.
INDICE
7. PUEBLO AZTECA:
Este pueblo, no solo fue el que domino
militarmente la mayor parte de los reinos si
no que impulso, e influencio las practicas
jurídicas.
El integrante de la tribu azteca era muy
apegado a la familia, a la tribu y la
religión, razón por la cual las penas más
hirientes de forma personal era el destierro
tanto de su familia como del pueblo.
La pena más frecuentes eran el destierro u
la muerte, esta última de diferentes
formas, incineración en
vida, decapitación, descuartización, estran
gulamiento, lapidación, empalamiento, garr
otes, palos y machacamiento de cabeza.
8. Según las investigaciones Carlos H: Alma los delitos en el
pueblo azteca podrían clasificarse en distintas formas:
Contra la moral pública
Contra el orden de las familias
Delitos cometidos por los servidores públicos o funcionarios
Delitos cometidos en la usurpación de funciones de
funciones y uso indebido de insignes.
Delitos cometidos contra la vida y sexuales.
Delitos contra las personas en su patrimonio.
INDICE
9. PUEBLO OLMECA
Los olmecas se ubicaron en el sureste de nuestro
país, los sacerdotes formaban las clases social
dirigente que oponía su voluntad sobre campesinos
y artesanos.
Religión: el jaguar ocupaba un lugar determinante
en la mitología.
Histórico jurídico: la cultura olmeca conto con una
sociedad compleja y organizada, sometida al
dominio de un elite sacerdotal. Integraba un sistema
teocrático basado en una economía con una doble
función: autoconsumo y un incipiente comercio por
medio del trueque.
la figura femenina no figuraba en un estatus
importante dentro de la sociedad, pero es cierto que
para construir sus esculturas motivaron la existencia
de esclavos, sometida a una elite, en donde se
dividen en dos clases una llamada conquistadores y
la otra conquistados, dicha elite de los
conquistadores eran principalmente los sacerdotes.
INDICE
11. Entendemos por derecho colonial el régimen jurídico que se
aplicó en nuestra patria durante los trescientos años que duro
la dominación española
Al hablar de derecho colonial tenemos que diferenciar entre
las normas dadas por la metrópoli y las expedidas por la
autoridad local, llamando metropolitano al primero y al otro
criollo.
En la época colonial no hubo influencia de la legislación de los
grupos indígenas a pesar de la disposición decretada por el
emperador Carlos V. Anotada más tarde en la recopilación de
Indias... El cual hablaba del respeto y conservación de las
leyes y costumbres de los aborígenes a menos que se
opusieran a la moral o a la fe; por lo tanto la legislación de la
nueva España fue totalmente Europea.
12. Otras legislaciones como las ordenanzas reales de castilla, la
legislación de Castilla “leyes de Toro” las ordenanzas reales de Bilbao
así como el fuero real, las partidas, los autos acordados y la nueva y
novísima recopilación estuvieron vigentes en la época colonial.
Las leyes fueron basadas del siglo XIII, como la ley Toro de 1505, la
recopilación de 1567 y la novísima Recopilación de 1805.
En el derecho civil se aplicó la llamada Ley Toro y después las leyes
de 1567 y 1805, todas las penas y castigos eran de menores penas
sobre los indígenas. En el derecho mercantil, se ocuparon las Leyes
de las Partidas, en esta ley trata sobre los comerciantes; así como
algunos contratos en la Nueva España. Época colonial: México ya al
empezar a ser un país independiente; todavía seguía regido por
algunas leyes que fueron implantas en la Nueva España.
13. Las leyes que estaban vigentes desde la Nueva España fueron después
cambiadas por las leyes y códigos nacionales; en el derecho civil: hubo
un rato en donde las Leyes de Indias de 1680 y otras. Estaban vigentes
en México independiente, pero, a partir de la guerra de Reforma, Benito
Juárez expidió en el año de 1859 una nueva estructura en México y por
lo tanto un cambio de organización social mexicano; los más
importantes fueron:
La separación de Iglesia y Estado
Establecimiento del registro civil
Matrimonio como un contrato civil.
Debemos señalar que el derecho indiano como tal no existe, ya que no
fue propiamente un sistema jurídico u ordenamiento legal, es
simplemente una forma didáctica de expresarse para englobar todas las
normas de derecho colonial español expedidas desde 1492 hasta 1821,
por lo que a México se refiere.
INDICE
15. A consecuencia de la grave crisis producida por la lucha de
independencia, el derecho penal casi no tubo una fuerza
obligatoria, ya que los derechos fundamentales eran violados
constantemente, sin embargo se trato de regularizar y organiza a
la policía, así como reglamentar la aportación de armas y el
consumo de bebidas alcohólicas, se trato de combatir la vagancia,
la mendicidad el robo y el asalto.
La constitución de 1814 adopta el sistema federal, por cuanto
nace a la materia penal y los mas sobresalientes fue la expedición
de la siguientes códigos penales:
16. 1. La primera codificación se expidió en el estado de Veracruz el 8 Abril
1835, aunque en el estado de México va se había redactado un
bosquejo y no se llego a concretar.
2. El código de 1871, conocido como código de Martínez de Castro en
honor al Lic. Martínez de Castro esté comenzó a rendir para el D.F y el
territorio de Baja California, en materia común y para toda la republica
en materia federal, el cual tubo como modelo tendencias de la escuela
clásica y estuvo vigente hasta 1929.
3. El código penal de 1929, conocido como código de Armaraz estuvo
vigente hasta 1931 y tubo influencia de la escuela positiva en el que
hablaba de la negación de libre albedrío y clasificaba a los delincuentes
ya que decían que lo importante era el delincuente no el delito.
4. El código penal 1931 vigente y aplicable en el DF en materia común y
en toda la republica en materia federal, este código mantiene una
postura eclíptica y actualmente este código recibe la critica de ser
antiguo sin caducidad, sin embargo su adecuación hasta nuestros días
se ha obtenido a través de innumerables reformas para contar hoy con
nuestro nuevo código penal.
INDICE
17. PREGUNTAS
Que se entiende por derecho prehispánico?
Se le llama así a todo lo que rigió hasta antes de la llegada de los
españoles
Que se entiende por derecho colonial?
el régimen jurídico que se aplicó en nuestra patria durante los
trescientos años que duro la dominación española
INDICE
18. GLOSARIO
Lapidación .- La lapidación es un medio de ejecución muy
antiguo, consiste en que los asistentes lancen piedras contra
el reo hasta matarlo.
Incipiente.- Que empieza
Mendicidad.- la practican aquellos que necesitan limosnas
para sus sustento
INDICE